UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERU
TEMA: Protocolo Familiar – SAN SAN FERNANDO S.A PROFESOR: Lic. Fredy Ayala Cochon PRESENTADO POR: CABRERA ARIZACA ALDO CLAUDIO BARREDA CHOQUE JEAN CARLO SAGASTEGUI ALMANACIN HAIDY APAZA CALISAYA JHONY EVIS
Arequipa – Perú Perú 2012
San Fernando - Protocolo
INTRODUCCION El éxito de San Fernando se basa en la implementación de un modelo de excelencia Operativa que contempla la adquisición de tecnología de punta, la estandarización de todos sus procesos, el fortalecimiento de sus capacidades de organización. La selección y contratación de profesionales de primer nivel y la innovación continua.
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Historia Fundada el año de 1948 por Julio Soichi Ikeda Tanimoto. La empresa inicio sus operaciones como una empresa familiar dedicada a la crianza de patos: Casi 70 años después, gracias a la visión de su fundador y del esfuerzo y compromiso de todas las personas que son y han sido parte de la compañía. San Fernando se ha convertido hoy en un ejemplo de éxito en gestión comercial y líder de su sector. Actualmente, cuenta con 5 unidades de negocio, pollos, pavos, cerdos, huevos y productos procesados, y a consolidado su posición en el mercado, entre los factores, gracias a la integración de sus procesos productivos, a una novedosa estrategia de ventas orientada al consumidor final y a una gestión guiada por el compromiso con la calidad total. San Fernando es hoy el principal abastecedor del mercado nacional es sus más importantes áreas de negocio y sus productos se exportan a mercados competitivos y diversos como Colombia, Ecuador y Bolivia. El existo de San Fernando se basa en la implementación de un modelo de excelencia operativa que contempla la adquisición de tecnología de punta, la estandarización de todos sus procesos, el fortalecimiento de sus capacidades de organización, la selección y contratación de profesionales de primer nivel y la innovación continua. Todos los esfuerzos de la empresa están orientados a convertir a san Fernando en una compañía que compite en el mercado global con productos de valor agregado y un servicio caracterizado por la calidad.
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Misión: Contribuir al bienestar de la humanidad, suministrando alimentos de consumo masivo en el mercado global. Visión: Ser competitivos a nivel mundial suministrando alimentos de valor agregado para la alimentación humana. Valores:
Honestidad
Lealtad
Laboriosidad
Respeto
Responsabilidad
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Estructura organizacional Directorio
Directorio
Gerencia General
Calidad
Gerencia corporativa comercial Administracion de la demanda
Gerencia corporativa de control interno
Productos nuevos
Control de procesos
Servicio al cliente
Gerencia corporativa de operaciones
Gerencia corporativa de politicas y normas
Gerencia corporativa de administracion y finanzas
Sanidad Legal Proyectos Programacion maestra Finanzas
Marketing
Pecuaria
Recursos Humanos
Exportacion
Industrial
Tecnologia de la información
Ventas y mercadeo
Logistica
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Artículo 1º. Ámbito de aplicación A. Ámbito subjetivo El objetivo del protocolo familiar es establecer las reglas básicas de dicha relación, de modo que todos las conozcan y sepan a qué atenerse, de modo que se eviten al máximo los conflictos. De todos modos el protocolo no es la panacea universal y, por lo tanto, su existencia no es una garantía de éxito, continuidad y armonía.
1.1 Quedan obligados a cumplir las normas establecidas en el presente Protocolo todos los miembros del Grupo Familiar que suscriben este documento, así co mo el resto de miembros que por ser menores de edad, no la hayan suscrito.
1.2 Quedarán también obligados a su cumplimiento todos los miembros de la Familia que mediante la adquisición de participaciones de la Empresa se conviertan en miembros del Grupo Familiar.
1.3 Los miembros del Grupo Familiar adoptarán las medidas legales que sean necesarias para asegurar que la titularidad de las participaciones y derechos sobre la Empresa se conserve en manos de la Familia.
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San Fernando - Protocolo B. Ámbito objetivo 1.4 Quedan sujetas al presente Protocolo las participaciones sociales de la sociedad o sociedades cabeceras o cualquier derecho sobre las mismas o sobre el capital o beneficios de la citada sociedad.
1.5 Quedan también sujetos los derechos sobre las participaciones que, directa o indirectamente, ostente la sociedad o sociedades cabeceras sobre otras entidades.
1.6 Quedarán también sujetos los derechos sobre las participaciones de entidades que en el futuro se incorporen al Grupo Empresarial al ser adquiridas o constituidas por alguna de las entidades del Grupo.
1.7 Quedarán también sujetos al Protocolo los bienes y derechos que, provenientes del patrimonio de la Empresa, la Junta de Socios no decida desafectar.
Articulo N°2 Naturaleza constituyente y obligacional 2.1 El protocolo tendrá un carácter contractual, es decir, es un documento público o privado que contempla una serie de derechos y deberes para los firmantes, por el que quedan vinculados jurídicamente, estableciéndose en su caso las cautelas, garantías o sanciones que se consideren oportunas para el caso de incumplimiento.
2.2 Es aconsejable progresar en la creación de mecanismos que fomenten el interés de los hijos para la empresa para lograr, aunque no trabajen directamente en ella que se sientan integrados e informados de su desarrollo, de sus proyectos y de sus resultados
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San Fernando - Protocolo Artículo 3º Valores Profesionalidad y solidaridad
3.1
La Empresa se regirá aplicando criterios estrictamente profesionales. La Familia hará abstracción de sus intereses personales cuando tome decisiones empresariales y procurará que la administración y gestión de la Empresa se organice atendiendo al interés social y no el familiar, persiguiendo la creación de riqueza a largo plazo para el accionista.
La Empresa tomara en cuenta los derechos de sus accionistas y procurará retribuirlos como en el mercado lo hagan otras empresas similares.
El Grupo Familiar, en la medida de sus posibilidades, ayudará a los miembros de la Familia que lo soliciten a conseguir sus aspiraciones profesionales. Los miembros de la Familia cuya conducta, comportamiento o esfuerzo personal no sean consistentes con las peticiones que formulan, no tendrán derecho a obtener ésta ayuda.
Liderazgo y transparencia
3.2
La administración y dirección de la Empresa se confiarán a las personas más idóneas en razón de sus conocimientos, cualidades y capacidad de liderazgo. En la medida de lo posible, la dirección ejecutiva de la Empresa se confiará a una sola persona.
La confianza y la delegación deberán coexistir con un esquema de información sistemático que asegure la transparencia de la gestión y permita el seguimiento oportuno y completo de los resultados de la Empresa.
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San Fernando - Protocolo Pro actividad
3.3
Esta es una clara característica de los empresarios de éxito, ser proactivo significa tomar acción sobre las oportunidades que se nos presentan a diario; prever, intuir, y actuar de manera positiva sobre todos los problemas que puedan ocurrir en el negocio, uno debe ser capaz de reaccionar instantáneamente y de forma eficaz, en todas o en casi todas las situaciones que puedan surgir.
Perseverancia
3.4
La perseverancia en un empresario significa logros, quien esté dispuesto a tener negocios productivos, necesariamente requiere de levantarse y luchar todos los días en contra de las adversidades y de los problemas que se puedan presentar, esto aunado a una motivación empresarial a toda prueba; Darse por vencido o tener pensamientos negativos suelen ser factores que pueden inundar la mente del empresario todos los días, habrá que luchar incesantemente contra estos pensamientos para no dejarse vencer
Disponibilidad al Cambio
3.5
Llevar a cabo las ideas de negocios requiere de mucho temple, y sobre todo tener por entendido que habrá la necesidad siempre de estar dispuesto al cambio, cuando las cosas no salen como se planean se requiere de pequeños o grandes ajustes que harán que nuestro camino tome un nuevo rumbo; habrá que estar con la disponibilidad y la capacidad de entender que las cosas no siempre salen como las previmos.
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CAPÍTULO II. GOBIERNO Y DIRECCIÓN Artículo 4º. El consejo de Familia 4.1 Misión. Se crea el Consejo de Familia con la misión principal de cuidar y asegurar la buena convivencia familiar y la aplicación de los principios y normas del Protocolo Familiar.
4.2 Miembros. El Consejo de Familia estará integrado por la siguientes miembros: los Fundadores, los cabezas de Rama Familiar y tres personas ajenas al Grupo Familiar y de reconocido prestigio empresarial, profesional, cultural, etc. y que acrediten una trayectoria de honestidad y profesionalidad, los cuales deberán ser propuestos por algún miembro de este Consejo y aceptados unánimemente por el resto de los miembros del Consejo de Familia. Los Fundadores formaran parte del Consejo hasta que por voluntad propia decidan desvincularse o si existiera algún motivo legal o de otra índole que les impidiera ejercer con normalidad su función.
4.3 Requisitos para ser miembro. Podrán acceder al Consejo de Familia. además de los Fundadores, los Cabezas de Rama Familiar y las tres personas ajenas al Grupo Familiar, los miembros de la Familia en quienes concurran y se mantengan las siguientes condiciones.
a) Tener cumplidos los dieciocho años de edad. b) Estar en posesión de una diplomatura o licenciatura nacional o extranjera, salvo cuando no hubiera ninguno que reuniera esta condición de entre los miembros de la Familia.
c) No formar parte, al mismo tiempo, del Consejo de Administración.
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San Fernando - Protocolo 4.4 Funciones específicas. Las funciones del Consejo de Familia son las necesarias para llevar a cabo su misión. A título orientativo se pueden enumerar las siguientes:
a) Impulsar la aplicación del Protocolo y desarrollar sus previsiones. b) Recibir la información que, sobre la marcha y resultados de la Empresa, le debe presentar el Consejo de Administración.
c) Transmitir al Consejo de Administración las sugerencias que formulase la Familia y que tuviesen coma finalidad mejorar la calidad de la gestión empresarial, la armonía y convivencia entre los integrantes de la Familia o el cumplimiento de deberes o normas contenidas en este Protocolo.
d) Administrar y gestionar las obligaciones de tutela en la formación y orientación profesional de los jóvenes familiares establecidas en el Protocolo y en el Fondo para la Financiación de Programas Educativos
e) Supervisar y proponer al Consejo de Administración la realización de prácticas laborales dentro del Grupo par parte de la Familia o sus descendientes.
4.5 El Presidente Ikeda Matsukawa Julio EI Consejo de Familia elegirá en su seno, por unanimidad, a un Presidente quien ejercerá el cargo hasta que el decida pasar su cargo, salvo que renuncie voluntariamente a él o sea removido del mismo por el Consejo de Familia que podrá tomar la decisión, por mayoría de 2/3, en cualquier momento. En ningún caso podrá ejercer de Presidente quien sea primer ejecutivo o Presidente de la Empresa. En el supuesto de que no hubiera unanimidad para designar a la persona que deba asumir la Presidencia, ejercerá de Presidente, durante un periodo de dos años, el miembro del Consejo de Familia de mayor edad de entre los que no hubieran ejercido como Presidente.
4.6 El Secretario Sotomayor Arciniega José Andrés El Consejo de Familia elegirá por mayoría de 2/3, un Secretario de entre sus miembros quien ejercerá el cargo durante hasta que decida pasar su cargo, salvo que
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San Fernando - Protocolo renuncie voluntariamente a él o sea removido del mismo por el Consejo de Familia que podrá tomar la decisión, por mayoría, en cualquier momento
4.7 Funcionamiento. El Consejo de Familia se reunirá necesariamente con carácter ordinario cuatro veces al año. También se reunirá cuando la convoque el Presidente o lo soliciten dos, al menos, de sus miembros. La convocatoria será cursada por su Presidente, de forma oral o escrita, con una antelación de quince 15 días y con indicación de los puntos del orden del día. Igualmente, serán validas las reuniones realizadas sin previa convocatoria si asisten a ella, presentes o representados, todos los miembros del Conseja de Familia.
4.8 Debates. El debate de las reuniones estará dirigido par el Presidente quien decidirá el orden de intervenciones y fijará las reglas que considere oportuno seguir en cada caso en función de las circunstancias que se den. El Presidente favorecerá la participación de todos los miembros y velará por mantener un clima de sinceridad y diálogo
4.9 Votaciones y adopción de acuerdos. Cada miembro del Consejo de Familia tendrá un voto. El Presidente ostentará un voto de calidad en caso de empate. Las votaciones serán orales y públicas; no obstante, cuando la decisión afecte a personas concretas, el Presidente o dos miembros del Consejo, podrán establecer que sea de aplicación el voto secreto. Los asuntos en que sea necesario realizar votación, requerirán una mayoría de 2/3 para su aprobación.
4.10 Representación y ejecución de acuerdos. El Presidente tendrá todas las facultades de representación, administración y disposición que sean necesarias para ejecutar las decisiones adoptadas.
Artículo 5º. Junta General de socios 5.1 Es el órgano soberano. de la Empresa Familiar y en el desarrollo de sus funciones deberá respetar el principio de legalidad y adoptará sus acuerdos conforme a las mayorías establecidas por la Ley y Estatutos Sociales.
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San Fernando - Protocolo 5.2 órgano de carácter informativo y sin facultades decisoriasdonde forman parte todos los miembros, mayores de 18 años, trabajen o no en la Empresa y sean o no socios de la misma a título personal para informarles de la marcha dela Empresa (reunión, en su caso, anual) y fomentar el intercambio de opiniones de sus miembros y definir relaciones entre Familia y Empresa.
Artículo 6º. Consejo de Administración 6.1 Tiene como principal misión tutelar y proteger los intereses de la Sociedad y de todos los accionistas, siendo el máximo órgano de gobierno de la Empresa. Reconociéndose en todo caso, el derecho de representación proporcional de los socios en el Consejo de Administración. El Consejo de Administración estará formado por un máximo de miembro determinado por la empresa
6.2 La duración del mandato de los miembros del Consejo de Administración será, salvo supuestos de renuncia, incapacidad, fallecimiento o declaración de ausencia, de cinco años. Transcurrido el citado plazo el Consejero pondrá su cargo a disposición del consejo para su renovación.
6.3. Se recomienda que el Consejo de Administración se reúna una vez al mes, sin perjuicio de que a instancia de cualquiera de sus miembros sean convocadas sesiones extraordinarias para el normal cumplimiento de sus funciones.
6.4. El Consejo de Administración, en el desempeño AMPLIAR habitual de sus funciones, adoptarásus decisiones de manera consensuada votos emitidos en el seno del Consejo. Cada miembro tendrá derecho a un voto. En caso de empate, y sólo para el supuesto de que el Consejo de Administración estuviera integrado por un número par de miembros, el Presidente tiene voto dirimente con objeto de evitar el bloqueo del máximo órgano de gobierno.
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San Fernando - Protocolo 6.5. El Consejo de Administración podrá proceder a la creación de Comisiones Delegadas para el desempeño de aquellas competencias que en su criterio contribuyan a mejorar la eficacia de su funcionamiento. Podrá solicitar la creación de dichas comisiones cualquier Consejero, estando facultado el Consejo de Administración para analizar la propuesta y, en su caso, acordar su creación. La creación de una Comisión Delegada deberá recogerse en el Acta correspondiente a la sesión del Consejo y especificará:
Competencias
Composición y número de miembros.
Periodicidad de sus reuniones.
Información periódica a remitir al Consejo de Administración
6.6. Todos los miembros del Consejo tendrán derecho a percibir dientas de asistencia a las reuniones del Consejo. Las dietas serán determinadas por la empresa por reunión, además de los gastos de desplazamiento necesario para asistir a la reunión, previa presentación de los correspondientes justificantes de pago
6.7. El Presidente del Consejo de Administración será competente para el desempeño de las siguientes funciones:
Convocar las reuniones del Consejo con una antelación mínima de 15 días.
Dirigir los debates y facilitar el buen desarrollo de las sesiones del Consejo Regular el tiempo de intervención de sus miembros.
Fijar el orden del día previa consulta con los miembros del Consejo, pudiendo
delegar esta competencia sobre el Secretario del Consejo.
Velar para que los miembros del Consejo reciban la información necesaria.
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Desempeñar, además, todas aquellas funciones específicas que le encomiende el pleno del Consejo de Administración.
6.8. Secretario/a: además de las funciones que el Consejo de Administración estime oportuno otorgarle, el Secretario/a será competente para:
Redactar las actas y custodiarlas.
Informar a cualquier miembro del Consejo, a requerimiento del mismo, sobre asuntos a tratar.
Comunicar a todos los miembros del Consejo la convocatoria de reuniones ordinarias y extraordinarias.
Entregar la documentación al Presidente del Consejo.
Dejar constancia en los libros de actas del desarrollo de las sesiones.
Dar fe de las resoluciones.
Velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del Consejo.
Garantizar que sus procedimientos y reglas de gobierno sean respetadas y regularmente revisadas.
6.9. Asesor Externo: AMPLIAR su incorporación se considera beneficiosa para apoyar y potenciar la dinámica de las diversas sociedades del Grupo. El nombramiento, en su caso,requiere una mayoría de 2/3 de los miembros del Consejo de Administración y con informe favorable del Consejo de Familia.
6.10. Son funciones del Consejo de Administración, además de las legalmente establecidas, las siguientes:
6.10.1. Funciones estratégicas:
Aprobar las líneas básicas del negocio.
Aprobar las operaciones de reestructuración empresarial (fusiones, escisiones, aportaciones de ramas de actividad, canje de valores...).
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San Fernando - Protocolo Aprobar las inversiones importantes en inmovilizado que
no figuren en el
presupuesto anual de inversiones previamente aprobado. Aprobar las actuaciones relacionadas con la imagen
externa.
6.10.2. Funciones de organización:
Nombramiento, remuneración y cese de la Alta Dirección. Aprobar los cambios en la estructura del organigrama de
las Empresas.
6.10.3. Funciones presupuestarias: Aprobar
el
presupuesto
anual
(desagregado
mensualmente) así como lasinversiones de carácter plurianual.
6.10.4. Funciones de seguimiento
Analizar la evolución de la Empresa y las derivaciones con relación al presupuesto.
Estudio, análisis y formularios de las Cuentas Anuales e Informe de Auditoría.
Las Cuentas Anuales e Informe de Auditoría se acompañarán, en su caso, de un Informe del Comité de Auditoría.
Dentro del Consejo de Administración puede crearse una Comisión
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San Fernando - Protocolo Artículo 7º. Dirección General Desarrollar un Organismo eficiente, que permita ser autosuficiente y brindar un servicio de calidad a nuestros usuarios.
7.1 Funciones Generales
Ejecutar los acuerdos y disposiciones del Consejo de Administración.
Someter
al
conocimiento
y
aprobación
del
Consejo
de
Administración los planes, presupuestos de ingresos y egresos, programas de trabajo, inversión y financiamiento e informes de actividades.
Someter al Consejo de Administración para su aprobación la estructura administrativa y operativa del organismo, así como el personal necesario para su funcionamiento.
Representar, en su caso, al organismo ante las dependencias y entidades públicas y las personas físicas y morales privadas con los poderes que le otorgue el Consejo.
Celebrar convenios, contratos y demás actos jurídicos que sean necesarios para la realización del objeto del organismo.
Velar por la buena marcha del organismo y tomar las medidas administrativas, contables, organizacionales, financieras y demás que correspondan con sujeción a las normas aplicables.
Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.
7.2 Funciones Específicas
Dirigir, Administrar y evaluar el Organismo.
Aprobar el Presupuesto del Organismo.
Evaluar Nuevos proyectos de Mejora y de Crecimiento del Sistema.
Promover el apoyo y la cooperación económica de la comunidad en los proyectos de construcción y crecimiento del Metro.
Representar al Organismo en Foros Nacionales e Internacionales
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Evaluar el Clima Organizacional, Capacitación del personal y Seguridad y Protección Civil del Organismo.
Coordinación con la Agencia Estatal del Transporte, Consejo Estatal del Transporte y Vialidad, Desarrollo Urbano Estatal, Empresarios y permisionarios Transportistas.
Evaluación de los programas de Protección Civil y de Seguridad e Higiene en el Organismo.
Promover la mejora en la calidad de vida de los usuarios del Sistema de Transporte a través de la promoción de espacios culturales y de sano esparcimiento en las instalaciones del Sistema.
Celebrar con las autoridades federales, estatales y municipales y con los particulares, los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Organismo.
Promover programas de apoyo y cooperación entre las diferentes instituciones públicas y privadas necesarios para la realización de sus fines sociale
Artículo 8º. Comité de Nombramientos. Actúa como órgano de decisión en la gestión diaria de la Empresa y como responsable de las actuaciones y presupuestos que deban someterse al Consejo de Administración.
8.1 El Comité de Directivos estará integrado por:
Miembros
permanentes:
aquellos
ejecutivos
que
por
naturaleza de los asuntos atratar deban estar presentes en todas las sesiones del Comité.
Miembros no permanentes: ejecutivos que por los asuntos debatidos deban estarpresentes en la sesión correspondiente.
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San Fernando - Protocolo 8.2 El Comité de Directivos se reunirá con periodicidad quincenal y las reuniones nosuperarán las tres horas.
8.3 Son funciones del Comité de Directivos:
Asegurar la coordinación entre los distintos departamentos.
Impulsar el desarrollo de las estrategias y el presupuesto aprobado por el consejo de Administración.
Seguimiento y control del presupuesto.
Elaboración de presupuestos para su elevación a los órganos correspondientes
CAPITULO III: TRABAJO Y FORMACION
Articulo 9º: Condiciones de acceso y trabajo
9.1. Acceso.Puede ser que los miembros de familia ocupen puestos de trabajo, siempre y cuando estos hayan estudiado y tengan experiencia.
9.2. Prudencia. Esta empresa es muy cuidadosa conforme a los integrantes de la familia, estos no pueden ocupar todos los puestos, ya que la empresa perdería atractivo y no siempre contribuye a crear un clima laboral competitivo y eficiente.
9.3. Cónyuges. No es recomendable que se vinculen con la empresa.
9.4.
Condiciones
de
acceso.
Deberán
tener
titulación
académica y experiencia. Conocimiento fluido al menos en una lengua extranjera. Corporación deberá ser propuestos por el Consejero Delegado y aprobada por el Consejo de Administración.
9.5. Practicas. Los miembros de la familia podrán hacer prácticas laborales en establecimientos de la empresa
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San Fernando - Protocolo conforme a las pautas y normas establezca el Consejo de Administración.
9.6. Deberes éticos. Los miembros de la familia que se incorporen laboralmente a la empresa,ejercerán sus funciones y llevaran a cabo su actividad en beneficio exclusivo de la empresa,
haciendo
total
abstracción
de
sus
intereses
personales. 9.7. Retribución. Percibir una retribución acorde con la establecida por el mercado para puestos similares en empresas comparables y que se fijará, en cada caso, en función de su valía, de su dedicación efectiva.
Articulo 10° Principios Generales 10.1. La política económica del Grupo Familiar con relación a la Empresa se rige por los siguientes principios:
a) La subsistencia económica del Grupo Familiar no debe depender de los recursos que obtenga, variando el dividiendo en función de sus proyectos y perspectivas económicas.
b) La familia expresa su firme voluntad de mantener la propiedad de la Empresa impulsando su desarrollo y acrecentando su valor económico y social.
c) Ningún miembro de la familia será obligado a mantener su participación en la Empresa contra su voluntad.
d) Los miembros del Grupo Familiar se comportaran entre sí con lealtad y en los actos de disposición actuarán con arreglo a lo establecido en el Protocolo Familiar y en los documentos que lo desarrollan o complementan.
e) El Consejo de Administración y la Dirección General de la Empresa aseguran que la información económica que reciban
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San Fernando - Protocolo los miembros del Grupo Familiar se reciba puntualmente y sea completa veraz.
f) El Consejo de Administración de la Empresa Familiar efectuará una valoración de sus acciones, conforme a métodos de
valoración
comúnmente
aceptados
en
su
sector
profesional, tomando como base los estados contables auditados
y
tomando
en
consideración
las
plusvalías
intrínsecas de los activos afectos al negocio. Dicha valoración será sometida a la verificación de los auditores de la Empresa Familiar. El resultado de la valoración efectuada se pondrá a disposición de todos los miembros del Grupo Familiar se
Articulo 12º. Valoración De Participaciones. Para determinar la cantidad de transmisión de las participaciones sociales de la empresa Familiar San Fernando S.A., los miembros firmantes del presente Protocolo acuerdan:
1. La Empresa Familiar San Fernando S.A, con ayuda de un técnico independiente (persona jurídica) realizará una primera valoración estimativa aplicando métodos adecuados para determinar la valoración más adecuada de acuerdo a las características de la empresa.
2. Los accionistas se comprometen a aceptar tanto el precio que se fije como el sistema de cálculo.
3. Realizada una primera valoración y con objeto de tener una referencia continua, se actualizará cada dos años y cualquier miembro accionista que tenga interés en realizar transmisiones entre familiares se comprometen a aceptar durante el citado plazo el precio resultante de la apreciación del sistema de valoración.
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San Fernando - Protocolo Por excepción y caso de que se produzca, por cualquier circunstancia, una notable variación del valor de la Empresa San Fernando S.A,
en plazo señalado, y a
petición de cualquier accionista el Consejo de Administración evaluará la posibilidad de realizar una valoración aplicando la sistemática acordada en los puntos anteriores.
Articulo 13º. Enajenacion Departicipaciones Sociales. 13.1 DERECHO DE PREFERENTE DE ADQUISICION. Los miembros de la empresa San Fernando S.A, tendrán un derecho de preferente de adquisición si alguno de ellos desea enajenar su participación en la empresa. El ejercicio de este derecho corresponderá en primer lugar a los componentes de la Rama Familiar cuyo integrante deseara vender la participación o parte de la misma, luego será la propia empresa la que gozara del derecho de preferente de adquisición y, finalmente, corresponde a los restantes miembros.
13.2 EXCEPCIONES. No será de aplicación el régimen de transmisiones sujetas al derecho de preferente adquisición cuando la transmisión sea inter – vivos o mortis – causa o se efectué a favor de un ascendiente, descendiente, o cónyuge o se ceda el usufructo sin transmisión de los derechos de voto a favor del cónyuge no separado, o la cesión tenga lugar a favor de una entidad en la que el transmitente, individualmente o en unión de los parientes citados, posea una participación del 75% de su capital, computada en términos económicos y de voto.
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San Fernando - Protocolo 13.3 DERECHO DE SALIDA CONJUNTA. Cuando ninguno de los miembros de la empresa familiar quieren adquirir la participación ofrecida a la venta, los miembros de la empresa que lo desearan tendrán el derecho de vender conjuntamente con el socio que hubiera ofrecido las participaciones, obligando a que el paquete que se venda u ofrezca a terceros se forme de participaciones aportadas proporcionalmente por todos los socios que lo deseen.
13.4 SUBSISTENCIA DEL PROTOCOLO FAMILIAR. Tras la venta, las participaciones que resten en poder de la empresa familiar seguirán el régimen del protocolo sin solución de continuidad. Si fuera necesario, se acordaran las modificaciones precisas para adaptar sus normas a la nueva realidad.
ARTICULO 14º DERECHO DE SALIDA INDIVIDUAL Y MERCADO INTRAFAMILIAR. Cuando un socio desee abandonar la empresa no se podrán impedimentos para ello, ahora bien, la empresa buscara otras alternativas profesionales para sustituir la labor de este.
ARTICULO 15º ENTRADA DE TERCEROS AJENOS A LA FAMILIA EN EL CAPITAL DE LA EMPRESA FAMILIAR. Cuando un tercero no familiar, entre en la empresa podrá salir en cualquier momento, las participaciones de este sean ofrecidas para su venta en primer lugar a los socios familiares, en segundo lugar a los familiares no socios, en tercer lugar a la propia empresa y en cuarto lugar a compradores externos.
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