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Modelo de alegato (Perú) 1. Sobre la caducidad que ha operado en el presente caso 2. Sobre las pretensiones contenidas en la demanda 3. Sobre nuestro pedido de reconvención Expedientes acumulados Nº S058 y S059-200 Escrito N! " legatos
S!"#$ %$&'$# *'+# !MP$!S P$!S P$!S,#$ ,! S!$-'+'#S ,! S*!M'!*# ,! M&/!0! M&/!0! S.. !PS! # en los seguidos por $orporaci%n &eo S.'.$. so(re declaraci%n ar(itral# atentamente decimos) *ue# *ue# en cumplimi cumplimiento ento de la resoluci resoluci%n %n Nº 2 de fec+a , de mayo de 20 20 a contin continuaci uaci%n %n formul formulamo amoss nuestros alegatos en los siguientes trminos) !n el presente caso +orporación eo S..+. ha solicitado las siguientes pretensiones . e/ar sin efecto efecto la esoluci%n esoluci%n 'dminist 'dministrati1 rati1a a del $ontrato $ontrato efectuada efectuada por ESE& ESE& S.'. mediante mediante $arta $arta Nº 09"-200"-ESE& S'344. 2. eclarar eclarar la 1alide 1alide de la solicitu solicitud d de 'mpliac 'mpliaci%n i%n de lao lao Nº 0 solicit solicitada ada a ESE&. ESE&. ,. e/ar sin sin efecto efecto la esoluci%n esoluci%n Nº Nº ,66-200"-E ,66-200"-ESE& SE& S'344 S'344 de fec+a fec+a 25 de /ulio /ulio de 200"# 200"# mediante mediante la 7ue ESE& declare improcedente la ampliaci%n de plao solicitada por $orporaci%n &eo S.'.$.. . isponer isponer la cancelaci%n cancelaci%n por parte parte de ESE& ESE& de las las 1aloriacion 1aloriaciones es Nº s " y 8 correspondien correspondientes tes a los meses de ctu(re y No1iem(re de 200". 5. e1oluci%n e1oluci%n de los riginal riginales es de las $artas $artas :ianas de :iel :iel $umplimiento $umplimiento y 'delanto 'delanto de ;aterial ;ateriales. es. 6. e/ar sin sin efecto en forma forma parcial parcial la resoluci% resoluci%n n de 4erencia 4erencia 4eneral 4eneral Nº 28-2008.-E 28-2008.-ESE& SE& S'344 de de fec+a , de /ulio 2 de 2008 <&i7uidaci%n :inal de la (ra= en lo referente a sus art>culos º >tems Nº ??? y ?@# 2º# ,º y º ". eclar eclarar ar :undadas :undadas las o(ser1ac o(ser1acion iones es formulad formuladas as a la esoluc esoluci%n i%n de 4erencia 4erencia 4eneral 4eneral Nº 282008.-ESE& S'344# mediante carta Nº 0"-08. 8. En consecue consecuenci ncia a apro(arse apro(arse la &i7uidaci &i7uidaci%n %n final de (ra presentada presentada por la demandant demandante e median mediante te $arta Nº $&E-0"-08. 9. ispon isponer er la cancel cancelaci aci%n %n de los saldos saldos correspo correspondi ndient entes es de dic+a dic+a &i7uidac &i7uidaci%n i%n :inal :inal de (ra# (ra# as> como los intereses 7ue se generen +asta su total cancelaci%n. 0. ago de $ostas $ostas y $ostas $ostas del roceso roceso.. !+#S $!+#*#+',#S P#$ M&S P$!S . $on fec+a de diciem(re de 2006 am(as partes suscri(imos el $ontrato de 4erencia 4eneral Nº 952006-ESE& S'344# a fin de 7ue la contratista ela(ore el Expediente Acnico y e/ecute la o(ra de saneamiento (Bsico a Suma 'lada denominada C;e/oramiento de la &aguna de Esta(iliaci%n de ?llimo y $onstrucci%n del emisor 8 al ren ;arcelo-?llimoD# por el monto total de S3. .82#25".96 nue1os soles
as calendario. ic+o plao culmina(a el 22 de agosto de 200". 2. En etapa de e/ecuci%n del contrato# mediante $arta $&E Nº 98-0" de , de /ulio de 200"# $orporaci%n &eo S.'.$. solicit% ampliaci%n de plao por 50 d>as calendario. :rente a este pedido# mediante esoluci%n Nº ,66-200"-ESE& S'344 S'344 de fec+a 25 de /ulio de 200"# ESE& declar% improcedente la ampliaci%n de plao solicitada. Es as> 7ue indefecti(lemente el plao para la e/ecuci%n del contrato culmin% en la fec+a esta(lecida en el Expediente Acnico esto es el 22 de agosto de 200". ,. '+ora ,. '+ora (ien# de acuerdo al art>culo 222º del eglamento de d e la &ey de $ontrataciones y 'd7uisiciones del Estado Estado a de atraso# la cual pod>a ser aplicada +asta un monto mBximo e7ui1alente al 0F del monto contractual. . Gna 1e cumplido el mBximo de penalidad por mora y de conformidad con el inciso 2 del art>culo 225º del eglamento# 7ue seHala como causal de resoluci%n del contrato la acumulaci%n del monto mBximo de la penalidad por mora# ESE& procedi% a resol1er administrati1amente administrati1amente el contrato# mediante $arta Nº 09"200" de fec+a " de octu(re de 200"# notificada el 9 de octu(re del mismo aHo. 5. e acuerdo al segundo pBrrafo del art>culo 26"º del eglamento# luego de +a(er resuelto el contrato# ESE& de(>a proceder a efectuar la &i7uidaci%n :inal de (ra# lo 7ue reali% mediante esoluci%n de 4erencia Nº 28-2008-ESE&.
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6. :rente a esto# mediante $arta Nº "5"-2008 de 8 de agosto de 2008# la $ontratista reali% o(ser1aciones a la li7uidaci%n realiada por ESE& y procedi% a presentar una &i7uidaci%n de (ra realiada por ella. e(ido a 7ue las o(ser1aciones +ec+as carec>an de ra%n# mediante $arta Nº "5"-2008 ESE de fec+a 8 de agosto de 2008# ESE& rec+a% las o(ser1aciones efectuadas por la $ontratista.
Sobre la caducidad que ha operado en el presente caso re1iamente a ingresar a analiar el tema de fondo# demostraremos a la seHora 'r(itro Knico como es 7ue en el presente caso no corresponde resol1er las pretensiones formuladas por la demandante en tanto 7ue en este caso +a operado el plao de caducidad dispuesto por &ey 7ue ten>a la contratista para someter a conciliaci%n y3o ar(itra/e cual7uier contro1ersia surgida del $ontrato de 4erencia Nº 95-2006-ESE& S'344. @eamos. 1. $especto al cuestionamiento de la $esolución *4 355627786!PS! S9::; de ulio de 2778 que declaró improcedente el pedido de ampliación de pla?o. El art>culo 259º del eglamento esta(lece 7ue “Cualquier controversia relacionada con la ampliación del plazo por parte de la entidad podrá ser sometida a conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días ábiles posteriores a la comunicación de esta decisión!" 'simismo# el art>culo 2"2º y 2",º del eglamento
seHalan expresamente 7ue el plao al 7ue +ace referencia el art>culo 259º del eglamento es de caducidad. e acuerdo a ello el plao para cuestionar la esoluci%n Nº ,66-200"-ESE& S'344 comunicada el $ontratista el d>a 2" de /ulio de 200"# mediante la 7ue ESE& declara improcedente la ampliaci%n de plao solicitada por $orporaci%n &eo 1enc>a el d>a " de agosto de 200". $omo se aprecia de autos# $orporaci%n &eo S.'.$. cuestiona la esoluci%n Nº ,66-200"-ESE& S'344 mediante la demanda presentada el 2 de /unio de 200 7ue +a dado lugar a este proceso ar(itral. En el presente caso no existe ningLn medio pro(atorio presentado por la $ontratista 7ue demuestre 7ue cumpli% con someter a conciliaci%n o ar(itra/e la mencionada esoluci%n dentro del plao esta(lecido# por lo 7ue lo cierto es 7ue dic+a esoluci%n 7ued% consentida. 'l respecto# la contratista +a manifestado 7ue de acuerdo al art>culo 259º del eglamento# ESE& ten>a plao +asta el ,0 de /ulio de 200"para comunicar su respuesta so(re el pedido de ampliaci%n# y de(ido a 7ue dic+a esoluci%n fue reci(ida la contratista el d>a 2 de agosto de 200"# la notificaci%n de la esoluci%n se +a(r>a realiado fuera de plao operando el silencio administrati1o positi1o de conformidad con el art>culo mencionado# no siendo necesario someter a conciliaci%n o ar(itra/e dic+a esoluci%n. &o manifestado por la contratista es a(solutamente falso# puesto 7ue si (ien el plao esta(lecido en el art>culo 259º del eglamento 1enc>a el ,0 de /ulio de 200" sin em(argo# c%mo se aprecia del cuaderno de o(ra (ne@o de nuestro escrito de culo 2,2º del eglamento de la &ey de $ontrataciones y 'd7uisiciones del Estado. Si (ien en dic+a fec+a aLn no se conta(a con el ?nforme realiado por el super1isor de o(ra# ni con el pronunciamiento formal de la entidad# resulta e1idente 7ue muc+o antes de 7ue 1ena el plao para emitir pronunciamiento la contratista ten>a perfecto conocimiento de la decisi%n de nuestra representada en el sentido de no admitir la solicitud de ampliaci%n de plao solicitada. or si ello fuera poco# tal como se indica en el asiento *4 B2 de fec+a 0 de agosto de 200"# contrariamente a lo 7ue la $ontratista seHala# esta tom% conocimiento de la esoluci%n Nº ,66-0"-ESE&mediante la 7ue se declar% improcedente su pedido de ampliaci%n de plao M el d>a 2" de /ulio el d>a y no el 02 de agosto como pretende +acer creer. 's> pues# como indica el super1isor de o(ra en dic+o asiento) “#e con$ormidad con el artículo %5& del 'elamento de la ey de contrataciones y *dquisiciones del +stado (,) se emitió con $eca %5 de julio de %--. la resolución 0 223-.3+4+ donde se declara 674'8C+#+9+ la solicitud de ampliación de plazo" Debo indicar que con Asiento Nº 83 ítem 2 de fecha 27 de julio se hizo conocimiento al contratista de dicha Resolución !" <nfasis 'gregado=. .
:inalmente# el art>culo 259º del eglamento esta(lece 7ue C&a Entidad !M''$% resoluci%n so(re dic+a ampliaci%n en un plao mBximo de die <0= d>as# contados desde el d>a siguiente de la recepci%n del indicado informe a 25 de /ulio de 200"# no 7ueda duda alguna de 7ue el mismo fue realiado de conformidad con el art>culo 259º anteriormente citado.
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or lo expuesto# es e1idente 7ue el plao para someter a ar(itra/e o conciliaci%n las contro1ersias surgidas con respecto al pedido de ampliaci%n de plao +a 1encido en exceso# por lo 7ue no corresponde resol1er las pretensiones mediante las 7ue se pretende cuestionar la esoluci%n Nº ,66-200"-ESE& S'344.
2. $especto al cuestionamiento de la $esolución dministrativa del +ontrato reali?ada mediante +arta 17B862778 de neas arri(a# de acuerdo al art>culo 222º del eglamento# luego de culminado el plao de e/ecuci%n del contrato# ESE& aplic% una penalidad por cada d>a de atraso# la cual pod>a ser aplicada +asta un monto mBximo e7ui1alente al 0F del monto contractual. Gna 1e cumplido el mBximo de penalidad por mora# de conformidad con el inciso 2= del art>culo 225º del eglamento# mediante $arta Nº 09"-200" de fec+a " de octu(re de 200"# notificada el 9 de octu(re del mismo aHo# ESE& procedi% a resol1er administrati1amente el contrato. e acuerdo al art>culo 26"º del eglamento “+n caso de que suriese aluna controversia sobre la resolución del contrato: cualquiera de las partes podrá recurrir a los mecanismos de solución establecidos en la ey: el 'elamento o en el contrato: dentro del plazo de diez !"# días h$biles si%uientes de la notificación de la resolución : vencido el cual la resolución del contrato abrá quedado consentida!" e
acuerdo al art>culo 2"2º y 2",º del eglamento dic+o plao es de caducidad. Es decir# la demandante ten>a +asta el 5 de no1iem(re de 200" para iniciar uno de los mecanismos de soluci%n de contro1ersias. $omo se aprecia de autos# $orporaci%n &eo S.'.$. cuestiona la $arta Nº 09"-200" mediante la demanda presentada el 2 de /unio de 200 7ue +a dado lugar a este proceso ar(itral. No existe un solo medio pro(atorio 7ue acredite 7ue la contratista dentro del pla?o establecido en la norma +aya sometido a ar(itra/e de derecho e institucional la controversia; cona operado pues en setiem(re de 2008# esta +a(r>a sometido a conciliaci%n la contro1ersia surgida con ESE&. Sin em(argo# se de(e tener en cuenta 7ue siendo 7ue el plao de caducidad 1enci% el d>a 5 de no1iem(re de 200"# dic+a conciliaci%n +a(r>a sido realiada extemporBneamente# 1encido el plao de caducidad. or lo demBs# dic+a conciliaci%n no se a/usta a &ey pues de acuerdo a la clBusula dcimo octa1a del contrato No. 95-2006-ESE& S.'. 344 y al art>culo 2"º del eglamento2# la instituci%n ar(itral competente para administrar la conciliaci%n y3o ar(itra/e era $NSG$E 7ue en la resoluci%n /udicial indicada se declar% Nulo el laudo emitido en el proceso ar(itral iniciado por $orporaci%n &eo S.'.$. por +a(erse emitido por ?nstituci%n incompetente. or lo tanto# no 7ueda duda de 7ue +a(indose 1encido en exceso el plao para cuestionar la esoluci%n administrati1a del $ontrato# no corresponde 7ue en este proceso se resuel1a las pretensiones de la $ontratista referidas a dic+a resoluci%n administrati1a.
3. $especto al cuestionamiento de la $esolución de :erencia *4 21F6277F6!PS!; mediante la que se aprueba la iquidación Ginal de #bra reali?ada por !PS!. Aal como lo seHalamos pre1iamente# de acuerdo al segundo pBrrafo del art>culo 26"º del eglamento# luego de +a(er resuelto el contrato# ESE& tu1o 7ue proceder a efectuar la &i7uidaci%n :inal de (ra# lo 7ue reali% mediante esoluci%n de 4erencia Nº 28-2008-ESE&. osteriormente# el contratista o(ser1% la li7uidaci%n realiada por ESE o(ser1aciones 7ue fueron rec+aadas mediante $arta Nº "5"-2008 de 8 de agosto de 2008. e acuerdo al 7uinto pBrrafo del art>culo 269º del eglamento# el plao para 7ue la contratista someta a ar(itra/e o conciliaci%n era de 5 d>as +B(iles contados a partir de la comunicaci%n del rec+ao de las o(ser1aciones. or aplicaci%n de los art>culos 2"2º y 2",º del eglamento# este plao era de caducidad.
C$&'GSG&' $?; $A'@'.- S&G$?PN E $NA@ES?'S. En e/ecuci%n del contrato# toda contro1ersia serB resuelta por $onciliaci%n y de ser el caso# de 'r(itra/e de erec+o e ?nstitucional# conforme a lo pre1isto en el art>culo 2" in fine del eglamentoD. 2 C'rt>culo 2". Aodos los conflictos 7ue deri1en de la e/ecuci%n e interpretaci%n del contrato# incluidos los 7ue se refieran a su nulidad e in1alide# serBn resuelto mediante ar(itra/e# (a/o la organiaci%n y administraci%n de los %rganos del Sistema Nacional de $onciliaci%n y 'r(itra/e del $NSG$E y de acuerdo con su eglamentoD. I,866.$J ara 1er tra(a/os similares o reci(ir
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'+ora (ien# al igual 7ue en los casos anteriores# el cuestionamiento de la esoluci%n de 4erencia Nº 282008-ESE mediante la 7ue se aprue(a la &i7uidaci%n :inal de (ra realiada por ESE& . se da con la demanda ar(itral 7ue +a dado lugar a este proceso# 7ue fue presentada el 2 de /unio de 200# cuando +a(>a 1encido largamente el plao para +acerlo. No existe prue(a alguna de 7ue ello +aya sucedido antes# pues la $ontratista nunca inici% un proceso de conciliaci%n o ar(itra/e ante el S$E# tal como lo dispon>a la &ey y el propio $ontrato Nº 95-200-ESE&. En tal sentido# lo cierto es 7ue la esoluci%n de 4erencia Nº 282008-ESE& 7ued% consentida. :inalmente la contratista +a indicado 7ue en las dos Sentencias emitidas por la rimera y Segunda Salas $omerciales de &ima# 7ue declararon fundadas las demandas de anulaci%n de &audo 'r(itral en los procesos iniciados por ESE& se +a esta(lecido 7ue la contratista de(erB iniciar un nue1o proceso ar(itral de acuerdo a lo esta(lecido en el propio contrato y en la &ey y eglamento# esto es ante el S$E. 'firma la demandante 7ue# en consecuencia# mediante este proceso Lnicamente estar>a dando cumplimiento al mandato /udicial. SeHora 'r(itro# como es e1idente dic+as sentencias no se pronunciaron# de modo alguno# so(re la 1igencia o caducidad del derec+o de $orporaci%n &eo para iniciar el proceso ar(itral# sino 7ue Lnicamente se limitaron a esta(lecer 7ue cual7uier contro1ersia deri1ada del $ontrato Nº 95-200 es de competencia del Sistema Nacional de $onciliaci%n y 'r(itra/e del $NSG$E <+oy S$E=. No ca(e la menor duda 7ue ello procederB siempre A cuando los actos procesales correspondientes se realicen cumpliendo con los requisitos de udiciales que declararon nulos los laudos anteriores; no se han pronunciado sobre la caducidad; pues ello no nimo el plao de caducidad pues# de acuerdo al art>culo 2005º del $%digo $i1il “a caducidad no admite interrupción ni suspensión!" or lo tanto# estB demostrado 7ue en este caso no corresponde resol1er las pretensiones contenidas en la demanda de $orporaci%n &eo# toda 1e 7ue el plao de caducidad +a 1encido largamente.
Sobre las pretensiones contenidas en la demanda 2.1 +on respecto a la pretensión de de>ar sin eculo 226º del eglamento segLn el cual “i aluna de las partes $alta al cumplimiento de sus obliaciones: la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satis$aa en un plazo no mayor a cinco (5) días: bajo apercibimiento de resolver el contrato!"
Nue1amente la demandante in1oca una defensa inconsistente# pues en este caso no era necesario el re7uerimiento notarial pre1io. @eamos por7u) Aal como lo indicamos anteriormente en este mismo escrito# ESE& resol1i% el contrato pues la $ontratista acumul% el mBximo de penalidad por mora conforme a lo esta(lecido en el art>culo 225º inciso 2= del eglamento. Es e1idente 7ue si la resoluci%n del contrato se realia por +a(erse llegado al mBximo de penalidad por mora# cuando el plao de e/ecuci%n ya 1enci% en exceso# no es necesario re7uerir pre1iamente al contratista para 7ue este satisfaga sus o(ligaciones otorgBndole un nue1o plao de 5 d>as. El art>culo 226º del eglamento s%lo resulta aplica(le a los casos esta(lecidos en los incisos = y ,= del eglamento referidos a incumplimiento del contratista de sus o(ligaciones contractuales. 'l respecto al art>culo 69º# tercer pBrrafo del ecreto &egislati1o 0"-&ey de $ontrataciones y 'd7uisiciones del Estado es contundente cuando seHala expresamente 7ue) “o será necesario e$ectuar un requerimiento previo cuando la 'esolución del contrato se deba a la acumulación del monto má;imo de la 4enalidad por 7ora o por otras penalidades o cuando la situación del incumplimiento no pueda ser revertida" +n este caso bastará comunicar al Contratista: mediante carta notarial: la decisión de resolver el contrato!
or lo tanto# no 7ueda la menor duda de 7ue en este caso oper% perfectamente la resoluci%n del contrato al +a(rsele aplicado al contratista el mBximo de penalidad. 'l respecto ca(e indicar 7ue dic+o mBximo de penalidad por mora se (as% en el plao de e/ecuci%n del contrato <22 de agosto de 200"= pues como +emos
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demostrado pre1iamente# ESE& rec+a% el pedido de ampliaci%n de plao# mediante esoluci%n Nº ,66200"# de conformidad con el art>culo 259º del eglamento. 2.2. +on respecto a las pretensiones de i) ,eclarar la valide? de la Solicitud de mpliación de Pla?o solicitada por la +ontratista A ii) ,e>ar sin eulio de 2778; por la que se declara improcedente el pedido de ampliación de la demanda. &a contratista +a manifestado 7ue de acuerdo al art>culo 259º del eglamento ESE& ten>a plao para comunicar su respuesta so(re el pedido de ampliaci%n +asta el ,0 de /ulio de 200"# y de(ido a 7ue dic+a resoluci%n fue reci(ida el d>a 2 de agosto de 200"# esta se +a(r>a realiado fuera de plao operando el silencio administrati1o positi1o de conformidad con el art>culo 259º pre1iamente mencionado. SeHora Qr(itro# efecti1amente el plao para emitir pronunciamiento 1enci% el d>a ,0 de /ulio de 200" sin em(argo# ESE& s> cumpli% con emitir pronunciamiento de acuerdo a &ey# pues se produ/i el 2" de /ulio de 200". 's># tal c%mo se aprecia del cuaderno de o(ra (ne@o de nuestro escrito de culo 2,2º del eglamento de la &ey de $ontrataciones y 'd7uisiciones del Estado. Si (ien al de /ulio de 200" no se conta(a con el ?nforme +ec+o por el super1isor de o(ra# ni con el pronunciamiento formal de ESE lo cierto es 7ue muc+o antes de 7ue 1ena el plao para emitir pronunciamiento# la $ontratista ten>a perfecto conocimiento de la decisi%n de nuestra representada en el sentido de no admitir su solicitud de ampliaci%n de plao. or si ello fuera poco# tal como se indica en el asiento Nº 92 de fec+a 0 de agosto de 200"# contrariamente a lo 7ue la contratista seHala# esta tom% conocimiento de la esoluci%n Nº ,66-0"-ESE& mediante la 7ue se declar% improcedente su pedido de ampliaci%n el d>a 2" de /ulio de 200" y no el 02 de agosto como pretende +acer creer. 's> pues# como indica el super1isor de o(ra en dic+o asiento) “#e con$ormidad con el artículo %5& del 'elamento de la ey de contrataciones y *dquisiciones del +stado (,) se emitió con $eca %5 de julio de %--. la resolución 0 223-.3+4+ donde se declara 674'8C+#+9+ la solicitud de ampliación de plazo" Debo indicar que con Asiento Nº 83 ítem 2 de fecha 27 de julio se hizo conocimiento al contratista de dicha Resolución !" <nfasis 'gregado=.
'demBs# el art>culo 259º del eglamento esta(lece 7ue C&a Entidad !M''$% resoluci%n so(re dic+a ampliaci%n en un plao mBximo de die <0= d>as# contados desde el d>a siguiente de la recepci%n del indicado informe a 25 de /ulio de 200"# no 7ueda duda alguna de 7ue el mismo fue realiado de conformidad con el art>culo 259º anteriormente citado. or lo expuesto# no existe moti1o alguno para declarar la 1alide de la solicitud de ampliaci%n de plao y la nulidad de la resoluci%n Nº ,66-200"-ESE& S.'344.
2.3. $especto a la pretensión de disponer la cancelación por parte de !PS! de las valori?aciones *4 s 8 A F correspondientes a los meses de #ctubre A *oviembre de 2778. &a $ontratista afirma 7ue ESE& incumpli% su o(ligaci%n de pago de las 1aloriaciones# con lo cual ten>a raones para resol1er el $ontrato por nuestro incumplimiento. 'firma tam(in 7ue pesar del no pago de las 1aloriaciones# la $ontratista +a(r>a proseguido la o(ra +asta concluirla en su totalidad. E1identemente# la $ontratista pretende inducir a error a la Qr(itro pues lo cierto es 7ue# en primer lugar# $orporaci%n &eo S.'.$. no pod>a resol1er el contrato puesto 7ue este ya se encontra(a resuelto por ESE& desde el 9 de octu(re de 200". '+ora (ien# efecti1amente ESE& retu1o el pago de las 1aloriaciones Nºs " y 8 sin em(argo# ello fue realiado en perfecta o(ser1ancia de la clBusula cimo Sexta del $ontrato 95-2006-ESE& S.'.# el mismo 7ue indica 7ue “si por causas imputables a el Contratista: no se culmina con la obra en el plazo estipulado en el presente documento: +4+ "*" aplicará una multa por cada día de atraso se
or este moti1o# +a(indose demostrado 7ue la contratista no culmin% la e/ecuci%n de la o(ra dentro del plao estipulado en el contrato <22 de agosto de 200"= y 7ue esta incurri% incluso en el mBximo de penalidad por mora# es e1idente 7ue la retenci%n de las 1aloriaciones Nº " y 8 resulta perfectamente 1Blida y legal. e(emos indicar 7ue las retenciones efectuadas en las @aloriaciones Nº " y 8 +an sido descontadas en la &i7uidaci%n :inal de (ra realiada mediante esoluci%n Nº 28-2008.
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2.I $especto a la pretensión de devolución de los #riginales de las +artas Gian?as de Giel +umplimiento A delanto de Materiales. ara fundamentar su pretensi%n la $ontratista +a indicado 7ue al +a(erse concluido >ntegramente la o(ra carece de ra%n 7ue ESE& siga teniendo en su poder las cartas fianas de fiel cumplimiento y de adelanto de materiales otorgadas por esta. 'l respecto# tal como lo indicamos pre1iamente# como consecuencia de la resoluci%n del contrato# ESE& procedi% a realiar la li7uidaci%n final de (ra de conformidad con lo expresamente dispuesto por el art>culo 26"º segundo pBrrafo del eglamento# 7ue seHala 7ue 'en caso la resolución sea (or incum(limiento del contratista) en la liquidación se consi%nar$n las (enalidades corres(ondientes las que se har$n efecti&as conforme a lo dis(uesto en el artículo 227º del mismo Re%lamento*+ e acuerdo al art>culo 22"º del eglamento “si la parte perjudicada con la resolución del contrato es la +ntidad: esta ejecutar$ las %arantías que el contratista hubiera otor%ado : sin perjuicio de la indemnización por los mayores astos irroados!"
or lo tanto# de conformidad con los art>culos mencionados no corresponde# de modo alguno# 7ue ESE& de1uel1a las garant>as otorgadas por la $ontratista sino 7ue# por el contrario corresponde 7ue disponga la e/ecuci%n de las mismas a fin de cu(rir las penalidades en las 7ue +a incurrido la $ontratista. 'l respecto# en el art>culo tercero de la esoluci%n de 4erencia 4eneral Nº 28-2008-ESE& se dispuso 7ue la 4erencia de 'dministraci%n y :inanas de la empresa proceda a solicitar la e/ecuci%n de las garant>as otorgadas por el contratista para sal1aguardar los intereses de ESE&. Sin em(argo# +asta la fec+a ello no +a podido ser realiado en ra%n de 7ue la contratista recurriendo a una ?nstituci%n 'r(itral incompetente consigui% 7ue le otorgaran medida cautelar de no inno1ar disponiendo el no co(ro de las $artas :ianas.
2.=. +on respecto a la pretensión de de>ar sin eulio de 277F (iquidación Ginal de la #bra) en lo rean sido declaradas fundadas en el proceso ar(itral ante el C$olegio Nacional de $onciliadores extra/udicial del erLD a# de modo alguno# cumplir con dic+os costos y costas ar(itrales. 'simismo# se +a demostrado 7ue ESE& cumpli% de acuerdo a &ey con informar el rec+ao de la solicitud de ampliaci%n de plao y dic+a resoluci%n 7ued% consentida# por lo 7ue la o(ser1aci%n carece de fundamento. (= ;ayores 4astos 4enerales por demora en recepci%n :inal de la (ra. 'l respecto# de(emos indicar 7ue si (ien ESE& no reci(i% la o(ra ello fue de(ido a 7ue la contratista no cumpli% con la clBusula @igsimo rimera del $ontrato segLn la cual “previamente a la recepción de la obra: + C89'*969* deber$n entre%ar a ,-.,/ 2 co(ias de los (lanos 01o croquis de re(lanteo !
c= ?ntereses por demora en pago de 1aloriaciones. 'l respecto# como ya se +a demostrado las 1aloriaciones " y 8 fueron retenidas 1Blida y legalmente# de conformidad con el art>culo 222º del eglamento# segLn el cual la multa por d>a de atraso se deducir>a de dic+as 1aloriaciones.
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En ese sentido# la seHora Qr(itro apreciarB como es 7ue las o(ser1aciones de la $ontratista eran a(solutamente erradas y carec>an de asidero para ser admitidas por ESE&. or lo demBs# como se +a demostrado la esoluci%n Nº 28-2008-ESE& 7ue conten>a la li7uidaci%n final de la o(ra 7ued% consentida por la $ontratista# al no +a(erla sometido a ninguno de los mecanismos de resoluci%n de conflictos de acuerdo a la &ey y el eglamento. En ese sentido# siendo 7ue la &i7uidaci%n de (ra realiada por ESE& es 1Blida# no corresponde 7ue la &i7uidaci%n de (ra realiada por la contratista sea declarada 1Blida y# muc+o menos aLn# 7ue se disponga la cancelaci%n de la misma. 's> pues# lo cierto es 7ue de acuerdo a la &i7uidaci%n de (ra de ESE& corresponder>a 7ue la contratista le pague una suma de S3. 295#9"., nue1os soles. 2.8. +on respecto a la pretensión de pago de +ostas A +ostos del Proceso rbitral. $onforme las reglas 7ue regulan la tramitaci%n del proceso ar(itral# contrariamente a lo 7ue opina la $ontratista# en este caso corresponde 7ue la demandante asume las costas y costos.
Sobre nuestro pedido de reconvención 3.1 $especto de nuestra pretensión de declaración de procedencia A legalidad de la $esolución dministrativa del +ontrato de :erencia :eneral *4 B=I627756!PS! de a el 22 de agosto de 200". $omo se +a seHalado# si (ien la contratista solicit% la ampliaci%n de plao# esta fue rec+aada por ESE& mediante esoluci%n de 4erencia Nº ,66-200" de fec+a 25 de /ulio de 200". osteriormente# el contratista de/% consentir los efectos administrati1os de dic+a esoluci%n de 4erencia siendo 7ue el plao para la e/ecuci%n del contrato culmin% indefecti(lemente el 22 de agosto de 200". e acuerdo al art>culo 222º del eglamento# ESE& procedi% a aplicar una penalidad por cada d>a de atraso# +asta por un monto mBximo e7ui1alente al die por ciento <0F= del monto contractual. Gna 1e aplicado el mBximo de penalidad por mora# sin 7ue el $ontratista cumpla con e/ecutar el contrato# se configur% la causal de resoluci%n de contrato esta(lecida en el inciso 2= del eglamento# por lo 7ue ESE& se 1io o(ligada a resol1er el contrato. Aal como se +a demostrado# esta resoluci%n del contrato fue consentida por el contratista pues no cumpli% con someter a conciliaci%n o ar(itra/e de derecho e institucional la controversia conulio de 277F A accesoriamente se ordene a +orporación eo el pago de la suma de S9. 2B=;BI8.I3 por concepto de saldo en contra del contratista Aal como se indic% pre1iamente# de acuerdo al 7uinto pBrrafo del art>culo 269º del reglamento# el plao para 7ue la contratista someta ar(itra/e o conciliaci%n la li7uidaci%n final de la o(ra era de 5 d>as +B(iles contados a partir de la comunicaci%n del rec+ao de las o(ser1aciones de la &i7uidaci%n presentada por ESE&. <lao de $aducidad= Sin em(argo# al igual 7ue en los casos anteriores# no existe prue(a alguna de 7ue ello +aya sucedido. En tal sentido# lo cierto es 7ue la esoluci%n de 4erencia Nº 28-2008-ESE& 7ued% consentida# por lo 7ue corresponde 7ue se aprue(e nuestra &i7uidaci%n# ordenando a la $ontratista el pago de la suma de S3. 295#9"., por concepto de saldo en contra. P#$ *#) Solicitamos a la seHora Qr(itro Knico tenga por cumplido el mandato y resol1er# en su momento# conforme lo solicitado. &ima# , de mayo 20 'utor) !nrique Palacios Pare>a '(ogado
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