FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD CENTRO ULADECH CATÓLICAHUARAZ
ASIGNATURA: INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD DE TRIBUTOS DOCENTE: RAMIREZ CHAVEZ TEODOSIO PAULINO TEMA: SISTEMAS DE RECAUDACIÓN DEL IGV
CICLO ACADEMICO: VI – TURNO NOCHE
INTEGRANTES:
BARRETO ORTIZ MELISSA
LAZARO CAPILLO LUCY
RAMIREZ TARAZONA CLAUDIA
RIMAC OLIVAS LISENA
HUARAZ – ANCASH 2017 - I
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INTRODUCCIÓN Tanto la Retención Percepción y la Detracción en el caso particular del IGV forman parte del cumplimiento del deber de colaboración por parte del contribuyente hacia el fisco, ello se encuentra implícitamente enmarcado dentro del principio de solidaridad en el marco de la Constitución Política de 1993. Recordemos que un Agente de Retención, es aquell a empresa designada por la Sunat para retener un porcentaje de una operación (6%), por otro lado un Agente de Percepción agregara al monto de la operación un porcentaje (2%), en cambio el Agente de Detracciones (SPOT) es un sistema donde ciertas operaciones están sujetas a una tasa de detracción, en la cual el usuario descontara para depositarlo luego a una cuenta del banco de la nación. El motivo del presente trabajo es analizar exclusivamente sobre los sistemas de recaudación de IGV, la cual daremos a conocer sobre la Retención Percepción y la Detracción.
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Los Sistemas de Recaudación del IGV
R.RETENCIONES
R.PERCEPCIONES
R.DETRACCIONES
1. REGIMEN DE RETENCIONES Es un sistema por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención, deberán retener parte del IGV que le es trasladado por algunos de sus proveedores, para su posterior entrega al Fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias que les corresponda.
1.1 OPERATIVIDAD DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES
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1.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL RÉGIMEN El ámbito de aplicación del “Régimen de Retenciones del IGV aplicable a los Proveedores” está circunscrito a las siguientes operaciones gravadas con el IGV:
La venta de bienes,
La primera venta de bienes inmuebles,
La prestación de servicios y
Los contratos de construcción.
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2. RÉGIMEN DE PERCEPCIONES Es el régimen aplicable a las operaciones de venta de bienes gravadas con IGV y a las importaciones, por el cual el agente de percepción, designado por SUNAT percibirá del cliente un monto adicional por concepto de IGV. No es aplicable a las operaciones de venta de bienes inafectos y/o exonerados.
Agente de Percepción : Vendedor de bienes, designado por la SUNAT.
Cliente: Sujeto que adquiera bienes de un agente de percepción.
Precio de Venta : Suma que incluye el valor de venta y los tributos que graven la operación.
2.1 ¿Quiénes son los agentes de percepción? Son aquellos sujetos designados por SUNAT mediante Resolución de Superintendencia Efectuaran la percepción por los pagos que hagan a sus clientes a partir de la fecha en que deban operar como tales.
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3. SISTEMA DE DETRACCIONES El adquiriente de los bienes o servicios sujetos al sistema, debe detraer un porcentaje del precio de venta y depositarlo en una cuenta especial, habilitada por el Banco de la Nación, a nombre del proveedor o quien le preste el servicio.
3.1 FINALIDAD: Generar fondos para el pago de deudas tributarias como:
Tributos o multas
Anticipos y pagos en cuenta
Intereses
Aportaciones: Essalud y ONP
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CONCLUSIONES Estos 3 sistemas muy conocidos por muchos de nosotros son denominados “Sistemas de pago adelantado de IGV”, ya que su función es asegurar el pago del IGV en las operaciones de venta de bienes y/o prestación de s ervicio. La cual se recomienda que los sistemas de pagos adelantados deben de efectuarse con tasas razonables, para evitar pagos adelantados o excesivos que no se devuelven oportunamente. En todo caso, debería de autorizarse la compensación automática con otros tributos que adeude el contribuyente, luego que éste informe a Sunat que cuenta con pagos realizados en exceso, sin perjuicio de la posterior fiscalización por parte de la administración tributaria.
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BIBLIOGRAFÍA
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Alva
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DE
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