UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE
FACULTAD CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD CURSO
: INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
TEMA
: REGIMEN DE RETENCION DE IGV
DOCENTE
: MG. CPC. MARIA DEL ROSARIO VALVERDE H.
INTEGRANTES
: CASTROMONTE REGALADO DELINA RODRIGUEZ MELQUIADES YAJAIRA SANCHEZ QUIROZ LADY VALDEZ AGÜERO YESSENIA
CICLO
: VI -A
SEMESTRE
: 2017 – 0
HUARAZ - PERÚ 2017
INTRODUCCION
El desarrollo de la presente investigación tiene por finalidad responder a la siguiente interrogante: ¿Cuál es el Régimen de Retenciones del IGV? Para dar respuesta a esta pregunta planteamos el siguiente objetivo general: Analizar y conocer sobre los conceptos básicos, tributarios, contables y prácticos del Régimen de Retenciones del IGV, con el fin de poder tener una idea del tema, y poder aplicarlo. Así mismo, para poder conseguir dicho objetivo, planteamos los siguientes objetivos específicos:
•
Conocer los objetivos del Régimen de Retenciones del IGV.
•
Estudiar la definición y características del Régimen de Retenciones del IGV.
•
Identificar porque razones es importante la conocer el Régimen de Retenciones del IGV.
La finalidad del presente trabajo monográfico radica en conocer y aplicar los conocimientos adquiridos a través del estudio del Régimen de Retenciones del IGV, que es de gran importancia en el ámbito tributario de nuestro país.
REGIMEN DE RETENCION DEL IGV
REGIMEN DE RETENCION DEL IGV
A. ASPECTOS GENERALES
Es un sistema por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención, deberán retener parte del IGV que les es trasladado por sus proveedores, para su posterior entrega al Fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias que les corresponda. El proveedor podrá deducir los montos que se le hubieran retenido, contra el IGV que le corresponda pagar.
B. AMBITO DE APLICACIÓN
El régimen de retenciones del IGV, es aplicable a los proveedores cuyas operaciones gravadas en la venta de bienes, primera venta de bienes inmuebles, prestación de servicios y contratos de construcción gravadas con dicho impuesto. El proveedor, que realice las operaciones mencionadas en el párrafo anterior, está obligado a aceptar la retención establecida por el Régimen de Retenciones. El régimen de retenciones no será de aplicación a las operaciones sustentadas con las liquidaciones de compra y pólizas de adjudicación, las mismas que seguirán regulándose conforme a lo dispuesto por el reglamento de comprobantes de pago.
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C. APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV
El régimen de retenciones se aplica exclusivamente en operaciones gravadas con el IGV; en este sentido, no es de aplicación en operaciones que estén exoneradas e inafectas. Por ejemplo: cuando se realiza operaciones con proveedores ubicados en la Amazonía de acuerdo a la Ley 27037. Si éste se realiza para su consumo en la zona, no se retiene por el pago de esta operación, pero si este mismo bien es llevado para su consumo fuera de la zona, si se retiene. Asimismo, el Agente de Retención no efectuará la retención del IGV, en las siguientes operaciones: a. Realizadas con Proveedores que tengan la calidad de Buenos Contribuyentes. b. Realizadas con otros sujetos que tengan la condición de Agente de Retención. c. En operaciones en las cuales se emitan Boletos de aviación, recibos por servicios públicos de luz, agua, y otros documentos a que se refiere el numeral 6.1. del artículo 4° del Reglamento de Comprobantes de Pago. d. En las que se emitan boletas de ventas, tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras, respecto de las cuales no se permita ejercer el derecho al crédito fiscal. (Consumidores Finales) e. En la venta y prestación de servicios, respecto de las cuales no exista la obligación de otorgar comprobantes de pago, conforme a lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento de Comprobantes de Pago, INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
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f. En las cuales opere el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el gobierno central establecido por el Decreto Legislativo N° 917. (Sistema de detracciones) g. Cuando el pago efectuado sea igual o menor a S/. 700 y la suma de los importes de los comprobantes involucrados, ajustados por las notas de contabilidad que correspondan, no supere dicho importe. h. En las operaciones sustentadas con las liquidaciones de compra y pólizas de adjudicación. Estas operaciones seguirán regulándose conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Comprobantes de Pago. i. Realizadas por Unidades Ejecutoras del Sector Público que tengan la condición de Agentes de Retención, cuando dichas operaciones las efectúen a través de un tercero bajo la modalidad de encargo, sea éste otra Unidad Ejecutora, entidad u organismo público o privado. j. En los casos de venta interna de bienes donados cuyo monto, incluyendo el IGV, es depositado en las cuentas especiales de los Fondos Contravalor, de conformidad con el Decreto Ley N° 25774 y normas modificatorias.
La calidad de Buen Contribuyente o Agente de Retención referidos en los incisos a) y b) se verificará al momento de realizar el pago. Al sujeto excluido del Régimen de Buenos Contribuyentes sólo se le retendrá el IGV por los pagos que se le efectúe a partir del primer día
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calendario del mes siguiente de la notificación de su exclusión e incluso respecto de operaciones realizadas.
D. CUÁNDO SE EXCEPTÚA LA OBLIGACIÓN DE RETENER
Se exceptúa de la obligación de retener cuando el pago efectuado es igual o inferior a setecientos y 00/100 nuevos soles (S/.700) y la suma del importe de la operación de los comprobantes involucrados, ajustados por las notas de contabilidad que correspondan, no supera dicho importe.
(a) Para efecto del cuadro, se entiende que se ha dado más de una operación con estas características y cuya suma supera los S/. 700 (Setecientos Nuevos Soles). Donde: El importe de la(s) operación(es), incluye el monto total del comprobante de pago o la suma de los montos de los comprobantes de pago involucrados en el pago que otorgan derecho a crédito fiscal o gasto deducible para el Impuesto a la Renta, (tales como facturas, nota de débito, ticket de máquina registradora que otorgan derecho a crédito fiscal). La base de la retención corresponde al precio de venta del comprobante de pago el mismo que incluye el IGV. INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
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E. SUJETOS
1. AGENTE DE RETENCIÓN: Adquirente del bien, (Cliente) Usuario del servicio, o quien encarga la construcción
NOTA: Los agentes
de
retención
debenser
designados
por SUNAT.
2. PROVEEDOR: Vendedor del bien. Prestador del servicio, o Ejecutor de contratos de construcción.
NOTA: Aplicables a operaciones gravadas con IGV.
F. AGENTE DE RETENCION
El agente de retención es el adquiriente del bien mueble o inmueble, usuario del servicio o quien encarga la construcción, que ha sido designado
como
tal
por
la
Sunat
mediante
Resolución
de
Superintendencia. La designación de los Agentes de Retención, así como la exclusión de alguno de ellos, se efectuará mediante Resolución de Superintendencia de la SUNAT. Los sujetos designados como agentes de retención actuarán o dejarán de actuar como tales, según el caso, a partir del momento indicado en dicha resolución.
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La condición de Agente de Retención se acreditará mediante el “Certificado de Agente de Retención” que para tal efecto entregará la SUNAT. La Relación de Agentes de Retención será difundida por cualquier medio incluido la página web de la SUNAT (http://www.sunat.gob.pe).
G. OBLIGACIONES DEL AGENTE DE RETENCIÓN:
Obligación De Efectuar La Retención Del IGV: Los sujetos designados como agentes de retención deberán efectuar las retenciones por los pagos realizados a partir de la fecha en que deban operar como tales, independientemente de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV.
Obligación De Declarar Las Retenciones Del IGV: El agente de retención declarará el monto total de las retenciones practicadas en el periodo y efectuará el pago respectivo utilizando el PDT – Agentes de Retención, Formulario Virtual N° 626.
Obligación De Llevar El Control De Las Retenciones Del IGV: El agente de retención abrirá en su contabilidad una cuenta denominada “IGV – Retenciones Por Pagar”. En dicha cuenta se controlarán mensualmente las retenciones efectuadas a los proveedores y se contabilizarán los pagos efectuados a la Sunat.
Obligación De Llevar Un Registro Del Régimen De Retenciones Del IGV: El agente de retención deberá llevar un “Registro del régimen de retenciones” en el cual controlará los débitos y créditos con respecto a la cuenta por pagar por cada proveedor.
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Obligación De Emitir Los Comprobantes De Retención Del IGV: El agente de retención deberá emitir un comprobante de retención al momento de efectuar esta. Los sujetos excluidos como agentes de retención solicitarán la baja de los comprobantes de retención y/o cancelación de la autorización de impresión de ser el caso, hasta la fecha en que opere su exclusión como tales.
H.
OPERACIONES EXCLUIDAS
Aquellas sustentadas con Liquidación de Compra o Pólizas de Adjudicación.
Realizadas con Proveedores que tengan la calidad de “buenos contribuyentes”
Realizadas con otros sujetos que tengan la condición de “Agente de Retención” o “Agente de Percepción”.
Aquellas en
Por las que se emitan “documentos autorizados”. Ejemplo: recibo de
las
que
se
aplica el SPOT (detracciones).
luz, boletos aéreos, cargos bancarios.
Ventas y servicios en los que no haya obligación de emitir Comprobante de Pago.
Aquellas realizadas por Unidades Ejecutoras del Sector Público que tengan la calidad de “Agentes de retención” cuando las realicen a través de un tercero en la modalidad de encargo.
Cuando se emitan boletas de ventas, tickets o cintas emitidas por máquina registradora, que no permita usar Crédito Fiscal.
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Cuando el pago efectuado sea igual o menor a S/.700 y la suma de los importes de los comprobantes involucrados, ajustados por las notas de contabilidad que correspondan, no supere dicho importe.
En los casos de venta interna y bienes donados cuyo monto, incluyendo el IGV, es depositado en las cuentas especiales de los Fondos Contravalor, de conformidad con el Decreto Ley N° 25774 y normas modificatorias.
I.
TASA DE LA RETENCIÓN La tasa de la retención es el seis por ciento (6%) del importe total de la operación gravada. Cabe indicar que el importe total de la operación gravada, es la suma total que queda obligado a pagar el adquiriente, usuario del servicio o quien encarga la construcción, incluidos los tributos que graven la operación, inclusive el IGV. En caso de pagos parciales de la operación gravada con el impuesto, la tasa de retención se aplicará sobre el importe de cada pago.
J.
COMPROBANTES DE PAGO Al momento de efectuar la Retención, el Agente de Retención deberá entregar el “Comprobante de Retención” a su proveedor. Si hay acuerdo entre el Agente de Retención y el Proveedor, se podrá emitir un solo Comprobante de Retención que contengan las retenciones efectuadas en el mes, debiendo consignar la fecha de la retención. Los sujetos excluidos como Agentes de Retención solicitarán la baja de los comprobantes de retención y/o cancelación de la autorización de
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impresión de ser el caso, hasta la fecha en que opere su exclusión como tales. La impresión de los comprobantes de retención se podrá efectuar: 1.
Con el Servicio de una Imprenta: Es necesario presentar el Formulario N° 816 -"Autorización de Impresión a través de SUNAT Operaciones en Línea“.
2.
Sin necesidad de utilizar una Imprenta: Los Agentes de Retención pueden utilizar su propio sistema computarizado. Para ello, requieren presentar previamente el formulario 806 a la SUNAT.
La solicitud podrá presentarse partir de la fecha de su designación como Agente de Retención.
MODELO DE COMPROBANTE DE RETENCION
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K.
TRATAMIENTO DE LAS NOTAS DE DEBITO Y CREDITO
1)
NOTAS DE DÉBITO Que modifiquen los Comprobantes de Pago emitidos por las operaciones descritas, serán tomadas en cuenta para el presente Régimen. Cabe recordar que la emisión de una Nota de Débito permite sustentar el aumento del valor de las operaciones de venta producto del mayor valor del precio de venta, de errores o de omisiones en el importe de la operación. La situación del importe de la operación varía dependiendo si se efectuó o no el pago del Comprobante de Pago antes de la emisión de la Nota de Débito.
2)
NOTAS DE Emitidas por
CRÉDITO operaciones
en
las
que
se
efectuó
retención: • No darán lugar a la modificación de los importes retenidos, ni a la devolución por el Agente de Retención, sin perjuicio de la deducción correspondiente
del
Impuesto
Bruto
mensual
en
el
período
correspondiente. • La retención correspondiente al monto de la nota de crédito, podrá deducirse de la retención que corresponda a operaciones con el mismo proveedor, respecto de las cuales aún no ha operado ésta.
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L.
INFRACCIONES,
SANCIONES
Y
GRADUALIDAD
DE
RETENCIONES NO EFECTUADAS. a)
Si efectué la retención y la declaré pero no la pagué dentro de los plazos establecidos?
50% del tributo retenido no pagado (Numeral 4, Art. 178 CT)
Gradualidad: RS 063-2007/SUNAT, modificado a partir del 06.08.12 con RS 180- 2012-SUNAT
95%, 70%*, 60% y 40%
b)
Si no efectué la retención dentro de los plazos establecidos?
50% del tributo no retenido (Numeral 13, Art. 177 CT)
Gradualidad: RS 063-2007/SUNAT
90%, 80%, 70% y 50%
M. REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS COMPROBANTES DE RETENCIÓN Los Comprobantes de Retención, deberán cumplir obligatoriamente los siguientes requisitos mínimos: Información impresa: 1. Datos de identificación del Agente de Retención: a. Apellidos y nombres, denominación o razón social. b. Domicilio fiscal. c. Número de RUC. 2. Denominación del documento: "Comprobante de Retención". 3. Numeración: Serie y número correlativo. 4. Datos de la imprenta o empresa gráfica que efectuó la impresión: a. Apellidos y nombres, denominación o razón social. b. Número de RUC. c. Fecha de impresión. INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
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5. Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT, el cual será consignado junto con los datos de la imprenta o empresa gráfica. 6. Destino del original y copias: a. En el original: "Proveedor". b. En la primera copia: "Emisor- Agente de Retención". c. En
la
segunda
copia:
"SUNAT".
La
segunda
copia
permanecerá en poder del Agente de Retención, quien deberá mantenerla en un archivo clasificado por Proveedores y ordenado cronológicamente. Información no necesariamente impresa: 1. Apellidos y nombres, denominación o razón social del proveedor. 2. Número de RUC del proveedor. 3. Fecha de emisión del "Comprobante de Retención". 4. Identificación de los comprobantes de pago o notas de débito que dieron origen a la retención: a. Tipo de documento. b. Numeración: Serie y número correlativo. c. Fecha de emisión. 5. Monto del pago. 6. Importe retenido.
NOTA: 1. Los sujetos excluidos como Agentes de Retención solicitarán la baja de los comprobantes de retención y/o cancelación de la autorización de impresión de ser el caso, hasta la fecha en que opere su exclusión como tales. INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
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2.- Las características del "Comprobante de Retención", en lo que corresponda, serán las señaladas en los numerales 1 y 4 del artículo 9° del Reglamento de Comprobantes de Pago. 3.- La impresión de los mencionados comprobantes por los Agentes de Retención se podrá efectuar: a) Con el servicio de una imprenta, Es necesario presentar el Formulario N° 816 "Autorización de Impresión a través de SUNAT Operaciones en Línea" y cumplir con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 1102000/SUNAT, norma que establece la forma y condiciones para solicitar las autorizaciones de impresión empleando SUNAT Operaciones en Línea, así como, en lo que sea pertinente, las obligaciones señaladas en los numerales 1, 4, 5, 6, 7, 9, 10 y 11.1 del Artículo 12° del Reglamento de Comprobantes de Pago. b)
Sin necesidad de utilizar una imprenta, Los Agentes de Retención
pueden utilizar su propio sistema computarizado. Para ello, requieren presentar previamente el formulario 806 a la SUNAT para que autorice la serie asignada al punto de emisión y el rango de los comprobantes a imprimir. En este caso, el comprobante de pago no requiere cumplir con los datos de la imprenta y las obligaciones señaladas en el numeral 1 del Artículo 9° del Reglamento de Comprobantes de Pago.
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N. DECLARACIÓN Y PAGO EL AGENTE DE RETENCIÓN El Agente de Retención declarará el monto total de las retenciones practicadas durante el mes y efectuará el pago respectivo utilizando el PDT-Agentes de Retención, Formulario Virtual N° 626. La declaración y el pago se realizarán inclusive cuando en el período no se hubieran practicado retenciones y de acuerdo al cronograma aprobado por la SUNAT para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias regulares.
O. DECLARACIÓN DEL PROVEEDOR, DEDUCCIÓN DEL MONTO RETENIDO Y DEVOLUCIÓN La Declaración del Proveedor será presentada al vencimiento de sus obligaciones tributarias regulares, de conformidad con el cronograma de pago que publica la Administración Tributaria. El Proveedor utilizará el PDT- IGV-RENTA mensual, formulario virtual 621, y podrá deducir del impuesto que le corresponda pagar las retenciones que le hubieran efectuado. A continuación presentamos un esquema de la declaración del Proveedor y la deducción del monto retenido: El Proveedor podrá deducir del impuesto a pagar las retenciones que le hubieran efectuado hasta el último día del período al que corresponda la declaración. Si no existieran operaciones gravadas o si éstas resultaran insuficientes para absorber las retenciones que le hubieran practicado, el exceso se arrastrará a los períodos siguientes hasta INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
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agotarlo, no pudiendo ser materia de compensación con otra deuda tributaria. El Proveedor podrá solicitar la devolución de las retenciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado por dicho concepto en un plazo no menor de 3 períodos consecutivos. A menos que le sea de aplicación la Quinta Disposición Final de la R. S. 1282002 del Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la adquisición de combustible, en cuyo caso: a. Deducirá de su impuesto a pagar en primer lugar las percepciones y luego las retenciones que le hubieran efectuado. b. Podrá solicitar la devolución de las retenciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado por dicho concepto en un plazo no menor de 2 periodos consecutivos También puede solicitar la devolución o ampliar la deducción respecto de las retenciones indebidas efectuadas sin considerar las excepciones de la obligación de retener o las operaciones excluidas de la retención, con la condición que el monto retenido haya sido incluido en la declaración del Proveedor y el Agente de Retención hubiera efectuado el pago respectivo.
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P. FUNCIONAMIENTO Y APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES El Agente de Retención:
a.
Efectuará la retención en el momento en que se realice el pago, con prescindencia de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV. En el caso que el pago se realice a un tercero el Agente de Retención deberá emitir y entregar el comprobante de retención al proveedor. Tratándose de pagos parciales, la tasa de retención se aplicará sobre el importe de cada pago.
b.
El Agente de Retención declarará el monto total de las retenciones practicadas en el período y efectuará el pago respectivo utilizando el PDT-Agentes de Retención, Formulario Virtual N° 626.
El Agente de Retención deberá presentar el referido PDT inclusive cuando no se hubieran practicado retenciones en el periodo. NOTA: o
La declaración y el pago se realizarán de acuerdo con el cronograma para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
o
El Agente de Retención no podrá compensar el saldo a favor del exportador contra los pagos que tenga que efectuar por retenciones realizadas.
o
Para efectos del cálculo del monto de la retención, en las operaciones realizadas en moneda extranjera, la conversión
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a moneda nacional se efectuará al tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha de pago. En los días en que no se publique el tipo de cambio referido se utilizará el último publicado. o
En el siguiente gráfico, se muestra cómo se elabora el registro de las retenciones y cuál será la estructura de los datos que se utilizará con la finalidad de importar los datos al PDT 626 – Agentes de Retención.
Registro de los Comprobantes de Pago sujetos retención La R.S. N° 050-2002/SUNAT precisa que el Agente de Retención podrá abrir una columna en el Registro de Compras en la que marcará:
a.
Los Comprobantes de Pagos sujetos a retención.
b.
Las Notas de Débito y Crédito que modifiquen los Comprobantes de Pago correspondientes a operaciones que se encuentren sujetas a retención
Q. TIPO DE CUENTAS Y REGISTROS DE CONTROL QUE DEBE LLEVAR EL AGENTE DE RETENCIÓN Y EL PROVEEDOR A) EL AGENTE DE RETENCIÓN: 1.
Abrirá en su contabilidad una cuenta denominada "IGV - Retenciones
por Pagar". En dicha cuenta controlará mensualmente las retenciones efectuadas a los proveedores y contabilizarán los pagos efectuados a la SUNAT.
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Ejemplo: Si en el mes de enero un Agente de Retención ha efectuado retenciones por el monto de S/. 150, y a su vez ha declarado y efectuado el correspondiente pago a la SUNAT, mediante el PDT- Agente de Retención, Formulario virtual N° 626, el registro por este mes se efectuará de la siguiente manera: 2. Asimismo, deberá llevar un "Registro del Régimen de Retenciones" en el cual controlará los débitos y créditos con respecto a la cuenta por pagar por cada proveedor. Dicho registro deberá contener, como mínimo, la siguiente información en columnas separadas: o
Fecha de la transacción.
o
Denominación y número del documento sustentatorio.
o
Tipo de transacción realizada, tales como: compras, ajustes a la operación, pagos parciales o totales, compensaciones, canje de facturas por letras de cambio, entre otras. o Importe de la transacción, anotado en la columna del debe o del haber, según corresponda a la naturaleza de la transacción.
o
Saldo resultante de la cuenta por pagar por cada proveedor.
NOTA:
1.
El Agente de Retención que utilice sistemas mecanizados o computarizados de contabilidad podrá llevar dicho registro anotando el total de las transacciones mensuales realizadas con cada Proveedor en forma consolidada, siempre que en el sistema de enlace se mantenga la información requerida y se pueda efectuar la verificación individual de cada transacción.
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2.
El "Registro del Régimen de Retenciones" no podrá tener un
atraso mayor a 10 días hábiles, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se reciba o emita, según corresponda,
el
documento
que
sustenta
las
transacciones
realizadas con los proveedores. Además, le son de aplicación las disposiciones establecidas en la Resolución de Superintendencia N° 1322001/SUNAT, que regula el procedimiento para la autorización de registros y libros contables vinculados a asuntos tributarios. B) EL PROVEEDOR: Abrirá en su contabilidad, una subcuenta denominada "IGV Retenido" dentro de la cuenta "Impuesto General a las Ventas". En dicha subcuenta se controlará las retenciones que le hubieren efectuado los Agentes de Retención, así como las aplicaciones de dichas retenciones al IGV por pagar. Ejemplo: A la empresa "A" LE EFECTUARON retenciones DURANTE EL MES DE enero del 2003 por S/. 150, sin embargo solamente aplicó para DICHO mes S/. 50.00 arrastrando DE ESTA MANERA para el mes de febrero DE 2003 un saldo de S/. 100 por retenciones no aplicadas. A continuación se anexa un esquema que grafica este supuesto:
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R. REQUISITOS PARA LA DEVOLUCIÓN DEL SALDO DE RETENCIÓN NO APLICADO Los proveedores podrán solicitar devolución por el saldo de retención no aplicado (Retención del periodo + retenciones de meses anteriores – impuesto a pagar.) REQUISITOS 1. Haber presentado todas las declaraciones (PDT621) por el periodo por el que solicita la devolución en su condición de proveedor. 2. Si el contribuyente sólo tiene la condición de proveedor, deberá tener un saldo de retenciones no aplicadas por un plazo no menor de 3 meses en forma consecutiva, de acuerdo al artículo 2° de la R.S. N° 061-2005/SUNAT. 3. Si el contribuyente tiene la condición de proveedor señalado en el punto anterior, y cliente (según lo establecido en el inciso d) del art. 1° de la RS N°128-2002 / SUNAT) a la vez, es decir si se le ha retenido el IGV por sus ventas y percibido por sus compras, deberá tener un saldo de retenciones no aplicado por un plazo no menor de 2 meses. (5ta disposición final R.S.1282002/SUNAT). 4. Solicitar la devolución del saldo acumulado no aplicado que conste en la última declaración mediante el formulario N° 4949, siempre que se haya cumplido con los plazos señalados en los puntos anteriores. El plazo máximo para atender la solicitud de devolución es de 45 dias hábiles de acuerdo al art. 32° del D.S. 126-94-EF
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S. ¿DÓNDE SOLICITO LA DEVOLUCIÓN DEL SALDO NO APLICADO? A fin de solicitar la devolución del saldo de retenciones no aplicadas, el contribuyente deberá realizar lo siguiente: 1.- Dirigirse a cualquiera de las ventanillas de los Centros de Servicios o en la dependencia de la SUNAT, donde se encuentre su domicilio fiscal. Cabe precisar, que para el caso de:
a.
Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, en la sede de la Intendencia.
b.
Contribuyentes de la Intendencia Regional Lima:
• Principales
Contribuyentes, en las oficinas que le correspondan o en
los Centros de Servicios al Contribuyente en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. • Medianos
y Pequeños Contribuyentes, en los Centros de Servicios al
Contribuyente en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao.
c.
Contribuyentes de las Intendencias Regionales y Oficinas Zonales, en las oficinas que les corresponda o en los Centros de Servicios al Contribuyente que se implementen.
2.- Presentar el formulario 4949: Solicitud de Devolución firmado por el titular o el representante legal acreditado ante la SUNAT, el cual llevará adjunto un escrito en donde explique los motivos de la devolución. Importante: 1. Se deberá consignar como periodo tributario, el último vencido a la fecha de presentación de la solicitud y en cuya declaración conste el saldo
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acumulado de retenciones no aplicadas a ese período, ello sin perjuicio que el monto cuya devolución solicita sea menor. 2. El cómputo del plazo establecido para poder solicitar la devolución de las retenciones no aplicadas, se iniciará a partir del periodo siguiente a aquel consignado en la última solicitud de devolución presentada, de ser el caso, aún cuando en dicha solicitud no se hubiera incluido la totalidad del saldo acumulado a esa fecha.
2
Si el tramite lo va realizar una tercera persona, adicionalmente deberá presentar una carta poder simple en la que se indique expresamente la autorización para realizar el trámite correspondiente.
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CASOS PRÁCTICOS CASO 01:
La Empresa Tecnillantas Perez Sac emite la Factura N° 001-324 a Empresa de Transportes 14 Sac (Agente De Retención) , en el mes de Enero del 2017 por la suma de S/ 2,100 por concepto de llantas.
Se sabe que las ventas totales de Tecnillantas Perez Sac, fueron de S/ 11,200.00 y sus compras totales de Enero fueron por S/ 3,400.00
SE PIDE: Calcular el importe de la retención Calcular el importe del igv a pagar aplicando la retención
DESARROLLO DATOS: MONTO DE VENTAS:
S/ 2,100.00
% DE RETENCION:
6%
MONTO DE RETENCION:
S/ 126.00
CALCULO DEL IGV A PAGAR SUB TOTAL
IGV
TOTAL
VENTAS
S/ 9,492.00
S/ 1,708.00
S/ 11,200.00
COMPRAS
S/ 2,881.36
S/ 518.64
S/ 3,400.00
CALCULO DE IGV A PAGAR APLICANDO LAS RETENCIONES: IGV – VENTAS
S/ 1,708.00
IGV – COMPRAS
S/
DEUDA TRIBUTARIA DE IGV
S/ 1,190.00
519.00
RETENCION 6%
(S/
IGV A PAGAR ENERO
S/ 1,064.00
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126.00)
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CASO 02: La Empresa Josué S.A.C Es Un Agente De Retención Designado Por Sunat, Con Fecha 20 De Marzo Realiza La Adquisición De Materias Primas A La Empresa Rosario E.I.R.L, Las Mismas Que Ascienden A La Cifre De
S/. 20,000 + Igv, Por Dicha Adquisición Ha Recibido Un
Descuento Especial De S/.2,000 + Igv (Se Emite Nota De Crédito Con Fecha 21 De Marzo) Con Fecha 30 De Marzo Se Realiza La Cancelación Del 60% De La Compra, El Saldo Es Cancelado Dentro De Los 60 Días Siguientes. Se solicita: Determinación del importe de la retención Contabilización de las operaciones realizadas Contabilidad del proveedor y del cliente
SOLUCIÓN: Determinación del importe de la retención
DETALLE
FACTURA
NOTA DE
NETO
CREDITO Base imponible
20,000.00
-
2,000.00
18,000.00
IGV 18%
3,600.00
-
360.00
3,240.00
TOTAL
23,600.00
-
2,360.00
21,240.00
En este caso el importe de la operación es S/ 21,240.00 Determinación de la retención 21,240.00 *60% =12,744.00 RETENCION NETO A PAGAR
12,744.00 *6% = 764.64 12,744.00 – 764.64 = 11, 979.36
Contabilización de la empresa Josue SAC (agente de retención) INTRODUCCION A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
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CASO 03: ¿CÓMO SE EFECTÚA LA RETENCIÓN EN EL CASO DE CANJE DE FACTURAS POR LETRAS DE CAMBIO?
EJEMPLO: LETRA EN DESCUENTO El 13 de junio el proveedor empresa "A" emite a su cliente empresa "B" (AGENTE DE RETENCIÓN) la factura por un precio de venta de S/. 5,900. El 15 de junio se canjea la factura por una Letra de Cambio cuya fecha de vencimiento es el 15 de julio. La letra se emite deduciendo el monto de la retención. Precio de Venta: Retención 6%
S/. 5,900 ( 354)
Valor de la Letra Cambio 5,546
Al vencimiento de la letra, 15 de julio, la empresa "B" (agente de retención) efectúa el pago de la letra, se produce la retención y se hará entrega del Comprobante de Retención al proveedor, empresa "A".
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CONCLUSIONES
Esta investigación tiene importancia porque los sistemas de retenciones, incide en el aspecto tributario, financiero, contable y administrativo de las empresas. En lo tributario porque constituye una obligación tributaria, cuyo cumplimiento podría acarrear una serie de consecuencias negativas. En lo financiero, porque favorece o afecta las finanzas empresariales de acuerdo a la posición que se tenga en un momento de la transacción. En lo contable, porque el hecho que se de cómo parte de las transacciones requiere la valuación, registro y presentación en la información financiera y económica de la empresa; lo que obliga a aplicar los principios de contabilidad generalmente aceptados, las normas internacionales de contabilidad, el plan contable general revisado, el reglamento de preparación de información financiera y otras normas. En lo administrativo, es importante porque obliga a los directivos, gerentes y administradores de las empresas a planear, tomar decisiones y controlar los aspectos relacionados. Este trabajo es importante también, porque permite exponer la filosofía, doctrina y praxis de los sistemas de retenciones como forma de comprender su esencia. También es importante porque permite plasmar los conocimientos recibidos en la maestría a la solución de la problemática de las empresas.
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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
(2016) Club de Contadores, ¿Quién es el agente de retención y cuáles son sus obligaciones?, recuperado el 10 de Febrero del 2017, disponible en el: http://clubdecontadores.com/%C2%BFquien-es-el-agente-de-retencion-ycuales-son-sus-obligaciones/.
SUNAT, recuperado el 10 de Febrero del 2017, disponible en el: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenEspIGV/agentesRetencion/faqA gentesRetencion.htm.
(2015) Régimen de retención del IGV (Peru), recuperado el 10 de Febrero del 2017, disponible en el: http://www.monografias.com/trabajos94/regimenretencion-del-igv/regimen-retencion-del-igv.shtml.
(2010) Regimen De Retenciones, recuperado el 10 de Febrero del 2017, disponible
en
el:
http://es.slideshare.net/guest63121b/regimen-de-
retenciones-new
(2007) Derecho en General, SISTEMA DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV, recuperado el 10 de Febrero del 2017, disponible en el: http://derechogeneral.blogspot.pe/2007/12/sistema-del-rgimen-deretenciones-del.html.
(2016)Guia Tributaria, recuperado el 10 de Febrero del 2017, disponible en el:
http://www.guiatributaria.sunat.gob.pe/formalizacion-mype/sistemas-del-
igv/77mype/formalizacion2/sistemas-del-igv/244-que-es-sistema-deretenciones-del-igv.html
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