PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
PRINCIPIO DE ESCRITURA
Las normas normas de la constit constitución ución tienen tienen que que ser ser formulad formuladas as por por escrito escrito en la la Asamblea Constitucional, Constitucional, para que estas sean correctas ya que están ubicadas en el texto autentico. PRINCIPIO DE LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL
Las normas normas de de la constituci constitución ón son son mucho mucho más más importante importantes s que que cualquier cualquier otra norma Todos los ciudadano ciudadanos s tienen que someterse someterse a las normas de la constitución sin importar su cargo de poder, así que cualquier ley o norma que intente oponerse a la constitución se considera nula. uatemala, considera que la constitución esta sobre cualquier otra norma, y es segundo lugar se encuentra el derecho interno, que son normas deri!adas de la constitución. PRINCIPIO DE RIGIDEZ
"ara que una norma de la constitución pueda ser reformada o derogada se deben de pasar por procedimientos especiales, deben de ser aceptados por la Asamblea #acional Constituyente. Constituyente. Cuando la constitución no esta preparada para un hecho que sucedió y esto pone en peligro el orden constitucional, las personas de la sociedad asumen la situación e intentan restaurar el orden, este con$unto de procedimientos y actos es conocido como derecho material, estas normas no se !ol!erán a aplicar a menos que sea absolutamente necesario. Cuando la practica de alguna norma constitucional se !uel!e escasa y por consecuente se de$a de practicar estas normas son derogadas. PRINCIPIO DE LA FINALIDAD FINALIDAD
La constitución declara los fines del estado, es idealista y seg%n ella el fin principal del estado es encontrar el bien com%n de la sociedad, en ella se busca la solidaridad social. PRINCIPIO DE LA UNIDAD
La Constitución esta formada por normas que guardan armonía entre si, la Constitución no debe interpretarse separadamente, debe de interpretarse como un todo, en caso dado que la normas de ella se contradigan unas a otras deben de resol!erse por medio de las mismas m ismas normas de la Constitución.
PRINCIPIO DE LA PERDURABILIDAD
La constitución existe para que sea utili&ada eternamente para ayudar a gobernar no solo en este tiempo si no que tambi'n para tiempos futuros. PRINCIPIO DE ADAPTABILIDAD
Las normas constitucionales deben de ser adaptadas en momentos de necesidad o cuando la constitución se pone en peligro, seg%n la sociedad lo requiera, por eso mismo algunas !eces se suspende la !igencia de algunas normas, ya que a pesar de estar en estado de emergencia no se debe de ol!idar los fines de la Constitución. PRINCIPIO DE LA EFICACIA
Las normas de la constitución fuero creadas para alcan&ar el bien com%n, lo que quiere lograr la constitución cuando se aplican sus normas son cambios o soluciones positi!as. La interpretación de las normas puede ser extensi!a o restricti!a. (s extensi!a cuando el legislador hace una interpretación amplia de la norma constitucional porque esta dice menos de lo que el legislador quiso decir. (s restricti!a cuando el texto de la norma dice más de los que el legislador quiso decir. PRINCIPIO DE LA FUNDAMENTALIDAD
)on normas fundamentales porque son el semilla de toda la funcionalidad del estado. PRINCIPIO DE LA TOTALIDAD
La constitución contiene las normas fundamentales para el (stado y la sociedad. )us normas dieron origen a todas las demás, la Constitución no es racista, esta respeta cualquier forma de !ida sin importar el color, la ra&a o la religión. PRINCIPIO DE LA ORGANIZACIÓN
Todos los organismos y establecimientos p%blicos y pri!ados del estado fueron establecidos con las reglas básicas de la Constitución PRINCIPIO DE LA DISTRIBUCIÓN
La Constitución reparte funciones para el e$ercicio del poder p%blico en el (stado, una !e& asignadas la institución p%blica tiene que cumplir esa función sin poder negarse de ellas.
PRINCIPIO DE LA LIMITACIÓN
"ara que todas personas puedan e$ercer sus derechos la Constitución pone límites a la libertad, tambi'n cuando una persona por ra&ones económicas o por cualquier otra clase de ra&ones no e$ercen sus derechos, el estado los resguarda para que logren e$ercer sus derechos con igualdad. PRINCIPIO DEL CONTROL
La constitución controla todo el (stado, tiene control moral *cuando sus se+alamientos no tienen fuer&a coacti!a, control político *cuando es e$ercido por el Congreso de la -ep%blica, control $urisdiccional *ordinario o extraordinario, es ordinario cuando lo e$erce organismo $udicial, es extraordinario cuando lo e$erce la corte de Constitucionalidad o los tribunales de amparo. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
#ing%n funcionario p%blico es superior a la constitución, por eso en caso dado si los funcionarios p%blicos reali&an un acto ilegal deben de tomar responsabilidad de sus actos y serán sometidos al proceso penal.