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DERECHO POLITICO BOLILLA I La Política: Concepto, Fases. 2
Según Zimmerman la política como definición no ha sido univoca a lo largo de tiempo. Se precisa precisa como “la política”, una actividad humana o una disciplina dentro del núcleo de las ciencias sociales. Al mismo tiempo aborda el estudio de fenómenos sociales y su manera de conocerlos. La voz política deriva del griego donde también se reconocen diversas acepciones:
A) Polis: identifi identifica ca la comunidad, la ciudad-estado ciudad-estado griega griega y la reunión de ciudadanos ciudadanos que integran la comunidad. B) Politeia: Politeia: se refiere a la constitución, constitución, al régimen régimen político, político, a la institució instituciónn de la polis. polis. C) Política: Política: implica implica la política como actividad, actividad, la ordenación ordenación política política de la vida, la simbiosis de ciudadanos e individuos. D) Politike: Politike: señala señala el quehacer político político como un arte. arte.
Duverger explica que en el diccionario de la academia francesa se la define como “el conocimiento de todo todo lo que se relacion relacionaa con el arte arte de gob goberna ernarr un Estado Estado o de dirigir dirigir las relacio relaciones nes con otros Estados”. Para Fayt es la actividad humana destinada a ordenar jurídicamente la vida social humana. De ellos deriva el Gobierno de los Hombres Hombres en la comunidad comunidad organizada y consiste consiste en acciones acciones ejecutadas con intención de influir, obtener, conservar, crear, extinguir o modificar el poder, la organización o el ordenamiento de la comunidad. El acto político es una exterioridad de sentido, un acto de la vida social, la realidad política es la realidad humana. Es vida y modo de vivir, de crear estructuras, de perfeccionar la convivencia dentro de la comunidad humana. De ahí que el Hombre sea, en su propia realidad, un ser político. La realidad política es un sector de la realidad social, como vida humana, que se traduce en acciones vinculadas al Poder. Se manifiesta como lucha, como arte de gobierno y como empresa comunitaria, que constituyen fases o momentos de un mismo proceso circular. Esos tres momentos, siguiendo un criterio que pertenece a Aristóteles se denominan; Faz Agonal: Se corresponde con la conquista y la conservación del poder. Faz Arquitectónica: Se corresponde con el ejercicio del poder. Faz Plenaria: Se corresponde con el reciproco entrelazamiento de las dos primeras más un alto grado de consenso.
Dimensiones Ciencia: En su acepción científica, la política aparece como el estudio de la organización y gobierno de las comunidades humanas. La acepción científica de lo político se reduce al conocimiento sistematizado de los fenómenos políticos. La ciencia política, como discusión de valores, comprende el estudio del poder y de las relaciones políticas, para establecer sus causas y consecuencias, fijar sus principios y deter1minar sus regularidades. La ciencia política es la descripción, interpretación y crítica de los fenómenos políticos y las relaciones que presenta en su realidad específica. Arte: La técnica política, como aplicación de valores, se nos presenta como acción o técnica del gobierno. Deriva en técnica del poder, en la actividad de captar y conservar el poder. Es así la política la acción referida al poder, y por consiguiente, el ARTE de gobernar. El Pragmatismo y la Prudencia Política 1
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Prudencia Política Para Santo Tomás de Aquino, la prudencia aconseja, juzga y manda correctamente en relación a los medios para alcanzar un fin. Cuando la prudencia es dirigida a los medios para alcanzar el bien común del Estado, es llamada virtud de la prudencia política. La prudencia política no se preocupa de calcular calcular 2 beneficios personales, sino de determinar los medios apropiados para alcanzar el bien común, simples políticas deben elevarse al nivel de estadistas. La prudencia es ciertamente perspicaz y prevé a través de la incertidumbre de los sucesos, lo propio de la prudencia es poder aconsejar bien. Ahora bien, el consejo versa sobre lo que debemos hacer en orden a un fin determinado. Resulta, por lo mismo, evidente que la prudencia radica exclusivamente en el entendimiento práctico.
Pragmatismo Político El Fundamento filosófico está en la idea de que el único criterio válido para juzgar el valor o la verdad de cualquier doctrina, decisión, etc., es tomar en cuenta sus efectos prácticos. En simples palabras, es decir, “los cierto es lo que funciona”. En política, equivale a actuar con prescindencia de ideologías principistas y de cosmovisiones teleológicas, haciendo lo que parece más adecuado de acuerdo a como se presentan las circunstancias de cada momento. El pragmatismo, sin embargo, es también una ideología ideología cuyos límites están en la dificultad dificultad para proveer las consecuencias consecuencias a largo plazo de nuestras nuestras acciones y en las tendencias a desentenderse de realidades que no encajan en nuestra corta visión de las conveniencias momentáneas.
Métodos -
Método histórico: de carácter empírico, opera sobre procesos observables, pero pretéritos. Las fases son la selección del material; interpretación de los documentos; investigación crítica y explicación histórica. Aplica procedimientos de reducción y deducción.
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Método Jurídico: estudio del elemento jurídico de la realidad estatal (encuadre jurídico). Varía el método según las escuelas… Realismo jurídico: preferentemente el método inductivo Empirismo jurídico: método analógico inductiva y otra deductiva, deductiva, utilizando utilizando el análisis y Positivismo jurídico: tiene una fase inductiva la síntesis. Formalismo jurídico: puramente logicista y formalista o o o
o
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Método Sociológico: parte de la observación directa de la realidad mediante el análisis de los hechos. Utiliza la inducción experimental en base a “tipos”; el análisis crítico de su material; las encuestas – las “social surveys”. Es inductivo, empírico, experimental.
Derecho Político De Vedia Vedia y Mitre Mitre sostuvo que el derecho político “encara al Estado por los procedimientos de investigación de la ciencia jurídica sin abandonar ni un instante el método histórico que fija el carácter de cada institución en cada momento dado”. El Derecho Político trata del régimen jurídico del Estado. Según Legón la finalidad del derecho político era la ordenación del Estado dentro de la naturaleza ética además de jurídicas. Para Fayt el Derecho Político Político es el estudio estudio de la estructura estructura dinámica dinámica de la organización organización política y sus relaciones con la sociedad, el orden y la actividad política, incorporando el método sociológico y político, sin s in abandonar aban donar el jurídico, jur ídico, inherente inhere nte a la disciplina, por la relación r elación funcional del Derecho Der echo con lo demás elementos de la estructura de la organización política. El Derecho Político se presenta como un sistema, cuya unidad resulta del enlace de una teoría de la sociedad, una teoría de la organización, una teoría de la constitución y una teoría de los actos políticos. Objeto – Contenido
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En cuanto al adjetivo “político”, él determina el objeto y contenido de la disciplina. Los diversos sentidos que pueden darse a lo político es la fuente de la imprecisión de la doctrina tradicional y el origen de sus limitaciones. La autonomía del Derecho Político aparece nítida si referimos lo político a la organización política, a la realidad social y política en su totalidad. La política recobra su homogénea realidad de lucha y cooperación, su fuerza vital de acción 2y realización. El derecho político se transforma, de este modo, en teoría de la organización política, en un sistema de conceptos sobre la realidad social y política. Es decir, un sistema de las relaciones y funciones de los elementos de la organización política y en consecuencia, comprensivo de una teoría de la sociedad, del Estado, de la Constitución y de los actos políticos.
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BOLILLA II: Teorías Religiosas: a)
Paganas: Egipto y Persia.
b)
Pre cristiana: Judía
c)
Cristiana: puede ser directa o indirecta.
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Paganas Egipto: su forma de política era la Teocracia, el faraón era el dios viviente. La centralización del poder era manifiesta y su violación era un sacrilegio. Teocracia: Egipto gobernado por una personalización divina: el faraón. Si bien existe una diversidad de dioses, hay en definitiva una expresión más alta. Es Amón el faraón mismo es Dios viviente, continuador de dioses anteriores, con lo que remonta en el tiempo es igual al Dios, un Homólogo de Dios. En los tiempos históricos, históricos, el faraón se hallaba hallaba en un pie de igualdad igualdad con otras figuras figuras divinas, esto es, en compañía de los dioses. Caracteres:
1. Poder absoluto como consecuencia de la Teocracia. 2. Las órdenes del faraón eran divinas y no se podían violar. 3. Poder iluminado. 4. Desigualdad. 5. Centralización del poder. 6. Infracción igual a sacrilegio. 7. El faraón indicaba el culto y hacia las leyes. 8. Confunde poder político con poder divino. Persia: la versión persa, partía de un principio equiparable. La sociedad y la entidad política eran emanaciones de la creación divina y el rey, un intermediario entre el cielo y la tierra. Él ejercía un poder vicarial, esto es, era el representante de Dios en la tierra y el intermediario indispensable e insustituib insustituible le entre el pueblo y Dios. Intérprete de la voluntad divina, divina, ello quedaba traducido traducido en la irresponsabilidad político-religiosa de su propia voluntad. Se ejercía un poder teocrático de raíz mediata. De cualquier forma, toda explicación se basa en Dios, como fundamento de lo creado y de la vida misma. La sociedad debía, en consecuencia, su propio origen a una voluntad ultra personal, y en definitiva inalcanzable. Así se personalizaba el Rey, que reconocía la razón de su propia investidura, en un acto religioso o divinizado. Los reyes eran agentes de los dioses. Eran una teocracia vicarial.
Pre cristiana: 4
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Judía: recuerda García Pelayo que según la concepción hebrea. Dios es el gobernante del mundo natural, natural, que lo ha constituido constituido y ordenado ordenado mediante el acto creativo. Dios dice a Moisés “escribe “escribe todas esta palabras según las cuales hago alianza contigo y con Israel”. Dios es el verdadero y único creador, formula y al propio tiempo decide, el pacto con el pueblo elegido, al pueblo constituye como Sociedad política. 2 Hace dos aspectos destacables en el pacto:
a) Del pueblo con Dios b) Del Rey con Dios. Dios hace su primer pacto con Abraham y luego con Moisés. Israel pasa por las siguientes épocas:
1. La de los jueces o de la Teocracia inmediata. 2. La época de los reyes o de la teocracia mediata. 3. La época de la cautividad o de la esperanza escatológica del reino. En la primera época los jueces eran personas con un carisma especia, en quienes se hacía presente el espíritu del ser. Desde su piedra, impartía declaraciones y directivas que, inspiradas en la fe y en la ley mosaica, señalaban el curso cotidiano de la vida. La fuente de la ley se hallaba en la ley mosaica, el antiguo testamento y en las explicaciones de los profetas. Josué realizaría la conquista de Canaán, donde se instalaron los jueces desde el siglo XIV al IX a.C. entre los jueces Jadeón, Jefte, Sansón y Samuel este era el ultimo juez y el primer profeta, quien hizo proclamar a Saúl, rey de todo el pueblo. Este entró en conflicto con Samuel por lo que fue ungido David como rey en privado. Los jueces dirigían a las 12 tribus. Con Salomon el último rey de Israel se produce la separación. Diáspora: se produce con la invasión romana, la dispersión de los judíos, se sublevan los judíos contra la dinastía de Herodes que no era judío y estaba emparentado con los romanos. En la teoría y práctica de los judíos, hoy un límite, las Tablas de la ley y más alto, Dios a quien no se podía ofender con un acto cruel o impío. Se impone dentro de la sociedad hebrea la conciencia y el sentido de la igualdad esencial y la limitación del poder.
Cristianos El cristiano encuentra con la frase de San Pablo: no hay potestad que no venga de Dios, de consagración de su doctrina. Colasion Mediata: según el cual el poder que proviene de Dios, reside inmediatamente en la comunidad y tan solo mediatamente en el gobernante. San Agustín (S. IV): es platónico e idealista, sostiene que por ley natural ningún hombre tenía autoridad autoridad sobre otro pues Dios los hizo a todos libres e iguales iguales y les ha dado domino solamente solamente sobre los irracionales. La misma ley hace que para conducirla a un fin determinado se necesita la existencia de un jefe de ahí nace la autoridad que tener su origen en Dios y se fundamento en la justicia. Santo Tomas (S. XIII): es Aristocrático, según él la naturaleza misma del hombre le exige vivir en sociedad. sociedad. Tal condición condición sería deplorable deplorable de no existiera dentro de ella una fuerza rectora rectora que tendiera 5
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hacia el bien común o general de todos los miembros por lo tanto en toda multitud alguien debe gobernar o dirigir. Todo dominio viene de Dios según tres consideraciones a consideración del mismo ser, que tuvo el Rey (1° Dios y mismo ser).
b) Consideración de Dios como autor de todas las cosas. 2
c) Dios es el fin de todas las cosas. 1. El primer ser es el principio y causa de todas las cosas. 2. Dios es el primer motor, es la primera causa del movimiento. 3. El gobierno de la comunidad tiene un noble fin, por lo tanto el fin de todo dominio viene de Dios. Francisco Suarez (S. XVI): el poder reside en la naturaleza en toda la sociedad Suarez basa su oposición en :
1. Pacto de unión entre el pueblo-poder- de Dios al pueblo. 2. Pacto de sujeción a Dios del poder al Rey. 3. Forma de gobierno, consecuencia, igualdad y democracia. Colación Inmediata o Transmisión Directa: según la cual el pueblo no transmite en el poder, ni autoridad, sino que se limita a designar al gobernante, es decir, a establecer quién debe ejercer el poder, el cual le es dada por Dios inmediatamente.
Teorías Sociológicas: Teoría Matriarcal: (Morgan): 1. Sobre el mismo hecho de los grupos sociales formados por la comunidad de sangre y de parentesco, dos teorías tratan de explicar no tanto el origen como el desarrollo de la sociedad. 2. La primera o teoría matriarcal, sostiene que el igual parentesco materno determina la pertenencia del individuo al grupo gentilicio de la madre y su condición social. El sistema rige el nombre, la herencia de la jefatura, la obligación de venganza y a adopción El matriarcado no implica, no es ginecocracia o gobierno de las mujeres.
3. Fundador del matriarcalismo fue el suizo Bachofen. Sus epígonos fueron Mac-Lenan y Lewis H. Mergan, autor de “La sociedad primitiva”, libro basado en la observación directa de la vida de los indios iroqueses por una de cuyas tribus se hizo adoptar. 4. Morgan demuestra la gravitación de los hechos económicos sobre la evolución de la familia. Divide los estadios de la humanidad en: 1) Salvajismo; 2) Barbarie y 3) Civilización. 1) Al salvajismo corresponde: la familia promiscua (sin distinción de parentesco; la familia consanguínea nace humanos es nacer cónyuges); la familia punalúa (matrimonio exogámico: de otro grupo) 2) Al estado de barbarie pertenece la familia sindiásmica (la mujer se incorpora al grupo del marido) poligamia. 3) Por último al estado de civilización corresponde la familia monogámica patriarcal. Teoría Patriarcal: (Sir Hanry Sumner Maine):
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1. El patriarcalismo se basa en el parentesco por línea paterna y en el predominio del hombre sobre la mujer. El parentesco paterno rige la pertenencia del hijo al grupo y su condición social, el hombre, la tolerancia de la jefatura, la obligación de venganza y adopción. 2. Su expositor más importante es Henry Sumner Maine, quien basado en los estudios científicos de Darwin sobre los pueblos árabes, sostiene que el estado social primitivo fue el estado2 patriarcal, el señorío del varón de más edad, en el grupo gentilicio de parentesco consanguíneo. 3. En su libro “estudios sobre la historia de las instituciones primitivas”, traza la evolución de la sociedad, partiendo de ese estado patriarcal originario de familia dispersas, gobernadas por el más anciano del grupo y divide el proceso en seis períodos graduales: 1) asociación domestica; 2) comunidad doméstica; 3) comunidad de aldea; 4) marca;5) feudo; y 6) monarquía o imperio.
TEORIAS CONTRACTUALISTAS:
Thomas Hobbes (1588-1679):
Expresa que todos los hombres gustarían vivir bajo las leyes de la naturaleza. Si cada uno de ellos estuviera seguro que los otros estarían también lo acatarían. En consecuencia, el Estado a través de un contrato social, mediante el cual cada individuo renuncia a sus derechos, a la defensa propia del Estado, concediéndole omnipotencia al mismo. El soberano debe encontrarse por encima de la ley y ser fuente de la misma. Si todo lo anterior se logro, la iglesia debe ser una sierva del Estado teniendo que considerarse al Papado como el principal enemigo de la paz.
John Locke Explica que realidad hay dos pactos: el de unión por el que se constituye la sociedad civil y el de sujeción que es el que se acuerda con el poder. De esta manera se formulan las condiciones para este segundo contrato y naturalmente el cumplimiento de estos resulta obligatorio, para las partes intervinientes. Se quiebra así el consentimiento, cuando el monarca incumple las clausulas contractuales. De este modo, nace el Estado Garantista porque hay derechos que no se cede, que son inalienables, donde solo corresponde al Estado, la tutela de los mismos. Este autor divide el poder entre el ejecutivo y el legislativo. Cuando se ocupa del estado de la naturaleza dice que para entender el poder político y deducir su origen, se deberá considerar el estado en que se encuentran los hombres naturalmente y este es uno de libertad perfecta. En el estado de la naturaleza, de perfecta igualdad natural, nadie tiene superioridad o jurisdicción sobre otro y cualquiera tiene derecho a hacer cumplir la ley. Locke prefería el sistema en que prevaleciera el legislativo, como representante de la nación.
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Rousseau: Sostiene que la sociedad más antigua y natural es la familia, la primera imagen de las sociedades políticas. Ningún hombre tiene autoridad natural sobre sus semejantes y que la fuerza no produce ningún2 derecho. El poder legislativo pertenece al pueblo. Según su formula todos ceden sus derechos a todos. De este modo el poder residía en la comunidad, la que se expresa a través del principio de la voluntad general. Convierte al estado social en la base histórica del estado democrático. De naturaleza de los hombres son felices, libres, iguales, sin egoísmos ni luchas. Con la civilización se hace necesaria la sociedad civil o política. El individuo entrega a la sociedad todos sus derechos, pero los recupera, ampliados, como partícipe de la voluntad general. Esta así sometido solo a si mismo, con lo que conserva su voluntad. El objeto de la voluntad general es la ley; el objeto del gobierno es la ejecución de las leyes
Éticas: Fundan al Estado en una necesidad de carácter moral, el Estado hace asequible la perfección moral de hombre, que es inalcanzable fuera del orden político. Solo viviendo en comunidad política puede el individuo desarrollar la plenitud de su naturaleza. El Estado no resulta, de este modo, neutral a los fines últimos de la persona humana, sino que es un instrumento de cooperación para su conquista. Para Wolff , la necesidad de instituir al Estado es consecuencia del más alto deber moral, del de perfección. Para Hegel, el Estado es la culminación de la dialéctica en espíritu objetivo, concibe al Estado real como algo racional en sí; es la “realidad de la idea moral”, un fenómeno espiritual. El deber más elevado del Hombre es ser miembro del Estado.
BOLILLA III La Población Para Mario Justo López:
Sentido lato: Equivale a “Sociedad”, y es comprensivo del conjunto y de la totalidad de los seres humanos que conviven entre ellos, sin que importen sus diferencias “sociales” o “jurídicas” (en algunas ocasiones se utiliza la palabra pueblo con la misma latitud que población en el sentido amplio). La población se configura socialmente por el conjunto de los que conviven dentro de un determinado marco (generalmente, el territorio). Sentido restringido: Hay otro significado de la palabra “pueblo” con el cual no se puede expresar la totalidad de la palabra “población”, sino una parte de ella (cuando se usa para designar a un determinado grupo humano que no es toda la sociedad). Así, “población” es más abarcador que pueblo. Desde el punto de vista jurídico, la distinción entre población y pueblo radica en la diferencia de status jurídico entre los integrantes de uno y otro grupo. Así, la “población” es un conjunto humano muy abarcador, cada uno de cuyos integrantes es titular de derechos y obligaciones “civiles”. En cambio, el “pueblo” es un conjunto humano menos abarcador, cada uno de cuyos integrantes es titular no sólo de 8
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derechos y obligaciones “civiles”, sino también “políticas”. En este sentido, el pueblo es solo una parte de la población, pueblo es sinónimo de cuerpo electoral. Para Fayt: Llámese población a la totalidad de individuos que habitan el territorio de un Estado. La población presenta dos aspectos: uno demográfico o cuantitativo, referido a su número y densidad; y otro demológico o cualitativo, vinculado a la raza, herencia, selección. En cuanto a elemento del Estado, como pueblo o comunidad nacional, esos aspectos gravitan en la estructura, pudiendo como 2 variables, determinar la forma política.
Aspecto cuantitativo y cualitativo. Aspecto cuantitativo: Volumen de la población:
Cuestión de número óptimo: es imposible determinarlo, careciendo de interés toda investigación al respecto. Cuestión vinculada a la relación entre el número de habitantes y las leyes, la libertad política y los factores geofísicos. Densidad de la población:
La cuestión se vincula a la relación entre las áreas de dispersión y concentración de la población y las formas de vida y su influencia en la formación de la opinión pública, los grupos de interés, los partidos de masas.
Aspecto cualitativo: 1. El problema se centra en la raza como factor que podría influir: a) En la heterogeneidad o homogeneidad de la población. b) En sus caracteres morales e intelectuales. c) En las costumbres sociales y políticas. 2. La raza ha sido definida como la frecuencia de ciertos rasgos, fiscos y hereditarios que distinguen, entre si, a los grupos humanos. Han sido clasificadas en: Mongólica. Negra y australiana. Caucásica, negra, mongólica by australiana. Caucásica (nórdico alpino y mediterráneo). 3. No hay dudas sobre las diferencias físicas que presentan las diferentes poblaciones, pero esas diferencias no permiten sustentar criterios de superioridad o inferioridad de una raza sobre otra. 4. La raza, como estudio científico, no tiene conexión con el racismo, forma mítica al servicio de ideologías de exterminios. 5. Entre las teorías utilizadas por el racismo se destacan la teoría racial de Arthur de Gobineau; y la de su yerno, que proclamaran la superioridad étnica de la raza aria.
Comunidad Humana Según Tönnies, la comunidad es el centro de vida real y orgánica, su teoría de la comunidad parte de la unidad de la voluntad humana, que sigue siendo natural en la relaciones entre individuos diversamente condicionados, tomando como punto de partida el nexo de la vida vegetativa, debido al nacimiento, que genera tres tipos de relaciones: - Entre madre e hijo - Entre marido y mujer, como cónyuges - Entre los hermanos y parientes Esas relaciones originarias se traducen en la vida en común, o convivencia, y en reciprocidad o solidaridad por el mutuo auxilio de voluntades. En la comunidad, los hombres están esencialmente unidos, hay tres tipos de comunidad: - La comunidad de sangre, que tiene la casa por morada, participación de los alimentos y cosas comunes 9
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La comunidad de lugar o vecindad, es la convivencia en el poblado, en la proximidad de las viviendas, los bienes comunales, o la contigüidad de los campos, determinan numerosos contactos entre los hombres y hacen que estos se acostumbren a tratarse y conocerse mutuamente La comunidad de espíritu o de amistad, surge por efecto de “actuaciones y concepciones coincidentes, de ahí que es común que pueda producirse más fácilmente en razón de pertenecer 2 a un oficio o arte iguales o semejantes”.
Para Max Webber los miembros de una comunidad se sienten parte constitutiva de un todo, formando un “nosotros”. Para Mac Iver, la comunidad presupone una vida en colectividad, que desarrolla en los hombres caracteres comunes. Es una real vida en común, que no persigue propósitos específicos.
Caracteres -
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Naturalidad: La comunidad surge como un haz, al conjuro de necesidades fundamentales, de acuerdo a determinadas condiciones. Esta naturalidad se manifiesta en la organización que ha ido surgiendo con la comunidad misma, como en las costumbres y en la modalidad de la vida colectiva. Unidad: La auténtica comunidad es un bloque humano, con mayor integración de sus miembros que nunca. Igualdad: No se trata de una igualdad biológica-mental, que no existe, se trata de una igualdad desde los puntos de vista económico, social y jurídico Solidaridad: Es una manera de vivir en relación con los demás, está implícita en la igualdad y en la unidad.
Individualismo y Asociacionismo Individualismo Históricamente el término individualismo ha do utilizado para caracterizar tanto las doctrinas del contrato social, que surge en el siglo XVII, como a sus sucesoras, que heredan la visión de la sociedad como constituida por individuos, por sujetos que tienen metas, proyectos y fines específicamente individuales. El individualismo es un legado de Hobbes y de Locke; para ellos, la sociedad es simplemente un instrumento que nos ayuda a proteger ciertos derechos, y a producir algunos bienes en mayor cantidad. El individualismo político afirma que la sociedad es un conjunto de individuos racionales, generadores de deseo y preferencias y únicos jueces y defensores de sus intereses. Las ideas principales del individualismo político son:
La legitimidad y la autoridad del gobierno derivan del consentimiento individual de los ciudadanos. La representación política no es una representación de sectores o de clases, sino una representación de intereses individuales. El propósito del gobierno es proporcionar la satisfacción de las necesidades particulares y la protección de los derechos individuales.
Asociacionismo: La esencial sociabilidad de la persona la coloca siempre en un medio social anterior al Estado, la coloca en una circunstancia título de múltiples especificaciones; el hombre es miembro de un grupo doméstico, de un núcleo pedagógico, etc., es decir, integra numerosas sociedades menores, imperfectas, pero no menos legítimas que el Estado. El hombre forma parte de la comunidad política a través de la multiplicidad de manifestaciones asociativas que constituyen centros de actividad grupal.
Los Grupos Lo social importa la existencia de un conjunto de seres humanos, entre los cuales existe toda una serie de acciones y de relaciones. Por lo tanto, los seres humanos en permanente interacción, conviven en 10
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múltiples grupos, de los cuales existen varias clasificaciones, de acuerdo a distintas finalidades científicas, y consiguientemente, con la variedad de objetos considerados. Las fuerzas o grupos sociales que influyen en la génesis de la decisión política pueden clasificarse en: -
Grupos Estatales: Autoridades Políticas, cuya función específica es adoptar la decisión y ejecutarla en 2 cuanto sus órganos (legislativo – ejecutivo – judicial). Constituyen el grupo de dirección, a quienes el ordenamiento jurídico constitucional confiere las facultades propias para adoptar la decisión y llevarla a cabo mediante la acción y sanción. Las Fuerzas Armadas, como auxiliares de la actividad política, cuya función es resguardar la soberanía interna y externa. El grupo tecno-burocrático, organizado jerárquicamente para la ejecución y transmisión de las decisiones políticas (leyes, decretos, resoluciones). o
o
o
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Grupos Políticos Los Partidos Políticos, que se manifiestan como organizaciones permanentes para competir por la captación o conservación del poder. Las Fuerzas Políticas, no organizadas para la lucha electoral, y que procuran captar el poder por medios no institucionalizados. o
o
-
Grupos de Interés: formaciones sociales interiores que formulan pretensiones o requerimientos al poder y que pueden asumir las siguientes formas o especies: Grupos de Presión, operan en lo interior del poder y despliegan poder económico. Grupos de Tensión, operan al margen del poder y despliegan poder social. Grupos de Poder, adoptan decisiones de acuerdo a los intereses del grupo. o o o
Esto muestra la correlación y recíproco condicionamiento en que se encuentran la Sociedad y el Estado, a través de los grupos y fuerzas sociales que actúan en la realidad concreta.
Las Instituciones La Institución o grupo institucionalizado ha sido estudiado por toda una ciencia del derecho. La Institución es definida como una idea de obra que se realiza y dura en un medio social. La Institución, no obstante asocia a hombres, es algo objetivo, es otra realidad social que cobra cierta vida y cierta independencia con respecto a sus integrantes individuales. La idea de obrar un objeto de la institución es la espina dorsal de esta: es la idea de lo que hay que hacer, de la obra común, en la que participan solidariamente los hombres. Para cumplir esa obra, ese quehacer colectivo, se organiza un poder, una estructura, y se forma un derecho: cada institución tiene su propio derecho, su propia regulación, su propio régimen jurídico. La Institución es la base del derecho. La Institución es una persona moral, a lo que después se agrega, como vestidura exterior, la personalidad jurídica que la depara el orden jurídico.
Pueblo Sentido vulgar: el término pueblo se utiliza en oposición a los grupos dominantes, comprendiendo a los sectores excluidos del poder social, económico y político. Sentido demográfico: equivalente a población. Sentido jurídico: en cuanto a sus miembros, habitantes, gozan de derechos civiles y sociales. Sentido político positivo: como equivalente a Nación. Tiene dos aspectos, uno en cuanto a la Nación es titular del poder constituyente; otro en cuanto a sus miembros son titulares de derechos políticos. En el primer aspecto, el pueblo constitucional, en el segundo, como cuerpo electoral. Sentido étnico: como unidad racial. Sentido negativo: como aclamante, como masa. Según Sánchez Agesta, el Pueblo es la unidad de la población ordenada según su propia naturaleza y por una autoridad, que no es sólo principio directivo, sino antes bien, coordinar de fuerzas y comunidades espontáneas.
Heller distingue entre: 11
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Pueblo como formación natural o pueblo en el Estado (en cuanto población y en cuanto raza) – Como pueblo en el Estado puede ser captado por la estadística, respecto de la raza no hay camino que conduzca desde la raza al Estado. - Pueblo como formación cultural o pueblo del Estado (en cuanto a Nación política) – Como pueblo del Estado o Nación, a fin del S. XVIII adquirió importancia, tanto que el Estado nacional llegó a caracterizar la forma política moderna. 2 -
Nación Según Fayt la Nación es una comunidad, determinada objetivamente por el nacimiento o su asimilación, y subjetivamente por nexos sociológicos (lenguaje, hábitos, religión, usos, costumbres, etc.) y psicológicos (la voluntad de pertenencia y conciencia, de poseer un origen, un destino común, etc.), que se resuelven en determinadas formas de vida en común, en cooperación y solidaridad. Según López M. Justo el concepto de Nación aparece recién como reflejo de nuevas realidades políticas en los comienzos de la edad moderna, y llega a su pleno desarrollo con la revolución francesa y las revoluciones de los siglos XIX y XX. Por lo tanto, y ante todo, puede afirmarse que las Naciones son realidades históricas, productos y hechuras de la historia.
La Realidad Nacional Con esta expresión pretendemos alcanzar a todos los factores que tienen influencia en las condiciones de un pueblo y de un estado. La expresión “Geopolítica” fue construida como una disciplina, para enseñar la relación profunda que existe entre la ubicación de un país, y sus posibilidades en el plano de la política nacional. Hace mucho tiempo se hablaba de la influencia del clima en el temperamento del pueblo y en su capacidad resolutiva. También cobran importancias sus concretas posibilidades materiales, entre las que cabe computarse, naturalmente, su propia situación geográfica.
Nuestra Realidad La Argentina está dotada de un amplio territorio, con una población de aproximadamente 40.000.000 de habitantes. Se destaca el elemento de concentración en determinados centros urbanos, a través de una continua migración interna desde la periferia al centro, cuyo eje pasa por la Capital Federal. La mano de obra, juntamente con la intelectualidad, no se afinca en sus viejas zonas y provincias, sino que prefieren agruparse en torno a los centros más poblados, generando una doble situación: El despoblamiento de las provincias más afectadas: La congestión en los centros urbanos densamente poblados.
BOLILLA IV Tipos históricos de organización política. Tipo histórico de organización política oriental: Comprende los grandes reinos del antiguo oriente: Egipto, Babilonia, Asiria, Persia. Israel es una excepción. Se caracteriza: Por ser teocracias; Tener como substractum los vínculos emergentes de las tribus; La estratificación social de la población; Un orden establecido por los reyes-dioses como emanación de poderes sobrenaturales. Israel es un caso similar: La teocracia no expande, sino limita al poder; El poder, individualizado en jueces y reyes no es objeto de idolatría; de esto surge el sentido republicano e individualista de la estructura israelí.
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La organización política en Grecia: La “ciudad antigua”: no es todavía la polis. Es la morada del rey patriarcal y asiento del templo y del mercado. La organización política en tiempos de Homero comprendía: 2
Una serie de comunidades gentilicias, y Un poder de tipo patriarcal ejercido por un jefe con el título de rey, un consejo de ancianos y una asamblea de los miembros de la familia y clanes de la tribu.
La unidad política era el demos compuesto por una asociación de familias, no de individuos, que formaban una aldea. Originariamente la ciudad era una confederación de aldeas.
La polis adviene con la desintegración del agregado o confederación gentilicia. Es una unidad política y religiosa, la típica ciudad-estado griega. Es ante todo, una ciudad por el ritmo de su vida, el comercio, la competencia. Y un estado, en cuanto unidad política y religiosa. La democracia ateniense se caracteriza: Por ser directa; Por ser activa. No se puede vivir en sociedad sin organización política. Los pensadores griegos se valieron de un vocablo de origen histórico, para ellos, la sociedad perfecta, autárquica, que satisfaga la buena vida de la convivencia era “la polis” o pequeña ciudad, base de las obras de Platón y Aristóteles. La polis fue el equivalente de lo que ahora llamamos Estado. La ciudad requerirá apretar a los hombres en un escenario estrecho, dentro del cual pudieron conocer o participar activa o directamente en la política. La comunidad política es un régimen llamado “politaria”, constituido de una manera determinada con su autosuficiencia, su forma de vida y su ciudad. La polis confunde el mundo temporal y el espiritual, abarca conceptos políticos, económicos, sociales, religiosos, culturales, etc. La polis gira alrededor del hombre, es una forma política profundamente humana y de gran fortaleza militar y asambleas comunales. - Sócrates era muy individualista y tenía un profundo respeto a las leyes, creía en sus ideas y en la unidad de la polis - Platón consideraba que la polis era el equilibrio de la comunidad - Aristóteles creó la lógica o ciencia de razonamiento, y escribió la plática relacionando entre sus temas: individuos, familia y polis
La organización política en Roma: La civitas Romana primitiva era una confederación de gentes, de curias y de tribus. El rey, el consejo y la Asamblea de todos los hombres de la curia, componían sus órganos de decisión. Bajo la República la civitas es una comunidad del pueblo (república) y el poder de mando (imperiurn) y la majestas radica en un órgano supremo. Tenía un complejo sistema de magistraturas; pero el órgano clave era el Senado. 1) El primer Imperio o Principado (27 a. De C.-284) se inicia con Octavio. La civitas se transforma en “ciudad Imperio”. 2) El segundo Imperio (284 a 476 de n. Era) se inicia con Dioclesiano que convirtió al poder imperial en una autocracia.
Feudalismo El Estado antiguo fue una unidad interna, el Estado medieval es pluralista, pues nos muestra una multiplicidad de poderes congregado en una pirámide jerárquica. La división del imperio carolingio y las invasiones normandas favorecen el advenimiento de un nuevo régimen político y social llamado “Feudalismo”, que predomina en Europa entre los S. IX y XV. 13
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El poder del rey está limitado, la autoridad del rey disminuía y los señores feudales aumentaron su poder, los campesinos se amparan bajo la protección de los castellanos que recibían sus tierras. En su territorio, el señor feudal era un verdadero soberano, la autoridad del rey deja de ser nacional, y se limita a ejercer la teórica propiedad de todos los feudos. Durante el régimen feudal, la sociedad estaba formada por tres clases: nobleza, clero religioso (un tercio de los señores eran feudos eclesiásticos) y campesinos. 2 El feudalismo se caracterizó: a) Su estructura está territorialmente limitada al feudo; b) La población es dependiente del propietario o beneficiario de la tierra. c) El poder es privativo del poseedor del feudo; d) El orden se asienta sobre un sistema de señorío y vasallaje derivado de la posesión y cesión de feudos.
Estados Modernos El absolutismo cobra auge y se extiende por Europa, las transformaciones sociales y económicas, el crecimiento del comercio y de la industria, hicieron que desde comienzos del S. XIII surja una gran cantidad de nuevas ciudades, y que otras más antiguas volvieran a readquirir su antiguo esplendor. Nace la burocracia, que al crear el orden jerárquico entre rey y súbditos impone para todos la debida satisfacción de impuestos. Pasa el tiempo y vemos a una Europa anteriormente atomizada, dividida en muchos feudos, ahora unida bajo la autoridad irresistible de alguno de los reyes. La edad moderna comienza y los grandes estados serán de ahí en más los protagonistas del mundo político.
Los grandes Estados Modernos Esta forma de organización política, caracterizada por la institucionalización del Poder, fue desconocida en la antigüedad, así como en Grecia, Roma y la Edad Media. Es la culminación de un largo proceso, que va de la inorgánica a la orgánica, del poder anónimo al individualizado en los jefes y de este al poder institucionalizado. El tránsito de lo carismático a lo tradicional, y de éste a la dominación legal, en la distancia histórica que separa el reinado de la fuerza del imperio del derecho. Al Estado los griegos lo llamaron “polis”, los romanos “civitas” o “república”, reservando la de “imperium” para el poder de dominación del príncipe. En la edad media se hace derivar al poder político de la propiedad del suelo, utilizando las expresiones “regnum” (tierra del rey) o “land” (tierra), sirviendo para comprender los poderes territoriales existentes. Recién cuando va surgiendo una nueva realidad política con un centro unitario de poder, independiente de lo exterior e interior, concentrando en una unidad de dominación los instrumentos de poder efectivo, en un ámbito territorial determinado, la palabra Estado es utilizada para comprender esa nueva realidad. Es posible que originariamente la palabra “Estado” haya sido utilizada para designar el territorio sometido a esa forma naciente de autoridad, luego para designar al gobernador mismo, y por último, se la hizo comprensiva de la forma de organización política, de lo que el territorio y el poder son elementos. La Supranacionalidad. Formas Las comunidades internacionales y las tendencias de los Estados modernos a integrarse en organizaciones regionales y mundiales por imperio de las circunstancias, vienen a alterar algunos de los elementos de la soberanía. La ONU, en el orden mundial, prohíbe a sus miembros el uso de la guerra como instrumento de política internacional. Este tipo de prohibición limita considerablemente las soberanías nacionales. En el orden regional existen, entre otros, la OEA, la Comunidad Británica de las Naciones y la Liga de Estados Árabes, la EURATOM (comunidad europea de energía nuclear), todas ella en el orden político, social, económico, constituyen mercados comunes, y por ende influyen en la esfera de las relaciones internacionales, no obstante mientras conserve la forma de confederación, no podrán ejercer efectivamente una misión conservadora de la paz, seguridad y la libertad mundial.
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BOLILLA V El Poder. Noción El Poder es un fenómeno social producto de la interacción humana, es el despliegue de una fuerza, energía o potencia, proveniente de la relación de subordinación en que se colocan recíprocamente los seres humanos. En u específica realidad, el poder es el resultado del mando y la obediencia. El carácter relacional del poder se hace evidente a poco que se lo observa, el gobernante es poder o tiene poder sólo en la medida en que es obedecido. -
Acepción amplia del Poder: la acepción del poder como relación de mando y obediencia. Dentro de esta amplia acepción, cabe tanto el poder político como el no político Acepción limitada del Poder: cuando se trata del “sistema político”, y la política se reduce conceptualmente a la actividad y a la relación que tienen al Estado como marco de referencia. Abarca sólo el Poder del Estado, al poder político en sus distintas manifestaciones.
Justificación Implica el examen racional de por qué manda el que manda y por qué obedece el que obedece. 15
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Las cuestiones de la finalidad de la organización y la legitimidad de la autoridad, se encuentran implícitas en el problema de la justificación. Todo poder necesita justificarse, en la forma política moderna, la respuesta se expresa en términos jurídicos: la dominación legal, como elemento modal de la estructura, transforma el poder en un poder jurídico.
Teorías sobre la justificación del poder.
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I. La justificación del poder por su función: Esa función consiste en la satisfacción de los requerimientos y demandas sociales. La autoridad de un estado depende de que pueda asegurar un orden social deseable. El poder solo puede justificarse en términos de lo que trate de hacer: se justifica por cuanto asegura, con el menor sacrifico posible, la máxima satisfacción de las necesidades humanas. II. La justificación del poder por el derecho: Todo poder vive de su justificación. Esa justificación no puede guindarse en su función de organizar la cooperación territorial. Toda explicación se refiere al pasado, toda justificación al futuro. El estado se justifica como organización necesaria para asegurar el derecho en una determinada etapa de su evolución y el poder se justifica como instancia de decisión para realizar la certeza de sentido del derecho. III. La justificación del poder por la obediencia: La obediencia, que es la esencia del poder puede ser: a) racional o voluntaria; b) irracional o refleja. Se obedece voluntaria o conscientemente; se obedece por indolencia, por temor, por hábito. La inercia, el hábito a obedecer, el hecho de ser mas fácil obedecer que mandar, la creencia irracional en la santidad del orden existente, sostienen al poder, con el peso de la habitualidad psicológica. IV. La doctrina religiosa, sus variantes: 1. Se basa en el supuesto de que todo poder proviene de Dios. 2. Se basa en pasajes evangélicos. 3. En su origen, sirvo para justificar la subordinación del imperio al papado y se ha mantenido como fuente de la pretensión del poder espiritual de tener supremacía sobre el poder temporal. 4. Sus variantes son tres: a) la doctrina religiosa sobrenatural: dios confiere directamente el poder a quien lo ejerce. b) La doctrina de derecho divino providencial: dios no da el poder a los gobernantes sino a los pueblos, quienes delegan ese poder en el gobernante. La causa mediata del poder es dios; la causa inmediata, la naturaleza humana. c) La doctrina del derecho divino de los reyes: es una variante de la doctrina sobrenatural al servicio de los reyes absolutos y sus dinastías. Dios mismo confiere poder la monarca o a su familia, quienes gobiernan por derecho. V. La doctrina de la fuerza: 1. Concibe al poder como una relación de dominio de los fuertes sobre los débiles. 2. El fundamento del estado radica en la natural desigualdad entre los hombres. 3. El poder no puede justificarse ni legitimarse. “Jamás podrá demostrarse como un hombre puede tener legítimamente el poder de imponer su voluntad a otro hombre”. 4. Para el marxismo, el estado expresa las relaciones de fuerza de las clases sociales. VI. Las doctrinas jurídicas: 1. Consideran al estado como producto del derecho. A. Teoría patriarcal: 1. Pretende que el estado deriva de la familia, no siendo otra cosa que una gran familia. Los gobernantes, como padres de esa familia, tienen el derecho a la obediencia y el deber de proteger y la felicidad de sus súbditos. B. Teoría patrimonial: 1. Justifica el poder como poder de propiedad. Sostiene que el orden de la propiedad es anterior al orden del estado y su función consiste en la protección de la propiedad. 2. Afirma que la propiedad no ha nacido del estado, sino que el estado h nacido de la propiedad. 3. Es una variante de la teoría de la fuerza. C. Teoría del contrato social: 1. Justifica al poder y al estado como producto de la libre voluntad contractual de sus miembros, teniendo en el consentimiento el fundamento racional de la existencia del poder. 16
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2. Hobbes: a) no distingue entre sociedad y gobierno; b) el estado de naturaleza es de guerra de todos contra todos, sin leyes, ni sociedad ni gobierno. c) El contrato lo realiza cada uno con todos y transfieren todos sus derechos al soberano, que puede ser un hombre o una asamblea. 2 d) El soberano no es parte del contrato. e) Es el teórico del absolutismo monárquico. En el leviathan distingue: a) Un estado natural: fundado en la fuerza, en la lucha de todos contra todos. b) Un estado racional: por egotismo, por temor y con el fin de obtener seguridad,
todos
conciertan un contrato de unión, sometiéndose todos a una voluntad. 3. Locke: a) Los hombres, en el estado de naturaleza, tiene el goce de sus derechos naturales: a la vida, a la libertad, a la propiedad privada y a la seguridad. b) Con el fin de obtener seguridad abandonan el estado de naturaleza y fundada la sociedad civil o política, delegándole únicamente el derecho a la seguridad y con la única función de proteger la vida, la libertad y la propiedad privada. Características:
a) Distingue entre sociedad, ya que exioste en el estado natural, y gobierno. b) El contrato no es obra de la enajenación de todos los derechos, sino la delegación del derecho de seguridad. c) Tiene por finalidad proteger los derechos naturales. d) Es el fundamento del estado liberal cuya finalidad suprema es la garantía de la vida, la libertad y la propiedad privada. 4. Rousseau: a) Convierte al estado social en la base histórica del estado democrático. b) De naturaleza de los hombres son felices, libres, iguales, sin egoísmos ni luchas. Con la civilización se hace necesaria la sociedad civil o política. c) Por un acto de voluntad, toda vez que la libertad es irrenunciable, los hombres se coloca bajo la dirección de una voluntad general formada por la comunidad. d) El individuo entrega a la sociedad todos sus derechos, pero los recupera, ampliados, como participe de la voluntad general. Esta así sometido solo a si mismo, con lo que conserva su voluntad. e) El objeto de la voluntad general es la ley; el objeto del gobierno es la ejecución de las leyes. VII. Doctrina psicológico-moral: 1. En general, consideran que son determinantes psicológicos y morales, los que hacen que el hombre viva en sociedad. Justifican en base a la realización moral del individuo y a la satisfacción de tendencias innatas, la existencia del poder y del estado. 2. Las doctrinas morales conciben al estado como una necesidad moral. 3. La doctrina psicológica justifica al poder y al estado por las tendencias e instintos del ser humano. VIII. Doctrinas negativas: A. El marxismo: Sostiene que el estado, como organización de poder, se extinguirá. El estado no representa a la sociedad, sino a la clase dominante, la posesión de los medios de producción y sirve de instrumento al mantenimiento de la explotación de una clase por otra. Cuando se convierta en representante de la sociedad, será por si miso superfluo. Desaparecidas las clases, cuando se tome posesión de los medios de producción en nombre de la sociedad, ya no habrá nada que reprimir. El gobierno sobre las personas será substituido por la administración de las cosas y por la dirección de los procesos de producción. El estado no será abolido; se extinguirá. B. El anarquismo: Niega al poder y no al estado. Distintas corrientes:
a) Individualista; b) Socialista o colectivista; 17
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c) Violento; d) Pacifico.
Mando y Obediencia En un Estado de derecho todos mandan y obedecen, cada uno dentro de la esfera de su competencia,2 esto es un juicio de responsabilidad, de ahí que algunos hayan caracterizado el poder como una relación de mando y obediencia. En la política existe una relación interhumana, en virtud de la cual la acción de unos determina el comportamiento de otros. Es una relación de mando y obediencia. El gobernante es poder, o tiene poder en la medida en la medida que es obedecido. La obediencia es la adhesión íntima a una convicción, puede lograrse por métodos coactivos o por propia adhesión del mandado. La convivencia social se articula por la dicotomía mando-obediencia.
El Estado Según Jellinek, “allí donde haya una comunidad con un poder originario y medios coactivos para dominar sobre sus miembros y sobre su territorio, conforme a un orden que le es propio, allí existe un Estado”. En primer lugar, el Estado tiene algunas características propias de las que resulta que no debe ser confundido con cualquier forma o sociedad política. En segundo lugar, el Estado comprende tanto a la comunidad como a un poder de dominación. En tercer lugar, comprende como tercer elemento el territorio. El Estado como forma de organización política moderna: se caracteriza por la institucionalización del poder, cualificado por la idea de soberanía y el imperio de la ley como orden fundado en una constitución. Son entonces sus elementos modales, la soberanía como cualidad del poder; y el imperio de la ley como cualidad del ordenamiento jurídico. -
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Exégesis de la terminología: origen y vocablos empleados 1) Los griegos llamaban “polis” a su organización política (ciudad-estado) 2) Los romanos la denominaban “civitas” o “república”, reservando la de “imperium” para el poder de dominación del príncipe 3) Durante la Edad Media, se utilizan expresiones como “regnum” y “land” para comprender los poderes territoriales existentes 4) A partir del reconocimiento con la concentración de los instrumentos de mando, militares, burocráticos y económicos en una unidad de acción política, aparece el término “Estado” para designar esa realidad 5) Maquiavelo introduce el término “stato” Sánchez Agesta clasifica las definiciones de Estado en: 1) Deontológicas: se distinguen en dos corrientes a. Escuela del Derecho Natural (Kant): “el estado es la unión de una multitud de hombres bajo leyes jurídicas por las cuales el arbitrio de uno puede coexistir con el arbitrio de otro, según la ley universal de la libertad” b. Corriente aristotélica-tomista (Hauriou): “el estado es el régimen que adopta una nación mediante una centralización jurídica y política para realizar el bien común” 2) Sociológicas: (Jellinek) “El Estado es la unidad de asociación dotado originariamente de poder de dominación y formado por hombres asentados en un territorio” 3) Jurídicas: (Kelsen) “El Estado es el orden, derecho total. Como persona, la personificación metafísica de ese orden. Como poder, la efectividad del orden jurídico” 4) Políticas: (Gumplowicz) “El Estado es sólo poder”
La Estructura de la Autoridad Según Aquino: “Es la titularidad del poder institucionalizado en el Estado”. Es condición indispensable que exista una autoridad, como antes, dedicada a la coordinación, coerción, orientación, unión, etc. 18
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Esa estructura se manifiesta a través de algunos pasos, pues la autoridad es la consecuencia de la comunidad, es la unidad. En toda autoridad existe: 1) Decisión o un órgano con capacidad de resolución 2) Ejecución: aplicación de sanciones u órganos de ejecución 3) Código de sanción: conjunto de normas, costumbres, tradiciones Tienen que aplicarse las medidas, y en su caso, la sanción correspondiente, pues de esa manera se 2 estructura, pero teniendo en cuenta la unidad.
Legitimidad El Poder existe para un fin, el poder del Estado es legítimo en cuanto tiende al fin público del bien común. La legitimidad del poder radica en la manera de ser ejercido, cuando es ejercido en forma justa, el poder es legítimo, tan legítimo que aún cuando en sus comienzos haya carecido de legitimidad de origen, debe ser obedecido. - Duverger: Se tiene por legítimo al poder constituido de acuerdo a cierta creencia dominante. Por eso, no hay legitimidad, sino legitimidades (legitimidad monárquica, legitimidad comunista, etc.). -
Elementos de la Legitimidad: eficacia y consenso o creencia compartida Valores básicos que cubre la legitimidad:
Legalidad Es la adecuación de la conducta a la naturaleza del ordenamiento jurídico. Es un concepto jurídiconormativo que responde al orden positivo. La legalidad hace al orden normativo, y la legitimidad es un juicio de valor.
Consenso y Disenso Consenso: es el alma de la legitimidad, es su elemento espiritual. Es adhesión que se presta a un sistema de gobierno, admitiendo como buena acción. La eficacia es un elemento material, y si esto se deteriora, surge el conflicto. Clases: 1) Activo: es el prestado cuando se crea un movimiento de multitudes 2) Pasivo: cuando se acepta sin mover multitudes. 3) Total: hay acuerdo en todo 4) Parcial: hay acuerdo, pero disenso en algunos aspectos Disenso: es el quebrantamiento del apoyo dado por la comunidad al sistema político o al gobernante. Aquino dice:
Es no estar de acuerdo con el sistema Es estar contra la autoridad del sistema Y es no estar dentro del sistema
El territorio Es el espacio en el que se realiza la actividad Estatal. Comprende el suelo, el subsuelo, y el espacio aéreo. Las fronteras son las líneas naturales o ideales de separación que delimitan la esfera de actividad; derecho político del estado.
Situación jurídica del territorio. Doctrinas. Las doctrinas que se han formulado son las siguientes: Sostiene que el poder tiene sobre el territorio derecho real de dominio, es decir la propiedad del mismo.
a) De la propiedad o dominio:
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Esta doctrina, en el orden internacional, se conoce con el nombre de dominio internacional. Al incluir al territorio en el haber, no en el ser del estado, y considerarlo objeto de dominio, altera la realidad esencial, entre el territorio y los elementos de la estructura del estado. b) De la soberanía territorial o imperium:
sostiene que la relación no es de dominio sino d
imperio, es decir, de soberanía. Se ejerce a través de los habitantes, no directamente sobre el territorio.
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consiste en un derecho que tiene ciertas analogías con el dominio privado, pero no es un derecho de propiedad pleno, tanto por su naturaleza como por los límites que se el imponen. En efecto, consiste tan solo en ciertas facultades de utilización el territorio con miras al interés público. Del ámbito de validez del orden jurídico: estima al territorio como ámbito de validez espacial del orden jurídico. c) Del dominio eminente:
BOLILLA VI La Soberanía 1) La Soberanía es un elemento modal de la estructura dinámica de la forma política moderna. Cualifica el poder y determina sus relaciones con el Estado y los restantes elementos de la estructura, es un elemento o atributo del Estado y una cualidad del poder. 2) Convierte a un determinado poder político en supremo, adicionando a su capacidad de dirección, la de obrar como instancia final de decisión, acción y sanción. 3) El Poder, con la soberanía, es en su especie lo más alto. 4) El orden jurídico impera en función de la soberanía. 5) Se comprende como soberanía exterior en sentido de igualdad. 6) Cualidad del poder con jerarquía interior.
Origen y evolución -
El concepto nace de la lucha de la realeza francesa con el imperio y el papado, por una parte, y con la feudalidad por otra. Por primera vez se hace mención de ello en una máxima del tiempo del Rey San Luis: “El Rey no tiene soberano en asuntos temporales”. Beaumanoir, luego, afirma que: “Cada barón es soberano en su baronía, el Rey es soberano por encima de todos”. 20
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Bodín sostuvo que “el Estado es un recto gobierno de varias agrupaciones y de lo que es común, con potestad suprema”. - La soberanía es una forma utilizada en la lucha política para condensar la independencia exterior y la supremacía interior en un centro de poder, convirtiendo al rey en depositario de la legislación y jurisdicción. Sus efectos son legitimar el establecimiento de la monarquía absoluta en Francia, Inglaterra 2 y Alemania. Convertida en soberanía del pueblo, condujo a las grandes revoluciones que le dieron forma a la democracia moderna. - Durante la edad moderna se elaboró un nuevo concepto de soberanía que difería del de sus orígenes medievales. Se discute si el concepto surge en la edad moderna o si se empieza a utilizar la palabra soberanía para designar un concepto antes existente. - Muchos consideran que en Francia nació el concepto “moderno” de soberanía con Bodín, el elemento esencial de su concepto es el referente a la falta de restricciones legales: el poder de dar la ley sin someterse a ella, lo que no impide, que halle límites más allá del derecho positivo (límites naturales, morales y religiosos)
Concepto Bidart Campos: la soberanía es la cualidad de aquel poder que para organizarse jurídicamente no reconoce, dentro del ámbito de relaciones que rige, otro orden superior de cuya normación positiva derive lógicamente su propia validez normativa. - Bodin: soberanía “Es el poder supremo ejercido sobre súbditos y ciudadanos sin restricciones legales”. Es una cualidad de poder supremo sin restricciones jurídicas. La Soberania es el poder absoluto y perpetuo de una Republica. De ambas definiciones extraemos los siguientes elementos esenciales constitutivos del concepto: Poder Supremo (no hay otro sobre el) Es ilimitado(no está sujeta a restricciones jurídicas de derecho positivo) Es un poder absoluto(esta sobre todo y todos) Es un poder indivisible(no es compartible) Es un poder perpetuo sin limitación temporal Es un poder imprescriptible (no caduca por su no uso). -
Teorías 1) De la autolimitación: (Loband y Jellinek) Autolimitación del poder del Estado por el derecho del mismo, no hay Estado sin derecho, siempre debe haber constitución cualquiera sea su clase. Este último carácter marca la diferencia del concepto moderno con el de Bodín 2) De los derechos individuales: Nace con la revolución francesa. “El Estado es una esfera de poder que puede regular la conducta del hombre sin ingresar en su individualidad, ya que esta es una esfera propia de los individuos en la cual los derechos del hombre no pueden ser alterados” 3) De la solidaridad: La soberanía es un producto de la voluntad de los hombres y sólo ellos la poseen, no podemos hablar de soberanía sin hablar de solidaridad, cada uno cumple una función social. Por lo tanto, niega la soberanía del Estado, además de negarle personalidad. Es un servicio público. Pluralidad de Soberanía El carácter de la “soberanía absoluta” entró en crisis. El segundo carácter de la “soberanía indivisible”, entró en crisis con el desarrollo de las doctrinas pluralistas. Dentro de estas doctrinas, las que tienen base territorial, denominadas de “pluralismo federal”, es por la que se inclinan todos los autores a contrario del “pluralismo propio” o “pluralismo interno”. - El “pluralismo federal” considera que la soberanía reside total y exclusivamente en el Estado federal sin perjuicio de los Estados miembros. - El “pluralismo propio o interno”, pretende afirmar las prerrogativas y facultades de los llamados grupos o sociedades “intermedias” contra la vocación absorbente y totalizadora del Estado 21
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Negación de la soberanía Tanta disparidad de criterios ha llevado a que haya autores que nieguen la soberanía - Duguit presenta tres objeciones al concepto de soberanía: a) El origen del derecho de soberanía, la imposibilidad absoluta de explicar humanamente, por vías positivas, la existencia de una voluntad soberana, es la mejor demostración de las2 doctrinas que niegan la soberanía. b) Es menester abandonar la ficción de la soberanía personalizada en el gobierno. Ni el pueblo, ni la nación, ni el Estado, son personas morales o jurídicas. c) Para Duguit, la soberanía se trata de una antinomia: o el Estado está sujeto al derecho, y entonces no es soberano; o no está sujeto al derecho, y entonces sí es soberano; y en el dilema opta por la sujeción al derecho, relegando la soberanía.
BOLILLA VII Gobierno y la dinámica política Gobierno Es la estructura de poder en el Estado o la organización de la magistratura del Estado - Según Linares Quintana, el gobierno indica la acción y el efecto de mandar o autoridad, ordenar y regir. El gobierno es la organización mediante la cual la voluntad del Estado es formulada, expresada y realizada. - Según Duguit, el gobierno es el conjunto de órganos directivos del Estado. El poder político como consecuencia se desarrolla y actúa mediante el gobierno, que es el cuarto integrante del Estado. El poder como elemento del Estado se dinamiza a través del gobierno. El poder recién se manifiesta y percibe a medida que se lo transmite o pone en ejercicio. Sentido amplio: es el cúmulo de órganos estatales que tienen a su cargo todas las funciones del poder Estatal, o sea que lo integran al poder ejecutivo leyes judiciales. Sentido de América. Sentido restringido: es el gobierno del poder ejecutivo en oposición al órgano legislativo. Sentido europeo (Gobierno es el régimen parlamentario del gabinete). o
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Pensamiento de Bidart Campos: aún dentro del primer sentido, debemos reconocer que el núcleo gubernativo se halla en el poder ejecutivo, ya sea asumiendo la condición del Estado, la gobernación y la administración. Las restantes funciones (para el legislativo y el judicial), son funciones intermitentes en su ejercicio, ya que pueden ser ejercidas por el órgano ejecutivo. Es decir, ningún Estado puede mantenerse sin el poder ejecutivo que gobierne y administre, pero si puede subsistir sin el 2 legislativo y el judicial, que pueden ser absorbidos por el ejecutivo. Ello supone que la función imprescindible es la ejecutiva, ya que las demás son discontinuas y pueden llegar a confundirse.
Dinámica Estatal El Estado es una situación o condición que se moviliza a través del poder. El Estado es un orden, pero no estático, la institución vive y lo hace como una empresa, como un régimen. La consecución del fin común que lo unifica, implica un quehacer común, un obrar colectivo en el que participan gobernantes y gobernados. La política transcurre en permanente movilidad, en un orden dinámico, pues el devenir estatal es algo cotidiano que fluye por el cauce de un orden permanente. Hay actividad, el Estado actúa y los súbditos actúan. El gobierno manda los gobernados obedecen o no. - La decisión política es un proceso que posee las siguientes etapas: Iniciativa: a quien corresponde proponer las leyes Deliberación o Resolución: conocida como la toma, elección de un proyecto. El acto debe ser realizado por alguien, o sea por un órgano con competencia normativa establecida. Puede suceder que en esta etapa se produzca intromisión de influjos anteriores o influencia de ciertos poderes no Estatales. En ciertos casos, ciertas fuerzas (burocracia y las FFAA) influyen a veces sobre la decisión política al margen de sus funciones específicas. o
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Forma de Estado y Forma de Gobierno La forma de de gobierno es la forma de uno de los elementos del Estado, la manera de organizar y distribuir las estructuras y competencia de los órganos que componen al gobierno, el problema de quién ejerce el poder o de quiénes son los repartidores del régimen político. En cambio, la forma de estado ya no es la de uno de sus elementos, sino de la institución misma, del propio Estado. Si el Estado es un régimen dentro del cual se realiza un reparto, la forma del Estado es la manera de realizar ese mismo reparto, ataña el problema de cómo se ejerce el poder. Posada conceptúa la forma de Estado como la manera según la cual funciona la actividad del Estado, y al funcionar se concreta en órganos y en una estructura. Según como el poder estatal se ejerza en relación con la base física en que se asienta el Estado, pueden dividirse en Unitaria o Federales. Según como el mismo poder se ejerza en relación con el elemento humano, las formas de estado pueden ser democráticas, autoritarias y totalitarias. Es el poder frente a la población. La forma de estado, según Ruiz Castillo, se mezcla con cuestiones de fondo, pues toma en consideración la totalidad de los elementos del estado – territorio, población, poder, mientras que la forma de gobierno determina sólo la estructura del último de estos elementos. Toda constitución implica una forma de Estado; en esa constitución, en esa manera de estar constituido el Estado, hay una forma de estado y una forma de gobierno; o sea, un modo de ser del Estado y una estructura de sus órganos representativos. La forma de Estado y la forma de Gobierno pueden no estar enunciadas en fórmulas expresas, pero se hallan implícitas siempre en una decisión política suprema. Estas decisiones políticas supremas que resuelven como ha de ser la forma de estado y la forma de gobierno, se hallan en la cúspide de la constitución; cuando cambia la decisión política, todo el régimen político sufre la repercusión La Decisión Política La forma de estado y de gobierno, se hallan implícitas siempre en una decisión política suprema. Toda constitución tiene una decisión política, el “Estado decide”, y decide muchas cosas: cuál ha de ser su forma, su modo de actuar, cuál ha de ser la organización de su gobierno, cuáles son sus fines y su programa. Esas decisiones se van manteniendo o se van alterando sobre el curso del quehacer político, sobre la marcha de la actividad en que se trasunta la dinámica estatal. Estas decisiones políticas supremas, que resuelven como han de ser la forma de estado y la forma de gobierno, se hallan en la cúspide de la constitución; todo lo demás arranca desde allí, por eso, cuando cambia la decisión política, todo el régimen político sufre la repercusión.
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Clasificación de la forma de gobierno La diversidad de gobiernos y modos de ejercer el poder hacen que las clasificaciones sean incompletas, proporcionando “una imagen incompleta de la realidad política”. No existe una clasificación de valor universal por: a) Falta de un criterio omnicomprensivo b) Desaparecen y surgen nuevas formas 2 c) Creciente complejidad de las funciones Clasificación según… (Clásicas) - Herodoto: se refiere al gobierno popular, a la aristocracia y a la monarquía. - Platón: distingue entre: Monarquía: gobierno de uno, de la que nace el reinado y la tiranía Gobierno de pocos: del que nace la aristocracia y la oligarquía Gobierno de muchos o democracia: de la que nacen otras dos formas; porque se pueden mandar según las leyes o con desprecio de ellas. - Aristóteles en “La Política” adopta en líneas generales la clasificación de Platón, pero la desarrolla en base a un doble criterio: a) Cuantitativo o estructural b) Cualitativo o teológico Estas formas puras son: la monarquía, la aristocracia y la democracia. Cuantitativamente: el gobierno de uno, de pocos y de muchos. Cualitativamente: tienen en vista el bien general. Las formas impuras, que tienen en cuenta el interés de los gobernantes, se encuentran viciadas en su base, no siendo más que una corrupción de las buenas: son la tiranía, la oligarquía y la demagogia. - Polibio considera que existen tres formas de gobierno: real, aristocrático y democrático. - Cicerón en “La República” acepta la clasificación tripartita y menciona a la monarquía, la aristocracia y el gobierno popular - Maquiavelo divide a las formas de gobierno en principados repúblicas. Él realiza una clasificación bipartita. - Montesquieu divide las formas de gobierno en: Monarquía o Despotismo o República o Estas tres se subdividen en aristocráticas y democráticas. - Locke distingue entre democracia, oligarquía y monarquía. - Rousseau se refiere a la democracia, aristocracia y monarquía. - Kant considera autocracia, aristocracia y monarquía. - Jellinek considera que las formas de gobierno fundamentales son la monarquía y la república, de la que surgen numerosas variedades: o La monarquía puede ser absoluta y hereditaria, electiva y limitada, esto último a su vez, de clase, de índole constitucional o parlamentaria. La república puede dividirse en aristocrática, oligárquica y democrática; en antigua y o moderna; en directa o indirecta, etc. - Kelsen, de acuerdo al método de creación del derecho, menciona a dos: autocracia y democracia - Bordeau clasifica no a la forma, sino a los regímenes políticos en: autocráticos y democráticos. o o o
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Formas Mixtas Algunos autores consideran que existe una cuarta forma de gobierno que resulta de la combinación de las formas o tipos puros. Es la forma mixta. Polibio estimó que esa forma mixta existía en la república romana: el consulado, el senado y los comicios contenían, respectivamente, los principios monárquicos, aristocráticos y democráticos. Ese mismo criterio es compartido por Cicerón; Maquiavelo, en los discursos, se muestra partidario de este tipo de forma de gobierno. Bluntschli afirma que tal forma de gobierno no existe. El poder supremo estará concentrado, sea en manos del monarca, de la aristocracia o del pueblo. Existe oposición entre las formas simples. 24
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Formas de Gobierno en la actualidad Según Aquino: - Autocracia: gobierno en el cual la voluntad de un solo hombre es la ley suprema, hay concentración de poder. - Democracia: Sistema presidencialista: nace en EEUU, el Jefe de Gobierno y Estado es el presidente,2 el cual es elegido por el pueblo, su responsabilidad es verificada por el congreso por medio del juicio político. El presidente no posee facultad para disolver las cámaras. Sistema parlamentario: nace en Inglaterra, el Jefe de Estado es el Rey. El Jefe de Gobierno es el Primer Ministro, el Gabinete es el poder ejecutivo, los ministros son parlamentarios y se eligen del o de los partidos mayoritarios. Distintos regímenes parlamentarios del mundo. 1) Parlamentarismo clásico: Francia – presidente y parlamento 2) Parlamentarismo híbrido: un ejecutivo dualista, un canciller y un parlamento 3) Parlamentarismo controlado: Alemania – presidente y gabinete, el primer ministro preside el gabinete, y un parlamento. 4) Parlamentarismo federado: 5º República de Francia – presidente y primer ministro, tienen el poder que tenía la asamblea 5) Gobierno de gabinete: Inglaterra – primer ministro y parlamento o
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El gobierno como delegación El gobierno en la acción y efecto de mandar con autoridad. -
Teoría de la delegación: (Rosseau) No admite la representación política. Tiene su origen en el derecho público francés, que en 1875 dispone: “todo mandato imperativo es nulo y sin ningún efecto” Rosseau sostiene que por razones materiales el pueblo debe nombrar representantes que lo gobiernen, admite por lo tanto la representación política por razones materiales, pero nunca por fundamentos sustanciales, y es sometido a dos condiciones: 1) Que existan mandatos imperativos 2) La nación debe perfeccionarse con la ratificación popular
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Teoría del órgano: Gierke: la doctrina alemana parte de la idea de que no existen dos voluntades (nación y representante). Los órganos del Estado crean la voluntad estatal, producen la decisión estatal. La titularidad del poder descentralizado se descompone en órganos menores que integran al órgano madre, que es la soberanía. En todo órgano hay dos elementos: Objetivo: (lo institucional) sus atribuciones y deberes Subjetivo: (lo personal) las personas o conjunto de personas Los órganos deben actuar dentro del campo de su competencia: éste es el límite de la voluntad psicológica o arbitrio del órgano. a) Existe: 1. Omisión: si no cumple plenamente su función 2. Desviación de poder: si sale del marco de su función o competencia 3. Exceso de poder: cuando el arbitrio o voluntad psicológica reboza la esfera de la función o competencia b) Se clasifican: 1. De acuerdo a su posición jerárquica: constitucionales o inmediatos; subordinados o mediatos 2. De acuerdo a su estructura: individuales; colegiados; asambleas 3. Según que la función se cumpla por uno o varios órganos: simples o complejos 4. De acuerdo a su función: legislativo, ejecutivos o judiciales 5. Según su relación con el pueblo: representativos o no representativos 6. Según sus facultades: magistrados; funcionarios y empleados La constitución no se refiere a órganos sino a autoridades y empleos. • •
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El pueblo actúa como un órgano primario en el acto de elección de sus representantes, creándose un vínculo persistente entre pueblo y representantes. El pueblo exterioriza su voluntad con el sufragio, adquiriendo significación por medio de sus órganos secundarios. -
Teoría del oficio 2 En la doctrina española de servicio público (tesis abandonada), el gobierno es un oficio, es un lugar donde cada uno o alguien desempeña una tarea. Los españoles hablan de monarquía, donde hay un órgano-oficio. El órgano continúa siempre, el oficio se reemplaza.
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Teoría de la representación (Bidart Campos) La representación política es elemento esencial, inseparable del régimen democrático en su generalidad, y prácticamente única manifestación contemporánea: la democracia indirecta. La forma de gobierno democrática, más comúnmente practicada, porque es de ordinario la única practicable, es la democracia indirecta, llamada representativa. La soberanía reside en el pueblo, la única forma posible de que una democracia opere en las naciones modernas es mediante la representación, configurando una democracia representativa o indirecta. Justo López considera que la función representativa emana directamente del principio de la soberanía del pueblo. Desde que los asociados son numerosos y se encuentran en un territorio demasiado extenso como para ejercitar ellos mismos su voluntad, el tipo ideal de un gobierno perfecto no puede ser otro que el representativo. Según Malberg, el pueblo mismo gobierna o se considera que gobierna, pero por medio de representantes agrupado en instituciones. Crítica a la teoría representativa: La representación arranca del supuesto de que el pueblo es una unidad susceptible de representación, y la verdad es lo contrario: el pueblo reúne a una pluralidad de intereses, de individuos y de sectores que carecen de homogeneidad, y que tampoco pueden adquirirla.
BOLILLA VIII Participación y Representación política Según López Justo, la representación política es elemento esencial, inseparable del régimen democrático en su generalizada y prácticamente única manifestación contemporánea: la democracia indirecta. La forma de gobierno democrática, explica Dobin, más comúnmente practicada, porque es de ordinario la única practicable, es la democracia indirecta, también llamada representativa. Concepto: es la situación objetiva por la cual la acción de los gobernantes se imputa a los gobernados, siendo para estos de efecto obligatorio, siempre que se ejercite en su nombre y con su aprobación expresa. - En el derecho civil, la representación es una institución jurídica por la cual una persona, en nombre y por cuenta de otra, realiza uno o más actos jurídicos, cuyos efectos se producen con relación a la persona representada. El representante está obligado personalmente a reparar los perjuicios que cause a su mandante por traspasar los límites del mandato, pudiendo ser destituido.
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Los representantes de los municipios y corporaciones medievales revestían el carácter de mandatarios, estando sujetos a las instrucciones. El contrato de representación era de derecho civil. - Con la revolución francesa, el mandato imperativo es desplazado por la representación libre. El mandato imperativo fue la forma de representación tradicional durante la edad media, o 2 y la representación no tiene carácter individual, sino colectiva. El mandato representativo es consecuencia, en principio, de soberanía y unidad o nacional. La voluntad del representante es la voluntad de la nación. -
Justificación de la representación política a) Justificación ética: el diputado, representa a la nación sin dejar de ser, por una exigencia ética, el representante virtual de sus electores, pero sin sacrificio de su condición de custodia de los intereses nacionales. (Burke) b) Justificación política: la diversidad de intereses dentro de la comunidad, requiere de un grado de coordinación. Hay una función política que cumplir, la de hacer posible la unidad política, la reducción de las diferencias a un solo interés: el de la comunidad política. (Thomas Paine, Friedrich y Justo López) c) Justificación por razones de necesidad material: a. Rousseau reconoce como única justificación la extensión territorial y el volumen de la población de los estados modernos, pero la subordina a la existencia del mandato imperativo y a ratificación popular, para que sus decisiones puedan tener fuerza de ley. La soberanía no se delega, y la voluntad general no se representa. b. Sieyés fundaba el régimen representativo en “la falta de tiempo necesario” por parte de la mayoría de los ciudadanos para ocuparse de los asuntos políticos. c. Montesquieu sostiene que la falta de “capacidad” del pueblo para gobernarse por sí mismo y su necesidad de ser guiado, justifica materialmente la representación política Naturaleza de la representación política a) Teoría del mandato representativo: esta teoría identifica nación con cuerpo electoral, atribuye a la elección funciones de designación y delegación de poder, y reconoce a la nación que es una universalidad abstracta, una voluntad y una potestad preexistente a la formación de los órganos legislativos. b) Teoría de la representación libre: (clásica) excluye toda idea de mandato en la representación política, ello estando el representante sujeto a otra voluntad que la propia, no es representante de los electores, sino de la nación. La nación no es el cuerpo electoral, ni la elección otra cosa que un procedimiento de designación, no de transmisión de poder. c) Teoría de la representación virtual: el representante ejerce la representación virtual de los deseos y opiniones de los electores, en la medida que sean compatibles con su condición de representantes de la nación y del interés general. d) Teoría alemana de los órganos de representación: sostiene que las personas o cuerpos encargados de la actividad funcional del poder en el Estado son jurídicamente órganos, y aquellos cuya composición resulta del voto del pueblo (órgano primario), son órganos secundarios. Los representantes son órganos cuyas funciones y facultades derivan de la constitución. e) Teoría francesa de los representantes como órganos de la nación: difiere de la teoría alemana al considerar a los representantes como órganos de la nación, entendiendo que el régimen representativo no es un sistema de representación de la persona y de la voluntad nacional, sino un sistema de organización de la voluntad y de las personas nacionales. El órgano es el autor de la voluntad. f) Teoría de la investidura: lo que los gobernados hacen, mediante la elección, es investir de poder a los gobernantes, quienes lo ejercen con carácter autónomo dentro de los límites de su competencia. Más que representantes, deben ser considerados como gestores de negocios. Criterios que impugnan la idea de representación: a) Kelsen sostiene que se trata de una ficción destinada a ocultar la realidad jurídica, que no es otra que la de la independencia real del parlamento respecto del pueblo. b) Roger-Collard consideraba a la representación como una metáfora, toda vez que la representación no puede darse más que cuando el representante queda subordinado a la voluntad del representado, es decir: cuando existe mandato imperativo. 27
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No obstante estos criterios, la representación política existe, es una relación de hecho, cuyo fundamento no es jurídico sino político. Tiene origen en una pluricausalidad debiendo verse en ello una relación de concordancia entre la acción del representante y la opinión o voluntad de los representados.
Participar: es tomar parte o tener parte en algo, o sea actuar o ser partícipe como integrante de un todo, pero cuando se habla de participación en el gobierno o en decisiones políticas, se piensa en una 2 intervención directa del sujeto sin intermediaciones en aquél o en la adopción de estos; o sea que cuando así se piensa en representación y participación representan conceptos distintos. Participación: modo de acción propia del ciudadano en la democracia directa. En la argentina, después de 1966, la palabra participación se usa para designar mecanismos de representación no políticos, o sea mecanismos de representación basados en la entidad de función social o económica entre representantes y representados, que se utilizan como modos de comunicación entre el gobierno y las fuerzas vivas de la comunidad, por ejemplo el Consejo de Asesores. En un sentido más amplio, dentro de los regímenes políticos, la expresión “participación política” se usa para designar aquella actividades en las que la gente común toma o puede tomar parte tales como: votar en las elecciones, militar en un partido político, asistir a actos políticos, apoyar a candidatos, presionar sobre los dirigentes, difundir información política, etc. Hay diversos niveles de participación, según la intensidad del compromiso personal implícito y la actividad desplegada: - Presencia: comportamientos receptivos o pasivos, sin aporte personal. - Activación: asumir actividades políticas, ser delegado para ellas, promoverlas. - Participación propiamente dicha: contribuir directa o indirectamente a la estructuración y dinamización de situaciones políticas. La participación política, dentro del sistema, tiene dos efectos principales: por una parte, facilita el pleno cumplimiento de la normativa electoral, con lo que el gobierno es legal; por otra, permite la emergencia del consenso, con lo que el gobierno alcanza legitimidad. Como consecuencia de la legalidad-legitimidad, el gobierno es representativo. Sufragio Concepto: es un derecho público subjetivo de naturaleza política. Consiste en el derecho que tienen los ciudadanos de elegir, ser elegidos y participar en la organización y actividad del poder en el Estado. También puede ser concebido como la energía política reconocida a ciertos hombres para que elijan y participen en el gobierno de la comunidad. Naturaleza Jurídica Se han formulado diversas concepciones sobre la naturaleza jurídica del sufragio. Estas concepciones han sido sistematizadas con el objeto de reducirlas a una serie de tipos esenciales: 1) Sánchez Agesta enumera las siguientes concepciones: a) Concepción histórica o medievalista: el sufragio es un privilegio personal, de estamento o clase b) Concepción clásica: el sufragio es un derecho de la ciudadanía c) Concepción jurídica: el sufragio es la función de un órgano (cuerpo electoral) para la formación de otro órgano (órgano representativo) d) Concepción personalista: el sufragio es un derecho individual o personal a participar y ser oído en las decisiones políticas 2) Xifra Heras clasifica las concepciones en: 1. Doctrina clásica grecorromana: el sufragio es un atributo de la ciudadanía y la ciudadanía el privilegio de unos pocos 2. Doctrina medieval: el sufragio es un privilegio feudal inherente a un status concreto, como el derivado de la tierra a la pertenencia o a una clase determinada. 3. Doctrina Iusnaturalista: el sufragio es un derecho natural del individuo 4. Doctrina de la soberanía nacional: el sufragio es un derecho de la ciudadanía, y la ciudadanía una investidura conferida en función de la nación, titular concreto de la soberanía 5. Doctrina del positivismo jurídico: el sufragio es un derecho individual que se traduce en el reconocimiento por parte del Estado de la calidad de elector que reviste el titular 6. Doctrina de la contraprestación: el sufragio es la contrapartida de deberes públicos como el pago de un impuesto y el servicio militar 28
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Doctrina funcionalista: el sufragio es un derecho de carácter funcional. Tiene dos variantes: a. La que sostiene que el sufragio es una función pública no estatal b. La que lo define como una función pública estatal Las distintas concepciones se polarizan en considerar al sufragio: - Como un derecho 2 - Como una función - Calificados autores enlazan el sentido individual y social del sufragio y lo consideran un derecho y una función simultánea, sucesiva o separadamente 7.
Bases jurídicas del sufragio - La universalidad, la igualdad, la obligatoriedad y el secreto constituyen las bases jurídicas del sufragio - El sufragio asegura la autonomía de la voluntad política, el autogobierno del pueblo. Requisitos generales del sufragio - La ciudadanía - La edad - La inscripción en el registro o padrón electoral El sexo debido al reconocimiento universal del voto femenino, ha dejado de ser requisito general •
Requisitos especiales Son requisitos que se aplican al sufragio restringido o calificado, y están fundados en exigencias económicas, intelectuales o sociales. En los estados modernos se da el sufragio universal, opuesto al restringido, por lo que no están condicionados por tales exigencias. Clasificación o
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Voto público: el sufragio se emite en voz alta o por llamamiento personal. Individualiza el voto, permitiendo toda clase de presiones sobre el elector. Voto secreto: el sufragio se emite con la garantía de no poderse individualizar el voto. Sufragio facultativo: el elector puede abstenerse de votar sin que se sancione su omisión. (voto no obligatorio) Sufragio obligatorio: el elector se encuentra legalmente obligado a votar, con posibilidad de sanciones morales o pecuniarias. Lo obligatorio es el ejercicio. Sufragio individual: el sufragio es un derecho político cuyo titular es el individuo, en cuanto es miembro activo de la comunidad política. Sufragio corporativo: pretende sustituir al individuo por la asociación. Fatalmente conduce al totalitarismo o a la dictadura. Sufragio directo: elige directamente, sin intermediarios, a sus representantes. Sufragio indirecto: el elector elige a terceros que proceden a elegir al representante. Sufragio uninominal: el elector vota por un candidato en una circunscripción determinado. Sufragio plurinominal: el elector vota por una lista de candidatos.
Incapacitados para votar: - Por falta de discernimiento (sordomudos) - Por su estado o condición (eclesiásticos regulares, detenidos, mendigos) - Por su indignidad (quebrados, fraudulentos, testimonio falso, etc.) Sistema electoral Son los distintos métodos utilizados para el cómputo de los votos y la elección de los candidatos. Cuerpo electoral 29
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Es el nombre con el que se designa a aquel sector del pueblo que es sujeto de votaciones, es por lo tanto una pluralidad de ciudadanos.
Clasificación del sistema electoral – sistemas mayoritarios, minoritarios y mixtos a) Mayoritarios: parten del principio de que la representación corresponde al candidato, grupo o partido que obtiene mayor cantidad de votos. La mayoría puede ser: 2 1) Absoluta: gana el candidato o partido que obtiene la mitad más uno de los votos válidos. Da origen a repetir las elecciones hasta que se obtenga dicha mayoría. -ballotage 2) Relativa: atenúan la rigidez de la mayoría absoluta. Quién obtiene la simple mayoría gana la elección. b) Minoritarios: 1) Tipos empíricos: i. Lista incompleta o voto restringido: es un mecanismo corrector de los sistemas mayoritarios, confiere cierta participación a alguna de las minorías. -Confiere las 2/3 partes de las bancas que reuniera mayor número de votos y el tercio restante a la expresión que concluye en segundo lugar. 2) Tipos proporcionales: apuestan a que la representación política obtenida por un partido sea fiel reflejo del número de votos obtenidos. En la representación proporcional, hallamos un compromiso con la equidad y la igualdad. Los dos tipos más conocidos son: i. Hagenbach: se sujeta a un procedimiento que consta de tres etapas: En la primer etapa, se suman los votos obtenidos por cada uno de los competidores, para determinar el total de sus fragantes En la segunda, se divide esa cantidad por el número de bancas a llenar En la tercer etapa tal cifra repartidora es la que, tantas veces esté comprendida en el número de votos de los partidos, le permite definir cuantos escaños obtienen ii. D’hont: Empezó a aplicarse en la argentina a partir de 1957, y desde entonces es el mecanismo utilizado para la elección de diputados nacionales y convencionales constituyentes. Su procedimiento consta de 3 pasos: Primero, se divide el número de voto obtenidos por cada parcialidad por uno, dos, tres, y así hasta llegar al número de bancas a cubrir Luego se ordenan de modo decreciente los cocientes obtenidos hasta llegar al número de bancas a cubrir Las veces que esté comprendida la cifra repartidora en los guarismos de cada uno de los partidos determina el número de escaños alcanzados c) Mixtos: tratan de armonizar el principio mayoritario con la representación proporcional. Tiene aplicación respectivamente en Francia, en Italia y en Alemania. Son producto de negociaciones políticas y se basan preferentemente en el sistema de listas. Se dividen en plurinominales y uninominales. En general, o bien confieren a la mayoría una representación superior a la que resultaría de la aplicación del sistema proporcional integral, mediante primas a la mayoría, como en Italia, o bien eligen la mitad de los representantes por el sistema de mayoría relativa y la otra mitad por el sistema proporcional, como en Alemania. •
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La opinión popular Es un estado de conciencia colectivo acerca de cuestiones de interés público, que se caracteriza por ser racional e irracional a la vez, calificad, móvil, socialmente condicionada y sujeta a estímulos externos. Es un juicio que se exterioriza. Elementos esenciales 1) Sujeto titular: el sujeto de la opinión público no es cuantitativo; ese titular o sujeto está constituido por una serie de conjuntos humanos, cada uno de ellos de composición indefinida y cambiante, y unidos solamente por su condición de protagonistas (distintos), de un mismo proceso, por lo tanto la opinión pública tiene un sujeto múltiple, anónimo e indeterminado, sin límites precisos, pudiendo ser nacional, vecinal, regional, mundial, etc. 2) Objeto o contenido: estado de conciencia sobre cuestiones o hechos de interés público. El objeto o contenido debe definirse separando cada uno de sus términos: 30
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a. Opinión: un saber intermedio entre la certeza y la ignorancia b. Pública: no es individual, no es secreto, es de interés general, que posee diversa naturaleza. Receptúan hechos accesibles y generales de la actualidad y debe ser controvertible. 2) Caracteres: a. Es racional, pues sólo se expresa por medio de una actividad intelectual de 2 razonamientos, e irracional, debido a su naturaleza controvertible. b. Es calificada, no es la opinión de la mayoría. c. Es móvil y fluctuable, nunca se la puede conquistar definitivamente por sus variados cambios y estímulos que recepta. d. Obedece a estímulos externos, influyen en ella su educación, la propaganda, la información, la acción de fuerzas políticas, etc. e. Es socialmente condicional, pues según la estructura social existente, variará el carácter de la opinión pública.
Importancia de la opinión pública La opinión pública es una de las nociones fundamentales de la ciencia política y uno de los factores esenciales de la sociedad humana. Ella constituye un elemento fundamental para la justificación de la autoridad. Tiene el carácter de una institución vital, irremplazable e irreductible, que si bien pueden sus enemigos desnaturalizarla, en modo alguno pueden prescindir de ella ni de su influencia moral y política. La opinión pública surgió y se desarrolló directamente vinculada a la democracia constitucional. La democracia posibilita y favorece el desarrollo y formación de la opinión pública, pues esta se consolida en la libertad de expresión, información, prensa, reunión, etc. Igualmente, la opinión pública es necesaria para el buen funcionamiento de una democracia.
BOLILLA IX Formas institucionales y factores reales del poder - La constitución posee una parte orgánica donde se establecen los poderes y sus respectivos equilibrios, poderes de freno y contrapeso. Estas son las formas institucionales. - Detrás de estas formas hay un marcado dinamismo, un fin constante por el cual van cambiando las cosas. Surgen nuevas agrupaciones y los hombres vuelven a reunirse y agruparse, a unirse por sus actividades o fines culturales, laborales, ideológicos, etc., pero funcionando por debajo de las estructuras institucionales, tales agrupaciones son los factores reales o grupos reales de poder. - Está la estructura constitucional, que es un régimen político, que es el reparto de poderes por un lado, y por el otro el individuo por medio de las agrupaciones intermedias. Esas agrupaciones intermedias son el partido político o grupo de personas organizadas en forma estable y permanente, con afinidades ideológicas y con el propósito de llegar al gobierno para realizar un programa. 31
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Los Partidos Políticos Concepto Son grupos sociales que tienen por finalidad alcanzar el poder, para realizar sus programas, es decir, gobernar la sociedad a través del Estado. Se organizan en base a la solidaridad de intereses ideales y materiales. Existen respondiendo a los móviles políticos de la actividad humana, en su conjunto, 2 reflejan la estructura social, coexistiendo como fuerzas de cooperación y de lucha, participando en la elaboración de las normas jurídicas y de las instituciones. Burke: “Un núcleo de hombres unidos para promover, mediante un esfuerzo conjunto, el interés nacional, sobre algún principio particular sobre el cual todos están de acuerdo” Jellinek: “Grupos que mediante convicciones comunes relativas a ciertos fines del Estado tratan de realizar esos fines concretos” Rasgos generales: a) Volumen o cuerpo partidario y electoral: está dado por la cantidad de afiliados que componen el volumen, y por la cantidad de electores que componen el cuerpo electoral. En el cuerpo partidario puede distinguirse: el núcleo dirigente; los militantes; los adherentes. b) Estructura interna y externa: constituida por la organización partidaria, sus estatutos y reglamentos. Órganos, autoridades, y la forma en que se articulan. c) Programa: contenido ideológico o espiritual del partido (sistema de expectativas) d) Funciones: 1. Electorales a. Encuadrar la opinión y la voluntad electoral, coordinar la acción política b. Educar al ciudadano, capacitándolo políticamente, servir de nexo entre el gobierno y la opinión pública 2. Gubernamentales a. Seleccionar al grupo de dirigentes para cumplir las funciones de gobierno b. Proyectar y planificar la política del gobierno y controlar su ejecución e) Se manifiestan: 1. Como estructuras, organizaciones o aparatos apropiados para la contienda electoral, y alcanzar el poder por medio del sufragio 2. Como instrumentos de gobierno, que las democracias orgánicas actúan como mecanismos institucionalizados Sistemas 1) Monopartidista o de partido único: típico de los estados totalitarios y autoritarios, en los que el partido aparece identificado con el régimen, que hace suyo su programa y trata de implantarlo a toda la comunidad. 2) Bipartidista: sistema en el cual dos grandes partidos influyen en la vida política del Estado. 3) Pluripartidismo: juegan real y efectivamente en la competencia política más de dos agrupaciones, aún cuando una sola pueda asumir la preponderancia. Reglamentación legal de los partidos políticos El status legal de los partidos tiende a surgir de cuatro fuentes: 1) Los constitucionales: en la mayoría de las recientes constituciones, los partidos políticos se encuentran reconocidos. Pero en general, los partidos tienen vida extraconstitucional (Argentina) 2) La constituciones estaduales o provinciales: en la mayoría de estas, se encuentran artículos que se aplican directamente a los partidos 3) Leyes del congreso: este tipo de regulación jurídica de los partidos se ha convertido en la forma más común de reconocimiento de su carácter institucional (por ejemplo, la Ley orgánica de los Partidos Políticos, en el caso de Argentina) 4) Leyes provinciales o estaduales: - por ejemplo, EEUU Organización normal de un partido político 1) Junta electoral: a. Comité o consejo: órgano ejecutivo b. Convención: órgano legislativo c. Tribunal ético o de conducta: órgano judicial
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4) Comité Departamental 5) Comité Sancional
Grupos de Presión Lo grupos sociales se organizan y actúan persiguiendo finalidades económicas o extraeconómicas. Estos grupos pueden actuar como: 2 1) Grupos de interés: para el logro de sus fines se relacionan con el poder político procurando influir en una decisión gubernamental, mediante la petición formulada públicamente a las autoridades encargadas de las funciones legislativa, ejecutivas o administrativas. Actúan dentro del orden legal y ejercitan el derecho de peticionar a las autoridades. 2) Grupos de presión: tienen lugar cuando las defensas de sus intereses exceden el marco del ejercicio legítimo del derecho de petición. Sin alterar el orden, coaccionan a las autoridades para obligarlas a satisfacer sus demandas. Ellos despliegan frente al poder político, poder económico. Temen la convulsión social y la anarquía. Anhelan mantener o acrecentar su situación de privilegio o seguridad y no buscan la nivelación económica. Emplean el soborno y la corrupción, apoyan financieramente a los partidos o candidato, crean estados de opinión, centros de difusión, y utilizan los distintos medios de comunicación para justificar sus pretensiones y obtener la decisión gubernamental que les interesa. 3) Grupos de tensión: provocan la anormalidad y se colocan al margen de la legalidad en procura de seguridad material. Tratan de desarticular el orden público. No temen la convulsión social ni la anarquía, tratan de mejorar sus condiciones de vida, y buscan la nivelación económica. Despliegan poder social •
Estos dos últimos son formas operativas de los grupos de interés
Tecnocracia El poder político no puede tener una total cosmovisión del mundo actual, debido a ello, nacen y aparecen en escena los técnicos, los tecnócratas. La palabra tecnocracia se originó en los escritos de la primera posguerra de los Estados Unidos, y se generalizó luego durante el New Deal, pudiendo alcanzar diversos significados: 1) Forma o concepción del poder como sociedad directorial 2) Manera de cómo se manifiestan los asuntos públicos 3) La más acertada: “proceso en el cual los expertos se hacen cargo de la funciones que corresponden a los responsables políticos” Causas que dieran origen a la tecnocracia: 1) Complejidad de problemas 2) Gran adelanto de las comunicaciones 3) Gran extensión de la intervención del Estado 4) Gran especialización de problemas Poder militar Son grupos orgánicos y organizados cuyo objetivo es proteger la soberanía interior y exterior. Dentro del margen de constitucionalidad, deben permanecer al margen del poder político. Su función la reglamenta el artículo 86 de la Constitución Nacional. El poder militar solo tiene una función de carácter social dentro del poder del Estado, pero no fuera de él. Las FFAA son concebidas como una institución constituida socialmente para el ejercicio del poder del Estado en la defensa militar. La Iglesia Ningún autor sostiene que la Iglesia, a pesar de su poderío, sea superior al Estado o posea jurisdicción política. El Papa es gobernante temporal en su Estado y jefe de la Iglesia, pero ningún gobernante recibe potestades del él. Pero sucede que los intereses, tanto del Estado como los del papa, convergen en un solo punto. Todo lo cual lleva a la Iglesia a su intervención, aunque esos temas hayan sido delegados al Estado. Las relaciones entre Iglesia y Estado han sido un tema constante en la historia política. En el carácter universal y máximo de la Iglesia, la hacen actuar en un nivel de poder político como un ente o grupo paraestatal, de ahí que se han incorporado diversos sistemas de vinculación entre Iglesia y Estado, y se 33
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han formulado tesis como la del poder indirecto por la cual la Iglesia tiene poder para intervenir en las llamadas cuestiones mixtas (familia, divorcio, enseñanza, etc.) - Los sistemas clásicos de vinculación son los siguientes: Sistema de unión o de armonía perfecta: el Estado se subordina a los principios católicos y admite la supremacía religiosa en las cuestiones mixtas. Sistema de concordato o de colaboración: el Estado trata a la iglesia de igual a igual,2 acuerda por contrato, tratado o acuerdo los diferentes campos de acción de Estado e Iglesia. Sistema de separaciones e independencia: el Estado considera a la Iglesia como una institución de derecho privado y la somete al régimen de asociaciones del derecho común. Sistema de la oposición o supremacía civil: no hay autonomía reconocida por el Estado a la Iglesia, por lo tanto, absorbe la jurisdicción espiritual de la Iglesia. - En nuestro país, rige el sistema del patronato, el presidente o autoridad interviene en las cuestiones religiosas proporcionando los candidatos a los más altos cargos eclesiásticos. El patronato, por lo tanto, es una facultad constitucional del régimen argentino y deriva de la soberanía. Argentina se relaciona con la iglesia bajo las siguientes condiciones: Ayudar financieramente a la iglesia católica o Adopta la libertad de cultos, sin igualdad de cultos o Patronato como atributo exclusivo del gobierno federal o o
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Las
fuerzas armadas son órganos estatales por lo tanto integran el gobierno, no pudiendo ser grupo de presión.
BOLILLA X La Democracia Concepto Rousseau: (contrato social) la considera como el gobierno de todo un pueblo, o de su mayoría. Aristóteles: considera que es el gobierno de la mayoría en interés del bien general. Locke: como el gobierno de la mayoría, cuando el mayor número tiene el poder legislativo. Kelsen: como una forma de vida, donde el orden social es engendrado por el pueblo, existiendo identidad entre gobernantes y gobernados. Es, esencialmente, un sistema de partidos. El concepto: - Como idea, la democracia implica el dominio del pueblo sobre sí mismo, y en consecuencia una concepción del hombre y de la sociedad. - Como forma de vida, expresa la plenitud de la personalidad humana, a través de un orden igualitario y libre. Niega toda forma de opresión y arbitrariedad. 34
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Como técnica gubernamental, es el gobierno del pueblo o el gobierno del pueblo por el pueblo, mediante mecanismos institucionales que aseguran: la participación; el contralor del pueblo en y sobre el gobierno. - Como régimen político, es tributario del liberalismo y socialismo. Se resume en el imperio de la igualdad, la libertad y la justicia. - Como legitimación del poder, es en la actualidad, la única forma de justificación del poder. 2 La democracia es por excelencia una forma de gobierno y un régimen político. Puede haber democracia en formas políticas no estatales. -
Doctrina democrática - Tiene por esencia la libertad y la igualdad - Se propone la supresión de la desigualdad social y económica y la identidad entre gobernantes y gobernados - Su objeto es el máximo desarrollo de la personalidad humana – rechaza la estatificación social - El gobierno es producto de la participación responsable de todos - Cada individuo goza de derechos individuales y sociales Clasificación Según la forma de intervención popular: - Democracia directa: el pueblo por sí mismo, se da sus leyes sin representantes ni mandatarios. – ej. Atenas - Democracia indirecta o representativa: el pueblo no gobierna ni delibera sino por medio de sus representantes. Es una consecuencia de la amplitud territorial y densidad poblacional; de régimen liberal; de la especialización de las funciones y complejidad de la actividad estatal. Afirma la existencia de la nación y no es incompatible con la adopción de democracias semidirectas. - Democracia semidirecta: posibilita la participación del pueblo en el proceso de formulación de las decisiones del poder en el Estado. Combina la idea de la democracia directa con la idea de la democracia representativa, y sin llegar a sustituir por entero a esto, satisface el requerimiento de participación directa que caracteriza la vida política contemporánea. Referéndum: derecho del pueblo de intervenir directamente en la formulación y sanción de las leyes. Se hace efectivo mediante un procedimiento de consulta al cuerpo electoral, a fin de que este apruebe o desapruebe las resoluciones adoptadas por algunos de los órganos del poder del Estado. Iniciativa Popular: derecho de una parte del cuerpo electoral a presentar un proyecto de ley para su necesario tratamiento por las asambleas legislativas, o bien exigir la consulta popular sobre cuestiones legislativas determinadas. Plebiscito: derecho reconocido al cuerpo electoral para intervenir excepcionalmente y extraordinariamente en la ratificación de un acto esencialmente político, de naturaleza constitucional o gubernamental. Revocación popular: derecho de una parte del cuerpo electoral a peticionar la destitución o separación de aquellos funcionarios electivos que han dejado de merecer confianza (recall). Apelación de sentencia: es una variante del recall, aplicable a las decisiones judiciales que declaran la inconstitucionalidad de una ley. o
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Distintos Aspectos de la Democracia Individual Nace con las revoluciones de Inglaterra en 1681, Estados Unidos en 1776 y en Francia en 1789. Es el proceso, en el cual el hombre consigue su plena libertad en el seno de la sociedad, la democracia está íntimamente ligada a la idea de libertad. El liberalismo es el resultado de la filosofía política individualista, de ahí que en tales revoluciones surgen simultáneamente una revolución liberal, una democrática y una social. Con estas revoluciones, el poderío pasa a radicarse en la Nación, se proclaman los derechos individuales y las libertades políticas, es el auge del estado liberal. Social 35
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Su fundamento reposa sobre los derechos del hombre en el contacto de ideas en el que se sitúa la democracia social. El derecho llega a coincidir con la exigencia de un mínimo vital concebido en un sentido amplio, atendiendo tanto necesidades espirituales como materiales. El hombre no queda satisfecho con el aseguramiento de sus libertades individuales, avanza más allá y reclama del Estado un papel protagónico que le asegure no sólo la igualdad política sino también la igualdad social y económica.2 Los textos constitucionales modernos afirman la existencia de derechos sociales como el derecho al trabajo, a la libertad en las contrataciones, etc. En Argentina es el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
Industrial La democracia industrial sigue distintos modos de participación. En la 2da guerra mundial la lucha era total y se asolaban las ciudades industriales, lo que produjo la necesidad de tener una alta renovación, se necesitaba gente y que esta se encontrase conforme en tiempos de paz como de guerra. Surgen asistentes sociales que indagan las relaciones entre obreros y el patrón, no obstante su tarea es deficiente, y surge entonces el papel del delegado de las fábricas, personaje que lleva al gerente los problemas de los obreros. Lo gerentes son también empleados, por eso necesitan buenas relaciones entre empleados y obreros, y lograr de esa forma una participación por distribución en efectivo (aguinaldo), o fijando salarios. Pueden incluso participar los obreros en el control con voz en la asamblea o más bien obtener el máximo grado de participación por medio del voto. Cristiana El cristianismo es una cosmovisión que se ha canalizado por la vía política, establece la misión del hombre en la sociedad, en la familia y en el trabajo; todo eso quiere llevarlo al Estado. Para el cristianismo, el hombre libre es su dogma en la naturaleza, es el ser fundamental de la actividad política. El pensamiento social cristiano no se compromete con ningún sistema o política determinada, su obligación sin embargo consiste en denunciar los sistemas injustos y proponer soluciones (por medio de encíclicas). Hoy día se puede hablar de que el cristianismo propone una forma de socialización como sistema preferido. Los grandes problemas de la democracia La Competencia La democracia no es sino un método regulador de la conducta de la lucha de la competencia. Ser políticamente competente no significa conocer cuál es la decisión más adecuada y perfecta en cada momento, tiempo y lugar, sino determinar que actos o medidas pueden resultar más plausibles y prácticos atendiendo a las contingencias y situaciones que condicionan las mismas. En la práctica, la toma de decisiones políticas no suele venir determinada por el criterio exclusivo de la mayor o menor competencia de quien toma ese decisión, sino por un cúmulo de circunstancias que es necesario superar en cada momento concreto. Si la política fuese una cuestión de mera competencia técnica, sobrarías las políticas, y en su lugar deberían gobernar los expertos. La realidad es muy diferente como lo muestra la facilidad y frecuencia con los que miembros de la elite política, como por ejemplo los ministros, cambian de cartera en función de circunstancias políticas que, desde luego, poco y nada tienen que ver con la competencia técnica. Schunpeter cree necesaria la existencia de un liderazgo competente que cuente con una administración burocrática y un sistema parlamentario adecuado, porque considera que la mayor parte de la ciudadanía no se haya interesada y además no resulta capacitada para la actividad política. En su análisis sobre el comportamiento humano y en su relación con la democracia, Schunpeter aborda el doble aspecto del desinterés y la falta de formación política de los ciudadanos. La Técnica El proceso de burocratización se caracteriza por la tecnificación en virtud de la cual se requiere, cada vez con mayor intensidad, la utilización de técnicas especiales. El problema consiste en que debido a su creciente desarrollo, las técnicas usadas por el gobierno tienden a liberarse de su situación subordinada de medios e instrumentos, para tener acceso al plano en el que se toman las decisiones. El Estado de nuestros días posee muchos cometidos y ya no es un estado dualista, estado-sociedad, que dentro del régimen liberal clásico, movió los mecanismos compensadores, por lo que es imposible compensar los errores técnicos. 36
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El Estado de nuestros tiempos no puede prescindir de la técnica, no puede errar, las equivocaciones pueden ser mortales. El desarrollo de las técnicas ha influido tanto con respecto a la estructura como a la función del poder del Estado y que ello se advierte a través de las distintas etapas de la decisión política. El desarrollo de la técnica tiende a provocar una disociación entre el poder y el derecho, las técnicas persiguen el mejor resultado con una prescindencia de valoraciones éticas y además, al aumentar el conocimiento de la2 realdad, obstaculiza algunas soluciones ideales. En el ámbito de la decisión, las técnicas tienden a reemplazar la intuición fulgurante por la reflexión informada. Las consideraciones técnicas limitan el campo de las opciones posibles, pues lo propio de la solución técnica correcta es ser única. Finalmente, en el campo de la ejecución, el papel de las técnicas es todavía mayor. Ellas multiplican los medios de hacer efectiva la voluntad de quienes la manejan. La subordinación de las funciones a las exigencias técnicas conduce a un desplazamiento del centro de autoridad real. El poder pasa a quienes son de hecho capaces de ejercerlo, aunque legalmente la decisión emana de los órganos constitucionales.
Eficacia No se acepta la democracia por sus virtudes intrínsecas, sino por los efectos de otros sistemas. Es una opción por exclusión, no se vive la democracia, simplemente se la soporta. Los sistemas políticos democráticos actuales, cada vez se hayan menos capacitados para atender de forma ideal y efectiva a dos de sus aspectos básicos como son, de un parte, el control de los gobernados sobre los gobernantes, y de la otra, el control mutuo entre los gobernantes. Legitimidad y eficacia aparecen estrechamente interrelacionadas, de modo que un régimen aumentará su grado de aceptación en función de su mayor o menor eficacia. La “eficacia democrática” corresponde al rendimiento del sistema democrático, lo que para Dahl es la capacidad de los gobiernos para resolver los problemas básicos, o lo que los ciudadano consideran de mayor importancia. Una menor eficacia de la democracia produce una insatisfacción o descontento político, lo cual surgiría de la evaluación que hacen los ciudadanos del rendimiento del régimen o de las autoridades, así como los resultados políticos que generan. Las elites Son la forma más clara de liderazgo pluralista, es el grupo dirigente formado por un conjunto de individuos destinados a ocupar los puestos de bando en el grupo social. Lo unifica la capacidad de poseer o llegar a ocupar los cargos directivos, sin embargo, llevan en sí el peligro de la corrupción, de su propia corrupción por una tendencia natural a ser un círculo cerrado. La democracia en la actualidad Se ha pasado de la democracia política a la democracia social, de la democracia gobernada a la democracia gobernante, y se enfrentan la democracia pluralista occidental con la autocracia marxista. Existe una transferencia del poder de la nación al poder del pueblo real. Los partidos políticos, los sindicatos, los grupos de interés, han transformado el contenido nacional de la democracia en una relación de fuerzas, aún no institucionalizadas. El poder ha quedado a merced del pueblo real: hay una extensión de las instituciones políticas, con la adopción de formas semidirectas; el poder controla la vida económica y social, con miras a la plenitud de la personalidad humana. En la escena política, el ciudadano cede su lugar al hombre “situado”, condicionado por su trabajo, o su clase social y sus intereses; y la nación al pueblo real, cuya voluntad se expresa a través de los partidos políticos, los sindicatos y los grupos de interés. Dos técnicas de gobierno se enfrentan en la sociedad actual: una significa libertad, revolución por ley, ir a la libertad por ley; la otra significa tiranía, revolución por la fuerza, ir a la libertad por la dictadura. Estas últimas son rígidas autocracias de partido único que someten la totalidad de la vida humana al dominio de una burocracia monolítica.
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BOLILLA XI Teorías y Sistemas políticos Según Dahl, un “sistema” es un “grupo de objetos reales que actúan entre sí”, y un “sistema político” es “cualquier sistema persistente de relaciones humanas que comprende, en una extensión significativa, gobierno, autoridad o poder”. Según Easton, el “sistema político” es un todo entrelazado en un circuito de proceso único, constituido por una serie de acciones en doble sentido: - De la sociedad sobre el Estado - Del Estado sobre la sociedad
El panorama de las ideologías que actúan como sustentación de los regímenes políticos de nuestro tiempo nos proporciona una visión de fines atribuidos concretamente a la organización política. Más aún, toda ideología contiene esencialmente una concepción del hombre, de su lugar y función en la sociedad y en el Estado, y un sistema de ideas sobre el pasado y el presente; un plan vital para el futuro, y un método de acción para el logro del orden social apetecido. 38
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Iusnaturalismo La doctrina histórica del derecho natural aparece con los griegos y romanos, con la doctrina de los estoicos de Cicerón, y con la cristina. Sin embargo, la escuela iusnaturalista se consolida definitivamente con las escolásticas medievales, con Santo Tomás como su máximo exponente. - En Grecia, el iusnaturalismo se da en base al reconocimiento del principio universal. La nación es una exaltación de la personalidad. 2 Los estoicos establecieron la preeminencia de lo racional sobre los sentidos, decían que la ley natural gobierna al mundo y que todas las cosas son parte de un sistema, por lo tanto, la vida humana se encuentra en armonía con la ley natural, es el universalismo político del tipo cosmopolita, la libertad del hombre es un don, el sentido individual. - En Roma, Cicerón se inspira en las semejanzas griegas y sostiene que existen derechos que están más alto, ese derecho es el iusnaturalismo originario. - La ley natural que determina que Dios está sobre el mundo racional del hombre, devino por el gobierno de la naturaleza, siendo la misma variable o inmutable. En el cristianismo, esta tendencia encierra su máxima expresión en: San Agustín: o ley externa: creada por Dios ley natural: razón del hombre ley humana: derecho positivo Le da primacía al orden natural Santo Tomas: o ley externa: rige el universo ley divina ley natural: descubre al hombre por la razón ley positiva Derecho Natural Católico - posee los siguientes caracteres: Universalidad o Perpetuidad o Inmutabilidad o Unidad o Obligatoriedad o Indelegabilidad o */*/*/*/*/*/ o - En plena edad moderna, el iusnaturalismo toma relieve con el pensamiento de Grossio, considerado como el fundador de la tendencia que centra el derecho en la naturaleza del hombre, el individualismo en la primacía del hombre. El derecho natural existe aunque Dios no exista, es inmutable y es el dictado de la recta razón que indica que alguna acción es moralmente buena o mala, según se conforma o no a la naturaleza racional, de ahí que está permitido o prohibido por Dios. ley natural: es la conocida por la recta razón y rige todas las razones ley positiva: es la elaborada por el hombre y autónoma con la religión y el derecho
Liberalismo Es una concepción del individuo autónomo, racional, motor de un mundo dominado por la armonía, resultante del libre juego de leyes “naturales”. Concibe al Estado como un mal necesario, cuyo único fin es la seguridad de los derechos individuales a la vida, a la libertad, a la propiedad privada. Su valor supremo es la libertad, no la igualdad. Hay: a) Un liberalismo filosófico: la libertad intelectual del hombre de todo dogma b) Un liberalismo económico: (Adam Smith) la libertad económica del hombre por el libre juego de la oferta y la demanda. Creó el capitalismo. c) Un liberalismo político: (Locke & Montesquieu) la libertad política del hombre por la consagración de los derecho naturales y la división del poder. Su sistema de ideas: a) Teoría negativa del poder, el que no debe intervenir en la vida social y económica. b) Creencia en la autoridad impersonal de la Ley 39
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c) Existencia de derechos naturales anteriores al Estado y necesidad de la división del poder como garantía de la libertad d) Igualdad natural de los hombres, pero en la desigualdad social, económica y política de los individuos. Como sistema de expectativas, representa un orden de libertad en el que la riqueza asegura la preeminencia social y política y la posibilidad de ascenso para los individuos mejor dotados de2 las clases económicamente débiles. Como estructura del poder, fundamente el Estado en el arbitrio, voluntad o razón humana, como un mal necesario, con el fin de asegurar la vida, la libertad y la propiedad privada de los individuos, considerando que cuantas menos restricciones se imponga a la libertad, mejor será el gobierno. En cuanto método de acción, fue en su origen revolucionario, actuando a través de la revolución inglesa en 1688, la americana en 1776 y la francesa en 1789. Llegado al poder, cristalizaba en derecho, proscribió el derecho de resistencia a la opresión de la legislación positiva, se hizo primero conservadora y terminó siendo reaccionaria.
Constitucionalismo La constitución como ley fundamental de la organización forma parte del derecho político, debido a que la forma política moderna se caracteriza por la institucionalización del poder, realizada precisamente a través de la constitución. La ordenación jurídica del poder en el Estado es el punto de enlace entre la política y lo constitucional. Concepto: es el proceso de institucionalización del poder mediante una constitución escrita, a cuyas normas se subordina el poder. Significa libertad individual, sistemas de derechos y garantías, limitación y división de poder en competencias. - Su origen puede situarse al comienzo del siglo XIII, en la transición de la edad media al renacimiento, con la génesis de las naciones y la aparición de la idea de soberanía. Surge con la Constitución de Virginia de 1776; la Constitución de los EEUU de 1787; la Revolución Francesa de 1789 y sus números experimentos constitucionales. El artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 enuncia el sentido formal de constitución cuando dice “toda sociedad en la cual no está asegurada la garantía de los derechos ni determinada la separación de poderes, carece de constitución”. A partir de entonces, la constitución escrita, solamente formulada con carácter de ley fundamental y suprema vino a ser una necesidad en el estado liberal moderno. - Al término de la guerra de 1914, se produce el apogeo del constitucionalismo. Se tiende a racionalizar el poder, tratando de someter el conjunto de la vida colectiva al derecho. - La crisis del constitucionalismo se produce con la aparición de los estados autoritarios, en la tercera década del S. XX. La crisis fue el estallido del estado liberal o de derecho. - El resurgimiento del constitucionalismo en las postrimerías de la segunda guerra mundial, se hace bajo el signo del constitucionalismo social. Constitucionalismo Social: se caracteriza por la cristalización institucional de los derechos sociales, el resurgimiento de la propiedad en función del interés social, la opresión del hombre contra la opresión política, económica y social. Constitución: es la ley primera, fundamental y suprema de la organización política. Es el resultado de los factores reales de poder y reúne tres elementos: - Derechos individuales, sociales y sus garantías - Un gobierno y su organización - Los fines y los medios del gobierno instituido Socialismo Es la expresión política de una concepción de la sociedad y del individuo, en la que predomina lo social sobre lo individual, como condición para la realización de un nuevo orden que asegure la plenitud de la personalidad humana, mediante la propiedad social de los medios de producción y de cambio. - Su sistema de ideas se basa en: Propiedad social de los medios de producción o Dirección democrática de la sociedad y planificación de la economía o - Se identifica con el movimiento obrero y presenta tres etapas: Lucha contra la máquina y la fábrica o 40
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Lucha contra la legislación Lucha por cambiar el orden social e imponer nuevas relaciones de propiedad
Diversas formas de socialismo Socialismo utópico: se remonta a la antigüedad, a los profetas judíos, al cristianismo, a las luchas 2 sociales a lo largo de la historia. Actualmente, tiene su versión en el socialismo humanista. - Saint Simón: considera que se debe producir de acuerdo a la capacidad y ser remunerado de acuerdo a sus aptitudes. Desarrolla el concepto de fraternidad. Considera que el gobierno debe estar en manos de los científicos, favorece a la socialización de la propiedad y supresión de la herencia. - Fourier: sustituye a la empresa privada por un sistema de falansterios o comunidades cooperativas. En estos talleres el trabajo y el ingreso vital estaban garantizados, dividiéndose igualitariamente el producto. - Owen: atenúa la explotación de los obreros con medidas como viviendas, escuelas, comedores, promoviendo las cooperativas y la organización sindical. –precursor de la legislación social. - Blanc: propuso la creación de talleres nacionales, de trabajo y producción comunitarios. Propició la educación y la cooperación como medios necesarios para la consecución de fines. Socialismo Científico: el Manifiesto Comunista (1858), es la línea divisoria entre el socialismo utópico y el socialismo científico, obra de Marx y Engells, que contiene una nueva interpretación de la historia, una crítica a la sociedad, una nueva forma social y económica y un método de acción. - El sistema de ideas que desarrolla es el siguiente: La historia es la historia de lucha de clases, que solo tendrá como fin la común o destrucción de las clases o la revolución. o Considera a la sociedad burguesa dividida en dos clases: burguesía y proletariado. El proletariado no puede liberarse sin destruir el régimen capitalista. o El proletariado debe unirse y organizarse en partidos de clases para conquistar el poder o político, imponiendo la dictadura del proletariado. La idea clave del Manifiesto es que el factor económico es el determinante de la vida social y política. Socialcristianismo – su influencia La Iglesia que se había mantenido en contra de la filosofía liberal burguesa, produjo ciertos documentos orientadores en materia social, donde se reafirma las enseñanzas que mantuvo intactas a través del tiempo. La doctrina socialcristiana está contenida en varias encíclicas. El cristianismo es una doctrina de justicia y caridad y tiene un aspecto social, considerando a la sociedad humana como deber. a) Rerum Novarum: (1891 – P. León XIII) Es la carta magna del catolicismo social y de los problemas sociales contemporáneos. Trabajo: su remuneración no puede obtenerse por el libre juego del mercado, sino por la noción de justicia y equidad. Propiedad: el Estado no puede abolir este derecho, la propiedad cumple una función social. Estado: no puede permanecer al margen de la actividad económica de los ciudadanos, debe defender el derecho de todos ellos, sobre todo el de los más débiles. Espíritu de cristiana fraternidad: obreros y empresarios para ordenar sus relaciones mutuas se deben inspirar en el principio de solidaridad humana. b) c)
Divini Redemtoris: (Pio XI) Condena la doctrina del comunismo y toda colaboración entre comunistas y católicos Mater et Magista: (1961 - Juan XXIII) La iniciativa popular y la intervención de los poderes públicos deben promover el desarrollo de la producción en beneficio de todo. Debe existir participación en la empresa por parte de los obreros.
Anarquismo Anarquía significa sin gobierno o desprovisto de gobierno. Es la doctrina política de prescindir del gobierno. 41
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Antecedentes: - Zenón de Zito: sostenía que la existencia del gobierno y su injerencia en la vida práctica y colectiva determina los males que afligen a las sociedades. - William Godwin: sostuvo que el hombre posee la capacidad de transformar por sí mismo sus experiencias sensoriales en una acción inteligente y moral, lo que hace necesaria la coacción autoritaria, por él, el poder ejerce una influencia perniciosa. 2 - Marx Stirner: sostiene que el estado traba el desarrollo de la verdadera libertad, propone un individualismo feroz. - Proudan: propicia el no gobierno, propone la sustitución del capitalismo y del Estado por el cooperativismo. - Tolstoi: sustituye al Estado por la cooperación autónoma, voluntaria y espontánea. -
Los anarquistas sostienen que gobierno y Estado son fuente de males, pues afectan a la sociedad creando en los gobernantes apetitos de poder.
Clases de anarquismo: - Individualista: Stirner – Godwin - Colectivista: Proudan – Toltoi Fascismo: El fascismo pretendió reconstruir el antiguo imperio romano. Tuvo su origen en Italia, su creador fue Benito Mussolini. En 1922, en Nápoles, proclama la revolución, e instó a los fascistas que marchen sobre Roma y sin resistencia ocupan los cargos públicos, pues el ejército no atacó. El rey de Italia encarga a Mussolini (el Duce) la organización de un nuevo ministerio, siendo éste primer ministro, otorgándosele los poderes extraordinarios. Se disuelven los partidos políticos opositores, y se organizó la milicia fascista paralela al parlamento y se educa a la juventud según normas fascistas. El régimen nace como consecuencia de la inestabilidad de la primera guerra, la inflación, la desocupación, la ineficiencia e ineficacia del régimen parlamentario. - Fascismo: forma de totalitarismo del S. XX que pretende la estricta reglamentación de la existencia nacional e individual de acuerdo con ideales nacionalistas, y a menudo, militaristas; los intereses contrapuestos se resuelven mediante la total subordinación al servicio del Estado y una lealtad incondicional a su líder. El fascismo basa sus ideas y formas en el conservadurismo extremo. Los regímenes fascistas se parecen a menudo a dictaduras, a gobiernos militares o a tiranías autoritarias, pero se distinguen de cualquiera de estos regímenes por ser de forma concentrada un movimiento político y una doctrina sustentados por partidos políticos al margen del poder. Nazismo Es un totalitarismo radical. Fue fundado por Adolf Hitler, quien en 1910, en Alemania creó el partido Nacional Socialista Nazi. Hitler aprovechó el descontento alemán de posguerra, la crisis económica de 1929, la hiperinflación, los conflictos parlamentarios, los problemas sociales, etc. En 1923 ya había intentado una revolución, pero fracasó. En las elecciones de 1933 el partido Nazi obtiene gran mayoría y el presidente Hidenburg nombra a Hitler canciller del Reich. Hitler reúne en su persona los cargos de canciller y presidente. Alemania adopta el nombre de Tercer Reich, se deroga la constitución de Weimar y se reemplaza la bandera de la república por la Esvástica del Nazismo. Hitler convierte a Alemania en un Estado unitario, proclama como único partido el Nacional Socialista y disuelve los partidos opositores, renovó las legislaturas y creó los Tribunales del Pueblo, que juzgaban a los acusados de traición, en forma secreta se crean campos para apresar judíos. Agrupó a los obreros en sindicatos que debían responder al Frente de Trabajo alemán, restringe los derechos y libertades y crea organismos para la represión brutal de cualquier intento de oposición. Hitler encuadra el fundamento de su expansionismo en la teoría del Espacio Vital, quien lo posee, domina la isla del mundo, y quien posee la isla del mundo, domina el mundo. - Postulados: Superioridad de la raza aria Teoría del espacio vital Las razas inferiores debían desaparecer 42
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Había una organización vertical Leyes no escritas, un pueblo superior no las necesita Hay un grupo mayor o mejor, el conductor - Características: Régimen totalitario Militarización del país Racismo Imperialismo
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Totalitarismo Se caracteriza por sustentar fines suprapersonales (la nación, la raza, etc.) y subordinar la vida humana a la dictadura del partido único, dirigido por un líder y caudillo, atribuyen a la libertad y a la democracia la culpa de todos los males sociales. Suprimen los derechos individuales y niegan la separación de poderes. Como ideología, es la cobertura de una técnica política que convierte a un pequeño grupo disciplinado en amo de una comunidad política. Hay una sistematización de la intimidación, el terror y la persuasión. Se distingue entre: a) Totalitarismo de izquierda (comunismo) b) Totalitarismo de derecho (fascismo – nazismo – nacionalsindicalismo, etc.) Autoritarismo El autoritarismo es una modalidad del ejercicio de la autoridad en las relaciones sociales, por parte de alguno o algunos de sus miembros, en la cual se extreman la ausencia de consenso, la irracionalidad y la falta de fundamento en las decisiones, originando un orden social opresivo y carente de libertad para otra parte de los miembros del grupo social. El término se utiliza para calificar a organizaciones o Estados que pretenden conservar y gestionar el poder político mediante mecanismos no democráticos. Es muy conocida la división entre régimen autoritario y régimen totalitario. En un sentido técnico, es la forma política en la que el Estado, es decir, el conjunto de instituciones que ostentan el poder político en una delimitación territorial sobre un conjunto de ciudadanos, se identifica con un partido político, cuya función sería servir de nexo entre el poder político y el ciudadano.
BOLILLA XII Resistencia y opresión Concepto Resistencia: lo que el Estado de necesidad es para el gobernante, la resistencia a la opresión es para el gobernado. Es un derecho natural, suprapositivo, no inscripto en códigos sino en el corazón y en la razón de los hombres. Se distingue entre: - Resistencia pasiva: desobediencia a lo injusto - Resistencia activa: resistencia o rebelión contra la opresión, en defensa del orden el derecho vigente El constitucionalismo la excluye, pero el derecho a la resistencia sigue existiendo al margen y por encima de la constitución, como un imperativo moral, destinado a proporcionar mayor justicia de derecho. Opresión: según Bordeau, “no es necesariamente la dureza de las medidas impuestas por el poder”, sino “su arbitrariedad, es decir su incompatibilidad a lo que el Estado debía asegurar en el reino” 43
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“Hay opresión cuando una ley viola los derechos naturales, civiles y políticos que deben garantizarse. Hay opresión cuando la ley es violada por los funcionarios públicos en su aplicación a los hechos individuales. Hay opresión cuando lo actos arbitrarios violan los derechos ciudadanos contra la expresión de la ley”
Evolución de las concepciones 2 - Las primeras exposiciones orgánicas relativas al derecho de resistencia a la opresión tuvieron lugar en los S. XII y XIII. Santo Tomás de Aquino admite la resistencia activa de lo gobernados contra los tiranos, fundándolo en la noción de “bien común” y, debido precisamente a este fundamente, sólo considera procedente al ius resistendi cuando la tiranía es insoportable y la insurrección tenga probabilidades de triunfar. - Ya en la edad media, surge la idea de quienes buscaban legitimar la oposición de diversas comunidades, de que la comunidad tiene derecho a la insurrección nacida del contrato político y que puede ser ejercido en caso de violación del mismo. - Durante la edad moderna, el derecho de resistencia a la opresión tiene defensores y opositores. En el S. XVII predominó la condenación doctrinaria, sus exponentes fueron Bossuet y Hobbes. En el S. XVII lo defendieron varios teólogos como Suárez y Mariano. - Según Locke, era justificada la función prerrogativa del rey; pero con la advertencia de que si la prerrogativa era convertida por el rey en “un poder arbitrario de realizar actos dañinos para el pueblo”, no le quedaba a éste “más solución que recurrir al cielo”, esto significaba el derecho de resistencia. Evolución de la institucionalización del derecho - En España, hay manifestaciones de institucionalización del Ius Resistendi, durante los siglos XII y XIII. Alfonso II de Aragón le confirió al pueblo los derechos de resistir los abusos de autoridad que el propio monarca cometiere. Estableció el “derecho de alzarse contra el rey cuando cometiere desafuero contra alguno de los confederados o castigare a alguno de ellos sin sentencia justa”. - En Inglaterra, la carta magna creó un Comité de Barones, que tenía la facultad de actuar contra el rey en cao de transgresión cometida por éste, y ejercer así el derecho de resistencia. - En Francia se estableció: “toda la humanidad sabe que un príncipe es designado por Dios para cuidar de su súbditos. Por consiguiente, cuando el príncipe no cumple con su deber de protector, se convierte en tirano. En tal caso, los estados generales del país pueden legítima y razonablemente deponerlo y elegir otro en su lugar”. -1581 - En Estados Unidos, la declaración de la Independencia de 1776, expresa: “tan pronto como cualquier forma de gobierno llega a ser destructora de estos fines, es un derecho del pueblo alterarlo o abolirlo, estableciendo un nuevo gobierno”. Títulos y formas de la resistencia - Comportamiento del ciudadano frente a la ley (derecho a la resistencia): 1. Obediencia consiente 2. Respeto formal 3. Evasión oculta 4. Obediencia pasiva 5. Objeción de conciencia 6. Desobediencia civil 7. Resistencia pasiva 8. Resistencia activa 4)
Obediencia pasiva: los súbditos no tienen derecho de resistencia. El gobernante ha sido investido directamente por Dios de la autoridad que ejerce. Parte de la oposición de un doble pacto:
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a. Entre Dios, rey y pueblo b. Entre el rey y el pueblo (político) El derecho a la resistencia puede ser: 1. Activo: de esta manera no sólo se viola la ley, sino hace lo que sea para evitar la pena o el castigo. 2. Pasivo: es la que se cumple aceptando que se tendrá un castigo. La acción de desobediencia puede ser: 1. Omnisiva o cognitiva: no hacer lo que se ordena o hacer lo que está prohibido. 44
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Individual o colectiva: por una persona o un grupo con los mismos ideales. Clandestina o pública: preparada y cumplida en secreto. Tomas por sorpresa. Pacífica o violenta: huelgas o procesos revolucionarios respectivamente. Dirigida al cambio de una norma, grupo o todo el ordenamiento: en contra del servicio militar obligatorio o un proceso revolucionario que derrumba todo el sistema. - Justificaciones de la desobediencia civil 2 1. Religiosa 2. Derecho Natural 3. Ley moral 4. Predominio del individuo sobre el Estado 5. Abuso de poder por parte del Estado 2. 3. 4. 5.
La Revolución Concepto - Vulgar: “ilegalidad, violencia, destrucción, sangre, desorden, alboroto”. - Etimológico: “de revolutio”, significa movimiento circular. - Político: Un caso de psicología de las multitudes o Transferencia del poder político o Cambio profundo social y político o Conquista del poder por una clase que no lo había ocupado antes, con miras a establecer o un nuevo sistema económico y social - Jurídico: se produce revolución cuando se produce la ruptura de la continuidad jurídica, de tal modo que el orden jurídico no varía con arreglo a su ley inmanente, sino que es sustituida por un orden distinto que no puede derivar del anteriormente existente con arreglo a las determinaciones de éste relativas a la modificación de las normas. Se clasifican en: Según sus móviles: o Un fenómeno de neurosis colectiva producido por causas irracionales Acción movida por interés materiales e ideales Consecuencia de la lucha del hombre por la libertad Consecuencia de la lucha de clases Cualitativamente: o Formales o materiales – según afecten las estructuras Políticas o sociales En cuanto a su técnica: o Voluntarista – obra de la voluntad Mecanicista – producto de factores inmutables En cuanto a su táctica: o Pacíficas Violentas Revolución Golpe de Estado Es un cambio profundo en la estructura e Es un simple cambio en la personas de los instituciones de un Estado gobernantes Hecho Revolucionario: se caracteriza por una transferencia o cambio en la estructura del poder política (revolución política), que puede tener o no por consecuencia esa transformación en la estructura social y económica. Puede consistir en actos y acciones del más diverso tipo: insurrección, pronunciamiento, acciones de violencia, o bien por actos eleccionarios y legislativos. Deben causar el cambio de una situación a otra; producir la transformación de la estructura. - Tipos de revolución: Social: se caracteriza por la violencia y profundidad del cambo. – ej.: el marxismo, de sociedad capitalista a sociedad comunista Jurídica: es un cambio de normas jurídicas fundamentales. “Acto jurídico que abroga el derecho anterior” o
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Cultural: precede a la concreción de la revolución económica, como una necesidad del proceso en general ante la imposibilidad de modificar los valores dominantes de la sociedad. – revolución china de 1966/69
Casos Estados Unidos: 2 - Se cuestionan viejos derechos y se persigue la separación de la metrópolis británica. Más que revolución, fue un cambio. – 1776 Inglaterra: - Se cuestionan los derechos que poseían los varones antes que asuma el Rey. – 1668 Rusia: - La revolución propone un cambio de legitimidad, el poder no era para el pueblo, sino para la dictadura del proletariado; por lo tanto es un cambio de los más hacia los menos, dejando los medios de producción en manos del Estado. Revolución del proletariado – 1917 Francia: - La Revolución significa un cambio de régimen. Se discutió la legitimidad de la herencia del poder que legó para el pueblo o nación (soberanía popular). Con la revolución se cambian las convicción es compartidas, la credibilidad. Esta revolución es el modelo, pues se logra el poder constitucional, las garantías. Fue una revolución liberal burguesa. – 1789 Argentina - En Buenos Aires, desde mediados de 1808 se formo una sociedad cuyos propósitos eran revolucionarios. En una de las reuniones revolucionarias, Belgrano y Saavedra intiman al virrey Cisneros a la secesión del cargo. Luego se realiza un cabildo abierto, con participación de vecinos, y se hace una votación por la que la triunfa la posición moderada con Saavedra al frente. Las fuerzas militares sostienen el apoyo al pueblo. Se elige la Junta de Mayo. La Revolución de Mayo tuvo un carácter comunal -participaron los municipios por medio de sus cabildos- y pacífica. El pueblo reasume el ejercicio de la soberanía. - Principios democráticos de la Revolución de Mayo: Soberanía popular, gobierno democrático Forma republicana, sistema representativo Régimen federal - Luego de la revolución de mayo, se institucionalizaron los siguientes principios: División de poderes Publicidad de los actos de gobierno Responsabilidad de los funcionarios Forma republicana Sistema representativo Régimen federal Evolución y Revolución La gestación jurídica en la historia de la humanidad encuentra dos categorías: - La evolución: es el cambio apacible por causas bien determinadas, cotidianas. - La revolución: es el cambio de estructuras o instituciones en forma agitada y decisiva.
BOLILLA XIII La personalidad del Estado Concepto La personalidad atribuida al Estado es el único medio para comprender su actividad desde el punto de vista jurídico. Esa actividad se constituye en el contenido de las normas jurídicas, es decir, un sujeto de derechos y obligaciones: una persona jurídica. Ese carácter de norma jurídica es propio de la forma política moderna. Originariamente es una elaboración de la escuela clásica del derecho natural. En su formación actual, han influido las escuelas alemanas francesas. 46
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Respecto de su naturaleza, se han formulado diversas teorías: 1. Escuela alemana: - Distingue entre Estado y nación - El Estado es una persona jurídica distinta de sus miembros, como expresión de la realidad de su organización (Jellinek) - La personalidad del Estado es una ficción legal (Savigny) 2 2. Escuela francesa - Identifica la nación con el Estado - El Estado es la personificación jurídica de la nación (Smeind – Hauriou)
Naturaleza de la Sociedad Política a- Como sinónimo de la comunidad política b- Como género de la especie “comunidad política” c- Como opuesta a comunidad política El Estado como sujeto necesario de la actividad gubernativa Según el código de Molinas, el Estado es perpetuo por naturaleza como persona jurídica, posee una continuidad que no se interrumpe aunque cambie el gobierno o el régimen político. La unidad estatal es permanente y se apoya en el concepto que brinda la teoría de la institución: la institución es una idea de obra que se realiza y dura en un medio social; trasciende a los individuos, es por lo tanto independiente de que los hombres cambien, se reemplacen, se sustituyan. Al Estado que dura a través del tiempo como institución cuya personalidad es siempre la misma, se le imputan los actos que en el transcurso del tiempo y en el devenir de la dinámica política cumplen o han cumplido. Teorías afirmativas y negativas de la personalidad del Estado Teorías afirmativas: 1- Teorías que aceptan la personería jurídica, pero niegan la personalidad moral
Teoría de la ficción: (Savigny) la personalidad jurídica de los entes colectivos es una creación del legislador, producto del derecho positivo para titularizar derechos que no pueden atribuirse a personas físicas. b) Teoría del interés: (Ihering) sostiene que existe una personalidad jurídica del Estado porque hay un interés colectivo tutelado por éste. c) Teoría del patrimonio de afectación: considera que cuando hay un patrimonio perteneciente a varios sujetos, hay persona jurídica. Sería el caso del Estado. Crítica: el Estado no es realmente un patrimonio. d) Teoría Individualista: (Ihering) lo que realmente existe es el hombre, pero por un recurso de técnica jurídica se adopta un criterio por el cual se unifican distintas conductas en una sola, surgiendo así la persona jurídica. e) Teoría afirmativa: la persona jurídica posee un interés distinto al de sus miembros, y una organización que determina quién ejercerá su voluntad. Esa voluntad e interés son el producto de la suma de voluntades e intereses de sus miembros, por lo tanto, si reconocemos este interés distinto al Estado, debemos reconocerle su personalidad. f) Teoría de la imputación: (Kelsen) el Estado es persona porque es el centro de imputación de determinados actos. El Estado es la personificación del orden jurídico total; toda persona jurídica es expresión unitaria de un conjunto de normas, cuando ese complejo de normas es la totalidad de un orden jurídico, la persona jurídica a la cual ese orden imputa, se llama Estado. a)
estas doctrinas afirman que el Estado enviste una personalidad preexistente a la jurídica. Esa personalidad anterior no es producto del Derecho, sino de la realidad social. Luego, el orden jurídico agrega a esta personalidad una 2- Teorías que justifican una personalidad anterior a la jurídica:
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cobertura, una vestimenta, que es la personalidad jurídica; y ésta personalidad sí es producto delo derecho. De donde en la doble personalidad estatal nos encontramos con una anterior al derecho, y otra jurídica. Estas teorías coinciden con las que afirman la personalidad jurídica en cuanto personifican jurídicamente al Estado, y en cuanto reconocen que el Estado es un sujeto de derecho dentro del mundo jurídico. Pero difieren en cuanto creen que hay un soporte previo, una2 personalidad todavía no jurídica que sirve de sustento en la persona jurídica. g)
Doctrina orgánica: (Gerber) afirma que existe anteriormente a la personalidad jurídica del Estado una persona colectiva real que constituye su sustrato y su base. La personalidad preexistente surge por sí misma como producto de cierta formación social entre los individuos agrupados en una unidad. Esa realidad infrajurídica, en lo que luego se apoya la personalidad jurídica, puede ser de distinto índole según las escuelas: a. Teorías organicistas: descubren en los entes colectivos una persona comparable al hombre, un organismo real. b. Teoría de la institución: (Hauriou) entiende que la personalidad denominada moral preexiste a la jurídica. Constituye un fenómeno de tipo sociológico y moral que se da en los grupos humanos organizados en forma duradera para realizar una idea de obra. Luego viene la personalidad jurídica, que es una máscara colocada encima de esa realidad social previa e infrajurídica, para permitir a la persona moral la actuación en el mundo jurídico.
Teorías Negativas: Barthelemer: el Estado carece de personalidad, sólo los seres humanos pueden ser personas. El Estado no es una síntesis, sino una suma de individuos que por estar reunidos no crean una nueva persona. Esta “persona” es una falsa calificación de “sistema de agrupamiento patrimonial”. b) Duguit y Seydel: la personalidad del Estado es un concepto imaginario desprovisto de toda realidad positiva. La que llamamos voluntad del Estado, es la voluntad de los que tienen el poder, o sea de los gobernantes. a)
BOLILLA XIV Los fines del Estado - Posiciones: Posición funcionalista: niega al Estado una personalidad específica. Sostiene que el Estado, siendo una organización, no tiene un fin en sí mismo, sino funciones al servicio de fines humanos mediante el ordenamiento de un sector de la vida humana. Posición finalista: asigna al Estado una o más finalidades. - La Función del Estado: (Heller) o
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El Estado tiene una función objetiva llena de sentido, que no siempre concuerda con los fines subjetivos de los hombres que lo forman. Esa función social objetiva es “la organización y actuación autónoma de la cooperación social-territorial”. - Criterio de la doctrina: Jellinek sostiene que el fin del Estado consiste en favorecer los intereses solidarios, 2 individuales, nacionales y humanos, en una evolución progresiva y común, fines que son permanentes y universales. Kelsen: el Estado no tiene fines. Es una forma jurídica al servicio de cualquier fin social posible. Sólo lo individuos se proponen fines. Heller – Sánchez Viamonte: el Estado no tiene fines, tiene funciones. No hay otros fines que los individuales. El Estado es una organización cuya función de sentido consiste en realizar a través de su estructura esos fines individuales y sociales. Otros: el Estado tiene fines, es una ciudad teleológica. Ellos pueden ser el poder, la moral, la religión, el bienestar general, el derecho. - Criterios de clasificación: Criterio de trascendencia e inmanencia: según la determinación de la finalidad se busque en un orden divino o en la voluntad humana, el fin será trascendente o inmanente (o lleno). Pensamiento tomista y neotomista: el fin de la organización política es el bien común. Santo Tomás: el bien común es el orden justo para la vida suficiente de una comunidad. Maritain: el bien común es lo espiritual, no lo material. Dabin: Sostiene que tratándose del Estado, la expresión bien público es preferible a la de bien común. El bien común se encuentra relacionado al fin de cualquier asociación, mientras que el bien público es el relacionado con todos, y comprende a los individuos y a los grupos. Criterio de Blunstschli: considera como fin el desarrollo de las facultades de la Nación mediante la conservación y el progreso. Criterio de Haltzendorff: procura una armonía de fines. Estos fines pueden reducirse a lo siguiente: Fin de potencia nacional Fin de libertad y derecho Fin de cultura o
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Teorías absolutas y relativas Jellinek clasifica las diversas teorías formuladas respecto a los fines en dos grandes categorías, según se refieran a un fin único o abstracto o a uno o más fines concretos. Estas categorías son la de los fines absolutos y la de los fines relativos. Teorías absolutas: asignan al Estado un fin único, válido para todo tiempo y lugar, idéntico a sí mismo en todas sus formas, comprensivo de todos los demás fines. Ese fin está referido a un tipo ideal de Estado, siendo por consiguiente un fin abstracto. Estas teorías pueden dividirse en dos grupos: - De lo fines expansivos Teoría endomonista-utilitaria: considera al bienestar general del individuo y la comunidad el objetivo supremo y el fin único de toda organización política. Por otra parte, ha sido utilizado para la expansión ilimitada del poder. Teorías éticas: atribuyen como única finalidad del Estado la realización de la moralidad, sirviendo, según las versiones, a la virtud, a la religión, o al “espíritu absoluto” - De los fines absolutos y limitativos: Teoría de la seguridad o Teoría de la libertad o Teoría del derecho o o
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Teorías relativas: asignan al Estado un fin concreto y se refieren a lo que el Estado puede hacer con éxito. Estos fines pueden ser divididos en: - Fines exclusivos (únicamente corresponden al Estado) 49