Descripción: tesis de maestria de la universidad altiplano de puno
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Descripción: IGV
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SUJETOS AL IMPUESTO
Las empresas entidades o personas que realicen una operación gravada y trasladen un impuesto en cualquiera de las etapas de la cadena de producción o comercialización
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CONTRIBUYENTES CONTRBUYENTES QUE DESARROLLAN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL: CONTRIBUYENTES QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD EMPRESARIAL: COMUNIDAD DE BIENES Y OTROS COMISIONISTAS: CONSIGNACION
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RESPONSABLES SOLIDARIOS: •
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El comprador de bienes, cuando el vendedor no tenga domicilio en el país. Los comisionistas, subastadores, martilleros y en general los que vendan o subasten bienes por cuenta de terceros, siempre que estén obligados a llevar contabilidad completa según las normas vigentes. Las personas naturales, sociedades u otras personas jurídicas, instituciones y entidades públicas o privadas que sean designadas por ley, Decreto Supremo o Resolución de Superintendencia como agentes de retención o percepción del impuesto. De acuerdo a lo indicado en los numerales anteriores, los contribuyentes quedan obligados a aceptar las retenciones o percepciones correspondientes.
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CALCULO DEL IMPUESTO: El IGV se determina mensualmente deduciendo del Impuesto Bruto de cada periodo, el crédito fiscal, es decir:
Impuesto bruto
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Crédito fiscal = Impuesto a pagar
Tratándose de importaciones de bienes, el impuesto a pagar es el impuesto bruto.
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IMPUESTO BRUTO: El impuesto bruto correspondiente a cada operación gravada es el monto resultante de aplicar la tasa (18%), que incluye el impuesto de promoción municipal, sobre la base imponible. Venta