Cooperativa de Ahorro y Crédito “CHIQUINQUIRÁ” LTDA N° 471 CARAZ – ANCASH
POLÍTICAS Y REGLAMENTOS DE CRÉDITOS
Aprobación: Consejo de Administración 2013 - 2014
Vigente a partir del: 01/02/2014
Numero de Revisión: 01
Sesión Extraordinaria: N° 1287 del 29/01/2014
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Enero 2014
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INTRODUCCIÓN La Cooperat Cooperativa iva de Ahorro Ahorro y Crédito Crédito Chiquin Chiquinquirá quirá (COOPAC (COOPACCH), CH), fundado fundado el 12 de de Noviembre de 1964 en la ciudad ciudad de Caraz, Caraz, departamento departamento de Ancash, Ancash, con una trascen trascendenci denciaa de 50 ° años al servicio de de sus socios, socios, es política política de la institución institución acatar la normas normas emanadas emanadas de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la Federación Nacional de Cooperativas del Perú (FENACRE (FENACREP) P) con el objetivo de realizar una adecuada adecuada gestión gestión de sus operacione operacioness de captación de fondos y otorgamiento de créditos, manteniendo la calidad de su cartera crediticia, a fin de maximizar su rentabilidad. En la actualidad cuenta con Una (01) Oficina Principal en la Caraz y Cuatro (04) (04) Agencias Agencias ubicados en la ciudad de Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian; concentrando la cartera de créditos en las zonas urbanas y rurales de dichas ciudades enfocando sus actividades en la inclusión financiera de la población. Debido a la situación actual de la COOPACCH, es preciso establecer algunos parámetros y/o lineamientos con el fin de minimizar y mejorar el riesgo de crédito y operaciones dentro de la institución, este instrumento permitirá regular el procedimiento en el otorgamiento de crédito y asegurar la recuperación del mismo. En este escenario se pretende reestructurar la integridad de procedimientos con el objetivo principal de disminuir el riesgo crediticio y operacional, para esto deberá realizarse modificaciones de manera progresiva En ese sentido, la presente Política General de Créditos y Recuperaciones vinculada a la administración de riesgo crediticio y operativo, constituirá la base sobre la cual se definirán progresiva ente las Directivas, guías, procesos y procedimientos procedimientos que normarán normarán las operaciones operaciones crediticias de la COOPACCH. Página 2
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TÍTULO I :GENERALIDADES
CAPÍTULO I :OBJETIVO Artículo 1°.- Establecer Establecer los lineamiento lineamientoss y políticas políticas instituciona institucionales les a considerar considerar para la adecuada gestión de los procesos de evaluación, otorgamiento, seguimiento y recuperación de los créditos de los diferentes tipos de producto, dentro de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Chiquin Chiquinquirá quirá (COOP (COOPACC ACCH) H), las cuales cuales se encuentran encuentran enmarca enmarcadas das en los requerimie requerimientos ntos y disposic posicio ione ness de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú (FEN FENACRE CREP) y los objetivo institucionales.
CAPÍTULO II :ALCANCE Artículo 2°.- Los lineamientos lineamientos y políticas políticas contenidas contenidas en el presente presente manual son de obligatorio obligatorio cumplimiento cumplimiento por los Directivos, Directivos, Funcionar Funcionarios ios y Trabajado Trabajadores res de la COOPACCH, encargados de evaluar, aprobar, supervisar y recuperar los créditos otorgados.
CAPÍTULO III : BASE BASE LEGA LEGALL Artículo 3°.- La Cooperativa de Ahorro y crédito Chiquinquirá desarrolla sus actividades crediticias inmersas dentro de las facultades que le otorgan:
El Texto Único Ordenado Ordenado de la Ley General de Cooperativas D.S. Nº 07490-TR
Ley 29571 Código Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La Ley General de Títulos Valores.
El D.S 04-91-TR 04-91-TR Reglamento de Autocontrol Cooperativo.
La Resolución SBS Nº 540-99 – Reglamento de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público y sus modificatorias.
La Resolu Resolució ciónn SBS Nº 11356-200 11356-20088 – Reglam Reglament entoo para la evaluac evaluación ión y clasifi clasificac cación ión Página 3
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de deudores y exigencia de provisiones y sus modificatorias. Y sus modificatorias a través de Resoluciones SBS Nº 14353-2009 y Nº 1445-2010.
La Resolución SBS Nº 13278-2009 – Reglamento de la Gestión Integral del Riesgo para las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público.
La Resolución SBS Nº 3780-2011 – Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito.
El Estatuto de la COOPACCH.
El Manual de Organización y Funciones.
El Código Civil.
Otras Disposiciones emitidas por la SBS y FENACREP aplicables a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público.
CAPÍTULO IV : RESPONSABLES DE SU CUMPLIMIENTO Artículo 4°.- La responsabilidad del cumplimiento de los lineamientos establecidos en el presente manual son:
Directivos del Consejo de Administración. Gerente General.
Jefes de Área.
Jefe de Unidad de Riesgos
Administradores de Agencia.
Jefes de Operaciones y Servicios.
Analista de Créditos.
Gestor de Recuperaciones
Auxiliar de Operaciones.
Todo personal que participe directa o indirectamente en el proceso crediticio
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CAPÍTULO V : DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Artículo 5°.- DEFINICIONES: a) Actividad económica: Es el giro, negocio o actividad productiva a la que se dedica una persona natural o jurídica. b) Aporte: Los depósitos mensuales que realiza el asociado, los cuales conforman el capital social de la Cooperativa. Los asociados al hacer su aporte, comparten el riesgo para solventar futuras necesidades de crédito.
c) Arrendador(a): Propietaria(o) de un bien mueble o inmueble que mediante un contrato de arrendamiento puro o financiero, concede a una persona o empresa (arrendataria) el uso y goce temporal de ese bien mediante un contrato a plazo definido.
d) Créditos: Es la suma de los créditos directos más indirectos. e) Créditos directos: Son los financiamientos que bajo cualquier modalidad, las empresas del sistema financiero otorgan a sus socios (o clientes), originando a cargo de éstos la obligación de entregar una suma de dinero determinada, en uno o varios actos, comprendiendo inclusive las obligaciones derivadas de refinanciamientos y reestructuraciones de créditos o deudas existentes.
f) Créditos indirectos o créditos contingentes: Representan los avales, fiadores, las cartas fianza, los créditos aprobados no desembolsados con la COOPACCH y las líneas de crédito no utilizadas que han sido otorgados por las empresas del sistema financiero.
g) Deudor minorista: Persona natural o jurídica que cuenta con créditos directos o indirectos clasificados como de consumo (revolvente o no revolvente), a microempresa, a pequeñas empresas o hipotecarios para vivienda.
h) Deudor no minorista: Persona natural o jurídica que cuenta con créditos directos o
indirectos, corporativos, a grandes empresas o medianas empresas.
i) Directivo: Son considerados como directivos, los elegidos por la Asamblea General de DePágina 5
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legados, para ejercer cargos dentro de los consejos y comités.
j) Encaje (Fondo de Garantía): Es el monto sobre el cual el socio adquiere su derecho para solicitar créditos en la Cooperativa. k) Endeudamiento total en el sistema financiero: Es la suma de los créditos directos e indirectos que posee un deudor en el sistema financiero (bancario y no bancario), sin incluir los créditos castigados.
l) FENACREP: F ederación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú. m) Riesgo total: Es la medición de la exposición de deuda directa e indirecta con la COOPACCH. n) Referencia Comercial: Es la información o datos que sobre la experiencia de pago proporciona un proveedor de un prospecto o socio. La referencia es positiva cuando el proveedor informa que el prospecto o el socio le han pagado puntualmente; es negativa cuando el prospecto o socio no ha pagado puntualmente a ese proveedor.
o) Referencia Personal: Es la información o datos que sobre la solvencia de un prospecto o un socio proporciona un conocido de éste; quien proporciona la información puede ser un familiar o un conocido que no ha tenido relación comercial con el prospecto o el socio.
p) Socio (a): Personas Naturales mayores de edad, que domicilien dentro del ámbitos de operaciones de la Cooperativa, pudiendo admitirse a menores de edad, sin voz ni voto, y debiendo, sus cuentas, ser administradas por sus respectivos padres o Representantes legales, del mismo modo podrán ser considerados como socios a las persona jurídicas que reúnan los requisitos establecidos por lo artículos 16° y 17° de la Ley General de Cooperativas, quienes deben encontrarse al día en sus aportes.
q) SBS: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
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TÍTULO II :
POLÍTICAS GENERALES
CAPÍTULO I : MERCADO
Artículo 6°.- MERCADO OBJETIVO : La COOPACCH, deberá centrar sus esfuerzos en la atención de la microempresa, teniendo como premisa la inclusión financiera en las diversas unidades de negocio que ésta inclu ye. En este panorama pueden atenderse negocios pequeños de sobrevivencia, negocios emergentes o con diferentes niveles de acumulación de capital administrados por mujeres y hombres. También forman parte de la población meta, los propietarios (as) de la pequeña empresa al igual que los créditos denominados consumo destinados a gastos Personales y créditos hipotecarios, pero contaran con menor participación en la cartera de créditos de nuestra institución. La filosofía de la COOPACCH debe centrarse en la inclusión financiera, con la finalidad de facilitar el desarrollo productivo de las poblaciones menos favorecidas a través del acceso a servicios financieros alcanzables y sostenibles. Para ello se usara la tecnología financiera que se adecue a estos segmentos. Dependiendo de la actividad que realicen sus socios y el flujo de ingresos, son evaluados de forma individual o de forma grupal, según sea el caso.
CAPÍTULO II : GESTIÓN DE CARTERA Artículo 7°.- FINANCIAMIENTO: La cartera de créditos está financiada por aportes y ahorros (depósito a Plazo fijo, ahorro corriente) de los socios de la COOPACCH.
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Artículo 8°.- POLÍTICAS GENERALES :
Mantener equilibrio entre los objetivos institucionales orientados al crecimiento y rentabilidad, administrando una adecuada calidad de cartera de créditos.
Establecer y mantener relaciones de confianza a largo plazo con los socios sobre la base de la ética, transparencia de la información, servicios e incentivos por su puntualidad.
Orientar principalmente el financiamiento a actividades productivas, comerciales y de servicio que coadyuven al incremento del ingreso neto del socio y/o mejoramiento en sus condiciones de vida.
Establecer los parámetros para la supervisión de créditos a todo nivel como la contrapartida principal de control de las autonomías crediticias.
Establecer los procedimientos y parámetros para el comité de mora, con el propósito de evaluar el comportamiento de la cartera de créditos atrasados y el establecimiento de las estrategias y acciones de recuperación de los créditos de acuerdo a su clasificación.
En caso de desastres naturales y situaciones similares, la Jefatura de Créditos y la Jefatura de Riesgos, elevaran la propuesta a la Gerencia General los giros de negocios y actividades económicas restringidas, las que serán ejecutadas después de la aprobación del Consejo de Administración.
Ejecutar un modelo descentralizado basado en comités de créditos, opinión
de
Jefe de créditos y autonomías de aprobación.
Brindar calidad de servicio y eficiencia operativa.
Gestionar el riesgo a través de una cultura participativa.
Implementar la tecnología crediticia microfinanciera a través de manuales, reglamentos y procedimientos aplicables al segmento objetivo.
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Artículo 9°.- POLÍTICAS CREDITICIAS : a) El otorgamiento del crédito está determinado fundamentalmente por la capacidad de pago y solvencia moral del solicitante, la cual debe ser determinada por el análisis cuantitativo y cualitativo del crédito respectivamente, realizando sus evaluaciones con un criterio de evaluación basado en el análisis económico-financiero sobre “Riesgo Único o Común” y la evaluación económica familiar.
b) La COOPACCH realiza operaciones de créditos directos destinados a financiar capital de trabajo, activo fijo, la combinación de ambos o reestructuración de pasivos, preferentemente al sector de la pequeña y microempresa de las diferentes actividades socioeconómicas. Asimismo, financia gastos de consumo de tipo personal o doméstico u otras modalidades de créditos que permitan mejorar la presencia de la COOPACCH en el sistema financiero.
c) Se puede otorgar créditos en M.N. o M.E. dependiendo de la necesidad del socio y su fuente de ingresos, priorizando las colocaciones en M.N. Para otorgar créditos en M.E. se debe tomar en cuenta la exposición al riesgo cambiario.
d) Todos los créditos deben estar respaldados por un pagaré o título valor reconocido por la normatividad vigente y garantías respectivas solicitadas al socio, conforme a lo establecido en el cuadro de cobertura de Garantías y guía de productos respectiva; los títulos valores y la documentación será actualizada en caso de refinanciamientos.
e) Los requisitos de los créditos a otorgar estarán acordes con las características del mercado, tales como competencia, zona geográfica, naturaleza del negocio, sector socio económico, entre otros y estarán establecidos en las guías de producto respectivas. Asimismo, no se deberán atender socio cuyo domicilio y/o negocio se encuentren a una distancia de más de 40 km o a 1 hora de desplazamiento de la agencia, salvo que se cuente con una cantidad numerosa de socios en el referido lugar de visita o previa autorización de la Jefatura de Créditos. Página 9
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f) La COOPACCH realiza operaciones de créditos, tales como otorgamiento de créditos, paralelos, Ampliaciones, pronto pago, reprogramaciones, reestructuraciones y cuando las circunstancias lo ameriten se procederá a la refinanciación, de acuerdo a lo establecido en la normativa interna.
g) El Analista de Crédito debe elaborar un Expediente de Crédito al socio, el cual debe contener la documentación relacionada, requerida, actualizada y ordenada.
h) En caso que el socio realice cambio de domicilio; este debe realizarse mediante una carta y/o Formulario Único de tramite (FUT) de cambio de domicilio, debiendo ser por escrito y acompañado del último recibo de servicios (Agua, Luz o Teléfono) pagado, en la cual se debe precisar claramente la nueva dirección.
i) El Analista de créditos cuyo índice de mora excedan los límites establecidos por la Gerencia General, no podrán evaluar créditos nuevos, dedicándose al control, seguimiento y recuperación de su cartera atrasada y vencida hasta bajar su índice de morosidad de acuerdo a lo establecido por la COOPACCH.
j) El Analista de Créditos es responsable de detectar tempranamente los problemas que pudieran surgir en los créditos otorgados, por lo tanto deberá realizar las visitas post– desembolso.
k) El Analista de Créditos es responsable de la administración de todos los créditos asignados a su cartera, incluso cuando el crédito estuviera en el tramo del área de recuperaciones e inclusive en cobranza judicial.
l) La sobre valuación del patrimonio personal del socio, así como los cambios significativos (sin sustento técnico) de las valuaciones de un crédito a otro (análisis horizontal), se configura como falta grave de parte del Analista de Créditos.
m) Se contratarán seguros de desgravamen para cubrir los créditos siendo los gastos que se generen por este concepto asumidos por el socio de acuerdo a lo establecido en la normativa de seguros. Página 10
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n) La COOPACCH debe contar con una adecuada cobertura del riesgo crediticio percibido, mediante garantías suficientes según el monto y tipo de crédito otorgado y niveles de provisiones constituidas de acuerdo a la calidad de cartera, tipo de garantía y a las normas establecidas por la SBS.
o) Cuando exista grado de vinculación alguna por consanguinidad hasta el segundo grado, segundo de afinidad o los señalados en el párrafo anterior con los Analista de Créditos e involucrados en el proceso crediticio, éste tiene la responsabilidad de comunicar y de abstenerse de participar en el proceso de evaluación y/o aprobación, dejando constancia en la propuesta de crédito. Sin embargo, no se exime de la responsabilidad de brindar información para la evaluación del crédito acorde al conocimiento del socio.
p) El Analista de Créditos y Administradores, según necesidad, podrá ser reubicado a plazas de trabajo distintas de acuerdo a las necesidades de rotación establecida.
q) Se propiciarán programas de incentivos monetarios y no monetarios de acuerdo al mercado actual, con el fin de incrementar el volumen y número de colocaciones, mejorando la eficiencia y rentabilidad de la cartera de crédito.
r) La COOPACCH rechaza cualquier conducta deshonesta de su personal involucrado en la gestión crediticia, por lo que esta actitud será considerada falta grave de acuerdo a lo establecido al Reglamento Interno de Trabajo (RIT) y D.S 003-97-TR.
s) Los desembolsos por operaciones crediticias están a cargo del Auxiliar de Operaciones cumpliendo las normas de la Ley de Transparencia y procedimientos vigentes y conforme a las funciones encomendadas.
t) Los niveles de aprobación y opinión para las propuestas de crédito de parte del Área de Negocios se realizará en función al monto de EXPOSICIÓN TOTAL COOPACH del socio (Riesgo del socio con la (COOPACH) calculado de la siguiente manera:
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EXPOSICIÓN TOTAL = SALDO DE CRÉDITOS VIGENTES + MONTO DEL CRÉDITO A OTORGAR – SALDO VIGENTE A CANCELAR En función al monto de exposición total se realizarán las aprobaciones según autonomías y opinión de Créditos que se indican en el Cuadro de Autonomías de Aprobación.
u) Se debe verificar antes de la aprobación de un crédito que la documentación del mismo esté completa de acuerdo a los documentos requeridos por tipo de crédito y normatividad vigente. Los Administradores de Agencia deberán verificar la documentación presentada para la aprobación y la vigencia de los documentos en el expediente.
v) Cualquier crédito que se otorgue a un Directivo, previamente deberá ser aprobado por el Consejo de Administración. Asimismo, los Directivos no podrán ser Fiadores (Avales) ni Garantes de ningún préstamo.
w) La Solicitud de créditos de los socios, deberán ser atendidos en las Agencias donde fueron inscritos, cabe anotar que de existir un cambio domiciliario esta deberá ser verificado y sustentado por el Analista de Créditos.
x) Los accesos a los sistemas de correo electrónicos, así como al de consultas a centrales de riesgos, páginas web y acceso al software de créditos y otros, son realizados mediante un usuario y clave, los cuales son únicos e intransferibles. Cada trabajador es responsable de la utilización correcta de la misma.
Artículo 10°.- CONCENTRACIÓN DE CRÉDITOS : Es parte de la filosofía crediticia disminuir el riesgo crediticio, diversificando la cartera en montos y número de socios, de tal modo que asimile con facilidad los casos de morosidad y mantenga una maniobrabilidad total del riesgo crediticio. A continuación se establece la siguiente participación referencial de la cartera total:
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TIPO DE CRÉDITO
PARTICIPACIÓN EN LA CARTERA DE LA COOPACCH
Crédito Mediana Em resa Crédito Pequeña em resa Crédito Microem resa Crédito Consumo no Revolvente Crédito Hi otecario
5 15 30 40 10
Por las características del segmento, no deberá concentrarse la cartera en zonas pobladas por personas de extrema pobreza donde la recuperación forzosa en caso de morosidad; salvo que se trate de créditos grupales (CrediSolidario). También se tratará de evitar concentrar créditos en grupos familiares o deudores vinculados, ya que los problemas económicos de un miembro de la familia, generalmente afecta a los demás. La diversificación de la cartera debe evitar que la calidad de la misma esté determinada por la prosperidad o el fracaso de ciertos sectores económicos o actividades.
Artículo 11°.- ACEPTACIÓN DE RIESGO: a. Sujetos de crédito
Personas naturales con mayoría de edad o jurídicas debidamente constituida conforme a ley quienes cuenten con la calidad de socios, que realicen actividades económicas permanentes sean estos dependientes (ingresos provenientes de rentas de cuarta y quinta categoría) y/o independientes (comercio, servicio y producción) debidamente demostrado (sustentado).
Socios titulares o avales que se hayan realizado su inscripción como tal, hasta los 64 Años, 11 meses y 29 días , que se encuentren física y mentalmente capacitado para desempeñar sus actividades habituales y normales.
Socio que cuente con buenas referencias (comerciales, personales y financieras), con Página 13
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adecuada capacidad de pago y un índice de endeudamiento acorde a las actividades realizadas.
Todo socio y/o relacionado (cónyuge y/o avales) al crédito, con calificación 100% normal en el sistema financiero (bancario y no bancario) dentro de los 6 últimos meses. En caso que el socio, cónyuge (o conviviente) y/o avales tengan clasificación CPP deberá adjuntar por lo menos uno de los sustentos y regularización de dicha clasificación que se mencionan a continuación y obligatoriamente se deberá contar con comentario del Analista de Créditos indicando el motivo de dicha clasificación validado por el Administrador: - Vouchers actualizados o al día de la(s) institución(es) financiera(s) que lo ha(n) reportado o el último estado de cuenta pagado, y el cronograma de pagos.
-
Carta de NO adeudo de la(s) institución(es) financiera(s).
-
Referencias crediticias de la(s) institución(es) financiera(s).
Que registren endeudamiento como máximo en 3 instituciones financieras sin incluir a la COOPACCH, de contar con una mayor cantidad de instituciones se deberá adjuntar Vouchers(s) o constancia(s) de cancelación previa a su atención para cumplir con lo indicado precedentemente.
b. No son sujetos de crédito
No se atenderá a socios (naturales o jurídicas) con antecedentes de obligaciones morosas de créditos, refinanciados, judiciales y/o créditos castigados (directos e indirectos) o protestos de letras y/o pagaré no aclarados en el sistema bancario y no bancario.
No se atenderá a socios (naturales y/o jurídicas) que tenga o hayan tenido record de pago negativo con la COOPACCH, se considera como tal al socio con retrasos promedio de 15 días y registren créditos cancelados, cobranza judicial y/o castigado, directa e indirecta (Cónyuge o conviviente, Aval, Represente y/o Socio de empresa). Página 14
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Personas naturales o representantes legales que tuvieren antecedentes delictivos en especial los que tengan relación con el narcotráfico y lavado de dinero o que tengan impedimento legal de cualquier naturaleza.
Personas naturales o representantes legales declarados insolventes o empresas intervenidas por las autoridades de control o tributarias, o que se encentren en proceso de liquidación.
Los socios que estén comprendidos en el registro de deudores alimentarios (Poder Judicial).
Los socios que hayan presentado información falsa intencionalmente a la COOPACCH (lista negra o legajo).
Las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades que dañen la moral, las buenas costumbres o que dañen la ecología.
Aquellos socios que hayan actuado contra los intereses de la institución (ver estatuto)
Artículo 12°.- ACTIVIDADES NO FINANCIABLES : La COOPACCH, no atenderá solicitudes cuyo financiamiento estén dirigidos a:
Actividades que sean o se presuman de índole ilícita, delictiva o reñida con la moral y las buenas costumbres (casinos, tragamonedas sin autorización ministerial, casas de cambio, prostíbulos, actividades pirotécnicas, fabricación y comercialización de armas y explosivos, piratería, entre otros).
Actividades políticas y religiosas.
Créditos restringidos según políticas establecidas.
Actividades que revistan impactos negativos en la preservación del medio ambiente (tala indiscriminada o informal de árboles, depredación indiscriminada de recursos naturales, minería informal, comercialización de animales en extinción) o que proPágina 15
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muevan prácticas laborales nocivas de menores de edad o explotación infantil.
Negocios ubicados en galerías o ferias comerciales en litigio.
Al pago directo o indirecto de aportaciones en la misma cooperativa.
Ambulantes o negocios sin punto fijo de venta y sin domicilio en el área de
influencia
de la cooperativa.
Dotación de personal (Cooperativa de trabajo: “Cervices”) a excepción de las que tengan convenio con la COOPACCH.
En el caso de operaciones con: miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales, Abogados, Jueces y Fiscales; la cooperativa debe solicitar mejores garantías. CAPÍTULO III : CONDICIONES DE LOS CRÉDITOS EN LA COOPACCH
Artículo 13°.- TIPOS DE CRÉDITO: La COOPACCH, podrá otorgar créditos según la clasificación de la Resolución SBS N° 11356-2008 “Reglamento para la evaluación y clasificación del deudor y la exigencia de provisiones”. Entre ellos se encuentran los siguientes:
a) Créditos a Medianas Empresas Son aquellos créditos otorgados a personas jurídicas que tienen un endeudamiento total en el sistema financiero superior a S/. 300.000 en los últimos seis (6) meses y no cumplen con las características para ser clasificados como créditos corporativos o a grandes empresas. Si posteriormente, las ventas anuales del deudor fuesen mayores a S/. 20 millones durante dos (2) años consecutivos o el deudor hubiese realizado alguna emisión en el mercado de capitales, los créditos del deudor deberán reclasificarse como créditos a grandes empresas o corporativos, según corresponda. Asimismo, si el endeudamiento total del deudor en el sisPágina 16
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tema financiero disminuyese posteriormente a un nivel no mayor a S/. 300,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán ser reclasificados como créditos a pequeñas empresas o a microempresas, dependiendo del nivel de endeudamiento. Se considera también como créditos a medianas empresas a los créditos otorgados a personas naturales que posean un endeudamiento total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) superior a S/. 300,000 en los últimos seis (6) meses, siempre que una parte de dicho endeudamiento corresponda a créditos a pequeñas empresas o a microempresas, caso contrario permanecerán clasificados como créditos de consumo. Si posteriormente, el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda), se redujera a un nivel no mayor a S/. 300,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán reclasificarse como créditos de consumo (revolvente y/o no revolvente) y como créditos a pequeñas empresas o a microempresas, dependiendo del nivel de endeudamiento y el destino del crédito, según corresponda.
b) Créditos a Pequeñas Empresas: Son aquellos créditos destinados a financiar actividades de producción, comercialización o prestación de servicios, otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) es superior a S/. 20,000 pero no mayor a S/. 300,000 en los últimos seis (6) meses. Si posteriormente, el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) excediese los S/. 300,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán ser reclasificados como créditos a medianas empresas. Asimismo, en caso el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipoPágina 17
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tecarios para vivienda) disminuyese posteriormente a un nivel no mayor a S/. 20,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán reclasificarse a créditos a microempresas.
c) Créditos a Microempresas: Son aquellos créditos destinados a financiar actividades de producción, comercialización o prestación de servicios, otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) es no mayor a S/. 20,000 en los últimos seis (6) meses. Si posteriormente, el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) excediese los S/. 20,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán ser reclasificados al tipo de crédito que corresponda, según el nivel de endeudamiento.
d) Créditos de Consumo No-Revolvente Son aquellos créditos no revolventes otorgados a personas naturales, con la finalidad de atender el pago de bienes, servicios o gastos no relacionados con la actividad empresarial. En caso el deudor cuente adicionalmente con créditos a pequeñas empresas o a microempresas, y un endeudamiento total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) mayor a S/. 300,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán ser reclasificados como créditos a medianas empresas. Lo señalado en el párrafo anterior no es aplicable a los créditos otorgados a personas naturales que sólo posean créditos de consumo (revolventes y/o no revolventes) y/o créditos hipotecario para vivienda, debiendo permanecer clasificados como créditos de consumo (revolventes y/o no revolventes).y/o créditos hipotecarios para vivienda, según corresponda. Página 18
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e) Créditos Hipotecarios para Vivienda Son aquellos créditos otorgados a personas naturales para la adquisición, construcción, refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia, siempre que tales créditos se otorguen amparados con hipotecas debidamente inscritas; sea que estos créditos se otorguen por el sistema convencional de préstamo hipotecario, de letras hipotecarias o por cualquier otro sistema de similares características. Se incluyen también en esta categoría los créditos para la adquisición o construcción de vivienda propia que a la fecha de la operación, por tratarse de bienes futuros, bienes en proceso de independización o bienes en proceso de inscripción de dominio, no es posible constituir sobre ellos la hipoteca individualizada que deriva del crédito otorgado. Para determinar el nivel de endeudamiento en el sistema financiero se tomará en cuenta la información de los últimos seis (6) Reportes Crediticios Consolidados de la Central de Riesgos. En caso el deudor no cuente con historial crediticio, el nuevo crédito será tomado como criterio para determinar su nivel de endeudamiento en el sistema financiero.
Artículo 14°.- CONDICIONES GENERALES DEL CRÉDITO : Personas naturales y/o Jurídicas con una experiencia, dentro de una actividad económica (comercio, servicio y/o producción) como mínimo 6 meses, debidamente demostrado y sustentando.
Personas naturales con ingresos de origen dependiente (rentas de cuarta y quinta categoría) que desarrolle el socio en forma permanente y sustentable. Los ingresos son sustentables a través de boletas de pago, recibo por honorarios profesionales, contratos de servicio y afines.
El socio deberá poseer domicilio estable con permanencia mínima de 12 meses.
Cuando la actividad (producción, comercio y servicio) económica a excepción de ingresos Página 19
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dependientes (crédito de consumo); funcione dentro de locales arrendados se deberá anexar el reporte de la central de riesgos y Reniec de los propietarios y arrendadores del inmueble, con la finalidad de deslindar participación activa en el negocio. Cuando el solicitante, cónyuge y avales sean menores de 25 años, se verificará las referencias en las centrales de riesgo de los padres, hermanos y otros de su entorno, para determinar la autonomía del control del negocio por parte del titular o de la garantía presentada. Dicha exigencia también se deberá cumplir cuando los representantes legales, el cónyuge de éstos y socios menores de 25 años. Dichas consultas se deberán adjuntar al expediente de crédito.
Demás requisitos establecidos en los reglamentos de créditos para los diferentes tipos de productos queo torga la COOPACCH.
Artículo 15°.- PRODUCTOS OFRECIDOS EN LA COOPACCH: 1) Productos a Deudores Minoritas Referido al financiamiento otorgado a las unidades empresariales que operan como personas naturales o jurídicas y que tienen como principal fuente generadora de ingresos alguna actividad de producción, comercio o servicios; dependientes y/o independientes.
a. Capital de trabajo |
Crédito destinado a financiar la compra de mercadería, materia prima o insu-
mos para mantener y/o desarrollar la operatividad de la PYME. La moneda del préstamo se definirá de acuerdo a la utilizada en las compras de los principales productos del socio. En este producto se incluyen:
Emprendedor Capital de Trabajo
Crédimes Capital de Trabajo
CrédiInclusión
CrédiDiario Página 20
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CrediCampaña
Navicredi
CrediSolidario
b. Activo fijo Crédito destinado a la adquisición, repotenciación y/o mantenimiento de maquinarias o equipos y a la adquisición, remodelación, mantenimiento y/o ampliación de inmuebles de la PYME. Se financiara hasta el 80% de la inversión total y el socio deberá sustentar el saldo de 20% como participación propia. En este producto se incluyen:
Emprendedor Activo Fijo
Crédimes Activo Fijo
c. Consumo Crédito destinado para la remodelación de vivienda, adquisición de bienes y/o servicios de uso personal no destinados a una actividad productiva en particular. En este producto se incluyen:
CrédiPersonal
CrédiInclusión
A sola Firma
A sola Firma Plus
CrédiEscolar
CrédiEstudios Superiores
CrediCampaña
Navicredi
CrediAutoliquidable Página 21
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CrediConvenio
CrediAdministrativo
d. Hipotecario Son aquellos créditos otorgados a personas naturales para la adquisición, construcción, refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia, siempre que tales créditos se otorguen amparados con hipotecas debidamente inscritas; sea que estos créditos se otorguen por el sistema convencional de préstamo hipotecario, de letras hipotecarias o por cualquier otro sistema de similares características. En este producto se incluyen:
Hipotechic
Artículo 16°.- MODALIDADES CREDITICIAS : a) Crédito Nuevo: Representa un primera crédito otorgado al socio de la COOPACCH. b) Crédito Recurrente o Ampliación: Representa el segundo y posteriores créditos otorgados al socio de la COOPACCH. Si al momento de otorgar un crédito recurrente el socio aún tiene cuotas pendientes de pago y se cancela el saldo vigente se considera una ampliación de crédito.
c) Crédito Paralelo: Es el(los) crédito(s) que se otorga(n) adicionalmente al(los) crédito(s) vigente(s), cuya propuesta estará respaldada por una adecuada evaluación de la capacidad de pago. Tiene(n) como finalidad cubrir necesidades financieras para capital de trabajo; por lo general, en épocas de campañas y a 360 días como máximo, cuando el movimiento comercial muestra un mayor dinamismo en un periodo determinado. Página 22
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CAPÍTULO IV : ADMINISTRACIÓN DE VINCULADOS
Artículo 17°.- CRÉDITOS VINCULADOS : Dentro de las actividades realizadas existe la posibilidad de que se evidencia la relación entre personas naturales o jurídicas que dentro de este contexto se denomina Vinculación por Riesgo Único (VRU), será necesario prevenir el riesgo que implica dicha relación en el incumplimiento de sus obligaciones crediticias, tomando en cuenta lo siguiente:
a) Entre cónyuges y entre personas naturales y/o jurídicas que tienen relación de propiedad y/o de gestión:
Si hay dos o más actividades empresariales diferentes o complementarias en un mismo local, pero se evidencia que existen propietarios o representantes legales diferentes o son independientes en los procesos de gestión del negocio, esta situación debe ser demostrada con los RUC respectivos y con otras evidencias, que el capital de trabajo e inventarios son también independientes. Las explicaciones del caso deben constar en la propuesta de crédito del Expediente respectivo.
Si los propietarios vinculados son cónyuges, el pasivo de uno de ellos debe ser incluido en el pasivo de los estados financieros que se elaboren para el posible cónyuge que recibirá el préstamo.
b) No se atenderán créditos VRU si el cónyuge o pariente (hasta segundo grado de consanguineidad) del potencial socio que solicita el préstamo, tenga un préstamo activo en COOPACCH con el mismo tipo de negocio o en el mismo local o cuando se detecte que la mayor parte de los recursos del negocio proceden de fuentes distintas (personas naturales o jurídicas) al negocio o a sus propietarios (s). Página 23
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CAPÍTULO V : MONTOS Y PLAZOS DE CRÉDITO
Artículo 18°.- MONTO DE LOS FINANCIAMIENTO : Los montos se determinan para cada solicitante principalmente en función de su capacidad de pago, nivel de endeudamiento, antecedentes crediticios, destino del crédito y de acuerdo a los procedimientos establecidos para créditos; cuidando siempre de no sobre endeudar a los socios, par esto se tomaran en cuenta los siguientes criterios:
El área de créditos con el fin de minimizar riesgos podrá solicitar avales que garanticen al solicitante del préstamo.
Se aplicará una política de créditos escalonados, para las operaciones posteriores que vayan solicitando los socios. Esta política considerará el cumplimiento de pago y el desarrollo positivo de la capacidad de pago del socio.
Estos límites se establecerán considerando también: - Al resultado del análisis de la capacidad de pago del solicitante determinado en el flujo de ingresos y egresos y el riesgo del sector y de la actividad económica que se pretende financiar. - Por cada Tipo de Crédito. - Según el Destino del Crédito. - A las características propias y específicas de cada negocio o actividad económica. - Al nivel de endeudamiento del solicitante. - Al tipo de garantía ofrecida. - A la solicitud del socio. - Las condiciones que ofrezca la competencia en el mercado.
El monto total de los créditos que se otorgue a un socio, directa o indirectamente, no puede exceder el cinco por ciento (5%) del patrimonio efectivo de la coopePágina 24
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rativa. Rigen para este efecto las disposiciones sobre vinculación establecidas por la Ley de Cooperativas y normas complementarias emitidas sobre la materia por la Superintendencia de Banca y Seguros. El límite del 5% puede ser ampliado hasta el 15 % si es que las garantías son hipotecas de primer orden. Si las garantías son depósitos los préstamos pueden llegar al 20 % del patrimonio efectivo. En este último caso los montos no pueden exceder el 90 % de las garantías.
Artículo 19°.- PLAZOS, FRECUENCIA DE PAGO Y NÚMERO DE CRÉDITOS: La COOPACCH otorga créditos en función a una adecuada estructura de líneas de financiamiento. El plazo máximo de los créditos se fijará por productos y por destino del crédito. Estos límites se revisarán periódicamente para ajustarlos al comportamiento de la economía nacional, al plazo del fondeo y demás relaciones financieras de la institución. Adicionalmente se consideraran los siguientes aspectos
a) Al resultado del análisis de la capacidad de pago del solicitante determinado en el flujo de ingresos y egresos y b) El riesgo del sector y de la actividad económica que se pretende financiar.
Por cada Tipo de Crédito.
Según el Destino del Crédito.
A las características propias y específicas de cada negocio o actividad económica.
Al nivel de endeudamiento del solicitante.
Al tipo de garantía ofrecida.
A la solicitud del socio.
Las condiciones que ofrezca la competencia en el mercado.
c) Los plazos de financiamiento mínimos y máximos, serán determinados para cada tipo de crédito y se consignan en el Reglamento de Crédito específico para cada producto, que acompaña Los periodos de pagos se establecen según el tipo de actividad, fluPágina 25
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jo de ingresos y así como el destino de los fondos otorgados. En ningún caso un socio podrá mantener más de tres créditos vigentes directos o indirectos exceptuando los créditos con garantía líquida e hipotecaria. CAPÍTULO VI :GESTIÓN DE TASA, GASTOS Y SEGUROS
Artículo 20°.- TASA DE INTERÉS: Las tasas activas serán fijadas a propuesta de la Gerencia General, Jefatura de Administración y Finanzas y la Unidad de Riesgos y Supervisado por el Consejo de Vigilancia y la Unidad de Auditoria Interna; aplicando criterios de rentabilidad y mercado y serán aprobadas por el Consejo de Administración. Cualquier variación en las tasas será aprobada bajo las condiciones enunciadas precedentemente, teniendo en cuenta las necesidades del negocio. La tasa de interés y sus modificaciones, aplicada a las operaciones crediticias, se rige según el tarifario vigente, los precios vigentes en el mercado, pero encuadrados a lo normado por la Superintendencia de Banca y Seguros y las leyes vigentes en la materia, aprobados por el Consejo de Administración y/o delegatura a la Gerencia General.
Artículo 21°.- INTERÉS MORATORIO: Los intereses moratorios se cobrarán al socio por el incumplimiento puntual de sus obligaciones, este será fijado por el sistema informático de crédito calculado diariamente y automáticamente según los días de atraso sobre el saldo de capital atrasado. La tasa moratoria será de acuerdo al tarifario vigente.
Artículo 22°.- COMISIONES POR ATRASO, GASTOS DE COBRANZA Las comisiones por atraso se cobrarán como penalidad al socio por el incumplimiento puntual de sus obligaciones y como consecuencia de los costos en que incurre la COOPAPágina 26
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CCH para realizar el reclamo de los pagos atrasados además de los costos de oportunidad que implican la no disposición del dinero prestado y no recuperado de acuerdo a lo pactado con los socios. El sistema informático de crédito calculará diaria y automáticamente el valor de estos cargos según los días de atraso. Las Comisiones y Gastos de cobranza están establecidas en el Tarifario de Tasas y Comisiones vigente a la fecha, la misma que será modificada de acuerdo a resolución del Consejo de Administración y/o Gerencia General.
Artículo 23°.- SEGURO DE DESGRAVAMEN Y OTROS SEGUROS: La Cooperativa podrá contratar pólizas de seguro de desgravamen y otros. El costo del seguro se transfiere al socio, el cual podrá ser cargado en las cuotas del préstamo.
Artículo 24°.- GASTOS DE REGISTRO Y LEVANTAMIENTO PARA HIPOTECA Y GARANTÍA MOBILIARIA: Los gastos notariales y de Registros Públicos, por constitución y registro de hipoteca o prenda son asumidos por el socio. El socio deberá abonar el importe de los mismos directamente donde corresponda. Así mismo, el socio se hará cargo de los gastos de levantamiento de la hipoteca o de la garantía mobiliaria, si una vez cancelada su operación, decide no seguir operando con la Cooperativa. El socio deberá manifestar su aceptación de pagar estos gastos, antes de realizar el registro de la hipoteca, así como los posteriores gastos de levantamiento de la misma. Estos gastos, no son computables para el cálculo de la tasa de interés.
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CAPÍTULO VII : GESTIÓN DE LAS GARANTÍAS
Artículo 25°.- GARANTÍAS: Son un instrumento de recuperación que respaldan los créditos, siendo complementarias al proceso crediticio. Su exigencia estará en función al riesgo de la operación crediticia y a parámetros de cobertura de garantías establecidas por la COOPACCH y en sus demás normativas vigentes. Las garantías pueden ser personales o reales. La condición fundamental es que deberán ser un instrumento que implique un bajo costo de legalización y alto potencial de presión. La valuación de bienes muebles e inmuebles, se efectuará por peritos tasadores seleccionados por la COOPACCH y debidamente inscritos en el REPEV, basado en el valor neto de realización en el mercado. Este valor es el que COOPACCH espera recuperar como consecuencia de la eventual venta del bien, en la situación cómo y dónde esté. Los tipos de garantía consideradas para el otorgamiento de créditos, son los siguientes:
a) Hipotecas: Instrumento por el cual se afecta un inmueble urbano y/o rústico para el cumplimiento de cualquier obligación propia o de un tercero. El costo de valorización de la tasación será asumido por el socio y depositado a una cuenta con la finalidad de que la COOPACCH realice los procesos de selección y designación del perito tasador.
b) En la que una persona natural o jurídica se obliga a pagar o cumplir por un tercero la obligación, en caso éste no lo hiciera.
c) Patrimonio Personal: En el que el mismo titular del crédito cuenta con bienes inmuebles que respalden el otorgamiento del crédito. d) Otros: Depósitos a plazos y aportes.
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Asimismo, la documentación que se presente como sustento de garantía sea preferida o no preferida deberá estar respaldado por documentación debidamente actualizada, de responsabilidad del Analista de Créditos. La cuales serán presentados considerando el Cuadro de Cobertura de Garantías (Anexo I y II). CAPÍTULO VIII : METODOLOGÍA EN EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS
Artículo 26°.- EVALUACIÓN DE CRÉDITO: El otorgamiento de créditos está determinado por la capacidad de pago del solicitante, que a su vez está definida fundamentalmente por su flujo de caja y su voluntad de pago determinada por sus antecedentes crediticios y referencias. Además, en el financiamiento es necesario considerar el destino del crédito, la cobertura de garantías y la disminución de riesgos. Será responsabilidad del Analista de Créditos verificar in situ la actividad económica del solicitante levantando información para determinar la capacidad de pago del socio. Asimismo, verificará garantía, los domicilios, referencias personales, comerciales y crediticias de todos los participantes en el crédito. Para evaluar el otorgamiento de créditos a pequeñas empresas, microempresas, consumo y hipotecario, se analizará la capacidad de pago sobre la base de los ingresos del solicitante, su patrimonio neto, importe de sus diversas obligaciones, y el monto de las cuotas asumidas para con la empresa así como las clasificaciones asignadas por las otras empresas del sistema financiero. Adicionalmente se tendrá en cuenta las garantías preferidas, preferidas de muy rápida realización y preferidas autoliquidables, la calidad de la dirección de la empresa y las clasificaciones asignadas por las demás empresas del sistema financiero.
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La evaluación de un crédito de cualquier producto crediticio a otorgar deberá ser presentada a través de la propuesta de crédito elaborada por el Analista de Crédito cumpliendo todas las condiciones establecidas en el reglamento de créditos por producto. Los criterios señalados anteriormente se aplican sin perjuicio de las disposiciones sobre conocimiento del socio y del mercado establecidas en el Reglamento para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento de Actividades Terroristas. Para el caso de personas jurídicas deberán adjuntar escritura de constitución de la empresa y modificación de estatutos si los hubiera, así como la vigencia de poder original o consulta SUNARP actualizado del (los) Representante(s) Legal(es) con una antigüedad máxima de quince (15) días a la fecha de desembolso. Asimismo obligatoriamente deberán participar en las operaciones crediticias con nuestra institución el representante legal y accionistas o socio mayoritario de la empresa. CAPÍTULO IX : DESEMBOLSO
Artículo 27°.- PROCESO DE DESEMBOLSO: La firma de los títulos valores por el(los) socio(s), avales(s) o representante(s) deberá realizarse en presencia del Personal de Plataforma previo al desembolso, quien verificará la autenticidad de las firmas con el documento de identidad de los suscriptores según formalidades de ley debiendo consignar v°b° en de dichos documentos (salvo el pagaré). Si hubiera discrepancia en firmas, el Área de Operaciones no procederá a realizar el desembolso. Si se tratase de personas analfabetas, sea el titular, cónyuge y/o avales(s) u otro participante del crédito, se solicitará que participen en la operación y desembolso del crédito a través de un testigo a ruego, con:
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Constancia emitida por el Testigo a Ruego y firma de pagaré y contratos por el Titular hasta la suma de S/. 3,000.00.
Poder notarial fuera de registro para créditos mayores a S/. 3,001.00 y hasta S/. 7,000.00
Poder por escritura pública e inscrito en Registros Públicos para créditos mayores a S/. 7,001.00
En ningún caso el testigo a ruego deberá participar como obligado en el crédito y tampoco podrá intervenir como testigo a ruego ningún colaborador de COOPACCH. La legalización de las firmas de conformidad a la ley del notariado corresponde en forma exclusiva al notario o juez de paz y en forma excepcional de acuerdo a la Ley 27444. CAPÍTULO X : ADMINISTRACIÓN DE CRÉDITOS VENCIDOS
Artículo 28°.- SEGUIMIENTO Y RECUPERACIÓN
El Responsable; dependiendo de los días de atraso del socio, la responsabilidad corresponde al Analista de Crédito, Jefe de Créditos, Administrador de Agencia, Jefe de Recuperaciones, o Asesor Legal.
Si los socios no cumplen con las fechas pactadas para el pago de sus cuotas, se pueden ejecutar varios procedimientos, ejerciendo diversos niveles de presión para el seguimiento y recuperación de socios atrasados.
Cada caso de morosidad debe ser tratado de manera diferente, ya que no existe un esquema único aplicable a todos los socios. Dependerá de la situación concreta de cada socio y cómo evoluciona su reacción ante el reclamo de pago.
Básicamente la presión a ejercer se va incrementando de acuerdo a lo ilustrado en el siguiente gráfico, sin embargo no necesariamente el orden de acciones será la misma para todos los casos. Página 31
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Artículo 29°.- PROCEDIMIENTO DE COBRANZA PARA CRÉDITOS ATRASADOS-CON BIENES EMBARGABLES: ACCIÓN
RESPONSABLE
Llamadas
Personal de Plataf orma
Pre-aviso
Llamadas y/o Visita del analista
Analista
Visita
Visita del Analista a socio y ava- Analista
DÍAS DE ATRASO -5,0
DOCUMENTO
1-8
Primera Notificación
9-15
Segunda Notificación
16-30
Compromiso de pago
31-40
Analista + Recuperador+ Visita del Analista a socio y ava- Administrador o Jefe de les
Créditos
Visita del Recuperador y Analista a socio
y avales
Operativo de cobranza
Recuperaciones
Recuperaciones + Analistas +
Pre-judicial
41-60
Administrador
Operativo de cobranza
Recuperaciones + Analistas +
Carta Notarial, Protesto de pagaré:
Administrador + Asesor Legal
Previo Informe de Cobranzas yA dminis-
61-más
trador de A encia a Asesoría Le al.
El objetivo del esquema de Cobranza es que se reaccione rápidamente al menor atraso en el cumplimiento de los socios. El esquema no significa que obligatoriamente se deba proceder
en ese orden, es decir, si un socio muestra no tener voluntad de pago en la primera semana de atraso, el Analista de Crédito responsable realizará mayores esfuerzos en la presión para recuperar el crédito atrasado. Lo ideal es tomar las medidas necesarias en el momento opor-
tuno para la regularización de los pagos. Las cartas de cobranza serán indispensables que cada una de las cartas de Notificación que se entreguen a los socios morosos y avales, cuenten con una copia debidamente firmada por la persona que recibió la carta original, indicando fecha de entrega, de preferencia hora y número de DNI. Las cartas de notificaciones deberán ser entregadas personalmente al socio y/o avales, en Página 32
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su ausencia, podrán entregarse a un familiar u otra persona. El Analista de Crédito llevará un registro de las visitas realizadas a los socios morosos y las notas entregadas anotando también, las razones del atraso esgrimidas por el socio y las fechas en que promete efectuar el pago. Los Analistas de Crédito elaborarán las cartas de notificación para morosos, además llevarán un control del manejo de las cartas. Es importante que las cartas sean entregadas en la fecha que fueron redactadas, de lo contrario, cualquier carta entregada fuera de la fecha indicada, perderá su efecto y seriedad.
Artículo 30°.- PROCEDIMIENTO DE COBRANZA PARA CRÉDITOS ATRASADOS-SIN BIENES ACCIÓN
Llamadas
RESPONSABLE
Personal de Plataforma
Visita del Analista a socio y avales
Visita del Recuperador y Analista a socio y avales Operativo de cobranza
Operativo de cobranza
Operativo de cobranza
-5 - 0
Pre-aviso
Llamadas y/o Visita del analis- Analista Visita del Analista a socio y Analista
DÍAS DE ATRASO
DOCUMENTO
1-8
Visita
Primera Notificación
9-15
Segunda Notificación
16-30
Compromiso de pago
31-40
Analista + Recuperador+ Administrador o Jefe de Créditos Recuperaciones Recuperaciones + Analistas + Administrador o Jefe de Créditos.
Pre-judicial
Recuperaciones + Analistas + Adminis-
Carta Notarial, Protesto de
trador o Jefe de Créditos + Asesor
pagaré: Previo Informe de
Legal
Cobranzas y Administrador de
Recuperaciones + Analistas + Adminis-
Aplicación del Plan de Sanea-
trador o Jefe de Créditos
miento de Cartera.
41-60
61-90
91 a más
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CAPÍTULO XI : SUPERVISIÓN Y CONTROL DE CRÉDITOS
Artículo 31°.- COMITÉ DE CRÉDITO: a) El Comité de Crédito es la única instancia resolutiva para aprobar o rechazar una propuesta de crédito. b) El Comité de Crédito se reunirá para la aprobación de los créditos de acuerdo al correspondiente nivel de aprobación, los acuerdos se adoptan por unanimidad y se asientan en el libro correspondiente suscrito por sus miembros. No se desembolsarán los créditos que no contengan las firmas de todos los miembros del Comité de Créditos.
c) El Analista es el responsable de presentar y sustentar la propuesta de crédito ante el Comité de Crédito, así como de la consistencia y veracidad de la información presentada.
d) Los niveles de aprobación podrán ser ajustados temporalmente por la Gerencia General por aumento de la morosidad o bajo nivel de experiencia y conocimiento de los Comités. En ningún caso podrá aumentarse más allá de los niveles establecidos. e) El secretario del Comité de Créditos será el responsable de llenar y custodiar las actas de las reuniones de este comité. Será requisito indispensable elaborar el Acta del Comité de Créditos de las reuniones para constancia de las decisiones tomadas, enlistando cada uno de los créditos aprobados con la siguiente información mínima:
Nombre y código del socio
Monto y plazo aprobado
Tipo de moneda
Tipo de garantía
Tipo de producto
Tasa de interés Página 34
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f) Los miembros del Comité de Crédito, tienen la potestad de pedir mayor información sobre el solicitante de crédito, denegar la solicitud, condicionar la aprobación, reducir el monto solicitado, reducir el plazo, solicitar mejora de garantías, etc.
g) El comité de créditos del Nivel IV decidirá sobre todas las solicitudes de crédito correspondientes a directivos. h) El comité de créditos debe realizarse diariamente en horario preestablecido por el Administrador de Agencia o la Jefatura de Créditos, el mismo que debe respetarse de manera estricta.
Artículo 32°.- NIVELES DE APROBACIÓN DE LOS COMITÉS DE CRÉDITO Los niveles de aprobación estarán en función a la exposición crediticia total del socio, es decir la sumatoria de los créditos directos, créditos indirectos (de acuerdo al Factor de Conversión Crediticios – FCC) y el nuevo monto de crédito solicitado. RANGOS DE CRÉDITO TOTAL DEUDA DIRECTA CON LA COOPACCH MONEDA
SOLES O SU EQUIVALENTE EN DOLARES
INTREGANTES DEL COMITÉ Analistas de Crédito corres-
DE
500.00
HASTA
5,000.00
ponsables + Administrador de Agencia o Jefe de Créditos
APROBACIÓN
NIVEL DE APROBACION
Administrador de Agencia o Jefe de
I
Créditos
Analistas de Crédito corresDE
5,001.00
H ASTA
10,000.00
ponsables + Administrador
Jefe de Créditos
II
NIVEL II + Gerente General Gerente General
III
de Agencia + Jefe de Créditos
DE 10,001.00 HASTA DE 30,001.00 HASTA
30,000.00 El 5%, 15% y el 20% del Patrimonio Efectivo
NIVEL III
Consejo de Administración
IV
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Notas:
Los créditos con garantía Hipotecaria deberán contar con opinión
favorable de
Asesoría Legal.
En la Oficina Principal y Agencias, los créditos de los Productos A sola Firma, A sola Firma Plus y CrediAutoliquidable hasta un monto de S/ 5,000.00 serán aprobados únicamente por el Analista que tramita el crédito y desembolsados por el Jefe de Operaciones y/o Administrador de Agencia quien verificara fehacientemente que se cumpla con la cobertura de los Aportes y el Depósito a Plazo Fijo referente al crédito otorgado, siendo los analistas que obligatoriamente deberán informar semanalmente de dichos desembolsos al Jefe de Créditos.
En el caso de los Créditos del Producto CrediAutoliquidable de montos superiores a S/ 30,000.00 deberán ser desembolsados con cargo a dar cuenta al Consejo de Administración.
Los Créditos con riesgo total >S/ 30,000.00 o su equivalente en dólares; deberá contar con la opinión de la Unidad de Riesgos.
Artículo 33°.- COMITÉ DE MORA: a)E l Comité de Mora tiene como finalidad examinar:
Los casos de morosidad crítica y establecer las acciones oportunas para la recuperación de los créditos.
Determinar el impacto de la morosidad de la cartera en relación a la cartera total de créditos de la COOPACCH.
Las gestiones de recuperación realizadas por el personal de recuperación.
Los posibles errores cometidos al realizar el análisis de la capacidad de pago de los créditos en revisión. Página 36
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b) El Comité de Mora estará conformado de la siguiente manera: INTREGRANTES DEL COMITÉ DE MORA
Otorgante o Administrador
Analista de Créditos
FUNCIÓN
PARTICIPACION DENTRO DEL COMITÉ
del Crédito
Analista de Créditos
Participante
Gestor de Recuperaciones
Secretario
Sustentar el crédito, especificando la situación y acciones realizadas con el crédito en mora.
Formular preguntas y posibles soluciones
Formular preguntas y posibles soluciones. Entrega de acta de comité de Mora. Indicar la acciones adoptadas para asegurar la recuperación , de ser el caso
Administrador de Agencia, Jefe de Créditos o Gerente
Participante
Formular preguntas y posibles soluciones
General (De ser el caso)
Jefatura de Cobranzas
Supervisión
Consolidar la Información. Proponer políticas que eviten la deficiencias de la evaluación
c) Fases en el Comité de Mora Los créditos que ingresen al comité de mora serán designados por el Jefe de Créditos o Administrador de Agencia de acuerdo a los criterios de riesgo, monto, producto e índice de mora por Analista de Créditos.
Tendrán prioridad de revisión, los expedientes de créditos con ampliaciones y/o paralelos, los casos de mora mayor a 30 días y los casos de mora en las primeras cuotas. Este comité debe concebirse como una herramienta de gestión.
Deberá sesionar por lo menos una vez cada 15 días e incrementar la frecuencia en caso de morosidad grave.
En el comité, el personal de crédito y recuperación expondrán brevemente las cauPágina 37
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sas de la morosidad de sus créditos. Después de ello, los asistentes formularán las preguntas correspondientes del caso, que deberán ser resueltas por el personal de crédito y/o recuperaciones.
Es importante que se tomen nota de los acuerdos o sugerencias del Comité de Mora con la finalidad de verificar posteriormente, si las acciones se concretaron en los plazos previstos.
Los Comités de Mora, sirven para evaluar el trabajo de seguimiento de las carteras morosas, establecer un cronograma de trabajo de las gestiones realizadas con los créditos y en casos extremos solicitar apoyo a los funcionarios del Área legal de la COOPACCH o considerar la decisión de enviar el expediente para inicio del procedimiento de cobro por vía judicial.
En el Comité de Mora se debe analizar: la consistencia del análisis (capacidad y voluntad de pago, límite de endeudamiento del socio, influencia del ciclo económico y detección de riesgos), cumplimiento de las formalidades del expediente de crédito, formalización de las garantías y el cumplimiento de las normas de cobranza judicial establecidas.
d) Reprogramación (Cambio de Fecha) Es un tratamiento que se le otorga a un deudor de manera excepcional cuando existen desfases entre la fecha pactada inicialmente y el nuevo ciclo periódico de sus ingresos, no teniendo problemas en su capacidad de pago; donde no hay modificación de las condiciones originales en las que fue concedido un crédito cambiando únicamente la fecha de pago, sin alterar el plazo establecido. Esta opción permitirá no deteriorar la clasificación del deudor manteniendo su calificación vigente y por consiguiente fortalecer la relación crediticia con la COOPACCH. El socio mantendrá tanto el plazo como el monto del crédito original. Página 38
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Condiciones y requisitos:
Para socios que mantienen obligaciones crediticias vigentes y que se encuentran al día en sus obligaciones crediticias contraídas con la COOPACCH.
Calificación 100% normal¸ se acredita con impresión de central de riesgos internas y externas.
Promedio de pago menor a 6 días y haber cancelado mínimo 1 cuota.
La nueva fecha pactada no podrá exceder los 15 días posteriores a lo estipulado en el cronograma de pago original.
La fecha límite para solicitar el cambio de fecha será como máximo un día antes de vencimiento.
Aplica 1 sola vez en el periodo de vigencia del crédito. Todas las operaciones serán propuestas a solicitud escrita del socio mediante un FUT indicando los motivos de sus retrasos en los pagos o los problemas coyunturales de preferencia con documentación sustentatoria, previo informe de visita por el Analista de Créditos y/o Gestor de Recuperaciones en el cual explique los problemas coyunturales que ocasionaron las variaciones en el ciclo de pagos.
No se firmará nuevos pagarés ni contratos.
El socio debe firmar un nuevo cronograma de pagos.
Las Reprogramaciones serán aprobadas y podrán ser ejecutadas por el Jefe de Recuperaciones, Jefe de Créditos o Administrador de Agencia.
e. Refinanciamiento de crédito Se considera como “Operación Refinanciada” al crédito o financiamiento directo, cualquiera sea su modalidad, respecto del cual se producen variaciones de plazo y/o monto del contrato original que obedecen a dificultades en la capacidad de pago del deudor, por cauPágina 39
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sas internas derivadas de la propia gestión del propietario (a), por causas externas al negocio (cambios en el entorno económico, eventos súbitos por robo o incendio o por problemas del hogar que impactan en el flujo de ingresos del negocio).
Condiciones y requisitos:
El crédito a refinanciar debe contar con un retraso mínimo de 45 días, cabe indicar que de existir condiciones (previo informe al Área de Recuperaciones) que ameriten la operación se podrá
realizar dicha operación de acuerdo a la decisión del
Comité de Refinanciación.
Para créditos vigentes deberá cancelar mínimo los intereses compensatorios y moratorios.
Para el caso de vencidos deben efectuar el pago de 2 cuotas proyectadas mensuales según el nuevo plan de pagos.
El socio debe solicitar el refinanciamiento según formato disponible al respecto.
El socio debe solicitar el refinanciamiento según formato (Solicitud) disponible al respecto indicando los motivos de sus retrasos en los pagos o los problemas coyunturales de preferencia con documentación sustentatoria, previo informe de visita por el Analista de Créditos y/o Gestor de Recuperaciones en el cual explique los problemas coyunturales que ocasionaron las variaciones de la situación social y económica.
La tasa de interés puede ser menor, dentro de los límites del tarifario aprobado. Debe firmarse un nuevo contrato de crédito y un nuevo pagaré, con inclusión de las partes que correspondan (titular y/o aval).
Las garantías pueden ser reales o solidarias.
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NIVELES DE APROBACION DE CRÉDITOS REFINANCIADOS RANGOS DE CRÉDITO TOTAL DEUDA DIRECTA CON LA COOPACCH MONEDA
DE
DE
500.00
INTREGANTES DEL COMITÉ DE REFINANCIACION SOLES O SU EQUIVALENTE EN DOLARES
HASTA
5,001.00 HASTA
5,000.00
10,000.00
Analistas de Crédito +Gestor de Recuperaciones
APROBACIÓN
Administración de Agencia o Jefe de
I
Créditos
NIVEL + Administrador de Agencia Jefe de Recupera+ Jefe de Créditos
NIVEL DE APROBACION
ciones
II
NIVEL II - Jefe de RecuperacioDE 10,001.00 HASTA
20,000.00
nes + Opinión de Asesoría Legal + Jefe de Créditos
III
Opinión de Jefatura de Riesgos DE 20,001.00 HASTA
30,000.00
NIVEL III + Jefe de Créditos
Gerente General
IV
El 5%, 15% y DE 30,001.00 HASTA
el 20% del Patrimonio
NIVEL + Gerente General
Consejo de Administración
V
Efectivo
f. Restructuración Se considera como “Operación Reestructurada” al crédito o financiamiento directo, cualquiera sea su modalidad, sujeto a la reprogramación de pagos aprobada en el proceso de reestructuración, de concurso ordinario o preventivo, según sea el caso, conforme a la Ley General del Sistema Concursal aprobada mediante la Ley Nº 27809.
Artículo 34°.- SUPERVISIÓN DE CRÉDITOS: a) Lineamientos Generales Muestra La data de socios será proporcionada por la Jefatura de Créditos dentro de los 5 priPágina 41
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meros días hábiles de cada mes y constará de un listado de socios con desembolsos del mes anterior. Las visitas de supervisión y revisión de expedientes de crédito serán efectuadas por el Administrador de Agencia. El tamaño de la muestra será determinada por la Jefatura de Créditos; el cual estará en función de los indicadores de morosidad que presente cada Agencia.
Trabajo de campo Las visitas de campo se efectuarán preferentemente en la dirección comercial donde funciona el negocio. Las entrevistas se realizarán al titular del crédito o en su defecto a un familiar directo que gestione el negocio.
Informe de trabajo El Administrador Agencia deberá elaborar un informe cualitativo, resumen de sus visitas efectuadas y entregarlo a la Jefatura de Crédito dentro los 5 primeros días del mes siguiente de realizado la supervisión, quien elaborará un informe final donde se incluirá el resultado de todas las visitas y revisiones de créditos (ver Anexo III - Resumen de Ficha de Supervisión). El informe de trabajo firmado con sus respectivos comentarios, recomendaciones o medidas correctivas deberá anexarse al expediente de crédito por cada responsable y será verificado en las revisiones periódicas. El informe final de la Jefatura de Créditos deberá ser remitido a la Gerencia General dentro de los 7 primeros días del mes posterior a la supervisión. El incumplimiento de las labores de supervisión encomendadas o entrega de informes posteriores a las fechas establecidas se considera como falta funcional punible de sanción por las instancias respectivas. El Administrador de Agencia deberá subsanar las observaciones presentadas, dar a conoPágina 42
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cer a su equipo las recomendaciones de mejora y levantar un acta con la firma de los participantes.
b) Consideraciones complementarias Dentro de los aspectos de la supervisión el Administrador podrá observar la calidad de la evaluación del Analista de Créditos detallándola en el formato Resumen de Ficha de Supervisión que consta de 3 campos:
Visita de campo
Revisará la información cualitativa proporcionada por el socio y Analista de crédito que propone el crédito (nombres, estado civil, domicilio, negocio, referencias, avales, otros).
Revisará la información cuantitativa proporcionada por el Analista de crédito tales como el balance general, estado de resultados, gastos familiares, indicadores financieros y propuesta.
En ambos casos se brindará la conformidad o no conformidad del mismo.
Revisión del expediente de créditos
El expediente deberá ser revisado para verificar si esta se encuentra ordenada y conforme de acuerdo a las políticas vigentes.
Dentro del expediente se verificara si los documentos se encuentren fedateados y cumplan con los requisitos exigidos en la normativa y/o políticas vigentes.
La hoja de aprobación cuente con las firmas del comité de créditos.
Nivel de riesgo Este aspecto deberá ser analizado por el Administrador que realiza la visita, consiPágina 43
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derando aspectos como la actividad, nivel de endeudamiento, relaciones familiares del socio y otros, el cual pueda afectar el cumplimiento de la obligaciones con nuestra institución, el nivel de riesgo podrá ser clasificado de la siguiente manera:
Alto (A)
Medio (M)
Bajo (B)
Tipificación de irregularidades evaluativas Las observaciones encontradas en la evaluación de crédito son consideradas graves o muy graves, de acuerdo a lo especificado a continuación:
Graves La detección de estas deficiencias obliga en primera instancia tanto al Administrador de Agencia a capacitar y brindar coaching a los Analista de créditos involucrados. La recurrencia en dichos hallazgos serán informadas a la Gerencia General para los fines que estime conveniente. Las principales observaciones catalogadas como graves se tienen las siguientes:
Sobre estimación de ventas, inventarios y/o márgenes.
Debilidad para determinar el destino de los créditos vigentes.
Deficiencia en la toma de datos de la unidad familiar.
Préstamos derivados a terceros.
Falta de detección de vinculaciones financieras o de propiedad del socio con familiares/terceros que impliquen riesgo.
Otorgamiento de préstamos a negocios altamente endeudados.
Deficiente verificación de referencias personales. Página 44
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Omisión en el cruce de información utilizando fuentes para certificar la propiedad del negocio.
Muy graves Las faltas consideradas muy graves deberán ser comunicadas de forma inmediata a la Gerencia General. Entre las principales irregularidades catalogadas como muy graves se tienen las siguientes:
Evaluación de domicilios y negocios sin la respectiva visita al mismo.
Casas / negocio que no existen.
Documentos falsos.
Ocultamiento de información que implique riesgo al crédito.
Beneficios y cobros por el otorgamiento del crédito.
Negocios montados. Colusión para favorecerse o favorecer a terceros.
Artículo 35°.- INFORMES DE GESTIÓN DEL JEFE DE RECUPERACIONES: El Jefe de Recuperaciones está en la obligación de realizar informes de la situación de los créditos vencidos y créditos que presenten irregularidades en el otorgamiento, informe que estará dirigido a la Gerencia General con copia a la Unidad de Auditoria Interna.
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Artículo 36°.- ANEXOS: ANEXO I: CUADRO DE COBERTURA DE GARANTÍAS
TIPO DE SOCIO
CONDICION
RANGOS DE CRÉDITO TOTAL DEUDA CON LA COOPACCH O SU GARANTIA (TITULAR Y/O AVAL) EQUIVALENTE EN DOLARES • Declaración Jurada Patrimonial de bienes: Elec500.00 - 2, 000.00
NUEVO
Bienes Original a excepción de Tarjetas de Propiedad y similares)
NO BANCARIZADO
trodomésticos; Activo fijo (Adjuntar factura de
2, 001.00 - 5, 000.00
• Testimonio de compra y venta o Constancia de Posesión
5, 001.00 – 20, 000.00
• Título de Propiedad y/o Copia Literal
20, 001.00 – 30, 000.00
• Garantía Hipotecaria • Declaración
500.00 - 3, 000.00
Jurada
Patrimonial
de
bienes: Electrodomésticos; Activo fijo (Adjuntar factura de Bienes Original a excepción de Tarjetas de Propiedad y similares)
BANCARIZADO 3, 001.00 – 10, 000.00 20, 001.00 - 5% al 15% de PE
• Testimonio de compra y venta • Título de Propiedad y/o Copia Literal • Declaración Jurada Patrimonial de bienes: Elec-
500.00 - 4, 000.00 RECURRENTE
BANCARIZADO
trodomésticos; Activo fijo (Adjuntar factura de Bienes Original a excepción de Tarjetas de Propiedad y similares)
4, 001.00 – 10, 000.00
• Testimonio de compra y venta
10, 001.00 - 20, 000.00
• Título de Propiedad y/o Copia Literal
20, 001.00 - 5% al 15% de PE
• Garantía Hipotecaria
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ANEXO II: LIMITE MÁXIMO DE DESEMBOLSO CON RESPECTO A LAS GARANTIAS PREFERIDAS GARANTIAS
Depósito a Plazo Fijo en la COOPACCH Aporte de Socio
Primera y Preferencia Hipoteca
PYMES Y CON-
GARANTIA (TITULAR Y/O
SUMO
AVAL)
95 %
Certificado Original de Plazo Fijo y Carta de Afectación de Depósito.
Hasta el 90 % de los aportes con Limite máximo del 5% del ultimo desembolso. 80 %
Carta de Afectación de Aporte
Carta de Afectación de Aporte
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TÍTULO III :CRÉDITOS
PEQUEÑAS EMPRESAS
CAPÍTULO I :ESPECIFICACIONES Artículo 37°.- CRÉDITOS A PEQUEÑA EMPRESA: Son aquellos créditos destinados a financiar actividades de producción, comercialización o prestación de servicios, otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) es superior a S/. 20,000 Nuevos Soles pero no mayor a S/. 300,000 Nuevos Soles en los últimos seis (6) meses. Si posteriormente, el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) excediese los S/. 300,000 Nuevos Soles por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán ser reclasificados como créditos a Medianas Empresas. Asimismo, en caso el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) disminuyese posteriormente a un nivel no mayor a S/. 20,000 Nuevos Soles por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán reclasificarse a créditos a Microempresas.
Artículo 38°.- CONDICIONES DEL CRÉDITO 1) Para persona natural (socio bancarizado, socio no bancarizado) deberá desarrollar una actividad económica (comercio, servicio y producción) con experiencia comprobada mínima de 06 meses.
2) Para persona jurídica (socio bancarizado, socio no bancarizado) , ésta deberá contar con una antigüedad de 06 meses de haberse constituido de acuerdo a las normas vigentes. Se podrá considerar la experiencia en el negocio de la persona natural siempre que se mantenga el giro de negocio además de ser participante mayoritario o representante legal de la Persona Jurídica. Página 48
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3) El solicitante deberá demostrar ser propietario/posesionario (Título de propiedad, Testimonio de compra y venta) de un bien inmueble (local comercial y/o vivienda); bienes muebles que cubran el monto de crédito solicitado; también. Se podrá exigir aval quien deberá demostrar ser propietario/posesionario de un bien inmueble (local comercial y/o vivienda) y con fuente de ingresos.
4) El valor referencial del inmueble será determinado por el Analista de Créditos, quien deberá adjuntar fotografías del negocio, vivienda y garantía actualizada por cada crédito otorgado en cualquiera de sus modalidades y cualquiera fuera la condición del socio (Nuevo o Recurrente). Esta debe contar con el visto del Administrador de Agencia con fotografía correspondiente en el Informe de Garantías que se adjuntará en el expediente. La sobrevaluación de las garantías no preferidas se configura como falta grave.
5) Para el caso de créditos sin garantías preferidas del solicitante y/o aval(es), éstas sólo podrán coberturar directa o indirectamente como máximo tres (03) créditos y hasta los S/.20, 000 Nuevos Soles; siempre y cuando el valor referencial del inmueble coberture el saldo de capital correspondiente al endeudamiento total (directo e indirecto).
6) En el caso de que el solicitante, cónyuge y avales sean menores de 25 años, se verificará las referencias en las centrales de riesgo de los padres, hermanos y otros de su entorno, para determinar la autonomía del control del negocio por parte del titular o de la garantía presentada. Dicha exigencia también se deberá cumplir en el caso de los representantes legales, cónyuge de R.L. y socios menores de 25 años. Dichas consultas se deberán adjuntar al expediente de crédito.
7) Para el caso de créditos otorgados con garantía hipotecaria, se considera un monto de cobertura hasta el 80% del Valor de realización del inmueble, el cual podrá coberturar como máximo hasta 3 créditos, hasta el saldo de capital correspondiente al endeudamiento total (directo e indirecto) Página 49
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8) En toda propuesta de crédito que contemple contratos de arrendamiento se deberá ad juntar consulta de RENIEC ya sea de arrendador o arrendatario(s) que no formen parte del crédito.
9) El nivel de endeudamiento patrimonial en el caso socios nuevos que destinen los créditos para capital de trabajo se considerará un resultado menor o igual a 0.6, y para el caso de créditos para activo fijo o destino mixto se permitirá un ratio de hasta 0.7, en caso de socios recurrentes los índices aplicados serán de 0.7, para capital de trabajo y para el caso de créditos para activo fijo o destino mixto se permitirá un ratio de hasta 0.8.
10) Para socios nuevos se considera como máximo cuatro (04) Instituciones siendo la COOPACCH la cuarta entidad con la que el deudor minorista haya contraído obligaciones de manera directa y como máximo cuatro (04) instituciones con la que el deudor y su cónyuge hayan contraído obligaciones de manera conjunta. Y para socios recurrentes se considera como máximo cuatro (04) Instituciones siendo la COOPACCH la cuarta entidad con la que el deudor minorista haya contraído obligaciones de manera directa y como máximo cinco (05) instituciones con la que el deudor y su cónyuge hayan contraído obligaciones de manera conjunta. Es preciso mencionar que esta condición deberá cumplirse antes del otorgamiento del crédito, en caso que el socio haya cancelado alguna de las entidades financieras, este deberá adjuntar los Boucher de cancelación con la finalidad de cumplirse la condiciones descritas en el presente párrafo.
11) Para financiamiento de Activo fijo o compra de deuda, deberá adjuntarse informe postinversión después de los 15 días de realizado el desembolso.
Artículo 39°.- DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE DEL DEUDOR PEQUEÑA EMPRESA: a) Persona Natural Página 50
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a.1) Documentos de requeridos para solicitud del crédito
Solicitud de crédito firmada por el titular del crédito.
Declaración Jurada Patrimonial suscrita por los participantes del crédito, indicando valores referenciales a precio de realización de los bienes. Este documento se actualizará en operaciones futuras cuando haya variaciones en el patrimonio del socio.
Se deberá adjuntar plano o croquis de ubicación de la fuente de ingresos, del domicilio y de la garantía, indicando puntos de referencia.
a.2) Documentos de Identificación Copia del documento oficial de identificación (DOI) vigente del Socio.
Copia del documento oficial de identificación (DOI) Cónyuge (casado o conviviente).
Copia del documento oficial de identificación (DOI) de avales.
En caso de que algún participante no se encontrase vigente dicho documento podrá presentarse ticket en trámite al cual tendrá que adjuntarse una impresión de la RENIEC con la información actualizada y la verificación de su estado vigente, el cual deberá ser visada por el Administrador de agencia.
a.3) Documentos de Domicilio Copia de último recibo de servicios (luz, agua o teléfono) del domicilio de titular(es) y aval(es) así como también del negocio en caso de ubicarse en lugar distinto al domicilio del titular, todos estos debidamente cancelados.
En zonas donde no se emitan recibos de servicios se deberá anexar Constancia Domiciliaria emitida por la autoridad competente de la zona. Página 51
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a.4) Documentos de Negocio
Copias de documentos que acrediten la actividad económica y la antigüedad del negocio - Licencia de Funcionamiento. - Ficha RUC. - Constancia de asociado (mercado, venta ambulatoria y otros). - Comprobantes de compra y venta de mercaderías con una antigüedad de 12 meses. - Contrato de alquiler del puesto. - Tarjeta(s) de Propiedad(es). - SOAT. - Tarjeta de Circulación. - Licencia de Conducir. - Recibo de Pago Sisan en el caso de ambulantes. - Cuaderno de apuntes. - Cotización y/o presupuesto de adquisición de maquinaria, equipos o remodelación de local, etc. (Destino: Activo fijo). - Otros documentos que sustenten la antigüedad y continuidad del negocio.
Fotografía actual impresa del negocio.
Si el socio cuenta con RUC deberá presentar: - Copia de RUC o impresión de página SUNAT. - Para socios que se encuentran en el régimen general PDT anual y 3 últimos PDTS con últimos pagos a cta. Del I. R - Para socio que se encuentran en el Nuevo RUS y Régimen Especial sus 3 últimos pagos a la SUNAT.
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a.5)
Documento de Antecedentes
Impresión de centrales de riesgos privadas y posición interna (información del SICAC –PLUS) e histórica del titular y demás participantes del crédito. Adjuntar información impresa de posición interna e histórica.
Cronograma de Pagos de otras instituciones financieras y reporte de centrales de riesgos, con las respectivas referencias obtenidas por Analista de Créditos.
Referencias personales, comerciales y financieras registradas en los formatos correspondientes.
a.6) Documento de Evaluación Hoja de Trabajo detallada con análisis económico-financiero.
Para créditos destinados a Activo Fijo se adjuntará el Plan de Inversión, detallando el tipo de inversión que realizará el socio. Del mismo modo se adjuntará proforma del bien a adquirir o el presupuesto de obra en caso de inversión en infraestructura del local de negocio y/o vivienda.
Flujo de Caja proyectado para créditos otorgados a montos mayores a S/ 10,000.00 y plazos mayores a doce (12) meses. Para las operaciones en moneda extranjera se considerará la variación del tipo de cambio proyectado emitido por la Jefatura de Administración y Finanzas.
Evaluación horizontal en casos de socios recurrentes sustentando los cambios sustanciales en los Estados Financieros.
En el caso de grupos económicos deberá contener además la evaluación económico-financiera consolidada.
a.7) Documentos de Garantía
Título de propiedad del inmueble (copia literal del inmueble actualizado). Título PETT y/o COFOPRI. Página 53
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Testimonio de Escritura de Compra y Venta de Inmueble.
Declaración Jurada de Bienes.
b) Persona Jurídica: b.1) Documentos de requeridos para solicitud del crédito
Solicitud de crédito firmada por el titular del crédito. Declaración Jurada Patrimonial suscrita por los participantes del crédito, indicando valores referenciales a precio de realización de los bienes. Este documento se actualizará en operaciones futuras cuando haya variaciones en el patrimonio del socio.
Se deberá adjuntar plano o croquis de ubicación de la fuente de ingresos, del domicilio y de la garantía, indicando puntos de referencia.
b.2)
Documentos de Identificación
Copia del documento oficial de identificación (DOI) del representante legal, socios (de ser el caso).
Escritura de Constitución de la Empresa y Modificación de Estatutos si los hubiera.
Vigencia de Poder original o consulta SUNARP actualizada del(los) Representante(s) Legal(es) con una antigüedad máxima de quince (15) días a la fecha de desembolso.
Copia del documento oficial de identificación (DOI) de avales.
En caso de que algún participante no se encontrase vigente dicho documento podrá presentarse ticket en trámite al cual tendrá que adjuntarse una impresión de la RENIEC con la información actualizada y la verificación de su estado vigente, el cual deberá ser visada por el Administrador de agencia. Página 54
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b.3)
Documentos de Domicilio
Copia de último recibo de servicios (luz, agua o teléfono) del domicilio de titular(es) y aval(es) así como también del negocio en caso de ubicarse en lugar distinto al domicilio del titular, todos estos debidamente cancelados.
En zonas donde no se emitan recibos de servicios se deberá anexar Constancia Domiciliaria emitida por la autoridad competente de la zona.
b.4)
Documentos de Negocio
Copias de documentos que acrediten la actividad económica y la antigüedad del negocio - Licencia de Funcionamiento. - Ficha RUC. - Comprobantes de compra y venta de mercaderías con una antigüedad de 12 meses. - Contrato de alquiler del puesto - Tarjeta(s) de Propiedad(es) - SOAT. - Tarjeta de Circulación. - Cuaderno de apuntes. - Cotización y/o presupuesto de adquisición de maquinaria, equipos o remodelación de local, etc. (Destino: Activo fijo) - Otros documentos que sustente la antigüedad y continuidad del negocio.
Fotografía actual impresa del negocio.
Si el socio cuenta con RUC deberá presentar: - Copia de RUC o impresión de página SUNAT. - Para socios que se encuentran en el régimen general PDT anual y 3 Página 55
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últimos PDTS con últimos pagos a cta. Del I. R - Para socio que se encuentran en el Régimen Especial sus 3 últimos pagos a la SUNAT.
b.5)
Documento de Antecedentes Impresión de centrales de riesgos privadas y posición interna (información del SICAC –PLUS) e histórica del titular y demás participantes del crédito. Adjuntar información impresa de posición interna e histórica.
Cronograma de Pagos de otras instituciones financieras y reporte de centrales de riesgos, con las respectivas referencias obtenidas por Analista de Créditos.
Referencias personales, comerciales y financieras registradas en los formatos correspondientes
b.6)
Documentos de Evaluación
Hoja de Trabajo detallada con análisis económico-financiero.
Para créditos destinados a Activo Fijo se adjuntará el Plan de Inversión, detallando el tipo de inversión que realizará el socio. Del mismo modo se adjuntará proforma del bien a adquirir o el presupuesto de obra en caso de inversión en infraestructura del local de negocio y/o vivienda.
Flujo de Caja proyectado para créditos otorgados a montos mayores a S/ 10,000.00 y plazos mayores a doce (12) meses. Para las operaciones en moneda extranjera se considerará la variación del tipo de cambio proyectado emitido por la Jefatura de Administración y Finanzas.
Evaluación horizontal en casos de socios recurrentes sustentando los cambios sustanciales en los Estados Financieros.
En el caso de grupos económicos deberá contener además la evaluación económico-financiera consolidada. Página 56
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b.7 Documentos de Garantía De acuerdo al Cuadro de Niveles de Garantías.
c)
Para aquellos créditos a otorgar con garantía hipotecaria se deberá ad juntar lo siguiente:
Certificado de Gravamen negativo para el caso de bienes inscritos, cuya antigüedad en ningún caso podrá superar quince (15) días naturales de la fecha de su expedición.
Excepcionalmente podrá solicitarse copia literal de dominio simple de la partida registral correspondiente tratándose de bienes inscritos; el que será obtenido por cuenta y cargo del socio de SUNARP en línea en caso requerir información mayor detallada del bien.
Tasación de Garantía elaborada por Perito registrado en el REPEV y calificado por la COOPACCH.
Certificado de Vigencia de Poderes (expedido por Registros Públicos), con expresa facultad concedida para constituir garantías preferidas (hipoteca o garantía mobiliaria) en el caso de todas las personas jurídicas, o de personas naturales que constituyan garantías preferidas a través de representantes. La antigüedad de este documento no podrá superar de quince (15) días naturales desde la fecha de su expedición.
El Analista de Créditos o los niveles de aprobación podrán requerir otra documentación de ser necesario. Todas las copias de la documentación alcanzada por los socios deberán ser fedateadas por el Analista de Créditos teniendo a la vista los originales.
Artículo 40°.- TIPO DE PRODUCTOS PEQUEÑA EMPRESA Página 57
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a) Empren Emprended dedor or Activo Activo Fijo: Fijo: Crédito Crédito dirigido dirigido a financiar financiar las actividad actividades es de la pequeña pequeña empresa, empresa, para ampliar ampliar
DEFINICIÓN
el negocio, compra maquinaria e equipo o un nuevo local y aumentar las opciones.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
Person Personaa Natur Natural al : 25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días
EDAD
21 Años Hasta Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, días, Requiere Requiere aval de manera manera obligatoria
ENDEU NDEUD DAMIENTO ENTO TOTAL TAL (ET) = DEUDAS EN EL SISTEMA FINANCIERO + EXPO EXPOSI SICI CION ON TOTA TOTALL COOPACCH 20,000
CLAS CLASIFI IFICA CACI CION ON DEL DEL DEUDOR
De S/.20,001 hasta S/.30,000 03 hasta hasta 24 24 Meses Meses
MONTOS MONTOS Y PLAZOS PLAZOS EN EN SOLES SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos y Recurrentes)
De S/.30,001 S/.30,001 hasta S/.50,000 S/.50,000
De S/.50,001 hasta el 5% P.E (*) 03 hasta 36 Meses Meses
CUOTAS
FREC FRECU UENC ENCIA DE PAGO
03 hasta hasta 36 Meses Meses
Fijas e iguales
Mensual
PER PERÍODO ÍODO DE GRACIA
No hay
SEGU SEGURO RO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
SOC SOCIO NO BANCARIZADO:
CALIFICACION
Sin información dentro de las las centrales centrales internas y externas.
SOCIO BANCARIZADO: Clasifica Clasificación ción 100% normal normal dentro de los 6 meses Calif Califica icació ciónn CPP, debe debe encon encontra trarse rse al día día a la fecha fecha de soli solicit citud ud del préstamo.
RELACIO RELACION: N: CUOTA/SA CUOTA/SALDO LDO DISPONIBLE ENCAJE ENCAJE DE APORTES APORTES
Esta relación no podrá ser mayor mayor al 60%
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ S/ 130.00.
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b) Empren Emprended dedor or Capit Capital al de Traba Trabajo: jo: Crédito Crédito dirigido dirigido financiar financiar las actividad actividades es de la pequeña pequeña empresa empresa para la ad-
DEFINICIÓN
quisición de mercadería, materia prima o insumos.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
Person Personaa Natur Natural al : EDAD
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días 21 Años Hasta Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, días, Requiere Requiere aval de manera manera obligatoria
ENDEUDAMIENT ENTO TOTAL TAL (ET) = DEUDAS EN EL SISTEMA FINANCIERO + EXPO EXPOSI SICI CIO ON TOTA TOTALL COOPACCH 20,000
CLAS CLASIFI IFICA CACI CION ON DEL DEL DEUDOR
De S/.20,001 hasta S/.30,000 03 hasta hasta 24 Meses
MONTOS MONTOS Y PLAZO PLAZOS S EN SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos y Recurrentes)
De S/.30,0 S/.30,001 01 hasta S/.50,000 S/.50,000
De S/.50,001 hasta el 5% P.E (*) 03 hasta 36 Meses Meses
CUOTAS
FREC FRECU UENC ENCIA DE PAGO
03 hasta hasta 36 Meses Meses
Fijas e iguales
Mensual
PER PERÍODO ÍODO DE GRACIA
No hay
SEGU SEGURO RO DE DESGRAVAMEN
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SOC SOCIO NO BANCARIZADO:
CALIFICACION
Sin información dentro de las las centrales centrales internas e externas.
SOCIO BANCARIZADO: Clasifica Clasificación ción 100% normal normal dentro de los 6 meses Calif Califica icació ciónn CPP, debe encont encontra rarse rse al día día a la la fecha fecha de de solic solicitud itud del del préstamo.
RELACIO RELACION: N: CUOTA/SA CUOTA/SALDO LDO DISPONIBLE ENCAJE ENCAJE DE APORTES APORTES
Esta relación no podrá ser mayor mayor al 70%
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ S/ 130.00.
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Artículo 41°.- EVALU VALUAC ACIÓ IÓN N DEL DEL CRÉDI RÉDITTO A PEQU PEQUEEÑA EMPRE MPRESA SA:: Para evaluar el otorgamiento de crédito a pequeña empresa se analizará la capacidad de pago, voluntad de pago, destino del crédito, comportamiento en el sistema financiero y garantías, su entorno económico, la capacidad de hacer frente a sus obligaciones frente a variaciones cambiarias, las garantías preferidas, la calidad de la dirección de la empresa, las clasificaciones asignadas por las demás empresas del sistema financiero y demás consideraciones de acuerdo a las Políticas Generales de Créditos, Manual de Evaluación Crediticia, procedimientos y entre otras disposiciones establecidas por la COOPACCH. Todo crédito pequeña empresa será evaluado por el Analista de Créditos, quien será responsable de verificar in situ la actividad actividad económica económica del solicitante solicitante levantando levantando información información para determinar la capacidad de pago del socio. Asimismo verificará los domicilios, referencias personales, comerciales y crediticias de los participantes del crédito, así como las garantías que se ofrecieran, ofrecieran, para luego realizar el análisis análisis cuantita cuantitativo tivo y cualitativo cualitativo y la propuesta propuesta del crédito crédito en base a criterios técnicos, siendo responsable por la calidad del proceso, veracidad de la información y documentación contenida en las propuestas propues tas de crédito. Al momento de evaluarse y aprobarse la operación de un crédito los participantes del crédito tanto titular, cónyuge, avales entre otros, no podrán presentar cuotas atrasadas en sus créditos con nuestra institución, la l a misma condición deberán cumplir antes del desembolso.
Artículo 42°.- MODALIDA MODALIDADES DES CREDIT CREDITICI ICIAS AS a) Crédito Nuevo: Representa Representa un primer crédito crédito otorgado otorgado al socio de la COOPACCH, COOPACCH, adicionalmente se tomara en cuenta los siguientes criterios:
Soci Socios os sin banc bancar ariz izar ar y banc bancar ariz izad adoo
El monto máximo máximo a otorgar otorgar debe ser menor o igual al capital capital de trabajo que posee el socio.
El financiamiento de activo fijo será hasta un monto máximo del 80% de la inversión. inversión. Página 60
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El monto a otorgar no podrá superar el monto máximo obtenido en otra institución financiera, según reporte de central externa.
Las líneas (tarjetas de crédito) no utilizadas se debe provisionar 1/12 de las mismas en el estado de resultados. Las deudas de consumo deben incluirse en el detalle de gastos de la unidad familiar.
La unidad familiar que presente endeudamiento con negocios distintos y/o uno de ellos es dependiente, se considerará solo la deuda del titular en la evaluación principal. El Analista de Créditos debe sustentar con una evaluación secundaria (de otro negocio/boletas de pago) el pago de las deudas del cónyuge.
No serán sujetos de crédito aquellos socios que tienen crédito refinanciado en cualquier entidad financiera.
b) Crédito Recurrente o Ampliación: Representa el segundo y posteriores créditos otorgados al socio de la COOPACCH. Si al momento de otorgar un crédito recurrente el socio aún tiene cuotas pendientes de pago y se cancela el saldo vigente se considera una ampliación de crédito. Del mismo modo se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Cuando el saldo deudor se mantiene vigente después del desembolso del nuevo crédito, se trata de un Crédito paralelo
La ampliación de crédito podrá realizarse a más de un crédito.
Aplica a cualquier producto de la COOPACCH; a excepción de créditos campaña.
El socio, cónyuge (o conviviente) y /o avales deben contar con calificación 100% normal en el sistema financiero (bancario y no bancario), dentro de los 6 últimos meses.
En caso que el socio, cónyuge (o conviviente) y /o avales tengan clasificación CPP (como máximo hasta 30%) deberá adjuntar por lo menos uno de los sustentos y regularización de dicha clasificación que se mencionan a continuación y obligatoriamente se deberá conPágina 61
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tar con comentario del Analista de Créditos indicando el motivo de dicha clasificación validado por el Administrador: - Vouchers actualizados o al día de la(s) institución(es) financiera(s) que lo ha(n) reportado o el último estado de cuenta pagado, y el cronograma de pagos. - Carta de NO adeudo de la(s) institución(es) financiera(s). - Referencias crediticias de la(s) institución(es) financiera(s).
No podrá ampliarse ningún crédito que tenga alguna cuota vencida.
Para el caso de la primera ampliación, el socio debe contar con experiencia de 12 meses como mínimo, anterior a la COOPACCH y haber cancelado el 70% de las cuotas pactadas; para dicho cómputo no se incluye el pago de cuotas adelantadas.
Para el caso del segundo crédito y posteriores podrá realizar la ampliación considerando como pagado un 50% del cronograma pactado.
El socio será sujeto de evaluación de un crédito; siempre que en adición a la evaluación cualitativa y cuantitativa cumpla con las siguientes condiciones: - Promedio de mora <= a 3 días: incrementar hasta 100% su crédito. - Promedio de mora >3 y <= a 6 días: incrementar hasta 50% su crédito. - Promedio de mora >6 y <= 15 días: mantener monto del crédito. - Promedio de mora > a 15 días: crédito no procede.
c) Crédito Paralelo: Es el(los) crédito(s) que se otorga(n) adicionalmente al(los) crédito(s) vigente(s), cuya propuesta estará respaldada por una adecuada evaluación de la capacidad de pago. Tiene(n) como finalidad cubrir necesidades financieras para capital de trabajo; por lo general, en épocas de campañas y a 360 días como máximo, cuando el movimiento comercial muestra un mayor dinamismo en un periodo determinado. Además se tomara en cuenta los siguientes criterios:
Mínimo 50% del número de cuotas (pagos efectuados de acuerdo al cronograma, no Página 62
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incluye adelanto de cuotas). El Adelanto de cuotas será tomado en cuenta a partir del segundo crédito.
Para que un socio sea sujeto de evaluación de un crédito paralelo deberá cumplir con las siguientes condiciones: - Promedio de mora <= a 3 días. - Promedio de mora > a 3 días: crédito paralelo no procede.
El socio y su cónyuge deben tener clasificación 100% normal en el último mes. En caso el socio o su cónyuge tengan clasificación hasta de 30% CPP con una sola institución la operación deberá ser revisada por el comité de créditos con los debidos sustentos.
Artículo 43°.- PLAZOS DE CRÉDITOS PEQUEÑA EMPRESAS: Los plazos de los créditos a otorgarse deberán determinarse según el tipo de actividad, flujo de ingresos y asíc omo el destino del crédito.
SOCIO NUEVO RECURRENTE
DESTINO
PLAZO MINIMO
PLAZO MAXIMO
ACTIVO FIJO
3
36
CAPITAL DE TRABAJO
3
36
ACTIVO FIJO
3
36
CAPITAL DE TRABAJO
3
36
Estos límites se revisarán periódicamente para ajustarlos al comportamiento de la economía nacional, al plazo del fondeo y demás relaciones financieras de la COOPACCH.
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TÍTULO IV :
CRÉDITOS MICROEMPRESAS
CAPÍTULO I : ESPECIFICACIONES
Artículo 44°.- CRÉDITOS MICROEMPRESA Son aquellos créditos destinados a financiar actividades de producción, comercialización o prestación de servicios, otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) es no mayor a S/. 20,000 en los últimos seis (6) meses. Si posteriormente, el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) excediese los S/. 20,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán ser reclasificados al tipo de crédito que corresponda, según el nivel de endeudamiento.
Artículo 45°.- CONDICIONES DEL CRÉDITO a) Para persona natural (socio bancarizado, socio no bancarizado) deberá desarrollar una actividad económica (comercio, servicio y producción) con experiencia comprobada mínima de 6 meses incluye a trabajadores de manera informal.
b) Para persona jurídica (socio bancarizado, socio no bancarizado) ésta deberá contar con una antigüedad de 6 meses de haberse constituido de acuerdo a las normas vigentes. Se podrá considerar la experiencia en el negocio de la persona natural siempre que se mantenga el giro de negocio además de
ser participante mayoritario o representante
legal de la PJ.
c) El Analista de Créditos deberá adjuntar fotografías del negocio, vivienda y garantía actualizada por cada crédito otorgado en cualquiera de sus modalidades y cualquiera fuera la condición del socio (Nuevo o Recurrente). Página 64
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d) El solicitante deberá demostrar ser propietario/posesionario (Título de propiedad, Testimonio de compra y venta, Constancia de Posesión) de un bien inmueble (local comercial y/o vivienda); bienes muebles que cubran el monto de crédito solicitado; también se podrá exigir garante o aval(es) quien deberá demostrar ser propietario/posesionario de un bien inmueble (local comercial y/o vivienda) y con fuente de ingresos.
e) El valor referencial del inmueble será determinado por el Analista de Créditos, con el visto del Administrador de Agencia con fotografía correspondiente en el Informe de Garantías que se adjuntará en el expediente. La sobrevaluación de las garantías no preferidas se configura como falta grave.
f) Para el caso de créditos sin garantías preferidas del solicitante y/o aval(es), éstas sólo podrán coberturar directa o indirectamente como máximo tres (03) créditos y hasta los S/.20, 000 Nuevos Soles; siempre y cuando el valor referencial del inmueble cobertura el saldo de capital correspondiente al endeudamiento total (directo e indirecto).
g) Para el caso de créditos otorgados con garantía hipotecaria, se considera un monto de cobertura hasta el 80% del Valor de realización del inmueble, el cual podrá coberturar como máximo hasta 3 créditos, hasta el saldo de capital correspondiente al endeudamiento total (directo e indirecto).
h) En toda propuesta de crédito que contemple contratos de arrendamiento se deberá ad juntar consulta de RENIEC ya sea de arrendador o arrendatario(s) que no formen parte del crédito.
i) El nivel de endeudamiento patrimonial sin incluir el nuevo préstamo no debe ser mayor al 70% para cualquier destino a financiar.
j) Para socios nuevos se considera como máximo tres (03) Instituciones siendo la COOPACCH la tercera entidad con la que el deudor minorista haya contraído obligaciones de manera directa y como máximo tres (03) instituciones con la que el deudor y su cónyuge hayan contraído obligaciones de manera conjunta. Y para socios recurrentes se considera como Página 65
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máximo tres (03) Instituciones siendo la COOPACCH la tercera entidad con la que el deudor minorista haya contraído obligaciones de manera directa y como máximo cuatro (04) instituciones con la que el deudor y su cónyuge hayan contraído obligaciones de manera conjunta. Es preciso mencionar que esta condición deberá cumplirse antes del otorgamiento del crédito, en caso que el socio haya cancelado alguna de las entidades financieras, este deberá adjuntar los Vouchers de cancelación con la finalidad de cumplirse la condiciones descritas en el presente párrafo.
k) Para financiamiento de Activo fijo o compra de deuda, deberá adjuntarse informe postinversión después de los 15 días de realizado el desembolso.
Artículo 46°.- DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE DEL DEUDOR MICROEMPRESA a) Persona Natural a.1) Documentos de requeridos para solicitud del crédito
Solicitud de crédito firmada por el titular del crédito.
Declaración Jurada Patrimonial suscrita por los participantes del crédito, indicando valores referenciales a precio de realización de los bienes. Este documento se actualizará en operaciones futuras cuando haya variaciones en el patrimonio del socio.
Se deberá adjuntar plano o croquis de ubicación de la fuente de ingresos, del domicilio y de la garantía, indicando puntos de referencia
a.2) Documentos de Identificación
Copia del documento oficial de identificación (DOI) vigente del Socio.
Copia del documento oficial de identificación (DOI) Cónyuge (casado o conviviente).
Copia del documento oficial de identificación (DOI) de garantes. Página 66
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En caso de que de algún participante no se encontrase vigente dicho documento podrá presentarse ticket en trámite al cual tendrá que adjuntarse una impresión de la RENIEC con la información actualizada y la verificación de su estado vigente, el cual deberá ser visada por el Administrador de agencia.
a.3) Documentos de Domicilio
Copia de último recibo de servicios (luz, agua o teléfono) del domicilio de titular(es) y garante(es) así como también del negocio en caso de ubicarse en lugar distinto al domicilio del titular, todos estos debidamente cancelados.
En zonas donde no se emitan recibos de servicios se deberá anexar Constancia Domiciliaria emitida por la autoridad competente de la zona.
a.4) Documentos de Negocio
Copias de documentos que acrediten la actividad económica y la antigüedad del negocio. - Licencia de Funcionamiento. - Ficha RUC. - Constancia de asociado (mercado, venta ambulatoria y otros). - Comprobantes de compra y venta de mercaderías con una antigüedad de 12 meses. - Contrato de alquiler del puesto. - Tarjeta(s) de Propiedad(es). - Tarjeta de Circulación. - Licencia de Conducir. - SOAT. - Recibo de Pago Sisa - En el caso de ambulantes. Página 67
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- Cotización y/o presupuesto de adquisición de maquinaria, equipos o remodelación de local, etc. (Destino: Activo fijo) - Otros documentos que sustente la antigüedad y continuidad del negocio.
Fotografía actual impresa del negocio.
Si el socio cuenta con RUC deberá presentar: - Copia de RUC o impresión de página SUNAT. - Para socios que se encuentran en el régimen general PDT anual y 3 PDTS con últimos pagos a cta. Del I. R. - Para socios que se encuentran en el Nuevo RUS y Régimen Especial sus 3 últimos pagos a la SUNAT.
a.5) Documento de Antecedentes Impresión de centrales de riesgos privadas y posición interna (información del SICAC –PLUS) e histórica del titular y demás participantes del crédito. Ad juntar información impresa de posición interna e histórica.
Cronograma de Pagos de otras instituciones financieras y reporte de centrales de riesgos, con las respectivas referencias obtenidas por Analista de Créditos.
Referencias personales, comerciales y financieras registradas en los formatos correspondientes.
a.6) Documento de Evaluación
Hoja de Trabajo detallada con análisis económico-financiero.
Para créditos destinados a Activo Fijo se adjuntará el Plan de Inversión, detallando el tipo de inversión que realizará el socio. Del mismo modo se adjuntará proforma del bien a adquirir o el presupuesto de obra en caso de inversión en infraestructura del local de negocio y/o vivienda. Página 68
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Flujo de Caja proyectado para créditos otorgados a montos mayores a S/ 10,000.00 y plazos mayores a doce (12) meses. Para las operaciones en moneda extranjera se considerará la variación del tipo de cambio proyectado emitido por la Jefatura de Administración y Finanzas
Evaluación horizontal en casos de socio recurrentes sustentando los cambios sustanciales en los Estados Financieros.
En el caso de grupos económicos deberá contener además la evaluación económico-financiera consolidada.
a.7) Documentos de Garantía Título de propiedad del inmueble (copia literal del inmueble actualizado) o Título PETT y/o COFOPRI.
Constancia de Posesión.
Testimonio de Escritura de Compra y Venta de Inmueble
Declaración Jurada de Bienes.
b) Persona Jurídica: b.1) Documentos de requeridos para solicitud del crédito
Solicitud de crédito firmada por el titular y los participantes del crédito. Declaración Jurada Patrimonial suscrita por los participantes del crédito, indicando valores referenciales a precio de realización de los bienes. Este documento se actualizará en operaciones futuras cuando haya variaciones en el patrimonio del socio.
Se deberá adjuntar plano o croquis de ubicación de la fuente de ingresos, del domicilio y de la garantía, indicando puntos de referencia Página 69
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b.2) Documentos de Identificación
Copia del documento oficial de identificación (DOI) del representante legal, socios (de ser el caso).
Escritura de Constitución de la Empresa y Modificación de Estatutos si los hubiera,
Vigencia de Poder original o consulta SUNARP actualizada del(los) Representante(s) Legal(es) con una antigüedad máxima de quince (15) días a la fecha de desembolso.
Copia del documento oficial de identificación (DOI) de garantes.
En caso de que de algún participante no se encontrase vigente dicho documento podrá presentarse ticket en trámite al cual tendrá que adjuntarse una impresión de la RENIEC con la información actualizada y la verificación de su estado vigente, el cual deberá ser visada por el Administrador de agencia.
b.3)
Documentos de Domicilio Copia de último recibo de servicios (luz, agua o teléfono) del domicilio de titular(es) y garante(es) así como también del negocio en caso de ubicarse en lugar distinto al domicilio del titular, todos estos debidamente cancelados.
En zonas donde no se emitan recibos de servicios se deberá anexar Constancia Domiciliaria emitida por la autoridad competente de la zona.
b.4)
Documentos de Negocio
Copias de documentos que acrediten la actividad económica y la antigüedad del negocio que debe ser mínima de 06 meses. - Licencia de Funcionamiento - Ficha RUC Página 70
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- Comprobantes de compra y venta de mercaderías con una antigüedad mínima de 06 meses - Contrato de alquiler del puesto. - Tarjeta(s) de Propiedad(es). - SOAT. - Tarjeta de Circulación. - Cuaderno de apuntes. - Cotización y/o presupuesto de adquisición de maquinaria, equipos o remodelación de local, etc (Destino: Activo fijo) - Otros documentos que sustente la antigüedad y continuidad del negocio.
Fotografía actual impresa del negocio.
Si el socio cuenta con RUC deberá presentar: - Copia de RUC o impresión de página SUNAT. - Para socios que se encuentran en el régimen general PDT anual y 3 PDTS con últimos pagos a cta. Del I. R. - Para socios que se Régimen Especial 3 últimos pagos a la SUNAT.
b.5)
Documento de Antecedentes
Impresión de centrales de riesgos privadas y posición interna (información del SICAC –PLUS) e histórica del titular y demás participantes del crédito. Adjuntar información impresa de posición interna e histórica.
Cronograma de Pagos de otras instituciones financieras y reporte de centrales de riesgos, con las respectivas referencias obtenidas por Analista de Créditos.
Referencias personales, comerciales y financieras registradas en los formatos correspondientes.
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b.6)
Documentos de Evaluación
Hoja de Trabajo detallada con análisis económico-financiero.
Para créditos destinados a Activo Fijo se adjuntará el Plan de Inversión, detallando el tipo de inversión que realizará el socio. Del mismo modo se adjuntará proforma del bien a adquirir o el presupuesto de obra en caso de inversión en infraestructura del local de negocio y/o vivienda.
Flujo de Caja proyectado para créditos otorgados a montos mayores a S/ 10,000.00 y plazos mayores a doce (12) meses. Para las operaciones en moneda extranjera se considerará la variación del tipo de cambio proyectado emitido por la Jefatura de Administración y Finanzas.
Evaluación horizontal en casos de socios recurrentes sustentando los cambios sustanciales en los Estados Financieros.
En el caso de grupos económicos deberá contener además la evaluación económico-financiera consolidada.
b.7
Documentos de Garantía Título de propiedad del inmueble (copia literal del inmueble actualizado) o Título PETT y/o COFOPRI.
Constancia de Posesión.
Testimonio de Escritura de Compra y Venta de Inmueble
Declaración Jurada de Bienes.
c) Para aquellos créditos a otorgar con garantía hipotecaria se deberá adjuntar lo siguiente:
Certificado de Gravamen negativo para el caso de bienes inscritos, cuya antigüedad en ningún caso podrá superar quince (15) días naturales de la fecha de su exPágina 72
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pedición.
Excepcionalmente podrá solicitarse copia literal de dominio simple de la partida registral correspondiente tratándose de bienes inscritos; el que será obtenido por cuenta y cargo del socio de SUNARP en línea en caso requerir información mayor detallada del bien.
Tasación de Garantía elaborada por Perito registrado en el REPEV y calificado por la COOPACCH.
Certificado de Vigencia de Poderes (expedido por Registros Públicos), con expresa facultad concedida para constituir garantías preferidas (hipoteca o garantía mobiliaria) en el caso de todas las personas jurídicas, o de personas naturales que constituyan garantías preferidas a través de representantes. La antigüedad de este documento no podrá superar de quince (15) días naturales desde la fecha de su expedición.
El Analista de Créditos o los niveles de aprobación podrán requerir otra documentación de ser necesario. Todas las copias de la documentación alcanzada por los socios deberán ser fedateados por el Analista de Créditos teniendo a la vista los originales.
Artículo 47°.- TIPO DE PRODUCTO MICROEMPRESA:
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a) Credimes Activo Fijo Crédito que se otorga a unidades familiares y/o empresariales que operan como personas naturales
DEFINICIÓN
o jurídicas destinados al financiamiento de actividades de producción,
comercio y/o servicios
AGENCIA
en el que será dirigido para activo fijo.
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
Persona Natural : 1. 25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días
EDAD
2. 21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera obligatoria.
CLASIFICACION DEL DEUDOR MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos y Recurrentes) CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO
ENDEUDAMIENTO TOTAL (ET) = NANCIERO ET =<20,000…….Microempresa De S/.500 hasta S/.3,000 De S/.3,001 hasta S/.5,000 De S/.5,001 hasta S/.10,000 De S/.10,001 hasta S/.15,000 De S/.15,001 a S/.20,000
Nuevos:0 3 hasta 18 Meses Recurrentes:0 3 hasta 24 Meses
Fijas e iguales
Mensual
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
CALIFICACION
ENDEUDAMIENTO
RELACION: CUOTA/SALDO DISPONIBLE ENCAJE DE APORTES
DEUDAS EN EL SISTEMA FI+ EXPOSICION TOTAL COOPACCH
SOCIO NO BANCARIZADO: Sin información dentro de las centrales internas y externas SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses. Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo. Las deudas del negocio no podrán superar el 70% del patrimonio al momento de otorgar el préstamo.
Esta relación no podrá ser mayor al 60%
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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b) Crédimes Capital de Trabajo Crédito que se otorga a unidades familiares y/o empresariales que operan
DEFINICIÓN
como personas naturales o jurídicas destinados
al financiamiento de
actividades de producción y/o comercio y/o servicios y mantenimiento de estas actividades, es decir capital de trabajo.
AGENCIA EDAD
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
1. 25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días 2. 21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obli-
gatoria
ENDEUDAMIENTO CLASIFICACION DEL DEUDOR
TOTAL (ET) = DEUDAS EN EL SISTEMA FINANCIERO + EXPOSICION TOTAL COOPACCH ET =<20,000…….Microempresa
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos y Recurrentes)
De S/.500 hasta S/.3,000 De S/.3,001 hasta S/.5,000 De S/.5,001 hasta S/.10,000 De S/.10,001 hasta S/.15,000 De S/.15,001 a S/.20,000
CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN
Fijas e iguales
CALIFICACION
Nuevos:0 3 hasta 12 Meses Recurrentes:0 3 hasta 18 Meses
Mensual
No hay Para todo crédito individual
SOCIO NO BANCARIZADO: Sin información dentro de los centrales internas y externas SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo.
ENDEUDAMIENTO
Las deudas del negocio no podrán superar el 70% del patrimonio al momento de otorgar el préstamo.
RELACION: CUOTA/SALDO DIS- Esta relación no podrá ser mayor al 70% PONIBLE
ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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c) CrédiInclusión Crédito destinado exclusivamente
a persona naturales dedicados a
una actividad económica (comercial, servicios y/o producción), con la finalidad de facilitar el desarrolloproductivo de las poblaciones menos favore-
DEFINICIÓN
cidas a través
del acceso a servicios financieros (inclusión financiera),
sin dejar de lado el sentido empresarial y la mej ora de la calidad de vida del socio.
Artesanías, Heladeros, Emolientero, Lava carros, Lustrabotas, Venta ambulatoriade
comidas, Venta ambulatoria de frutas, Venta ambulatoria de
golosinas, Venta ambulatoria de jugos, Zapateros, Recicladores, Mototaxistas.
ACTIVIDADES A FINANCIAR DESTINO ATENCION INDIVIDUAL AGENCIA
Capital de Traba o
Personal
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
EDAD
1. 2.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días 21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria.
ENDEUDAMIENTO TOTAL (ET) = DEUDAS EN FINANCIERO + EXPOSICION TOTAL COOPACCH
EL
SISTEMA
CLASIFICACION DEL DEUDOR ET =<20,000…….Microempresa MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/ 500.00 Hasta S/ 3,000.00 Nuevos:0 3 hasta 12 Meses CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/ 3,001.00 Hasta S/ 10,000.00 y Recurrentes) Recurrentes:0 3 hasta 18 Meses CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO
Fijas e iguales
Mensual
PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN
No hay Para todo crédito individual
CALIFICACIÓN
SOCIO NO BANCARIZADO: Sin información dentro de los centrales internas y externas
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DOCU DOCUM MENTO ENTO DE IDENTIFICACIÓN REQUISITOS
Fotocopia del DOI vigente vigente del socio.
Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge vigente.
Si Cuenta con Garante(s): DOI del garante(s).
DOCUMENTOS DE DOMICILIO Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia de domicilio emitida por el teniente gobernador; de ser el caso. DOCUMENTOS DEL NEGOCIO Declaración jurada de ingresos ingresos Pago CISA Cuaderno de apuntes Fotografías actualizadas actualizadas autoridad competente, el cual acredite acredite Constancia emitida por la autoridad antigüedad de la actividad. Referencias de vecinos(Indicar, vecinos(Indicar, Nombre, Dirección, y Teléfono) DOCUMENTA DOCUMENTACIÓN CIÓN DE GARANTÍA GARANTÍA De acuerdo al Cuadro de los Niveles de Garantía. FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda vivienda propia propia deberá deberá presentar presentar un aval que cuenta cuenta con un bien inmueble. 7 0% RELACIO RELACION: N: CUOTA/ CUOTA/SAL SALDO DO DIS- Esta relación no podrá ser mayor al 70% PONIBLE
ENCAJE ENCAJE DE APORTES APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ S/ 130.00.
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d) Cred CrediS iSol olid idar ario io Créd Crédit itoo dest destina inado do exclu exclusiv sivam amen ente te actividad económica rrolloprodu product ctiv ivoo
DEFINICIÓN
a perso persona na natur natural ales es dedi dedica cado doss
a una una
(Agricult (Agricultura ura y Ganader Ganadería), ía), con la finalidad de facilitar facilitar el desa-
de las pobla poblaci cione oness meno menoss favore favoreci cida dass a travé travéss
del del acce acceso so
a servicios financieros, financieros, sin dejar dejar de lado el sentido empresar empresarial ial y la mej ora de la calidad de vida del socio.
Crianz Crianzaa y venta venta de animales animales menore menores, s, Cultivo Cultivo de productos productos agríco agrícolas las de ma-
ACTI ACTIVI VIDA DADE DESS A FINANCIAR
nera permanente. .
DESTINO ATENCION INDIVIDUAL ATENCION GRUPAL AGENCIA
Ca ital ital de Traba o Personal o Grupal.
Gru o de hasta 5 ersonas Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Person Personaa Natur Natural al : Años Hasta 64 Años, 11 Meses Meses Y 29 días 1. 25 Años
EDAD
Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, días, Requiere Requiere aval aval de manera manera 2. 21 Años
ENDE UDAMIE NT O
obligatoria.
TOTAL (ET) = DEUDAS EN EL SISTEMA FINANCIERO + EXPO EXPOSI SICI CION ON TOTA TOTALL COOPACCH
CLAS CLASIFI IFICA CACI CION ON DEL DEL DEUDOR =<20,000…….Microempresa ET =<20,000…….Microempresa
MONTOS MONTOS Y PLAZOS PLAZOS EN SOLES SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos y Recurrentes) CUOTAS FRECU FRECUEN ENCI CIA A DE PAGO PER PERÍODO ÍODO DE GRACIA SEGU SEGURO RO DE DESGRAVAMEN
De S/ 500.00, hasta S/ 10,000.00
03 hasta 18 Meses
Fijas e iguales Mensual
No hay Para todo crédito individual
SOCIOS BANCARIZADO: Con Historial Crediticio en el Sistema Financiero. CALIFICACIÓN
DOCU DOCUM MENTO ENTO DE IDENTIFICACIÓN
Fotocopia del DOI vigente vigente del socio.
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Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge vigente.
Si Cuenta con Garante(s): DOI del garante(s).
DOCUMENTOS DE DOMICILIO Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia de domicilio emitida por el teniente gobernador; de ser el caso.
REQUISITOS
DOCUMENTOS DEL NEGOCIO Declaración jurada de ingresos ingresos Pago CISA Cuaderno de apuntes Fotografías actualizadas actualizadas Constancia emitida emitida por la autoridad autoridad competente, competente, el cual acredite acredite antigüe dad de la actividad. Referencias Referencias de vecinos(Indicar, vecinos(Indicar, Nombre, Dirección, Dirección, y Teléfono) DOCUMENTACIÓN DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA Garantía Solidaria con las firmas de todos los participantes del crédito y conyugues si los tuvieran. FIANZA SOLIDARIA:
Requiere como como Garantía la firma de todos los participantes participantes del del Crédito como como titulares y Garantes Solidarios y de los Conyugues si los tuviera. TÍTULO V
7 0% RELACIO RELACION: N: CUOTA/ CUOTA/SAL SALDO DO DIS- Esta relación no podrá ser mayor al 70% PONIBLE
ENCAJE ENCAJE DE APORTES APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ S/ 130.00.
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e) CrédiDiario Crédito dirigido a personas naturales o jurídicas destinados al financiamiento de actividades económicas (producción, comercio y/o servicios) de los micro-
DEFINICIÓN
empresarios, preferentemente a comerciantes
ubicados en mercados,
galerías, centros y zonas comerciales de laslocalidades donde opera La COOPACCH, con el objetivo de ampliar la base de socios,p osicionamiento y especialización en la atención con micro créditos. 06 meses Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
ANTIGÜEDAD DEL NEGOCIO AGENCIA EDAD
1.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días
2.
21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria.
ENDEUDAMIENTO TOTAL (ET) = DEUDAS EN FINANCIERO + EXPOSICION TOTAL COOPACCH
EL
SISTEMA
CLASIFICACION DEL DEUDOR ET =<20,000…….Microempresa MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/ 500.00, hasta S/ 5 ,000.00 y Recurrentes) Fijas e iguales CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN REQUISITOS
15, 30, 45, 60, 75, 90, 120 días
Diaria
No hay Para todo crédito individual De acuerdo al cuadro de Plazos de Créditos Microempresa
ANTECEDENTES CREDITICIOS
ANTECEDENTES
SOCIO NO BANCARIZADO: Sin información dentro de los centrales internas y externas SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses. Contar con endeudamiento con 2 instituciones como máximo (Sin incluir la COOPACCH). Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo.
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DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA PATRIMONIO PERSONAL:
ENDEUDAMIENTO
Declaración Jurada de Bienes
Dación en Pagos
Las deudas del negocio no podrán superar el 70% del patrimonio al momento de otorgar el préstamo.
RELACION: CUOTA/SALDO DIS- Esta relación no podrá ser mayor al 70% PONIBLE ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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f) CrediCampaña Crédito que se otorga a personas naturales y Jurídicas en la condición de nuevo o paralelo, cuando el socio requiera por su actividad mayor financiamiento o para aprovechar una oportunidad de negocio o reforzar el capital de
DEFINICIÓN
trabajo estructural y/o de activo fijo. Este producto será otorgado para las siguientes campañas: DIA DE LA MADRE Y/O PADRE, FIESTAS PA-
TRIAS, ANIVERSARIO DE LA COOPACCH. AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
1. EDAD
2.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días 21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria
CLASIFICACION DEL DEUDOR
ENDEUDAMIENTO TOTAL (ET) = DEUDAS EN FINANCIERO + EXPOSICION TOTAL COOPACCH
EL
SISTEMA
ET =<20,000…….Microempresa MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/ 500.00, hasta S/ 10,000.00 y Recurrentes) Fijas e iguales CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN REQUISITOS
03 hasta 11 Meses
Mensual
No hay Para todo crédito individual De acuerdo al cuadro de Plazos de Créditos Microempresa
ANTECEDENTES CREDITICIOS
ANTECEDENTES
SOCIO NO BANCARIZADO: Sin información dentro de los centrales internas y externas SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses con endeudamiento con 2 instituciones como máximo Contar (Sin incluir la COOPACCH). Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo
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DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA De acuerdo al Cuadro de los Niveles de Garantías. FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda propia deberá presentar un aval que cuen ta con un bien inmueble. ENDEUDAMIENTO
Las deudas del negocio no podrán superar el 70% del patrimonio al momento de otorgar el préstamo.
RELACION: CUOTA/SALDO DIS- Esta relación no podrá ser mayor al 70% PONIBLE ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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g) Navicredi Crédito que se otorga al socio cuando requiera financiamiento por campaña navide-
DEFINICIÓN
ña con la finalidad de reforzar el capital de trabajo.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
EDAD
1.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días
2.
21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera obligato-
ria
CLASIFICACION DEL DEUDOR
ENDEUDAMIENTO TOTAL (ET) = DEUDAS FINANCIERO + EXPOSICION TOTAL COOPACCH
EN
EL
SISTEMA
ET =<20,000…….Microempresa MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y 03 hasta 11 Meses (Campaña del 01 de NoCONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/ 500.00, hasta S/ 10,000.00 viembre Hasta el 31 de Diciembre de cada Año). y Recurrentes) Fijas e iguales CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN REQUISITOS
Mensual
No hay Para todo crédito individual De acuerdo al cuadro de Plazos de Créditos Microempresa
ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO:
Sin información dentro de los centrales internas y externas
SOCIO BANCARIZADO : ANTECEDENTES
Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses
Contar con endeudamiento con 2 instituciones
como máximo (Sin
incluir la COOPACCH).
Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo.
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DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA PRATRIMONIO PERSONAL: De acuerdo al Cuadro de los Niveles de Garantías.
FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda propia deberá presentar un aval que cuenta con un bien inmueble.
ENDEUDAMIENTO
Las deudas del negocio no podrán superar el 70% del patrimonio al momento de otorgar el préstamo. Esta relación no podrá ser mayor al 70%
RELACION: CUOTA/SALDO DISPOENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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Artículo 48°.- DE LA EVALUACIÓN DEL CRÉDITO MICROEMPRESA Para evaluar el otorgamiento de crédito a Microempresa se analizará la capacidad de pago, voluntad de pago, destino del crédito, comportamiento en el sistema financiero y garantías, patrimonio del negocio, importe de las obligaciones financieras, calificación y comportamiento en el sistema financiero y demás consideraciones de acuerdo a las Políticas Generales de Créditos, Manual de Evaluación Crediticia, procedimientos y entre otras disposiciones establecidas por la
COOPACCH. Todo crédito micro empresa será evaluado por el Analista de Créditos, quien será responsable de verificar in situ la actividad económica del solicitante levantando información para determinar la capacidad de pago del socio. Asimismo verificará los domicilios, referencias personales, comerciales y crediticias de los participantes del crédito, así como las garantías que se ofrecieran, para luego realizar el análisis cuantitativo y cualitativo y la propuesta del crédito en base a criterios técnicos, siendo responsable por la calidad del proceso, veracidad de la información y documentación contenida en las propuestas de crédito. Al momento de evaluarse y aprobarse la operación de un crédito los participantes del crédito tanto titular, cónyuge, garantes entre otros, no podrán presentar cuotas atrasadas en sus créditos con nuestra institución, la otras IFIS, la misma condición deberán cumplir antes del desembolso.
Artículo 49°.- MODALIDADES CREDITICIAS a) Crédito Nuevo: Representa un primer crédito otorgado al socio de la COOPACCH, adicionalmente se tomara en cuenta los siguientes criterios:
Socios sin Bancarizar y Bancarizado
El monto máximo a otorgar debe ser menor o igual al capital de trabajo que posee el socio.
El financiamiento de activo fijo será hasta un monto máximo del 80% de la inversión.
El monto a otorgar no podrá superar el monto máximo obtenido en otra institución Página 86
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financiera, según reporte de centrales de riesgo externas.
Las líneas (tarjetas de crédito) no utilizadas se debe provisionar 1/12 de las mismas en el estado de resultados. Las deudas de consumo deben incluirse en el detalle de gastos de la unidad familiar.
La unidad familiar que presente endeudamiento con negocios distintos y/o uno de ellos es dependiente, se considerará solo la deuda del titular en la evaluación principal. El Analista de Créditos debe sustentar con una evaluación secundaria (de otro negocio/boletas de pago) el pago de las deudas del cónyuge.
No serán sujetos de crédito aquellos socios que tienen crédito refinanciado en cualquier entidad financiera.
b) Crédito Recurrente o Ampliación: Representa el segundo y posteriores créditos otorgados al socio de la COOPACCH. Si al momento de otorgar un crédito recurrente el socio aún tiene cuotas pendientes de pago y se cancela el saldo vigente se considera una ampliación de crédito. Del mismo modo se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Cuando el saldo deudor se mantiene vigente después del desembolso del nuevo crédito, se trata de un crédito paralelo.
La ampliación de crédito podrá realizarse a más de un crédito vigente.
Aplica a cualquier producto de la COOPACCH; a excepción de créditos campaña.
El socio, cónyuge (o conviviente) y /o avales deben contar con calificación 100% normal en el sistema financiero (bancario y no bancario), dentro de los 6 últimos meses.
En caso que el socio, cónyuge (o conviviente) y /o avales tengan clasificación CPP (como máximo hasta 30%) deberá adjuntar por lo menos uno de los sustentos y regularización de dicha clasificación que se mencionan a continuación y obligatoriamente se deberá contar con comentario del Asesor de Negocios indicando el motivo de dicha clasificación validado por el Administrador: Página 87
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- Vouchers actualizados o al día de la(s) institución(es) financiera(s) que lo ha(n) reportado o el último estado de cuenta pagado, y el cronograma de pagos. - Carta de NO adeudo de la(s) institución(es) financiera(s). - Referencias crediticias de la(s) institución(es) financiera(s).
No podrá ampliarse ningún crédito que tenga alguna cuota vencida.
Para el caso de la primera ampliación el socio debe contar con experiencia de 12 meses como mínimo, anterior a la COOPACCH y haber cancelado el 70% de las cuotas pactadas; para dicho computo no se incluye el pago de cuotas adelantadas.
Para el caso del segundo crédito y posteriores podrá realizar la ampliación considerando como pagado un 50% del cronograma pactado.
El socio será sujeto de evaluación de un crédito; siempre que en adición a la evaluación cualitativa y cuantitativa cumpla con las siguientes condiciones: - Promedio de mora <= a 3 días: incrementar hasta 100% su crédito. - Promedio de mora >3 y <= a 6 días: incrementar hasta 50% su crédito. - Promedio de mora >6 y <= 15 días: mantener monto del crédito. - Promedio de mora > a 15 días: crédito no procede.
c) Crédito Paralelo: Es el(los) crédito(s) que se otorga(n) adicionalmente al(los) crédito(s) vigente(s), cuya propuesta estará respaldada por una adecuada evaluación de la capacidad de pago. Tiene(n) como finalidad cubrir necesidades financieras para capital de trabajo; por lo general, en épocas de campañas y a 360 días como máximo, cuando el movimiento comercial muestra un mayor dinamismo en un periodo determinado. Además se tomara en cuenta los siguientes criterios:
Mínimo 50% del número de cuotas (pagos efectuados de acuerdo al cronograma, no incluye adelanto de cuotas). El Adelanto de Cuotas será tomado en cuenta a partir del segundo crédito. Página 88
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Para que un socio sea sujeto de evaluación de un crédito paralelo deberá cumplir con las siguientes condiciones: - Promedio de mora <= a 3 días. - Promedio de mora > a 3 días: crédito paralelo no procede.
El socio y su cónyuge deben tener clasificación 100% normal en el último mes. En caso que el socio o su cónyuge tengan clasificación hasta de 30% CPP con una sola institución la operación deberá ser revisada por el comité de créditos con los debidos sustentos.
Artículo 50°.- PLAZOS DE CRÉDITO MICROEMPRESA SOCIO
PRODUCTO
DESTINO
PLAZO MINIMO
PLAZO MAXIMO
CAPITAL DE TRABAJO
3
12
ACTIVO FIJO
3
18
CREDIINCLUSION
CAPITAL DE TRABAJO
3
12
CREDIDIARIO
CAPITAL DE TRABAJO
3
4
CREDICAMPAÑA
CAPITAL DE TRABAJO
3
11
NAVICREDI
CAPITAL DE TRABAJO
3
11
CREDISOLIDARIO
CAPITAL DE TRABAJO
3
18
CAPITAL DE TRABAJO
3
18
ACTIVO FIJO
3
24
CREDIINCLUSION
CAPITAL DE TRABAJO
3
18
CREDIDIARIO
CAPITAL DE TRABAJO
3
4
CREDICAMPAÑA
CAPITAL DE TRABAJO
3
11
NAVICREDI
CAPITAL DE TRABAJO
3
11
CREDISOLIDARIO
CAPITAL DE TRABAJO
3
18
CREDIMES
NUEVO
CREDIMES
RECURRENTE
Estos límites se revisarán periódicamente para ajustarlos al comportamiento de la economía nacional, al plazo del fondeo y demás relaciones financieras de la COOPACCH. Página 89
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TÍTULO VI :
CRÉDITO DE CONSUMO NO - REVOLVENTE
CAPÍTULO I :ESPECIFICACIONES Artículo 51°.- CRÉDITO DE CONSUMO NO – REVOLVENTE: Son aquellos créditos no revolventes otorgados a personas naturales, con la finalidad de atender el pago de bienes, servicios o gastos no relacionados con la actividad empresarial. En caso el deudor cuente adicionalmente con créditos a pequeñas empresas o a microempresas, y un endeudamiento total en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda) mayor a S/.300,000 por seis (6) meses consecutivos, los créditos deberán ser reclasificados como créditos a medianas empresas. Lo señalado en el párrafo anterior no es aplicable a los créditos otorgados a personas naturales que sólo posean créditos de consumo (revolventes y/o no revolventes) y/o créditos hipotecario para vivienda, debiendo permanecer clasificados como créditos de consumo (revolventes y/o no revolventes).y/o créditos hipotecarios para vivienda, según corresponda.
Artículo 52°.- CONDICIONES DEL CRÉDITO: a) Las personas que perciban una actividad económica dependiente (renta de quinta categoría), es decir los ingresos principales no deberán provenir de alguna actividad empresarial o comercial.
b) Las personas que perciban rentas de cuarta categoría, siempre y cuando provengan de una sola empresa, serán evaluados como créditos de consumo, caso contrario serán evaluados de acuerdo al tipo de crédito para el segmento de independientes.
c) Las personas que realicen alguna actividad dependiente de manera informal (cobrador de vehículo (combi y afines), conductores de taxi(alquilado); vendedoras de tienda; ayudante de mecánicas, etc.).
d) La relación laboral mínima que se requiere dependerá del tipo de crédito, tal como se indica: Página 90
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Crédito por convenio: El solicitante debe tener vínculo laboral con una entidad y/o empresa que mantenga convenio vigente con la COOPACCH. El personal contratado debe acreditar relación laboral mínima de 01 año para personal contratado, para el caso de personal nombrado no se exigirá dicha condición.
Crédito Personal: Tener una relación laboral mínima de 12 meses o demostrar continuidad laboral de por lo menos 12 meses.
Crédito con Garantía de Plazo Fijo: No es exigible esta condición. Crédito con Garantía de Aportes: No es exigible esta condición.
Crédito Administrativo: El personal deberá tener un mínimo de 6 meses
trabajando en la COOPACCH.
e) El solicitante deberá presentar una garantía que respalde el monto de crédito solicitado. El tipo de garantía variará de acuerdo al monto propuesto y a la modalidad de crédito que corresponda.
f) Para el caso de créditos sin garantías preferidas del solicitante y/o aval(es) solidario(s), éstas sólo podrán coberturar directa o indirectamente como máximo tres (03) créditos y hasta S/.20, 000 Nuevos Soles; siempre y cuando el valor referencial del inmueble cobertura el saldo de capital correspondiente al endeudamiento total (directo e indirecto). El valor referencial será determinado por el Analista de Créditos con el visto del Administrador de Agencia con fotografía correspondiente en el Informe de Garantías que se adjuntará en el expediente. La sobrevaluación de las garantías no preferidas se configura como falta grave. Para el caso de créditos con garantías preferidas no se considera número de socios sino el límite máximo de cobertura de la garantía teniendo en cuenta para esto la opinión de Riesgos
g) Para socios nuevos se considera como máximo tres (03) Instituciones siendo la COOPACCH la tercera entidad con la que el deudor minorista haya contraído obligaciones de manera directa y como máximo cinco (03) instituciones con la que el deudor y su Página 91
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cónyuge hayan contraído obligaciones de manera conjunta. Y para socios recurrentes se considera como máximo cuatro (04) Instituciones siendo la COOPACCH la tercera entidad con la que el deudor minorista haya contraído obligaciones de manera directa y como máximo cuatro (04) instituciones con la que el deudor y su cónyuge hayan contraído obligaciones de manera conjunta. En caso que el socio haya cancelado alguna de las entidades financieras, este deberá adjuntar los Boucher de cancelación con la finalidad de cumplirse las condiciones descritas en el presente párrafo.
Artículo 53°.- TIPO DE PRODUCTOS CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE.
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a) CrediPersonal Crédito para profesionales Independientes o Dependientes, cuyo pago de
DEFINICIÓN
cu ot as es de fo rm a directa en las ventanillas u oficinas autorizadas; Este tipo de créditos está orientado para atender el pago de bienes, servicios o gastos
AGENCIA EDAD
diversos no relacionados con alguna actividad empresarial.
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
1. 2.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días 21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Consumo No Revolvente
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/.500 hasta S/.3,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/.3,001 hasta S/.5,000 y Recurrentes) De S/.5,001 hasta S/.10,000
3 - 24 meses
De S/.10,001 hasta S/.15,000
3 - 3 6 meses
De S/.15,001 a más
CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN
3 - 18 meses 3 - 3 6 meses 3 - 3 6 meses
Fijas e iguales Mensual
No hay Para todo crédito individual
DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL : Fotocopia del DOI vigente del socio. Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge Si Cuenta con aval(s): DOI del aval(es). REQUISITOS
vigente.
DOCUMENTACION DEL DOMICILIO
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia
de domicilio
emitida por el teniente gobernador; de ser el
caso.
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Numero de Revisión: 01
Sesión Extraordinaria: N° 1287 del 29/01/2014
Fecha de Actualización: 29/01/2014
Pág. Nº : 94 de 136
DOCUMENTOS DE LA ACTIVIDAD
Tres (3) últimas boletas de pago de remuneraciones del solicitante del crédito siempre que sus ingresos sean fijos, de tener ingresos variables se solicitará 6 últimas boletas
Seis (6) últimos Recibos por Honorarios del solicitante.
Contrato de servicios vigente y anterior para demostrar antigüedad laboral, constancia de trabajo o si fuera el caso u otro documento que acredite lo solicitado.
Ficha RUC (Renta de Cuarta)
Suspensión de Renta de Cuarta Categoría (De ser el caso)
Estado de cuenta de aportaciones AFP O ONP y/o consulta de página de ESSALUD de acreditación a los servicios de seguridad social y de comprobación del pago de aportes de parte del empleador (en caso de boletas de pago).
Adjuntar cronogramas, estado de cuenta y Vouchers, en caso de contar con deudas pendientes en otras entidades financieras, de manera complementaria el Analista de Crédito deberá registrar las referencias proporcionadas por dichas Instituciones
Referencias personales y laborales registradas en los formatos correspondientes.
ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO: Sin información dentro de las centrales internas y externas SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo. Adjuntar información impresa de posición interna e histórica del SICAC PLUS.(Legajo) EMPLEADOR: El empleador debe contar con más de 2 años realizando sus actividades comerciales y/o económicas.
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Fecha de Actualización: 29/01/2014
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DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA PATRIMONIO PERSONAL: De acuerdo al Cuadro de los Niveles de Garantías.
FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda propia deberá presentar un aval que cuente con un bien inmueble ENDEUDAMIENTO
Esta relación no podrá ser mayor al 60%
RELACION: CUOTA/SALDO DISPO- La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas. NIBLE ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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Fecha de Actualización: 29/01/2014
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b) CrediInclusion DEFINICIÓN
Crédito destinado exclusivamente
a trabajadores Dependientes e Inde-
pendientes que no cuenta con acceso al sistema financiero. Este tipo de créditos está orientado para atender el pago de bienes, servicios o gastos diversos.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
Persona Natural : EDAD
1. 2.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días 21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Consumo No Revolvente
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/ 500; Hasta S/ 3,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/ 3001; Hasta S/ 5000 y Recurrentes)
3 - 24 meses
Fijas e iguales
CUOTAS
FRECUENCIA DE PAGO
3 - 18 meses
Mensual
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
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DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL
REQUISITOS
Fotocopia del DOI vigente del socio.
Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge vigente.
Si Cuenta con aval(s): DOI del aval(s).
DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia de domicilio emitida por el teniente gobernador; de ser el caso. DOCUMENTOS DE LA ACTIVIDAD
Constancia del Empleador o Informe de Verificación del Centro de Traba jo por parte del Analista de Créditos de la actividad realizada, el cual deberá indicar detalladamente los ingresos percibidos, antigüedad y cargo qued esempeña, este documento deberá estar firmado por el empleador y fedateado por el Analista.
Verificación del centro trabajo, del cual se deberá adjuntar los filtros correspondientes como antigüedad (SUNAT, licencia de funcionamiento, tarjeta de propiedad, circulación, etc.) fotografías, tipo de actividad, tipo de administración.
Adjuntar cronogramas, estado de cuenta y Vouchers, en caso de contar con deudas pendientes en otras entidades financieras, de manera complementaria el Ana lista de Crédito deberá registrar las referencias proporcionadas por dichas Instituciones.
Referencias personales y laborales registradas en los formatos correspondientes.
ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO : Sin información dentro de los centrales internas y externas SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del
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préstamo
Adjuntar información impresa de posición interna e histórica del SICAC PLUS.
EMPLEADOR: El empleador debe contar con más de 2 años realizando sus actividades comerciales y/o económicas. DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA PATRIMONIO PERSONAL: Declaración Jurada de Bienes o Dación en pago Título de propiedad del inmueble (copia literal del inmueble actualizado) Título PETT y/o COFOPRI Contrato de compra venta notarial Declaración Jurada FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda propia deberá presentar un aval que cuente con un bien inmueble. ENDEUDAMIENTO
Esta relación no podrá ser mayor al 60%
RELACION: CUOTA/SALDO DISPO- La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas. NIBLE
ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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c) A Sola Firma Crédito dirigido a socios activos de la COOPACCH, quienes cuentan con
DEFINICIÓN
aportes para coberturar el préstamo solicitado; este t ipo de créditos está orientado para atender el pago de bienes, servicios o gastos diversos.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
Persona Natural : EDAD
CLASIFICACION DEL DEUDOR
18 Años a más
Consumo No Revolvente
Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientes
SUJETOS DE CREDITO
condiciones específicas:
Socios Personas naturales con un mínimo de aportes de S/.130.
Hasta calificación CPP con justificación.
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/ 100 hasta 90% de los aportes 3 hasta 36 Meses CONVERSION DE DOLARES (Nuevos y Recurrentes) Nota Aclaratoria: Para el cálculo del monto otorgar del préstamo a sola firma, se debe tener en cuenta la deducción del 5% del saldo capital de los préstamos o créditos vigentes, sobre la diferencia deberá calcular el límite del 90% de los aportes.
Fijas e iguales
CUOTAS
FRECUENCIA DE PAGO
Mensual
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
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DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL : Fotocopia del DOI vigente del socio. DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia
de domicilio emitida por el teniente
gobernador; de ser
el caso.
REQUISITOS
DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA PATRIMONIO PERSONAL: Carta de Autorizació n de Afectación de aporte Fotocopia del DOI de los participantes del Crédito, en caso de que los aportes de los familiares estén como respaldo del crédito.
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d) A Sola Firma Plus Crédito dirigido a socios activos de la COOPACCH, quienes cuentan con
DEFINICIÓN
adecuadas referencias
personales, comerciales y financieras; este tipo de
créditos está orientado para atender el pago de bienes, servicios o gastos diversos.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
EDAD
26 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días.
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Consumo No Revolvente Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientes condiciones específicas:
Socios Personas naturales con un mínimo de aportes de S/.260.
Socio con más de 24 meses de permanencia dentro de la COOPACCH
SUJETOS DE CREDITO
Calificación Normal Interna y Externa dentro los 6 últimos meses Socios que no hayan realizado retiros parciales de sus Aportaciones desde la Inscripción como Asociado.
Máximo de créditos vigentes 2 (dos) dentro la COOPACCH.
Nivel de retrasos con la COOPACCH debe ser de tres (3) días en promedio, titular y cónyuge.
Debe contar con endeudamiento con tres (3) Instituciones como máximo; incluido la COOPACCH.
Sujeto a Evaluación de Capacidad de Pago, Solvencia Moral.
Se solicitara requisitos de acuerdo al producto CrediPersonal.
De S/ 100 Hasta 200% de los aportes
3 hasta 36 Meses
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y Nota Aclaratoria: P a ra el cálculo del monto otorgar del préstamo a sola CONVERSION DE DOLARES (Nuevos firma Plus, se debe tener en cuenta la deducción del 5% del saldo capital de y Recurrentes) los préstamos o créditos vigentes, sobre la diferencia deberá calcular el límite del 200% de los aportes. Y no pudiendo tener a la vez ambos productos de Asola Firma y A sola Firma Plus.
MONTO MAXIMO CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN
S/ 10,000.00 Fijas e iguales
Mensual
No hay Para todo crédito individual
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Pág. Nº : 102 de 136
DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL : Fotocopia del DOI vigente del socio. Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge
vigente.
DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO REQUISITOS
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia
de domicilio emitida por el teniente gobernador;
de ser
el caso.
DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA PATRIMONIO PERSONAL: Carta de Autorización de Afectación de aportes.
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e) CrediEscolar DEFINICIÓN
Crédito dirigido a socios activos de la COOPACCH, quienes cuenta con ingresos de cuarta,quinta categoría y o de negocios; este tipo de créditos está orientado para atender los gastos escolares (educación básica).
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
Persona Natural : EDAD
1.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días.
2.
21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria.
Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientes
SUJETO DE CREDITO
condiciones específicas:
Máximo de créditos vigentes 2 dentro la COOPACCH
Nivel de retrasos con la COOPACCH debe ser de tres (3) días en promedio, titular y cónyuge.
Debe contar con endeudamiento con tres 3 Instituciones como máximo; incluido la COOPACCH
Consumo No Revolvente. CLASIFICACION DEL DEUDOR 3 - 11 meses ( Campaña dentro de los meses MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/ 500; Hasta S/ 2,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos de 02 de Enero a 31 de Marzo de cada año) y Recurrentes)
CUOTAS FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN
Fijas e iguales Mensual
No hay Para todo crédito individual
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Pág. Nº : 104 de 136
DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL : Fotocopia del DOI vigente del socio. Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge Si Cuenta con aval(es): DOI del aval(es).
vigente.
DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO
REQUISITOS
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia
de domicilio
emitida por el teniente gobernador; de
ser el caso.
DOCUMENTOS DE LA ACTIVIDAD
Tres (3) últimas boletas de pago de remuneraciones del solicitante del crédito siempre que sus ingresos sean fijos de tener ingresos variables se solicitará 6 últimas boletas.
Seis (6) últimos Recibos por Honorarios del solicitante. Fotocopia de Boletas de Compra y/o ventas de los últimos 06 meses
Contrato de servicios vigente y anterior para demostrar antigüedad laboral, constancia de trabajo o si fuera el caso u otro documento que acredite lo solicitado.
Ficha RUC (Renta de Cuarta)
Suspensión de Renta de Cuarta Categoría (De ser el caso)
Estado de cuenta de aportaciones AFP O ONP o consulta de página de ESSALUD de acreditación a los servicios de seguridad social y de comprobación del pago de aportes de parte del empleador (en caso de boletas de pago).
Adj untar
cronogramas, estado de cuenta y Vouchers, en caso de
contar con deudas pendientes en otras entidades financieras, de manera complementaria el Analista de Crédito deberá registrar las referencias proporcionadas por dichas Instituciones
Referencias personales y laborales registradas en los formatos correspondientes.
Constancia de Estudios o Ficha de matrícula.
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Pág. Nº : 105 de 136
ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO:
Sin información dentro de los centrales internas y externas.
SOCIO BANCARIZADO:
Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses
Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo.
Adj untar
información impresa de posición interna e histórica del SI-
CAC -PLUS.
DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA Tener en cuenta el cuadro de los niveles de Garantías FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda propia deberá presentar un aval que cuenta con un bien inmueble ENDEUDAMIENTO
Esta relación no podrá ser mayor al 60%
RELACION: CUOTA/SALDO DISPONIBLE
La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas
ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
Página 105
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f) CrediEstudios Superiores Crédito dirigido a socios activos de la COOPACCH , quienes cuenta
DEFINICIÓN
con ingresos de cuarta, quinta categoría y/ o negocios ; este tipo de créditos están orientados para atender los gastos de Educación Superior (Educación Superior: Técnica o Universitaria). Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
AGENCIA
Persona Natural : EDAD
1.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días.
2.
21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria.
Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientes condiciones específicas:
SUJETO DE CREDITO
Calificación hasta CPP, con justificación.
Máximo de créditos vigentes 2 dentro la COOPACCH
Nivel de retrasos con la COOPACCH debe ser de tres (3) días en promedio, titular y cónyuge
Debe contar con endeudamiento con tres 3 Instituciones como máximo; incluido la COOPACCH
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Consumo No Revolvente
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/ 500; Hasta S/ 5,000 y Recurrentes) Fijas e iguales
CUOTAS
FRECUENCIA DE PAGO
3 - 36 meses
Mensual
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
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Pág. Nº : 107 de 136
DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL :
Fotocopia del DOI vigente del socio.
Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge vigente.
Si Cuenta con aval(es): DOI del aval(es).
DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO REQUISITOS
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia
de domicilio
emitida por el teniente gobernador; de ser
el caso.
DOCUMENTOS DE LA ACTIVIDAD
Tres (3) últimas boletas de pago de remuneraciones del solicitante del crédito siempre que sus ingresos sean fijos de tener ingresos variables se solicitará 6 últimas boletas.
Seis (6) últimos Recibos por Honorarios del solicitante. Contrato de servicios vigente y anterior para demostrar antigüedad laboral, constancia de trabajo si fuera el caso u otro documento que acredite lo solicitado.
Ficha RUC (Renta de Cuarta)
Suspensión de Renta de Cuarta Categoría (De ser el caso)
Estado de cuenta de aportaciones AFP O ONP o consulta de página de ESSALUD de acreditación a los servicios de seguridad social y de comprobación del pago de aportes de parte del empleador (en caso de boletas de pago).
Adjuntar cronogramas, estado de cuenta y vouchers, en caso de contar con deudas pendientes en otras entidades financieras, de manera complementaria el Analista de Crédito deberá registrar las referencias proporcionadas por dichas Instituciones.
Referencias personales y laborales registradas en los formatos correspondientes.
Ficha de Matricula u otro documento que sustente la Educación de Nivel Superior.
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Pág. Nº : 108 de 136
ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO:
Sin información dentro de los centrales internas y externas.
SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses. Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo Adj untar información impresa de posición interna e histórica del SICAC -PLUS. EMPLEADOR: a la SUNAT a la empresa empleadora el cual deber á Consulta contar con una antigüedad de 2 años realizando sus actividades y deberá estar constituida dentro los parámetros de la normativa legal. DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA Tener en cuenta el cuadro de los niveles de Garantías. FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda propia deberá presentar un aval que cuente con un bien inmueble. ENDEUDAMIENTO
Esta relación no podrá ser mayor al 60%.
RELACION: CUOTA/SALDO DISPO- La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas. NIBLE ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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Aprobación: Consejo de Administración 2013 - 2014
Vigente a partir del: 01/02/2014
Numero de Revisión: 01
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Fecha de Actualización: 29/01/2014
Pág. Nº : 109 de 136
g) CrediCampaña Crédito que se otorga a personas naturales dependientes e independientes que acrediten un ingreso fijo mensual proveniente de boletas de pago, recibos por honorarios debidamente verificados por el Analista de Créditos,
DEFINICIÓN
que demanden financiamiento para pagos de bienes, servicios, gastos de carácter personal u otro tipo de operación financiera no relacionados con una actividad empresarial. Este producto
será otorgado para las siguien-
tes campañas: DI A DE LA MADRE Y/O PADRE, FIESTAS PATRIAS Y
ANIVERSARIO DE LA COOPACH AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientes condiciones específicas:
SUJETO DE CREDITO
Máximo de créditos vigentes 2 dentro la COOPACCH
Nivel de retrasos con la COOPACCH debe ser de tres(3) días promedio, titular y cónyuge
Debe contar con endeudamiento con tres 3 Instituciones como máximo; incluido la
Persona Natural : EDAD
1. 2.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días. 21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Consumo No Revolvente
3 - 11 meses MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/ 500; Hasta S/ 5,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos -Día de Madre: 01 de Mayo Hasta 31 de Mayo de cada Año. -Día del Padre : 01 de Junio Hasta 30 Junio de cada año y Recurrentes) -Día de Fiestas Patrias : 01 de Julio Hasta 31 de Julio de cada año -Día de Aniversario COOPACCH : 01 de Noviembre Hasta 30 Noviembre de cada
PLAZOS DE PAGO
año Nuevo o Recurrente : 3 hasta 11 meses
CUOTAS
Fijas e iguales
FRECUENCIA DE PAGO PERÍODO DE GRACIA
Mensual
No hay
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Vigente a partir del: 01/02/2014
Numero de Revisión: 01
Sesión Extraordinaria: N° 1287 del 29/01/2014
Fecha de Actualización: 29/01/2014
Pág. Nº : 110 de 136
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL : Fotocopia del DOI vigente del socio. Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge Si Cuenta con aval(s): DOI del aval(es).
vigente.
REQUISITOS
DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia de domicilio emitida por el teniente gobernador; de ser el caso. DOCUMENTOS DE LA ACTIVIDAD Tres (3) últimas boletas de pago de remuneraciones del solicitante del crédito siempre que sus ingresos sean fijos de tener ingresos variables se solicitará 6 últimas boletas. Seis (6) últimos Recibos por Honorarios del solicitante. Contrato de servicios vigente y anterior para demostrar antigüedad la boral, constancia de trabajo o si fuera el caso u otro documento que acredite lo solicitado. Ficha RUC (Renta de Cuarta) Suspensión de Renta de Cuarta Categoría (De ser el caso) Estado de cuenta de aportaciones AFP O ONP o consulta de página de ESSALUD de acreditación a los servicios de seguridad social y de comprobación del pago de aportes de parte del empleador (en caso de boletas de pago). Adjuntar cronogramas, estado de cuenta y Vouchers, en caso de con tar con deudas pendientes en otras entidades financieras, de manera complementaria el Analista de Crédito deberá registrar las referencias proporcionadas por dichas Instituciones. Referencias personales y laborales registradas en los formatos corres pondientes.
Página 110
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Vigente a partir del: 01/02/2014
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Sesión Extraordinaria: N° 1287 del 29/01/2014
Fecha de Actualización: 29/01/2014
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ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO: Sin información dentro de los centrales internas y externas. SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses. Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo. Adjuntar información impresa de posición interna e histórica del SICAC PLUS. EMPLEADOR: Consulta a la SUNAT a la empresa empleadora el cual deberá con tar con una antigüedad de 2 años realizando sus actividades y deberá estar constituida dentro los parámetros de la normativa legal. DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA Tener en cuenta el cuadro de los niveles de Garantías FIANZA SOLIDARIA: En caso de no tener vivienda propia deberá presentar un aval que cuente con un bien inmueble ENDEUDAMIENTO
Esta relación no podrá ser mayor al 60%
RELACION: CUOTA/SALDO DISPO- La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas. NIBLE ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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h) Navicredi Crédito que se otorga a personas naturales dependientes e independientes que acrediten un ingreso fijo mensual proveniente de boletas de pago, re-
DEFINICIÓN
cibos por honorarios debidamente verificados por el Analista de Créditos, que demanden financiamiento para pagos de bienes, servicios, gastos de ca-
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientesc ondiciones específicas: Máximo de créditos vi entes 2 dentro la COOPACCH Persona Natural :
EDAD
1.
25 Años Hasta 64 Años, 11 Meses Y 29 días.
2.
21 Años Hasta 24 Años, 11 Mese y 29 días, Requiere aval de manera
obligatoria.
Consumo No Revolvente CLASIFICACION DEL DEUDOR 3 - 11 meses (Campaña del 01 de Noviembre MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/ 500; Hasta S/ 5,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos hasta 31 de Diciembre de cada Año) Recurrentes Fijas e iguales CUOTAS
FRECUENCIA DE PAGO
Mensual
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL : REQUISITOS
Fotocopia del DOI vigente del socio.
Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge vigente.
Si Cuenta con aval(es): DOI del aval(es).
DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia de domicilio emitida por el teniente gobernador; de ser el caso. DOCUMENTOS DE LA ACTIVIDAD Tres (3) últimas boletas de pago de remuneraciones del solicitante del crédito siempre que sus ingresos sean fijos de tener ingresos variables
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se solicitará 6 últimas boletas.
Seis (6) últimos Recibos por Honorarios del solicitante.
Contrato de servicios vigente y anterior para demostrar antigüedad laboral, constancia de trabajo si fuera el caso u otro documento que acredite lo solicitado.
Ficha RUC (Renta de Cuarta)
Suspensión de Renta de Cuarta Categoría (De ser el caso)
Estado de cuenta de aportaciones AFP O ONP o consulta de página de ESSALUD de acreditación a los servicios de seguridad social y de comprobación del pago de aportes de parte del empleador (en caso de boletas de pago).
Adjuntar cronogramas, estado de cuenta y vouchers, en caso de contar con deudas pendientes en otras entidades financieras, de manera complementaria el Analista de Crédito deberá registrar las referencias proporcionadas por dichas Instituciones
Referencias personales y laborales registradas en los formatos correspondientes.
ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO:
Sin información dentro de los centrales internas y externas.
SOCIO BANCARIZADO: Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses. Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo Adj untar información impresa de posición interna e histórica del SICAC -PLUS. EMPLEADOR: a la SUNAT a la empresa empleadora el cual deber a Consulta contar con una antigüedad de 2 años realizando sus actividades y deberá estar constituida dentro los parámetros de la normativa legal.
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DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA Tener en cuenta el cuadro de los niveles de Garantías FIANZA SOLIDARIA: deberá presentar un aval En caso de no tener vivienda propia con documento domiciliario de la localidad. ENDEUDAMIENTO RELACION: CUOTA/SALDO DISPONIBLE ENCAJE DE APORTES
Esta relación no podrá ser mayor al 60%
La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas.
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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i) CrediAutoliquidable Crédito dirigido a socios activos de la COOPACCH, quien cuenta con cuentas
DEFINICIÓN
de plazo fijo para coberturar el préstamo solicitado; este tipo de créditos está orientado para atender el pago de bienes, servicios o gastos diversos.
AGENCIA EDAD
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian Persona Natural :
18 Años a más
Consumo No Revolvente Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientes condiciones específicas:
SUJETOS DE CREDITO
Socios Personas naturales con un mínimo de aportes de S/.130.
Bloqueo de Cuenta de Plazo Fijo.
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/ 500 hasta 95% de las cuentas a plazo fijo y Recurrentes) Fijas e iguales CUOTAS Mensual FRECUENCIA DE PAGO No hay PERÍODO DE GRACIA SEGURO DE DESGRAVAMEN Para todo crédito individual DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN
3 – 60 Meses
PERSONA NATURAL :
REQUISITOS
Fotocopia del DOI vigente del socio. En caso que el depósito de Plazo Fijo sea mancomunada, se requerirá fotocopia de DOI de los participantes.
DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia de
Domicilio emitida por el teniente gobernador; de ser el caso.
DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA Tener en cuenta el cuadro de los niveles de Garantías
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j) CrediConvenio Crédito que se otorga a personas naturales dependientes con ingresos fijos y
DEFINICIÓN
permanentes que
laboran en una entidad pública o privada que mantenga un
convenio de descuento por planilla con la COOPACCH.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Consumo No Revolvente
MONTOS INDIVIDUALES SOLES
De acuerdo a lineamiento establecidos en Tarifario vigente.
Además de las sujeciones generales, este producto está dirigido a personas naturales
SUJETO DE CREDITOS
con las siguientes condiciones específicas:
Trabajadores nombrados y/o contratados de instituciones públicas y/o privadas quemantengan convenio vigente con la cooperativa para el descuento de la planilla de haberes.
Tener no menos de 12 meses de continuidad laboral para personal contratado con la misma institución; de no cumplirse esta condición, el solicitante deberá contar con un aval nombrado con adecuadas referencias financieras y personales.
Para personal nombrado no se exige esta condición.
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/.500 hasta S/.3,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/.3,001 hasta S/.5,000 De S/.5,001 hasta S/.15,000 y Recurrentes) De S/.15,001 hasta S/.30,000
3 - 18 meses 3 - 24 meses 3 - 3 6 meses 3 - 4 8 meses
CUOTAS
Fijas e iguales
FRECUENCIA DE PAGO
Mensual ( Programar pagos entre el 20 a 25 de cada mes)
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
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DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN
REQUISITOS
PERSONA NATURAL : Fotocopia del DOI vigente del socio. Si Cuenta con aval(es): DOI del aval(es). DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia de domicilio emitida por el teniente gobernador; de ser el caso.
DOCUMENTOS DE LA ACTIVIDAD
Tres (3) últimas boletas de pago de remuneraciones del solicitante del crédito siempre que sus ingresos sean fijos de tener ingresos variables se solicitará 6 últimas boletas. En caso de contar con aval(es) solidario(s) se requerirá también esta documentación.
En caso de personal contratado será necesario demostrar antigüedad laboral y presentar resolución de contrato vigente u otro documento que acredite lo solicitado.
Carta de Autorización de descuento por planilla debidamente firmada por el titular del crédito y representante de la empresa; el cual estará debidamente Legalizada por el Titular, Salvo que en el convenio vigente no exprese la necesidad de la firma(s) del funcionario(s) autorizado(s) de la entidad del solicitante en dicho documento. Este documento se deberá presentar por cada operación de crédito.
El personal contratado para ser acreedor del crédito deberá presentar obligatoriamente aval que debe ser trabajador nombrado o estable de alguna institución o empresa que Mantenga convenio con COOPACCH y el aval debe cumplir con las mismas condiciones del titular del crédito.
Adjuntar cronogramas, estado de cuenta y Vouchers, en caso de contar con deudas pendientes en otras entidades financieras, de manera complementaria el Analista de Crédito deberá registrar las referencias proporcionadas por dichas Instituciones.
Referencias personales y laborales registradas en los formatos correspondientes. Página 117
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ANTECEDENTES CREDITICIOS SOCIO NO BANCARIZADO:
Sin información dentro de los centrales internas y externas.
SOCIO BANCARIZADO:
Clasificación 100% normal dentro de los 6 meses.
Calificación CPP, debe encontrarse al día a la fecha de solicitud del préstamo.
Adj untar información impresa de posición interna e histórica del SICAC PLUS.
EMPLEADOR: Consulta a la SUNAT a la empresa empleadora el cual deber a con tar con una antigüedad de 2 años realizando sus actividades y deberá estar constituida dentro los parámetros de la normativa legal. DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA Dada la naturaleza de este crédito establecido sobre la base de haberes, la garantía a aceptarse será de tipo no real – “carta de autorización para el descuento de haberes vía planilla” debidamente Legalizada por el Titular.
RELACION: CUOTA/INGRESO BRU- Esta relación no podrá ser mayor al 50% (Sector Público y Privado) TO La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas. MAXIMO DE CUOTA ENCAJE DE APORTES
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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k) CrediAdministrativo DEFINICIÓN
Crédito
dirigido a los trabajadores activos de la COOPACCH; este tipo de
créditos está orientado para atender el pago de bienes, servicios o gastos diversos.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Consumo No Revolvente
SUJETOS DE CREDITO
Además de las sujeciones generales, este producto requiere las siguientes condiciones específicas:
Trabajador debe contar con una relación laboral mí ni m o de 6 meses
Hasta calificación CPP con justificación.
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/.500 hasta S/.20,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos y Recurrentes)
3 - 36 Meses (Personal Contratado) 3 – 60 Meses ( Personal Nombrado)
CUOTAS
Fijas e iguales
FRECUENCIA DE PAGO
Mensual (Descuento por planilla)
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
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DOCUMENTACIÓN PARA IDENTIFICACIÓN PERSONA NATURAL : Fotocopia del DOI vigente del socio. Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyu ge vigente. DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia
de domicilio emitida por
el teniente gobernador; de ser el ca-
so.
REQUISITOS
DOCUMENTACION DE LA ACTIVIDAD Tres (3) últimas boletas de pago del solicitante del crédito. Informe sobre la situación laboral del trabajador por p arte de la Jefatura de Administración o Jefe de Recursos Humanos, donde se indique tiempo de trabajo, plazo y modalidad de contrato. Carta de Autorización de descuento por planilla debidamente firmada. DOCUMENTACIÓN DE GARANTÍA (DE SER EL CASO) EN CASO DE PERSONAL CONTRATADO DOCUMENTOS DE GARANTIA Tener en cuenta el cuadro de los niveles de Garantías. Los Empleados Contratados podrán ser avalados por Empleados Nombrados, quienes garantizaran máximo a un solo trabajador.
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Artículo 54°.- DE LA EVALUACIÓN DEL CRÉDITO CONSUMO NO REVOLVENTE Para evaluar el otorgamiento de créditos de consumo, se analizará la capacidad de pago en base a los ingresos del solicitante, su patrimonio neto, importe de sus diversas obligaciones, el monto de las cuotas asumidas para con las otras empresas del sistema financiero y demás consideraciones de acuerdo a las Políticas Generales de Créditos, Manual de Evaluación Crediticia, procedimientos y entre otras disposiciones establecidas por la COOPACCH. Todo crédito consumo será evaluado por Analista de Créditos, quien será responsable de determinar la capacidad de pago del socio. Asimismo verificará los domicilios, referencias laborales, personales y crediticias de los participantes del crédito, así como las garantías que se ofrecieran, para luego realizar la propuesta del crédito en base a criterios técnicos, siendo responsable por la calidad del proceso, veracidad de la información y documentación contenida en las propuestas de crédito. Para los créditos de convenio (descuento por planilla) y créditos administrativos se priorizará los ingresos del socio y/o trabajador según sus boletas de pago. La visita domiciliaria en esta modalidad de créditos de consumo quedará a consideración del nivel de aprobación correspondiente. Para el crédito con garantía de plazo fijo y/o encaje se analizará su capacidad de pago en base a sus ingresos, pero sino no los tuviera sustentará ingresos con su depósito de garantía a nombre del solicitante y no será necesario la visita domiciliaria. En caso de que el solicitante del crédito presente dentro de su estructura remunerativa haberes variables (comisiones u otros) se le considerará un 50% como máximo del monto promedio de las 06 últimas boletas de pagos mensuales, siempre y cuando estas sean continuas. Se deberá tener especial cuidado al calcular los valores promedios de comisiones percibidas en las boletas de pago que será responsabilidad del Analista de Crédito y de las personas que aprueba el crédito el corregir situaciones especiales que se presenten, calculando un promedio Página 121
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de renta sostenible en el tiempo. Asimismo los haberes variables no deben superar el haber fi jo. Los ingresos extraordinarios tales como bonos temporales, premios, asignaciones, horas extras o cualquier otro de carácter transitorio no se considerarán para el cálculo de la capacidad de pago del socio. Las fechas de pago serán fijadas en función a la fecha de abono o pago de su remuneración de parte del empleador para evitar posteriores problemas de pago. En el caso de Créditos Administrativos las fechas de pago serán fijas al 30 de cada mes y se descontarán automáticamente, siendo responsabilidad del Área de Administración y Finanzas y Recurso Humanos. Las líneas (tarjetas de crédito) no utilizadas se debe provisionar 1/12 de las mismas en el estado de resultados. Las deudas de consumo deben incluirse en el detalle de gastos de la unidad familiar. El socio, cónyuge (o conviviente) y /o avales deben contar con calificación 100% normal en el sistema financiero (bancario y no bancario), dentro de los 6 últimos meses En caso que el socio, cónyuge (o conviviente) y /o avales tengan clasificación CPP (como máximo hasta 30%) deberá adjuntar por lo menos uno de los sustentos y regularización de dicha clasificación que se mencionan a continuación y obligatoriamente se deberá contar con comentario del Analista de Créditos; indicando el motivo de dicha clasificación validado por el Administrador: - Vouchers actualizados o al día de la(s) institución(es) financiera(s) que lo ha(n) reportado o el último estado de cuenta pagado, y el cronograma de pagos. - Carta de NO adeudo de la(s) institución(es) financiera(s). - Referencias crediticias de la(s) institución(es) financiera(s). En ningún caso un socio podrá mantener más de (03) tres créditos vigentes (directos e indirectos en cualquiera de sus modalidades crediticias que preste la COOPACCH, excepto en los casos de que el socio que presentan garantía líquida (A sola Firma, Autoliquidable) o garanPágina 122
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tía hipotecaria de acuerdo a la cobertura. Al momento momento de evaluarse evaluarse y aprobarse aprobarse la operación operación de un crédito los participan participantes tes del crédito crédito tanto titular, cónyuge, avales entre otros, no podrán presentar cuotas atrasadas en sus créditos con nuestra institución u otras IFIS, la misma condición deberán cumplir antes del desembolso.
Artículo 55°.- MODALIDA MODALIDADES DES CREDIT CREDITICI ICIAS AS a) Crédito Nuevo: Representa un primer crédito otorgado al socio de la COOPACCH, adicionalmente se tomara en cuenta los siguientes criterios: Soc Socios ios sin sin banc bancar ariz izar ar y banc bancar ariz izad adoo
El monto a otorgar otorgar no podrá superar superar el monto monto máximo obtenido obtenido en otra institución financiera, según reporte SBS.
La unida unidadd familia familiarr que presen presente te endeuda endeudamie miento nto con negoci negocios os distin distintos tos y/o uno de ellos ellos es indepe independ ndient iente, e, se consid considera erará rá solo la deuda deuda del titula titularr en la evaluación evaluación principal. principal. El Analista Analista de Crédito Créditoss debe sustentar sustentar con una evaluació evaluaciónn secundaria (de otro negocio/boletas de pago) el pago de las deudas del cónyuge.
No serán sujetos sujetos de crédito aquellos aquellos socios que tienen crédito crédito refinanc refinanciado iado en cualquier cualquier entidad entidad financier financiera. a.
b)
Crédito Recurrente o Ampliación: Representa el segundo y posteriores créditos otorgados al socio de la COOPACCH. Si al momento de otorgar un crédito recurrente el socio aún tiene cuotas cuotas pendientes pendientes de pago pago y se cancela el saldo vigente vigente se considera considera una ampliación de crédito. Del mismo modo se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Cuando el saldo deudor se mantiene vigente después del desembolso del nuevo crédito, se trata de un crédito paralelo.
Aplica a cualquie cualquierr producto producto de consumo consumo de la COOPACCH; COOPACCH; a excepción de de créditos campaña. Página 123
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No podrá ampliar ampliar ningún crédito que tenga alguna cuota vencida.
Para el caso de la primera ampliación el socio debe contar contar con experiencia experiencia de 12 meses como como mínimo mínimo,, anterior anterior a la COOPACCH COOPACCH y haber cancelado cancelado el 50% de las las cuotas cuotas pactadas; pactadas; para dicho dicho computo computo no se incluye incluye el pago de cuotas cuotas adelant adelantaadas.
Mínimo Mínimo 50% del número de cuotas (pagos efectuado efectuadoss de acuerdo al cronograma, cronograma, no incluye adelanto de cuotas). El Adelanto de Cuotas será tomado en cuenta a partir de la segunda ampliación.
El socio será sujeto de evaluación de un crédito; crédito; siempre que en adición a la evaluación cualitativa y cuantitativa cumpla cumpl a con las siguientes condiciones: - Promedio de mora <= a 3 días: incrementar hasta 100% su crédito. crédito. - Promedio de mora >3 y <= a 6 días: incrementar incrementar hasta hasta 50% su crédito. - Promedio de mora >6 y <= 15 días: mantener mantener monto monto del crédito. - Promedio de mora mora > a 15 días: crédito no procede. - Una cuota con atraso menor o igual a 15 días, días, previa justificación justific ación podrá ser atendido.
c) Crédit dito Par Paralelo: Es el(los) crédito(s) que se otorga(n) adicionalmente al(los) crédito(s) vigente(s), cuya propuesta estará respaldada por una adecuada evaluación de la capacidad de pago. Tiene(n) como finalidad cubrir necesidades financieras para capital de trabajo; por lo general, en épocas de campañas y a 360 días como máximo, cuando el movimiento comercial muestra un mayor dinamismo en un periodo determinado. Además se tomara en cuenta los siguientes criterios:
Mínimo 50% del número número de cuotas (pagos efectuados efectuados de acuerdo al cronograma, no incluye adelanto de cuotas). El Adelanto de Cuotas será tomado en cuenta a partir del segundo crédito.
Para que que un socio sea sujeto sujeto de evaluación evaluación de un crédito paralelo paralelo deberá cumplir cumplir Página 124
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con las siguientes condiciones: - Promedio Promedio de mora mora <= a 3 días. - Promedio de mora > a 3 días: días: crédito paralelo no no procede.
El socio y su cónyuge deben tener clasificación 100% normal en el último mes. En caso que el socio o su cónyuge tengan clasificación hasta de 30% CPP con una sola institución la operación deberá ser revisada por por el comité de créditos con los debidos sustentos.
Artícu Artículo lo 56°.56°.- PLAZOS PLAZOS DE DE CRÉDI CRÉDITO TO CONSUM CONSUMO O NO REVOLV REVOLVENT ENTEE SOCIO
NUEV NUEVO OY RECURRENTE
PRODUCTO
DESTINO
PLAZO MINIMO
PLAZO MAXIMO
CREDIPERSONAL
GASTOS DIVERSOS
3
36
CREDIINCLUSION
GASTOS DIVERSOS
3
24
ASOLA FIRMA
GASTOS DIVERSOS
3
36
ASOLA FIRMA PLUS
GASTOS DIVERSOS
3
36
CREDI ESCOLAR
GASTOS DIVERSOS
3
11
CREDI ESTUDIO SUPERIORES
GASTOS DIVERSOS
3
36
CREDICAMPAÑA
GASTOS DIVERSOS
3
11
NAVICREDI
GASTOS DIVERSOS
3
11
GA G ASTOS DIVERSOS
3
60
GASTOS DIVERSOS
3
48
GA GASTOS DIVERSOS
3
60
CREDIAUTOLIQUIDABLE
CREDICONVENIO CREDIADMINISTRATIVO
Estos límites se revisarán periódicamente para ajustarlos al comportamiento de la economía nacional, al plazo del fondeo y demás relaciones financieras de la COOPACCH.
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TÍTULO VII :
CRÉDITOS HIPOTECARIOS
CAPÍTULO I : ESPECIFICACIONES Artículo 57°.- CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA Son aquellos créditos otorgados a personas naturales para la adquisición, construcción, refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia, siempre que tales créditos se otorguen amparados con hipotecas debidamente inscritas; sea que estos créditos se otorguen por el sistema convencional de préstamo hipotecario, de letras hipotecarias o por cualquier otro sistema de similares características. Se incluyen también en esta categoría los créditos para la adquisición o construcción de vivienda propia que a la fecha de la operación, por tratarse de bienes futuros, bienes en proceso de independización o bienes en proceso de inscripción de dominio, no es posible constituir sobre ellos la hipoteca individualizada que deriva del crédito otorgado.
Artículo 58°.- CONDICIONES DEL CRÉDITO a) Personas naturales que realicen una actividad económica (servicio, comercio y/o producción) con una antigüedad de 12 meses. b) Personas naturales que realicen una actividad económica dependiente (renta de quinta categoría). Del mismo modo las personas que perciban rentas de cuarta categoría, cuando provengan de una o distintas empresas y/o persona, con una antigüedad mínima de 24 meses.
c) La vivienda a financiar debe ser de primera venta y libre de cargas y gravámenes. d) Deben ser propietarios del terreno en el cual se realizará la edificación de la vivienda; en caso de realizarse una refacción o remodelación, deberán ser propietarios de su vivienda. En ambas situaciones, deberán acreditar la pertenencia del terreno o propiedad con el título respectivo. Página 126
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e) Inicialmente se ofrecerá el producto a los socios que han demostrado buen cumplimiento crediticio con la COOPACCH y las demás instituciones Financieras o bancarias, con calificación normal y como máximo con calificación CPP, con el respectivo sustento técnico.
f) Es indispensable la realización de un análisis de la capacidad y voluntad de pago, justificando los ingresos según la actividad generadora de los mismos.
g) El socio que cuenta con crédito Hipotecario, no podrá ser garante y/o aval de otro socio dentro de la COOPACCH. h) El solicitante debe presentar un presupuesto de las obras a realizar. i) Se requiere el consentimiento y la firma del cónyuge o conviviente. j) El monto del Crédito se determinará por la capacidad de pago, este no podrá superar el 80% del valor de la vivienda.
k) A la fecha del término del plazo del crédito otorgado el socio no debe exceder de la edad límite para la cobertura del seguro de desgravamen.
l) Se considera como máximo tres (03) instituciones con la que el deudor haya contraído obligaciones, siendo la COOPACCH la tercera Institución entidad como máximo con las que el deudor haya contraído obligaciones. Es preciso mencionar que esta condición deberá cumplirse antes del otorgamiento del crédito, en caso que el socio haya cancelado alguna de las entidades financieras, este deberá adjuntar los Vouchers de cancelación con la finalidad de cumplirse la condiciones descritas en el presente párrafo.
m) De tratarse de la adquisición de vivienda, el socio deberá adjuntar le DOI del (los) vendedor(es), Copia Literal del inmueble en referencia, certificado de gravamen, con una antigüedad no mayor a 15 días desde la fecha de expedición
n) Debe presentarse el informe de tasación del bien donde se realizara la construcción o adquisición del inmueble. Página 127
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Artículo 59°.- TIPO DE PRODUCTOS CRÉDITO HIPOTECARIO a) Hipotechic Créditos destinado a personal naturales dependientes y/o independientes generadoras deuna actividad de comercio, servicio o producción; el cual será
DEFINICIÓN
destinado a la adquisición, construcción, refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia, siempre que tales créditos se otorguen amparados con hipotecas debidamente inscritas; con créditos otorgados por el sistema convencional de préstamo hipotecario.
AGENCIA
Agencia Caraz, Yungay, Carhuaz, Huaraz y Chiquian
Persona Natural : EDAD
CLASIFICACION DEL DEUDOR
Edad Mínima 25 años
Hipotecario
MONTOS Y PLAZOS EN SOLES Y De S/10,000 hasta S/20,000 CONVERSION DE DOLARES (Nuevos De S/20,001 hasta S/30,000 De S/30,001 hasta 15 % del *P.E y Recurrentes) *P.E = Patrimonio Efectivo.
12 – 60 Meses 12 – 84 Meses 12 – 120 Meses
PLAZOS DE PAGO
Nuevo o Recurrente: Mínimo 1 año - Máximo 10 años
CUOTAS
Fijas e iguales
FRECUENCIA DE PAGO
Mensual
PERÍODO DE GRACIA
No hay
SEGURO DE DESGRAVAMEN
Para todo crédito individual
DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION PERSONA NATURAL: INGRESOS POR RENTA DE TERCERA CATEGORIA, CUARTA CATEGORIA O QUINTA CATEGORIA Fotocopia del DOI vigente del socio. Si tiene cónyuge (casado o conviviente): DOI del cónyuge vigente. Si Cuenta con aval(es): DOI del aval(es).
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DOCUMENTACIÓN DEL DOMICILIO: PARA TODO TIPO DE PERSONA NATURAL
Fotocopia del último recibo de luz, agua y/o teléfono cancelado, o constancia
de domicilio
emitida por el teniente gobernador; de ser
el caso.
DOCUMENTOS DE ACTIVIDAD ECONOMICA PERSONA NATURAL: RENTA DE TERCERA CATEGORIA
REQUISITOS
Licencia de Funcionamiento.
Ficha RUC.
Comprobantes de compra de mercaderías con una antigüedad de 12 meses.
Contrato de alquiler del puesto.
Tarjeta(s) de Propiedad(es) - SOAT.
Recibo de Pago Sisa - En el caso de ambulantes.
Fotografía actual impresa del negocio - Cuaderno de apuntes
Para socios que se encuentran en régimen general PDT Renta Anual y 3 PDTs e últimos pagos a cta. Del I. R (Incluir voucher de pago)
Para socios que se encuentran en el Nuevo RUS y Régimen Especial sus 3 últimos pagos a la Sunat.
PERSONA NATURAL: RENTA PENDIENTE Y DEPENDIENTE)
DE CUARTA
CATEGORIA
(INDE-
Seis (6) últimos Recibos Honorarios del solicitante.
Contrato de servicios vigente y anterior para demostrar antigüedad laboral, constancia de trabajo si fuera el caso u otro documento que acredite lo solicitado.
Ficha RUC (Renta de Cuarta)
RELACION: CUOTA/INGRESO BRU- Esta relación no podrá ser mayor al 60%. TO MAXIMO DE CUOTA ENCAJE DE APORTES
La cuota no debe superar el 30% del ingreso neto, descontando las deudas.
5% de Encaje de Aporte del Saldo Deudor Acumulado.
Mínimo en aportes S/ 130.00.
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Artículo 60°.- DE LA EVALUACIÓN DEL CRÉDITO HIPOTECARIO Para evaluar el otorgamiento de crédito a pequeña empresa se analizará la capacidad de pago, voluntad de pago, destino del crédito, comportamiento en el sistema financiero y garantías, patrimonio del negocio, importe de las obligaciones financieras, calificación y comportamiento en el sistema financiero y demás consideraciones de acuerdo a las Políticas Generales de Créditos, Manual de Evaluación Crediticia, procedimientos y entre otras disposiciones establecidas por la COOPACCH. Todo crédito Hipotecario será evaluado por el Analista de Créditos, quien será responsable de verificar in situ la actividad económica del solicitante levantando información para determinar la capacidad de pago del socio. Asimismo verificará los domicilios, referencias personales, comerciales y crediticias de los participantes del crédito, así como las garantías que se ofrecieran, para luego realizar el análisis cuantitativo y cualitativo y la propuesta del crédito en base a criterios técnicos, siendo responsable por la calidad del proceso, veracidad de la información y documentación contenida en las propuestas de crédito. En caso de que el solicitante del crédito presente dentro de su estructura remunerativa haberes variables (comisiones u otros) se le considerará un 50% como máximo del monto promedio de las 06 últimas boletas de pagos mensuales, siempre y cuando estas sean continuas. Se deberá tener especial cuidado al calcular los valores promedios de comisiones percibidas en las boletas de pago que será responsabilidad del Analista de Negocios y de las personas que aprueba el crédito el corregir situaciones especiales que se presenten, calculando un promedio de renta sostenible en el tiempo. Asimismo los haberes variables no deben superar el haber fijo. Los ingresos extraordinarios tales como bonos temporales, premios, asignaciones, horas extras o cualquier otro de carácter transitorio no se considerarán para el cálculo de la capacidad de pago del socio. En ningún caso un socio podrá mantener más de (03) tres créditos vigentes (directos e indirectos en cualquiera de sus modalidades crediticias que preste la COOPACCH), excepto en Página 130
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los casos de socios que presentan garantía líquida o garantía hipotecaria de acuerdo a la cobertura. Al momento de evaluarse y aprobarse la operación de un crédito los participantes del crédito tanto titular, cónyuge, avales entre otros, no podrán presentar cuotas atrasadas en sus créditos con nuestra institución, la otras IFIS, la misma condición deberán cumplir antes del desembolso.
Artículo 61°.- MODALIDADES CREDITICIAS a) Crédito Nuevo: Representa un primer crédito otorgado al socio de la COOPACCH, adicionalmente se tomara en cuenta los siguientes criterios: Socios sin bancarizar y bancarizado
El financiamiento de activo fijo será hasta un monto máximo del 80% de la inversión.
Las líneas (tarjetas de crédito) no utilizadas se debe provisionar 1/12 de las mismas en el estado de resultados. Las deudas de consumo deben incluirse en el detalle de gastos de la unidad familiar.
La unidad familiar que presente endeudamiento con negocios distintos y/o uno de ellos es dependiente, se considerará solo la deuda del titular en la evaluación principal. El Analista de Créditos debe sustentar con una evaluación secundaria (de otro negocio/boletas de pago) el pago de las deudas del cónyuge.
No serán sujetos de crédito aquellos socios que tienen crédito refinanciado en cualquier entidad financiera.
b) Crédito Recurrente o Ampliación: Representa el segundo y posteriores créditos otorgados al socio de la COOPACCH. Si al momento de otorgar un crédito recurrente el Página 131
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socio aún tiene cuotas pendientes de pago y se cancela el saldo vigente se considera una ampliación de crédito. Del mismo modo se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Cuando el saldo deudor se mantiene vigente después del desembolso del nuevo crédito, se trata de un crédito paralelo.
La ampliación de crédito podrá realizarse a más de un crédito vigente.
Aplica a cualquier producto de la COOPACCH; a excepción de créditos campaña.
El socio, cónyuge (o conviviente) y /o fiadores deben contar con calificación 100% normal en el sistema financiero (bancario y no bancario), dentro de los 6 últimos meses.
En caso que el socio, cónyuge (o conviviente) y /o fiadores tengan clasificación CPP (como máximo hasta 30%) deberá adjuntar por lo menos uno de los sustentos y regularización de dicha clasificación que se mencionan a continuación y obligatoriamente se deberá contar con comentario del Asesor de Negocios indicando el motivo de dicha clasificación validado por el Administrador: - Vouchers actualizados o al día de la(s) institución(es) financiera(s) que lo ha(n) reportado o el último estado de cuenta pagado, y el cronograma de pagos. - Carta de NO adeudo de la(s) institución(es) financiera(s). - Referencias crediticias de la(s) institución(es) financiera(s).
No podrá reengancharse ningún crédito que tenga alguna cuota vencida.
Para el caso de la primera ampliación; el socio debe contar con experiencia de 12 meses como mínimo, anterior la COOPACCH y haber cancelado el 50% de las cuotas pactadas; el Adelanto de Cuotas será tomado en cuenta a partir de l a segu nda amp liación . Página 132
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El socio será sujeto de evaluación de un crédito; siempre que en adición a la evaluación cualitativa y cuantitativa cumpla con las siguientes condiciones: - Promedio de mora <= a 3 días: incrementar hasta 100% su crédito. - Promedio de mora >3 y <= a 6 días: incrementar hasta 50% su crédito. - Promedio de mora >6 y <= 15 días: mantener monto del crédito. - Promedio de mora > a 15 días: crédito no procede.
c. Crédito Paralelo: Es el(los) crédito(s) que se otorga(n) adicionalmente al(los) crédito(s) vigente(s), cuya propuesta estará respaldada por una adecuada evaluación de la capacidad de pago. Tiene(n) como finalidad cubrir necesidades financieras para capital de trabajo; por lo general, en épocas de campañas y a 360 días como máximo, cuando el movimiento comercial muestra un mayor dinamismo en un periodo determinado. Además se tomara en cuenta los siguientes criterios:
Mínimo 50% del número de cuotas (pagos efectuados de acuerdo al cronograma, no incluye adelanto de cuotas). El Adelanto de Cuotas será tomado en cuenta a partir del segundo Crédito.
Para que un socio sea sujeto de evaluación de un crédito paralelo deberá cumplir con las siguientes condiciones: - Promedio de mora <= a 3 días. - Promedio de mora > a 3 días: crédito paralelo no procede. - Promedio de mora > a 15 días: crédito no procede.
El socio y su cónyuge deben tener clasificación 100% normal en el último mes. En caso el socio o su cónyuge tengan clasificación hasta de 30% CPP con una sola institución la operación deberá ser revisada por el comité de créditos con los debidos sustentos. Página 133
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TÍTULO VIII :DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
Artículo 62°.- LIMITACIONES DE CRÉDITO
Se podrán otorgar máximo 3 créditos por socio.
Artículo 63°.- GARANTÍAS
Se tomara en cuenta lo indicado en el cuadro de garantías.
Complementariamente a la decisión del crédito, se aceptarán garantías como Hipotecas y garantías Autoliquidables que respalden el crédito a otorgar.
Artículo 64°.- PARA AQUELLOS CRÉDITOS A OTORGAR CON GARANTÍA HIPOTECARIA SE DEBERÁ ADJUNTAR LO SIGUIENTE:
Certificado de Gravamen negativo para el caso de bienes inscritos, cuya antigüedad en ningún caso podrá superar quince (15) días naturales de la fecha de su expedición.
Excepcionalmente podrá solicitarse copia literal de dominio simple de la partida registral correspondiente tratándose de bienes inscritos; el que será obtenido por cuenta y cargo del socio de SUNARP en línea en caso requerir información mayor detallada del bien.
Tasación de Garantía elaborada por Perito registrado en el REPEV y calificado por la COOPACCH.
El Analista de Créditos o los niveles de aprobación podrán requerir otra documentación de ser necesario. Todas las copias de la documentación alcanzada por los socios deberán ser fedateadas por el Analista de Créditos teniendo a la vista los originales.
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Artículo 65°.- NIVELES DE APROBACIÓN La solicitud de crédito debe ser presentada y sustentada por el Analista de Créditos en el Comité de Créditos de acuerdo al nivel de aprobación estipulado en el presente reglamento. En la instancia correspondiente se debatirá la aprobación y se revisará el expediente, siendo responsabilidad del comité de créditos verificar el levantamiento de las observaciones realizadas, verificación física de los documentos presentados para dar la conformidad previa al desembolso de acuerdo a la resolución del Comité de Créditos, la misma que se indicará en el formato de aprobación. Los participantes del Comité de Créditos firmarán en el expediente dando conformidad, Es responsabilidad del Analista de Créditos obtener los refrendos necesarios del Comité de Créditos y/o anexar la impresión de la aprobación o vistos respectivos. Es responsabilidad del Analista de Crédito obtener los refrendos necesarios de los miembros del Comité de Crédito y/o anexar la impresión de la aprobación o visto respectivo físico, electrónica y/o digitalmente. TÍTULO IX :DISPOSICIONES
FINALES
Artículo 66°.- CONSIDERACIONES ADICIONALES Las excepciones a lo establecido en el presente documento serán aprobadas por el Consejo de Administración, previa opinión del Gerente General, según Cuadro de Autonomía de aprobación de excepciones (Anexo N° I y II), las mismas que deberán registrarse en el sistema informático y expediente de crédito para su posterior aprobación del nivel respectivo.
Artículo 67°.- VIGENCIA La presente norma entra en vigencia desde la aprobación del Consejo de Administración, derogando toda disposición anterior de la COOPACCH que trate sobre los aspectos contemplados en el presente documento normativo. Página 135