Formato clases de las relaciones laborales
Datos de identificación Nombre completo:
Cesar Rogelio Tejada Castañeda
Matrícula:
14002557
Nombre del Módulo:
Derecho laboral
Nombre de la Unidad:
Clases de las relaciones laborales
Nombre del asesor:
Gustavo M. González
Fecha de entrega:
15 de abril del 2018
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Caso Instrucción: Lee y analiza el siguiente caso.
José, el nuevo administrador José ha sido designado como administrador del nuevo centro comercial que se abrió recientemente en la ciudad, por lo que debe de realizar la contratación del personal que va a laborar en los departamentos de intendencia, seguridad y mantenimiento, que son los que le corresponden al área común de la plaza comercial. Adicionalmente, debe conseguir quien asesore a los inquilinos que renten los locales a fin de que les puedan atender sus obligaciones fiscales y también apoyarles en cuanto a las estrategias de mercadotecnia que pudieran necesitar para promover sus productos y servicios. Sin embargo, como restricción no puede tener personal contratado por la empresa que administra la plaza comercial y algunas necesidades son de carácter temporal, por lo que debe de encontrar la manera de establecer las relaciones laborales, sin que le representen una responsabilidad adicional a la empresa operadora de la plaza comercial. Por lo que te ha llamado para que lo asesores y puedas encontrar la mejor solución al caso planteado.
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Desarrollo Instrucciones Redacta tu propuesta para solucionar el caso planteado apoyándote en las siguientes preguntas que deberás responder con tus propias palabras. IMPORTANTE: No olvides fundamentar y respaldar tus propuestas en la información del caso, en los conceptos y relaciones laborales vigentes, así como citar las fuentes que utilices de acuerdo acuerdo con el formato APA. Recuerda que las fuentes de información, como Rincón del Vago, Wikipedia, Buenas Tareas, Definición-de, entre otras son de dudoso contenido y generalmente carecen de rigurosidad académica, por lo que no están permitidas. permitidas . .
1. ¿Qué tipo de relaciones laborales debe establecer José? Describe todas las que se puedan realizar para cumplir el objetivo Utilizaría a intermediarios quien haría el papel de contratación del personal requerido, el cual debe contar con todo los requerimientos legales para cubrir las necesidades para cumplir con los objetivos establecidos para el buen funcionamiento del centro comercial. Así mismo obtener obtener los servicios servicios de un despacho despacho contable y administrati administrativo vo que cuente cuente con la experiencia y capacidades para aplicar en el centro comercial. Y la contratación de empresas eventuales requeridos por el centro comercial que ofrezcan los servicios temporales.
Aun que de acuerdo al artículo artículo 1988 del Código Civil Federal señala que la responsabilidad responsabilidad solidaria no se presume, resulta de la ley o de la voluntad de las partes. De esta manera en materia civil, los deudores solidarios son un ejemplo de cómo la responsabilidad solidaria se asume por voluntad de las partes mediante un convenio o contrato.
2. Describe los beneficios y las desventajas (si las hay) de la solución que estás proponiendo en la pregunta anterior. Ventajas Los costos de manutención, limpieza y administrativos declinan y la inversión en el inmueble y equipo se reduce. Permite a la empresa responder con rapidez a los cambios del entorno. Incremento en los puntos fuertes de la empresa. Ayuda a construir un valor compartido. compartido. © UVEG. Derechos reservados. reservados. El contenido de este formato no puede ser distribuido, ni transmitido, parcial parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, debido a que se trata de información confidencial que sólo puede ser trabajado por personal autorizado para tal fin.
Ayuda a redefinir la empresa. Construye una larga ventaja competitiva sostenida mediante un cambio de reglas y un mayor alcance de la organización Incrementa el compromiso hacia un tipo específico de tecnología que permite mejorar el tiempo de entrega y la calidad de la información para las decisiones críticas. Permite a la empresa poseer lo mejor de la tecnología sin la necesidad de entrenar personal de la organización para manejarla. Permite disponer de servicios de información en forma rápida considerando las presiones competitivas. Aplicación de talento y los recursos recursos de la organizació organización n a las áreas áreas claves. claves. Ayuda a enfrentar cambios en las condiciones condiciones de los negocios. negocios. Aumento de la flexibilidad flexibilidad de la organización organización y disminución disminución de sus costos fijos. Desventajas Estancamiento en lo referente a la innovación por parte del suplidor externo. La empresa pierde contacto con las nuevas tecnologías que ofrecen oportunidades para innovar. Al suplidor suplidor externo aprender aprender y tener tener conocimiento conocimiento manejo manejo de un centro comercial comercial da posibilidad de que los use para empezar una industria con el competidor. El costo ahorrado con el uso de intermediarios puede que no sea el esperado. Las tarifas incrementan la dificultad de volver a implementar las actividades que vuelvan a representar una ventaja competitiva para la empresa. Alto costo en el cambio cambio de suplidor suplidor en caso caso de que que el seleccionado seleccionado no no resulte satisfactorio. satisfactorio. Reducción de beneficios Pérdida de control. 3. Fundamenta las soluciones que estás proponiendo tomando en cuenta la legislación laboral. La empresa contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente que la empresa contratista, cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.
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Lo anterior, podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables. (Artículo 15-C. LFT) No se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales; en este caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley. (Artículo 15-D LFT) De acuerdo al Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social: Cuando en la contratación de trabajadores para un patrón, a fin de que ejecuten trabajos o presten servicios para él, participe un intermediario laboral, cualquiera que sea la denominación que patrón e intermediarios asuman ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el trabajador, respecto del cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley. No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que presten servicios a otras, para ejecutarlos con elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, en los términos de los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo. El último párrafo del artículo 29 LCT legisla la contratación de trabajadores a través de Empresas de Servicios Eventuales. En primera medida la empresa usuaria debe controlar e investigar que la Empresa que brindará los trabajadores eventuales sea una Persona Jurídica legalmente constituida, esté debidamente registrada, autorizada únicamente para tal fin, etcétera, conforme LCT y Ley Nacional de Empleo. Art. 29. — Interposición y mediación — Solidaridad. Los trabajadores que habiendo sido contratados por terceros con vista a proporcionarlos a las empresas, serán considerados empleados directos de quien utilice su prestación. En tal supuesto, y cualquiera que sea el acto o estipulación que al efecto concierten, los terceros contratantes y la empresa para la cual los trabajadores presten o hayan prestado servicios responderán solidariamente de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de las que se deriven del régimen de la seguridad social. Los trabajadores contratados por empresas de servicios eventuales habilitadas por la autoridad competente para desempeñarse en los términos de los artículos 99 de la presente y 77 a 80 de la Ley Nacional de Empleo, serán considerados en relación de dependencia, con carácter permanente contínuo o discontínuo, con dichas empresas. (Párrafo sustituido por art. 75 de la Ley N° 24.013 B.O. 17/12/1991) Art. 29 BIS. — El empleador que ocupe trabajadores a través de una empresa de servicios eventuales habilitada por la autoridad competente, será solidariamente responsable con aquélla por todas las obligaciones laborales y deberá retener de los pagos que efectúe a la empresa de servicios eventuales los aportes y contribuciones respectivos para los organismos de la Seguridad Social y depositarlos en término. El trabajador contratado a través de una empresa de servicios eventuales estará regido por la Convención Colectiva, será representado por el Sindicato Sindicat o y beneficiado por la Obra Social de la actividad o cat egoría en la que efectivamente preste servicios en la empresa usuaria. (Artículo incorporado por art. 76 de la Ley N° 24.013 B.O. 17/12/1991)
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La Ley Federal Federal del Trabajo, en su artículo12°, determina que el intermediario: “Es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.” El artículo 1988 del Código Civil Federal señala que la responsabilidad solidaria no se presume, resulta de la ley o de la voluntad de las partes. De esta manera en materia civil, los deudores solidarios son un ejemplo de cómo la responsabilidad solidaria se asume por voluntad de las partes mediante un convenio o contrato. De ahí que la solidaridad pueda ser activa o pasiva. Es activa cuando dos o más acreedores tienen derecho a exigir, cada uno de por sí, el cumplimiento total de la obligación; y pasiva, en el momento en que dos o más deudores tienen la obligación de cumplir, cada uno, en su totalidad la obligación debida. En tanto, en materia fiscal, laboral y seguridad social, la responsabili dad solidaria se configura bajo las situaciones y condiciones que al efecto establecen el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Seguro Social (LSS), respectivamente. De no cumplirse con todas estas condiciones, condiciones , el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social.
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Conclusión Instrucción:: Complementa con una conclusión final sobre el aprendizaje adquirido durante esta Evidencia de Instrucción Aprendizaje.
México es uno de los países en los que se prevé un continuo desarrollo industrial. La práctica de esquemas estratégicos para el beneficio financiero de las industrias está jugando el papel más importante de toda la época. La globalización de las operaciones y de las empresas mismas, convierte al estudio del derecho laboral, fiscal y civil en una cambiante e impredecible, y por lo tanto compleja situación social por entender. En base al el aprendizaje adquirido durante esta evidencia concluye que la modalidad de intermediación en el entorno laboral y económico de México evidencia una falta de estructura legal de bases sólidas y con características particulares que logren regular, observar, y permitir la práctica de dicha opción libremente y sin cuestionamientos por parte del sector público. Es real que el proceso de fiscalización de la Autoridad parte, de entre otros criterios, de aquellos esquemas que no encuadran dentro de la legalidad que les compete ejecutar, lo que significa que aquellas empresas que se dediquen o que contraten los servicios de personal baj o esta circunstancia es altamente probable la observación continua y molesta de la Autoridad para verificar el cumplimiento estricto de los requisitos señalados en la Ley. Sin embargo y dado los cambios que se esbozan desde la reforma laboral que se plantea en la Cámara de Diputados (y que sin duda es imperante que existan cambios a esta legislación), se pretende dotar de un sustento legal a esta figura, con los consecuentes daños a los trabajadores, y sin duda alguna, ventajas de orden económico a las empresas. Es éticamente incorrecto anteponer una ventaja económica ante el empobrecimiento de los trabajadores, sin embargo y como en todo también ha de ser analizado desde el punto de vista administrativo e incluso mercadológico, donde el intermediario representa una ventaja competitiva toda vez que forma parte del crecimiento y desarrollo organizacional a mediano y largo plazo. Por lo tanto no debe ser visto únicamente como una forma de optimizar recursos, sino como una manera de volverse más rentable al atender a sus actividades distintivas a través de la innovación y desarrollo. La administración del cambio es un elemento vital para la potencialización de sus beneficios, la interacción entre las personas suele ser una causa de contingencias o mengua de los resultados. Afín de garantizar garantizar su eficacia, eficacia, debe sustentarse sustentarse en un análisis análisis detallado detallado de sus sus proyectos proyectos así como d la forma de contrastar los posibles riesgos que puedan presentarse. Si bien son notables las bondades desde este punto de vista, es necesario que la normativa vigente pueda regular de manera integral estas relaciones toda vez que aseguren al trabajador condiciones de trabajo y seguridad que coadyuven a garantizar su calidad de vida y la de sus familias.
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Referencias Instrucciones: Coloca por lo menos 3 fuentes de información (documentos, entrevistas, libros, sitios institucionales web, etc.) relacionadas con el tema y citadas en la Unidad. Deberás redactar las citas referencias de acuerdo con el formato APA.
GestioPolis.com Experto. (2000, Noviembre 5). ¿Qué es outsourcing? Ventajas y desventajas. Recuperado de de https://www.gestiopolis.com/que-es-outsourcing-ventajas-y-desventajas/ Mora Pérez, José Juan. Capacity Planning IT: Una Aproximación Práctica, 2012 Franco, Eliana, Reforma económica, productiva y mercado laboral en América Latina: un estudio comparativo de Argentina, Costa Rica, México y Perú, OIT, 25 de julio de 2006: http://white.oit.org.pe/portal/noticias.php?docCodigo=474
Natividad Sánchez, T. H. (27 de septiembre de 2010). Secretaria del Trabajo y Previsión Social. Recuperado el 18 de diciembre de 2010, de Foro "Por un mercado laboral más eficiente": http://www.stps.gob.mx/bicentenario_plantilla/micro_frl/7Tomas_Natividad_Sanchez.pdf
Echaiz Moreno, D. (2008). El Contrato de Outsourcing. Boletín Mexicano de Derecho Comparado (122), 763-793.
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