Mercado Municipal Manuales Elementales de Servicios Municipales
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© AMUNIC e INIFOM Directora de la colección:
Coordinadora:
A
Autor: Colaboradores:
Edición al cuidado de:
Elsa Isabel Guerrero Asesora Técnica Principal PRODEMU DANIDA Juana Lisseth Herrera Galeano Administradora Administrado ra PRODEMU DANIDA Arq. Leonardo García A. Srita. Gioconda Castro B. Ing. Inf. Ivette Salazar G. Ing. Róger Robleto F. Lic. Omar Brenes C. Sr. Wilder Escobar B. Lic. Róger Gaitán R. Nina Lucía Monje
Ilustraciones:
Arq. Leonardo García A. Arq. Mario Castro M.
Fotografías:
Arq. Leonardo García A.
Diseño y Diagramación:
María Amanda Martínez
Impresión:
IMPRIMATUR, Artes Gráficas 500 ejemplares Managua, Nicaragua Julio 2001 Reimpresión 600 ejemplares Julio 2003
Ninguna parte de esta publicación, incluido el diseño de la portada, puede reproducirse, reproducirse, almacenarse o transmitirse de ninguna forma, ni por ningún medio, sea éste eléctrico, químico, mecánico, óptico, de grabación o de fotocopia, sin la previa autorización escrita del autor.
El contenido de esta obra es responsabilidad exclusiva del autor.
Esta publicación es posible gracias al financiamiento de PRODEMU DANIDA.
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A
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Elsa Isabel Guerrero Asesora Técnica Principal PRODEMU DANIDA Juana Lisseth Herrera Galeano Administradora Administrado ra PRODEMU DANIDA Arq. Leonardo García A. Srita. Gioconda Castro B. Ing. Inf. Ivette Salazar G. Ing. Róger Robleto F. Lic. Omar Brenes C. Sr. Wilder Escobar B. Lic. Róger Gaitán R. Nina Lucía Monje
Ilustraciones:
Arq. Leonardo García A. Arq. Mario Castro M.
Fotografías:
Arq. Leonardo García A.
Diseño y Diagramación:
María Amanda Martínez
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IMPRIMATUR, Artes Gráficas 500 ejemplares Managua, Nicaragua Julio 2001 Reimpresión 600 ejemplares Julio 2003
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Agradecimientos
Al Equipo de Apoyo. La elaboración de este trabajo ha sido posible gracias a un equipo de apoyo constituido const ituido por las siguientes personas: Gioconda Castro B., en la transcripción de entrevistas y levantado de texto; Licenciado Omar Brenes Cajina, especialista en Ciencias Agropecuarias, Medio Ambiente y Educación de Adultos; Ingeniero Róger Robleto F., Especialista en Inge-
niería Química, Proyectos Institucionales y Municipales; y la colaboración especial de la Ing. Inf. Ivette Salazar G., en las entrevistas, recopilación de información, búsqueda bibliográfica y otras actividades. Al personal de las Alcaldías visitadas. Los Municipios visitados para realización de entrevistas y recopilación de datos fueron: Condega, Estelí, Granada, La Concepción, La Paz Centro, León, Managua, Masaya, Mateare, Morrito, Nagarote, Palacagüina, Puerto Cabezas, San Carlos, San Miguelito, Teustepe, Ticuantepe y Tipitapa. A los participantes en el proceso de validación del Manual. En el taller de validación de este Manual, efectuado el 20 de septiembre de 2000, participaron las siguientes instituciones: instituciones: Alcaldía de León, AMUNIC, INIFOM, GTZ-INIFOM y PADCO.
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Presentación El Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM) y la Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC), con la colaboración del Programa de Apoyo a la Descentralización y el Desarrol lo Municipal (PRODEMU-DANIDA), tiene el agrado de poner a disposición de las municipalidades de Nicaragua el presente Manual Elemental del Servicio de Mercado Municipal, Municipal, con el propósito de que sirva como una guía de apoyo técnico en la administración de este servicio municipal, y para la capacitación de personal municipal. Esta publicación forma parte de una serie de ocho Manuales de Servicios Municipales Municipale s elaborados durante el año 2000, y su contenido es producto de un proceso de investigación, documentación en un con junto de municipios, entrevistas a Alcaldes, Concejales, técnicos, Directores de Servicios Municipales y personas ligadas a este tipo de servicio, siendo validado su contenido en seminarios organizados por AMUNIC, con participación de personal de las municipalidades, INIFOM y programas de cooperación en el sector municipal. Queda en manos de las autoridades municipales, Directores de Servicios Municipales y personal vinculado al servicio de mercado municipal, utilizar adecuadamente los conocimientos y las técnicas plasmadas en este Manual, para desarrollar una gestión apropiada hacia el mejoramiento de la infraestructu infraestructura, ra, la gestión administrativa, administrativa, financiera, de control y ambiental que implica la producción y prestación del servicio de mercado municipal. INIFOM y AMUNIC manifiestan su disposición a apoyar a las municipalidades en la asistencia técnica y capacitación para la gestión de los servicios municipales, sin embargo, este Manual ha sido diseñado para que pueda ser utilizado de forma autodidacta por el lector.
Lic. Pedro Joaquín Chamorro Presidente INIFOM
Lic. Melvin Romero Presidente AMUNIC
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Índice 9
Siglas Usadas
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I.
Introducción
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II.
Principales Definiciones
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III.
Clasificación de los Mercados
17
IV.
Elementos de Diseño de Mercados
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V.
Gestión del Servicio de Mercado Municipal
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VI.
Indicadores de Cálculo y Seguimiento
75
VII.
Aspectos Ambientales
81
VIII. Aspectos Jurídicos
105
IX.
Glosario
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X.
Bibliografía
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Anexos Anexo 1 Control de Comercialización de Productos en Veda Anexo 2 Organización del Personal Algunas Fichas Ocupacionales 7
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Siglas Usadas DANIDA
Asociación de Municipios de Nicaragua Agencia Danesa para el Desarrollo Internacional
EIA
Evaluación de Impacto Ambiental
GTZ
Agencia Alemana de Cooperación Técnica Internacional
INIFOM
Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal
MIFIC
Ministerio de Fomento, Industria y el Comercio
NTN
Norma Técnica Nicaragüense
PADCO
Planificación y Desarrollo Colaborativo (PADCO, por sus siglas en inglés)
PRODEMU
Programa de Apoyo a la Descentralización y el Desarrollo Municipal en Nicaragua
PVC
Cloruro de polivinil
AMUNIC
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Mercado Municipal de Waspán
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I. Introducción Los mercados existen desde hace muchos años, cuando la sociedad organizada comprendió que era necesario establecer días, horarios y locales apropiados para la actividad de intercambio comercial de productos. Los mercados se remontan, en el caso de Nicaragua, a una organización llamada tiangue o tianguis , que se define como un “mercado pequeño, principalmente el que se instala de manera periódica en la calle”. 1 En la época anterior a la colonización española y específicamente entre los aztecas, no se puede decir que existiera un sistema financiero formal, sino mas bien un sistema de trueque para realizar las transacciones comerciales. Se entiende que lo que dominaba en esos tiempos era el pago en especie entre mercaderes y artesanos, y el pago con trabajo agrícola. Las mercancías que se generalizaron como medio de intercambio eran el cacao, mantas llamadas quachtli , plumas y oro en polvo. Además de la utilidad de los mercados, estos establecimientos marcan una influencia en el medio ambiente donde se localizan, por el ruido, la circulación de la población, compradores y comerciantes, la generación de grandes cantidades de desechos, especialmente de tipo orgánico, que atrae grandes cantidades de moscas y ratas, entre otros vectores; influyen en la circulación vehicular y atraen antisociales, entre otros factores. Los mercados de la antigüedad no difieren mucho de los actuales, la diferencia puede notarse principalmente en la infraestructura, las instalaciones y los vehículos de carga, entre otros. 1 El Pequeño Larousse en color , p. 974. 1996.
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La producción de este material en forma de Manual, se ha concebido para que sirva de apoyo y referencia a todas las personas interesadas en temas tan importantes como el intercambio comercial, lo que permitirá aportar al planteamiento de soluciones apropiadas a los problemas particulares de este servicio público municipal. Es un propósito de la organización de este material contribuir al mejoramiento de la gestión del servicio, pero también para ilustración básica a los políticos, Alcaldes, Vicealcaldes, Concejales, Directores de Servicios, técnicos municipales, funcionarios y miembros de la comunidad, que desean estudiar y conocer mejor el tema de los Mercados Municipales. En este Manual se presentan sugerencias y propuestas en muchos de los aspectos que componen el material, tratando de que su ejemplo inspire la construcción de soluciones tanto de bajo costo, como de sistemas complejos, los cuales serán adaptados a cada municipio, según sus posibilidades económicas y financieras. Se trata de hacer un llamado a la conciencia de la población, tanto para contribuir a mejorar la prestación del servicio de mercado municipal, como para desarrollar acciones de prevención, que permitan evitar problemas complejos, ahorrar gastos al gobierno local y proteger el medio ambiente. El contenido del Manual se presenta de la siguiente forma: el Capítulo I es la introducción; en el II se presentan algunas definiciones; en el III, la clasificación de los mercados; en el IV, los principales elementos de diseño de un mercado; en el V, la gestión del servicio; en el Capítulo VI, indicadores para el seguimiento; en el Capítulo VII, algunos aspectos ambientales a considerar; en el Capítulo VIII se desarrolla el aspecto legal; el Capítulo IX contiene el glosario de términos usados y el X, la Bibliografía.
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II. Principales Definiciones
¿Qué entendemos por mercado municipal? Mercado, del latín mercatum, en una definición genérica es contratación pública de mercancías en un sitio destinado al efecto y en días señalados. Lugar o edificio público destinado permanentemente o en días señalados, a comprar, vender o permutar géneros y mercancías. En términos económicos, se puede decir que mercado es el ámbito que comprende a consumidores y productores, que tienen influencia sobre la formación del precio del bien objeto de cambio.2 También podemos decir que un mercado municipal o mercado detallista es un lugar de concurrencia de compradores y vendedores o comerciantes, donde se realizan actividades de intercambio comercial. El local del mercado debe ser una instalación apropiada para el comercio, con las condiciones mínimas requeridas para este tipo de actividades. 2 Diccionario Enciclopédico Pequeño Larousse , pág. 660. Primera Edición. Segunda Reimpresión. 1996.
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¿Qué es la Intendencia? La Intendencia es la máxima autoridad del mercado, entendiéndose por Intendencia la administración o gerencia, independientemente del tipo de administración que se encargue de ofrecer el servicio de mercado municipal o minorista a la población. La Intendencia o administración se encarga de coordinar las distintas actividades propias de estas instalaciones. Organiza todos los espacios que conforman las instalaciones, tales como locales de comercio o tramos, servicios, circulación, carga y descarga, entre otros. La Intendencia del mercado municipal debe mantener informado al Alcalde y/o Concejo Municipal de la ciudad, en cuanto a la situación del mercado, problemas, buenas prácticas, ampliaciones demandadas, asuntos de cobros de tarifas, impuestos, tasas, etc. Abarrotes Artículos de consumo doméstico de primera necesidad, tales como granos básicos, artículos de cocina, artículos de uso personal, artículos varios. Arriendo Alquiler de una cosa en un período determinado. Alquiler de un tramo del mercado. Disposiciones sanitarias Conjunto de normas sanitarias dictadas por la autoridad sanitaria, la Asamblea Nacional, o bien por Ordenanzas de la municipalidad, consideradas de obligatorio cumplimiento. Feria En el caso de los mercados, se entiende como un conjunto de actividades comerciales de expendio de alimentos, productos agropecuarios, artesanías, ropa y otros productos de consumo popular. Se pueden desarrollar actos culturales, corridas de toros, entretenimiento, diversión, exposiciones hípicas, entre otras actividades. La infraestructura puede ser de tipo rústico o típica, desmontable o de carácter permanente, en dependencia de la duración de las actividades. Existen ferias especializadas, tales como: feria de ganadería, feria de vestuario, feria del maíz, feria de calzado, feria de artesanías, etc. 14
III. Clasificación de los Mercados Por su tipología, los mercados pueden clasificarse en:
• • • • • •
Mercado mayorista Mercado central Mercado regional Mercado minorista o detallista Mercado tipo feria Mercado especializados, supermercados
Existen otros tipos de mercados que no se clasifican en el listado anterior, tales como el mercado de valores, por corresponder a otro tipo de actividades que no competen a este Manual. En este caso, el tipo de mercado al que nos referiremos es el mercado minorista, mercado detallista o mercado municipal. Otra definición de mercado minorista es: una agrupación de establecimientos de venta al por menor, dispuestos en un mismo recinto. Es un mercado que vende variedad de productos y la forma de comercialización es la tradicional. Dependiendo de la localidad, de los hábitos y costumbres, del nivel de vida de la población, de la tipología constructiva, y de la capacidad financiera de la Alcaldía, también se pueden clasificar los mercados en:
• •
Mercado urbano Mercado rural 15
Mercados urbanos Son los mercados que se encuentran dentro del perímetro urbano y se dedican al comercio de productos perecederos, ropa, calzado, electrodomésticos, artículos de limpieza y de uso doméstico en gran variedad. Los mercados urbanos son, por lo general, de tipo detallista, donde la mayoría de los clientes o compradores son peatones y tienen su residencia a pocas cuadras, por esto las municipalidades deben estudiar la ubicación de tales instalaciones en lugares apropiados. La demanda y el tamaño de la ciudad determinarán la necesidad de establecer, posiblemente, más de un mercado minorista en la misma ciudad. También son mercados urbanos los establecimientos que tienen una mayor categoría, tales como los mercados centrales, los mercados de mayoreo y otro tipo de establecimientos semejantes, como los supermercados. No pueden descartarse de esta tipología los mercados de feria o de artesanías, que aunque a veces se trata de comercialización de productos temporales o de determinada época, en ocasiones se establecen de forma permanente, dependiendo de la demanda o aceptación del público. Mercados rurales Los mercados rurales, por la situación, el entorno, las condiciones económicas y otros factores como la capacidad adquisitiva de los compradores, son mercados que tienen un nivel de especialización tal, que se caracterizan por ofrecer principalmente productos de primera necesidad: perecederos, productos que demandan con mayor fuerza los campesinos, agricultores o ganaderos, tales como productos químicos, fertilizantes, semillas, alimento para animales, productos veterinarios, entre otros. La forma de comercializar puede ser la misma que la de los mercados urbanos o detallistas, pero en algunos casos existen formas tradicionales de compra y venta como intercambio de productos o trueque, lo que depende en gran medida de las costumbres de los pueblos. Se recomienda consultar al Instituto de Desarrollo Rural (IDR) en cuanto a diseños apropiados para el sector rural, costos y facilidades de implementación de proyectos con fondos del gobierno central. 16
IV. Elementos de Diseño de Mercados 1.
Ubicación de mercados minoristas
A fin de construir un mercado municipal, es necesario que se ubique en un lugar adecuado, que respete ciertos factores de diseño, que cumpla con los requisitos mínimos que se enuncian en este Manual y que se adapte a las necesidades y demandas de la población usuaria. En cuanto a la localización del mercado, es conveniente recordar y tomar en cuenta los siguientes conceptos:
•
•
Un mercado municipal minorista debe estar ubicado en la ciudad, de manera que facilite su acceso a una buena parte de la población. Esto quiere decir que, dependiendo del tamaño de la ciudad y de la cantidad de población a servir, el mercado municipal puede localizarse en dos o más sitios, siendo independiente el funcionamiento de cada uno de ellos. En cada caso se puede estimar que el mercado servirá a una población que tiene su residencia a una distancia no mayor de unas 10 cuadras (1000 varas u 833 metros), considerando que es una distancia prudente para desplazarse a pie, es decir, el mercado debe servir en una buena medida, para peatones. 17
•
•
•
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•
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Una población de unos 15,000 habitantes, por ejemplo, requiere de instalaciones apropiadas para desarrollar las actividades de intercambio comercial, con las especificaciones mínimas que en este documento se establecen. Debe tomarse en cuenta la topografía del sitio, que no tenga desniveles muy pronunciados y considerarse que dentro del mercado no es recomendable que existan diferentes cambios de nivel al caminar. Se debe tomar muy en cuenta que las personas caminan con cargas en los brazos, la vista no se detiene mucho en el piso, la atención está más centrada en los productos y la aglomeración no permite que exista una amplitud de visión. La ubicación del mercado no es compatible con otras actividades como fábricas de productos químicos, cauces, vertederos, cementerios, rastros, hospitales, acuíferos, lagunas de oxidación, parques, templos o centros escolares, entre otras actividades. La distancia mínima de separación entre un mercado y un vertedero debe ser de al menos 3 kilómetros. Los vectores como moscas o roedores pueden recorrer grandes distancias, que pondrían en peligro de contaminación los productos del mercado, especialmente los alimentos. Un mercado municipal debe ubicarse a una distancia promedio de unas dos cuadras de una vía de acceso principal, lo que facilitará la circulación del transporte de carga hacia y desde el mercado. La localización del mercado debe estar acorde con las normas de desarrollo urbano municipal, planes de crecimiento de la ciudad, otro tipo de proyectos futuros, demanda poblacional, acceso al transporte de carga y no significar una molestia para otras actividades urbanas, tales como la vialidad y el transporte público.
2.
Principales elementos espaciales del mercado
Para diseñar instalaciones de este tipo, los mercados deben contar con un mínimo de espacio de 0.10 m2 por habitante.3 3 Normas de Equipamiento Urbano . MINVAH, 1982.
19
Una organización del mercado en términos espaciales puede darse por zonas de actividades semejantes, de la siguiente forma: Zona de alimentos: granos básicos, productos perecederos, productos lácteos o derivados, pescadería, productos cárnicos, comida preparada, abarrotes y otros similares. Zona de artesanías y productos elaborados: vestuario, cuero, calzado, artesanías, productos suntuarios, jugueterías. Zona de libros y revistas, electrodomésticos: papelería, librerías, radios, televisores, equipos de sonido, repuestos eléctricos. Zona de ferretería: repuestos, artículos de fontanería, electricidad, carpintería, mecánica y otros. Zona de productos farmacéuticos y químicos: fertilizantes, medicinas, farmacias. Zona de bodegas: pueden diferenciarse los productos a almacenar; por ejemplo, para alimentos que requieren refrigeración o condiciones adecuadas para que no se descompongan, o bien para almacenamiento de productos químicos, farmacéuticos, fertilizantes, etc. También debe ser apropiado el almacenaje, debido a sus propias características. Zona de carga y descarga: Debe ubicarse cerca del área de almacenamiento o en un lugar equidistante de todas las áreas que demandan su uso. Este espacio no debe interferir con las actividades ordinarias de compra y venta que se realizan durante todo el día en las instalaciones del mercado. Zona administrativa o Intendencia: Es el cuerpo de gobierno de las instalaciones del mercado, es la gerencia o administración, la que debe contar con oficinas apropiadas para las actividades que desarrolla. 20
Zona de servicios sanitarios, lavaderos: Deben ubicarse en un área que no sea tan evidente, con cierta cobertura de elementos que pueden ser arbustos, biombos, etc. Su colocación debe responder a las exigencias propias de las instalaciones o sistema sanitario, como por ejemplo: cercanía de las tomas de agua potable, ubicación apropiada para la pendiente del drenaje, cerca de las áreas de trabajo o servicio, accesible a la circulación peatonal. Su disposición no debe afectar el funcionamiento de ninguna otra área; al contrario, debe facilitar el buen funcionamiento de todo el mercado. En esta área pueden colocarse tomas de emergencia para bomberos, en caso de incendios en las instalaciones del mercado. 21
Zona de recolección de desechos sólidos: Debe ubicarse en la zona de servicio del mercado, en un lugar donde no interfiera la actividad comercial. Debe tenerse mucho cuidado con este espacio, ya que si no existe un manejo apropiado de la basura, este lugar se convertirá en un peligroso foco de infección, criadero de moscas y roedores y toda clase de vectores o transmisores de enfermedades. Debe permitirse la entrada de un vehículo tipo tractor con su remolque a esta área, para recoger la basura y transportarla a l vertedero municipal. Zona de recolección y tratamiento de residuales líquidos: Por lo general, esta área de trabajo es un espacio soterrado que contiene las correspondientes tuberías, drenajes, cajas de captación de los residuales líquidos, trampas de grasa, fosa séptica y sumidero, entre otros dispositivos. Zona de estacionamiento vehicular público: El mercado municipal debe contemplar un espacio adecuado para el estacionamiento de vehículos, la que no debe ubicarse a más de dos cuadras o 150 metros, considerando el transporte de bultos y carga hacia los vehículos. Debe haber una cantidad suficiente de plazas de estacionamiento. Otras actividades y elementos a considerar: otras actividades que deben contemplarse en el diseño de mercados municipales pueden ser la ubicación correcta de instalaciones eléctricas, equipos, motores, incineradores, casetas de vigilancia, áreas verdes, áreas de descanso, casetas de promoción del turismo, información general y depósitos de agua potable, entre otros.
3.
Infraestructura del mercado
La infraestructura del mercado debe cumplir con todas las normas establecidas para la construcción, ateniéndose principalmente a la seguridad de las personas, desde los cimientos hasta las paredes, el techo, las instalaciones eléctricas, de plomería, normas de seguridad, higiene, prevención de incendios y todas las reglamentaciones referidas a la prevención de accidentes, y relacionadas especialmente con la aglomeración de personas.
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PROTECCIÓN DE LA LLUVIA, EL SOL Y EL VIENTO ADECUADA VENTILACIÓN E ILUMINACIÓN
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Las estructuras más aconsejables para conformar un edificio para mercado son las estructuras metálicas formadas por marcos, que permiten cubrir grandes claros o distancias, proveen suficiente altura, permiten la ventilación, la circulación y la disposición de instalaciones eléctricas, sanitarias, mecánicas y especiales. Otros tipos de materiales pueden ser usados, siempre y cuando se cumplan las recomendaciones antes establecidas de seguridad y comodidad. La selección de los materiales de construcción está en dependencia del diseño, las características del lugar, la disponibilidad económica, que no debe sacrificar la seguridad y comodidad. Un ejemplo de esto sería el uso de concreto reforzado, el que debe diseñarse y construirse de acuerdo a las normas de construcción vigente, y debe ser trabajado por personal capacitado y con licencia de construcción. Las paredes deben ser construidas con materiales resistentes, especialmente a sismos e incendios. Materiales como la mampostería confinada o el concreto armado son muy recomendables. Los techos para superficies amplias pueden ser de asbesto cemento o zinc corrugado, preferiblemente calibre 26, tratado con pintura anticorrosiva y tapagoteras, lo que debe ser probado antes de entrar en funcionamiento la instalación. Un mantenimiento constante es aconsejable, especialmente en la zona del Océano Pacífico por corrosión de cenizas volcánicas, muy común en esta parte de Nicaragua y en las construcciones del litoral Atlántico, especialmente por el poder corrosivo de la salinidad que contiene el aire en estas latitudes. La municipalidad o empresa encargada debe contratar personal o empresas calificadas para realizar tales edificaciones.
4.
Circulación del mercado
En este tipo de establecimiento se pueden diferenciar dos tipos de circulación:
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La circulación peatonal peatonal, interna y externa. vehicular, externa. La circulación vehicular Para la circulación peatonal debe existir un mínimo de espacio libres, para poder considetransversal de unos 2.00 metros libres rar que existen tres espacios imaginarios de movimiento peatonal, uno a cada lado, en actividad directa con cada tramo del mercado y uno central donde circulan compradores y estibadores o cargadores de mercaderías. Estos espacios de circulación deben estar desprovistos de cambios de nivel bruscos. Se recomienda el uso de rampas suaves, de poca pendiente, lo que permite al peatón ascender o descender sin tropezar. A fin de desarrollar una circulación lo más fluida posible, es conveniente que exista una buena señalización de locales comerciales, sanitarios, salidas, y otros elementos que el comprador requiere como información para poder circular. Los canales de drenajes en el piso no deben estar descubiertos. Deben estar provistos de rejillas, cedazos u otros elementos que permitan el paso sobre ellos, sin exposición de las personas a caídas, y al mismo tiempo evitar que se ensucien y obstruyan la libre circulación de las aguas servidas. El piso debe recibir periódicamente un mantenimiento adecuado cuado, evitándose la creación de charcas, ladrillos sueltos, concentración de basura, tuberías descubiertas, entre otros elementos que signifiquen estorbo de la libre circulación. Preferiblemente, los pisos del mercado deben tener cualidades antiderrapantes y fáciles de limpiar. Como norma de seguridad para la evacuación rápida de un edificio de mercado se deben establecer salidas cada 12.00 metros entre una y otra, lo que significa que cada persona dispondrá de un máximo de 6.00 metros a recorrer al momento de una emergencia. La altura mínima libre en un espacio de circulación debe ser de metros, considerando que las personas que llevan unos 2.50 metros una carga sobre sus hombros no tendrán obstáculos por enci25
ma de sus cabezas, por lo que debe evitarse la colocación de cuerdas o mecates, cables eléctricos eléctricos, tuberías, rótulos, aleros, vigas, y otros elementos constructivos a esa altura.
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Para la circulación vehicular del mercado y área de estacionamiento cionamiento, se debe tomar en cuenta un volumen estimado, lo que debe hacerse en la fase de diseño principalmente. Esto estará en dependencia de la demanda demanda, la cantidad de locales comerciales que contendrá el mercado, el volumen de mercadería dería, el tamaño de la ciudad o área a la que sirve el mercado, las características del municipio, las costumbres (por ejemplo, puede ser que la mayor cantidad de vehículos sean carretas y carretones y no necesariamente camiones o camionetas de acarreo o carga). Algunos indicadores comunes que pueden utilizarse para calcular superficies de circulación, superficies de estacionamientos y áreas de carga y descarga, son los siguientes:
•
Dimensiones de estacionamiento de un vehículo familiar (tipo sedán): 2.50 m x 6.00 m. Superficie requerida: 2 15.00 m
•
Dimensiones de estacionamiento de un camión de carga pro2 medio: 4.00 m x 12.00 m. Superficie requerida: 48.00 m
•
Ancho mínimo de calle de acceso al mercado: 6.00 m. Recomendable: 8.00 m.
La superficie mínima requerida para estacionamiento y circulación vehicular interna del mercado puede ser de 25 m 2 por vehículo. Esto implica una superficie total de unos 500 metros cuadrados por cada 20 vehículos; o bien, otro indicador puede ser 0.5% del total de habitantes a los cuales sirve el mercado municipal en número de plazas de vehículos, es decir que para 15,000 habitantes correspondería un total aproximado de 75 plazas para vehículos, o de 1,875 metros cuadrados, incluyendo zona de parqueo y calles internas del mercado. Debe tomarse en cuenta, sin embargo, que a menor número de plazas de estacionamiento, mayor número de puestos comerciales, por tanto, el diseño debe considerar todos estos elementos, al mismo tiempo que se debe pensar en el futuro crecimiento de las instalaciones y las limitaciones de espacio disponible en los terrenos del mercado. La superficie mínima recomendable 2de plataforma de carga y descarga puede ser de unos 24.00 m , con dimensiones de 4.00 m 27
x 6.00 m, lo que puede variar en dependencia de la posición de tal actividad, el volumen de mercadería en movimiento de carga y descarga, el diseño del edificio, los vehículos que acceden al mercado, entre otros elementos. El acceso al mercado puede establecerse por una calle que tenga un ancho promedio de 8.00 metros, pero a lo interno del mercado es preferible que la circulación de vehículos se dirija en un sentido para el acceso a las áreas de estacionamiento y descarga, y en otro para la salida, ampliamente separados uno del otro, es decir distintas calles.
5.
Instalaciones sanitarias del mercado
El mercado debe contar con instalaciones apropiadas de agua potable, y drenaje de aguas servidas, tales como aguas negras y aguas pluviales. Las tuberías deben ir soterradas, y pueden ser de plástico o cloruro de polivinil (PVC). Un cálculo por un Ingeniero Sanitario debe ser realizado para establecer el sistema apropiado, tanto de agua potable, como de aguas negras y pluviales, con los diámetros correctos, presión suficiente, válvulas, salidas, accesorios y aparatos sanitarios correctos, previsiones correspondientes y otros elementos del sistema. En el caso de aprovisionamiento de agua potable potable, un depósito de agua debe contemplarse de tal forma que abastezca durante un día de trabajo completo, como mínimo. En tal sentido, se puede establecer una provisión mínima de reserva de agua potable de unos 100 litros por usuario y día, lo que significa unos 26.42 galones por persona y día de personal fijo en el mercado. Esto implicaría a comerciantes (un estimado de 2 personas por cada tramo) y a personal de la Intendencia o administración del mercado. Como un ejemplo de cálculo, para un total aproximado de 100 personas fijas en el mercado (sin incluir compradores), se puede estimar una cifra de cálculo de 10,000 litros, o bien 2,642 galones de agua de reserva por día. Esta cifra debe proveerla un Ingeniero Sanitario, cuando se realice el proyecto de construcción del mercado. 28
29
En términos de provisión de aparatos sanitarios en el mercado, se debe calcular un promedio de un aparato sanitario de cada tipo por cada 50 personas, entendiéndose como aparatos sanitarios inodoros y lavamanos. Para el caso de una población de 15,000 habitantes, se puede suponer que el núcleo familiar se compone de 6 personas, como generalmente ocurre en la mayoría de las poblaciones de Nicaragua. Esto significa que de 15,000 habitantes (15,000 / 6 = 2,500) un total aproximado de 1,250 podrían estar visitando el mercado, divididos en dos tiempos (mañana y tarde), serían unos 625 y divididos por 50 resultaría un total de 13 inodoros y 13 lavamanos, en términos muy teóricos. Una estimación más aproximada debe hacerse con un estudio que contemple la afluencia o la demanda de compradores y la cantidad de comerciantes que contendrá el mercado, lo que permitirá evaluar con mayor exactitud la cantidad adecuada de aparatos sanitarios a instalar en el mercado municipal.
6.
Instalaciones eléctricas del mercado
De la misma forma que se debe hacer un diseño apropiado para la red sanitaria, el sistema eléctrico debe ser diseñado y elaborado por un Ingeniero Eléctrico o un electricista experimentado, que diseñe el sistema completo, las cargas, la red, la alimentación correcta de la energía, las previsiones futuras, las medidas de seguridad, las acometidas, el cableado, las salidas para cada tramo y cada ambiente del mercado, la ubicación de los paneles eléctricos, entre otros elementos.
7.
Recomendaciones constructivas generales para diseño de mercados
El piso debe ser lo más plano posible para evitar accidentes, en el caso de cambios de niveles es preferible construir una rampa, para evitar caídas y permitir el paso de sillas de ruedas y otras carretillas de mano. La superficie del piso del mercado debe recibir un mantenimiento adecuado, con el propósito de evitar la creación de charcas, impedir que los ladrillos se suelten, que se concentre ba30
sura, que las tuberías queden descubiertas, entre otras actividades, que permitan facilitar la libre circulación. De preferencia, los pisos del mercado deberán tener cualidades antiderrapantes. La altura mínima de las paredes debe ser de unos 3.00 metros, aunque esto se encuentra en dependencia del propio diseño y las condiciones particulares de cada lugar. Las pendientes de los techos pueden ser de un 15% como promedio, entre cumbreras y vigas coronas de apoyo. El techo puede tener zonas de láminas transparentes cada 36 metros cuadrados, o bien cada 12 a 15 metros de longitud, de preferencia en grupos de cuatro láminas. Las aguas pluviales deben ser evacuadas por medio de canales y bajantes apropiados, sin que exista interferencia alguna con ambientes de trabajo u otras instalaciones. Los aleros deben construirse con suficiente voladizo, para protección solar adecuada y protección de la lluvia, ayudando también a mejorar la estética del edificio. Especial atención debería tenerse con las actividades de mantenimiento del edificio edificio, ya que es importante para la salud de los consumidores, la seguridad de los comerciantes, la prolongación de la vida útil de la edificación y de las propias instalaciones, por lo que deberá contemplarse en el presupuesto anual lo pertinente a actividades de reparaciones, pintura, mantenimiento y revisión de tuberías, cajas de registro, paneles, control de cargas eléctricas, revisión de conductores eléctricos, colocación de tapagoteras, reparación de canales, bajantes, reparación de pisos y otros. Se recomienda la colocación de paraguas, toldos, pérgolas, lonas o cubiertas plásticas resistentes, como extensión de los techos en lugares que se requieran y cuando el presupuesto no permita construir un techo con su propia estructura permanente. El techo debe permitir la entrada y salida de aire natural, en lo posible. Esto permitirá desarrollar una ventilación cruzada. En
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PROTECCIÓN DE LA LLUVIA, EL SOL Y EL VIENTO ADECUADA VENTILACIÓN E ILUMINACIÓN
tal caso, debe conocerse cuál es la dirección natural y predominante del viento en el lugar del emplazamiento. De igual forma deberá controlarse la incidencia de lluvia. Cuando sea posible se deberán ubicar extractores de aire para mejorar la ventilación de los locales, especialmente en los ambientes donde hay actividades ligadas a la generación de calor, como cocinas, comedores y servicios sanitarios. Es conveniente la colocación de un extractor cada 6 metros en sentido longitudinal del techo. 32
Para ventilación en los casos de paredes se pueden colocar ventanales, celosías y otros elementos que permitan la entrada y salida de aire. La superficie de ventilación en paredes puede ser del orden de un 25 a un 40% del total de la superficie de paredes del mercado. El edificio deberá protegerse de la insolación por medio de aleros, vegetación o “cortinas verdes”, pérgolas y otros elementos.
33
Cada municipalidad debe conocer cuál es el paso aparente del sol en su latitud correspondiente. De forma general, la incidencia del sol es predominante en las caras sur y oeste de los edificios, teniendo una afectación de aproximadamente unos nueve meses en el año. Las precauciones contra sismos, huracanes, incendios, inundaciones y otros fenómenos naturales deben tenerse siempre en cuenta. Es obligatorio el cumplimiento de las normas de construcción vigentes, pero también es conveniente prevenir accidentes, preparar planes de contingencia, prevenir situaciones de desastres naturales y otras emergencias. Debe existir una buena coordinación entre todos los usuarios del mercado, como personal administrativo, comerciantes, transportistas, vigilantes, vecinos del sector aledaño al mercado. También se sugiere realizar una adecuada coordinación con el Cuerpo de Bomberos, Defensa Civil, Policía, Gobernación, Cruz Roja, centros de salud y hospitales cercanos, entre otros, debiendo conocer sus teléfonos, direcciones, contactos, números de emergencia. Se debe mantener una comunicación constante con estas autoridades y de ser posible, estructurar un plan de emergencia que se active en el menor tiempo posible cuando ocurra una emergencia.
Otras fuentes de información, donde se puede ampliar sobre los temas que se han tratado en este capítulo: Reglamento de Desarrollo Urbano. La Gaceta, de 14 de mayo de 1982. Plan Regulador de Managua. ALMA, 1992. Administración del Servicio de Mercado Municipal . Arq. Leonardo García A. Fundación Friedrich Ebert, Agencia Española de Cooperación Internacional. Serie: Descentralización y Desarrollo Municipal No. 10, 1995. Arte de Proyectar en Arquitectura. Neufert. 31ava. edición alemana. Editorial Gustavo Gili. Barcelona, 1983. Manual del Arquitecto y del Constructor. Kidder–Parker. México, 1967.
34
V. Gestión del Servicio de Mercado Municipal
1.
Aspectos ad administrativos
La administración del mercado municipal debe ocuparse, entre otras responsabilidades, de las siguientes funciones generales:
• •
•
Garantizar que todas las actividades propias del mercado y sus instalaciones, se cumplan correctamente. Mantener informado al Alcalde o Concejo Municipal de todas las actividades importantes sobre el servicio de mercado municipal, problemas, demandas de crecimiento, aspectos sanitarios, aspectos financieros, entre otros. Llevar estadísticas o registros apropiados de toda la información que se relaciona con el servicio de mercado municipal o mercado minorista, entre la cual se puede mencionar datos de los comerciantes, situación de los tramos, transporte de mercancías, controles y chequeos sanitarios, coordinación con el Ministerio de Salud, reportes de pesas y medidas, cumplimiento de los comerciantes sobre los períodos de veda para algunos productos, etc. 35
•
•
•
• •
•
•
36
Organizar los tramos y arrendatarios por tipo de actividad, según una planificación establecida, donde lo ideal es agrupar por tipo de actividad en zonas claramente diferenciadas, en lugares apropiados, que dispongan de ventilación, suficiente circulación, área para carga y descarga, libre paso del público y seguridad apropiada, entre otros. Llevar controles de cobro de las tasas y derechos que deben pagar todos los comerciantes, para lo cual debe existir una coordinación muy estrecha con los cobradores del mercado. Estos cobradores deben tener un trato apropiado con los comerciantes, por lo que es aconse jable que reciban seminarios de relaciones humanas, técnicas de trato con los arrendatarios, elementos básicos de marketing o ventas, que les permitan mejorar los ingresos propios del mercado, en base a buenas técnicas y buenas relaciones humanas. Asegurar que las instalaciones del mercado se abran y se cierren a la hora convenida, debiendo existir un buen margen de flexibilidad, especialmente especialm ente en la apertura con los comerciantes y en el cierre de las instalaciones con el público comprador. Coordinar con el área de Tesorería de la Municipalidad, todo lo relacionado con los ingresos y gastos del mercado. Coordinar con la Policía toda actividad donde este cuerpo de seguridad pública deba intervenir dentro del mercado, en aras de garantizar el orden y la buena marcha del servicio. Garantizar que los expendedores de productos alimenticios, del tipo que sean cumplan con los controles sanitarios que el Ministerio de Salud o la autoridad sanitaria establezca. Garantizar que la limpieza de las instalaciones del mercado se realice en tiempo y forma, se aplique con la periodicidad requerida, en horarios adecuados, se dispongan los desechos en lugares apropiados, que existan los recipientes o contenedores de basura en donde se requiere y con la capacidad suficiente.
37
• • • •
•
2.
Comprobar periódicamente la exactitud de las pesas y medidas que se utilicen en las instalaciones del mercado. Mantener un buen trato con los comerciantes en general, y con el público comprador en particular. El mercado es una instalación apropiada para el comercio de bienes y productos, que se ha establecido gracias a la contribución del pueblo consumidor. Planear el presupuesto de gastos e ingresos del mercado, tanto para un período anual, como para períodos más cortos como el semestre, el trimestre o los gastos de cada mes. Llevar registros contables específicos del servicio de mercado municipal. Debe llevar registros de activos fi jos, controles de servicio de deudas (capital e intereses), entre otros.
La Intendencia
Es la administración o gerencia del mercado. La administración del mercado municipal puede ser ejecutada directamente por la municipalidad, contando con personal propio de la planilla de la Alcaldía que responde directamente a la organización del gobierno local. Otra forma de administrar el servicio de mercado municipal es la concesión del servicio por un período determinado, lo que no invalida la supervisión del servicio por la municipalidad y la aprobación de tasas, establecimiento de políticas y otros, por el propio gobierno local. En todo caso, la Intendencia debe responder a una serie de principios elementales que garanticen el correcto funcionamiento del servicio, entre otros, se pueden mencionar los siguientes:
• • • 38
Ofrecer un servicio constante y sin atrasos. Garantizar la higiene y salubridad de los procesos de trabajo. Establecer controles sanitarios que cumplan con las le yes y las normas mínimas de protección a los consumidores.
• • • •
• • •
Mantener una buena disciplina de parte de los comerciantes, personal y operarios del servicio de mercado. Disponer de las facilidades y dotaciones apropiadas en el mercado, para facilitar el trabajo relacionado con todos los procesos del intercambio comercial. Garantizar la rentabilidad del servicio. Mantener buenas relaciones entre la administración del servicio y las cooperativas de comerciantes, operarios, público consumidor, Alcaldía, proveedores y otros grupos de la sociedad, que se relacionan directa e indirectamente con el servicio de mercado municipal. Procurar una adecuada disposición de los residuos sólidos del mercado, evitando la contaminación ambiental y la generación de vectores. Procurar el aprovechamiento de los residuos del mercado en forma apropiada, como materia prima de abono orgánico u otros productos. Respetar las decisiones tomadas por el Concejo Municipal o el Alcalde, en relación con el funcionamiento del mercado y la prestación del servicio.
Ejemplo de gestiones para arrendar un tramo en el mercado • El comerciante debe visitar al gerente o Intendente del mercado; si existe un encargado de ordenamiento del mercado, es preferible hablar con esta persona para acelerar las gestiones, ya que esta persona es la que maneja qué tramos están vacantes y cuál es la ubicación de cada tramo.
•
Una vez que se ha contactado a estos funcionarios o funcionarias, y existe un tramo desocupado, se le solicitan los siguientes requisitos al comerciante: Llevar dos fotografías Llenar una solicitud Llevar dos cartas de recomendación Entregar una fotocopia de su cédula Presentar su récord policial -
39
• • • •
3.
En caso de que el comerciante se relacione con alimentos, debe presentar una constancia de salud extendida por el Ministerio de Salud. Una vez que se aprueba la solicitud, el comerciante debe pagar los aranceles correspondientes que fija la Intendencia o la Alcaldía para cada tramo. El comerciante debe pagar un impuesto a la Alcaldía y un canon mensual a la Intendencia del mercado. El valor de cada tramo varía, dependiendo de la actividad comercial, de la ubicación del tramo en el mercado, etc.
Referencias de higiene y seguridad ocupacional y de los riesgos profesionales establecidas en el Código del Trabajo de Nicaragua
a. Código Laboral El Código Laboral o Código del Trabajo de Nicaragua, establece en el Título V, del Artículo 100 al 152, el siguiente contenido, referido a higiene, seguridad ocupacional y riesgos profesionales:
• • • • • • • 40
Obligación del empleador de adoptar medidas preventivas para proteger la vida y salud de los trabajadores (Artos. 100, 101). Obligación del trabajador de cumplir con las instrucciones para protección personal (Arto. 102). Gratuidad de los equipos de protección (Arto. 103). Avisos de peligro (Arto. 104). Prohibición de laborar en máquinas o procedimientos peligrosos, a menos que se cumplan ciertos requisitos (Arto. 105). No preparar comidas ni dormir en el puesto de trabajo (Arto. 107). Locales apropiados para ingerir alimentos (Arto. 107).
• • • • •
Disposiciones legales, sanciones y otras medidas que puede tomar el Ministerio del Trabajo (Arto. 108). Definición de riesgo profesional (Arto. 109). Definición de accidente de trabajo (Arto. 110). Definición de enfermedad profesional (Arto. 111). Otras obligaciones del empleador, como aviso de accidentes, colaborar en investigaciones, indemnizar a trabajadores, avisos de uso de equipos protectores, reubicación de trabajadores, asistencia inmediata y gratuita, proveer chequeos médicos (Artos. 113, 127, 128).
•
Indemnización por muerte en caso de no estar afiliado el trabajador al régimen normal de seguridad social (Arto. 114).
• • • • • • • • • • • • •
Efectos de riesgos profesionales (Arto. 115). Incapacidad laboral (Artos. 116 al 118). Contratación por intermediarios (Arto. 119). Pago de indemnizaciones (Artos. 120, 121). Aviso de accidente de trabajo (Arto. 122). Incapacidad parcial permanente (Arto. 123). Exención de responsabilidad para el empleador (Arto. 124).
Responsabilidades del empleador (Arto. 125). Indemnización y riesgos en pequeñas empresas (Arto. 126).
Cierre de centros de trabajo (Arto. 129). Trabajo de niños, niñas y adolescentes (Artos. 130 al 137).
Trabajo de mujeres (Artos. 138, 139). Protección a la maternidad de la mujer trabajadora (Artos. 140 al 144).
En Anexos de este Código se puede consultar el listado oficial de enfermedades relacionadas con el trabajo y una tabla de valuación de deficiencias y/o discapacidades de origen laboral.
41
b.
Medidas de prevención en coordinación con otras instituciones En materia de atención a accidentes, planes de contingencia, preparación ante situaciones de desastre natural y otras actividades de prevención de actos y situaciones anormales o de emergencia, se recomienda la debida coordinación interna de todos los usuarios del mercado, como personal administrativo, comerciantes, transportistas, cuerpo de protección física, vecinos del sector.
Asimismo, se sugiere una adecuada coordinación con otros organismos como Bomberos, Defensa Civil, Policía, Ministerio de Salud, Gobernación, Ejército, Cruz Roja, centros de salud y hospitales cercanos, entre otros, debiendo al menos conocerse sus teléfonos, direcciones, contactos, números de emergencia y mantener una comunicación constante con estas autoridades. Lo ideal es mantener un plan de emergencia que se active en el menor tiempo posible cuando ocurra una emergencia.
4.
Aspecto financiero del servicio de mercado
La gerencia y gestión financiera en la administración del servicio de mercado municipal, se considera la gestión de los ingresos y egresos: fuentes de ingresos por impuestos y tasas del servicio, egresos por administración, operación y mantenimiento, adecuado manejo del cálculo de los costos, método de cálculo de tasas, seguimiento y control, así como un servicio de calidad orientado al usuario. a. Fuentes de ingreso del servicio El servicio de mercado cuenta con un conjunto de fuentes de ingreso tributario y no tributario que se relacionan o se originan con el servicio de mercado, entre los cuales se cuentan:
• • • • •
42
Matrículas y licencias Multas por no cumplir normas Tasa por tramo o espacio de mercado Tasa de aprovechamiento de espacios municipales Transferencias del gobierno central y de otras instituciones
• • •
Ingresos financieros por préstamos a corto o largo plazo Donaciones del exterior, del gobierno central y no gubernamentales Recuperaciones
Para efectos de detalles de las sub-cuentas, debe consultarse el Manual de Presupuesto Municipal, Municip al, ya que el propósito de esta sección no es elaborar un presupuesto de ingresos y egresos, sino proponer cómo gerenciar los ingresos por tasas. Sin embargo, para lograr una mejor programación de los ingresos, en la cual se pretende establecer una relación con el cálculo de costos, se deberán considerar principalmente las líneas de ingresos del próximo apartado. b.
Gerencia y gestión financiera del servicio de mercado municipal
b.1 b.1 Tasa Ta sa po porr tr tram amoo o es espa paci cioo de de mer merca cad do “Los tramos o espacios del mercado municipal serán adjudica- dos por la Alcaldía, que determinará la cantidad mensual a pa- gar por cada adjudicatario en función tanto de la ubicación y tamaño del tramo o puesto de venta como de los costos de este servicio” , según el Plan de Arbitrios.
La tarifa de tasas como la señalada se fijará teniendo en cuenta el costo del servicio y en caso necesario, que lo recaudado por tales servicios cubra al menos el 50% del costo de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Arbitrios. A fin de determinar las tarifas de las tasas reguladas, las Alcaldías deben realizar un estudio de costo para cada tasa. b.2 b. 2
Tasa Ta sa por por ap apro rove vech cham amie ient ntoo de de espa espaci cios os mun munic icip ipal ales es Según el Plan de Arbitrios, “para la ocupación de aceras, calles o terrenos municipales con puestos de comida, mesas o con cualquier fin comercial deberá solicitarse permiso previo a la Alcaldía. Una vez concedido el permiso, en su caso, el benefi- ciario deberá abonar la tasa establecida y respetar el plazo de ocupación que se le haya autorizado” .
En resumen se pueden incluir los siguientes componentes del ingreso: 43
• • •
Ingreso de tasa por tramo o espacio de mercado, único o diferenciado Ingreso de tasa por aprovechamiento de espacios municipales Ingreso de tasa por servicio higiénico público del mercado
La experiencia de gestión de algunos mercados del país refleja el concepto de tasas como las señaladas con algunas ligeras modificaciones, pero que esencialmente son las mismas; por ejemplo:
• • • • • • • • •
Tasa por tramo de mercado Tasa por tramo provisional Canon de arriendo de tramo Tasa por módulo de mercado Tasa por tramo interno de mercado Tasa por tramo de anexo del mercado Tasa por aprovechamiento de piso o calle Tasa por aprovechamiento de andén Tasa por servicio higiénico público de mercado
Adicionalmente, si el mercado está fusionado con el servicio de terminal o parqueo de buses, deberá llevar un registro diferenciado para tasa de parqueo de buses. Ingres Ing resoo del del mer mercad cadoo = cantid cantidad ad de tra tramos mos x tas tasaa de tra tramo mo + cantidad de usuarios x tasa de aprovechamiento + cantidad de usuarios x la tasa de servicio higiénico Si se establece que I C T1 T2 A H
= = = = = =
Ingreso Cantidad de tramos o usuarios Tasa de tramo de mercado de 10m2 Tasa de tramo de mercado de 15 m2 Tasa de aprovechamiento / m2 / día
Tasa de servicio higiénico
Para efectos de hacer sencilla esta explicación, se aplicará el supuesto de que haya dos tipos de tramo de mercado o módulo: uno es de 10 m2 y otro es de 15 m2 (aunque en la realidad los tramos de la parte interior pueden valer menos que los de la parte exterior del mercado). La tasa de aprovechamiento es por cada m2 y la tasa de servicio higiénico es única por usuario. 44
Entonces:
I
=
T 1 x C + T2 x C + A x C + H x C
Si se pretenden establecer los montos de las tasas y las cantidades de tramos y usuarios, se deberá contar con una base de datos o de registros que facilite la proyección de los ingresos. Esto debe hacerse previo un estudio de cálculo de costos y luego que el Concejo lo analice y discuta, tome la mejor decisión para establecer la tarifa que entre en vigencia, valiéndose de planes de arbitrios o ley tributaria correspondiente. Por tal razón, se continuará el proceso de cálculo de los ingresos por tasas del mercado, después de proyectar los egresos correspondientes. c. La proyección de egresos Para efectos de cálculo de costos, deben considerarse principalmente las siguientes líneas de gasto:
•
Gastos de personal Sueldo base de personal permanente Sueldo base de personal transitorio Complementos como porcentaje de sueldo por antigüedad, calificación, etc. Treceavo mes Horas extra Gasto social en formación y perfeccionamiento Seguro social a cargo de la municipalidad -
•
Servicios, materiales y productos para servicio de mercado Electricidad Agua Teléfono Otros servicios como correos Arrendamiento y contratación de servicios Mantenimiento y reparación de vehículos -
Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo
Mantenimiento y reparación de edificios Combustibles y lubricantes Equipos de trabajo y herramienta Materiales y productos de limpieza Vestuarios Materiales de oficina
45
-
Mobiliario y equipo de oficina Otros servicios, materiales y productos
Nota: Aunque se pueden incluir en el presupuesto de egresos, las inversiones para efectos de cálculo de costos no se incluyen, ya que para ello se incluyen desembolsos financieros y adicionalmente depreciación.
•
Desembolsos financieros Amortizaciones Intereses Comisiones y otros gastos -
Egresos del mercado = Gastos de personal (R) + Gastos en servicios, materiales y productos para el mercado (S) + Gastos por desembolsos financieros (F) Si se asume que:
Egreso (E)
=
R+S+F
Aparte se calculará la depreciación, como se indica más adelante.
Para continuar la explicación de la elaboración del estimado de ingresos y egresos, se presenta un ejemplo supuesto con el proceso siguiente: La municipalidad “Y” hace los siguientes cálculos estimados para la gestión financiera del servicio de mercado municipal. Gastos estimados Gastos de personal El costo de la planilla mensual es de C$ 3,800. 00. El personal permanente está distribuido así: 1 intendente de mercado C$ 1,400.00 1 colector de tasas C$ 1,000.00 1 vigilante (CPF) C$ 700.00 1 encargado de limpieza C$ 700.00 El treceavo mes a pagar en diciembre será de C$ 3,800.00 y horas extras de personal permanente serán de C$ 250.00 mensuales.
El gasto social presupuestado es de C$ 1,600. 00 en formación y capacitación, de los cuales C$ 800. 00 en mayo y C$ 800.00 en octubre. 46
El pago del seguro social en la modalidad de régimen obligatorio (INSS) a cargo de la municipalidad, es de C$ 342. 00 mensual equivalente al 9% sobre la planilla mensual y da un monto de C$ 4,104.00 anual. Gastos de servicios, materiales y productos para el mercado
•
• • • •
El gasto de consumo de energía eléctrica será de C$ 2,156.00 iniciando con C$ 170.00 en la facturación de enero y un
incremento mensual de 1% para la facturación subsiguiente durante el resto del año. El costo de consumo de agua se estima en C$ 1,789. 00, con una facturación inicial en enero de C$ 145. 00 y un incremento mensual de 0.5% en cada mes subsiguiente. En teléfono el gasto será de C$ 2,708.00, a partir de la factura de enero estimada en C$ 219.50, y con un incremento del gasto en 0.5% cada mes subsiguiente. No se prevén gastos por contrataciones de servicios o arriendos. Se estima un gasto anual de C$ 1,380.00 en mantenimiento y reparación de vehículos, distribuido así: C$ 220.00 en
marzo, C$ 520.00 en junio, C$ 220.00 en septiembre y C$ 420.00
• • • • •
en diciembre. El mantenimiento y reparación de equipos menores se ha proyectado en C$ 800.00, a efectuarse en marzo y septiembre: C$ 400.00 y C$ 400.00, respectivamente. Los tramos del mercado ameritarán reparación de techo y paredes por valor estimado de C$ 1,000.00 planeada para el mes de abril. Los gastos por combustible y lubricantes serán de C$ 3,840.00
para un promedio de C$ 320.00 mensual. Los equipos de trabajo y herramientas menores que se adquirirán este año ascienden a C$ 360. 00 y se ejecutarán en febrero y junio: 50% y 50%. Los materiales y productos de limpieza indispensables para la higiene de las instalaciones del mercado, incluido el servicio higiénico público, se estiman en C$ 3,000. 00, a una razón de C$ 250.00 mensuales.
47
•
En vestuario para el personal del mercado, se estiman dos suministros en el año equivalente a C$ 800. 00, a entregarse entre enero y junio.
•
Materiales de oficina se han estimado en C$ 700.00, de los cuales C$ 350.00 se ejecutarán en febrero y C$ 350. 00 en agosto.
Desembolsos financieros No hay desembolsos financieros. Con estos datos se construye el flujo de egresos de este servicio.
48
Para completar el proceso de cálculo de costos se estima la depreciación. La depreciación Constituye uno de los componentes de los costos directos y es la amortización anual que se aplica como un gasto a los bienes por la baja de valor, cuando su vida útil es mayor a un año, debido al uso en el servicio, transcurso del tiempo y obsolencia (maquinaria, equipos, edificios). Elementos para calcular la depreciación D
=
Depreciación, gasto a ser imputado como elemento de costo Valor de adquisición del bien o su avalúo si no se sabe su valor Valor residual, estimado al final de vida útil, 10% de valor inicial Vida útil o probable del bien, en años
Vo = Vr = Vu =
El método de depreciación en línea recta se calcula mediante la siguiente fórmula: D=
Vo - Vr Vu
En el caso del mercado, por ejemplo, puede asumirse de acuerdo a tabla auxiliar de control, que el valor de adquisición del edificio es de C$ 222,222.20 y que se amortizará depreciación del edificio, con base a la fórmula indicada. D=
C$222,222.2 – 22,222.2 20 años
=
C$200,000 20 años
=
C$10,000 año
Es necesario tener una tarjeta auxiliar de control de la depreciación. Bien a amortizar
Edificio
Características técnicas
400 m2 de concreto
No. de inventario
011
Valor adquisición o estimado C$ 222,222.20
Fecha adquisición
Enero 1999
Vida útil del bien
20 años
% anual a amortizar
5%
Valor residual
22,222
49
Camioneta del servicio de mercado D=
C$44,444.4 – 4,444.4 8 años
=
C$40,000 8 años
=
C$5,000
Bien a amortizar
Camioneta
Características técnicas
No. de inventario
012
Valor adquisición o estimado C$ 44,444.40
Fecha adquisición
Enero 1999
Vida útil del bien
8 años
% anual a amortizar
12.5%
Valor residual
4,444.40
año
Motor Diesel 4x4, 2 Ton.
Para un adecuado cálculo de tasas por servicio es necesario estimar los costos directos y los indirectos. 50
Costos directos Son los gastos por empleo de mano de obra directa y los servicios materiales y productos que se utilizan para la prestación del servicio y la depreciación de los bienes que intervienen en el proceso de producción del servicio, con base en la clasificación del gasto que se establezca para las municipalidades. Costos directos = Egresos del mercado + Depreciación
Costos indirectos Se refiere a todos los gastos necesarios para lograr la prestación de un servicio, cuyos montos no se pueden cuantificar con precisión, de modo que no se pueden aplicar directamente al servicio, por lo que usualmente se calcula el 10% sobre los costos directos en el período. Costos indirectos = 10% de los costos directos
Costos totales del servicio Es la suma aritmética de los costos directos con los costos indirectos. Costos totales = Costos directos + Costos indirectos
Ahora se puede construir una tabla completa para un cálculo de costos que incluya los egresos estimados para el servicio y los costos por amortización de bienes objeto de depreciación.
51
El monto de costos totales se utilizará como referencia para el cálculo de tasas por servicio de mercado, para estimar el ingreso mínimo que permita un balance presupuestario sin déficit, es decir sin subsidio, ya que es un servicio a la actividad comercial. Cálculo de las tasas del servicio En el caso del servicio de mercado, es recomendable utilizar el método de ponderación del costo total para los tres tipos de tasas: tasa por m2 de tramo, tasa por aprovechamiento de piso o terreno municipal y tasa por uso de servicio higiénico, considerando el principio de equidad, es decir que debe pagar más el que utiliza mayor proporción del servicio, sea en tiempo o en espacio, y hasta en ubicación. Por ejemplo, pueden haber tramos de 10 m2 y 15 m2, entonces si se cobra una tasa de C$ 15.00 por m2 al mes, el comerciante que use un tramo de 10 m2 pagará C$ 150.00 y el que use uno de 15 m2 pagará C$ 225.00, pues se beneficia de un mayor espacio. Precio mensual tramo de 10 m 2 = 10 m2 x C$ 15.00 / m2 = C$ 150.00 Precio mensual tramo de 15 m2 = 15 m2 x C$ 15.00 / m2 = C$ 225.00
Existen 320 m2 de tramos construidos, de los cuales 10 tramos son de 15 m2 y 17 son de 10 m2. Se utilizan 8 tramos de 15 m2 y 16 tramos de 10 m2. Procedimiento Determinación de tasa para tramo de mercado Se aplicará el criterio de que con los tramos utilizados se recupere el 50% de los costos totales por servicio de mercado. En este caso, se asume que de los 400 m2 de construcción del mercado, 80 m2 corresponden a áreas de oficina y de bodega, quedando los otros 320 m 2, para tramos de los cuales: 17 tramos son de 10 m2, de éstos 16 serán ocupados el año en curso 10 tramos son de 15 m2, de éstos 8 serán ocupados el año en curso
52
Los metros cuadrados efectivamente utilizados serán: 16 tramos x 10 m2 = 160 m2 8 tramos x 15 m2 = 120 m2 Total m2 ocupados = 280 m2 El 50% de los costos totales = C$ 100,800 (50/100) = C$ 50,400
En resumen, al recuperar el 50% de los costos totales, se establece: Tasa de m2 de tramo = C$ 15.00 / mes Precio de tramo de 10 m2 = C$ 150.00 / mes Precio de tramo de 15 m2 = C$ 225.00 / mes Determinación de tasa de aprovechamiento de piso y terreno municipal Se asumirá que la recaudación que generen las tasas por aprovechamiento, representará el 30% de los costos totales, y este valor resultante se calculará entre un promedio de 10,080 días/ usuarios de piso o andén de calles y terreno del mercado. Los días/usuarios resultan de estimar un promedio de 28 usuarios x 30 días por 12 meses.
53
En resumen, al recuperar el 30% de los costos totales, se establece: Tasa de aprovechamiento de espacio público = C$ 3. 00 / día por usuario
28 usuarios de piso o terreno generarán en promedio = C$ 84. 00/día 28 usuarios de piso al mes x C$ 3.00 por usuario = C$ 2,520.00/mes 28 usuarios de piso en 12 meses x C$ 2,520. 00 / mes = C$ 30,240. 00/año
Determinación de tasa de uso de servicio higiénico del mercado Se asumirá que la recaudación que genere la tasa por uso de servicio higiénico de mercado representará el 20% de los costos totales, y este valor resultante se calculará entre un promedio de 13,440 usuarios de servicio higiénico de mercado en el año. Los días/usuarios resultan de estimar un promedio de 1,120 usuarios al mes y aproximadamente 37 usos diarios.
54
En resumen, al recuperar el 20% de los costos totales, se define: Tasa de uso de servicio higiénico por cada vez = C$ 1. 50/por uso. Opción de cálculo de ingresos con margen de utilidad Después de los cálculos de tasas anteriormente descritos, y cuyos precios así quedarán, la comisión del Concejo Municipal que da seguimiento a las finanzas municipales se indaga con el Intendente del mercado y le recomienda que se estime un incremento de 21 usuarios diariamente en aprovechamiento de pisos, para pretender un superávit presupuestario en este servicio. Determinación de incremento de ingresos con contribuyentes adicionales Se proyectará para efectos de aumentar los ingresos por servicios de mercado, sobre la base de 21 vendedores que harían uso diario de piso y terrenos, es decir por aprovechamiento de espacios públicos.
Tabla No. 8 Determinación de Incremento de Ingresos con Contribuyentes Adicionales en Tasa por Aprovechamiento / Día
Concepto
C$
Cantidad adicional de usuarios de piso por día = 21 Días de uso = 21 usuarios por 30 días / mes x 12 meses = 21 x 30 x 12 = 7,560 días uso Tasa diario por uso de piso Ingreso anual en aprovechamiento = C$ 3.00 x 7,560 días
3.00 22,680.00
55
Cuando se haga la proyección de flujo de caja del servicio de mercado, se juntarán de una vez los usuarios diarios de piso y terreno de mercado, y el superávit proyectado se reflejará en el monto global de los ingresos.
Flujo de ingresos del período De acuerdo a la programación de tramos en servicio del mercado, de aprovechamiento de piso y de terreno público y de uso de servicio higiénico del mercado, se calcula el flujo de ingresos para el período, según los valores de las tasas. Tabla de valores de tasas del servicio de mercado, calculadas en este ejemplo: Tabla No. 10 Tasas Calculadas por Servicio de Mercado Municipio
Concepto
56
C$
Tasa por m 2 de tramo
15.00
Precio de tramo de 10 m 2 / mes
150.00
Precio de tramo de 15 m 2 / mes
225.00
Tasa diaria de usuario de piso
3.00
Tasa diaria de usuario de terreno
3.00
Tasa de uso de servicio higiénico
1.50
Relación Ingresos – Costos Ahora se puede efectuar la relación ingresos – costos. Siguiendo con el ejemplo, utilizando los datos de la tabla siguiente, esta relación es: Superávit o déficit = Ingresos – Superávit = 123,480.00 -
Costos totales 100,800.00
= 22,680.00
• Rentabilidad
= =
Superávit / Costos Totales 22,680.00 / 100,800.00
Rentabilidad
=
22.5 % después de recuperados los costos
57
Una vez efectuado todo el estudio de cálculo de costos, incluidos egresos y depreciación e ingresos, el Concejo Municipal está en capacidad de discutir la propuesta técnica y tomar la decisión correspondiente para la sostenibilidad del servicio, o reducir el nivel de subsidio en caso de que las tasas por el servicio o la demanda esperada queden bajo lo estimado en el estudio. En todo caso, a fin de establecer la tarifa de tasas por este servicio, el Concejo Municipal debe considerar los siguientes criterios: El nivel de ingresos de los beneficiarios, es decir, según • la actividad comercial de los usuarios de los tramos, de los vendedores que aprovechan el piso y de los usuarios del servicio higiénico, en este caso. Tomar en cuenta la opinión de los usuarios del servicio • de mercado. • Apoyar la decisión en las bases jurídicas según Plan de Arbitrios o régimen tributario vigente. • Considerar el mínimo subsidio por el servicio, observando que el Plan de Arbitrios posibilita hasta un 50% de subsidio como máximo. • La calidad del servicio que se brinda o que se mejorará. El Concejo Municipal, incluido el Alcalde y el equipo de finanzas y de mercado, tienen que estar conscientes de que la municipalidad debe actuar con justicia en la medición de los costos, de forma que al estimar los gastos de operación y de mantenimiento de los equipos del servicio, se apliquen en la proporción que corresponda, ya que si el uso de los equipos se destina también a otros servicios y otras actividades, el cálculo de los costos debe ser ponderado o prorrateado únicamente en la proporción de lo utilizado. Esto evitará la alteración de tasas por servicio. Eso es válido para el efecto de cálculo de gastos de materiales y productos como combustibles, llantas, salarios de empleados y otras aplicaciones, de modo que al obtener un dato de costo de servicio de mercado, sea lo más aproximado a los costos reales para que las tasas sean realmente las que se deben cobrar y no infladas. 58
Alternativas financieras de la gestión del servicio Teniendo calculadas las alternativas de ingresos y los costos totales del servicio, se procede a preparar alternativas de resultados en función de los posibles montos de ingresos que se obtengan de la gestión gerencial del servicio: Las opciones probables de los ingresos, los egresos y el superávit o déficit para cada una de las alternativas que están en función de los ingresos, pueden ser:
•
• •
Rentable económicamente: de acuerdo al ingreso pro yectado, con lo que se cubrirían los gastos de operación y mantenimiento y un porcentaje adicional de beneficio económico. Aceptable: el ingreso con el cual se cubren los gastos totales alcanza el punto de equilibrio en el que no hay ni superávit ni déficit. Deficitaria: Los niveles de ingresos son menores que los gastos y por tanto el resultado financiero es negativo, o sea un déficit. En economía pública, se considera que en este caso, si no hay beneficio económico, hay beneficio social en la medida que la comunidad se beneficia del servicio de mercado.
En este último caso, la municipalidad puede recurrir a fuentes de subsidio del servicio según sea el caso, por ejemplo: • Ahorro corriente de otro servicio de la municipalidad. Transferencia corriente del gobierno central, ejemplo: • una parte del 20% destinado a gastos corrientes. Donaciones del exterior u otra fuente. • • La alternativa recomendable es la del pago del servicio por los usuarios, ya que proporciona mayor estabilidad y propicia el desarrollo del municipio. Construyendo la mejor alternativa financiera Para la mejor alternativa financiera se recomiendan acciones como:
•
Ajuste de tarifas actuales: establecer como nueva tarifa la tarifa ideal de tasas del mercado, que se generan del cálculo de los costos reales. 59
•
Mejorar la calidad del servicio al cliente: en el entendido de que este servicio tiene como clientes a los comerciantes usuarios de los tramos, a los vendedores que aprovechan el piso u otro espacio público y a los usuarios de servicio higiénico; impulsando metas de mejoría de la calidad del servicio a los usuarios y la atención, eliminando los defectos y una mejor organización y actitud de los empleados.
5.
Modalidades de gestión del servicio
La prestación del servicio de mercado municipal puede ser ejecutada según las siguientes alternativas de administración: a. Prestación directa La municipalidad ejecuta la competencia como se realiza en la mayoría de los municipios del país, aunque puede hacerlo de las siguientes formas: directamente por la Alcaldía, por una empresa municipal no autónoma o por una empresa municipal autónoma. b. Empresa mixta Implica la participación del sector privado y la municipalidad, bajo un enfoque empresarial en la prestación del servicio. c. Participación del sector privado Si a largo plazo no existen perspectivas de mejorar la gestión del servicio de mercado, se recomienda la promoción de la participación del sector privado en la prestación del servicio, mediante contrato o concesión a empresas privadas o a comerciantes organizados. d. La gestión de cobranza La gestión de la cobranza de las tasas por servicio de mercado y los procedimientos deben sujetarse a las normas de finanzas públicas municipales. Pueden ser las siguientes situaciones: d.1
Prestación directa del servicio como empresa no autónoma
El cobro puede ser centralizado en los colectores de tasas de la municipalidad, desde su oficina principal y la Intendencia sólo gestiona el servicio.
60
La Intendencia del mercado puede tener la atribución de cobrar las tasas, pero bajo estricto control de talonarios de recibos numerados y entregados diariamente, por el responsable de tesorería municipal y la Intendencia debe garantizar que lo recolectado sea depositado en la caja central de la municipalidad. d.2
Prestación directa del servicio como empresa autónoma o mixta
La Intendencia o gerencia del mercado se maneja como una empresa que busca la rentabilidad económica y obedece a las orientaciones de la junta directiva que ha sido reconocida por el Concejo Municipal. La Intendencia puede crear su propia dirección financiera, caja, registros y cobranza, enterando al final del período las utilidades de la empresa mercado municipal, a las finanzas centrales de la municipalidad. d.3 Concesión o arriendo a privados En este caso, la municipalidad regula y supervisa la correcta gestión del servicio en beneficio de los usuarios y de equidad en la compensación a los arrendatarios o concesionarios, y percibe como ingreso el valor de la concesión en el período de tiempo convenido. d.4
Nombramiento de empleados para colecta de impuestos Debe tenerse presente que “el Alcalde se reserva el derecho de nombrar empleados para la colecta de impuestos cuando lo estime conveniente, debiendo reglamentar en este caso el pro- cedimiento de cobro, pero siempre los contribuyentes quedan en la obligación de pagar en la Tesorería Municipal”. d.5
La gerencia en apoyo, control y seguimiento al servicio de mercado
Los controles son parte del proceso administrativo de la gestión de la municipalidad, generando una cultura de mejoramiento en el servicio al cliente y por tanto de la calidad, en lo cual juegan un apoyo importante los controles administrativos, constantes y sistemáticos, de seguimiento, cuya implementación debe servir para corregir los defectos y poder hacer ajustes en función de las metas propuestas. Otras fuentes de información, donde se puede ampliar sobre los temas que se han tratado en este capítulo: Manual para el Cálculo de los Costos de los Servicios Municipales. DAMUR-DICAM. Nueva Edición. Enero 1989.
61
6.
Controles y supervisión del mercado
Los controles son una forma de estar al corriente de lo que ocurre en una administración y permite visualizar tendencias, situaciones, problemas, por lo que es recomendable una buena supervisión y control constante de todas las incidencias. En este sentido, se puede mencionar una serie de mecanismos de control que se recomiendan para la mejor gestión del mercado municipal; entre éstos tenemos los siguientes: a. Controles administrativos Control de asistencia del personal de mercado, entradas y salidas, supervisión de campo. b. Controles financieros Control de boletas de cobranza, control de entrega diaria de recolección por tasas y enteradas en caja, reportes, auditorías internas, auditorías externas, supervisión, etc. c. Controles éticos Respeto al usuario, cortesía, atención a quejas, cumplimiento de compromisos con los comerciantes del mercado, etc. Establecer normas de manejo del servicio, de mantenimiento de tramos, de atención al cliente y de operación del mercado, para empleados, comerciantes y usuarios. d.
• • • • • • • • •
62
Control de planes y de ejecución Seguimiento a metas de utilización de tramos y de uso de piso por comerciantes Control de plan de mantenimiento del mercado: techo, servicios, etc. Control de plan de limpieza diaria del mercado Plan de ubicación de depósitos de basura del mercado Evaluación del desempeño laboral Revisión de informes del servicio Supervisión de cobranza Control de calidad del servicio prestado Entrevistas y encuestas a los comerciantes y usuarios del mercado
e.
Registro de comerciantes como instrumento de control Entre los instrumentos de control más importantes a utilizar, además de los administrativos, horarios, asistencia, pagos de servicios y otros, se encuentra el Registro de Comerciantes o Arrendatarios de Tramos, lo que es útil para saber cuántos comerciantes existen, quiénes van al día en sus obligaciones y quiénes no, qué clases de tramos están libres, dónde y cuándo. Este tipo de control podría graficarse de la siguiente forma:
Este tipo de control administrativo puede llevarse como una tarjeta independiente para cada uno de los comerciantes (o tramos), o bien se puede establecer un control por cada zona del mercado, donde se agrupan los comerciantes por tipo de negocio: perecederos, cárnicos, lácteos, cuero, calzado, ropa, etc. Esta misma información puede adaptarse para una tarjeta que sirva exclusivamente para control financiero de las obligaciones del comerciante, con datos como los siguientes:
63
La Intendencia debe controlar o encargarse de que los cobros de cada día se realicen por los cobradores del mercado. Debe garantizar que las instalaciones se abren y cierran según el horario establecido, tanto para los comerciantes como para el público en general, a fin de que no existan quejas por atrasos en el uso de las instalaciones del mercado. En este sentido, la Intendencia o gerencia del mercado debe permitir que exista flexibilidad, tanto para la apertura como para el cierre de las instalaciones del mercado municipal, ya que un factor importante es dar un buen servicio, especialmente en el tiempo destinado al comercio. Existen algunos detalles relacionados con el control de apertura y cierre de las instalaciones del mercado que deben cuidarse, por ejemplo cerciorarse de que no quede ninguna persona dentro del mercado a la hora de cerrar las instalaciones, excepto el personal de seguridad. Los mismos comerciantes deben preocuparse por cooperar en este sentido.
64
f. Controles de información económica Costos unitarios, costos de operación e inversión. Por ejemplo: Tabla No. 16 Registro Anual de Costos e Inversiones en Servicio de Mercado
Registro Anual Concepto 1997
1998
1999 2000 2001
Costo unitario de prestación de m 2 de tramo de mercado C$
11.50
12.00
14.00
15.00
Costo unitario de aprovechamiento de piso por vendedor C$
0.10
0.12
0.14
0.15
Costo unitario de prestación de servicio higiénico de mercado C$
0.50
0.60
0.65
0.70
g. Control de información técnica De infraestructura, personal y equipo con sus respectivos rendimientos.
7.
Aspectos sanitarios del mercado
Los principales aspectos que se recomiendan observar, que son fundamentales para mantener una buena sanidad en las instalaciones del mercado y en los propios productos y bienes que se comercializan son, entre otros, los siguientes:
•
•
Los arrendatarios o comerciantes, estibadores o manipuladores de alimentos especialmente, que disponen de un tramo o piso en el mercado municipal, deberán estar vacunados contra las enfermedades que indique el Ministerio de Salud o la autoridad sanitaria, principalmente las enfermedades infecto–contagiosas. Se deberán observar todas las disposiciones estableci026–99, que das en la Norma Técnica Nicaragüense 03 026–99 se refiere a la Norma Sanitaria de manipulación de alimentos y en la Norma Técnica Nicaragüense 03 003– 98 98, que se refiere a los criterios microbiológicos aplicables a la producción de crustáceos y moluscos cocidos, especialmente en los siguientes aspectos: 65
Evitar que en la manipulación de alimentos, éstos entren en contacto con sustancias ajenas a los mismos o que sufran daños físicos capaces de contaminarlos o deteriorarlos. Todo manipulador de alimentos debe recibir capacitación básica en materia de higiene de alimentos, de acuerdo con lo establecido por las autoridades sanitarias. Todo manipulador de alimentos debe practicarse exámenes médicos especiales: coprocultivo, coproparasitoscópico, exudado faríngeo, VDRL, examen de piel, BAAR, antes de su ingreso a la industria alimentaria o cualquier centro de procesamiento de alimentos. Los manipuladores de alimentos deben mantener una buena higiene personal: uñas limpias, usar cabello cubierto por gorro o redecilla, usar tapaboca, ropa de trabajo limpia, no usar prendas, aretes y usar guantes de alto riesgo epidemiológico, entre otros cuidados. En las áreas de expendio de alimentos no debe permitirse fumar, masticar chicles, toser, estornudar sobre los alimentos, escupir en los pisos, manipular dinero. Ningún alimento debe depositarse en el piso, independientemente de estar o no estar envasado. 002 Se debe observar la Norma Técnica Nicaragüense 002, de obligatorio cumplimiento (MIFIC), donde se especifica sobre el manejo de desechos sólidos y el tratamiento de desechos líquidos. Los puestos de distribución de alimentos y los puestos que comercializan plaguicidas o sustancias tóxicas y productos químicos en general, que signifiquen un alto riesgo de contaminación para los productos alimenticios, deberán estar separados a una distancia considerable, si es posible de extremo a extremo del mercado y observar las medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier contagio de los alimentos, por razones de contacto con dichos productos. -
•
•
66
•
•
•
El mercado municipal debe contar con un buen sistema de recolección de desechos sólidos y residuales líquidos dos, con las instalaciones y elementos apropiados, tales como contenedores, vehículos de recolección, personal capacitado, herramientas, etc. La Intendencia del mercado municipal debe preocuparse por que en el vecindario del mercado o alrededores, no existan charcas charcas, maleza, vertederos y otros focos de contaminación de los productos del mercado. La ubicación de un mercado municipal debe cumplir con ciertos requisitos, tales como evitar que las instalaciones estén ubicadas en la cercanía de cementerios, vertederos, fábricas de productos químicos, cauces, rastros, y otros puntos generadores de vectores o contaminantes.
Todos estos aspectos que deben ser de estricto cumplimiento, pueden establecerse en un Reglamento de Funcionamiento del Mercado Mercado, el cual debe dictar la Intendencia y ser revisado y avalado por las autoridades de la Alcaldía.
Módulo de perecederos Mercado Municipal de Juigalpa
67
Mercado Municipal de Juigalpa
68
VI. Indicadores de Cálculo y Seguimiento A fin de facilitar el trabajo de la gerencia del mercado municipal, gestión, realización de cálculos, organización del trabajo, seguimiento del funcionamiento del servicio, entre otras utilidades, se presentan a continuación una serie de Indicadores relacionados con dicho servicio:
1.
Indicadores de organización
•
Planificación de trabajo anual: es un instrumento de trabajo que permite visualizar mejor la organización y el funcionamiento del mercado municipal. Es preferible planificar las actividades más comunes, que se repiten año con año. Puede medirse con cantidad de horas o días trabajados al año, cantidad de tramos arrendados al año, monto anual de ingresos, monto mensual de gastos por servicio, entre otros.
•
Planificación de trabajo semestral: es un instrumento de trabajo que se puede establecer para un semestre, permite visualizar mejor la organización y el funcionamiento del mercado municipal. Es preferible planificar las actividades más comunes, que se repiten en cada uno de los semestres. Puede medirse con cantidad de horas o días trabajados en el semestre, cantidad de tramos arrendados por semestre, monto semestral de ingresos, monto semestral de gastos por servicio, entre otros. 69
70
•
Planificación de trabajo trimestral: es un instrumento que responde a la planificación semestral.
•
Planificación de trabajo mensual: es el período más común de planificación, y responde a otras actividades como pagos de obligaciones, que por lo general son mensuales, como el pago de la energía eléctrica, el agua potable, la telefonía, etc.
•
Planificación de trabajo semanal: en dependencia de la dinámica del mercado, la planificación semanal puede ser un instrumento muy necesario, que será útil a la hora de las evaluaciones.
•
Supervisión semanal al trabajo de las distintas áreas: esta actividad debe ser coordinada y orientada por el Intendente y debe responder a las prioridades del funcionamiento del mercado, así como a las debilidades de organización y funcionamiento.
•
Supervisión mensual al trabajo de las distintas áreas: idem a la descripción anterior pero con actividades particulares de interés mensual.
•
Informes de trabajo semanal: deben redactarse teniendo en cuenta la programación o planificación realizada para el período. Resaltar resultados cualitativos y cuantitativos de la gestión.
•
Informes de trabajo mensual: idem, relacionado con el período.
•
Informes de trabajo trimestral: idem, relacionado con el período.
•
Informes de trabajo semestral: idem, relacionado con el período.
•
Informes de trabajo anual: debe ser un acumulado de toda la gestión hecha en el año y coincidir con todos los
informes periódicos realizados anteriormente. El informe anual prácticamente se alimenta de la información de todos los informes periódicos de cada mes o cada semestre.
•
Número de ciudadanos atendidos por servicio al mes: sirve para diferenciar al usuario en las estadísticas, siendo comerciantes o compradores u otro tipo de usuarios del mercado. También permitirá saber cuáles son los meses de mayor actividad en este tipo de atención de la administración del mercado municipal.
•
Número de ciudadanos atendidos por quejas y otros: puede servir para comparar, entre uno y otro período, la calidad y eficiencia del servicio. Sirve para saber en qué áreas se necesita reforzar la calidad o la atención del servicio.
•
Número de quejas resueltas anualmente: permitirá medir la eficiencia y capacidad de respuesta que la administración del mercado da a las demandas y quejas del servicio, en períodos determinados.
2.
Indicadores de personal
• • • • • •
Número de trabajadores permanentes Número de trabajadores temporales Número de trabajadores administrativos Número de trabajadores de línea (obreros u operativos) Número de trabajadores egresados por mes (despidos, renuncias) Tabla salarial
3.
Indicadores de capacitación
• • • •
Tipo y volumen real de demanda en capacitación Costo aproximado invertido anualmente en capacitación Costo aproximado de la demanda real de capacitación Cantidad de trabajadores beneficiados anualmente
71
72
4.
Indicadores financieros
• • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
Ingresos proyectados anualmente Ingresos reales obtenidos anualmente Ingresos tributarios anuales presupuestados Ingresos tributarios anuales reales Transferencias anuales proyectadas Transferencias anuales reales Ingresos patrimoniales anuales proyectados Ingresos patrimoniales anuales reales Ingresos financieros anuales proyectados Ingresos financieros anuales reales Donaciones estimadas anuales Donaciones reales recibidas Recuperaciones anuales proyectadas Recuperaciones anuales reales Presupuesto de gasto total del servicio Ejecución total real anual del Servicio Gasto anual presupuestado en personal Gasto anual real en personal Gasto anual presupuestado en capacitación Gasto real anual en capacitación Gasto presupuestado en servicios, materiales y productos
Gasto real en servicios, materiales y productos Gasto anual presupuestado en inversiones y proyectos Gasto anual real en inversiones y proyectos Gasto anual presupuestado en transferencias corrientes
Gasto anual real en transferencias corrientes Gasto anual presupuestado en transferencias de capital Gasto anual real en transferencias de capital Gasto anual presupuestado en desembolsos Gasto anual real en desembolsos Pendiente de pago anual Gastos imprevistos anual Colectores municipales, número, cobertura, recaudación
5.
Indicadores de instalaciones, equipamiento y maquinaria
• •
Edificios del mercado: tipo, estado legal, ubicación, valor
• • • •
Vehículos del mercado: número, tipo, estado, ubicación, valor Equipos de trabajo: tipo, ubicación, estado, valor Maquinaria de trabajo: tipo, ubicación, estado, valor Mobiliario del mercado: número, tipo, ubicación, estado, valor Otros recursos o activos propios del mercado: descripción, valor
6.
Indicadores de población
• • • • • • • •
Número total de habitantes del municipio Número total de pobladores urbanos Número total de pobladores rurales Población económicamente activa (PEA) PEA sector primario PEA sector secundario PEA sector terciario Número total de población desempleada
7. Indicadores de recolección de desechos sólidos en el mercado • • • • •
m3 de desechos sólidos producidos mensualmente en el mercado m3 de desechos sólidos recogidos mensualmente en el mercado Costo total real mensual del servicio de recolección en el mercado Número de trabajadores en el servicio de recolección de basura m3 de basura mensual recolectada por cada trabajador
73
8.
Indicadores del servicio de mercado
• • • • • •
Número de tramos (puestos de venta) Costo total promedio de operación mensual Ingresos mensuales por tasas Número de trabajadores en el mercado Gasto mensual en salarios de trabajadores Número de inspecciones mensuales del Ministerio de Salud Número mensual de quejas por el servicio Gasto total mensual en salarios de personal
• • • • • •
Gasto total mensual en servicios, materiales y productos
Total anual de matrículas registradas Total de ingreso anual por matrículas de negocios Costo total anual por trámites de matrículas
Mercado Municipal El Progreso Quilalí, Nueva Segovia
74
VII. Aspectos Ambientales 1.
Generalidades
La administración del mercado municipal debe tomar en cuenta la protección del medio ambiente, especialmente con dos elementos que se derivan de la actividad de comercialización: la generación de desechos sólidos en el que predominan materias orgánicas, plásticos, papel, cartón y que deben ser tratados igual que en el resto de la ciudad, pero con una dedicación constante, que permita mantener las instalaciones del mercado con un ambiente sano y libre de la mayor cantidad de vectores y focos de contaminación, especialmente de los productos alimenticios; y por otra parte, la generación de residuales líquidos. De ser posible, el tratamiento de ambos residuos deben ser contemplados dentro de una política municipal de protección ambiental. En este Manual se plantean diferentes tipos de soluciones apropiadas al tratamiento de tales residuos; se sugieren trampas de sangre, incineradores, pozos sépticos, trampas de drenajes, y hasta el aprovechamiento de residuos sólidos y residuales líquidos para reciclaje o utilización como materia prima de la industria química o subproductos. Hay posibilidades de utilización del gas metano, energía, productos químicos, abono orgánico y otros. Un buen ejemplo de tratamiento de desechos sólidos orgánicos lo ha desarrollado el mercado de la ciudad de Masaya, que ha implementado una utilización de los residuos orgánicos como materia prima para la conversión en abono orgánico o compostaje, que ha llegado incluso a comercializarlo con los agricultores locales. 75
Es conveniente que la gerencia o Intendencia del mercado y la Alcaldía misma se preocupen por transmitir a las personas, cooperativas, comerciantes y organismos relacionados con el manejo de productos en el mercado, la importancia de observar las normas mínimas de salubridad, especialmente en lo que se refiere a la salud de los consumidores: manipulación de alimentos de consumo humano, respeto a las normas, inspecciones sanitarias y toda la legislación que se relaciona con el servicio de mercado, de lo cual se explica en forma resumida en los capítulos correspondientes a los aspectos sanitarios y aspectos legales del servicio. El desarrollo de un proyecto de construcción de mercado para una localidad, debe ser sometido a las normas de evaluación de impacto ambiental, especialmente los desechos sólidos que generará, con el propósito de minimizar riesgos, atender recomendaciones de especialistas y reducir el impacto negativo que un proyecto de este tipo pueda causar a la naturaleza, y en particular a la salud de la población. En este sentido, se describe a continuación una relación de aspectos a considerar en un Estudio de Impacto Ambiental para este tipo de proyectos.
2.
Evaluación de Impacto Ambiental de un proyecto de mercado
Antes de desarrollar el tema de la Evaluación de Impacto Ambiental en un proyecto de mercado municipal, se presentan una serie de definiciones del concepto de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). En una primera definición que propone el autor argentino Licenciado Alberto M. Bertona 4 (1999), se plantea que todo suceso tiene un origen y este origen puede ser de dos formas: natural o antrópico (causado por los seres humanos). En los casos antrópicos, se pueden diferenciar los sucesos ya acontecidos y los que están por acontecer. Este sería el caso de los proyectos. Dentro de este contexto, se propone la siguiente definición por este autor: 4 Autor de la ponencia ¿Cómo se hace una Evaluación de Impacto Ambiental?
76
de Impacto Impacto Ambiental Ambiental resulta la elaboración de “ Evaluación Evaluación de un conjunto de actividades, investigaciones y tareas técnicas interrelacionadas íntimamente entre sí, con el objeto de cono- cer lo más detalladamente posible y con un grado adecuado de ajuste, las principales consecuencias ambientales de un pro- yecto o emprendimiento, de modo tal de ajustarse a las regula- ciones pertinentes respecto al cuidado y preservación del me- dio ambiente, y brindar en forma efectiva, una herramienta para la decisión sobre la implementación de mejoras a un pro- yecto, alternativas o adecuaciones y correcciones sobre emprendimientos instalados” .5
El Artículo 5 de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales define la Evaluación de Impacto Ambiental de la siguiente forma: “Se entiende por Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) el instrumento de política y gestión ambiental, formado por el conjunto de procedimientos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determi- nada obra, actividad o proyecto puedan causar al medio am- biente” . 6
Todo proyecto relacionado con los mercados debe cumplir las normas legales establecidas para la evaluación de la posible afectación de dicho proyecto al medio ambiente. En el caso del mercado, los principales elementos a tomar en cuenta son: el suelo, por la afectación a las curvas de nivel del sitio del proyecto; el agua, por tener relación directa con la canalización de drenajes, vertidos de aguas servidas de los distintos tramos, generación de desechos sólidos, especialmente por los volúmenes que se generan por residuos orgánicos, cajas de cartón, etc. En este tipo de proyectos también debe incluirse la construcción de instalaciones de pozos sépticos, trampas de grasa, construcción de calles y estacionamientos, bodegas, pasos peatonales, terminales de transporte y otros similares. 5 ¿Cómo se hace una Evaluación de Impacto Ambiental? Ambiente Ecológico
[email protected]. 6 Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales , Artículo 5. La Gaceta No. 105, de 6 de junio de 1996.
77
El Reglamento de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales7 , establece la obligatoriedad del cumplimiento de las normas que rigen estas materias. Al respecto, ver el Título IV, Capítulos I al VI, Artículos 60 al 100. A fin de cumplir todos los términos legales de una Evaluación de Impacto Ambiental en este tipo de servicios, debe consultarse el Decreto No. 45-94 Reglamento de Permiso y Evaluación de Impacto Ambiental 8 , el cual está vigente actualmente y da cumplimiento al mandato de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y su Reglamento. A manera de ilustración, se enumeran a continuación los principales elementos a tomar en cuenta en una Evaluación de Impacto Ambiental para un proyecto de mercado municipal:
3.
Principales elementos a considerar en una Evaluación de Impacto Ambiental para un proyecto de mercado municipal
a. Evaluación ambiental Diagnóstico ambiental del área de influencia del mercado, con una completa descripción y análisis de los recursos ambientales, en función de información de fuentes principales. Se deberá analizar, entre otros elementos, los siguientes:
•
El medio ambiente físico Caracterización climática Geología, geomorfología Caracterización edafológica Recursos hídricos, superficial, calidad, usos
•
Atmósfera Variables atmosféricas Estudio local de calidad del aire
•
Medio biológico Ecosistemas naturales
7 Decreto No. 9-96. La Gaceta No. 163, de 29 de agosto de 1996. 8 La Gaceta No. 303, de 31 de octubre de 1994.
78
•
Medio ambiente socioeconómico y de infraestructura Caracterización poblacional Densidad de población Usos y ocupación del suelo Infraestructura de servicios Relación sociedad/recursos ambientales
b. Descripción del proyecto Se trata de presentar una memoria del proyecto planteado, con indicaciones o cuantificaciones de los aspectos más relevantes que se puedan señalar desde el punto de vista de la preservación ambiental. Los principales elementos que puede contener esta parte del Estudio pueden ser:
• • • • • • • • • • •
Actividad a desarrollar Tecnología Transporte: tipo, descripción, modalidad, distancias, frecuencias, etc. Otros servicios Infraestructura, construcciones, afectaciones al medio, al suelo Tratamiento de efluentes líquidos Residuos sólidos, producción, tratamiento Emisiones gaseosas, tratamiento, número de fuentes de emisión Condiciones y medio ambiente de trabajo Riesgos específicos de la actividad, ruidos, vibraciones Seguridad operativa, seguridad para los usuarios y comunidad
c. Evaluación de Impacto Ambiental En esta parte específica del Estudio o Evaluación se deben identificar los impactos ambientales asociados a la inserción del proyecto en el medio circundante. Se deberán analizar con énfasis, los siguientes aspectos:
•
Identificación y cuantificación de impactos Positivos y negativos Críticos, severos, moderados, compatibles Directos e indirectos Cronología de los impactos Magnitudes a esperar 79
•
Repercusiones de la obra o proyecto sobre la salud de la población
•
Medidas mitigadoras de los impactos negativos
•
Programa de monitoreo ambiental Parámetros a monitorear Frecuencia de mediciones
•
Planes de contingencia a desarrollar
Hay que tomar en cuenta que, dependiendo del tipo de proyecto de que se trate, la Evaluación deberá enfocar los aspectos más relevantes y adaptar a tales efectos la metodología de evaluación.
El costo de los Estudios de Impacto Ambiental de un proyecto deberá correr por cuenta del interesado por desarrollar la obra o proyecto que se trate9 . También debe tomarse en cuenta que un proyecto o una obra relacionada con el mercado municipal, puede ser sometido a un ambiental, la cual es una examen específico llamado auditoría ambiental herramienta de gestión que comprende una evaluación periódica, sistemática, objetiva y documentada sobre una organización, proyecto, o gestión de equipos medioambientales, para supervisar cómo se está cumpliendo la protección y salvaguarda del medio ambiente. Las normas específicas que se utilizan en esta actividad de control ambiental son las normas ISO 14010, ISO 14011 e ISO 14012, que establecen los lineamientos específicos para las auditorías ambientales. Otras fuentes de información, donde se puede ampliar sobre los temas que se han tratado en este capítulo: Ley de Municipios, Ley 40 y 261, La Gaceta No. 162, de 26 de agosto de 1997; y su Reglamento, La Gaceta No. 171, de 8 de septiembre de 1997. Reglamento de Permiso y Evaluación de Impacto Ambiental . Decreto No. 45-94, La Gaceta No. 303, de 31 de octubre de 1994. ISO 14000. Serie de Normas Ambientales. http://www.inpyme.gob.ni/ iso14000.html.
9 Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales , Arto. 26. La Gaceta No. 105, de 6 de junio de 1996.
80
VIII. Aspectos Jurídicos 1.
Reformas e Incorporaciones a la Ley No. 40, “Ley de Municipios
”
Título I De los Municipios Capítulo I Disposiciones Generales Arto. 1 …(último párrafo) Los Municipios son Personas Jurídicas de Derecho Público, con plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones. Arto. 2 La Autonomía es el derecho y la capacidad efectiva de las Municipalidades para regular y administrar, bajo su propia responsabilidad y en provecho de sus pobladores, los asuntos públicos que la Constitución y las leyes le señalen. …(último párrafo) Cualquier materia que incida en el desarrollo socio-económico de la circunscripción territorial de cada Municipio, y cualquier función que pueda ser cumplida de manera eficiente dentro de la jurisdicción o que requiera para su cumplimiento de una relación estrecha con su propia comunidad, debe de estar reservada para el ámbito de competencia de los mismos municipios. Estos tienen el deber de desarrollar su capacidad técnica, administrativa y financiera, a fin de que puedan asumir las competencias que le correspondan. 81
Arto. 3 El Gobierno Municipal garantiza la democracia participativa y goza de plena autonomía, la que consiste en: …4.
El ejercicio de las competencias municipales señaladas en las leyes, con el fin de satisfacer las necesidades de la población y en general, en cualquier materia que incida en el desarrollo socio-económico de su circunscripción, tomando en cuenta si fuese el caso los intereses de las comunidades indígenas que habitan en ella... Título II De las Competencias Capítulo Único
Arto. 6 Los Gobiernos Municipales tienen competencias en todas las materias que incidan en el desarrollo socio-económico y en la conservación del ambiente y los recursos naturales de su circunscripción territorial. Tienen el deber y el derecho de resolver, bajo su responsabilidad, por sí o asociados, la prestación y gestión de todos los asuntos de la comunidad local, dentro del marco de la Constitución Política y demás leyes de la Nación. Los recursos económicos para el ejercicio de estas competencias se originarán en los ingresos propios y en aquellos que transfiera el Gobierno ya sea mediante el traslado de impuestos o de recursos financieros. Dentro de la capacidad administrativa, técnica y financiera, el Municipio debe realizar todas las tareas relacionadas con la prestación de los servicios municipales comprendidos en su jurisdicción para el desarrollo de su población. Arto. 7 El Gobierno Municipal tendrá, entre otras, las competencias siguientes: 1)
Promover la salud y la higiene comunal... a.
82
Realizar la limpieza pública por medio de la recolección, tratamiento y disposición de los desechos sólidos.
2)
b.
Responsabilizarse de la higiene comunal, realizando el drenaje pluvial y la eliminación de charcas.
c.
Coordinar con los organismos correspondientes...
d.
Promover y participar en las campañas de higiene y de salud preventiva en coordinación con los organismos correspondientes.
Cumplir y hacer cumplir el funcionamiento seguro e higiénico de mercados, rastros y lavaderos públicos, ya sea los que se encuentren bajo su administración o los autorizados a privados, ejerciendo en ambos casos el control de los mismos...
Arto. 11 Los Gobiernos Municipales, previa aprobación de sus respectivos Concejos, podrán contratar con el Poder Ejecutivo la delegación de atribuciones que correspondan a la administración central, acompañada de la transferencia de los recursos necesarios para la ejecución de la obra o la prestación del servicio. Arto. 12 Los Municipios podrán asociarse voluntariamente por medio de asociaciones municipales que promuevan y representen sus intereses y prestarse cooperación mutua para el eficaz cumplimiento de sus actividades. Los Municipios también podrán voluntariamente, constituir Mancomunidades y otras formas de asociación municipal con personalidad jurídica, cuyo propósito será racionalizar y mejorar la calidad en la prestación de los servicios públicos. Las Mancomunidades son personas jurídicas de derecho público de prestación de determinados servicios municipales. Para su creación se requiere, además de la aprobación de la Resolución respectiva por los Concejos Municipales de los Municipios a mancomunarse, de la posterior aprobación de la Asamblea Nacional. La Resolución creadora de una Mancomunidad deberá contener lo siguiente: a.
Nombre, objeto y domicilio de la Mancomunidad y de las municipalidades que la constituyen. 83
b. c. d. e. f. g. h.
Fines para los cuales se crea. Duración. Aportes a que se obligan, si lo hubiese. Composición de organismos directivos, formas de su elección, nombramientos, facultades y responsabilidades. Mecanismos de controles financieros. Procedimiento para reformarla y para resolver sus divergencias en relación a su gestión y a sus bienes. Procedimiento para la separación de una de las partes, que incluya el plazo necesario para que surta efecto, así como la forma para la disolución y liquidación de la Mancomunidad.
Las Mancomunidades tendrán personalidad jurídica propia y no podrán comprometer a los Municipios que las integren más allá de los límites señalados en el estatuto respectivo. Título III Territorio, Población y Gobierno Municipal Capítulo III Del Gobierno Municipal Arto. 34
Son atribuciones del Alcalde:
…12) Administrar la prestación de los servicios públicos de competencia municipal. …17) Organizar, dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales, con participación ciudadana. Capítulo IV De la Organización Complementaria y la Participación de la Población Arto. 35 El Municipio, en el ejercicio de su autonomía y en virtud del numeral 13 del Artículo 28, puede crear órganos complementarios de administración con el fin de fortalecer la participación de la población, mejorar la prestación de servicios y dar una mayor eficacia a la gestión municipal. 84
Estos órganos complementarios pueden ser, entre otros, las Delegaciones Territoriales, Delegados y Auxiliares del Alcalde, cuya integración y funciones se determinarán en el Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad… Título V De la Economía Municipal Capítulo I Del Patrimonio Municipal Arto. 42 El patrimonio de los Municipios está constituido por los bienes municipales públicos y particulares, así como los ingresos que perciba a cualquier título, los derechos y obligaciones, y las acciones que posea. Son bienes públicos municipales los destinados a uso o servicio de toda la población. Los bienes particulares municipales son aquellos cuyo uso está limitado por las normativas de las autoridades municipales. Capítulo II De los Ingresos Municipales Arto. 49 Los ingresos tributarios pueden proceder de impuestos municipales, tasas y contribuciones especiales, los que serán regulados por la ley de la materia. Arto. 50 El Concejo Municipal no podrá acordar exenciones, exoneraciones o rebajas de impuestos, tasas o contribuciones especiales, salvo en los casos previstos en la legislación tributaria municipal y de acuerdo con las formalidades establecidas en la misma. Arto. 51 Los gobiernos municipales podrán solicitar y obtener de la banca pública o privada, crédito a corto y mediano plazo, para la realización de obras y para la prestación y mejora de servicios públicos derivados de sus competencias, debidamente aprobados por los respectivos Concejos Municipales, de conformidad con sus Planes de Desarrollo. El Municipio podrá garantizar estos créditos hasta con el 50% de sus gastos presupuestados para inversión, y con sus bienes muebles e inmuebles de carácter particular. 85
Capítulo III Del Presupuesto Municipal Arto. 57 No se podrán realizar egresos superiores a los consignados en el Presupuesto Municipal ni efectuar egresos en conceptos no presupuestados, sin la previa reforma al mismo por el Concejo Municipal respectivo que amplíe, dote o traslade el crédito presupuestario correspondiente. La ampliación, dotación y traslado del crédito presupuestario, una vez aprobadas por el Concejo Municipal, deberán ser informadas por el Alcalde a la Contraloría General de la República y al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal en el mismo término y bajo el mismo procedimiento previsto para la remisión del Presupuesto, so pena de incurrir en las sanciones establecidas en el Artículo 56 de la presente Ley. Capítulo IV De las Empresas Municipales Arto. 58 Los municipios podrán constituir empresas para la prestación de servicios públicos municipales, estrictamente relacionados con el ejercicio de sus competencias establecidas en el Artículo 7 de la presente Ley. Arto. 59 Corresponde al Concejo a propuesta del Alcalde, aprobar la constitución de empresas municipales, que se regirán de conformidad con la presente Ley, su Reglamento y demás leyes de la República. Arto. 60 Anualmente, los Directores o Gerentes de las Empresas Municipales deberán presentar los informes financieros sobre la gestión y resultados de estas Empresas ante el Concejo respectivo para su aprobación. Los excedentes obtenidos por las empresas municipales estarán exentos de impuestos fiscales, y deberán ser incluidos anualmente en el Presupuesto Municipal; podrán ser reinvertidos en la empresa o destinados a obras, ampliación y mejora de los servicios municipales. (Leyes No. 40 y 261, La Gaceta No. 162, de 26 de agosto de 1997).
86
2.
Reglamento a la Ley de Municipios Título II De las Competencias Capítulo I Del Ejercicio de las Competencias Sección I Control de Mercados, Rastros y Lavaderos Públicos
Arto. 9 El Concejo Municipal dictará resolución disponiendo el establecimiento de mercados, las especificaciones de la circulación interna, las normas para el tratamiento de desechos sólidos y líquidos, utilización de sanitarios públicos y lavaderos de conformidad a las disposiciones sanitarias básicas. El Concejo Municipal normará mediante ordenanza el funcionamiento del rastro municipal y los lavaderos públicos, éstas deberán definir el servicio, contener las normas técnicas operativas y funcionamiento, las labores del fiel del rastro y sus procedimientos de control. En donde no hubiere rastros ni lavaderos públicos, el Municipio deberá crearlos, dictando las normas de administración, uso y ubicación de los mismos. Título VII De la Economía Municipal Capítulo II De las Empresas Municipales Arto. 97 Para los efectos del Arto. 59 de la Ley la resolución creadora deberá contener: a) b) c)
La denominación, domicilio y duración de la Empresa. Los objetivos de la misma y sus órganos de Gobierno y Administración. El capital de la Empresa y la contabilidad de la misma, que siempre deberá llevarse por partida doble y el fondo de reserva que deberá constituirse. 87
d)
La forma de liquidar la empresa, en caso de quiebra, disolución, fusión u otras formas de extinción deberán expresar el destino de los activos y pasivos.
Arto. 98 a)
b)
Las empresas podrán administrarse por:
Consejo de Administración. Estarán representados el Concejo Municipal, trabajadores de la empresa y de la sociedad civil del municipio. Tendrán un máximo de nueve miembros. Junta de Directores, con menos integrantes que el anterior. Donde podrá estar representado el Concejo Municipal y los trabajadores de la empresa.
En ambos casos podrá nombrarse un Gerente. Arto. 99 En cualquier caso, el Alcalde deberá presidir por sí o por delegado, el máximo organismo de la empresa municipal. Arto. 100 Las empresas municipales podrán ser mixtas, con participación de capital privado. Arto. 101 Las empresas deberán presentar anualmente sus balances al Concejo Municipal por intermedio de su Gerente o Alcalde. Arto. 102 El Consejo de Administración de la Empresa deberá solicitar al Concejo Municipal la aprobación de cualquier enajenación, a cualquier título de bienes de capital o bienes inmuebles de la empresa, que la misma deba realizar. Arto. 103 Para inscribir la empresa en el Registro Público Mercantil correspondiente, bastará la certificación de la Resolución Creadora emitidas por el Secretario del Concejo Municipal, para que el Registrador le dé el trámite correspondiente. ( Decreto No. 52-97, La Gaceta No. 171, de 8 de septiembre de 1997).
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3. Propuesta de nueva reglamentación a la Ley de Municipios (Propuesta de AMUNIC, marzo 2000)
El siguiente material es presentado por cortesía de la Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC), y será sometido a la revisión y aprobación de la Asamblea Nacional de Nicaragua. Extracto de la Propuesta de Reglamentación Artículos relacionados con las Competencias Municipales y con el Servicio de Mercado Municipal, en particular
Título II De las Competencias Capítulo I Del Ejercicio de las Competencias Sección 2ª Control de Mercados, Rastros y Lavaderos Públicos Arto. 9 En el desempeño de la atribución contenida en el Numeral 2) del Arto. 7 de la Ley, se observará lo siguiente: a)
El Mercado Municipal facilita las operaciones del intercambio comercial, y promociona el consumo de productos locales y de producción tradicional, sirviendo como enlace entre los productores, comerciantes y consumidores.
b)
El Rastro Público Municipal garantiza las condiciones higiénicas apropiadas para la producción de carne de consumo humano, con los controles y calidades establecidos en los requerimientos sanitarios determinados para tal fin.
c)
Los Lavaderos Públicos son los lugares en que una determinada población realiza sus necesidades de limpieza de enseres de uso personal; los Municipios regularán y controlarán su funcionamiento higiénico conforme lo establecido en las normas sanitarias.
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Sección 5ª Desarrollo Urbano, Sub-urbano y Rural Arto. 21 Los Gobiernos Locales planificarán, normarán y controlarán el uso del suelo y del desarrollo urbano, sub-urbano y rural, conforme lo establecido en los literales a), b), c), e), f) y h) del numeral 5 del Arto. 7 de la Ley, por medio del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial. En la elaboración de dicho Plan se deberán tomar en cuenta las características geográficas y vocación de los suelos del municipio, así como las actividades económicas y culturales de sus habitantes, en aras de procurar un desarrollo sostenible y equilibrado del territorio. Arto. 22 El Plan Municipal de Ordenamiento Territorial definirá las siguientes Normas: a)
Límites de las Áreas de Desarrollo por zonas urbanas, sub-urbanas y rurales, cantidad y localización, tomando en cuenta los límites históricos de barrios y comarcas existentes, las cuales se pueden fusionar para delimitar una zona específica.
b)
Normas generales de Desarrollo Rural, incluyendo entre otros, caminos de penetración, tanto vehiculares como peatonales, caballares, de bosques, fuentes de agua, ríos, lagunas, frontera agrícola, servidumbres de paso, derechos de vías y construcciones.
c)
Ubicación de las áreas de riesgo.
Arto. 23 Para el desarrollo urbano el Gobierno Municipal deberá dictar el Plan de Urbanismo Municipal el que deberá de contener al menos:
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a)
Uso del suelo e identificación clara de las áreas de dominio público municipal (áreas verdes, áreas de esparcimiento y recreo, etc.).
b)
Normas Generales de Desarrollo Urbano del Municipio, incluyendo, entre otros aspectos, la delimitación y señalización de la red vial, derecho de vía, señalización de
calles y avenidas, barrios, distritos, zonas, el Ornato Público, las áreas de esparcimiento y recreo urbano y sub-urbano, el mejoramiento y recreo y construcción de drenajes de aguas pluviales, cauces, puentes peatonales y vehiculares, cunetas, andenes y aceras. c)
Regulaciones para la Construcción por Zonas, determinando las especificidades para algunas zonas particulares (Centros Históricos, zonas industriales, viviendas, producción, zonas de reserva de recursos naturales, etc.).
d)
Ubicación de servicios públicos.
e)
Ubicación de las áreas de riesgo.
Arto. 24 Todo Proyecto de Urbanización u obra de construcción a ser realizada en el Municipio debe contar con la previa autorización de la municipalidad correspondiente, la cual otorgará el permiso si, una vez revisados los planos y demás documentos que se requieran, se encuentran conforme con las normas generales de construcción y el Plan Municipal de Urbanismo o el Plan de Ordenamiento Territorial según el caso. Deberá abonar una tasa por la autorización e igualmente deberá solicitar el derecho de línea previo abono de la tasa correspondiente. Arto. 25 El permiso de construcción tendrá una vigencia de 180 días y deberá precisar si se trata de construcción nueva, reparación, remodelación, anexo, ampliación o extensión, reforzamiento, cambio de estructura, demolición o cualquier otro tipo de obra de construcción o urbanización. Arto. 26 Una vez otorgado el permiso de construcción toda obra debe realizarse según los planos y demás documentos que hayan sido aprobados por la municipalidad, no pudiendo ser modificados sin nueva autorización. Arto. 27 En las Áreas Rurales, toda persona natural o jurídica que se dedique o desee iniciar una actividad relacionada con el uso del suelo dentro del municipio, deberá contar con la aprobación de la municipalidad.
91
Previo a ello debe presentar una solicitud por escrito en la que se debe señalar el tipo de actividad a desarrollar, planos de infraestructuras si las fuere a realizar, tiempo de ejecución, lugar y otros que cada municipalidad determine. Arto. 28 La municipalidad, una vez analizada la documentación y realizados los estudios pertinentes, aprobará o no la ejecución de la obra, en un plazo no mayor de treinta días. Arto. 29 Las infracciones a las disposiciones contenidas en los artículos anteriores se sancionarán en la forma que establezca la Ordenanza correspondiente. Arto. 30 En conformidad con el literal g) del numeral 5) del Arto. 7 de la Ley, el municipio está facultado para declarar de Utilidad Pública o Interés Social las tierras urbanas aptas para el desarrollo urbano municipal, con arreglo a lo dispuesto en el Arto. 44 de la Constitución Política y en el Decreto N o 895 “Ley de Expropiación de Tierras Urbanas Baldías”, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 284 del 14 de diciembre de 1981. Arto. 31 Aquellos municipios que no tengan normado el procedimiento administrativo para la Declaratoria de Utilidad Pública, se procederá conforme lo establecido en los siguientes artículos. Arto. 32 El Concejo Municipal, a instancia del Alcalde, previa valoración del interés social del proyecto específico, deberá ordenar un proceso investigativo sobre los bienes o derechos sujetos a posible afectación y la integración de una Unidad Técnica, compuesta por un miembro de la Comisión de Finanzas, Presupuesto e Infraestructura del Concejo, si la hubiere o un miembro del Concejo nombrado para tal efecto en caso que no la hubiere, y un funcionario de la Municipalidad. Arto. 33 El proceso de investigación del bien inmueble debe hacerse previa notificación a los propietarios o poseedores a cualquier título del mismo. Recaerá sobre el o los bienes inmuebles, objetos posibles de la Declaratoria de Utilidad Pública, en función de determinar:
92
a)
Si el Bien Inmueble es susceptible o no de ser declarado de utilidad pública, de acuerdo a los criterios contenidos en el Decreto No. 895 y al Plan de Urbanismo Municipal.
b)
Descripción y estado legal del inmueble (derechos sobre el mismo, cargas, gravámenes y créditos tributarios a favor del Tesorero Municipal).
c)
El valor del Inmueble, en base a las formas de avalúo establecidas para efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles.
Arto. 34 Presentado el dictamen de la Unidad Técnica, el Concejo Municipal decidirá si procede o no la Declaratoria de Utilidad Pública y, en caso positivo, dictará la Resolución correspondiente, asegurando a iniciativa del Alcalde la previsión de la partida presupuestaria correspondiente para la indemnización y ordenará su publicación en La Gaceta, Diario Oficial o en cualquier medio de comunicación escrita de carácter nacional. Arto. 35 Publicada la Resolución, el propietario o poseedor a cualquier título del o los bienes a ser expropiados, será citado a la próxima sesión del Concejo Municipal, a fin de proceder a efectuar un trámite de avenimiento o negociación para la determinación del monto de la indemnización respectiva. En caso de avenimiento, el Concejo Municipal dictará Resolución que contenga: a)
Constancia de celebración de trámite de avenimiento con el propietario del inmueble a ser afectado por el pro yecto;
b)
Descripción del inmueble;
c)
Monto de la indemnización convenida, de los honorarios notariales y de los aranceles registrales, así como el rubro del presupuesto que será afectado para los mismos;
d)
Mandato al Alcalde para comparecer junto con el propietario para otorgar Escritura Pública de Avenimiento por Afectación, en la que conste la entrega de pago en efectivo de la indemnización acordada; 93
e)
Determinación en la Escritura del carácter público o particular del bien inmueble municipal adquirido mediante la afectación;
f)
Mandato al Alcalde para proceder a la inscripción del inmueble en el Registro Público correspondiente;
g)
Mandato para libramiento de la certificación de dicha Resolución.
En caso de falta de avenimiento, se seguirán los procedimientos legales para la expropiación forzosa. Arto. 36 Si sobre los inmuebles pesaren gravámenes en favor del Tesoro Municipal, éstos se cancelarán de mero derecho, de acuerdo a la legislación vigente. Capítulo II De las Formas de Ejercicio de las Competencias Arto. 65 En los Convenios Inter-institucionales, los Contratos y Concesiones a que hace referencia el Arto. 9 de la Ley se deberá observar lo siguiente: a)
Las competencias atribuidas a los Municipios, cuya normatividad general esté reservada a la Ley, se ejer- cerán en régimen de propia responsabilidad, con apego a las regulaciones legales, a las disposiciones técnicas de carácter general emanadas de los entes reguladores, todo sin detrimento de lo dispuesto en la Ley de Municipios y el presente Reglamento.
b)
En los casos en que las facultades normativas hayan sido conferidas a los Municipios, éstos deberán mediante Ordenanza Municipal establecer tanto las regulaciones generales sobre las formas de prestación del servicio.
Arto. 66 La Ordenanza que norme el servicio público municipal deberá, al menos, contener: a) b) 94
La descripción del servicio a ser normado y de las condiciones y calidad con que ha de ser brindado; La delimitación territorial de la prestación del mismo;
c)
La obligatoriedad legal de los usuarios del servicio de la utilización de éstos cuando le corresponda;
d)
El monto de la tasa a pagar por la prestación del mismo (pasarlo a disposiciones finales y transitorias para mien- tras no se dicte la Ley General Tributaria Municipal);
e)
Las multas por infringir la ordenanza y los plazos para pagarlas, ya sea por el usuario del servicio o por el prestador del mismo; Los recursos administrativos de los usuarios, para los casos de mala calidad o ineficiencia en la prestación, o alteración de las tasas; La forma de la prestación sea ésta directa, en mancomunidad, mediante convenio Inter-institucional o por particulares, observando en este último caso las regulaciones legales establecidas para las contrataciones administrativas del Estado, entes autónomos y gubernamentales, y municipalidades; Los mecanismos de control por la Municipalidad, que aseguren la calidad y equidad en la prestación del servicio; e Las causas y procedimientos para la rescisión de los convenios o para la revocación de la resolución de otorgamiento de la concesión.
f) g)
h) i)
Arto. 67 Una vez vigente la Ordenanza reguladora de un servicio público determinado, y realizada su licitación si fuere el caso, el Alcalde someterá a la ratificación del Concejo Municipal, el Proyecto de Resolución de Ratificación del otorgamiento de la concesión o de celebración del Convenio Inter-institucional, según fuere el caso. Arto. 68 Las Concesiones se tramitarán y otorgarán de acuerdo con la Ley de la materia. En el caso de contrataciones del municipio con personas naturales o jurídicas de carácter privado, sobre bienes de cuantía no significativa, podrán ser convenidos y suscritos directamente por el Alcalde, el que deberá informarlo al Concejo Municipal en la sesión inmediata subsiguiente. Si existieren dos ofertas iguales y uno de los oferentes perteneciere al municipio, se deberá preferir a este último. 95
Arto. 69 Los Convenios que se establezcan entre instituciones del Estado y los Municipios deberán ser suscritos por los representantes de ambas entidades debidamente acreditados y se establecerán de acuerdo al tipo de necesidades y requerimientos para la ejecución del servicio, y serán sometidos posteriormente a la ratificación del Concejo Municipal. En forma similar, previa aprobación del Concejo Municipal respectivo, se podrá convenir con el Poder Ejecutivo la delegación de atribuciones a que se refiere el Arto. 11 de la Ley. Capítulo IV Del Asociativismo Municipal Arto. 71 Además de las Mancomunidades, como formas asociativas de derecho público para la prestación de servicios, los municipios podrán, conforme el primer párrafo del Arto. 12 de la Ley, constituir asociaciones municipales que promuevan y representen sus intereses, y prestarse cooperación mutua. Al efecto, los Municipios interesados en asociarse deberán elaborar y concertar un Acta de Intenciones de Constitución de la Asociación, la que deberá ser sometida a la consideración de cada uno de los Concejos Municipales de los Municipios a asociarse. Arto. 72 rá contener:
96
El Acta de Constitución de la Asociación debe-
a)
Denominación de la Asociación, símbolos y siglas que la identificarán, domicilio y duración;
b)
Los objetivos de la Asociación;
c)
Derechos y deberes de los Miembros;
d)
Disposiciones relacionadas con el patrimonio, su constitución y manejo;
e)
Manifestación de la voluntad de dejar abierta la posibilidad a que otros Municipios se asocien;
f)
Los órganos de gobierno y administración, atribuciones y funcionamiento;
g)
Formas de elección de las autoridades de la Asociación y período en el ejercicio de los cargos;
h)
Procedimiento para la Reforma del Acta Constitutiva de la Asociación;
i)
Las previsiones para la separación de alguno o algunos de sus miembros integrantes; y
j)
Decisión sobre la disolución de la asociación, procedimiento para la misma y previsiones respecto al destino de su patrimonio.
Arto. 73
En caso de decisión favorable del Concejo Municipal, éste adoptará una Resolución en la cual declarará su decisión de constituirla y facultará al Alcalde para comparecer, en representación del municipio, en conjunto con los Alcaldes de los demás municipios a asociarse, ante Notario Público para el otorgamiento de Escritura Pública constitutiva de la misma, la que deberá contener el texto íntegro del Acta Constitutiva.
En lo conducente, similar procedimiento deberán seguir las Municipalidades que, una vez constituida deseen adherirse a la misma. Arto. 74 Las Asociaciones de Municipios son Personas Jurídicas de Derecho Público, existen por el solo hecho de asociarse y no precisan de registro constitutivo o declarativo. Su Acta de Constitución deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial. Arto. 75 Las Asociaciones de Municipios podrán integrar Foros de Coordinación para el Desarrollo, en los que estén representadas tanto las instituciones de Gobierno y entes autónomos del Estado como las instituciones de Desarrollo y Organismos no Gubernamentales con presencia en el territorio. Estos Foros podrán deliberar sobre la problemática y necesidades comunes de los municipios y realizar recomendaciones para la adopción de medidas en pro del desarrollo local. Arto. 76 Los municipios pueden constituir consorcios con otras administraciones públicas para fines de interés común o con entidades privadas que persigan fines de interés público, 97
concurrentes con los de las administraciones. Los consorcios gozarán de personalidad jurídica de derecho público. Arto. 77 Los consorcios se constituirán mediante la adopción, por los órganos competentes de las administraciones públicas y entidades que persigan consorciarse, de una resolución o acuerdo en el que exprese la voluntad de constituir el consorcio así como la aprobación de los estatutos que deban regirlo, los cuales deberán ser publicados en La Gaceta, Diario Oficial. Arto. 78 Los estatutos deberán contener al menos los siguientes elementos del régimen jurídico del consorcio: a)
Nombre, objeto y domicilio del consorcio y de las entidades que lo integran.
b)
Fines para los que se crea.
c)
Duración.
d)
Aportes a que se obligan los entes consorciados.
e)
Composición de los órganos directivos, forma de su elección, nombramiento y facultades.
f)
Mecanismos de controles financieros.
g)
Procedimiento para reformarlo y para resolver sus divergencias en relación con su gestión y sus bienes.
h)
Procedimiento para la separación de sus miembros, que incluya el plazo necesario para que surta efecto así como la fórmula de disolución y liquidación.
Arto. 79 El número de miembros del consorcio podrá incrementarse mediante la adhesión, con posterioridad a su constitución, de nuevos miembros, de conformidad con el procedimiento que establezcan los estatutos del consorcio, en su defecto, el establecido en el punto 2 del presente artículo para la constitución del consorcio.
98
Mercado Municipal de Juigalpa
4.
Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales
Título I Título II
Título III Título IV
Capítulo I Disposiciones Generales Capítulo II Definiciones De la Gestión del Ambiente Capítulo II De los Instrumentos para la Gestión Ambiental Sección I De la Planificación y Legislación Sección II Del Ordenamiento Ambiental del Territorio Sección IV De Permisos y Evaluación de Impacto Ambiental Sección VIII De las Inversiones Públicas De los Recursos Naturales Capítulo II De las Aguas Capítulo III De los Suelos De la Calidad Ambiental Capítulo II De la Contaminación de la Atmósfera, Agua y Suelo
(Ley No. 217, La Gaceta No. 105, de 6 de junio de 1996). 99
5.
Reglamento de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales
Título I
De la Gestión Ambiental Capítulo II De la Participación en la Gestión Ambiental
Título II
De los Instrumentos para la Gestión Ambiental Capítulo I De la Planificación, la Legislación y el Ordenamiento Ambiental Capítulo II De los Permisos y Evaluación de Impacto Ambiental
Título III
De los Recursos Naturales Capítulo III De los Suelos
Título IV
De la Calidad Ambiental Capítulo I De las Normas Ambientales y de Uso Sostenible de los Recursos Naturales Capítulo IV Del Monitoreo de la Calidad Ambiental, y de los Vertidos y Emisiones Capítulo V De los Procedimientos para las Inspecciones Ambientales Capítulo VI De las Normas para el Manejo de las Sustancias Tóxicas
(Decreto No. 9-96, La Gaceta No. 163, de 29 de agosto de 1996).
Mercado Municipal de Waspán
100
6.
10
Plan de Arbitrios Municipal
Contenido del Plan de Arbitrios, relacionado con la actividad de mercado municipal Título I De los Impuestos Capítulo I Impuestos de Matrícula Artículo 3 Toda persona natural o jurídica que se dedique habitualmente a la venta de bienes o prestación de servicios, sean éstos profesionales o no, deberán solicitar la Matrícula anualmente en el municipio para cada una de las actividades económicamente diferenciadas que en el mismo desarrolle. La matrícula deberá efectuarse en el mes de Enero de cada año. Artículo 4 Cuando las ventas o prestaciones de servicios se lleven a cabo en las circunscripciones de dos o más municipios, la matrícula habrá de efectuarse en cada uno de los municipios donde el contribuyente tenga radicados establecimientos para el desarrollo de su actividad. Los buhoneros y vendedores ambulantes se matricularán en el municipio donde estén domiciliados. En los demás municipios donde efectúen ventas tributarán según lo establecido en el artículo 11 de este Plan de Arbitrios. Artículo 5 El valor de la matrícula se calculará aplicando el tipo de dos por ciento (2%) sobre el promedio mensual de los ingresos brutos obtenidos por la venta de bienes o prestaciones de servicios de los tres últimos meses del año anterior o de los meses transcurridos desde la fecha de apertura si no llegaran a tres. Si no fuera aplicable el procedimiento de cálculo establecido en el párrafo anterior, la matrícula se determinará en base al 10 Este Plan de Arbitrios es de aplicación en todos los Municipios de Nicaragua, excepto Managua.
101
promedio de los meses en que se obtuvieron ingresos por venta de bienes o prestaciones de servicios. Artículo 6 Cuando se trate de apertura de nueva actividad, negocio o establecimiento, se abonará como matrícula un uno por ciento (1%) de capital invertido y no gravado por otro impuesto municipal. Si toda o parte de la inversión para la apertura se hiciere en moneda extranjera, ésta se liquidará al tipo de cambio oficial vigente al momento de hacer la matrícula para su cálculo. Artículo 7 Para matricular cualquier actividad, negocio o establecimiento es necesario que las personales naturales o jurídicas titulares de los mismos estén solventes con el Tesoro Municipal, lo que será comprobado por la Alcaldía con sus registros internos. En el caso de personas jurídicas además de la solvencia de éstas, se exigirá la solvencia de cada una de las personas naturales o jurídicas que la integren. Artículo 8 Cuando se transmita, por cualquier título un negocio o establecimiento, el adquirente deberá matricularse y abonar el correspondiente impuesto aunque la persona de quien lo adquirió ya lo hubiese matriculado ese año. Esta matrícula se calculará como la de apertura de negocio o establecimiento si la transmisión se efectúa por venta y según lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 5 en caso de donación o herencia. Artículo 9 Una vez abonado el impuesto de matrícula la Alcaldía extenderá una “Constancia de Matrícula” que el contribuyente deberá colocar en un lugar visible de su establecimiento o portarla cuando por razón de su actividad no tenga establecimiento. Capítulo II Impuesto sobre Ingresos Artículo 11 Toda persona natural o jurídica que, habitual o esporádicamente, se dedique a la venta de bienes o a la prestación de servicios, sean éstos profesionales o no, pagará men102
sualmente un impuesto municipal del dos por ciento (2%) sobre el monto de los ingresos brutos obtenidos por las ventas o prestaciones de servicios. Cuando los ingresos se obtengan, total o parcialmente, en moneda extranjera, se convertirán en moneda nacional a efectos de la aplicación de este impuesto y otros de este Plan de Arbitrios utilizando como factor de conversión la cotización oficial de tal moneda el último día del mes por cuyos ingresos se tributa o la del día en que se perciban los ingresos en el caso de los contribuyentes a que se refiere11el párrafo segundo del artículo 14 de este Plan de Arbitrios . Artículo 12 El tipo de este impuesto para los ingresos obtenidos de la venta de productos agrícolas que no necesitan ser sometidos a ningún tipo de procesamiento, cuando provengan de la enajenación directa por sus productoras, será del uno por ciento (1%). Artículo 13 Si se trata de productos cuyo acopio corresponde a agencias o empresas estatales exclusivas, éstas están obligadas a actuar como retenedoras del impuesto a favor de los municipios de donde proceda la producción, enterando mensualmente las cantidades retenidas en las Alcaldías correspondientes. Artículo 14 Este impuesto se pagará en el municipio en cuya circunscripción se hayan producido las ventas o prestaciones de servicios aun cuando el contribuyente radique o esté matriculado en otro. Artículo 15 El Municipio donde se produzcan los bienes o mercancías objeto de la venta o el del domicilio del contribu yente en el caso de la prestación de servicios, podrá exigir el pago del impuesto por las ventas o prestaciones de servicios efectuadas en otra circunscripción municipal cuando no fueren presentados por el contribuyente...
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La Gaceta dice textualmente como se ha citado, pero existe un error: donde dice “artículo 14”, debería decir artículo 16. El párrafo segundo del artículo 16 del Plan de Arbitrios vigente dice textualmente: “Los contribuyentes no obligados a matricularse presentarán la declaración de sus ingresos, enterando la suma correspondiente, sólo en las mensualidades que perciban los ingresos gravados por este impuesto”.
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Artículo 16 Las personas obligadas al pago del impuesto sobre ingresos y que por la habitualidad con la que se dedican a la venta de bienes o prestaciones de servicios están matriculadas, deberán presentar mensualmente ante la Alcaldía la declaración de sus ingresos gravables y pagar la suma debida dentro de los primeros quince días del mes... Artículo 17 Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la venta de productos cuyos impuestos municipales ha yan sido conglobados por una disposición legal de carácter general, como es el caso de los productos derivados del petróleo, no tributarán por este impuesto siempre que haya sido contemplada su conglobación de forma expresa... Artículo 18 Para la gestión de este impuesto las Alcaldías podrán establecer como retenedores a las personas naturales o jurídicas que por su actividad puedan facilitar el pago y recaudación del mismo... Título II De las Tasas por Servicios y Aprovechamientos Capítulo I Tasas por Servicios Artículo 37 Los tramos o espacios del mercado municipal serán adjudicados por la Alcaldía, que determinará la cantidad mensual a pagar por cada adjudicatario en función tanto de la ubicación y tamaño del tramo o puesto de venta como de los costos de este servicio. (Decreto No. 455, La Gaceta No. 144, de 31 de julio de 1989).
104
IX. Glosario Abarrotes
Artículos de consumo doméstico de primera necesidad, tales como granos básicos, artículos de cocina, artículos de uso personal, artículos varios. Acuífero
Fuente natural de agua. Puede ser un río, una laguna, una poza, etc. Arriendo
Alquiler de una cosa en un período determinado. Alquiler de un tramo del mercado. Disposiciones sanitarias
Conjunto de normas sanitarias dictadas por la autoridad sanitaria o por la Asamblea Nacional, de obligado cumplimiento. Feria
Conjunto de distintas actividades en un mismo sitio, especialmente de comercialización de productos, publicidad, entretenimiento, diversión, comúnmente realizada a cielo abierto. En el caso de los mercados, se entiende feria como un conjunto de actividades comerciales, de expendio de alimentos, productos agropecuarios, artesanías, ropa y otros productos de consumo popular. Se pueden desarrollar actos culturales, corridas de toros, exposiciones hípicas, celebraciones religiosas, entre otras actividades. La infraestructura puede ser de tipo rústico o típica, desmontable o de carácter permanente, en dependencia de la duración de las actividades. Existen ferias especializadas, tales como: feria de ganadería, feria de vestuario, feria del maíz, feria de calzado, feria de artesanías, etc. 105
Intendencia
Administración del mercado municipal. Instancia responsable de la gestión y administración del servicio de mercado. Intendente
Quien maneja la Intendencia. Inversión
Disponer un capital en actividades productivas, con expectativas de recuperación. Mercado mayorista
Actividad comercial al por mayor. Edificación diseñada para cumplir esa función. Mercado minorista
Actividad comercial al por menor. Venta al detalle. Edificación diseñada para cumplir esa función. Mercado municipal
Por lo general, es un mercado minorista. Intercambio comercial de productores o distribuidores de productos y los consumidores directamente. También pueden existir mercados municipales de comercio al por mayor. En la mayoría de los casos, los mercados municipales son de tipo urbano, por su ubicación dentro del perímetro de una ciudad, y también mercados municipales rurales que se adaptan a las condiciones de la vida en el campo. Tasa
Cantidad fija o proporcional que se cobra por un período determinado, por la prestación de bienes o de un servicio. Tipología constructiva
Forma o clase de construcción. Se refiere a los materiales que intervienen en una construcción, las técnicas constructivas, la forma y la función de la construcción, especialmente en la estructura. Tributación
Acción de entregar o enterar un tributo, impuesto, tasa o contribución especial. Obligación de entregar algo a cambio de un bien o servicio que presta la municipalidad. 106
X. Bibliografía Código del Trabajo.
30 de octubre de 1996.
Ley No. 185. La Gaceta No. 205, de
Reformas e Incorporaciones a la Ley No. 40 “Ley de Municipios”. Leyes No. 40 y 261. La Gaceta No. 162, de
26 de agosto de 1997.
Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Ley No. 217. La Gaceta No. 105, de 6 de junio de
1996.
Decreto No. 5297. La Gaceta No. 171, de 8 de septiembre de 1997. Reglamento a la Ley de Municipios.
Reglamento de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Decreto No. 9-96. La Gaceta
No. 163, de 29 de agosto de 1996.
Reglamento de Permiso y Evaluación de Impacto Ambiental. Decreto No. 45-94. La Gaceta No. 303, de 31 de
octubre de 1994.
Plan de Arbitrios Municipal.
ta No. 144, de 31 de julio de 1989.
Decreto No. 455. La Gace-
Decreto No. 394. La Gaceta No. 200, de 21 de octubre de 1988. Disposiciones Sanitarias.
107
Serie de Normas Ambientales. http:// www.inpyme.gob.ni/iso14000.html. ISO 14000.
Administración del Servicio de Mercado Municipal.
Arq. Leonardo García A. Fundación Friedrich Ebert, Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) en Nicaragua. Serie Descentralización y Desarrollo Municipal No. 10, 1995.
Neufert. 31ava. edición alemana. Editorial Gustavo Gili. Barcelona, 1983.
Arte de Proyectar en Arquitectura.
¿Cómo se hace una Evaluación de Impacto Ambiental? . Lic. Alberto Bertona (Argentina). Ambiente
Ecológico. Correo electrónico:
[email protected]. Documentos de elaboración propia.
Leonardo García A. 1988-2000.
Inéditos. Arq.
Manual del Arquitecto y del Constructor.
Parker. México, 1967.
Kidder-
Metodología de Cálculo de Costos de los Servicios Municipales. Lic. Róger Gaitán. Enero 2000. Modelo Virtual Comparativo de Gestión Pública Local. Arq. Leonardo García A. FUNDEMUCA. Trabajo final
como tesis para optar al título de Magister en Dirección y Gestión Pública Local. Granada, España; Antigua, Guatemala; y Managua, Nicaragua. Mayo a octubre 2000.
Propuesta de nueva Reglamentación a la Ley de Municipios. AMUNIC, marzo 2000.
Arq. Leonardo García A. FUNDEMUCA. Trabajo final como tesis para optar al título de Experto en Dirección y Gestión Pública Local. Antigua Guatemala, Guatemala, 1999. Sistema de Indicadores de Gestión Local.
108
Calle de comercio, aledaña al Mercado Municipal de Juigalpa
109
Mercado Municipal de Waspán
110
Anexos
Anexo 1 Control de Comercialización de Productos en Veda
Anexo 2 Organización del Personal Algunas Fichas Ocupacionales
111
112
Anexo
1
Control de Comercialización de Productos en Veda
Un mecanismo para controlar el comercio ilegal de productos durante un período de veda es conocer el Calendario de Veda, que es el siguiente: Especie o Producto
Reptiles
Período de Veda
Descripción
Huevo de tortuga paslama
Permanente en todas las áreas protegidas; de octubre a enero en toda la Costa del Pacífico, mercados, bares y restaurantes de todo el país
Tortuga verde
De junio a septiembre en el Atlántico
Tortuga noca o del lago
De marzo a mayo en lagos y mercados del país
Garrobo negro
De enero a abril (26 cms. tamaño mínimo) en todo el país
Iguana verde
De enero a abril (36 cms. tamaño mínimo) en todo el país
113
Especie o Producto
Período de Veda
Aves
Descripción
Chocoyo, loro y cotorra
De enero a junio en el Pacífico y región Central
Lora nuca amarilla
Veda permanente en la zona del Pacífico y Central, y veda del 1 de enero al 31 de mayo en la zona del Atlántico
Perdiz, codorniz y chachalaca
Del 15 de marzo al 30 de junio en todo el país
Tucán y pato real
Del 1 de marzo al 30 de junio en todo el país
Chichiltote
Del 15 de marzo al 31 de julio en todo el país
Piche
Del 15 de mayo al 31 de agosto en todo el país
Fuente:
114
Calendario de Veda. Guía Agropecuaria. Todo sobre el campo. Pág. 22. MARENA, DFS, 1998.
Anexo
2
Organización del Personal Algunas Fichas Ocupacionales
115
Ficha ocupacional 1.
Nombre del cargo:
Administrador, Gerente o Intendente de Mercado
2. 3.
Ubicación: Cargos subordinados:
4. 5.
Superior inmediato: Definición del cargo:
Mercado Municipal Asistente, Barredor, Secretaria, Responsable de Servicios Sanitarios, Responsable de Vigilancia, Cobradores, Contador y otros Alcalde o Director de Servicios Municipales Administrar eficientemente el mercado para garantizar un buen servicio de intercambio comercial a la comunidad.
6.
Funciones: a) Planifica, organiza y dirige la administración del mercado municipal. b) Establece coordinación con organismos afines al mercado. c) Autoriza ubicación de nuevos comerciantes. d) Propone y desarrolla nuevos métodos de trabajo para mejorar la administración. e) Propone normas, políticas y nuevas disposiciones para la Intendencia del mercado y lo comunica a los comerciantes del mercado y subordinados. f) Garantiza la seguridad de comerciantes y custodia de la mercadería, en coordinación con la Policía Nacional. g) Dirige y ordena la carga y descarga de mercadería. h) Mantiene comunicación y coordinación interna con las otras áreas de la Alcaldía. i) Supervisa el mantenimiento y las reparaciones de las instalaciones físicas del mercado. j) Atiende al público y a los comerciantes del mercado en sus demandas y reclamos. k) Controla los pagos y moras por arriendo de los locales asignados. l) Apoya gestiones del cobro de los colectores del mercado. m) Informa a su jefe inmediato sobre la administración del mercado. n) Realiza otras actividades afines, orientadas por su jefe inmediato. Requisitos del cargo: a) Nivel académico: Técnico en Administración b) Otros estudios: Higiene y Saneamiento Ambiental c) Experiencia laboral: Dos años de experiencia en cargos similares
7.
116
Ficha ocupacional
Responsable de Contabilidad
1. 2. 3. 4. 5.
Nombre del cargo: Ubicación: Cargos subordinados: Superior inmediato: Definición del cargo:
6.
Funciones: a) Verifica el funcionamiento de las normas de control interno y la aplicación de los principios de contabilidad. b) Aplica el control interno previo al registro de obligaciones, gastos y desembolsos. c) Revisa los registros de las transacciones y presenta oportunamente los Estados Generales. d) Revisa la documentación de ingresos costos y gastos que generan los planes por las diferentes actividades y que sirven de soporte a los registros contables. e) Revisa los comprobantes de diario de ingresos y gastos y comprobantes de pago. f) Coteja los registros auxiliares con las cuentas de mayor para verificar su correcta aplicación contable. g) Supervisa la correcta aplicación de la codificación contable en los comprobantes de pago. h) Elabora y firma estados financieros con sus anexos mensuales y los remite al responsable para autorización. i) Revisa que se mantengan actualizados los registros en los libros legales (Diario y Mayor) de Contabilidad. Requisitos del cargo: a) Nivel académico: Contador Comercial o Mercantil autorizado b) Otros estudios: Conocimientos de Computación c) Experiencia laboral: Cinco años de experiencia en trabajos contables
7.
Oficina de Finanzas o Administración del Mercado Contador A, Auxiliar de Contabilidad Director Financiero o Intendente, según el caso Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de la Contabilidad y elaborar oportunamente los estados financieros de acuerdo a los principios de contabilidad.
117
Ficha ocupacional
Auxiliar de Contabilidad
1. 2. 3. 4. 5.
Nombre del cargo: Ubicación: Cargos subordinados: Superior inmediato: Definición del cargo:
6.
Funciones: a) Registra y controla adelantos y préstamos al personal y las deducciones efectuadas en nómina. b) Registra en los libros auxiliares los comprobantes de pago emitidos por anticipos para compras de bienes y servicios de la institución o del área de trabajo. c) Controla la numeración consecutiva de los Recibos de Tesorería y Boletas utilizadas por los colectores. d) Realiza otras actividades afines a las anteriores, orientadas por su responsable inmediato. Requisitos del cargo: a) Nivel académico: Estudiante de Contabilidad b) Otros estudios: Conocimientos de Computación c) Experiencia laboral: Dos años de experiencia en trabajos contables
7.
118
Oficina de Contabilidad o Administración, según el caso Ninguno Responsable de Contabilidad Registrar y controlar los adelantos y préstamos al personal y controlar la documentación en poder de los colectores, de conformidad a controles internos establecidos.
Ficha ocupacional
Asistente de Intendencia
1. 2. 3. 4.
Nombre del cargo: Ubicación: Cargos subordinados: Superior inmediato:
5.
Definición del cargo:
6.
Funciones: a) Establece coordinación de trabajo con su jefe inmediato para la buena administración del mercado. b) Supervisa los trabajos por contratación de servicios en el mercado. c) Apoya en la supervisión del aseo y limpieza del mercado. d) Supervisa, en coordinación con la fuerza pública municipal, el ingreso de la carne, verduras, frutas y demás productos. e) Vigila el orden, seguridad y disciplina del mercado, en coordinación con la vigilancia interna de la Intendencia y la Policía Nacional. f) Dirige y organiza a los operarios del mercado para la recolección y tratamiento de los residuos sólidos y coordina con el tren de aseo la recolección de los mismos. g) Asigna, entrega, registra y controla los contratos por arrendamiento de tramos a los comerciantes. h) Registra y controla el consumo de los servicios de agua y energía eléctrica de los comerciantes. i) Administra la bodega de materiales y herramientas para la higiene y aseo del mercado. j) Elabora nómina semanal de pago del personal del mercado. k) Informa periódicamente a su jefe inmediato sobre la situación y condiciones en que se realiza su trabajo. l) Realiza otras actividades afines a las anteriores, por orientaciones de su responsable inmediato. Requisitos del cargo: a) Nivel académico: Bachiller b) Otros estudios: Conocimientos básicos de administración e higiene c) Experiencia laboral: Dos años en cargos similares
7.
Mercado Municipal Ninguno Intendente, Administrador o Gerente del Mercado Municipal Apoyar y colaborar en la administración del Mercado para brindar un buen servicio a la comunidad.
119