SECCIÓN TRIBUTARIA
Práctica Tributaria Tratamiento del Impuesto a la Renta de Primera Categoría CASO Nº 1 ¿CÓMO SE DETERMINA EL P/A/C POR RENTAS DE PRIMERA CATEGORÍA? El Sr. Fernando Malásquez es propie- tario de un inmueble ubicado en Jesús María, el cual va a alquilar a la empre- sa “LOS ALAMOS” S.R.L. por todo el ejercicio 2010 habiendo pactado por el arrendamiento, un monto equivalente a S/. 20,000 mensuales. Sobre el particular nos consulta, cómo debe proceder para determinar el pago a cuenta del Impues- to a la Renta de primera categoría que deberá realizar.
SOLUCIÓN: Como se recuerda, los contribuyentes que obtienen rentas de primera categoría tienen la obligación de efectuar mensualmente, pagos a cuenta del Impuesto a la Renta que en definitiva les corresponderá pagar al finalizar el ejercicio. Así lo establece el artículo 84º de la Ley del Impuesto a la Renta, según el cual, dichos pagos a cuenta se determinan aplicando a la Renta Neta (80% de la Renta Bruta), un porcentaje equivalente al 6.25%. P/A/C = 6.25% * Renta Neta P/A/C = 6.25% * 80% Renta Bruta En ese sentido, y de acuerdo al caso expuesto por el Sr Sr.. Malásquez, podemos concluir que la determinación de los pagos a cuenta que deberá realizar por cada mes de 2010 (período de arrendamiento) será de acuerdo a lo siguiente: P/ A/C P/A/ CMENSUALES2010 DETALLE IMPORTE Arrendamiento (Renta Bruta) S/. 20,000 (-)Deducción (20%RentaBruta) S/. 4,000 RentaNeta (80%Renta Bruta) S/ . 16 16,000 P/A P/ A/ C (6.25%Renta Neta) S/.. 1,000 S/
En relación a este cálculo, cabe precisar que este procedimiento se puede abreviar, aplicando la tasa efectiva del 5% sobre la Renta Bruta. P/a/c = 6.25% * 80% RB P/a/c = 5% RB De ser así, el cálculo del Pago a cuenta sería: P/A/ P/ A/C CMENSUALES2010 DETALLE Arrendamiento (Renta Bruta) P/a/ P/ a/c c (5%Renta Bruta) 18
ASESOR EMPRESARIAL
IMPORTE S/. 20,000 S/.. 1,000 S/
IMPORTANTE: Es importante recordar que tratándose de las rentas de primera categoría, éstas se reconocen cuando se devengan, es decir cuando se genera el derecho al cobro, debiéndose efectuar los pagos a cuenta correspondientes a medida que venzan cada uno de los períodos, independiente que la renta se haya cobrado o no. Así también lo ha reconocido el Tribunal Fiscal quien en su RTF Nº 0510-5-1998 (24.08.1998) estableció que “Para efectos de determinar los pagos a cuenta mensuales correspondien- tes a las rentas de primera categoría, debe considerarse el criterio de lo devengado; es decir que basta que haya surgido el de- recho del arrendador a percibir la merced conductiva del mes para que surja la obli- gación de efectuar el pago a cuenta men- sual respecto de dicho monto, a pesar que no lo haya percibido. De esta manera, para establecer la existencia de la obligación de efectuar pagos a cuenta por rentas de pri- mera categoría, resulta irrelevante que el arrendatario haya cumplido o no con pagar la merced conductiva al arrendador” .
CASO Nº 2 ¿CUÁL ES EL TIPO DE CAMBIO A APLICAR EN RENTAS EN MONEDA EXTRANJERA? El Sr. Alejandro Fernández es propietario de un inmueble ubicado en el distrito de Lince, Lima, el cual va a alquilar a la em- presa “SANT “SANTA A ANA ANA” ” S.R.L. por todo el ejercicio 2010 habiendo pactado que co- brará por dicho arrendamiento, un mon- to equivalente a US$ 2,000 mensuales. Sobre el particular nos consulta, cuál es el tipo de cambio que debe considerar para convertir la renta de primera cate- goría en moneda extranjera a moneda nacional.
SOLUCIÓN: En relación al caso expuesto por el Sr. Fernández, cabe mencionar que las rentas de primera categoría en moneda extranjera, deben convertirse a moneda nacional utilizando el tipo de cambio vigente a la fecha de devengo de la renta (normalmente, el del último día del mes al que corresponde la renta), utilizando el tipo de cambio promedio de compra cotización de oferta y demanda que corresponda al cierre de operaciones de dicho día, de acuerdo con la publicación que realiza la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
En todo caso, si dicha entidad no publica el referido tipo de cambio, se deberá utilizar el correspondiente al cierre de operaciones del último día anterior.
TIPODE CAMBIOP OPARA RENTASDE PRIMERA CATEGORÍA
La renta renta en moneda extranjera se se convertirá en moneda naci acional onal al Tipo de Cambio Promedio de Compra Cotizaci Cotización ón de Oferta y Demanda que corresponde al cierre cierre de operaciones del día de devengo de la renta, de acuerdo con la publicapublicación que realiza la la SBS.
Es importante recordar que los citados Tipos de Cambio son publicados en la siguiente dirección: http://www.sbs.gob. pe/app/stats/tc-cv.asp De ser así, y tomando como referencia el mes de mayo de 2010, la determinación del pago a cuenta de la renta obtenida en moneda extranjera se realizará de acuerdo a lo siguiente:
a) Ubicamos el Tipo de Cambio a aplicar Para estos efectos, ingresamos a la dirección antes señalada, y buscamos el Tipo de Cambio Promedio Compra del 31.05.2010: (Ver Imagen en la siguiente página)
b) Determinamos la renta en Moneda Nacional RENTADEPRIM IMERACATEGORÍA ÍAMAYO2 O2010 DETALLE Arrendamiento enME TC Compra Cierre del 31.05.2010 Arrendamiento enMN
IMPORTE US$/ 2, 2,000 S/. 2.843 S/ . 5,686
c) Determinamos el Pago Pago a cuenta: P/A/ P/ A/C CPRIMERACATEGORÍAMAYO2010 DETALLE
IMPORTE
ArrendamientoenMN(RentaBruta)
S/.. 5,686 S/
(-)Deducción(20%RentaBruta)
S/ . 1,1 1,13 37
Renta Neta (80%Renta Bruta)
S/ . 4,549
P/A P/ A/ C(6.25%Renta Neta)
S/.. 284 S/
Cabe precisar que al igual que el caso anterior,, este cálculo se puede abreviar, aplicanrior do la tasa efectiva del 5% sobre la Renta Bruta. Así: P/A/C = 6.25% * 80% RB P/A/C = 5% RB
SECCIÓN TRIBUTARIA IMPORTANTE: Los pagos a cuenta realizados por el ejercicio 2010 se determinaron de la siguiente forma:
• De manera general: Para buscar el TC que se desea, ingresar la fecha
Este es el TC Compra de cierre para la fecha buscada
P/A/C 2010 PRIMERACATEGORÍA DETALLE
IMPORTE
Arrendamiento mensual (Renta Bruta)
S/. 3,000
(-)Deducción(20%RentaBruta)
(S/. 600)
Renta Neta (80%Renta Bruta)
S/. 2,400
P/a/c mensual (6.25%Renta Neta)
S/. 150
P/a/c por el ejercicio2010(S/. 150 * 12) S/. 1,800
• De manera abreviada: P/A/C 2010 PRIMERACATEGORÍA DETALLE
IMPORTE
Arrendamiento mensual (Renta Bruta) S/. 3,000 P/a/c (5%Renta Bruta) S/. 150 P/a/c porel ejercicio2010(S/. 150* 12) S/. 1,800 P/A/CPRIMERACATEGORÍAMAYO2010 DETALLE
IMPORTE
ArrendamientoenMN(RentaBruta)
S/. 5,686
P/a/c (5%Renta Bruta)
S/.
284
CASO Nº 3 CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA ANUAL El Sr. Juan Campos es propietario de un inmueble ubicado en Av. Lima Nº 647 Lince, el cual ha arrendado a la empresa “AVON’S” S.A.C. por todo el ejercicio 2010, pactándose un monto de arrenda- miento de S/. 3,000 mensuales. Sobre el particular, nos piden que determinemos la Renta Bruta, así como el Impuesto a la Renta del ejercicio 2010, considerando que el Valor de Autoavalúo del inmueble es de S/. 500,000.
SOLUCIÓN: A efecto de determinar la Renta Bruta así como el Impuesto a la Renta del Sr. Campos por el ejercicio 2010, correspondiente al inmueble ubicado en Av. Lima Nº 647 Lince, debemos seguir el siguiente procedimiento: 1. Comparamos la Renta Real Anual con
la Renta Ficta Anual, tomando como Renta Bruta, la que resulte mayor: Este procedimiento se desprende de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 23º de la Ley del Impuesto a la Renta, según el cual, la Renta Bruta que se obtenga por el arrendamiento de inmuebles no debe ser menor al 6% del autoavalúo. • Renta Real Anual S/. 3,000 * 12 meses = S/. 36,000 • Renta Ficta Anual S/. 500,000 x 6%
= S/. 30,000
• Renta Bruta Anual La mayor: Renta Real = S/. 36,000
Del cálculo realizado, tenemos que la Renta Real Anual es mayor que la Renta Ficta Anual, por lo que tomamos como Renta Bruta del 2010, el monto real obtenido por el arrendamiento del bien.
2. Determinamos la RN del ejercicio: Para estos efectos, deducimos de la Renta Bruta, el 20% de ésta por todo concepto. Así se desprende de lo establecido en el artículo 36º de la Ley del Impuesto a la Renta el cual establece que “Para establecer la renta neta de la primera y segunda categoría, se deduci- rá por todo concepto el veinte por cien- to (20%) del total de la renta bruta”. • Renta Neta Renta Bruta
= S/. 36,000
(-) Deducción por todo concepto (20%) = (S/. 7,200) Renta Neta = S/. 28,800
3. Determinamos el Impuesto a la Renta 2010: Para determinar el Impuesto a la Renta del ejercicio 2010, aplicamos la tasa del 6.25% sobre la Renta Neta. De ser así el cálculo de dicho monto sería de acuerdo a lo siguiente: • Impuesto a la Renta 2010 Renta Neta = S/. 28,800 IR 2010 (6.25% RN) = S/. 1,800 • Regularización IR 2010 IR 2010 (6.25% RN) = S/. 1,800 (-) P/a/c realizados 2010 = (S/.1,800) Pago de regularización = S/. 0 Como se observa de lo anterior, el Sr. Campos no tendrá Impuesto a la Renta que regularizar, pues los pagos a cuenta realizados por las rentas de primera categoría cubren el total del Impuesto a la Renta determinado.
CASO Nº 4 PREDIO ARRENDADO AL SECTOR PÚBLICO NACIONAL El Sr. Fernando Paredes es propietario de un predio ubicado en Av. Arequipa Nº 190, San Martín de Porras, el cual desde el año 2008 lo arrienda al Minis- terio de Agricultura, por un monto men- sual de S/. 4,000. Sobre el particular, nos piden que determinemos la Renta Bruta, la Renta Neta así como el Impuesto a Pagar que le corresponde al Sr. Paredes por el ejercicio 2010, considerando que el Valor de Autoavalúo del inmueble es de S/. 1’000,000.
SOLUCIÓN: Como se señaló en el caso anterior, el inciso a) del artículo 23º de la Ley del Impuesto a la Renta establece que la merced conductiva (arrendamiento) no puede ser inferior al 6% del valor del predio (Renta Ficta). Sin embargo debe recordarse que tratándose de predios arrendados al Sector Público Nacional, no opera esta presunción, pudiéndose arrendar inmuebles a estas entidades por montos menores al citado 6%. En ese sentido, como el predio ubicado en Av. Arequipa Nº 190, San Martín de Porras, fue arrendado a una entidad integrante del Sector Público Nacional (Ministerio de Agricultura), no operará la presunción antes descrita, debiéndose considerar como Renta Bruta, aquella que efectivamente se haya obtenido durante el ejercicio. De ser así, el Impuesto a la Renta del 2010 se determinará de acuerdo a lo siguiente:
1. Determinamos la Renta Bruta: • Renta Real Anual S/. 4,000 x 12 meses = S/. 48,000 • Renta Ficta Anual No aplicable
= S/.
PRIMERA QUINCENA - JUNIO 2010
00 19
SECCIÓN TRIBUTARIA • Renta Bruta Anual La mayor: Renta Real Anual = S/. 48,000
2. Determinamos la Renta Neta: • Renta Neta Renta Bruta Anual (-) Deducción (20% Renta Bruta) Renta Neta
= S/. 48,000 = (S/. 9,600) = S/. 38,400
3. Determinamos el Impuesto a la Renta del 2010: • Impuesto a la Renta Renta Neta IR 2010 (6.25% RN)
= S/. 38,400 = S/. 2,400
• Regularización IR 2010 IR 2010 (6.25% RN) = S/. 2,400 (-) P/A/C realizados 2010 = (S/. 2,400) Pago de regularización = S/. 00
IMPORTANTE: Los pagos a cuenta realizados por el ejercicio 2010 se calcularon de la siguiente forma:
• De manera general: P/A/C 2010 PRIMERA CATEGORÍA DETALLE
IMPORTE
Arrendamiento mensual (Renta Bruta)
S/. 4,000
(-) Deducción(20%RentaBruta)
(S/. 800)
RentaNeta(80%RentaBruta)
S/. 3,200
P/A/C mensual (6.25%Renta Neta)
S/.
P/A/Cporelejercicio2010(S/.200*12)
S/. 2,400
200
P/A/C 2010 PRIMERA CATEGORÍA Arrendamiento mensual (Renta Bruta) P/A/C (5%Renta Bruta)
IMPORTE S/. 4,000 S/. 200
P/A/C por el ejercicio 2010 (S/. 200 * 12) S/. 2,400
CASO Nº 5 PREDIO SUB ARRENDADO El Sr. Juan Carlos Carranza ha arrendado por todo el 2010, un inmueble ubicado en Av. P. Thouars Nº 1400, Santa Beatriz, el cual es de propiedad del Sr. Luís Mo- reno, habiendo pactado por tal arrenda- miento un pago mensual de S/. 5,200. Sin embargo, y con autorización de su propietario, ha subarrendado el citado inmueble a una tercera persona, la cual le va a pagar S/. 6,000 mensuales. Sobre el particular nos piden que determine- mos el Impuesto a la Renta del ejercicio.
SOLUCIÓN: Las rentas obtenidas por el subarrendamiento de predios también constituyen rentas de primera categoría. Sin embargo, en este caso y a diferencia de lo sucede con el arrendamiento, la renta bruta está constituida por la diferencia entre la merced conductiva que se abone al arrendatario (monto del alquiler) y la que éste deba abonar al propietario. 20
ASESOR EMPRESARIAL
Valor Subarrendamiento (-) Valor de Arrendamiento Renta Bruta (S/. 6,000 – S/.5,200) Nº de meses de subarrendamiento Renta por subarrendamiento
: S/. 6,000 : (S/. 5,200) :
S/.
800
: :
12 S/. 9,600
Cabe mencionar que para efectos del cálculo del Impuesto a la Renta seguiríamos el siguiente procedimiento: • Renta Neta Renta Bruta (-) 20% Renta Bruta Renta Neta
= S/. 9,600 = (S/. 1,920) = S/. 7,680
• Impuesto a la Renta Renta Neta IR 2010 (6.25% RN)
= =
S/. 7,680 S/. 480
• Regularización IR 2010 IR 2010 (6.25% RN) = (-) P/a/c realizados 2010 = Pago de regularización =
S/. 480 (S/. 480) S/. 00
Es importante recordar que los pagos a cuenta realizados por el Ejercicio 2010 se determinaron de la siguiente forma:
• De manera general: P/A/C 2010 PRIMERACATEGORÍA
• De manera abreviada: DETALLE
En ese sentido, y de acuerdo al caso planteado por el Sr. Carranza, la Renta Bruta por el subarrendamiento del predio ubicado en Av. P. Thouars Nº 1400, Santa Beatriz, se determinará de acuerdo a lo siguiente:
DETALLE
IMPORTE
Subarrendamientomensual
S/. 6,000
(-) Arrendamiento mensual
(S/. 5,200)
Renta Bruta mensual
S/. 800
(-) Deducción(20%RentaBruta)
(S/. 160)
RentaNeta(80%RentaBruta)
S/. 640
P/A/C mensual (6.25%Renta Neta)
S/.
P/A/C por el Ejercicio 2010 (S/. 40 * 12)
S/. 480
40
• De manera abreviada: P/A/C 2010 PRIMERACATEGORÍA DETALLE
IMPORTE
Subarrendamiento mensual S/. 6,000 (-) Arrendamiento mensual (S/. 5,200) Renta Bruta mensual S/. 800 P/A/C (5%Renta Bruta) S/. 40 P/A/Cporel Ejercicio2010(S/. 40* 12) S/. 480
CASO Nº 6 PREDIO DEVUELTO CON MEJORAS El Sr. Humberto Salas es propietario de un inmueble ubicado en Av. 1º de Junio Nº 189, Jesús María, el cual desde el mes de Mayo del 2007 ha sido arrendado a la empresa “ATLANTIC” S.A.C. por un mon- to mensual de S/. 6,600. Sobre el particu- lar, nos comentan que en Julio del 2008 la citada empresa ha efectuado mejoras
en el bien arrendado por un valor de S/. 10,000, los cuales no serán reembol- sados por el propietario del predio. En ese sentido, nos piden que determine- mos la Renta Bruta de Primera Catego- ría, la Renta Neta así como el Impuesto a Pagar que le corresponde al Sr. Salas por el ejercicio 2010, considerando que el valor del autoavalúo del predio es S/. 600,000 y que el bien es devuelto el 31.05.2010.
SOLUCIÓN: El inciso c) del artículo 23º de la Ley del Impuesto a la Renta, establece que además de los importes por arrendamientos, también son Rentas de Primera Categoría, el valor de las mejoras introducidas en el bien por el arrendatario o subarrendatario, en tanto constituyan un beneficio para el propietario y en la parte que éste no se encuentre obligado a reembolsar. En relación a este supuesto, es importante mencionar que la oportunidad para que la renta se compute como gravable para el propietario, ocurrirá en el ejercicio en que se devuelve el bien y al valor determinado para el pago de tributos municipales, o a falta de éste, al valor de mercado, a la fecha de devolución. En ese sentido, y de acuerdo a lo anterior, para efectos de calcular la Renta Bruta de este inmueble por el ejercicio 2010 (Enero a Mayo 2010), habría que considerar tanto aquella renta que se genere por el arrendamiento como aquella que se obtenga por las mejoras efectuadas al inmueble, por lo que deberíamos seguir el siguiente procedimiento: • Renta por Arrendamiento Renta Real Anual S/. 6,600 x 5 meses = S/. 33,000 Renta Ficta Anual S/. 600,000 x 6% / 12 * 5 meses
= S/. 15,000
Renta Bruta Anual por Arrendamiento: La Mayor: Renta Real Anual = S/. 33,000 • Renta por mejoras Fecha de devolución del bien Valor de las mejoras* Renta imputada
: 31.05.2010 : S/. 10,000 : S/. 10,000
• Total Renta Bruta Renta Bruta Anual por Arrendamiento : (+) Renta imputada por mejoras : Total Renta Bruta Anual :
S/. 33,000 S/. 10,000 S/. 43,000
De ser así, el cálculo del Impuesto a la Renta sería de acuerdo a lo siguiente:
* Se asume que este monto representa el valor de las mejoras para efectos del pago delos tributos municipales.
SECCIÓN TRIBUTARIA • Renta Neta Renta Bruta
= S/. 43,000
(-) 20% Renta Bruta
= (S/. 8,600)
Renta Neta
= S/. 34,400
• Impuesto a la Renta Renta Neta
= S/. 34,400
IR 2010 (6.25% RN)
= S/.
2,150
= S/.
2,150
• Regularización IR 2010 IR 2010 (6.25% RN)
(-) P/a/c realizados 2010 = (S/. 1,650) Pago de regularización
= S/.
500
IMPORTANTE: En este caso, los pagos a cuenta realizados por el ejercicio 2010 se determinaron de la siguiente forma:
• De manera general:
equivalente al 6% del valor del predio declarado en el autoavalúo correspondiente al Impuesto Predial. En ese sentido, tratándose del inmueble ubicado en Av. 2 de Mayo Nº 512, Callao cedido de manera gratuita a la empresa “INVERSIONES 2000” S.R.L., la determinación de la Renta Bruta del ejercicio será de acuerdo a lo siguiente: • Renta Real Anual No aplicable
: S/.
• Renta Presunta Anual Valor del predio
: S/. 260,000
Renta Ficta (S/. 260,000 * 6%)
: S/.
15,600
• Renta Bruta Anual Renta Presunta
P/A/C2010PRIMERACATEGORÍA
00
: S/.
15,600
Arrendamientomensual (RentaBruta) S/. 6,600
Obtenida la Renta Bruta del ejercicio, determinamos el Impuesto a la Renta del ejercicio, de acuerdo al siguiente procedimiento:
(-) Deducción (20%RentaBruta)
(S/. 1,320)
• Renta Neta
RentaNeta (80%Renta Bruta)
S/. 5,280
P/a/c mensual (6.25%Renta Neta)
S/.
P/a/cporel ejercicio2010(S/. 330* 5)
S/. 1,650
DETALLE
IMPORTE
330
• De manera abreviada: P/A/C2010PRIMERACATEGORÍA DETALLE
IMPORTE
Arrendamientomensual (RentaBruta) S/. 6,600 P/a/c (5%Renta Bruta)
S/.
330
P/a/cpor el ejercicio2010(S/. 330 *5) S/. 1,650
CASO Nº 7 PREDIO CEDIDO GRATUITAMENTE A EMPRESA El Sr. Walter Pineda es propietario de un inmueble ubicado en Av. 2 de Mayo Nº 512, Callao, el cual sido ha sido ce- dido gratuitamente a la empresa “IN- VERSIONES 2000” S.R.L. por todo el ejercicio 2010. Sobre el particular nos piden que determinemos la Renta Bruta del ejercicio, la Renta Neta así como el Impuesto a la Renta a Pagar, consideran- do que el autoavalúo del predio es de S/. 260,000.
SOLUCIÓN: El inciso d) del artículo 23º de la LIR señala que también constituye Renta de Primera Categoría, la renta ficta de predios cuya ocupación hayan cedido sus propietarios gratuitamente o a precio no determinado, señalándose que en ese caso, la renta es
Renta Bruta
= S/. 15,600
(-) 20% Renta Bruta
= (S/. 3,120)
Renta Neta
= S/. 12,480
• Impuesto a la Renta Renta Neta
= S/. 12,480
IR 2010 (6.25% RN)
= S/.
780
Sin embargo, debe tenerse presente que a diferencia de los predios, tratándose del arrendamiento de muebles efectuado a personas naturales sin negocio, no existe una renta presunta o renta ficta. De ser así, tendríamos la siguiente Renta Bruta: Valor del arrendamiento Período de arrendamiento Renta Bruta Anual (S/. 1,000 x 6)
: S/. 1,000 : Jul.-Dic. 2010 : S/. 6,000
Obtenida la Renta Bruta del ejercicio, determinamos el Impuesto a la Renta del ejercicio, de acuerdo al siguiente procedimiento: • Renta Neta Renta Bruta
= S/. 6,000
(-) 20% Renta Bruta
= (S/. 1,200)
Renta Neta
= S/. 4,800
• Impuesto a la Renta Renta Neta
= S/. 4,800
IR 2010 (6.25% RN)
=
S/.
300
=
S/.
300
• Regularización IR 2010 IR 2010 (6.25% RN)
(-) P/A/C realizados 2010 = (S/. 300)
• Regularización IR 2010 IR 2010 (6.25% RN)
De acuerdo a ello, el arrendamiento de la camioneta que nos refiere el Sr. Zelada constituirá una renta gravable de primera categoría, debiéndose determinar la Renta Bruta por el período en que fue arrendada.
= S/.
780
(-) P/a/c realizados 2010 = (S/.
00)
Pago de regularización
780
= S/.
Cabe recordar que en este caso, no habría p/a/c realizados durante el 2010, pues no se ha obtenido ingreso por arrendamiento alguno.
CASO Nº 8 BIEN MUEBLE ALQUILADO A PPNN El Sr. Orlando López ha arrendado una camioneta de su propiedad al Sr. Jaime Zelada (persona natural que no realiza actividad empresarial), por un monto mensual de S/. 1,000. Sobre el particular nos piden que deter- minemos la Renta Bruta del ejercicio, la renta neta así como el Impuesto a la Renta a regularizar, considerando que el perío- do de arrendamiento fue de Julio 2010 a Diciembre del 2010.
SOLUCIÓN: Entre las rentas de Primera Categoría señaladas por el artículo 23º de la LIR, también se encuentran las producidas por la locación o cesión temporal de derechos y cosas muebles.
Pago de regularización
= S/.
00
Cabe mencionar que en este caso los pagos a cuenta realizados por cada mes del ejercicio 2010 se determinaron de la siguiente forma:
• De manera general: P/A/C2010PRIMERACATEGORÍA DETALLE
IMPORTE
Arrendamiento mensual (Renta Bruta)
S/. 1,000
(-) Deducción(20%RentaBruta)
(S/. 200)
Renta Neta (80%Renta Bruta)
S/. 800
P/a/c mensual (6.25%Renta Neta)
S/.
P/a/cpor el ejercicio2010(S/. 50* 6)
S/. 300
50
• De manera abreviada: P/A/C2010PRIMERACATEGORÍA DETALLE
IMPORTE
Arrendamientomensual (RentaBruta) S/. 1,000 P/a/c (5%Renta Bruta)
S/.
50
P/a/cpor el ejercicio2010(S/. 50 * 6)
S/.
300
PRIMERA QUINCENA - JUNIO 2010
21