FUNCIONES, DEBERES, DERECHOS Y ACTIVIDADES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, SEGÚN NORMAS LEGALES VIGENTES.
RECOPILADO POR: FERNANDO GAMARRA MORALES.
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LEY Nº 28044, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Artículo 53°.- El estudiante El estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Le corresponde: a) Contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje aprendizaje y desarrollo desarrollo integral; recibir recibir un buen trato y adecuada orientación orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación. b) Asumir con responsabilidad su proceso de aprendizaje, así como practicar la tolerancia, la solidaridad, el diálogo y la convivencia armónica en la relación con sus compañeros, profesores y comunidad. c) Organizarse en Municipios Escolares u otras formas de organización estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad. d) Opinar sobre la calidad del servicio serv icio educativo que recibe. e) Los demás derechos y deberes que le otorgan la ley y los tratados internacionales.
Artículo 54°.- La familia La familia es el núcleo fundamental de la sociedad, responsable en primer lugar de la educación integral de los hijos. A los padres de familia, o a quienes hacen sus veces, les corresponde: a) Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar un trato respetuoso de sus derechos como personas, adecuado para el desarrollo de sus capacidades, capacidades, y asegurarles asegurarles la culminación c ulminación de su educación. b) Informarse sobre la calidad del servicio educativo y velar por ella y por el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos. c) Participar y colaborar en el proceso educativo de sus hijos. d) Organizarse en asociaciones de padres de familia, comités u otras instancias de representación a fin de contribuir al mejoramiento de los servicios que brinda la correspondiente correspondiente Institución Educativa. e) Apoyar la gestión educativa y colaborar para el mejoramiento de la infraestructura y el equipamiento equipamiento de la correspondiente Institución Educativa, Educativa, de acuerdo a sus posibilidades. posibilidades.
Artículo 55°.- El Director El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. Le corresponde: a) Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68º de la presente ley. b) Presidir el Consejo Educativo Educativo Institucional, promover las relaciones humanas armon iosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la c omunidad educativa. c) Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y sus autoridades superiores. d) Recibir una formación especializada para el ejercicio del cargo, así como una remuneración correspondiente correspondiente a su s u responsabilidad. responsabilidad. 2
e) Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta servicio en las instituciones del Estado. El nombramiento en los cargos de responsabilidad directiva se obtiene por concurso público. Los concursantes están sujetos a evaluación y certificación de competencias para el ejercicio de su cargo, de acuerdo a ley.
Artículo 56°.- El Profesor El profesor es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por la naturaleza de su función, la permanencia en la carrera pública docente exige al profesor idoneidad profesional, probada solvencia moral y salud física y mental que no ponga en riesgo la integridad de los estudiantes. Le corresponde: a) Planificar, desarrollar y evaluar actividades que aseguren el logro del aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad educativa que integran. b) Participar en la Institución Educativa y en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional así como del Proyecto Educativo Local, Regional y Nacional. c) Percibir remuneraciones justas y adecuadas y también las bonificaciones establecidas por ley; estar comprendido en la carrera pública docente; recibir debida y oportuna retribución por las contribuciones previsionales de jubilación y derrama magisterial; y gozar de condiciones de trabajo adecuadas para su seguridad, salud y el desarrollo de sus funciones. d) Participar en los programas de capacitación y actualización profesional, los cuales constituyen requisitos requisitos en los procesos de evaluación docente. e) Recibir incentivos y honores, registrados en el escalafón magisterial, por su buen desempeño profesional profesional y por sus aportes a la innovación educativa. f) Integrar libremente sindicatos sindicatos y asociaciones de naturaleza profesional; y g) Los demás derechos y deberes establecidos por ley específica.
Artículo 62°.- Personal administrativo El personal administrativo de las instituciones educativas públicas coopera para la creación de un ambiente favorable para el aprendizaje. Se desempeña en las diferentes instancias de gestión institucional, local, regional y nacional, en funciones de apoyo a la gestión educativa. Ejerce funciones de carácter profesional, técnico y auxiliar. Participa en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional. Le corresponde: a) Formación especializada para el ejercicio del cargo. b) Remuneración adecuada a su responsabilidad. c) Inclusión en la carrera pública correspondiente.
Artículo 64°.- Objetivos de la gestión Son objetivos de la gestión educativa contribuir a: a) Desarrollar la Institución Educativa como comunidad de aprendizaje, encargada de lograr una excelente calidad educativa. b) Fortalecer la capacidad de decisión de las Instituciones Educativas para que actúen con autonomía pedagógica y administrativa. Las funciones de todas las instancias de gestión se rigen por los principios de subsidiariedad, subsidiariedad, solidaridad, complementariedad complementariedad y concurrencia. concurrencia. 3
c) Asegurar la coherencia de las disposiciones administrativas y la subordinación de éstas a las decisiones de carácter pedagógico. pedagógico. d) Lograr el manejo eficaz, eficiente e innovador innovador de las instituciones instituciones educativas, que conduzca a la excelencia educativa. e) Desarrollar liderazgos democráticos. f) Colaborar en la articulación intersectorial, que asegure que los procesos de gestión se den en el marco de una política de desarrollo integral del país. g) Promover la activa participación de la comunidad. h) Articular las instituciones educativas para que desarrollen relaciones de cooperación y solidaridad. i) Fortalecer el ejercicio ético de las funciones administrativas para favorecer la transparencia y el libre acceso a la información. j) Participar Participar en el efectivo funcionamiento funcionamiento de los mecanismos para prevenir y sancionar los actos de corrupción en la gestión. k) Incentivar la autoevaluación y evaluación permanentes que garanticen el logro de las metas y objetivos establecidos por la Institución Inst itución Educativa.
Artículo 68°.- Funciones Son funciones de las Instituciones Educativas: Educativas: a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su plan anual y su reglamento interno en concordancia con su línea axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes. b) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional institucional y pedagógica. c) Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar los libros de texto y materiales educativos. d) Otorgar certificados, diplomas y títulos según corresponda. e) Propiciar un am biente institucional favorable favorable al desarrollo del estudiante. f) Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje. aprendizaje. g) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución. h) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación experimentación e investigación investigación educativa. i) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad. comunidad. j) Cooperar en las las diferentes actividades actividades educativas educativas de la la comunidad. k) Participar, con el Consejo Educativo Institucional, Institucional, en la evaluación ev aluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica. l) Desarrollar acciones de formación formación y capacitación capacitación permanente. m) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la comunidad educativa. n) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. En centros educativos unidocentes unidocentes y multigrados, estas atribuciones son ejercidas a través de redes. 4
Artículo 69°.- Órgano de participación y vigilancia El Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana. Es presidido por el Director e integrado por los subdirectores, representantes de los docentes, de los estudiantes, de los ex alumnos y de los padres de familia, pudiendo exceptuarse la participación de estos últimos cuando las características de la institución lo justifiquen. Pueden integrarlo, integrarlo, también, otras instituciones de la comunidad por invitación a sus miembros. En el caso de las instituciones públicas que funcionen como centros educativos unidocentes y multigrados, el Consejo Educativo Institucional se conforma sobre la base de los miembros de la comunidad educativa que componen la Red Educativa.
D.S. Nº 011-2012-ED, REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Artículo 117. El estudiante El estudiante es el centro y protagonista del proceso educativo. Le corresponden los derechos y deberes establecidos en la Constitución Política del Perú, la Ley, el Código del Niño y del Adolescente y los tratados internacionales. internacionales. El estudiante se organiza y participa en el proceso educativo, a través de diferentes formas democráticas de asociación estudiantil, como los Consejos de Participación de Estudiantes, Consejos Educativos Institucionales, Municipios Escolares, Conferencias con Padres de Familia Familia u otras formas de organización. Tiene el derecho y el deber de participar organizadamente en la elaboración y evaluación de los criterios y normas de convivencia, las cuales debe respetar fortaleciendo su identidad personal, así como su conciencia moral autónoma para contribuir a una sociedad pacífica, democrática, multicultural, multicultural, solidaria, justa y tolerante. Asimismo, le corresponde opinar sobre la calidad del servicio educativo que recibe y participar en la planificación de los procesos pedagógicos. Entre las estrategias para el desarrollo de la capacidad del ejercicio ciudadano, el estudiante toma parte en los proyectos participativos que se organizan en cada uno de los grados de estudios.
Artículo 118.- Participación estudiantil La institución educativa promueve y facilita la participación estudiantil a través de diversas organizaciones como municipios escolares, conferencias con padres de familia, consejos de participación de estudiantes, comités, clubes y otras de carácter cultural, artístico, científicotecnológico, deportivo deportivo y recreativo, bajo principios democráticos de organización institucional. Las instancias de gestión educativa descentralizada promueven, impulsan y apoyan la organización y participación de los estudiantes. Toman en cuenta la opinión de los estudiantes sobre el servicio educativo que reciben, con la finalidad de asumir medidas correctivas que ayuden a mejorar la calidad del servicio.
Artículo 119.- La familia El padre, madre o tutor del estudiante tiene un rol activo y comprometido en su proceso educativo que contribuye a su formación integral y al desarrollo de sus potencialidades. En el marco de lo establecido por la ley, contribuye también al desarrollo de habilidades sociales y valores éticos, a la práctica de hábitos de higiene, alimentación y descanso, así como a la 5
organización de sus actividades de estudio y al aprovechamiento adecuado del tiempo libre. Asimismo, propicia oportunidades oportunidades para que los estudiantes realicen realicen actividades físicas, recreativas, artísticas y deportivas y expresen su creatividad respetando sus preferencias e intereses.
Artículo 120.- El director de la institución educativa Es el representante legal, responsable de la gestión de la institución educativa y líder de la comunidad educativa. En las instituciones educativas públicas, el director es seleccionado y designado por el periodo establecido por ley, a través de concurso público. Asegura mecanismos para garantizar la calidad del servicio educativo, el clima institucional favorable para el aprendizaje y las relaciones con la comunidad. Su desempeño laboral es evaluado por la instancia de gestión educativa descentralizada, en el marco de las normas establecidas por el Ministerio de Educación.
Artículo 121.- El profesor El profesor es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por la naturaleza de su función requiere contar con idoneidad profesional, solvencia moral y salud emocional y mental para ejercer sus funciones cuidando la integridad de los estudiantes. En el ejercicio de sus funciones, se capacita y actualiza para asegurar el logro de los aprendizajes establecidos en el currículo, reconoce las posibilidades de aprender de sus estudiantes, valora y respeta su diversidad, promueve el desarrollo de su talento y brinda una educación de calidad con un enfoque intercultural intercultural e inclusivo.
Artículo 122.- El personal administrativo Participa en la gestión administrativa de las instancias de gestión educativa descentralizada. Ejerce funciones de carácter profesional, técnico y auxiliar, contribuyendo al adecuado funcionamiento funcionamiento de estas instancias y a la creación de un c lima institucional institucional favorable.
Artículo 124.- Características de la gestión La gestión del sistema educativo se caracteriza por ser: a) Descentralizada. Es ejecutada por las instancias de gestión educativa descentralizada, de acuerdo con las competencias que la ley les asigna, respetando y fortaleciendo la autonomía pedagógica pedagógica y de gestión de la institución educativa. b) Simplificada y flexible. Favorece la fluidez de los procesos y procedimientos de trabajo y permite que el sistema educativo se adapte a la diversidad y necesidades de los estudiantes; y a las transformaciones de la realidad local y global. c) Participativa. En forma democrática e innovadora, facilita la participación de la comunidad educativa y de la sociedad organizada, en la planificación, organización, seguimiento, vigilancia, difusión y evaluación de la gestión de cada una de las instancias de gestión educativa descentralizada. descentralizada. d) Orientada a favorecer los procesos de aprendizaje, socialización e inclusión de los estudiantes. e) Formativa. Contribuye al desarrollo de los integrantes de la comunidad educativa. f) Unitaria, sistémica y eficaz. La gestión de cada instancia se articula con las otras y tiende al logro de sus objetivos. Se sustenta en la comunicación, transparencia transparencia y rendición de c uentas. 6
g) Orientada a resultados evaluados mediante la aplicación de indicadores en todo el sistema educativo. h) Integral. Comprende las dimensiones dimensiones pedagógica y administrativa de la gestión educativa.
Artículo 127.- La institución educativa Es una comunidad de aprendizaje y enseñanza que presta el servido educativo en determinado nivel, modalidad o forma educativa en el logro de aprendizajes. aprendizajes. Tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio educativo, así como en la elaboración de sus instrumentos de gestión, en el marco de la normatividad vigente. Se vincula con su entorno y está abierta a la participación de la comunidad, atiende a sus necesidades necesidades y apoya propuestas de desarrollo. Los programas educativos se rigen por las normas aplicables a las instituciones educativas en lo que les corresponda.
Artículo 128.- Funciones de la institución educativa Son funciones de las instituciones educativas las señaladas en la Ley, y en este marco se desarrollan desarrollan las siguientes acciones: a) Realizar el proceso de selección del personal docente y administrativo, en el marco de los lineamientos establecidos establecidos por el Gobierno Nacional. b) Gestionar, reconocer y sancionar al personal por su desempeño profesional profesional y laboral. c) Celebrar convenios de cooperación, en el ámbito de su competencia, que contribuyan a mejorar la calidad del servicio educativo y sin afectarlo. d) Implementar la gestión de riesgos, frente a desastres naturales, ambientales y convulsiones convulsiones sociales. e) Promover, afianzar, regular y autoevaluar la participación de la comunidad en los procesos de gestión de la institución. f) Promover y decidir la participación en la organización y/o funcionamiento de redes educativas. g) Desarrollar y autoevaluar la producción, búsqueda, selección, uso, conservación y difusión de la información información educativa.
Artículo 135.- La Dirección Es el órgano rector de la institución educativa, responsable de su gestión integral, conducida por el director, quien cumple las funciones de las instituciones educativas establecidas en el artículo 68 de la Ley. Las instituciones educativas públicas que funcionan en un mismo local y atienden a más de un nivel, modalidad o forma educativa están a cargo de un director general, que es su representante legal y coordina con los directores de cada nivel, modalidad o forma educativa. Todos ellos conforman el Consejo Directivo, presidido presidido por el director general. El director general es responsable responsable de: a) Planificar, Organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar, de manera compartida, la gestión de la institución educativa. educativa. b) Promover la articulación y armonización permanente de la planificación y desarrollo de las actividades educativas educativas de los distintos niveles, modalidades y formas educativas. 7
c) Garantizar el acceso equitativo, el uso eficiente, el mantenimiento y conservación de los materiales y recursos pedagógicos, equipamiento, mobiliario e infraestructura, por parte de las instituciones instituciones educativas que comparten el local. d) Preservar la independencia y seguridad de los esp acios educativos de los estudiantes de los diferentes niveles educativos y adoptar medidas para que la gestión y organización de la jornada escolar escolar no se interfieran. interfieran. e) Administrar la documentación y bienes patrimoniales comunes y de uso compartido por todos los integrantes de la institución educativa. f) Conducir y actualizar el inventario inventario único y control de los bienes del Estado, los adquiridos por la propia institución educativa, así como las donaciones recibidas y que sean de uso compartido. g) Coordinar con los municipios, las fuerzas de orden o instancias competentes para garantizar la seguridad de los estudiantes en los alrededores del local escolar. h) Promover una cultura de evaluación evaluación y mejora continua tanto de la gestión educativa como de los aprendizajes de los estudiantes. es tudiantes. Las redes educativas integradas por instituciones educativas unidocentes unidocentes o multigrado públicas públicas son conducidas por un director sin sección a c argo.
Artículo 136.- Consejo Educativo Institucional Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la institución educativa pública que colabora con la promoción y el ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática. Es presidido por el Director de la Institución Educativa, y está conformado por los subdirectores, si los hubiera, el representante del personal docente, administrativo, de los estudiantes, de los ex alumnos y de los padres de familia, pudiendo ser integrado también por otros representantes de instituciones de la comunidad local, por acuerdo del Consejo. EI Reglamento Interno de la institución o programa educativo establece el número de representantes y funciones específicas que les c orresponde. Son funciones del Consejo Educativo Institucional: a) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. Institucional. b) Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna, inclusión educativa y calidad del servicio que brinda la institución institución educativa. d) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad, inclusión, pertinencia del servicio educativo, logros de aprendizaje y el adecuado uso y destino de los recursos. e) Colaborar con el director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagógico, pedagógico, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo. f) Coordinar con el Consejo Participativo Local de Educación de su c ircunscripción. ircunscripción.
LEY Nº 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
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(*) De conformidad con la Única la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 227-2013-EF, publicado publicado el 14 septiembre 2013, se establece que los profesores designados, en el marco de los procesos de concurso de la presente Ley, como directores y subdirectores de las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico Productiva, no podrán percibir adicionalmente las asignaciones dispuestas por el Decreto Supremo Extraordinario Nº 077-93-PCM y los incrementos diferenciados por cargo otorgados por el Decreto Supremo Nº 050-2005-EF y Decreto Supremo Nº 0812006-EF; así como aquellas asignaciones por cargo de director y subdirector contenidas en la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, y la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial, en los términos señalados en la Décima Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la presente Ley. (*) De conformidad con el Artículo 7 del Decreto Supremo N° 344-2015-EF, publicado publicado el 09 diciembre 2015, se dispone que para el Magisterio Nacional, el Aguinaldo por Navidad se calcula de acuerdo a lo previsto en la presente Ley, otorgándose a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor meno r al a l señalado en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 30281, en el marco de lo dispuesto por los numerales 1 y 2 de la Quinta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y la presente Ley. CONCORDANCIAS:
D.S. Nº 004-2013-ED (REGLAMENTO)
Artículo 12. Áreas de desempeño laboral La Carrera Pública Magisterial reconoce cuatro (4) áreas de desempeño laboral, para el ejercicio ejercicio de cargos c argos y funciones de los profesores:
a) Gestión pedagógica: Comprende tanto a los profesores que ejercen funciones de enseñanza en el aula y actividades curriculares complementarias al interior de la institución educativa y en la comunidad, como a los que desempeñan cargos jerárquicos en orientación y consejería estudiantil, jefatura, asesoría, formación entre pares, coordinación de programas no escolarizados de educación inicial y coordinación académica en las áreas de formación establecidas en el plan curricular.
b) Gestión institucional: Comprende a los profesores en ejercicio de los cargos de Director de Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), Director o Jefe de Gestión Pedagógica, Especialista en Educación de las diferentes instancias de gestión educativa descentralizada, director y Subdirector de institución institución educativa.
c) Formación docente: Comprende a los profesores que realizan funciones de acompañamiento pedagógico, de mentoría a profesores nuevos, de coordinador y/o especialista en programas de capacitación, actualización y especialización de profesores al servicio del Estado, en el marco del Programa de Formación y Capacitación Permanente.
d) Innovación e investigación: Comprende a los profesores que realizan funciones de diseño, implementación y evaluación de proyectos de innovación pedagógica e investigación educativa, estudios y análisis sistemático de la pedagogía y proyectos pedagógicos, científicos y tecnológicos. Por necesidad del servicio educativo, el Ministerio Ministerio de Educación puede crear o suprimir suprimir cargos en las áreas de desempeño laboral.
CONCORDANCIAS:
D.S. Nº 004-2013-ED (Reglamento) Art. 30
Artículo 40. Deberes Los profesores deben: 9
a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional. b) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes correspondientes para asegurar los mejores resultados. c) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia. d) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos procedimientos que establezca el reglamento. e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad responsabilidad las tareas que les competan. g) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación. h) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las autoridades de la institución educativa educativa o las entidades competentes. (*)
(*) De conformidad con el Resolutivo el Resolutivo 4 del Expediente N° 0021-2012-PI-TC, publicado publicado el 24 abril 2015, se declara infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra el presente literal. i) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición condición económica o de cualquier otra índole. j) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito ám bito nacional, y la lengua originaria. originaria. k) Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional. l) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje. m) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución institución educativa. n) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo desarrollo de una cultura de paz y democrática. o) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa y, si fuera el caso, de las instancias de gestión educativa descentralizada. p) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa. q) Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas de la materia.
CONCORDANCIAS:
D.S. Nº 004-2013-ED (Reglamento) Art. 77
Artículo 41. Derechos Los profesores tienen derecho a:
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a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición condición económica o de cualquier cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona. b) Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial. c) Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios que se establecen en la presente Ley. d) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la presente Ley. e) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado registrado en el escalafón. f) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución institución educativa y a que se respete la normatividad vigente. g) Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el Estado. h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamento. i) Vacaciones. j) Seguridad social, de acuerdo acuerdo a ley. k) Libre asociación asociación y sindicalización. sindicalización. l) Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos. m) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y sindical, según el caso. n) Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente Ley. o) Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria obligatoria y no exista impedimento legal. p) Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa. q) Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley. r) Percibir una compensación por tiempo de servicios. s) Gozar del cincuenta por ciento de descuento en las tarifas para espectáculos culturales.
D.S. Nº 004-2013-ED, REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Artículo 30.- Cargos de las áreas de desempeño laboral 30.1 La carrera pública magisterial comprende cuatro (04) áreas de desempeño laboral que posibilitan el desarrollo profesional del profesor a través de cargos y funciones que tienen incidencia en la calidad de la prestación del servicio educativo. Dichas áreas son:
a) Gestión Pedagógica.- En esta área los profesores planifican, conducen, acompañan y evalúan los diferentes procesos pedagógicos que aseguren los logros de aprendizaje de los estudiantes al interior de la institución educativa.
b) Gestión Institucional.- En esta área los profesores gestionan los procesos de planificación, conducción, supervisión y evaluación de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada que corresponda, lo que incluye el desarrollo profesional del personal a su cargo y la administración de los recursos materiales y económicos. 11
c) Formación Docente.- En esta área los profesores diseñan, ejecutan y evalúan programas de formación de sus pares, en el marco de política de formación docente continua, además de elaborar estrategias de acompañamiento pedagógico a los profesores de las instituciones educativas para mejorar su práctica docente.
d) Innovación e Investigación.- Los profesores de esta área diseñan, ejecutan y evalúan proyectos de innovación e investigación pedagógica que coadyuven a generar conocimientos sobre buenas prácticas docentes e innovaciones innova ciones pedagógicas, p edagógicas, orientados a mejorar mej orar los logros de aprendizaje de los estudiantes y al mismo tiempo incentivar incent ivar en sus pares, prácticas investigativas investigativas e innovadoras innovadoras que estimulen la creatividad y desarrollo docente.
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 052-2016-MINEDU APRUEBA NORMAS QUE REGULAN LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS Y OTROS ASPECTOS LABORALES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN
3.2. FUNCIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS El Auxiliar de Educación desarrolla competencias y capacidades para resolver problemas problemas,, poniendo en práctica sus conocimientos y facultades para analizar la realidad, reconociendo las posibilidades posibilidades con las que cuenta para interveni interven ir en ella. ella .
3.2..1. Funciones generales: 3.2 a. Apoyar a los profesores profesores de turno en el el desarrollo desarrollo de actividades de de vigilancia vigilancia dé la disciplina de los estudiantes en el ingreso, recreo, recreo , salidas salidas,, visitas y otras actividades pedagógicas pedagógi cas que se organizan en la IE. IE . b. Propiciar y coadyuvar al mantenimiento de un adecuado clima instituc ional de cooperación, cooperación , amistad y respeto entre estudiantes, estudiantes , docentes docentes,, trabajadores administrativos, administrativos , padres de familia, directivos y de la comunidad educati educativa va donde labora. labora . c. Informar y coordinar con la la dirección y/o responsables del Comité de Tutoría y Orientación Educativa los problemas de conducta de los estudiantes y proponer acciones que posibiliten posibili ten mejorar dichas conductas. conductas . d. Mantener al día: Cuaderno de incidencias, la ficha de seguimiento de los estudiantes a su cargo;; el registro de asistencia y control diario de los estudiantes y ; llevar un cuaderno de cargo inasiistencias inas stencias,, traslados y retiros de estudiantes. ' e. Vigilar constantemente la presentación personal, salud e hig iene de los estudiantes y, y, además la cabal conservación de los materiales, materiales , muebles y equipos de la IE. IE . f . Atender a los estudiantes que se accidenten o sufran alguna dolenci dolencia, a, si es necesario tr asladarlos asladarlos al al centro de salud más cercano. cercano . g. Vigilar permanentemente las áreas deportivas, talleres, laboratorios y servicios higiénicos en el control de los estudiantes en horas de recreo y de clases . h. Participar, acompañar y colaborar activamente en las actividades cívicas, deportivas y culturales de los estudiantes de la IE. IE . i. Coordinar con la dirección y/o el Comité de Tutoría y Orientación Educativa, y con los padres de familia la solución de los problemas sobre conducta y puntualidad de los estudiantes a su cargo.
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j. Colaborar con la entrega y recojo de las libretas de informaci informaciones ones,, citaciones, comunicados, comunicados , directivas y otros documentos que emitan emitan la la dirección, dirección, los profesores y/o tutores tutores del plantel. k. Realizar tareas admini administrativas strativas de atención a los padres de famili familia a en coordinación coordinación con el profesor, así como en la organización organización y elaboración de documentación, documentación, registros varios, etc. l. Participar en la elaboración de los d iferentes instrumentos instrumentos de gestión (Proyecto (Proyecto Educat Educatiivo Institucional - PEI, PEI, Proyecto Curricular de la Institución Educativa - PCIE , Plan anual de Trabajo - PAT, PAT, Reglamento Interno, Interno , etc etc..) de la I E para lograr los los objetivos institucionales previstos.. previstos m. Participar en los procesos de autoevaluación personal e institucional , de acuerdo a lo previsto en el plan de trabajo para la mejora y acreditación inst itucional tucional,, cuando correspond corresponda a. n. Administr Administrar ar los recursos mater iales y equipamientos que le sean asignados y al mismo tiempo contribuir con la conservaci conservac ión y mantenimi mantenim iento de la infraestructura (local, mobiliario, equipo de cómputo, material m aterial educativo, educativo, u otros) y pertenencias de los estudiantes. estudiantes . o. Apoyar al responsable del SIAGIE para el debido procesamiento de boletas de notas de los estudiantes y colaborar colaborar en la entrega del informe respectivo a los padres de familia. familia. p. Otros de acuerdo acuerdo a llas as necesidades del contexto contexto escolar y de los objetivos objetivos del Proyecto Educativo Institucional de cada IE, IE , según nivel, nivel, forma y modalid modalidad ad educativa. educativa . Los profesores de aula, bajo responsabilidad, no pueden encargar sus funciones técnicos pedagógicas pedagógi cas a los auxiliares auxiliares de educaci educación ón.. Para el cumplimiento cumplimiento de sus sus funcione funciones, s, los auxiliares auxiliares de educación mantienen permanente comunicación y coordinación con los Comité de Tutoría y Orientación Educativa, sub directores,, directores, profesores, directores profesores , personal administrativo administrativo y padres de familia familia de la IE. IE .
3.2.2.
Funciones específicas
3.2.2.1.. En la Educación Básica Especial 3.2.2.1 a. Participar en la elaboración, desarrollo y evaluación del plan de aula en coordinación con el profesor. b. Apoyar a los docentes en actividade actividades s técnico pedagógi pedagógicas cas y la programación de aula e individual. c. Apoyar en la atención pedagógica de los estudiantes a su cargo que coadyuven la formación integral de los niños . d. Colaborar en el desarroll desarrollo o de las las activ activiidades destinadas a lograr su autonomía personal. e. Participar en todas las acciones del cuidado di d iario de los estudiantes a su cargo que coadyuven a una atención integral de los m ismos smos..
3.2.2.2. En la Educación Básica Regular Inicial a. Apoyar al docente en las actividade actividades s formativas y de atención a los niños y niñas en respuesta a sus necesidades de alimentación, fisiológicas, de recreación, salud, aseo y cuidado.. cuidado b. Recepcionar y despedi despedirr a niños y niñas en la puerta principal de la I.E. I.E .
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c. Informar y coordinar permanentemente con el docente de aula, sobre las observaciones a niños y niñas que requieran una atención especial, como también la de los niños y niñas con necesidades educativas especial especiales. es. d. Colaborar en las aulas que tiene a su cargo, estando estando atento a los requerimientos requerimientos del docente como de los niños y niñas. e. Vigilar permanentemente las áreas libres, servicios higiénicos que estén en condiciones de ser utilizados (higi (higiene, ene, seguridad). seguridad) . f. Excepcionalmente, cuando uno a más niños no son recogidos por sus padres o cuidadores, el auxiliar de educación, en coordinación con el docente, debe asegurar que el niño llegue a su hogar. Asimismo cuando uno o más niños no asisten en forma continua debe contribuirr en indagar el motivo de la ausencia y registrar los hechos. contribui g. Apoyar al docente en las convocatorias convocatorias y reuniones de padres de familia. familia .
3.2..2.3. En la Educación Básica Regular Secundaria. 3.2 a. Garantizar el orden en las formaciones y actividades cívicas dentro o fuera de la l.E. b. Efectuar rondas periódicas en los diversos ambientes de la l.E. a fin de velar por el cumplimiento cumplimi ento de las normas de convivencia escolar y de ser necesario fuera de la l.E. c. En ausencia del profesor y/o tutor en Educación Secundaria , el Auxiliar de Educación permanece en el aula cumpliendo funciones inherentes a su cargo de Auxiliar. Auxiliar. d. Garantizar el orden y la disciplina en el aula durante la ausencia del profesor . profesor . e. Llevar el registro de asistencia de los estudiantes y de las incidencias de incumplimiento de las normas de convivencia y hacer seguimiento de las recomendaciones , dando cuenta al profesor tutor correspondi correspondiente. ente. f. Registrar las incidencias diarias de los estudiantes y de los actores de la comunidad educativa, previniendo la discriminación y violencia en la IE . g. Desarrollar estrategias de diálogo permanente con los estudiantes, profesores y profesores tutores.. tutores h. Monitorear el ingreso y salida de estudiantes de la IE, faltas, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar . i. Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes a las aulas, talleres, laboratorios y otros espacios de aprendizaje de acuerdo a la programación . j.. Atender y auxiliar j auxiliar a los estudiantes en casos de emergencia. emergencia. k. Apoyar en las actividades tutoriales tutoriales y de consejería estudiantil programadas programadas por el tutor y la IE.. IE
3.2.3. Portafolio del Auxiliar de Educación El auxili auxiliar de educación debe contar con un portafolio, el cual contendrá la siguiente documentación:: documentación a. Plan Anual de trabajo b. Copia de las Nóminas Nóm inas de matrícula de los estudiantes a su cargo c argo c. Reglamento Interno de la I E 14
d. Documento con indicaci indicación ón de sus deberes y funciones e. Cuaderno de ficha de consejer ía y seguimiento a los estudiantes con problemas de convivencia escolar. f . Registro de asistencia diaria diaria de los estudiantes. estudiantes. g. Registro o acervo documentario de informes emitidos y recib idos de atención a los padres de familia en asuntos de asistencia y actitudes de sus h jos. ijos. h. Horario de clases de los estudiantes y profesores. profesores . i. Cronograma de charlas charlas para estudiantes y/o padres de familia. familia . j.. Registro de la labor diaria que reali j real iza en atención a los estudi estud iantes y padres de familia.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0091-2012-ED APRUEBA EL CLASIFICADOR CLASIFICADOR DE CARGOS CARGOS DEL MINEDU MINEDU
CARGO: DIRECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA I. CÓDIGO: 052-SP/DS-1 Actividades a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo en institución educativa unidocente o multigrado. b) Conducir la administración integral de la Institución Educativa que comprende los procesos de gestión gestión institucional, institucional, pedagógica y administrativa. administrativa. c) Planificar, organizar, desarrollar desarro llar y evaluar actividades que aseguren el logro del aprendizaje de los estudiantes. d) Promover el desarrollo educativo, recreativo, recreativo, cultural y deportivo de la comunidad. e) Diseñar, Diseñar, dirigir, ejecutar y evaluar estudios y proyectos de innovación pedagógica, de de gestión, de experimentación experimentación e investigación investigación educativa. f) Rendir cuenta anualmente de su gestión pedagógica administrativa y económica a la autoridad inmediata inmediata superior y a la comunidad educativa g) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. competencia.
CARGO: DIRECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA II. CÓDIGO: 052-SP/DS-2 Actividades a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo b) Conducir la administración integral de la Institución Educativa que comprende los procesos de gestión institucional, pedagógica y administrativa. administrativa. c) Diversificar y complementar el currículo básico y facilitar programas de apoyo a los servicios educativos. d) Promover el desarrollo educativo, recreativo, recreativo, cultural y deportivo de la comunidad. e) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente. permanente. f) Diseñar, dirigir, ejecutar y evaluar estudios y proyectos de innovación pedagógica, de gestión, de experimentación experimentación e investigación investigación educativa. 15
g) Rendir cuenta anualmente de su gestión pedagógica administrativa y económica a la autoridad inmediata inmediata superior y a la comunidad educativa. h) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.
CARGO: SUBDIRECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA. CÓDIGO: 123-SP/ES-1 Actividades a) Participar en la elaboración de los instrumentos técnicos y de gestión. b) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades técnico pedagógico pedagógico y administrativo de la institución. c) Promover el desarrollo educativo, recreativo, cultural y deportivo de la comunidad. d) Programar y desarrollar desarrollar acciones de capacitación capacitación y actualización para el personal. e) Desarrollar acciones de orientación y difusión de las actividades. f) Rendir cuenta anualmente de su gestión pedagógica, administrativa uy económica.
CARGO: SUBDIRECTOR EDUCATIVA.
DE
GESTIÓN
ADMINISTRATIVA
DE
INSTITUCIÓN
CÓDIGO: 120-SP/DS-1 Actividades a) Participar en la formulación de los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. b) Planificar, organizar, administrar, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades de carácter administrativo, administrativo, económico y financiero. financiero. c) Coordinar, supervisar y evaluar el trabajo del personal administrativo y de servicio. servicio.
CARGO: SUBDIRECTOR DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA. CÓDIGO: 121-SP/DS-1 Actividades a) Planificar, Planificar, organizar, dirigir, dirigir, ejecutar, supervisar, asesorar asesorar y evaluar las las actividades técnicopedagógicas. b) Participar en la formulación de los instrumentos técnicos y de gestión de la Institución Educativa. e) Elaborar el Proyecto Curricular de la Institución Educativa en coordinación con el personal jerárquico y docente. d) Conducir, supervisar y evaluar el desarrollo integral del currículo articulando las acciones académicas, de tutoría y orientación del educando y de proyección social. e) Establecer pautas para la evaluación de los educandos de acuerdo a las orientaciones metodológicas.
CARGO: PROFESOR DE AULA DEL ÁREA CURRICULAR. CÓDIGO: 111-SP/ES-1 Actividades a) Sistematizar y adecuarla diversificación diversificación curricular por áreas. 16
b) Ejecutar actividades actividades pedagógicas: Programación, desarrollo y evaluación del aprendizaje c) Elaborar material educativo para el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje. aprendizaje. d) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión de la institución institución educativa e) Asesorar y orientar al estudiante en el marco de la formación integral. f) Aplicación de metodologías y tecnología de información información
y
comunicación.
CARGO: AUXILIAR DE EDUCACIÓN. CÓDIGO: 028-SP/AP-1 Actividades a) Orientar, dirigir, controlar y evaluar el comportamiento y la disciplina de los estudiantes según normas de la institución educativa. b) Colaborar y participar en las acciones educativas complementarias. complementarias. c) Llevar registros de asistencias y control disciplinarios de los educandos. d) Solucionar en primera instancia, problemas de disciplina y comportamiento de los estudiantes. e) Efectuar rondas periódicas en los diferentes ambientes de la Institución Educativa, para velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias. f) Emitir informes sobre observación de desviaciones en la aplicación de terapias de conducta. g) Atender a educandos educandos en casos de emergencia. emergencia. h) Colaborar y apoyar al docente en el proceso educativo. i) Velar por el mantenimiento y conservación conservación de la infraestructura y equipamiento educativo educativo y la provisión del botiquín escolar. j) Participar en la elaboración, entrega y/o recepción de los informes de evaluación evaluación del estudiante, recomendaciones, recomendaciones, citaciones y otros. k) Colaborar con los padres de familia en la solución de problemas sencillos de conducta manifestada por el educando. l) Participar en la confección de material m aterial didáctico, didáctico, certificados, libretas, matrículas y otros.
CARGO: AUXILIAR DE BILIOTECA I. CÓDIGO: 025-SP/AP-1 Actividades a) Recibir e ingresar la colección bibliográfica y documental. b) Acomodar en estantes y anaqueles, libros libros y/o revistas, catálogos catálogos y ficheros. c) Orientar a los lectores en el uso de catálogos catálogos y/o fichas de biblioteca. biblioteca. d) Mantener registro de los libros libros y documentos prestados así como la renovación de los plazos vencidos. e) Vigilar el servicio en la sala sala de lectura, velando por la buena conservación del material bibliográfico. f) Participar en el inventario inventario anual de la biblioteca. g) Realizar labores labores auxiliares auxiliares de reprografía, reprografía, impresión, fotocopiados, anillados, anillados, etc.
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CARGO: AUXILIAR DE LABORATORIO I. CÓDIGO: 032-SP/AP-1 Actividades a) Ejecutar labores labores auxiliares auxiliares en un laboratorio. laboratorio. b) Tomar muestras muestras para efectuar análisis análisis químicos. químicos. c) Controlar y distribuir distribuir certificados de análisis. análisis. d) Colaborar en la ejecución ejecución de cortes histológicos histológicos y coloraciones coloraciones de los mismos. e) Limpiar y esterilizar esterilizar materiales, instrumental y ambientes del laboratorio. laboratorio.
CARGO: SECRETARIA I. CÓDIGO: 117-SP/AP-1. Actividades a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación documentación de la oficina. of icina. b) Redactar y/o tomar dictado y digitar documentos variados. c) Efectuar llamadas telefónicas y concertar citas y mantener actualizado el directorio institucional. d) Atender al personal y público usuario. e) Efectuar y concertar citas relacionadas con la gestión. f) Velar por la seguridad y conservación de documentos. g) Mantener la existencia de útiles de oficina y encargarse de su distribución. h) Orientar al público en general sobre gestiones a realizar y s ituación de documentos.
CARGO: OFICINISTA I. CÓDIGO: 099-SP/AP-1. Actividades a) Recibir, revisar, registrar y/o clasificar correspondencia correspondencia y/o documentación documentación variada. b) Digitar comunicaciones tales como: oficios, circulares, proveídos, memorando y otros documentos similares. c) Efectuar cálculos y registros aritméticos variados. d) Llevar archivo variado, libros de consulta, mapas y s imilares. e) Proporcionar información información sobre los servicios y trámites que cumple la oficina. f) Digitar y recepcionar mensajes, confeccionar inventarios sencillos, llevar controles diversos de personal, controlar stock de útiles y materiales similares.
CARGO: TÉCNICO ADMINISTRATIVO I. CÓDIGO: 126-SP/AP-1. Actividades a) Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo de documentos técnicos. b) Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en las áreas de los sistemas s istemas administrativos. administrativos. 18
c) Coordinar actividades administrativas administrativas de su competencia. d) Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares. e) Recopilar y preparar información para estudios, investigaciones. investigaciones. f) Apoyar las acciones de comunicación, información y relaciones públicas. g) Colaborar en la programación de actividades técnico-administrativas y en reuniones de trabajo. h) Apoyar acciones de comunicación, comunicación, información y relaciones públicas.
CARGO: TRABAJADOR DE SERVICIO II. CÓDIGO: 150-SP/AP-2. Actividades a) Controlar y custodiar locales, oficinas, equipos, materiales y/o personal que ingresa y sale del local. b) Realizar labores de conserjería, guardianía y seguridad. c) Emitir informes correspondientes a su función. d) Ayudar en la confección e instalación de decorados escenográficos. escenográficos. e) Preparar jugos y bebidas diversas. f) Desarrollar actividades de limpieza, mantenimiento, seguridad y vigilancia de infraestructura y equipamiento. g) Ayudar en la confección c onfección e instalación instalación requerida por el área competente. h) Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos, materiales y/o vehículos de la institución.
CARGO: TRABAJADOR DE SERVICIO III. CÓDIGO: 150-SP/AP-3. Actividades a) Custodiar locales y los bienes que existen en su interior de acuerdo a las condiciones de seguridad y control establecidas. b) Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos, materiales y/o vehículos de la institución. c) Realizar actividades de limpieza, conservación y mantenimiento de infraestructura y equipamiento equipamiento institucional. institucional. d) Operar equipos de seguridad y ascensores, transportando personas y/o materiales en general de acuerdo a instrucciones. instrucciones. e) Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos de documentos. f) Controlar y velar por el mantenimiento y conservación de los equipos y/o bienes del área. g) Recabar la dotación de bienes requeridos por el área y coordinar el suministro oportuno de los servicios necesarios. h) Guardar reserva y confidencialidad en el desarrollo de sus labores, así como en las gestiones y/o trámites encomendados. encomendados.
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 353-89-ED Esta norma ya se encuentra derogada, pero creo que es necesario tener conocimiento del mismo, puesto que algunas personas personas equivocadamente la evocan argumentando erróneamente erróneamente que han sido nombrados bajo esta misma.
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