EXPEDIENTE : 1451- 2017 ESPECIALISTA: FIERO CUADERNO : PRINCIPAL ESCRITO : 001 SUMILLA : PRESENTA ALEGATO
SEÑOR JUEZ DEL 23 JUZGADO PENAL DE LIMA JEFFERSON DAIR
RUBIO BACA, en la
instrucción que se me sigue por EL SUPUESTO DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR,R, en agravio de MENOR, a usted digo: Que, conforme a lo señalado por el señor representante del Ministerio Publico , conforme a la acusación dictada en mi contra en tiempo hábil y oportuno y estando los autos a disposición de las partes CUMPLO: con formular el alegato correspondiente, en forma oportuna: 1. Que, me agravia la acusación fiscal emitida en mi contra por cuanto carece de eficacia legal que la ampare en razón de no haberse realizado un examen exhaustivo de los hechos que que son materia de la acusación fiscal, no habiendo tenido en cuenta mis condiciones humanos en la que vengo viviendo, y que mi condición como ser humano es la de DISCAPACIDAD SEVERA DE MEDIO CUERPO y que esta condición la tengo desde mi nacimiento, no pudiendo valerme valerme por por mis mismo de todas mis acciones acciones humanas ya que me traslado con una silla de ruedas. 2. Que, me agravia dicha acusación y es lamentable de que se me haya considerado como actor de un delito que no he cometido, NUNCA HE REALIZADO TOCAMIENOS INDEBIDOS A LA MENOR y como ya lo he manifestado estamos jugando de mano, tres personas con el recurrente y yo me mantenía en mi silla de ruedas y no podría estar mucho tiempo en esta actitud, de juego ya que tengo INCONTINENCIA INCONTINENCIA MIXTA DEL RECTO URINARIO, haciendo mis necesidades involuntarias en pañales desde mi nacimiento, debo manifestar además de que la propia menor es la que siempre me a trasladado juntamente con su hermano a su domicilio, tratándome como hermanos y no podría haber pensado pen sado ni haberle hecho actos contra el pudor.
representante del ministerio 3. Que, me agravia la acusación del señor representante Publico, en razón de que padezco hidrocefalia desde mi nacimiento del lado izquierdo de mi cabeza y no teniendo la capacidad de poder estar en la actitud malévola de la que se me pretende acusar y a ello se a una el mal de los GANGLIOS EN LA PARTE ABDOMINAL QUE NO ME PERMITEN NI SIQUIERA PODER TRABAJAR, ni esforzarme en nada ya que esos ganglios que tengo son muy dolorosos, teniéndolos desde mi niñez y no podría estar relajado, para para tener tener una condición de esta naturaleza penal de la que se me acusa, agraviándome de esta forma, es más al realizar mi declaración por ante su despacho esta se dio en las inmediaciones del primer piso, por mi condición de discapacidad severa, razón por lo que mi declaración no se dio en las oficinas del tercer piso del Poder Judicial en razón razón de mi condición y traslado traslado que no podía podía realizar, a no ser que hubiere la ayuda de por lo menos tres tres personas para trasladarme, por mi incapacidad física, conforme conforme lo acredito con el el informe médico otorgado por el Ministerio de salud del hospital NACIONAL DEL dos de mayo.
4. POR TANTO: Pido a Ud. Sr. Juez se sirva tener por presentado el alegato correspondiente y en su oportunidad se considere la Inimputabilidad del delito.
OTROSI DIGO: ADJUNTO las siguientes pruebas a fin de que se tenga presente al momento de resolver: 1.- Mi correspondiente carnet en copia que adjunto debidamente legalizado otorgado por EL CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD- CONADIS. 2.- COPIA CERTIFICADA DE DISCAPACIDAD OTORGADO POR EL HOSPITAL DOS DE MAYO, con el que acredito mi discapacidad severa. 3.- INFORME MEDICO en el que se puede verificar de que tengo malformaciones congénitas, hidrocefalia, incontinencia mixta.
OTROSI DIGO: Que, Por convenir a mis derechos NOMBRO: Como mi Abogado Defensor al letrado que autoriza el presente pres ente escrito al DR. JORGE LUIS LOPEZ VILLAR con registro C.A.L 15651 en su domicilio ubicado en la casilla de notificaciones del poder judicial N° 18789, lugar donde se me harán llegar las notificaciones que recaigan en el presente proceso mas no así las estrictamente estrictamente personales. Lima, 20 de Junio del 2018