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Contrato de Mutuo Hipotecario Refinanciamiento Pet
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Contrato de Mutuo Hipotecario Refinanciamiento Pet
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CONTRATO CONTRATO DE MUTUO HIPOTECARIO REFINANCIAMIENTO PET ISABEL AMALIA VASQUEZ MAUREIRA Y BANCO DEL ESTADO DE CHILE
En San Javier, a ............ de Abril de 2008, entre doña Isabel Amala V!s"#e$ domici cililiad ado o en el inmu inmueb eble le indi indica cado do en la Ma#%e%a, &'le(a, em)leado, domi cláusula primera, cédula nacional de identidad N° *+,--+.-/0., &asada con do( E(%"#e E(%"#e Sala$a% Sala$a% 1o($2le$ 1o($2le$, &'le(o, em)leado, del mismo domicilio de su cónu!e, cédula nacional de identidad N° 3+4./+/560-, "uien también comparece otor!ando el consentimiento re"uerido por los art#culos $%2 si!uientes del 7lo S2e$ S2e$ Ca7al2 Ca7al2( (, &'le(o, &asado, a8e(7e, cédul &ódi ódi!o &ivil ivil don don A7lo cédula a nacional de identidad N° ,+.46+5*309, en representación del 'anco del Estado de &(ile, empresa autónoma del Estado, )*+ N° -.00.000/-, en adelante también el 'anco, ambos domiciliados para estos e1ectos en Santia!o, Avenida ibertador 'ernardo 345i!!ins N6 $$$ $$$$, todos maores de edad, se s e (a convenido en lo si!uiente7 )9:E)37 Doña Isabel Amala V!s"#e$ Ma#%e%a es d#eña de la propie propieda dad d ubic ubicad ada a en la ciud ciudad ad de Sa( :a;e% , comuna de Sa( :a;e% , Pasa
ire >irecc cció ión n de 3bra 3brass de la 9. :uni :unici cipa palilida dad d de Sa( :a;e% "ue se encuentra arc(ivado al 1inal del )e!istro de ropiedad del &onservador de 'ienes )a#ces de Sa( :a;e% ba=o ba=o el N° 63. del a?o 6.... Ad"uirió la propiedad por compra "ue (i
&o( PASA:E LAS TEPAS? al s#%> &o( LOTE -4 DE LA MISMA MANZANA? al o%e(7e> &o( LOTE -3 DE LA MISMA MANZANA? @ al )o(e(7e> &o( LOTE 9, DE LA MISMA MANZANA SE@*N>37 El 'anco del Estado de &(ile da en préstamo a doña Isabel Amala Vas"#e$ Vas"#e$ Ma#%e%a, en adelante el deudor o el mutuario, la cantidad de 9,->-5.3 *nidades de omento, por su e"uivalencia en pesos a la 1ec(a del presente contrato, declarando el deudor (aber recibido el importe de este mutuo a su entera total satis1acción con1ormidad. +E)&E)37 El deudor se obli!a a pa!ar al 'anco la eBpresada eBpresada cantidad de 9,->-5.3 *nidades de omento, en el pla
ic(o ic(oss div dividen idendo doss o cuot cuotas as comp compre rend nder erán án el int interés erés "ue "ue se indi indica ca a continuación además el correspondiente monto de amorti
ciento anual, "ue se aplicará desde el d#a en "ue ri=a esta obli!ación (asta el d#a de pa!o del ;ltimo dividendo del crédito. os dividendos se pa!arán por mensualidades vencidas, dentro de los primeros die< d#as corridos del mes si!uiente a a"uel en "ue se (ubieren deven!ado, en dinero e1ectivo por el e"uivalente del valor "ue ten!an con1orme a la e las *nidades de omento a la 1ec( 1ec(a a de su pa!o pa!o e1ec e1ectitivo vo.. El 'anc 'anco o otor otor!a !ará rá reci recibo bo del del pa!o pa!o de los los divi divide dend ndos os indi indica cand ndo, o, sepa separa rada dame ment nte, e, las las suma sumass "ue "ue corr corres espo pond ndan an a amorti
3&+AF37 El deudor se obli!a a contratar un se!uro de des!ravamen (ipotecario, por un monto i!ual al de la deuda mantenerlo por todo el tiempo "ue se encuentre ésta vi!ente. Junto con lo anterior, mientras se encuentre vi!ente el préstamo de "ue da cuenta este instrumento, se obli!a a mantener ase!uradas contra ries!os de incendio las construcciones eBistentes o "ue se e1ect;en en la propiedad (ipotecada, por una suma no in1erior al valor de tasación e1ectuada por el 'anco al momento de otor!arse el crédito (ipotecario "ue se indica en la cláusula décima o con posterioridad. Además, el deudor se obli!a a contratar, por un valor ase!urado no in1erior al valor de tasación de las construcciones eBistentes o "ue se e1ect;en en la propiedad (ipotecada, los si!uientes se!uros adicionales7 >a?os materiales causados por construcción o demolición de edi1icios colindantes G&A> $ 0 00HI >a?os materiales causados por aeronaves G&A> $ 0 00-I >a?os materiales causados por ve(#culos motori
$ 0 008I >a?os materiales causados por rotura de ca?er#as o por desbordamiento de estan"ues matrices G&A> $ 0 00I 9ncendio eBplosión a consecuencia directa de (uel!a, desorden popular o actos terroristas G&A> $ 0 0$$I >a?os materiales a consecuencia directa de (uel!a o desorden popular G&A> $ 0 0$2I Sa"ueo durante (uel!a o desorden popular G&A> $ 0 0$I >a?os materiales causados por viento, inundación desbordamiento de cauces G&A> $ 8 0I >a?os materiales causados por salida de mar G&A> $ 0 0$I Avalanc(as, aluviones desli
$ 0 0$-I &ombustión espontánea G&A> $ 0 02$I >a?os materiales causados por peso de nieve o (ielo G&A> $ 0 02%I )emoción de Escombros, (asta un subl#mite del HK del monto total ase!urado por ubicación G&A> $ 0 02HI, adicional al :onto Ase!urado por cada propiedad 9ncendio a consecuencia de 1enómenos de la naturale
$ $ 00I >a?os materiales causados por eBplosión G&A> $ $ 00%I &olapso de edi1icio G&A> $ 2 02I 9n(abitabilidad de la vivienda, (asta un máBimo de * $H mensuales por ubicación con un l#mite máBimo de meses de indemni
$ H 0HHI, adicional al :onto Ase!urado por &A> a propiedad, más !astos de traslado para mudan
a?os materiales causados por Sismo G&A> $ 0 0$I 9ncendio a consecuencia de Sismo G&A> $ $ 002I. a póli
eclara el deudor conocer "ue, por norma !eneral, las compa?#as ase!uradoras no ase!uran des!ravamen una ve< "ue el deudor (aa cumplido oc(enta a?os de edad en consecuencia, al cumplir tal edad el deudor o la otra "ue prescriba la compa?#a ase!uradora para tal e1ecto, el crédito "uedará desprote!ido de se!uro de des!ravamen. &ompete al deudor acreditar la contratación de los se!uros en los términos antes se?alados, cada ve< "ue sea necesario o cuando el 'anco as# lo eBi=a. En caso "ue tales se!uros 1ueren tomados por el deudor directamente en una compa?#a ase!uradora, las póli
estarán su=etas a cali1icación aprobación previa del 'anco, especialmente respecto a las coberturas al pa!o de las primas. A petición del deudor, el 'anco podrá contratar los se!uros mencionados, por cuenta de a"uél, en la compa?#a con "ue eBista convenio vi!ente, caso en "ue las primas serán pa!adas por el deudor con=untamente con el pa!o del dividendo respectivo. &on todo, el 'anco "ueda eBpresamente 1acultado, a;n con prescindencia del deudor, para contratar renovar los respectivos se!uros, pa!ar las primas si el deudor no lo (iciere oportunamente car!arle el costo de ellas con=untamente con los dividendos del préstamo. Nin!una responsabilidad a1ectará al 'anco por la no contratación o por la no renovación de los se!uros a ra#< de la inactividad del deudor, o por cual"uier otra causa re1erente a la póli
e=ercerlo cuando lo estime conveniente. >E&9:37 El ob=eto del mutuo "ue se otor!a por el presente instrumento es pa!ar anticipadamente la obli!ación contra#da por doña Isabel Amala Vas"#e$ Ma#%e%a para con el 'anco del Estado de &(ile, resultante del crédito (ipotecario "ue le concedió por medio del instrumento indicado en la cláusula primera, cuo propósito 1ue ad"uirir una vivienda social Gart#culo ° del >.. N° 2.HH2 de $-I. En consecuencia, por el presente acto, el deudor con1iere mandato especial al 'anco del Estado de &(ile para "ue reten!a el producto del aludido mutuo una ve< "ue se encuentre inscrita, con el carácter de primer !rado en el )e!istro de 5ipotecas del &onservador de 'ienes )a#ces competente, la (ipoteca "ue constitue por el presente instrumento, el 'anco lo destine al pa!o anticipado del crédito a indicado. El presente mandato se otor!a en carácter de irrevocable tal irrevocabilidad (a sido pactada en bene1icio del deudor como del 'anco mandatario, (a sido causa determinante para "ue el 'anco del Estado de &(ile (aa resuelto otor!ar el mutuo de "ue da cuenta esta escritura. El apoderado del 'anco del Estado de &(ile acepta el presente mandato en los términos relacionados. >E&9:3 )9:E)37 >eclaran las partes "ue por estar destinado el mutuo de "ue da cuenta este instrumento, eBclusivamente a pa!ar el préstamo indicado en la cláusula precedente, está eBento del impuesto de timbres estampillas, en virtud de lo dispuesto en el n;mero diecisiete del art#culo veinticuatro del >ecreto e N° .%-H, de mil novecientos oc(enta. or otra parte, en caso de encontrarse aco!ido el deudor al bene1icio establecido en la e n;mero diecinueve mil seiscientos veintidós, "ue 1avorece a los compradores de viviendas nuevas aco!idas al >... N° 2 de $H cua ad"uisición se (aa e1ectuado entre el veintidós de =unio de mil novecientos noventa nueve el treinta de =unio de dos mil uno, se mantendrá dic(o bene1icio respecto del crédito "ue se otor!a por esta escritura, todo de con1ormidad a lo dispuesto en el inciso 1inal del art#culo primero de la e citada. Sin per=uicio de lo anterior, se!;n lo dispuesto por el inciso 1inal del art#culo HH bis de la e de la )enta, en los casos "ue sea procedente, el 'anco proporcionará tanto al Servicio de 9mpuestos 9nternos como al contribuente bene1iciario de la reba=a por concepto de intereses establecida en dic(o art#culo, la in1ormación relacionada con los créditos a "ue se re1iere dic(a norma, por los medios, 1orma pla
E&9:3 SE@*N>37 or el presente instrumento, los comparecientes otor!an mandato especial, irrevocable !ratuito al 'anco del Estado de &(ile, para "ue recti1i"ue, complemente Lo aclare la presente escritura, respecto de cual"uier error u omisión eBistente en las cláusulas relativas al inmueble (ipotecado, al mutuo otor!ado por el 'anco, sus condiciones, a la !arant#a "ue lo cauciona, a los se!uros, como también de cual"uier error u omisión en cual"uier cláusula no principal del contrato. El mandatario "ueda especialmente 1acultado para suscribir todos los instrumentos p;blicos privados necesarios para el cumplimiento de su cometido. El 'anco del Estado de &(ile acepta el presente mandato se obli!a a cumplirlo 1ielmente en la 1orma más rápida desde "ue se
ten!a conocimiento del error u omisión. >E&9:3 +E)&E)37 El deudor declara (aber recibido del 'anco toda la in1ormación, en 1orma oportuna completa, acerca de los !astos aproBimados de esta operación, como también de la subvención "ue lo 1avorece. Asimismo, el deudor declara (aber sido in1ormado por el 'anco respecto del pla
E&9:3 &*A)+37 ara todos los e1ectos de este contrato, el deudor constitue domicilio en la comuna de Santia!o, sin per=uicio del "ue corresponda al lu!ar de su respectiva residencia, a elección del 'anco. os pa!os demás operaciones a "ue dé lu!ar el presente instrumento se e1ectuarán en las o1icinas del 'anco del Estado de &(ile. >E&9:3 C*9N+37 a personer#a de don A7lo S2e$ Ca7al2( por el 'anco del Estado de &(ile consta de la escritura p;blica de 1ec(a 950.906..,, otor!ada en la Notar#a de don R&a%do Re;e&o Ho%ma$abal, la "ue no se inserta por ser conocida de las partes del Notario "ue autori
E&9:3 SED+37 No serán de car!o del deudor los !astos "ue ori!ine este instrumento los correspondientes a sus inscripciones otros. Sin per=uicio de lo anterior, se de=a constancia "ue con1orme a lo dispuesto en el art#culo %° del >.S. N° $-% GF. *.I de de 3ctubre de 200-, publicado en el >iario 31icial de % de >iciembre de 200-, en atención a lo "ue establece el inciso 1inal del art#culo %$ de la e N° $8.$, el presente instrumento se eBtiende de acuerdo al procedimiento establecido en el art#culo 8 de la e N° $%.$-$, por lo "ue desde la 1ec(a de su protocoli
E&9:3 SE+9:37 as partes de=an eBpresa constancia "ue de con1ormidad con lo dispuesto en el art#culo ° de la e N° $.8%0, por el otor!amiento del presente instrumento por las inscripciones, anotaciones, al
E&9:3 3&+AF37 Se 1aculta al portador de copia autori
E&9:3 N3FEN37 resente a este acto do( E(%"#e Sala$a% 1o($ale$, cónu!e de doña Isabel Amala Vas"#e$ Ma#%e%a, a individuali
F9@ES9:37 resente a este acto, comparece do( E(%"#e Sala$a% 1o($ale$, a individuali
E*>3) el mencionado codeudor solidario se otor!an rec#procamente amplio mandato =udicial, entendiéndose eBpresamente reproducidas una a una todas las 1acultades de ambos incisos del Art#culo Séptimo del &ódi!o de rocedimiento &ivil. Asimismo, E >E*>3) el mencionado codeudor solidario, declaran aceptar "ue la noti1icación de la demanda "ue se practicare a uno cual"uiera de ellos importará el empla
3 >E AFA3 9S&A /No acredita dominio de la propiedad/. Aval;o en pesos Fálido para el P%me% Semes7%e de dos mil oc(o &omuna7 Sa( :a;e% . N;mero de )ol7 4*5 8#( 63 . >irección o Nombre de la propiedad7 P
estino de la ropiedad7 5abitación. Aval;o total7 /+/3*+4/* pesos. Aval;o eBento de impuesto7 /+/3*+4/* pesos. Aval;o a1ecto a impuesto7 . pesos. A?o termino de eBención7 . a propiedad se encuentra eBenta al pa!o de contribuciones. El aval;o "ue se certi1ica (a sido determinado se!;n el procedimiento de tasación 1iscal para el cálculo del impuesto territorial, de acuerdo a la le!islación vi!ente, por tanto no corresponde a una tasación comercial de la propiedad. Nota para el destinatario7 Si desea veri1icar los antecedentes de este &erti1icado dir#=ase a MMM.sii.cl. or orden del >irector. 5a 1irma. Ernesto +erán :oreno. Subdirector de Avaluaciones. Servicio de 9mpuestos 9nternos./ EL CERTIFICADO DE MATRIMONIO de DOA Isabel Amala Vas"#e$ Ma#%e%a de DON E(%"#e Sala$a% 1o($ale$ consta en &erti1icado de :atrimonio de Servicio de )e!istro &ivil e 9denti1icación &(ile de &ircunscripción ESTACION, n;mero inscripción 656, a?o 95*6, 1ec(a celebración 9.0.-095*6./ ec(a emisión7 990.-06..*. 5a
1irma timbre. &E)+99&A>3 EO 20.$0./ 'ancoEstado. &erti1icado e 20$0. &on1orme a lo establecido em la e N6 20.$0 publicada en el >iario 31icial con 1ec(a - de noviembre de 200, para los e1ectos de la eBención de impuestos establecida en el N6 $- del art#culo 2%P >ecreto e .%-H de $80, 'AN&3ES+A>3, )*+ N6 -.00.000/-, certi1ica "ue7 &liente7 FASC*EQ :A*)E9)A 9SA'E A:A9A, )ut7 008..0H/0 es deudor en esta institución del si!uiente crédito7 $. N;mero de operación crediticia 0$H-020. 2. ec(a de 3tor!amiento 0$/$0/2000. . ec(a de Fencimiento inal 0$/$2/20$. >etalle &redito %. :onto &apital Adeudado .2-2.20 . H. :onto intereses corrientes 2H.H8. . &omisión de repa!o $02.H. Subtotal aco!ido a eBención especi1icada en le 20$0 ..8$. -.9ntereses de :ora $.$22, 8.3tros !astos eBentos %.-% , . +otal a!o .%0H.%--. $0. ec(a de i"uidación 0$/02/2008, >etalle impuestos pa!ados $$. +asa Aplicada 0,000. $2. 9mpuesto retenido/ pa!ado 0. $.olio del /2% EDEN+3. $%. Norma de EBención arcial o +otal Fivienda Social. $H. ec(a de Emisión de &erti1icado 0$/02/2008. Se eBtiende el presente certi1icado para los 1ines dispuestos en el inciso "uinto del art#culo 2% n;mero $- del > %-H modi1icado a través de la le 20$0 diario o1icial del 2$ de Noviembre de 200. 5a 1irma. irma autori
RRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRR &ónu!e iador
RRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRR >eudor
RRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRR 'anco del Estado de &(ile
Autori
CONTRATO DE MUTUO HIPOTECARIO REFINANCIAMIENTO PET HECTOR ALBERTO SAL1ADO RODRI1UEZ Y BANCO DEL ESTADO DE CHILE
En San Javier, a ... de Abril de 2008, entre do( H&7o% Albe%7o Sal8ado Rod%8#e$, &'le(o, em)leado, domiciliado en el inmueble indicado en la
cláusula primera, cédula nacional de identidad N° 96+-/5+94,09, &asado ba=o ré!imen de separación de bienes se!;n se acreditará, con doña Ale
cónu!e, cédula nacional de identidad N° 9-+-39+36.0, "uien también
comparece otor!ando el consentimiento re"uerido por los art#culos $%2 si!uientes del &ódi!o &ivil don A7lo S2e$ Ca7al2(, &'le(o, &asado, a8e(7e, cédula nacional de identidad N° ,+.46+5*309, en representación del 'anco del Estado de &(ile, empresa autónoma del Estado, )*+ N° -.00.000/-, en adelante también el 'anco, ambos domiciliados para estos e1ectos en Santia!o, Avenida ibertador 'ernardo 345i!!ins N6 $$$$, todos maores de edad, se (a convenido en lo si!uiente7 )9:E)37 Do( H&7o% Albe%7o Sal8ado Rod%8#e$ es d#eño de la propiedad ubicada en la ciudad de Sa( :a;e% ,
comuna de Sa( :a;e% , Pasa
"ue se!;n sus t#tulos corresponde al sitio 4 de la man
irección de 3bras de la 9. :unicipalidad de Sa( :a;e% "ue se encuentra arc(ivado al 1inal del )e!istro de ropiedad del &onservador de 'ienes )a#ces de Sa( :a;e% ba=o el N° 6/9 del a?o 9555. Ad"uirió la propiedad por compra "ue (i
protocoli
&o( DESLINDE 1ENERAL DE LOTEO? al s#%> &o( PASA:E LOS OLIVILLOS? al o%e(7e> &o( LOTE - DE LA MISMA MANZANA? @ al )o(e(7e> &o( LOTE / DE LA MISMA MANZANA SE@*N>37 El 'anco del
Estado de &(ile da en préstamo a do( H&7o% Albe%7o Sal8ado Rod%8#e$ , en adelante el deudor o el mutuario, la cantidad de 96*>55*6 *nidades de omento, por su e"uivalencia en pesos a la 1ec(a del presente contrato, declarando el deudor (aber recibido el importe de este mutuo a su entera total satis1acción con1ormidad. +E)&E)37 El deudor se obli!a a pa!ar al 'anco la eBpresada cantidad de 96*>55*6 *nidades de omento, en el pla
ic(os
dividendos o cuotas comprenderán el interés "ue se indica a continuación además el correspondiente monto de amorti
el 'anco puede rec(a
a?os materiales causados por construcción o demolición de edi1icios colindantes G&A> $ 0 00HI >a?os materiales causados por aeronaves G&A> $ 0 00-I >a?os materiales causados por ve(#culos motori
$
0 008I >a?os materiales causados por rotura de ca?er#as o por desbordamiento de estan"ues matrices G&A> $ 0 00I 9ncendio eBplosión a consecuencia directa de (uel!a, desorden popular o actos terroristas G&A> $ 0 0$$I >a?os materiales a consecuencia directa de (uel!a o desorden popular G&A> $ 0 0$2I Sa"ueo durante (uel!a o desorden popular G&A> $ 0 0$I >a?os materiales causados por viento, inundación desbordamiento de cauces G&A> $ 8 0I >a?os materiales causados por salida de mar G&A> $ 0 0$I Avalanc(as, aluviones desli
$ 0 0$-I &ombustión espontánea G&A> $ 0 02$I >a?os materiales causados por peso de nieve o (ielo G&A> $ 0 02%I )emoción de Escombros, (asta un subl#mite del HK del monto total ase!urado por ubicación G&A> $ 0 02HI, adicional al :onto Ase!urado por cada propiedad 9ncendio a consecuencia de 1enómenos de la naturale
$ $ 00I >a?os materiales causados por eBplosión G&A> $ $ 00%I &olapso de edi1icio G&A> $ 2 02I 9n(abitabilidad de la vivienda, (asta un máBimo de * $H mensuales por ubicación con un l#mite máBimo de meses de indemni
$ H 0HHI, adicional al :onto Ase!urado por &A> a propiedad, más !astos de traslado para mudan
a?os materiales causados por Sismo G&A> $ 0 0$I 9ncendio a consecuencia de Sismo G&A> $ $ 002I. a póli
eclara el deudor conocer "ue, por norma !eneral, las compa?#as ase!uradoras no ase!uran des!ravamen una ve< "ue el deudor (aa cumplido oc(enta a?os de edad en consecuencia, al cumplir tal edad el deudor o la otra "ue prescriba la compa?#a ase!uradora para tal e1ecto, el crédito "uedará desprote!ido de se!uro de des!ravamen. &ompete al deudor acreditar la contratación de los se!uros en los términos antes se?alados, cada ve< "ue sea necesario o cuando el 'anco as# lo eBi=a. En caso "ue tales se!uros 1ueren tomados por el deudor
directamente en una compa?#a ase!uradora, las póli
N° 6666 en los mismos términos condiciones pactadas en el instrumento antes citado. N3FEN37 No obstante lo estipulado en la cláusula tercera, "ueda 1acultado el 'anco del Estado de &(ile para (acer eBi!ible el inmediato pa!o de la totalidad de la suma a "ue esté reducida la deuda, en los casos si!uientes7 aI Si se retarda el pa!o de cual"uier dividendo más de die< d#as bI Si la propiedad eBperimenta deterioro "ue a =uicio del 'anco (a!a insu1iciente la !arant#a el deudor no diere dentro de die< d#as después de re"uerido, nueva !arant#a a satis1acción del 'anco cI &uando sin consentimiento escrito del 'anco se demoliere todo o parte de los edi1icios o construcciones eBistentes en el predio
(ipotecado, o se e1ectuare cual"uier trans1ormación, alteración o modi1icación en los re1eridos edi1icios o construcciones, a;n cuando no disminuan la !arant#a, ni la (a!an insu1iciente dI Si resultare "ue la propiedad está su=eta a cuales"uiera !ravámenes, pro(ibiciones o acciones resolutorias o de nulidad eI Si el deudor cae en insolvencia, entendiéndose con1i!urada esta situación por el (ec(o de cesar en el pa!o de una obli!ación para con cual"uier acreedor, pudiendo acreditarse la insolvencia por cual"uier medio 1I Si el deudor contraviene lo estipulado en la cláusula séptima, !I Si no se pa!are oportunamente el impuesto territorial o cual"uier otro impuesto, tasa, derec(o, contribución o servicio a "ue se encuentre a1ecto lo (ipotecado o si el deudor no contratare uno cual"uiera de los se!uros re1eridos en este instrumento o no pa!are oportunamente en la 1orma antes pactada, las póli
E&9:37 El ob=eto del mutuo "ue se otor!a por el presente instrumento es pa!ar anticipadamente la obli!ación contra#da por do( H&7o% Albe%7o Sal8ado Rod%8#e$ para con el 'anco del Estado de &(ile, resultante del crédito (ipotecario "ue le concedió por medio del instrumento indicado en la cláusula primera, cuo propósito 1ue ad"uirir una vivienda social Gart#culo ° del >.. N° 2.HH2 de $-I. En consecuencia, por el presente acto, el deudor con1iere mandato especial al 'anco del Estado de &(ile para "ue reten!a el producto del aludido mutuo una ve< "ue se encuentre inscrita, con el carácter de primer !rado en el )e!istro de 5ipotecas del &onservador de 'ienes )a#ces competente, la (ipoteca "ue constitue por el presente instrumento, el 'anco lo destine al pa!o anticipado del crédito a indicado. El presente mandato se otor!a en carácter de irrevocable tal irrevocabilidad (a sido pactada en bene1icio del deudor como del 'anco mandatario, (a sido causa determinante para "ue el 'anco del Estado de &(ile (aa resuelto otor!ar el mutuo de "ue da cuenta esta escritura. El apoderado del 'anco del Estado de &(ile acepta el presente mandato en los términos
relacionados. >E&9:3 )9:E)37 >eclaran las partes "ue por estar destinado el mutuo de "ue da cuenta este instrumento, eBclusivamente a pa!ar el préstamo indicado en la cláusula precedente, está eBento del impuesto de timbres estampillas, en virtud de lo dispuesto en el n;mero diecisiete del art#culo veinticuatro del >ecreto e N° .%-H, de mil novecientos oc(enta. or otra parte, en caso de encontrarse aco!ido el deudor al bene1icio establecido en la e n;mero diecinueve mil seiscientos veintidós, "ue 1avorece a los compradores de viviendas nuevas aco!idas al >... N° 2 de $H cua ad"uisición se (aa e1ectuado entre el veintidós de =unio de mil novecientos noventa nueve el treinta de =unio de dos mil uno, se mantendrá dic(o bene1icio respecto del crédito "ue se otor!a por esta escritura, todo de con1ormidad a lo dispuesto en el inciso 1inal del art#culo primero de la e citada. Sin per=uicio de lo anterior, se!;n lo dispuesto por el inciso 1inal del art#culo HH bis de la e de la )enta, en los casos "ue sea procedente, el 'anco proporcionará tanto al Servicio de 9mpuestos 9nternos como al contribuente bene1iciario de la reba=a por concepto de intereses establecida en dic(o art#culo, la in1ormación relacionada con los créditos a "ue se re1iere dic(a norma, por los medios, 1orma pla
E&9:3 SE@*N>37 or el presente instrumento, los comparecientes otor!an mandato especial, irrevocable !ratuito al 'anco del Estado de &(ile, para "ue recti1i"ue, complemente Lo aclare la presente escritura, respecto de cual"uier error u omisión eBistente en las cláusulas relativas al inmueble (ipotecado, al mutuo otor!ado por el 'anco, sus condiciones, a la !arant#a "ue lo cauciona, a los se!uros, como también de cual"uier error u omisión en cual"uier cláusula no principal del contrato. El mandatario "ueda especialmente 1acultado para suscribir todos los instrumentos p;blicos privados necesarios para el cumplimiento de su cometido. El 'anco del Estado de &(ile acepta el presente mandato se obli!a a cumplirlo 1ielmente en la 1orma más rápida desde "ue se ten!a conocimiento del error u omisión. >E&9:3 +E)&E)37 El deudor declara (aber recibido del 'anco toda la in1ormación, en 1orma oportuna completa,
acerca de los !astos aproBimados de esta operación, como también de la subvención "ue lo 1avorece. Asimismo, el deudor declara (aber sido in1ormado por el 'anco respecto del pla
E&9:3 &*A)+37 ara todos los e1ectos de este contrato, el deudor constitue domicilio en la comuna de Santia!o, sin per=uicio del "ue corresponda al lu!ar de su respectiva residencia, a elección del 'anco. os pa!os demás operaciones a "ue dé lu!ar el presente instrumento se e1ectuarán en las o1icinas del 'anco del Estado de &(ile. >E&9:3 C*9N+37 a personer#a de don A7lo S2e$ Ca7al2( por el 'anco del Estado de &(ile consta de la escritura p;blica de 1ec(a 950.906..,, otor!ada en la Notar#a de de don R&a%do Re;e&o Ho%ma$abal, la "ue no se inserta por ser conocida de las partes del Notario "ue autori
E&9:3 SED+37 No serán de car!o del deudor los !astos "ue ori!ine este instrumento los correspondientes a sus inscripciones otros. Sin per=uicio de lo anterior, se de=a constancia "ue con1orme a lo dispuesto en el art#culo %° del >.S. N° $-% GF. *.I de de 3ctubre de 200-, publicado en el >iario 31icial de % de >iciembre de 200-, en atención a lo "ue establece el inciso 1inal del art#culo %$ de la e N° $8.$, el presente instrumento se eBtiende de acuerdo al procedimiento establecido en el art#culo 8 de la e N° $%.$-$, por lo "ue desde la 1ec(a de su protocoli
E&9:3 SE+9:37 as partes de=an eBpresa constancia "ue de con1ormidad con lo dispuesto en el art#culo ° de la e N° $.8%0, por el otor!amiento del presente instrumento por las inscripciones, anotaciones, al
E&9:3 3&+AF37 Se 1aculta al portador de copia autori
re"uerir al &onservador de 'ienes )a#ces respectivo las inscripciones anotaciones "ue procedan. >E&9:3 N3FEN37 resente a este acto doña Ale
a "uienes cono
escritura se constitue a 1avor del 'anco del Estado de &(ile, esta institución al
3 >E AFA3 9S&A /No acredita dominio de la propiedad/. Aval;o en pesos Fálido para el P%me% Semes7%e de dos mil oc(o &omuna7 Sa( :a;e% . N;mero de )ol7 4*, 8#( 4 .
>irección o Nombre de la propiedad7 P< Los Ol;llos 9*33 El Bos"#e 0 . >estino de la ropiedad7 5abitación. Aval;o total7 3+6/6+/5- pesos. Aval;o eBento de
impuesto7 3+6/6+/5- pesos. Aval;o a1ecto a impuesto7 . pesos. A?o termino de eBención7 . a propiedad se encuentra eBenta al pa!o de contribuciones. El aval;o "ue se certi1ica (a sido determinado se!;n el procedimiento de tasación 1iscal para el cálculo del impuesto territorial, de acuerdo a la le!islación vi!ente, por tanto no corresponde a una tasación comercial de la propiedad. Nota para el destinatario7 Si desea veri1icar los antecedentes de este &erti1icado dir#=ase a MMM.sii.cl. or orden del >irector. 5a 1irma. Ernesto +erán :oreno. Subdirector de Avaluaciones. Servicio de 9mpuestos 9nternos./ EL LA SEPARACION DE BIENES de DON H&7o% Albe%7o Sal8ado Rod%8#e$ de DOA Ale
)e!istro &ivil e 9denti1icación &(ile de &ircunscripción SAN :AVIER, n;mero inscripción -3, a?o 6..., 1ec(a celebración 6/0.606..., en el "ue en su parte pertinente se lee7 &A9+*A&93NES :A+)9:3N9AES. En el acto del matrimonio los contraentes pactaron separación total de bienes. ec(a emisión7 9*0.-06..*. 5a 1irma timbre. &on1orme. &E)+99&A>3 EO 20.$0./
'ancoEstado. &erti1icado e 20$0. &on1orme a lo establecido en la e N6 20.$0 publicada en el >iario 31icial con 1ec(a - de noviembre de 200, para los e1ectos de la eBención de impuestos establecida en el N6 $- del art#culo 2%P >ecreto e .%-H de $80, 'AN&3ES+A>3, )*+ N6 -.00.000/-, certi1ica "ue7 &liente7 Sal8ado Rod%8#e$ H&7o% Albe%7o, )ut7 96+-/5+94,09 es deudor en esta institución del si!uiente crédito7 $. N;mero de operación crediticia 943535,/.. 2. ec(a de 3tor!amiento .90./09555. . ec(a de Fencimiento
inal .909606.9-. >etalle &redito %. :onto &apital Adeudado 6+,6*+.6/. H. :onto intereses corrientes 6-+.,6. . &omisión de repa!o 59+-,,. Subtotal aco!ido a eBención especi1icada en le 20$0 6+346+4/-. -.9ntereses de :ora 9+9/*, 8.3tros !astos eBentos 4+*.., . +otal a!o 6+34*+499. $0. ec(a de
i"uidación .90.606..*, >etalle impuestos pa!ados $$. +asa Aplicada .. $2. 9mpuesto retenido/pa!ado .. $.olio del /2% EGe(7o. $%. Norma de EBención arcial o +otal V;e(da So&al. $H. ec(a de Emisión de &erti1icado 990.60 6..*. Se eBtiende el presente certi1icado para los 1ines dispuestos en el inciso
"uinto del art#culo 2% n;mero $- del > %-H modi1icado a través de la le 20$0 diario o1icial del 2$ de Noviembre de 200. 5a 1irma. irma autori
RRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRR &ónu!e
RRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRR 'anco del Estado de &(ile
RRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRRR >eudor
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