UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
"Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional"
“RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA ” ASIGNATURA: METODOLOGÍA DE LA ENSEÑANZA CONTABLE DOCENTE: REYES ZELADA MARCO ANTONIO
EXPOSITOR: 1321120681
PALACIOS MAS JOSÉ MANUEL
CALLAO – 2018 PERÚ 1
CONTENIDO CONTENIDO ........................................................................................................... 2 PRESENTACIÓN..................................................................................................... 3 INTRODUCCIÓN ..................................................................................................... 4 OBJETIVOS ............................................................................................................ 5 EVALUACIÓN ......................................................................................................... 5 ESTRATEGIA DIDÁCTICA ..................................................................................... 5 RETROALIMENTACIÓN ......................................................................................... 6 HIPÓTESIS .............................................................................................................. 6 DESARROLLO DEL TEMA ..................................................................................... 7 Marco Legal ............................................................................................................ 7 Capítulo 1: Concepto de rentas de cuarta categoría .......................................... 7 Capítulo 2: Cálculo del Impuesto por rentas de cuarta categoría ..................... 8 Capítulo 3: Suspensión de Retenciones .............................................................. 9 Capítulo 4: Declaración y Cálculo Anual ........................................................... 10 CASO PRÁCTICO ................................................................................................. 12 CONCLUSIONES .................................................................................................. 13 BIBLIOGRAFÍA ..................................................................................................... 14
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PRESENTACIÓN La renta de cuarta categoría es aquel ingreso que las personas naturales obtienen como consecuencia del trabajo que ejercen de manera independiente, de acuerdo a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Así, lo diferenciamos de los trabajadores dependientes que tienen beneficios sociales. Decidí realizar una clase magistral sobre ello, no solo para reforzar su tratamiento, ya que es un tema de nuestra competencia profesional, sino también para dar a conocer temas actuales para los jóvenes trabajadores independientes que inician su etapa laboral.
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INTRODUCCIÓN Como bien, ya se mencionó en la presentación, el Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría, es un tipo de impuesto que se determina en base a los ingresos provenientes de trabajadores independientes los cuales efectuaran este pago, y emitirán un recibo por honorarios, estas dos indicaciones son obligaciones claras que se deben de cumplir. El desarrollo del presente trabajo comprende el Marco Legal, el ámbito del impuesto a la renta el cual nos permitirá conocer el sujeto afecto y la renta gravada, un caso práctico para entender la importancia de un correcto cálculo de este impuesto y finalmente, aplicaciones de las TIC’s y finalmente las conclusiones.
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OBJETIVOS Al culminar con la clase magistral, el alumno podrá:
Conocer los procedimientos para el cálculo del impuesto a la renta de 4ta Categoría. Identificar a los sujetos afectos del impuesto a la renta de 4ta categoría. Tener la aplicación práctica para aplicar correctamente el impuesto a la renta de 4ta categoría.
EVALUACIÓN NIVEL
PROCEDIMIENTO
INSTRUMENTOS
Conceptual
Evaluación individual escrita, desarrollo de preguntas.
Práctica calificada escrita
Práctico
Evaluación individual escrita, desarrollo de ejercicios prácticos.
Práctica calificada escrita
Actitudinal
Observación y criterio
Trabajos de investigación y exposiciones.
ESTRATEGIA DIDÁCTICA Método
Técnica
Recurso didáctico
Tiempo
Motivación
Pregunta y respuesta
Diálogo
Prezi
5 min.
Conocimiento previo
Investigación
Diálogo
Prezi
5 min.
Problematización
Razonamiento
Diálogo
Prezi
5 min.
Hipótesis de Trabajo
Deductivo
Razonamiento
Prezi
5 min.
Ejecución y desarrollo del contenido
Expositivo y aplicativo
Diálogo
Prezi
25 min.
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RETROALIMENTACIÓN MOTIVACIÓN ¿Por qué es importante determinar correctamente el impuesto a la renta de 4ta categoría? CONOCIMIENTO PREVIO Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 179 2004-EF Reglamento del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 122 -94-EF PROBLEMATIZACIÓN La falta de conocimiento sobre la determinación del Impuesto a la Renta de 4ta Categoría, ocasiona que este no se calcule correctamente.
HIPÓTESIS El adecuado conocimiento de la determinación del impuesto a la renta de 4ta categoría permitirá que se calcule correctamente, evitando así la evasión tributaria.
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DESARROLLO DEL TEMA Marco Legal El marco legal comprende el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 179-2004-EF y el Reglamento del Impuesto a la Renta – Decreto Supremo N° 122-94-EF, donde se indican todos los procedimientos que se realizan para la determinación del Impuesto a la Renta.
Capítulo 1: Concepto de rentas de cuarta categoría Si tienes ingresos por tu trabajo independiente, debes pagar impuesto a la renta por cuarta categoría. También se encuentran comprendidos los ingresos de los trabajadores del Estado con contrato CAS y las dietas de los directores, consejeros regionales y regidores municipales. A continuación te detallamos cada tipo de estos ingresos:
INGRESOS QUE SON RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA
Trabajo Individual
Desempeño de Funciones
Es el ingreso personal por el desarrollo de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia. Se incluyen los ingresos de las personas que prestan servicios al Estado, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios. (CAS) Director de empresas: Persona integrante del directorio de las sociedades Síndico: Funcionario encargado de la liquidación del activo y pasivo de una empresa en el caso de. Mandatario: Persona que en virtud de un contrato realiza actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante. Gestor de negocios: Persona que asume la gestión de los negocios o la administración de los bienes de otro. Albacea: Persona encargada por el testador o por el juez de cumplir la última voluntad del fallecido. Actividades similares: Entre otras el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional por las dietas que perciban.
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Importante: Las Rentas de Cuarta Categoría corresponden a servicios prestados sin relación de dependencia. Si la renta de Cuarta Categoría se complementa con actividades empresariales o viceversa, el total de la renta que se obtenga se considerará como renta de Tercera Categoría (rentas empresariales).
Capítulo 2: Cálculo del Impuesto por rentas de cuarta categoría Pagos Mensuales: (Retenciones y Pagos a Cuenta)
Retenciones: Si eres trabajador independiente y emites tus recibos por honorarios a personas, empresas o entidades calificados como agentes de retención, te retendrán el impuesto a la renta por un monto equivalente al 8% del importe total de tu recibo emitido. No hay retención del impuesto cuando los recibos por honorarios que paguen o acrediten sean de un importe que no exceda el monto de S/. 1,500 nuevos soles.
Pagos a Cuenta: Como trabajador independiente, bajo determinados supuestos también te puedes encontrar obligado a presentar declaración mensual y a realizar el pago a cuenta correspondiente. Aplicando la tasa del 8% sobre la renta bruta abonada. Este pago a cuenta y declaración mensual lo debes realizar en aquellos casos en que el monto de la retención no cubre el impuesto sobre el total del ingreso mensual. No te encuentras obligado a declarar y realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría por el ejercicio 2018, si tus ingresos no superan los montos que se detallan en el siguiente cuadro:
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SUPUESTO
REFERENCIA
MONTO NO SUPERIOR A:
NO TE ENCUENTRAS OBLIGADO A:
Si percibes únicamente renta de cuarta categoría
El total de tus rentas de cuarta categoría percibidas en el mes
S/ 3 026.00
Presentar la declaración mensual ni a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
Si percibes renta de cuarta y quinta categoría
La suma de tus rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes
S/ 3 026.00
Presentar la declaración mensual ni a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
Si percibes exclusivamente rentas de 4ta categoría por funciones de directores de empresa, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas, regidores o similares, o perciban dichas rentas y además otras rentas de cuarta y/o quinta categorías.
La suma de tus rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes
S/ 2 421.00
Presentar la declaración mensual ni a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
Capítulo 3: Suspensión de Retenciones Suspensión de Retenciones y Pagos del Impuesto a la Renta Tienes derecho a solicitar esta suspensión si proyectas en el año no superar los ingresos por S/ 36 313,00. Este importe es válido para el ejercicio 2018 y se incluyen en su cómputo los ingresos por rentas de quinta categoría en caso ello ocurra. La solicitud la puedes presentar desde el mes de enero de cada año.
La solicitud se presenta usando su clave SOL por SUNAT virtual, la cual genera el formulario virtual N° 1609. Sólo se debe llenar los datos que requiere el sistema y de 9
forma automática su solicitud de suspensión será aprobada en caso se cumplan los requisitos legales correspondientes. La constancia de suspensión será presentada por el emisor de los recibos ante el agente de retención para que este no haga retenciones del impuesto y tiene vigencia desde el día calendario siguiente del otorgamiento de la constancia de aprobación hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio. Se recomienda enviar la constancia de suspensión a su correo electrónico al momento de ser generada, de modo que pueda consultarla e imprimirla las veces que lo requiera. Sólo serán procedentes aquellas solicitudes que se encuentren dentro de los supuestos señalados por la SUNAT en su Resolución N° 013-2007/SUNAT y normas complementarias.
Reinicio de los Pagos y Retenciones del Impuesto Si en un determinado mes tus rentas de cuarta o quinta categoría superan los montos antes señalados (S/ 36,313 para el ejercicio 2018) deberás declarar y efectuar el pago a cuenta que corresponda por la totalidad de tus ingresos que obtengas en el referido mes y consignar en tus recibos las retenciones correspondientes que te deben efectuar (8% del importe pagado)
Capítulo 4: Declaración y Cálculo Anual Declaración y Pago Anual del Impuesto Cada año, la SUNAT emite una Resolución donde se establecen los contribuyentes obligados a presentar la declaración y el impuesto anual con su respectivo cronograma de vencimientos. La SUNAT te remite una información personalizada por internet a cual podrás acceder con tu Clave SOL, conteniendo tus ingresos y créditos del impuesto a la renta, para que puedas validar la información o la corrijas en caso de desacuerdo. Si es conforme la envías por el mismo medio y en caso las corrija la envías también por el mismo medio, con lo cual está cumplida tu declaración anual.
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RENTA BRUTA
DEDUCCIONES
Por el ejercicio individual de (-) 20% de la profesión, ciencia u oficio renta bruta. Art. 33, inc. a) LIR
(Hasta el límite de las 24 UIT)
Desempeño de funciones de No hay director de empresas, regidor deducción municipal y otros (dietas)
(-) 7UIT
RENTA NETA
Renta Neta de Cuarta Categoría (monto al que se le aplica el porcentaje correspondiente)
Art. 33, inc. a) LIR
Renta bruta: Es el total de los ingresos afectos a la renta de cuarta categoría. Renta Neta: Es el monto que resulta de restar a la renta bruta una deducción legal del 20% hasta el límite de 24 UIT ’s. Dicha deducción no es aplicable a las rentas percibidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, albacea y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional. Además de las rentas de cuarta y quinta categorías podrán deducirse anualmente, un monto fijo equivalente a siete (7) UIT ’s. Los contribuyentes que obtengan rentas de ambas categorías sólo podrán deducir este monto por sólo una vez.
IMPORTANTE: Para calcular el impuesto anual sobre tus rentas de cuarta categoría o en caso obtengas los dos tipos de rentas (cuarta y quinta categoría)a partir del ejercicio 2015 están sujetas a una escala con tasas progresivas acumulativas de: 8%, 14%, 17%, 20% y 30% respectivamente sobre la renta neta. El impuesto anual por rentas del trabajo, se paga conjuntamente con la Declaración de Renta Anual. En caso tengas saldo a favor del impuesto podrás solicitar su devolución o compensación marcando la opción elegida en la Declaración Anual. En caso elijas la opción de devolución se abrirá un enlace para el formulario solicitud de devolución 1649 que debes presentar inmediatamente después de presentada la Declaración anual del impuesto. En caso no lo hagas en ese momento lo podrá hacer de modo presencial ante las dependencias de la SUNAT presentado el formulario impreso N° 4949 para el mismo fin. En caso tengas deuda por Impuesto Anual y deseas fraccionarla se te abrirá un enlace hacia la solicitud de fraccionamiento con el formulario virtual 687, inmediatamente después de presentada tu declaración anual del impuesto. 11
CASO PRÁCTICO Caso N°1 Juan Donayre contador de profesión emite un recibo por honorarios a la empresa El Cisne S.A.C. que pertenece al Régimen General y es agente de retención, por la suma de S/. 5000. El Cálculo de la retención se realiza de la siguiente manera: Monto de Pago:
S/. 5 000
Retención: 8%
Monto a Retener:
(400)
Monto Total Neto:
S/. 4 600
Tal como se advierte del ejemplo, la empresa retendrá a Juan S/. 400, por lo cual Juan recibirá S/. 4 600 como pago por sus honorarios.
Caso N°2 Calculo Anual del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría TRABAJADORES INDEPENDIENTES RENTAS DE 4TA CATEGORÍA
2018 UIT = S/. 4,150
Renta Bruta
50,000.00
Deducción (20%)
-10,000.00
Renta de 4ta Cat.
40,000.00
Deducción (7 UIT)
-29,050.00
De ducci ón adi ci onal (3 UIT)
Renta Imponible
Arrendamientos EsSalud de trabajadoras del hogar
0.00 (Condi ci onado a suste ntos)
10,950.00
Mé di cos y odontol ógi cos Intereses de Créditos Hipotecarios
Escala 8%
Hasta 5 UIT
20,750.00
14%
De 5 UIT hasta 20 UIT
83,000.00
17%
De 20 UIT hasta 35 UIT
145,250.00
20%
De 35 UIT hasta 45 UIT
186,750.00
30%
Mas de 45 UIT
876.00 IMPUESTO Cómo la Renta Imponible no supera la primera escala, se tendrá que retener e l 8%
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CONCLUSIONES
Todos los profesionales independientes deben recibir la asesoría adecuada, respecto a las rentas de cuarta categoría, caso contrario, al no tener el conocimiento necesario podrían caer en evasión, lo cual traerá problemas a la recaudación fiscal, perjudicando notablemente al Estado Peruano. La administración tributaria, así como los maestros que forman a los profesionales, son los responsables de explicar con precisión y detalle el real contenido de los impuestos, con la finalidad de evitar la problemática antes mencionada.
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BIBLIOGRAFÍA
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/impuesto-a-la-rentapersonas-ultimo/rentas-de-cuarta-categoria-personas/3064-02-calculo-delimpuesto-por-rentas-de-cuarta-categoria
https://prezi.com/view/gx70wbEPBOS8Dh5SMo6R/
https://gestion.pe/tu-dinero/renta-cuarta-categoria-227344
https://www.camaralima.org.pe/principal/noticias/noticia/trabajadoresindependientes-podran-solicitar-suspension-de-pagos-a-cuenta-del-impuestoa-la-renta/980 https://www.youtube.com/watch?v=f7TkcPWK-xM&t=456s
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