EXPEDIENTE
:
ESP.LEGAL
:
CUADERNO
: PRINCIPAL
ESCRITO
: 01
SUMILLA
: DEMANDA
DE
ALIMENTOS.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ PAZ LETRADO DE MALA MIRIAM QUISPE ABURTO, identificada con DNI Nº 44482969, con domicilio real y procesal en Plaza de Armas Mz. L – Lote Lote 8, Capilla de Asia, Distrito de Asia, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, a usted en derecho expongo:
I.- PETITORIO: Acudo a vuestra judicatura a efectos de INTERPONER
DEMANDA DE
ALIMENTOS, contra JUAN JOSE VILLALOBOS QUISPE (37 años), a quien se le deberá de notificar en la Av. 28 de Julio Mz. M – Lote Lote 10, Distrito de Asia, Provincia de Cañete, a fin de que otorgue una pensión de alimentos a mis tres menores hijos Juan
Carlos Villalobos Quispe (16), Ana María Villabobos Quispe (13), José Felix Villalobos Quispe (10), la suma de la pensión ascendiente a S/ 650.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES) y todo concepto y beneficios económicos que perciba mensualmente, como trabajador de seguridad en el condominio COCOA
BEACH, por los fundamentos de hecho y derecho que a continuación expongo: II. FUNDAMENTO DE HECHO: PRIMERO.- Que producto de la convivencia con el demandado Señor Juez, hemos procreado a Tres (03) menores los cuales responden a los nombres de Juan Carlos
Villalobos Quispe (16), Ana María Villabobos Quispe (13), José Felix Villalobos Quispe (10), a los cuales en la actualidad el demandado aporta una pensión de alimentos
que asciende a TRESCIENTOS NUEVOS SOLES, los cuales se dieron por Acuerdo
Municipal (DEMUNA) en el año 2014, SEGUNDO.- Cabe precisar Señor Juez que con el demandado mantuvimos una convivencia continua de tres años la cual se mantuvo hasta el 2009, donde nos separamos por los continuos maltratos físicos y psicológicos que recibía por parte de él, agrediéndome constantemente hasta el punto de hacerme perder los tres primeros dientes superiores.
TERCERO.- A la fecha el demandado cuenta con un trabajo conocido, que le permite sufragar los gastos de alimentos solicitados, pues en su condición de seguridad, percibe una remuneración mensual superior a los S/. 1,300.00 (MIL TRESCIENTOS
NUEVOS SOLES), cantidad dineraria que resulta suficiente para que pueda atender su obligación de padre.
CUARTO.- Que, el demandado en los últimos meses omitido cumplir con su obligación de asistir económicamente a sus menores hijos pues en las fechas señaladas no ha estado aportando a cantidad requerida además de no cumplir hasta por 15 días con su obligación. Sola como madre he venido sosteniendo de forma muy limitada los gastos en educación, alimentación y vestido para mis menores hijos; llegando incluso a verse afectada la salud e integridad física de los mismos por cuanto no acceden a una nutrición adecuada. En mi estado actual de gestación de alto riesgo no puedo trabajar como lo he hecho en anteriores oportunidades para la subsistencia de los mismo, asimismo cabe señalar que el mayor de mis hijos, actualmente ya termino la secundaria y se encuentra preparándose para seguir estudios superiores.
QUINTO.- Que el demandado se encuentra en condiciones de acudir a los alimentistas, puesto que en la actualidad es mecánico conociéndose que percibe un ingreso mayor a S/. 1,300.00 NUEVOS SOLES MENSUALES, por lo que no existe razón o excusa alguna para que no cumpla con su responsabilidad de asistir a sus menores hijos, reiterándole que soy yo la única que viene haciendo los esfuerzos necesarios para
afrontar dichas necesidades a pesar de mis limitaciones económicas ya expresadas anteriormente.
SEXTO.- Que puedo acreditar los gastos que he venido realizando con los menores alimentistas con las boletas por concepto de alimentos que acreditan los gastos por los cuales me veo en la imperiosa necesidad de interponer la presente acción contra el demandado, debiéndome declararse fundada en su oportunidad
III. FUNDAMENTO DE DERECHO: Amparo esta demanda en lo previsto en:
Constitución Política Arts. 6°, 7° y 13°.
Código de los Niños y Adolescentes, Art. 92°
Código Civil Arts. 414°, 415°, 417°.
Codigo Procesal Civil, Art. 425° y siguientes que sean pertinentes para el ejercicio de mis derechos de la presente demanda
IV. VÍA PROCEDIMENTAL: Esta demanda se tramitara en Via Proceso SUMARÍSIMO, según el Código del Niño y el Adolescente..
V. MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco los siguientes medios probatorios: 1.
El mérito del original de la partida de nacimiento de mi menor hijo Juan Carlos
Villalobos Quispe, con los que demuestro que no se encuentra reconocido por el demandado. 2.
El mérito del original de la partida de nacimiento de mi menor hija Ana María
Villabobos Quispe, con los que demuestro que no se encuentra reconocido por el demandado.
3.
El mérito del original de la partida de nacimiento de mi menor hijo José Felix
Villalobos Quispe con los que demuestro que no se encuentra reconocido por el demandado. 4.
El mérito del Acuerdo Municipal (DEMUNA), donde el demandado se compromete abonar la suma dineraria de S/. 300.00 (Trescientos Nuevos Soles).
5.
En merito de las boletas de compras, que acreditan los gastos de los menores alimentistas.
VI. ANEXOS: 1.A. Copia de DNI de la demandada 2.B. Copia de DNI del Demandado 3.C. Copia de las Partidas de Nacimiento de los Menores Alimentistas 4.D. Copia del Acuerdo Municipal (DEMUNA), donde el demandado se compromete abonar la suma dineraria de S/. 300.00 (Trescientos Nuevos Soles).
5.E. Copia de las boletas de compras, que acreditan los gastos de los menores alimentistas.
POR LOS EXPUESTO: A usted pido Señor Juez admita la presente demanda, Asia, 16 de Febrero del 2018.