UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
Asignatura
Legislación Tributaria
Tema
Tarea V
Participante
Evaristo Feliz
Mat.:14-3176
Facilitador(a)
DANIEL PEREZ
Santo Domingo R.D. 27 de Julio 2017
Espacio para enviar tarea No. 5 Distinguido participante: Consulte la bibliografía básica de la asignatura y demás fuentes complementarias del curso; luego realice la actividad que se describe a continuación: 1- Realice una visita a la oficina de la Dirección eneral de !mpuestos !nternos "D!!# o a la página oficial de dic$a institución% e investigue las sanciones impuestas a los contribuyentes que no cumplen con el !&'!()
*as sanciones por el incumplimiento de las obligaciones sustantivas y deberes formales se encuentran establecidas en el &ítulo ! de la *ey 11-+,) &!&*. ! D/ *0( .R20( //R0*/(% 3R.C/D!2!/&.( 4 (0C!./( &R!'&0R!0( C03!&*. ! D!(3.(!C!./( //R0*/(
0rtículo 1) /l presente &ítulo ! establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las relaciones 5urídicas emergentes de ellos) *os &ítulos !!% !!!% y !6 corresponden al !mpuesto sobre la Renta% al !mpuesto sobre &ransferencias de 'ienes !ndustriali7ados y (ervicios y al !mpuesto (electivo de Consumo% respectivamente) Cada &ítulo subsiguiente corresponderá% a cada uno de los impuestos que serán incorporados a este código en la medida que avance el proceso de la Reforma &ributaria)
Artículo 2. Formas Jurídicas. Las formas jurídicas adoptadas por los contribuyentes no obligan a la Administración Tributaria, la cual podrá atribuir a las situaciones y actos ocurridos una significación acorde con los ecos, cuando de la ley tributaria surja !ue el eco generador fue definido atendiendo a la realidad. "n cambio, cuando el eco generador es definido atendiendo a la forma jurídica, deberá atenerse a #sta. $árrafo %. &uando las formas jurídicas sean manifiestamente inapropiadas a la realidad de los ecos gra'ados y ello se tradu(ca en una disminución de la cuantía de las obligaciones, la ley tributaria se aplicará prescindiendo de tales formas. Artículo ). *igencia +e La Ley Tributaria "n "l Tiempo. +ereco upletorio. La ley tributaria !ue deroga una anterior se aplicará a los ecos generadores !ue no se an perfeccionado a su feca de entrada en 'igencia, ya !ue los mismos re!uieren el transcurso de un período de tiempo en el cual se produ(ca su finali(ación. $árrafo %. Las leyes tributarias !ue establecen normas administrati'as y procesales se aplicarán a todas las situaciones !ue a ellas corresponda e-istentes a la feca de su entrada en 'igor. Los pla(os o t#rminos de cual!uier naturale(a !ue ubieren
empe(ado a correr y las actuaciones y diligencias !ue ya estu'ieren iniciadas, se regirán por la ley 'igente al tiempo de su iniciación. $árrafo %%. Las leyes !ue se limiten a declarar o interpretar el sentido de leyes tributarias, se entenderán incorporadas a estas para los efectos de su 'igencia y aplicación, pero no afectarán en modo alguno los efectos de las resoluciones o sentencias !ue an ad!uirido el carácter de firmes e irre'ocables. $árrafo %%%. &uando no e-istan disposiciones e-presas en este &ódigo para la solución de un caso, regirán supletoriamente en el orden en !ue se indican, las leyes tributarias análogas, los principios generales y normas del +ereco Tributario, del +ereco $blico y del +ereco $ri'ado !ue más se a'engan a la naturale(a y fines del +ereco Tributario/ con e-cepción de las sanciones represi'as, las cuales serán nicamente las pre'istas e-presamente en la presente ley. ,- /labore un cuadro que contenga los bienes y servicios que grava el !&'!() "n'iar a este espacio en el pla(o indicado.
!&'!(
(ervicios gravados
Trasporte marítimo y a#reo de personas y mercancías dentro de 0+ er'icios de &onstrucción y 1bras er'icios profesionales y oficios er'icios de comunicación y publicidad er'icios de recreación y di'ersión er'icios de almacenamiento er'icios de seguridad personal o corporati'o er'icios de alojamiento 1tros Bienes Exentos
Animales vivos Carnes frescas, refrigeradas o congeladas Peces vivos y pescados Leche, huevos, miel Legumbres, hortalizas, tubérculos sin procesar Frutas, sin procesar Cereales, harinas, granos trabajados Combusbles edicamentos Libros y revistas