SUMILLA: SOLICITO SE HAGA EFECTIVO EL LANZAMIENTO AUTORIZACION PARA DESCERRAJE Y DISPONGA FECHA Y HORA PARA EL MISMO
Este titulo, esta constituido por aquella resolución (decreto) expedida por el Juez del proceso, en la que se dispone hacer efectivo el apercibimiento decretado y por ende llevar a cabo el lanzamiento, con orden de descerraje y el auxilio de la fuerza publica, autorizando al secretario o especialista legal para que en la fecha sealada cumpla con hacerlo efectivo! a solicitud o petición del demandante! "onstituye aquella materialización en el proceso, del requerimiento por parte del vencedor al órgano jurisdiccional para que proceda a la ejecución forzada! Es el escrito que presenta la parte demandante solicitando se haga efectivo el lanzamiento y disponga la fecha y hora para la realización realización del mismo por parte del secretario o especialista legal, adjuntado el arancel judicial correspondiente (actuación f uera de juzgado), requiriendo adem#s, que este se lleve a cabo con apercibimiento de descerraje y el auxilio de la fuerza publica! En ese sentido la norma procesal establece que el lanzamiento ser# ordenado por el Juez, a pedido de parte, luego de seis d$as de notificado el decreto que q ue declara consentida la sentencia o la que ordena se cumpla lo ejecutoriado, seg%n sea el caso! f) Lanzamiento:
El lanzamiento se ordenará, a pedido de parte, luego de seis días de notificado el decreto que declara consentida la sentencia o la que ordena se cumpla lo ejecutoriado, según sea el caso (CPC, arto !")# Consentida o ejecutoriada la sentencia que declara fundada la demanda, el lanzamiento se ejecutará contra todos los que ocupen el predio, au$%ue no &a'an participado en el proceso o no aparezcan en el acta de notificacin# e entiende efectuado el lanzamiento, solo cuando se &ace entrega del *ien al demandante en su integridad ' totalmente desocupado# i dentro de los dos meses siguientes al lanzamiento se acredita que el +encido &a +uelto a i$%resar al predio, se podrá solicitar un nue+o lanzamiento (CPC, arto !)#
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-.-$CEL tasa judicial por concepto de diligencias e/ternas# t0ngase presente ' para &acer efecti+o el co*ro de los costos, el +encedor de*erá acompa1ar documento indu*ita*le ' de fec&a cierta que acredite su pago, así como de los tri*utos que correspondan, conforme a lo dispuesto por el artículo 2345 del Cdigo Procesal Ci+il6 en consecuencia6 P.E78-9E$E cumpla esta parte con acreditar dic&os pagos de los tri*utos#; RESOLUCIO N NUMERO CUARENTA Y UNO# Cara*a'llo, quince de