TECNICAS BANCARIAS 1. ¿Qué es el cheque? El cheque bancario es una orden de pago pura y simple, que se libra a la vista o de pago diferido contra un Banco, en el cual el librador debe tener fondos suficientes depositados en cuenta corriente bancaria, o autorización expresa o tácita, para girar en descubierto. 2. ¿Qué ocurre en el caso de no tenga ondos? Quien librara un cheque bancario que presentado al cobro al banco girado dentro del plazo, y no tuviera suficiente provisión de fondos disponibles, o no tuviera autorización para girar en descubierto y no cancelara su importe dentro del tercer da hábil siguiente de la intimación para hacerlo, sufrirá una multa equivalente a un !ornal mnimo para actividades diversas diversas no especificada especificadass de la "ep#blica por el equivalente equivalente de cada diez de tales !ornales !ornales en el importe del cheque o fracción. Quedará de pleno derecho inhabilitado por un a$o para girar en cuenta corriente en todos los bancos del pas% a! &a persona o razón social que, en el transcurso de un a$o, librara diez cheques que fueran rechazados por defectos formales' tres cheques cuyo pago fuese negado por falta de fondos. ". #artes del cheque$ El cheque bancario deberá contener% a! el n#mero de orden impreso en el talón y en el cheque bancario, y el n#mero de cuenta' %! la fecha y lugar de emisión' c! la orden pura y simple de pagar una suma determinada de dinero' d! el nombre y domicilio del banco contra el cual se gira el cheque bancario' e! la indicación del lugar de pago' y, ! nombre y apellido o razón social, domicilio y la firma del librador. &. ¿Qué es el Banco Central del #aragua'? El Banco Central del #aragua' (BC#) es un organismo autónomo de carácter t*cnico que cumple las funciones de Banca Central del Estado, asignadas en la +onstitución de -- y establecidas en su carta orgánica, &ey /0-1-2. 3iene el monopolio de la emisión monetaria del pas. (. )unc*ones del Banco Central del #aragua'$ 3iene el monopolio de la emisión monetaria del pas. 4u misión es preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda, promover la eficacia y estabilidad del sistema financiero y cumplir con su rol de banco de bancos y agente financiero financiero del Estado. 5ara ello dispone de diversas diversas atribuciones atribuciones en materias materias monetarias, monetarias, financieras financieras,, creditici crediticias as y de cambios cambios internacionales. +. )actor )actor cruc*al cruc*al del BC# , con* con*anan-a. a. . Call /on /onee'$ 6inero depositado o tomado prestado, generalmente entre bancos e instituciones financieras, con un tipo de inter*s y sin v encimiento fi!o. 0. Cent Central ral de r*es r*esgo gos$ s$ &a central de riesgo es una base de datos #nica que socializa la información y estado de cuenta del cliente, determinante para la toma de decisiones, como la entrega de cr*ditos. 5retende brindar datos como saldo de pr*stamos y otros compromisos. 7recuencia de pagos y otros. . ¿Qué es el so%reg*ro de la cuenta corr*ente? +onsiste en un acuerdo generalmente verbal, a veces escrito, entre el Banco y su cliente, por el que *ste es autorizado a sobregirar su cuenta por importes acordados. &a operación
surge del pago por el Banco de uno o más cheques, pese a que la cuenta del librador no tiene fondos. 6e saldo acreedor, la cuenta pasa a tener saldo deudor. 1. 34erac*ones %ancar*as$ "ecibir depósitos de ahorro a la vista y a plazo en moneda racional y extran!era y celebrar contratos de cuenta corriente bancaria Emitir y colocar pagar*s y bonos, en moneda nacional o extran!era y • certificados de depósitos negociables. 6escontar, comprar y vender letras de cambio a plazo originadas en • transacciones comerciales. +onceder pr*stamos en sus diferentes modalidades en moneda nacional y • extran!era. 6escontar, comprar y vender pagar*s y demás instrumentos de cr*dito o de • pagos creados por leyes especiales. "ealizar operaciones de arrendamiento mercantil y financiero. • "ealizar operaciones de cr*dito con bancos ir financieras del pas y del exterior, • as como efectuar depósitos en unos y otras. "ealizar operaciones de cr*dito sindicados directos o indirectos con otros • bancos y financieras. +elebrar acuerdo de participación y de venta de cartera. • 8torgar avales, fianzas y otras garantas. • +elebrar contratos de cuenta corriente bancaria. • +omprar, conservar y vender metales preciosos, en barras o amonedados y • piedras preciosas. 4uscribir transitoriamente primeras emisiones de valores de oferta p#blica, con • garanta parcial o total de su colocación. 9dquirir, conservar y vender acciones y bonos emitidos por sociedades • anónimas establecidas en el pas.
: Bancos: 3iene en general facultad para captar recursos, mediante depósitos, celebrar contratos de cuenta corriente bancaria, ser agentes fiduciarios, realizar operaciones de securitización, conceder prestamos ba!o cualquiera de sus formas, realizar operaciones de leasing y operaciones de agente financiero para el comercio exterior. : Financieras: tienen las mismas facultades que los bancos salvo en que no pueden celebrar cuentas corrientes, realizar operaciones de securitización ni realizar operaciones financieras de comercio exterior. 11. Esenc*a del negoc*o %ancar*o o *nanc*era$ &a función primordial de los bancos y las entidades de cr*ditos constituye la intermediación financiera. Esta intermediación se realiza a trav*s de dos actos independientes% la recepción de depósitos (captación de ahorro y seguridad de los fondos) y la asignación de recursos, a trav*s de cr*ditos, garantas, etc. 12. #atr*5on*o eect*6o$ &os bancos y demás entidades financieras que operan en el pas deberán mantener un patrimonio propio compuesto por capital integrado, reservas de capital, reservas de reval#o, utilidades acumuladas, utilidades del e!ercicio, y otras reservas, de los que se deducirán las p*rdidas si las hubieren, equivalente a por lo menos un 2 ; (quince por ciento) de su activo total. #3RCENTA7ES$ &mite de 5r*stamos al 5ersonal% p1persona <,2<; = En con!unto <;. &imite de 5r*st. 5ersona 7is1>ur. o ?rupo% p1persona <; = 9dq. 9cciones <;. &imite de 5r*st. 5ersona 7is1>ur. o ?rupo% p1persona @<;. Bco. Ext. ra. &nea (2<;)
5r*st. Bcos. 5as (@<;)
1". )ondo garant8a de de49s*to$ Es un r*gimen explcito, limitado, obligatorio y oneroso, constituido con financiamiento p#blico y privado, para proteger parcialmente el ahorro del p#blico, en las entidades financieras privadas autorizadas a operar por el Banco +entral del 5araguay. 1&. Reser6a legal: (; ut*l*dad que ahorran los %ancos$ 9l cierre de cada e!ercicio se asignará a la cuenta de "eserva ?eneral una suma igual al 2; (veinticinco por ciento) de las utilidades netas hasta que el monto de dicha cuenta sea igual al <<; (doscientos por ciento) del capital del Banco +entral del 5araguay. 1(. ¿Qué son los 4resta5os
4ignifica otorgar dinero a un solicitante, quien está obligado a restituirlo a su vencimiento previamente pactado pagando por el uso del dinero a!eno una tasa de inter*s, ba!o un ttulo, seg#n la forma de su otorgamiento, seg#n el documento que le da origen, o seg#n la garanta que se le otorgue como contrapartida. 1+. T*4os de 4résta5os$ 5or la garanta otorgada% Créditos hipotecarios Créditos prendarios Créditos con co-deudor 5or su destino Crédito personal o de consumo Créditos a la producción Créditos comerciales Por su plazo 9 corto plazo% no más de un a$o. 9 mediano plazo% no más de tres a$os. 9 largo plazo% de tres a cinco a$os o más.
5or su forma de pago 9 plazo 9 la Aista
1. Cash colateral$ 10. Tar=eta de créd*to unc*ones$ 1. Ca=ero auto5>t*co$ 2. CA$ El estricto rigor, un deposito debe ser considerado a plazo fi!o, cuando el depositante no puede exigir la devolución de la suma depositada, sin haber transcurrido el plazo previsto en el contrato o convenio realizado. 21. /oneda e@tran=era$ 22. /ercado de ca5%*os$ 2". Ar%*tra=e$ cambio de dos monedas extra!eras. 2&. Ca5%*os$ cambio de moneda nacional a moneda extra!era. 2(. Estados %>s*cos conta%les de los %ancos$ el orden rige el B+5 balance es obligatorio en forma anual. Balance trimestral provisorio para control. 2+. )echa de 4resentac*9n del %alance$ < dias despu*s del cierre (@1) 2. Que es el seguro?
3oda transacción comercial, basada en convenio o contrato por el cual una parte denominada asegurador o fiador se obliga a indemnizar a otra parte denominada tomador o asegurado, o a una tercera persona denominada beneficiario, por da$o, per!uicio o p*rdida causada por alg#n azar, accidente, o peligro especificado o indicado a la persona, intereses o bienes de la segunda parte contratante, su beneficiario, su cesionario, su causahabiente o similar, a cambio del pago de una suma estipulada.
20. Que es el contrato de seguros? El contrato de seguro, es aquel tratado mediante el cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una suma de dinero, conocida como prima, a indemnizar a otra llamada asegurado o a la persona que este designe, beneficiario, de un per!uicio o da$o que pueda causar un suceso incierto. 6e tal manera que la suma ob!eto de indemnización, que fue pactada expresamente, sea pagado cuando ocurra el suceso o riesgo cubierto por el seguro. 2. #r*5a$ onto de suma determinada que ha de satisfacer el tomador o asegurado al asegurador o fiador en concepto de contraprestación por la cobertura de riesgo que *ste le ofrece. Está compuesto por la prima de riesgo, gastos administrativos y un margen de utilidad para la empresa. ". #re5*o$ "esultado de sumar a la prima los gastos impositivos de emisión de la póliza.
"1. S*n*estro$ El s*n*estro se puede definir tambi*n como la avera, destrucción fortuita o p*rdida importante que sufren las personas o la propiedad. "2. Inde5n*-ac*9n$ &a indemnización es el pago que efect#a el asegurador al asegurado como consecuencia del siniestro.
"". #9l*-a$ 6ocumento con que se formalizan ciertos contratos de seguros, mercantiles o de operaciones comerciales. "&. R*esgo$ "(. Clases de r*esgos asegura%les$ -Los que afectan a las personas : . uerte. 2. Cncapacidad o Cnvalidez. @. Ae!ez sin recursos económicos.
- Los que afectan a los bienes : . 7enómenos de la Daturaleza. . 9ctos derivados de hechos sociales. -Los que afectan a terceros: . 9ctos derivados de ordenamientos como "esponsabilidad +ivil o 7amiliar . 6erivados de los da$os directos a los bienes.
"+. Reaseguro$ &a transferencia de parte, o la totalidad, de un seguro suscrito por un asegurador o reasegurador, denominándose cedente al asegurador original y reasegurador al segundo ". Coaseguro$ &a participación de dos o más aseguradores en el mismo riesgo, en virtud de contratos directos suscritos por cada uno de ellos con el asegurado, asumiendo cada asegurador, por separado, responsabilidad sobre una parte de la suma total asegurada'
"0. Reser6a 5ate5>t*ca$ "eservas matemáticas, que son exclusivas del ramo vida y están destinadas a conseguir un equilibrio futuro entre primas y riesgos. Estas reservas se constituirán de acuerdo con los
procedimientos, tablas de mortalidad, tasas de inter*s t*cnico y otros aspectos que fi!e la 9utoridad de +ontrol, mediante normas de carácter general.
". Reser6a de r*esgo en curso$ &a razón de esta reserva reside en que los riesgos suscritos por las compa$as generan primas que se cobran en distintas fechas, pero normalmente para cubrir un periodo anual. +uando la +ompa$a de 4eguro hace el cierre de sus cuentas, muchas de las primas cobradas no están totalmente devengadas, ya que falta parte del riesgo. &. 9seguradora cierra balance en !unio.