Expediente : 01149-2017-0-0201-JR-FC-02. Especialista : Obregón Paredes Jhon. Escrito N° :
SUMILLA
: Apelación de Auto y Otros.
SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA – HUARAZ. HUARAZ. VELASQUEZ ARANA CESAR AUGUSTO, en autos con Rueda Meza Gloria Beatriz, sobre el proceso de Prueba Anticipada, a Ud., con respeto digo:
I.
PETITORIO IMPUGNATIVO: Que, en base a lo dispuesto en el artículo 364° del código procesal civil INTERPONGO EL RECURSO DE APELACIÓN , contra el auto, resolución número dos, expedida por vuestro despacho,
EN EXTREMO QUE SE RESUELVE RECHAZAR LA SOLICITUD DE PRUEBA ANTICIPADA Y DISPONE EL ARCHIVO DEFINITIVO , la misma que no la encuentro arreglada a ley, por lo que solicito pueda remitir los autos al superior jerárquico, esperando se pronuncie, en mérito a los siguientes fundamentos fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer:
II.
FUNDAMENTOS DEL HECHO : PRIMERO.- Señor Juez la resolución, materia de apelación, ocasionan mi agravio por cuanto su judicatura, no está teniendo presente que con fecha 09 de mayo se presentó solicitud de actuación actuación de prueba anticipada, en la cual se hacen las especificaciones y se sustenta el motivo de la solicitud, siendo que con resolución N° 01 de fecha 10 de mayo del presente, se levantan determinadas observaciones. Estando entre ellas “indicar
la razón que justifique la razón de la
actuación de la prueba anticipada.”, el cual fue subsanado con Psj. Julio Vivar Farfán N° 785 Huaraz .
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escrito presentado con fecha 15 de mayo del presente, en la cual se hacen las especificaciones de la solicitud. Siendo este
NECESARIO PARA EL ESCLARECIMIENTO DE LA PATERNIDAD, HACIA LA MENOR ALIMENTISTA DE INICIALES E.F.V.R. SEGUNDO.- Señor Juez, la resolución, materia de apelación, ocasionan mi agravio, por cuanto la señora Rueda Meza Gloria Beatriz y mi persona tenemos un proceso de alimentos incoado bajo el expediente N°01010-2016-0-0201-JP-FC-01, En el primer juzgado de paz letrado
–
Huaraz. A través del cual la
demandante solicita una suma exorbitante como pensión de alimentos, por lo que se ve perjudicado mi economía, CONSECUENTEMENTE, para el esclarecimiento del proceso en mención es necesario la actuación de la prueba anticipada, siendo que hay suficientes motivos que ponen en duda mi paternidad.
TERCERO.- Señor Juez, reiterando que en todo momento se nos observó la pretensión genérica y la razón que justifique dicho pedido, sim embargo en todo momento se dio los motivos suficientemente equivalentes y válidos para la actuación de la presente materia de solicitud. Consecuentemente, SOLICITO A
SU JUZGADO ACEPTE LA ACTUACIÓN DE LA PRUEBA ANTICIPADA SOLICITADA. Ya que la demandante en una forma maliciosa y/o burlándose de mi persona
aun con la duda de la
paternidad por parte mía por viene dando tramite al proceso antes en mención.
III.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA: Amparo la presente apelación en lo prescrito por el artículo 364, 365, inciso 2 y 366 del Código Procesal civil. Psj. Julio Vivar Farfán N° 785 Huaraz
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POR TANTO: Al juzgado, solicito se sirva tener por interpuesto el presente recurso de apelación y darle el trámite que a su naturaleza corresponde, conforme a ley.
PRIMER OTROSÍ DIGO.- que, como se trata de una apelación que debe concederse sin efecto suspensivo y con la finalidad de remitir el correspondiente cuaderno al superior jerárquico, solicito se remita los siguientes actuados. 1. Solicitud de prueba anticipada. 2. Las resoluciones N°01 y 02. 3. Escrito donde se subsanan las observaciones.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO.- Adjunto tasa y cedula las suficientes para la respectiva notificación. Huaraz, 02 de junio de 2017.
Psj. Julio Vivar Farfán N° 785 Huaraz .
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