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RENTAS DE PRIMERA CATEGORÍA (RENTA DE CAPITAL)
1. DEFINICIÓN Las rentas de primera categoría tributan de manera independiente con una tasa de 6.25% sobre la renta neta imponible de las Declaraciones anuales. El contribuyente es el arrendador o subarrendador, cuando corresponda. Puede ser persona natural, una sucesión indivisa, o una sociedad conyugal.
2. SON RENTAS DE PRIMERA CATEGORÍA
En caso de arrendamiento de predios amoblados o no, para efectos fiscales, se presume de pleno derecho no podrá ser inferior a seis por ciento (6%) del valor del predio, salvo que ello no sea posible por aplicación de leyes especificas sobre arrendamiento, o que se trate de predios arrendados al Sector Publico Nacional o arrendados a Museos, Bibliotecas o Zoológicos. Tratándose de subarrendamiento, la renta bruta está constituida por la diferencia entre la merced conductiva que se abone al arrendatario y la que éste debe abonar al propietario. El valor de las mejoras introducidas al bien por el arrendatario o sub.-arrendatario, en tanto constituyan un beneficio para el propietario y en la parte que éste no se encuentre obligado a rembolsar. La renta ficta de predios cuya ocupación hayan cedido sus propietarios gratuitamente o a precio no determinado. La renta ficta será el seis por ciento (6%) del valor del predio declarado en el autoevalúo correspondiente al Impuesto Predial.
3. PAGOS CADA MES POR LOS INGRESOS DE ALQUILERES La tasa efectiva es del 5% de la renta bruta (monto del alquiler). El pago del impuesto se hace por cada cada bien alquilado (predios, bienes inmuebles y bienes muebles), siempre dentro del cronograma de obligaciones mensuales aprobado por la SUNAT.
4. ¿DÓNDE PAGO EL IMPUESTO? En los bancos autorizados por SUNAT con el sistema Pago Fácil . Acérquese a uno de ellos y proporcione en ventanilla estos datos:
Su número de RUC (arrendador) Mes y año (Periodo tributario, por ejemplo noviembre de 2010) Tipo y número del documento de identidad del inquilino o arrendatario (RUC/DNI/Carnet de Extranjería etc.) Monto del alquiler (en nuevos soles). Una vez efectuado el pago el banco le entregará el recibo por arrendamiento (Formulario N° 1683) donde consta su declaración y pago. Este recibo es el documento que Ud. debe entregar al inquilino/arrendatario. Es el comprobante de pago del alquiler y sirve para sustentar sustentar gasto o costo tributario.
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5. TASA Y CALCULO DEL IMPUESTO ANUAL DE PRIMERA CATEGORÍA( ARTÍCULOS 53º Y 54º DE LA LEY)
6. CRÉDITOS CONTRA EL IMPUESTO ANUAL DE PRIMERA CATEGORÍA (Artículo 88° de la Ley y artículo 52° del Reglamento) La deducción de los créditos, se efectúa en el orden que se señala a continuación:
6.1. Créditos con derecho a devolución Los saldos a favor del contribuyente de ejercicios anteriores, reconocidos por la SUNAT o establecidos por el contribuyente en las declaraciones, siempre que no se haya solicitado su devolución y que dichas declaraciones no hayan sido i mpugnadas. Pagos a cuenta realizados directamente por el contribuyente, respecto de las Rentas de Primera Categoría.
7. PREGUNTAS FRECUENTES ¿Debe entregar el propietario algún recibo por el arrendamiento?
El propietario debe entregar a su inquilino el formulario virtual N° 1683, que es el recibo por arrendamiento (Boucher) generado por el Sistema Pago Fácil, que es entregado por las agencias bancarias o la SUNAT como c onstancia de la presentación de la declaración.
¿Por la cesión de un departamento en forma gratuita, se debe pagar algún impuesto? No existe la obligación de realizar pagos a cuenta mensuales, se debe considerar una renta ficta de 6% del valor de autoevalúo del predio, la que constituirá su Renta Bruta de Primera Categoría.
¿Se puede corregir un error en el monto del alquiler consignado en la declaración? Mediante una declaración sustitutoria o ratificatoria en la q ue se indica el número de operación o de orden de la declaración original y el monto correcto del alquiler (For mulario Virtual Nº 1683)
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¿Sirven para sustentar gasto o costo los recibos por arrendamiento? Los recibos por arrendamiento de bienes muebles e inmuebles son documentos que permiten sustentar gasto o costo, para efecto tributario, siempre que se identifique al usuario.
8. TIPO DE PDT ESTA OBLIGADO A PRESENTAR: Esta modalidad es para declarar LA RENTA ANUAL DE PRIMERA CATEGORIA:
Cuando consignen un saldo a favor del fisco en la casilla 161 del PDT N° 669 o del Formulario Virtual N° 669 Simplificado Renta Anual Persona Natural de Ejercicio Anterior, luego de deducir los créditos con derecho a devolución. Cuando arrastren saldos a favor del Impuesto a la Renta de ejercicios anteriores y los apliquen contra el Impuesto anual por rentas de primera categoría consignado en la casilla 153 del PDTN ° 669. Cuando tengan pérdidas tributarias pendientes de compensar al ejercicio gravable y las imputen sobre las rentas netas de primera categoría consignadas en la casilla 503 del P DTN° 669.
Los PDT Que utilizara son la de:
PDT 0651 – Renta Anual Persona Natural 2003 PDT 0653 – Renta Anual Persona Natural 2004 PDT 0655 – Renta Anual Persona Natural 2005 PDT 0657 – Renta Anual Persona Natural 2006 PDT 0659 – Renta Anual Persona Natural 2007 PDT 0661 – Renta Anual Persona Natural 2008 PDT 0663 – Renta Anual Persona Natural 2009 PDT 0667 – Renta Anual 2010 Persona Natural PDT 0669 – Renta Anual 2011 Persona Natural PDT 0675 – Renta Anual Personas Naturales 2000 PDT 0677 – Renta Anual Personas Naturales 2001 PDT 0679 – Renta Anual Personas Naturales 2002
Estas Declaraciones de Rentas Anuales son para declarar en los ejercicios anteriores. En la cual no solo se puede declarar también pueden rectificarlo.
Actualmente se tiene que declarar.
PDT 655: Aquí se muestra que se declara, en la cual te pide si se ha pagado algún alquiler en ese periodo, así como también determina saldos a favor.
Este será una buena forma de declarar todos los predios arrendados.
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PDT 3530 – Predios - Dirigido a las
En mi criterio se tendría que
personas naturales, sociedades
declarar los predios para tener
conyugales que se encuentren en el
conocimiento SUNAT que ese
régimen patrimonial de sociedad de
predio le pertenece
gananciales y sucesiones indivisas, obligados a presentar la declaración de predios.
efectivamente a esa Persona Natural, Sucesiones indivisas o Sociedad conyugal. Para tener un mejor control del Impuesto a la renta de la Primera Categoría.
9. CASO PRÁCTICO: El señor Gabriel Méndez ha cedido a su sobrino su predio ubicado en el distrito de San Bartolo por los meses de enero a marzo de 2009, a título gratuito. El valor del predio según autoevalúo es de S/. 90,000 Nuevos Soles.
Determine el Impuesto mensual en caso corresponda y el Impuesto Anual de Primera Categoría En este caso al ser una Renta Ficta, el señor Gabriel Méndez no está obligado a efectuar pagos mensuales. No obstante ello, se encuentra obligado a declarar y pagar dicha renta de forma anual (artículo 84° de la Ley del Impuesto a la Renta). La renta ficta se calcula sobre el 6% del valor del autoevalúo del predio y en forma proporcional al número de meses del ejercicio por los cuales se hubiera cedido el bien. De tal forma que el cálculo para regularizar el Impuesto Anual de Primera Categoría será como sigue:
Renta Ficta Anual Casa en San Bartolo
S/. 5,400
Valor del autoevalúo x 6% S/. 90,000 x 6%
Renta Bruta Anual por los 3 meses de ocupación de la casa de playa (5,400/12 x 3)
1,350
Concepto Total Renta Bruta Anual de Primera Categoría (-) Deducción 20% de S/. 1,350
S/.
Renta Neta de Primera Categoría
1,080
Pérdida de ejercicios anteriores
0
Renta Neta Imponible de Primera Categoría Impuesto calculado (1,080 x 6.25%) Créditos con derecho a devolución
1,080
Pago directo de rentas de primera categoría
0
Saldo por regularizar por Impuesto Anual de Primera Categoría
68
1,350 270
68
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CRITERIO PERSONAL: Hay que tener en cuenta que la RENTA DE LA PRIMERA CATEGORIA tienes en relación a los arrendamientos. Pero a la vez que se puede hacer un pago de Arrendatario y arrendador, con un pago mensual de 5% de la Renta Neta. En cuanto a los saldos a favor de ejercicios anteriores son declarados mediante PDT de años anteriores que aun por razones “X” no se han declarados o por que se van a rectificar , eso es el caso de ejercicios anteriores.
Tenemos un claro ejemplo de que hay declara el Impuesto a RENTADE PRIMERA CATEGORIA del periodo 2011, en la cual también tiene su periodo de vencimiento. En la lectura Anterior se tomo en base a la Declaración Periodo 2011. En conclusión esta Renta es muy amplia como las demás rentas. Gracias a la SUNAT podemos no evadir los impuestos.
CONCLUSIONES:
Se presume que el importe del alquiler no podrá ser menor al 6% anual del valor del inmueble, de acuerdo al valor del autoevalúo. También se considera como parte de la renta bruta al valor de las mejoras introducidas al bien arrendado por el arrendatario, estas mejoras se considerarán como renta al propietario en la fecha en que se le devuelva el bien arrendado. Como anteriormente se menciono sobre la Renta Ficta nos indica que los predios cuyo uso haya sido cedido en forma gratuita. Dentro de este Renta de P rimera categoría existen dos clases de Rentas:
a)
b)
La renta real es cuando existe un contrato (verbal o escrito), mediante el cual el propietario da en uso el inmueble a un tercero, a cambio de una merced conductiva, que generalmente es mensual. Se genera renta ficta o presunta cuando el inmueble es cedido a un tercero gratuitamente.
Se puede ver que la Renta de Primera Categoría tiene estrecha relación con los arrendamientos, donde existen restricciones como también algunas ventajas.
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