PRINCIPIOS ÉTICOS DEL ABOGADO
1. Lealtad: fidelidad a los afectos a su alrededor, al trabajo que realiza y a los clientes.
2. La honradez: Es una cualidad al servicio sin engañar a los clientes ni engañarse a sí mismo.
3. La honestidad: el profesional del derecho debe tener como norte no prestarse a ningún soborno que pueda traicionar la confianza de su cliente.
4. El estudio: este levanta los niveles intelectuales y prepara al hombre a pasar por la vida conociendo lo útil y provechoso de ella para el fortalecimiento de las ideas progresistas y el auge de los sistemas modernos.
5. Independencia: es la autonomía conquistada por la superación científica y técnica, y el espíritu de libertad que embarga al individuo. Es el actuar por cuenta propia en el ejercicio de sus actividades. Ser dueño de su propio destino.
6. Carácter: es el conjunto de hábitos que forman en el individuo la conducta superior, la cual lo hace apto para afrontar las contingencias de la vida y con altura moral decidir lo que debe hacerse rectamente. Además, podría decirse que es el control de los impulsos y moderador de la voluntad. El profesional de carácter representa una garantía para los intereses que maneja en su vida social.
7. Cortesía: las formas afables en el trato social son etiqueta que siempre debe llevar el profesional para distinguirse de la gente vulgar o tosca. La palabra amable, los ademanes moderados y las maneras gentiles son sus elementos peculiares.
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8. Investigación: es la sistematización de los conocimientos mediante la investigación científica, constituyendo esto una tarea relevante del profesional. Se ubica al mimo nivel de los grandes progresos exigidos por la dinámica social.
9. Puntualidad: el tiempo tiene un gran valor, tanto para nosotros como para quienes requieren de nuestra atención y servicios profesionales. En este aspecto se traduce nuestro valor y respeto por los demás, haciéndonos distinguir entre aquellos quienes desprecian todo lo que les sea ajeno, como es en este caso: el tiempo de los demás.
10. Discreción: significa saber guardar silencio de los casos que se ven y se hacen, cuando estos ameritan secreto y es un rasgo de altura moral del individuo. Es la garantía moral accesoria de la personalidad que inspira al individuo a querer confiar el secreto, seguro de que sabrá solo responder con el silencio.
11. Prestigio de la profesión: a nuestro parecer, la profesión en si no es la que da el prestigio al profesional, sino viceversa, es el profesional que la reviste de tal cualidad, en cuanto actúa con el cumplimiento del deber impuesto por las obligaciones propias de la carrera con el empeño de superación, la potencialidad de la cultura, el revestimiento interior y exterior de dignidad que debe poseer cada profesional.
12. Equidad en el cobro de honorarios: las tarifas de los profesionales son una guía para el cobro de los honorarios, hechas por entes externos a la profesión más no ajenos a la labor en que incurre el profesional.
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DECÁLOGO DEL ABOGADO 1. Estudia El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.
2. Piensa El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.
3. Trabaja La abogacía es una dura fatiga pues está al servicio de la Justicia.
4. Lucha Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha siempre por la justicia.
5. Sé leal Leal con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú le dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tú le invocas. Intenta ser leal con todo el mundo y todo el mundo intentará ser leal contigo.
6. Tolera Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.
7. Ten paciencia El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.
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8. Ten fe Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz, como sustituto bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, Justicia, ni Paz.
9. Olvida La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.
10. Ama a tu profesión Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DEL ABOGADO El procedimiento disciplinario se ejecutará
1. Cuando se realicen infracciones a la Ley de Abogado y su Reglamento, a las normas de ética profesional, las resoluciones y acuerdos que dicten las Asambleas y demás órganos y organismos profesionales. Cuando se realicen ofensas inferidas a los miembros de la judicatura, abogados o representantes de las partes.Cuando haya abandono de la causa, negligencia manifiesta en la defensa asumida, cohecho, ejercicio ilegal de la profesión y la violación del secreto
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profesional, salvo que éste ocurra para evitar o denunciar la perpetración de un hecho punible.
2. Cuando el abogado, sin Justa causa, no concurre a la contestación de la demanda, no promueva pruebas cuando se le han suministrado oportunamente los datos y elementos necesarios o si por su culpa queda desierto algún acto, se dicta y ejecuta alguna providencia que cause gravamen irreparable a su representado o no hace valer las defensas legales que el Juez no puede suplir de oficio. (Artículos 61 y 62 de La Ley de Abogados). Para que este procedimiento disciplinario se ejecute y sea justo y eficiente se debe realizar por medio de los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Abogados. (Artículos 60 al 65 de La Ley de Abogados).
CORRIENTES DEL PENSAMIENTO DE LOS VALORES DEL ABOGADO
El pensamiento de los valores que debe ostentar el profesional del derecho, tiene su punto de partida en la Deontología Jurídica, debido a que Es la rama de la filosofía jurídica que tiene como finalidad específica la determinación de cómo debe ser el derecho y cómo debe ser aplicado. La deontología es la disciplina que se ocupa de los deberes de los profesionales del derecho.
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PERSONALIDAD
Es una organización estable y sistémica de contenidos y funciones psicológicas que caracterizan la expresión integral del sujeto en su función reguladora del comportamiento que se manifiesta a través de formaciones psicológicas de diferentes grados de complejidad funcional las que a su vez expresan diferentes niveles reguladores del comportamiento en dependencia de la autonomía lograda por el sujeto en su actuación.
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