Proyecto Final Jorge Andrés Oliva Ramos Legislación Laboral y Comercial Instituto IACC 31 – 05 – 2018
Desarrollo
Instrucciones: Instrucciones: Lea detenidamente cada uno de los planteamientos y responda de manera precisa y sobre la base de lo estudiado en esta asignatura lo que se le l e pregunta a continuación:
Requisitos formales Desarrolle el proyecto final de la asignatura en un archivo Word, incluya una portada donde figure su nombre, el nombre de la asignatura y el tipo de trabajo (en este caso Proyecto Final).
Cantidad de palabras: 1.500 como mínimo.
Interlineado: Interlineado: 1,5 Recuerde que el trabajo debe obedecer a una elaboración personal, utilizando sus propias palabras, citando si corresponde y cuidando su ortografía y redacción.
PAUTA DE EVALUACIÓN:
1. Explique cuáles son las diferencias que existen entre la Responsabilidad Civil Contractual y la Responsabilidad Civil Extracontractual.
La responsabilidad se puede definir como el principio que abarca todo el derecho, y consiste principalmente la indemnización o retribución en caso de que se cometa algún daño hacia terceros, lo que comúnmente se conoce como “el que rompe paga”, la indemniz ación debe ser
realizada con un servicio, objeto o acto que tenga un valor similar a lo dañado.
La responsabilidad civil como principio se puede subdividir en dos áreas, la Responsabilidad Civil Contractual y la Responsabilidad Civil Extracontractual, las cuales pasaré a explicar a continuación:
Responsabilidad Civil Contractual: La responsabilidad civil contractual se refiere a la responsabilidad de indemnización pertinente ocurrida al momento de infringir o incumplir las condiciones pactadas mutuamente en un contrato, la persona a la cual le han incumplido aquellas condiciones o derechos acordados, tiene la posibilidad de ejercer acciones legales, con el fin, conseguir el cumplimiento forzado de aquel contrato o su resolución.
Responsabilidad Civil Extracontractual: Este tipo de responsabilidad se distingue por poseer la obligación de indemnizar o retribuir a una tercera persona en el caso de que se le ha causado algún tipo de daño, sea material o personal, aunque este hubiera sido causado por intención, por negligencia, culpa o impericia, el pago de aquella obligación debe siempre hacerse valedera, sin importar que exista ningún tipo de lazo o nexo jurídico que una a los responsables de aquella situación. Se denomina extracontractual porque la falta o daño no es provocado por el incumplimiento de un contrato.
La principal diferencia existente entre ambos tipos de Responsabilidades civiles, es la presencia o ausencia de un acuerdo contractual entre las partes involucradas.
a) Dé un ejemplo de cada una.
Ejemplo de Responsabilidad Civil Contractual:
El señor Jorge Oliva es un trabajador perteneciente a la empresa JASOR LTDA. Con la cual firmó un contrato laboral, donde se acordaron las condiciones en mutuo acuerdo para desempeñar sus funciones pertinentes, el empleador en acuerdo con el empleado, dispuso que el pago líquido remunerado por las labores ejercidas fuera de un total de $500.000 pagaderos el día 30 de cada mes. Al quinto mes el sr. Oliva no recibió su remuneración en aquella fecha estipulada en el contrato, transcurriendo varias semanas sin tener novedades acerca de su sueldo. Esta situación es propicia para que el trabajador nombrado nombrado en el caso práctico pueda tomar acciones legales y exigir el pago o llevar a cabo la finalización de su contrato con aquella empresa.
Ejemplo de Responsabilidad Civil Extracontractual:
El señor Jorge Oliva va conduciendo su vehículo en exceso de velocidad por las calles de su ciudad, sin darse cuenta de un segundo a otro pierde el control del volante y estrella su automóvil contra un grifo de agua que se encontraba en las proximidades, provocando el destrozo e inhabilitación inhabilitación de aquel grifo, el responsable de este acto debe entregar una indemnización económica, ajustable al valor del daño cometido, además de una sanción por estar conduciendo por sobre los límites de velocidad estipuladas, cometiendo actos imprudentes y de alto peligro.
b) Señale en qué tipo de Responsabilidad Civil se enmarca el siguiente caso:
José Pérez compró un departamento en Viña del Mar para usarlo en las vacaciones, pero como casi no tenía tiempo para disfrutarlo, le hizo una promesa de venta del referido departamento a su primo Miguel Ángel. Llegado el plazo para la venta definitiva del inmueble, José se arrepintió y decidió no venderlo. Miguel Ángel había conseguido algunos préstamos con intereses para pagar la compra, cuando su primo le informó que ya no se lo vendería, entró en cólera y arremetió contra el vehículo de José, causándole daños graves al mismo.
En aquella situación se pueden distinguir los dos tipos de Responsabilidad civil tratados y estudiados a lo largo del periodo de esta asignatura:
Responsabilidad Civil Contractual: se hace alusión a este principio ya que existe una falta de las condiciones en un acuerdo contractual, en este caso la promesa de compra/ venta pactada entre ambas personas, por ende si José Pérez falto a aquella promesa debe indemnizar a su primo Miguel Ángel, con una retribución que generalmente se encuentra pactada previamente en el contrato.
Por otro lado también se puede apreciar que está presente el concepto de Responsabilidad Civil Extracontractual, ya que el Sr. Miguel Ángel causa graves daños al vehículo de su primo José, en donde el agresor debe ser detenido por las autoridades pertinentes y realizar el pago correspondiente a los daños provocados a aquel objeto.
2. Explique cómo se clasifican las obligaciones.
Una obligación jurídica desde el punto de vista del derecho hace alusión a una relación jurídica existente entre 2 partes, un acreedor y un deudor, donde ambos están vinculados y relacionados entre sí, ya que entre ellos existe una obligación, la cual el deudor debe cumplir o corresponder devolviendo devolviendo aquel servicio prestado prestado o solicitado solicitado por el acreedor, ya sea un objeto, dinero o algún hecho acordado previamente entre ambas partes. Es de suma importancia que las partes involucradas siempre deben tener presente que el acuerdo que determinen entre el acreedor y deudor, debe estar dentro de los márgenes de la ley no cayendo en ilícitos.
Las obligaciones jurídicas se pueden clasificar mediante muchos aspectos, los cuales explicaré a continuación: Obligaciones de especie o de cuerpo cierto y de género:
Obligaciones de género: género: En este tipo de obligaciones el deudor se compromete y se obliga a devolver o entregar un bien del mismo tipo o especie, es decir puede entregarle al acreedor cualquier bien que sea del mismo tipo el cual el entrego, siempre y cuando este bien proporcionado sea de una calidad a lo l o menos mediana.
Obligaciones de cuerpo cierto: es cierto: es aquel tipo de obligaciones el deudor se compromete a entregar un bien único y especifico, en otras palabras, el deudor debe entregar al acreedor un bien el cual no tiene reemplazo, sino que es único e irrepetible.
Además se pueden encontrar las obligaciones solidarias, obligaciones facultativas y obligaciones alternativas, las cuales se definen a continuación:
Obligaciones solidarias: solidarias: Una obligación solidaria es aquella que supone sujetos múltiples, es decir, existen muchos deudores o muchos acreedores para aquella obligación. La característica principal de una obligación solidaria es que la deuda la comparten todos, y el pago de cada uno va haciendo disminuir la obligación, pero los acreedores si quieren pueden cobrar la totalidad de la deuda a un solo deudor, evitando así que el resto de los deudores involucrados realice pagos.
Obligaciones Facultativas: Este Facultativas: Este tipo de obligaciones se caracterizan porque el deudor se compromete y está obligado a entregar un bien determinado al acreedor, pero esta estipulado en el mismo contrato, que si por cualquier motivo que escape del deudor, este no puede proporcionar aquel bien especifico, el deudor puede reemplazar o sustituir aquel bien por otro que establezcan ambas partes.
Obligaciones Alternativas: Las Alternativas: Las obligaciones alternativas son aquellas donde el acreedor quedará satisfecho con la retribución de algunas cosas que se le deben a este mismo, que son proporcionadas por el deudor y escogidas por esta misma persona, además se pacta previamente entre ambas partes para determinar con cuales bienes el acreedor quedará satisfecho, entregándole aquellas opciones de pago.
a) Lea el siguiente caso y responda las preguntas:
Josefina es empleada de confianza en una tienda de ropa. r opa. La dueña de la tienda se fue de viaje por un mes a Europa y le entregó las llaves de su casa a Josefina para que le hiciera el favor de ir a regar las plantas, lo que ella cumplió. Estando en esos quehaceres, a las dos semanas, Josefina se dio cuenta que la cerradura de la puerta del jardín no estaba cerrando bien y contrató a un cerrajero para que la reparara, ya que cualquiera podría entrar; ella le pagó con dinero de la tienda. Al llegar la dueña de la tienda, esta se molestó con Josefina por haber mandado a reparar la puerta sin su permiso y, además, le descontará el dinero de su sueldo.
i. ¿Josefina actuó ajustada a derecho? ¿Por qué?
Desde el punto de vista del derecho podemos observar que las acciones cometidas por Josefina causan una doble lectura, es decir, en la primera ocasión Josefina está realizando un favor y una obra de ayuda hacia su jefa, ya sea regándole las plantas o en la intención de reparar la puerta que se encontraba en mal estado, ajustándose al derecho, pero por otro lado también comete un error, ya que estas acciones las realiza sin tener el consentimiento del dueño del hogar, además de retirar dinero que no es de ella para hacer efectivo el pago por el arreglo de la puerta, por aquel motivo existe una doble lectura desde el punto de vista del derecho.
ii. ¿Qué obligación nace de la acción de Josefina?
En este caso nace una obligación de género, debido a que Josefina utilizó dineros que no eran de su propiedad y tomo decisiones en asuntos en donde no poseía ninguna atribución, por ende ella debe se encuentra en la obligación de hacer devolución de aquel dinero.
iii. ¿Qué acciones legales podría emprender Josefina?
Josefina podría tomar acciones legales, amparada bajo el argumento de la existencia de un abuso de poder por parte de su empleadora, debido a que la dueña de la tienda estaría usando la situación de subordinación de Josefina para que ella se quede al cuidado de su hogar por aquel lapso de tiempo, además le impone un castigo descontando aquel dinero gastado directamente desde sus remuneraciones lo que en cierta parte igual se encuentra erróneo, ya que, Josefina solo estaba primando por la seguridad del inmueble y las pertenencias de su jefa, aunque en cierto modo lo hizo sin su autorización pero no con una intencionalidad negativa. Además Josefina podría tomar acciones legales por Daño y Perjuicio, debido a que ella actuó bajo derecho por lo tanto considero que la dueña o propietaria no debiera descontarle el arreglo de la l a chapa.
3. Señale las incapacidades especiales del contrato de compra-venta. a) Lea el siguiente caso y responda si es válida la venta. Justifique.
José Miguel, de 17 años, contraerá matrimonio con régimen de participación de gananciales, por lo que sus padres han acordado venderle un departamento que tienen en la comuna de Ñuñoa para que viva allí con su futura esposa.
Este caso de compra – venta no se puede considerar como válido, debido a los siguientes puntos:
-
“Es nulo el contrato de compraventa entre cónyuges no separados judicialmente, y
entre el padre padre o madre y el hijo sujeto a patria potestad”. (Artículo1769 Código Civil), es decir en este caso los padres de José Miguel no pueden hacer efectiva la compra-venta de aquel inmueble ubicado en Ñuñoa, que vaya destinada a su hijo.
-
Según nuestra legislación la edad mínima en que una persona puede contraer matrimonio es de 16 años mediante su propia voluntad o consentimiento, para que un menor de edad sea capaz de recurrir al proceso matrimonial debe tener el permiso legal de los progenitores, o de lo contrario no podrá hacer efectivo aquel tramite.
4. Señale las causales de quiebra, quiénes no pueden solicitar la declaración de quiebra y qué bienes son inembargables.
Cabe recordar que el proceso de quiebra se puede definir como la insolvencia que tiene una persona natural o jurídica a la hora de realizar un determinado pago de las cuentas que adeuda, en otras palabras, una empresa o persona se declara en quiebra cuando no es capaz de pagar la cantidad total que posee de deuda, por lo que tendrá que pagar a los acreedores con los bienes que posea para igualar el monto de la deuda, y así finalizar con aquella obligación.
Según la legislación Chilena, Chilena, específicamente específicamente el artículo 43 de la Ley Ley de Quiebras, establece las siguientes causales de quiebra:
Cuando el deudor que lleve a cabo una actividad comercial, minera, industrial o agrícola finalice el respectivo pago de una obligación mercantil con la persona a la cual se le solicito.
Si el deudor se fuga o escapa del territorio nacional o se oculte y cierre todas sus oficinas y vínculos económicos, sin dejar a ninguna persona que administre sus bienes en su representación.
Cuando el deudor contra el cual hubiesen tres o más títulos ejecutivos vencidos, proveniente de una variedad de obligaciones, estando a lo menos 2 de aquellas obligaciones iniciadas, sin haber presentado (dentro de los cuatro días siguientes) bienes suficientes para hacer pagaderas aquellas deudas.
Por otro lado según los artículos 46 y siguientes de la ley de quiebra (ley 18175), señalan a las personas que no pueden exigir o solicitar el estado de quiebra:
No podrán pedir la declaración del estado de quiebra, en los respectivos casos: el marido acreedor de su mujer, la mujer acreedora del marido, el hijo acreedor de su padre y el padre acreedor del hijo.
El socio comanditario no puede exigir la declaración de quiebra de la empresa a la cual es socio, pero si aquel socio comanditario se convierte en acreedor particular de la compañía puede solicitar tal estado de quiebra.
En el caso de quiebra de un menor adulto que administre su empresa o proyecto profesional / industrial, responderá solo ante los bienes de este peculio.
Las personas incapaces exclusivamente podrán ser declarados en estado de quiebra a causa de las obligaciones válidamente contraídas por intervención de sus representantes legales o siendo autorizado por la justicia.
Además la ley Chilena declara que todos los bienes de la persona jurídica o natural son embargables, a excepción de aquellos bienes que se consideran inembargables, inembargables, estos son:
o
El lecho del deudor, su cónyuge, hijos o cualquier persona que viva a expensas de él.
o
Vestimenta del deudor, su cónyuge e hijos.
o
Muebles pertenecientes al dormitorio y la cocina de uso familiar.
o
Materiales necesarios para fomentar el estudio y el trabajo.
o
Las dos terceras partes del salario de los empleados en servicio público, siempre que ellas no excedan de noventa centésimos de escudo; si exceden, no serán embargables los dos tercios de esta suma, ni la mitad del exceso. La misma regla se aplica a los montepíos, a todas las pensiones remuneratorias del Estado, y a las pensiones alimenticias forzosas.
5. Elabore un esquema clasificando las sociedades.
6. Lea el siguiente s iguiente caso y señale si procede o no. Justifique su respuesta. r espuesta.
Alfredo trabaja en una panadería y su jefe le propone aumentarle su salario a cambio de que renuncie a uno de sus días de descanso.
Esta situación no puede proceder dentro de los márgenes legales, debido a que ninguna persona puede renunciar a sus derechos, y cada trabajador está amparado por diversos derechos presentes en el código laboral, y al momento de firmar y establecer un acuerdo contractual con un empleador se está sujeto al derecho obligatorio e irrenunciable de poseer un día de descanso, el cual esta previamente señalado y acordado por ambas partes. Es por esta razón que conforme lo prescribe el artículo 35 del Código del Trabajo, por regla general, los días domingo y aquellos que la ley declara festivos son de descanso y no se pueden renunciar a ellos, salvo respecto de las actividades autorizadas por ley para trabajar en esos días.
Las partes podrán pactar la jornada de trabajo correspondiente a un día hábil entre dos días feriados o entre un día feriado y un día sábado o domingo, según sea el caso, sea de descanso con goce de remuneraciones acordando la compensación de las horas no trabajadas mediante la prestación de servicios con anterioridad o posterioridad a dicha fecha. No serán horas extraordinarias las trabajadas en compensación del descanso pactado. (Artículo 35 bis del código del trabajo, República de Chile).
7. Mencione las principales diferencias entre el sistema de subcontratación y las empresas de servicios transitorios. El Sistema de subcontratación está regulado y supervisado por la Ley 20.123 y se puede entender al sistema de subcontratación como el proceso el cual una empresa delega la responsabilidad a una empresa o persona a cumplir y llevar a cabo ciertas actividades, abalados mediante un contrato laboral, en otras palabras existe una empresa principal que contrata a una empresa contratista la cual desempeña un trabajo o labor determinada, la cual está regulada y prevista por contratos laborales y acuerdos previos. El principal objetivo de la creación de esta norma es brindar protección a los derechos laborales y previsionales de los trabajadores, en caso de que bajo alguna circunstancia estos sufran abusos de poder o faltas a las condiciones acordadas inicialmente en el contrato laboral.
Dentro de la organización principal que se encuentra en un servicio de subcontratación, podemos encontrar las siguientes partes o divisiones: -
Empresa principal
-
Empresa contratista
-
Trabajadores-Contratistas
Según disponen los artículos 183-B, 183-C, 183-D, 183-E de la Ley 20123, la empresa principal posee la obligación de mantener ciertas medidas con el fin fi n de salvaguardar eficazmente la vida, salud e higiene de sus trabajadores, cualquiera sea dependencia, siendo esta la responsabilidad principal y exclusiva que posee la empresa principal.
Por otro lado los derechos del trabajador subcontratado son los mismos que goza cualquier trabajador que haya firmado un acuerdo contractual abalado mediante el código del trabajo, además se debe recalcar que a lo único que se obliga al trabajador es a lo que su empleador haya convenido en el contrato de trabajo que suscribió con la empresa principal. Es importante reiterar que el empleador directo del trabajador es el contratista o subcontratista.
En cambio se puede definir a Las empresas de servicios transitorios como el tipo de organizaciones que contrata y reúne un grupo humano de trabajo de manera temporal con un periodo de tiempo limitado (90 y 180 días), con el fin de que lleven a cabo una cierta tarea o consecución de actividades. Este tipo de empresas son reguladas por la ley 20.123, segundo párrafo.
La principal función de este tipo de empresas es brindar fuerza laboral y auxiliar a las empresa cuando por diversos motivos están “cortos” de personal, por ejemplo algunas compañías
recurren a este tipo de empresas de servicios transitorios cuando tienen necesidad de contratar personal por un corto periodo de tiempo, para cubrir ciertas necesidades que se les presenten cuando sus propios empleados presentan licencia por razones de salud o vacaciones, porque necesita personal extra para cubrir un evento, o bien, porque debe cumplir con una faena específica que le exige contratar más personal.
Enmarcando así la diferencia central entre una sistema de subcontratación y las empresas de servicios transitorios, en donde la primera antes señalada (sistema de subcontratación) contrata a diversos trabajadores bajo las mismas circunstancias que cualquier otro trabajador, para enviarlo a desarrollar una labor determinada en otra empresa, estando contratado por la empresa principal, en cambio en las empresas de servicios transitorios se puede observar que el trabajo desempeñado por los trabajadores es solo temporal y enfocado a una tarea específica en un lapso de tiempo que no supere los 90 o 180 días., siendo las condiciones contractuales distintas que las comunes por aquel sentido del tiempo de contratación.
8. Señale las normas más innovadoras que comprende la Ley 20545.
Según mi perspectiva, la Ley 20545 (Ley de protección a la maternidad) brinda una gran posibilidad y ayuda a cada trabajador, ya que le brinda un descanso remunerado en uno de los momentos más trascendentales de su vida, en la cual las personas deben concentrar todas sus energías y brindar protección y cuidados su familia con mayor ímpetu y concentración durante esos meses iniciales, que muchas veces resultan ser los más complejos.
Normas y Puntos importantes que establece la Ley 20545: 20 545:
Todo trabajador tendrá derecho a descanso por maternidad, por un lapso de tiempo que transcurre desde las seis semanas previas al parto (prenatal) y doce semanas posteriores del respectivo nacimiento (post natal).
El padre trabajador podrá gozar un derecho de permiso laboral remunerado de cinco días en caso del nacimiento de su hijo, pudiendo utilizarlos dependiendo su elección.
.El progenitor varón también podrá contar con un lapso de tiempo de post-natal, para dedicarse al cuidado equitativo de su familia y progenitores.
La duración total del descanso posnatal es de tres meses, recibiendo un pago con un límite de 66 UF, restando algunos descuentos legales, más tres meses de un nuevo permiso posnatal parental, en exactamente las mismas condiciones que el anterior, lo que permite a la trabajadora trabajadora poder conseguir un permiso remunerado por el lapso de seis meses.
Bibliografía
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IACC (2018). De los actos de comercio y los comerciantes - Parte II. Legislación Laboral y Comercial. Semana 3 http://online.iacc.cl/pluginfile.php/3856582/mod_resource/content/1/03_legislacion_laboral_ comercial.pdf
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IACC (2018). Propiedad intelectual y Ley de Protección al Consumidor. Legislación Laboral y Comercial. Semana 6. http://online.iacc.cl/pluginfile.php/3856624/mod_resource/content/1/06_legislacion_laboral_ comercial.pdf
IACC (2018). Del contrato de trabajo - Parte I. Legislación Laboral y Comercial. Semana 7. http://online.iacc.cl/pluginfile.php/3856642/mod_resource/content/1/07_legislacion_laboral_ comercial.pdf
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Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Subsecretaría del Trabajo (2003). Código del Trabajo. http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=207436&idParte=0