CONTRATO DE MUTUO CONCEPTO El mutuo es un contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a deoler otro tanto de la misma especie ! calidad" Artícul Artículo o 2384.2384.-
CARACTER#$T#CA$ TRA$%AT#&O TRA$%AT#&O DE DOM#N#O' DOM#N#O' En cuanto trans(ere la propiedad de las cosas al mutuatario, estando )ste obligado *nicamente a deoler el g)nero" PR#NC#P PR#NC# PA%' Porq orque ue par para a su e+ e+ist istenc encia ia ! al alide ide no dep depend ende e de otr otro o contrato, o sea que tiene (nes ! ida propia" -#%ATERA%' en irtud de que .a! derec.os ! obligaciones para ambas partes" /RATU#TO POR NATURA%E0A 1 ONERO$O POR E2CEPC#ON' Es gratuito porque porq ue el mutuatario mutuatario no est3 obligado a pagar contraprestaci contraprestaci4n 4n alguna si esta no se pacta e+presamente" CONMUTAT#&O' Porque desde el momento en que las partes celebran el contrato conocen las cargas ! los gra3menes !a que se encuentran determinadas en el contrato" CON$EN$UA% EN OPC#5N A REA% 1 6ORMA% El mutuo puede ser ciil o mercantil" Es mercantil cuando las cosas ob7eto del contrato se destinen e+clusiamente a actos de comercio ! se presume mercantil cuando se celebra celebra entre entre comerci comerciantes" antes" Tambi Tambi)n )n puede clasi(carse clasi(carse el mutuo mutuo en sim simple ! con interese ses" s" Es simple cuando no se esti stipula una compensaci4n de dinero, o alg*n otro alor por la transferencia de la cosa, de tal manera que el mutuario solo responder3 la obligaci4n de restituir esta" sta" 1 se llama con inter)s cuand ando si se pacta esa comp co mpen ensa saci ci4n 4n obli oblig3n g3ndo dose se el deud deudor or a paga pagarr una una suma suma en dine dinero ro,, general mente, por el disfrute del alor dado en mutuo adem3s de la restituci4n de la especie recibida" Es permitido estipular intereses por el mutuo, que consista en dinero o en g)neros" CON$EN CON$ EN$U $UA% A% EN OP OPO$ O$#C #C#O #ON N A% 6O 6ORM RMA% A%'' No req equi uier ere e ni ning ngun una a formalidad para su alide, sino que por el contrario, el consentimiento
puede manifestarse de una manera e+presa o tacita" E+presa cuando se .ace por escrito, erbalmente o por signos inequ8ocos, ! tacita cuando se dan ciertos .ec.os o actos que suponen o autorian a presumir el consentimiento" TRACTO $UCE$#&O NOM#NADO Es nominado, esta caracter8stica se la da el .ec.o de encontrase regulado en este caso por las normas del c4digo ciil"
E%EMENTO$ DE &A%#DE0 9" Capacidad de las partes" :" %icitud en el ob7eto, motio o (n del contrato" ;" Ausencia de icios en el consentimiento" <" %a formalidad e+igida por la le!" E%EMENTO$ E$ENC#A%E$ •
•
Consentimiento' Este se forma cuando una parte =mutuante> esta conforme en transmitir la propiedad de una suma de dinero o de otra cosa fungible a otra =mutuario>" Ob7eto' %o constitu!e la cantidad de dinero o los bienes fungibles que el mutuante se obliga a transmitir al mutuario"
O-%# /AC#ONE$ E% MUTUANTE' 9" Transmisi4n del dominio :" El problema de los riesgos ! la eicci4n ;" Entregar la cosa
<" &icios ocultos ! defectos de la cosa ?" $aneamiento
E% MUTUAR#O $i no se .a (7ado el tiempo en que deba .acerse el pago ! se trata de obligaciones de dar, no podr3 el acreedor e+igirlo sino despu)s de los treinta d8as siguientes a la interpelaci4n que se .aga, !a 7udicialmente, !a en lo e+tra7udicial, ante un notario o ante dos testigos" Trat3ndose de obligaciones de .acer, el pago debe efectuarse cuando lo e+i7a el acreedor, siempre que .a!a transcurrido el tiempo necesario para el cumplimiento de la obligaci4n" Artículo 2080.-
El mutuante es responsable de los per7uicios que sufra el mutuario por la mala calidad o icios ocultos de la cosa prestada, si conoci4 los defectos ! no dio aiso oportuno al mutuario" Artículo 2390.-
9" Restituci4n de acuerdo a la le! monetaria :" Restituci4n en tiempo, lugar forma ! sustancias conenidas ;" &icios ! defectos ocultos <" $aneamiento en caso de eicci4n MUTUO CON #NTERE$ Es permitido estipular inter)s por el mutuo, !a consista en dinero, !a en g)neros" Artículo 2393.-
Artículo 2394.-
El inter)s es legal o conencional"
El inter)s legal es el nuee por ciento anual" El inter)s conencional es el que (7en los contratantes, ! puede ser ma!or o menor que el inter)s legal@ pero cuando el inter)s sea tan desproporcionado que .aga fundadamente creer que se .a abusado del apuro pecuniario, de la ine+periencia o de la ignorancia del deudor, a petici4n de )ste el 7ue, teniendo en cuenta las especiales circunstancias del caso, podr3 reducir equitatiamente el inter)s .asta el tipo legal" Artículo 2395.-
$i se .a conenido un inter)s m3s alto que el legal, el deudor, despu)s de seis meses contados desde que se celebr4 el contrato, puede reembolsar el capital, cualquiera que sea el plao (7ado para ello, dando aiso al acreedor con dos meses de anticipaci4n ! pagando los intereses encidos" Artículo 2396.-
%as partes no pueden, ba7o pena de nulidad, conenir de antemano que los intereses se capitalicen ! que producan intereses" Artículo 2397.-
MODO$ DE TERM#NAC#ON DE% CONTRATO El mutuo (nalia por las mismas causas por las que (nalian otros contratos" En general, en caso de pr)stamo sin inter)s el prestatario puede deoler lo prestado en cualquier momento antes de la (naliaci4n del plao contractual pactado" $in embargo, en caso de pr)stamo con inter)s no e+iste ese derec.o, aunque s8 que puede pactarse"
CONTRATO DE MUTUO Contrato de Mutuo Simple que celebran el Sr. José Miranda Madrial , por una parte! a quien en lo sucesi"o se le denominar# "EL MUTUANTE" $ % por una seunda el Sr. &elipe Canto Rom#n! quien en lo sucesi"o se le denominar# 'EL MUTUARIO'! al tenor de las siuientes declaraciones % cl#usulas.
DECLARACIONES
(R)MERA.* Declara El Mutuario+
A,
Ser una persona &-sica! ma%or de / a0os! con domicilio en calle toro 123 &raccionamiento (edreales Canc4n 5uinta Roo.
6,
5ue cuenta con las 7acultades necesarias para suscribir % obliarse en los términos del presente Contrato.
C,
5ue su domicilio para e7ectos leales del presente contrato es la misma se0alada en el inciso A de esta primera declaraci8n.
SE9UNDA.* Declara El Mutuante+
A,
Ser una persona 7-sica ma%or de edad de nacionalidad me:icana! ;aber nacido en (ac;uca de Ma%o de ?/>! estado ci"il casado! con domicilio en calle @enados 1? &raccionamiento os Cedros Canc4n 5uintana Roo.
E:puesto lo anterior! las partes deciden celebrar el presente acuerdo de "oluntades al tenor de las siuientes+
CLÁSULAS
(R)MERA.* El Mutuante da en préstamo al Mutuario la suma de >>!>>>.>> pesos Bcien mil pesos >>>> MN,. En c;eque No S*323=.
SE9UNDA.* El Mutuario se oblia a de"ol"er el capital dado en mutuo! en un plao de F meses contados a partir de la 7ec;a de 7irma del presente contrato! siendo dic;o plao 7oroso para El Mutuante! % "oluntario para el Mutuario.
TERCERA.* as cuotas mensuales que se de"ol"er#n como pao del capital! ser#n en c;eque o Trans7erencia mensuales del Mutuario. (or la cantidad de F>!>>>.>> pesos B"einte mil pesos >>>> MN, en 3 paos.
CUARTA.* El presente préstamo deber# cancelarse en pesos me:icanos.
5U)NTA.* El Mutuante podr# dar por "encido anticipadamente el plao del préstamo si El Mutuario 7alta al e:acto cumplimiento de cualquiera de las obliaciones contra*7alta el e:acto cumplimiento de cualquiera de las obliaciones contra-das.
SEGTA.* El Mutuario podr# dar por "encido anticipadamente el plao del préstamo si paa la totalidad del capital en préstamo antes del plao estipulado.
SE(T)MA.* El Mutuario quedar# liberado del pao del préstamo en los casos de disoluci8n! enaHenaci8n o por com4n acuerdo entre mutuario % mutuante.
OCTA@A.* El presente contrato surtir# e7ectos a partir del momento en que sea 7irmado.
NO@ENA.* as partes con"ienen someterse a la Hurisdicci8n % competencia de los tribunales estatales de la Ciudad de Canc4n 5uintana Roo!! Mé:ico! renunciando al 7uero que por ra8n de su domicilio actual o posterior les corresponda! para el e7ecto de interpretar % dar cumplimiento al presente contrato.
Una "e le-do el contenido! del presente contrato! las partes estando con7ormes con sus alcances! lo 7irman en la Ciudad de Canc4n 5uintana Roo! a los 3 d-as del mes de Aosto del F>3
EL MUTUANTE
EL MUTUARIO
José Miranda Madrial
&elipe Canto Rom#n