Descripción: ELABORACION DE PRESUPUESTOS DEDUCTIVOS DE OBRA
ELABORACION DE PRESUPUESTOS DEDUCTIVOS DE OBRADescripción completa
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Descripción: Argumentación jurídica, teoría general del derecho III, Elisa Palomino Angeles, UAM azcapotzalco
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En esta materia vamos a poder areciar bien lo que es los tipos de argumentos que existen en esta rama e la filosofia
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ANALISIS A LOS TIPOS DE ARGUMENTO QUE EXISTEN EN LA PERSPECTIVA JURIDICA.Descripción completa
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Descripción: Lectura Crítica
Descrição: TIPOS DE ARGUMENTOS
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Índice
Introducción….……………………………………………3
Desarrollo Argumentos El
deductivos y no deductivos…………4 deductivos deductivos…………4
silogismo Judicial y sus límites…………………5 límites…………………5
Aspectos
normativos normativos y fcticos de la argumentación !urídica………………………… !urídica……………………………..5 …..5
"onclusión…………………………………………………#
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Introducción. $a argumentación es una actividad social% intelectual y ver&al 'ue sirve para !ustificar o refutar una opinión y 'ue consiste en una constelación de enunciados dirigidos a o&tener la apro&ación de la audiencia. Argumentar forma parte de la e(periencia personal de cada ser )umano% todos argumentamos para defender aseveraciones o acciones y nos enfrentamos con argumentos de otras personas. *eneralmente% podemos identificar claramente cuando estamos frente a un argumento. Es importante argumentar ya 'ue es la &ase racional de nuestros actos% de los motivos 'ue los impulsan y e(plican% de nuestros proyectos y pensamientos. $a argumentación a&arca el ra+onamiento filosófico y científico 'ue refuta los errores de otros y defiende la propia teoría. ,e-ne los procesos por los cuales son ela&oradas y corro&oradas teorías científicas% en el seno de las llamadas ciencias duras/. $a ela&oración y aceptación de la valides de las teorías científicas pasa necesariamente por ciclos argumentativos.
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Desarrollo Argumentos deductivos y no deductivos
Es un tipo de argumento en 'ue la ley prescri&e la coe(istencia a&soluta de las premisas y de la conclusión garanti+ando 'ue esta -ltima est0 representada en las premisas. Es un signo 'ue dicta su o&!eto a todo interpretante. $os argumentos deductivos son un tipo de argumentos en los 'ue la conclusión se sigue lógicamente de las premisas. En otras pala&ras% en estos argumentos la conclusión est contenida implícitamente en las premisas y el paso de estas a a'uella consiste en una inferencia 'ue )ace e(plícito el contenido implícito en las premisas. "uando la conclusión tiene esta relación lógica con las premisas% entonces decimos 'ue el argumento es vlido. $os argumentos deductivos tienen la propiedad de transmitir la verdad% el argumentó ser correcto y o&!etivo. 1n e!emplo de argumentación deductiva es2 i estudio gano dinero. i gano dinero tengo un auto. or lo tanto% si estudio tengo un auto. $os argumentos no deductivos se pretende 'ue las premisas sean confia&les y apoyen en &uena medida a la conclusión% pero a diferencia del deductivo% no )ay garantía para la misma. $a demostración puede ser fali&le. resentan premisas 'ue respaldan a su conclusión pero no se derivan lógicamente de ellas% -nicamente son posi&les.
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El silogismo Judicial y sus límites
Es lograr una relación co)erente entre el aspecto formal y la norma6 es decir adecuar unos )ec)os a la descripción a&stracta 'ue )ay en la norma por lo tanto este tipo de ra+onamiento servir efectivamente para garanti+ar la solide+ en la argumentación 'ue el a&ogado o cual'uier operador del derec)o presente para sustentar su posición% sin perder de vista 'ue lo 'ue se eval-a es la corrección de la conclusión a partir de la estructura lógica de sus premisas de &ase. El silogismo se compone de dos premisas y una conclusión% la conclusión es vlida si las premisas lo son% pero desde un punto de vista formal. $a primera premisa enuncia una norma general y a&stracta en la 'ue un supuesto de )ec)o individuo aparece como condición para una consecuencia !urídica6 $a segunda premisa representa la situación en 'ue se )a producido un )ec)o 'ue cae &a!o el supuesto de )ec)o de la norma. 7 la conclusión esta&lece 'ue a a se le de&e anudar la consecuencia !urídica prevista por la norma.
Aspectos normativos y fácticos de la argumentación jurídica E(iste la posi&ilidad de 'ue los argumentos tengan 'ue ser confirmados o verificados con aspectos fcticos o )ec)os de la realidad. e puede inferir en este sentido 'ue el principio de la argumentación es deductivo% pero en el momento en 'ue se verifica la realidad en su particularidad% los casos pueden determinar las conclusiones generales del argumento. 1n e!emplo de este principio es el derec)o de o&!eción 'ue procede de una sentencia dictada% pero 'ue a su ve+ el interesado impone una inconformidad por dic)a interpretación y argumentación de la ley. Es muy com-n encontrar en los argumentos deductivos !urídicos no concuerdan con la percepción de la realidad com-n o 'ue la sociedad tiene de los )ec)os% de&ido a 'ue la lógica com-n no est su&ditica a las premisas lógicas del derec)o% en este sentido se utili+an recursos como el !uicio de amparo.
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Conclusión $a interpretación lógica y formal nos da la clave para entender el valor y al mismo tiempo los límites del ra+onamiento lógico en el campo !urídico. El silogismo Jurídico sirve de apoyo a la interpretación y aplicación de )ec)os a la norma y nos permite reali+ar un es'uema lógico y formal% so&re unos acontecimientos y su resultado. $a valide+ se funda en la percepción de un grupo de personas 'ue consideran o no los argumentos como vlidos o acepta&les% la estructura deductiva de argumentación es uno de los ms utili+ados en la interpretación !urídica y se construye con diversas afirmaciones desde la lógica de un argumento general verdadero con 0(ito en la premisa o conclusión particular.