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Facultad de Derecho y Ciencias Jurídicas
Cátedra de Ética y Deontología Jurídica Dra. Sophia Galeano
Principios de Diligencia, Corrección y Desinterés
Luis Sánchez Rodas 4to Curso – !o Se". #$%4
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&n 'eneral y sal!o o"isi(n por descuido u ol!ido) todos los e*tractos y+o copias de te*tos de ,ros. se encuentran en cursi!a y entre co"illas. Los su-rayados) ne'ritas y co"entarios dentro de estos te*tos son por lo 'eneral responsa-ilidad de Luis Sánchez Rodas. &ste es un tra-a/o de in!esti'aci(n hecho por Luis Sánchez Rodas en el transcurso de sus estudios en la Facultad de Derecho de 01213R&) 5ara'uay y si'uiendo el pro'ra"a o6icial pu-licado por esta 2nstituci(n. Las conclusiones a las 7ue se han lle'ado son por tanto) opini(n de un estudiante) no de un /urista ni las de un especialista en la "ateria. Dado este a!iso) el autor no se hace responsa-le de las consecuencias 7ue pudiera pro!ocar este tra-a/o en sentido al'uno. 8odos 8odos los errores reser!ados9. Frase ori'inal de: LiChen ;an' < 3: = Se distri-uye el docu"ento electr(nico en 6or"a 'ratuita y -a/o Licencia Creati!e Co""ons de Reconoci"iento >?@= 1o co"ercial >1C= Co"partir i'ual >SA=: El 8El material creado por el autor puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra su origen en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original .9 Li-re circulaci(n de ideas . Bás in6or"aci(n de Creati!e Co""ons en http:++creati!eco""ons.or'+
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Cátedra de tica y Deontolo'ía. Dili'encia) Correcci(n y Desinters
UNIDAD 6 DI!I"#NCIA, C$%%#CCI&N ' D#(IN)#%É( E L PRINCIPIO
DE D DILIGENCIA
Diligencia. Del lat. diligent!a". #. f. $uidado y actividad en ejecutar algo. %. f. &rontitud, agilidad, prisa. prisa .# Dili'en cia es tanto la e6iciencia e6icie ncia >hacerlo rápido= co"o la e6i ➢ Dili'encia cacia >hacerlo -ien=) y dentro de este Elti"o aspecto) el cui
dado 7ue de-e lle!ar el 5ro6esional para con los asuntos 7ue le sean con6iados) es de pri"ordial i"portancia. ➢ Dili'encia es el celo) la atenci(n) el inters 7ue el 5ro6e sional del Derecho de-e poner en toda tarea para la 7ue sea contratado. ➢ Dili'encia es la capacidad) la honestidad) la reser!a) y la protecci(n acti!a de los intereses del Cliente.
Art*+o- $.ligaciones* $.ligaciones* De-e el A-o'ado ser!ir a su cliente con todo celo y estricta lealtad) poniendo a su ser!icio todos los re cursos de su sa-er) el e"peo necesario para hacer !aler sus derechos) y actuar con toda decisi(n y con entera li-ertad sin recu rrir a "edios prohi-idos o in"orales. Art.%o: 5rudencia en el conse/o. De-e el A-o'ado e!itar toda e*a'eraci(n so-re las pro-a-ilidades de *ito) aconse/ando con toda prudencia al cliente) hacindole cono cer los ries'os) las incertidu"-res o cual 7uier otra circunstancia 7ue pueda in6luir so-re el resultado de la causa. Colegio de Abogados del Paraguay, “Código de Ética Profesional”.
!A DI!I"#NCIA 8$uando un cliente contacta con un abogado para que le preste sus servicios en un determinado asunto surge una relaci'n abogado( cliente, cuyo objeto puede ser la representaci'n judicial, la reali)aci'n un tr* ( mite ante la administraci'n o una simple consulta. +na ve) entablada esta relaci'n abogado( abogado( cliente, surgen deberes y derechos. derechos. +no de los deberes es precisamente el deber de diligencia en el patrocinio. $uando al( guien recurre recurre donde un abogado, va esperan)ado en que éste ponga todo de su parte en el caso para el cual se lo contrata 9#
Ahora -ien) es de destacar 7ue uno de los de-eres del a-o'ado) para con su cliente) persiste incluso aun7ue el pro6esional rechace el encar'o: Sie"pre de-e 'uardar la con6idencialidad y el secreto pro6esional so-re lo a l con6iado. &sta con6idencialidad ta"-in 6or"a parte del 5rincipio de Dili'encia. C OMO OMO CARACTERÍSTICA DEL CUMPLIMIENTO
DE LA OBLIGACIÓN CONTRACTUAL
La Dili'encia no es propia ni e*clusi!a del 5ro6esional del Derecho es e*tensi!a a todo tipo de acti!idades hu"anas) donde se "ani6iesta desde te"prana edad: el escolar de-e "ostrar dili'en cia en los estudios) por e/e"plo: 8es tu obligación9 obligación9 ase!eran "uchos padres. 3-!ia"ente) la asunci(n de una o-li'aci(n) 6uere por contrato 6or"al o in6or"al) escrito o !er -al) i"plica en derecho al !ínculo !ínculo 7ue une a las partes inter!inientes: el acreedor y el deudor donde el pri"ero tiene la 6acultad de e*i'ir el cu"pli"iento del o-/eto de la o-li'aci(n y el se'un do el de-er de cu"plirlo. Contractual"ente) el A-o'ado está por tanto o-li'ado a cu"plir con lo pactado) y de-e hacerlo con dili'encia) dentro de los plazos pre!istos y -a/o las condiciones 7ue se hu-ieren acordado. C OMO OMO CARACTERÍSTICA DE LOS DEBERES DE COMPORTAMIENTO SEGÚN LA SEGÚN LA DEONTOLOGÍA
La relaci(n contractual) co"o ya sa-e"os) sur'e del acuerdo de las !oluntades entre las par tes) pero la relaci(n entre a-o'ado y cliente) co"o sealado arri-a) es anterior al contrato en si "is"o) sur'e desde el pri"er 8contacto9) es decir) desde 7ue el Cliente acude al A-o'ado) solici tando sus ser!icios y relatando los hechos así co"o los perci-e desde su punto de !ista personal. &n este aspecto hay 7ue separar dos situaciones: ➢ Hue el A-o'ado no acepte el encar'o: Donde co"o ya di/i"os persiste el De-er de Cuidado y Con6idencialidad de la 2n6or"aci(n reci-ida. &s apenas Art /* 0n /* 0n a-o'ado uno de los de-eres de co"porta"iento 7ue de-e o-ser!ar) desde el punto de-erá dar sie"pre a de !ista de la deontolo'ía. su cliente una opini(n 6ranca so-re cual7uier ➢ Hue el A-o'ado si acepte el encar'o: &n este aspecto) no s(lo de-e ya prestar Cuidado y Con6idencialidad) ta"-in de-e) por tica y "oral) entre asunto. 5restará su 'arse por entero a la causa) de6endiendo los intereses de su Cliente de "a ayuda con cuidado y dili'encia escrupulo nera a 7ue estos intereses sean satis6echos de "anera rápida y correcta) sos. aplicando todos sus conoci"ientos y e*periencias co"o pro6esional) todo “Código Internacional de dentro de un "arco de honestidad. &s decir) decir) dili'ente"ente. Deontología Forense”. % #
8D2CC231AR23 D& LA L&1G0A &S5AI3LA R&AL ACAD&B2A &S5AI3LA9. A. 5AR&D&S) 8Derecho K Sociedad Alcance del De-er de dili'encia en la relaci(n A-o'adoCliente9. A-o'adoCliente9.
Luis Sánchez Rodas
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!A N#"!I"#NCIA
0ninorte – 4to Curso – !o Se". @ cuando ha-la"os de ne'li'encia pro6e
La 1e'li'encia es) no es s(lo lo contrario a la Dili'encia) sional nos re6eri"os a 7ue el pro6esional "ás ta"-in una actitud irresponsa-le por parte del A-o 6racas( al "o"ento de e/ecutar las ha-ili dades y cuidados ordinarios 7ue hu-ieran 'ado 7uin) en6rentado tal !ez a un caso 7ue no pueda atender >por 6alta de conoci"ientos) e*periencia e incluso tie"po hu sido utilizados por otros pro6esionales al tratar un pro-le"a si"ilar o un caso -a/o "ano=) decide hacerlo) "oti!ado por razones 7ue son con circunstancias si"ilares. sideradas co"o contrarias a la tica y a la "oral. 0na de “Deontologia uridica! "egligencia Profesional”. ellas es el e*ceso de inters "onetario &n el sentido estricto) ne'li'encia es 8no 8no llevar el debido deber de cuidado9) cuidado9) sin e"-ar'o) y en deontolo'ía) la ne'li'encia se traduce en !arias conductas posi-les) todas contrarias al 5rincipio de Dili'encia) poniendo co"o e/e"plo enunciati!o no li"itati!o a las si'uientes: ➢ La 1e'li'encia en sentido estricto: lesi(n al de-er de cuidado 5or su"as de dinero 7ue le 6ueron entre'adas y de las 7ue no rindi( cuentas) o lo hizo de "a nera i"propia 5or docu"entos 7ue le 6ueron con6iados) hoy día e*tra!iados 5rocesal"ente) por de/ar transcurrir plazos perentorios para interposici(n de recursos y de6en sas 3"itir in6or"aciones 7ue sean de inters del Cliente) o ausentarse) sin paradero conocido) por lar'os periodos de tie"po 1o ponerse al día en los aspectos cientí6icos ni estar al tanto de la e!oluci(n del derecho) tanto en sus aspectos le'islati!os) co"o /urisprudenciales o doctrinales Aceptar pro-a-le"ente por razones "onetarias un encar'o de di6ícil cu"pli"iento) a sa-iendas 7ue se encuentra "ás allá de sus conoci"ientos y ha-ilidades >"ás 7ue culpa por ne'li'encia) ha-laría"os de dolo) por hacerlo con !oluntad y discerni"iento= ➢ La 2"pericia: en tanto el 5ro6esional carece de la ciencia) e*periencia y ha-ilidades necesarias para cu"plir con la o-li'aci(n asu"ida) ya 6uere en su aspecto procesal co"o en cuanto al Dere cho de 6ondo aplica-le ➢ La 2"prudencia : por el co"porta"iento 7ue pueda de"ostrar) so-re todo en el proceso y en los aspectos de relaciona"iento con los Su/etos de la Causa >parte actora) parte de"andada) Juez) 6unciona rios) terceros) etc.= 5ara a7uellos 7ue recuerden lo estudiado) !erán 7ue el lesar el 5rincipio Deontol('ico de Dili 'encia esta-lece una suerte de conducta culposa del A-o'ado) dando pie a la Responsa-ilidad Ci!il por Daos y 5er/uicios ocasionados al Cliente) siendo 7ue en los casos "ás 'ra!es) hasta podría su-su"irse dicha conducta a ipos de Mechos 5uni-les) ya 6uere culposos co"o dolosos. E L PRINCIPIO DE C C ORRECCIÓN ORRECCIÓN $orrecci'n. $orrecci'n. Del lat. correct!o, (nis". %. f. $ualidad $ualidad de corr correcto ecto ‖ libre libre de error errores es o defectos". -. f. $ualidad de la persona persona de conducta , irreprochable .
Art*2o- De.er de corrección* Constituye un de-er ele "ental la o-ser!ancia de una estricta decencia con el cole'a) de-iendo e!itarse en los de-ates el uso de un len'ua/e 'ro sero o in/urioso) y las alusiones y ata7ues personales. Colegio de Abogados del Paraguay, “Código de Ética Profesional”.
$0!I"ACI&N JU%1DICA ' D#0#% D#$N)$!&"IC$ D# C$%%#CCI&N Art* 3* 0n a-o'ado de-erá tratar a sus La Correcci(n a-arca práctica"ente toda la conducta co"paeros del pro6esional) desde su "odo de !estir hasta su "anera llerosidad. con la "á*i"a cortesía y ca-a de e*presarse) sie"pre con respeto para con el Cliente) Art* 6* 0n a-o'ado de-erá sie"pre 'uardar el Cole'a y cierta"ente) para las Autoridades Jurisdiccio el de-ido respeto al ri-unal. nales. “Código Internacional de Deontología Forense”. &n Derecho) el 5rincipio de Correcci(n está 6undado en los usos y costu"-res 7ue son respetados desde tie"pos hist(ricos 7ue en al'unos casos aEn persisten en el presente) co"o es el uso de pelucas en la Corte Supre"a del Reino 0nido) 7ue es un -uen e/e"plo de la co"postura 7ue de-e respetar un pro6esional del Derecho. &ste co"porta"iento de-e e*tenderse no s(lo al uso de las 6or"alidades 7ue prescritas o no) son o-ser!adas por el A-o'ado) tales co"o son los aspectos de discreci(n) cortesía) seriedad) re ser!a) "ás ta"-in honestidad y rectitud "oral. ,
8D2CC231AR23 D& LA L&1G0A &S5AI3LA R&AL ACAD&B2A &S5AI3LA9.
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Cátedra de tica y Deontolo'ía. Dili'encia) Correcci(n y Desinters
Dentro de estos Elti"os aspectos) es decir) honestidad y rectitud "oral) la correcci(n se "ani 6iesta de "anera peculiar: comete incorrecci'n incorrecci'n grave el abogado que con conocimiento del impedimento moment*neo y justificado del colega adversario se aprovecha de ello para perjudicarle en su patrocinio o bien hace uso en juicio de escritos de car*cter reservado o de i nformaciones confidenciales provenientes de dicho colega .94
&s decir) co"o A-o'ados 7ue respeta"os el 5rincipio de Correcci(n) no de-e"os hacer uso de los errores 7ue pueda co"eter la contraparte) cuando por circunstancias accidentales o hasta co yunturales) lle'ue"os a conocer in6or"aci(n de carácter con6idencial.
CA(U1()ICA ($0%# #! D#0#% D# C$%%#CCI&N
casuístico) ca.
casus) en latin=) y Casuística deri!a de 8caso9 >casus) %. ad/. 5erteneciente o relati!o al casuista o a la casuís en 6or"a sinttica) es la aplicaci(n de una re'la tica. 'eneral a un caso particular. #. ad/. Dicho de una disposici(n le'al: Hue ri'e casos especiales y no tiene aplicaci(n 'enrica. &n Derecho) la Casuística es utilizada por la Deontolo'ía para analizar la conducta y el co" ,. 6. &n teolo'ía "oral) aplicaci(n de los principios "o rales a los casos concretos de las acciones hu"anas. porta"iento de un 5ro6esional del Derecho en 4. 6. Consideraci(n de los di!ersos casos particulares 6unci(n de las Re'las y 5rincipios de tica 7ue 7ue se pueden pre!er en deter"inada "ateria. de-e o-ser!ar) 7ue por su naturaleza) son “Diccionario de la lengua es#a$ola % &eal Acade'ia (s#a$ola”. enunciados de "odo 'eneral y te(rico) en tanto el co"porta"iento es real y para cada caso Enico. &n tanto 5rincipio y De-er de Correcci(n) ya seala"os 7ue la Conducta del 5ro6esional del Derecho tiene 7ue re6le/ar la honestidad) seriedad) etc. y podría"os lle'ar a opinar 7ue el De-er de Correcci(n es el 5rincipio "ás i"portante) puesto 7ue la !iolaci(n de cual7uier otro 5rincipio) atenta asi"is"o contra el de Correcci(n. &s así 7ue cual7uier A-o'ado 7ue se apro!eche de una posici(n superior) ya 6uere social o pro6esional >peor aEn si es 6uncionario pE-lico= para pro"ocionar su propio &studio Jurídico y así lo'rar au"entar su clientela) !iola los 5rincipios de Decoro y Di'nidad 5ro6esional) al tie"po 7ue ta" -in hace lo propio con el 5rincipio de Correcci(n. Al'unos casos donde puede aplicarse por casuística la lesi(n al de-er de correcci(n son: •
/e ha calificado como acto de incorrecci'n profesional profesional conceder entrevistas a los diarios sobre su ( puestos procesales procesales en los que est*n interesado el entrevistado
•
El que procura procura el acaparamiento de la clientela. clientela. 0
!A C$%%#CCI&N C$N #! C!I#N)# #N PA%)ICU!A% &l 5rincipio de Correcci(n tiene particular aplicaci(n en la relaci(n 7ue el A-o'ado de-e tener para con su Cliente) donde es necesario resaltar 7ue el Cliente no tiene los conoci"ientos tcni cos 7ue si posee >o presu"i"os 7ue posee= el 5ro6esional de Derecho. Los pactos de cuotalitis) aun7ue per"itidos) pueden dar lu'ar a la !iolaci(n del De-er de Co rrecci(n) así co"o cual7uier otra conducta 7ue) dis6razada de lícita o de 8poco ilícita9) real"ente puede inducir al Cliente a la co"isi(n de un Mecho 5uni-le) co"o por e/e"plo el insti'ar a 6alsi6i car la 6ir"a del padre para co-rar una inde"nizaci(n. Bayor lesi(n al 5rincipio de Correcci(n la encontra"os cuando encontra"os a un A-o'ado 7ue retiene su"as de dinero destinadas a su Cliente) aun7ue 6ueren a cuenta de Monorarios no li7ui dados) o cuando !iolando asi"is"o el 5rincipio del Desinters el 5ro6esional pro"o!iera !arios Juicios &/ecuti!os) en lu'ar de uno solo) o peor aEn) cuando el A-o'ado transe con la contraparte sin si7uiera co"unicárselo a su Cliente.
!A INC$%%#CCI&N "%A4# ' C$N(I"UI#N)# #5PU!(I&N &n los casos de incorrecci(n 'ra!e) la autoridad co"petente >en el 5ara'uay) la CSJ=) de-iera pro ceder a la casaci(n de la "atrícula del A-o'ado. A-o'ado. &n tanto 7ue si e*istiera un Cole'io >o 8?arra9= de A-o'ados) esta sería la instituci(n apropiada para la casaci(n de la "atrícula con la consi'uiente e*pulsi(n del "is"o. La 2ncorrecci(n puede darse en !arios aspectos) de acuerdo al Su/eto 5asi!o: &l Cliente) la Contraparte >tanto Cliente co"o Representante Le'al= y cierta"ente contra las Autoridades Jurisdicciona 4 P
8D&313L3G2A D3C0B&13S D& 21N&S2GAC2O1 BAR2F2?&19. Q. NH0&) 8Deontolo'ía >uT%,=9.
Luis Sánchez Rodas
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les) pero la 2ncorrecci(n Gra!e propia"ente dicha) podría"os encontrarla "ás usual"ente en la relaci(n entre el A-o'ado y su Cliente) donde asi"is"o serían lesados otros 5rincipios. Al'unos casos especí6icos de 2ncorrecci(n Gra!e son: La Falsi6icaci(n de un Docu"ento) o la insti'aci(n para hacerlo • La lesi(n al 5rincipio de Dili'encia) de/ando transcurrir los plazos prescritos) en detri"ento • de su Cliente) al tie"po 7ue a este se le han proporcionado in6or"aciones 6alsas La apropiaci(n de su"as de dinero destinadas al Cliente) o recla"ar Monorarios superio • res a los acordados en un principio con este A-andonar el Juicio sin /usta causa • A la 6inalizaci(n del Juicio) donde su Cliente co"o De"andante hu-iera soportado un 6allo • contrario) presentarse a la contraparte o en!iar a un cole'a de-ida"ente in6or"ado so-re el caso ani"ándole a pro"o!er acci(n por daos y per/uicios y pro-a-le"ente reci-ir una co"pensaci(n o 8co"isi(n9 por el caso 7ue entre'ara al cole'a Durante el Juicio) contactar directa"ente con la Contraparte >cliente o a-o'ado= sin autoriza • ci(n de su Cliente) y aEn peor) con el prop(sito de transar la 6inalizaci(n del /uicio a 6a!or de la contraparte.
A)#NUAN)#( ' #5I#N)#( &n este capítulo de-e"os re"e"orar un poco los conoci"ientos ad7uiridos en las aulas de Derecho 5enal) donde recordare"os 7ue: Atenuante es una situaci(n o causa o circunstancia 7ue dis"inuye la Responsa-ilidad de la Conducta Lesi!a) co"o por e/e"plo el estar -a/o los e6ectos de dro'as de uso le'al) pero 7ue dis"inu yen las percepciones o alteran la conducta del indi!iduo o la "is"a ine*periencia co"o A-o'ado. #7i8ente es la causa) hecho) o coyuntura 7ue li-era total"ente de la Responsa-ilidad co"o por e/e"plo lo son el "iedo insupera-le o el trastorno "ental. 3-!ia"ente) y dentro del 5rincipio inaliena-le de De6ensa) el 5ro6esional de Derecho i"putado por Lesi(n del 5rincipio de Correcci(n puede usar para su de6ensa todos los atenuantes o e*i"en tes 7ue cada caso per"ita. Art. %To: 2ncitaci(n a liti'ar. De-e del a-o'ado e!itar toda incita E L PRINCIPIO DEL DESINTERÉS ci(n al cliente a liti'ar) pro"etindole 'anar el pleito. De-e estar desinterés. #. m. 1alta de interés por algo. %. m. Desapego y desprendimiento desprendimiento de todo provecho personal, pr'ximo o remoto.
sie"pre dispuesto a 6acilitar un a"i'a-le a!eni"iento entre las partes) procurar una /usta transacci(n en cuanto se presente una oportunidad 6a!ora-le. Colegio de Abogados del Paraguay, Paraguay, “Código de Ética Profesional”.
&ste es un 5rincipio co"plicado) ya no de e*plicar) co"o de aplicar. La Deontolo'ía Jurídica esta-lece 7ue el 5ro6esional de Derecho de-e sacri6icar sus propios in tereses a los de su Cliente y a los de la Sociedad toda. &s decir y por e/e"plo) 7ue ante la pers pecti!a de por un lado un Juicio lar'o y oneroso para el Cliente) pero producti!o para el A-o'ado) por la cuantía de los Monorarios) y por el otro una transacci(n 7ue per"ita lle'ar 6ácil"ente a un acuerdo econ("ico con!eniente para las partes pero no para el o los 5ro6esionales) el A-o'ado de-e optar por la se'unda opci(n. 3perando en otro sentido) el 5rincipio del 2nters esta-lece 7ue el A-o'ado de-e tratar a todos sus Clientes con la "is"a Dili'encia) Correcci(n) 5ro-idad) etc) sin nin'En tipo de discri"inaci(n y "ucho "enos de carácter socioecon("ico. &n otros tr"inos) el 5ro6esional de Derecho de-e erradicar todo 8espíritu de lucro9) aun7ue esto no si'ni6ica 7ue sus ser!icios de-en ser 'ratuitos) sencilla"ente /ustos. $remieu dice que el ejercicio de la profesi'n forense exige independencia y desinterés, es incompatible con todo estado de subordinaci'n y con el esp2ritu de lucro, el abogado no est* llamado a prestar su trabajo gratuitamente pues debe ser oneroso, el principio del desinterés es complejo .9T El principio del desinterés est* est* ligado al de independencia y al de de libertad, alude a la entrega entrega y dedica( ci'n con la que el abogado debe consagrarse a la causa de su cliente, aun sacrificando, en ocasiones, sus propios intereses leg2timos.3 T
8D2CC231AR23 D& LA L&1G0A &S5AI3LA R&AL ACAD&B2A &S5AI3LA9. 8D&313L3G2A D3C0B&13S D& 21N&S2GAC2O1 BAR2F2?&19. C. 3L2NAR& DUA) 8Los principios de dili'encia correcci(n y desinteres9.
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!A INC!INACI&N D# !A D#$N)$!$"1A 9$%#N(# :ACIA !A AI"A0!# C$P$(ICI&N D#! !I)I"I$
5ri"ando el 5rincipio del Desinters) es o-!io 7ue la Deontolo'ía Forense se inclina a e!itar el liti 'io o a ponerle 6in lo antes posi-le) precautelando los intereses del Cliente y de la "is"a Sociedad) ya 6uere por su carácter econ("ico >no ol!ide"os 7ue los salarios de los 6uncionarios pE-licos) entre los 7ue se encuen tran las Autoridades Jurisdiccionales) son pa'adas con los i" puestos 7ue soporta la Sociedad entera=) co"o por la sen
Art. . <+++... 0n a-o'ado de-erá de6ender sin te"or los intere ses de su cliente y sin tener en cuenta cuales7uie ra consecuencias desa'rada-les 7ue puedan deri !arse para l o para otra persona. Art. %$. 0n a-o'ado de-erá sie"pre es6orzarse por lle'ar a una soluci(n "ediante un arre'lo e* tra/udicial antes 7ue iniciar un procedi"iento /udi cial. 0n a-o'ado no de-e esti"ular nunca a 7ue se !aya a pleito. Art. %%. 0n a-o'ado no de-e ad7uirir nin'En inte rs econ("ico en un asunto 7ue está diri'iendo o 7ue ha diri'ido. a"poco de-erá ad7uirir) directa o indirecta"ente) -ienes respecto de los cuales pen de un liti'io ante el ri-unal en 7ue l actEa. Art. %#. 0n a-o'ado no de-e representar nunca intereses opuestos. &sto se aplicará ta"-in a to dos los "ie"-ros de una 6ir"a o sociedad de a-o 'ados.
saci(n de 8'uerra9 o de 8en6renta"iento9 7ue co" porta cada liti'io. 1ue!a"ente nos encontra"os con !arios 5rinci pios ticos 7ue sealan la necesidad "oral de la a"i'a-le co"posici(n de la litis) entre los 7ue cita "os a la Di'nidad y el Decoro 5ro6esional) 7ue se traduce entre otras en Monestidad) la 5rudencia del Conse/o) la no 2ncitaci(n a liti'ar) la Decencia) el “Código Internacional de Deontología Forense”. Respeto Butuo) y por supuesto) los 5rincipios de Di li'encia) de Correcci(n y de Desinters. La co"posici(n del liti'io por "edios a"istosos de-e precautelar apenas un aspecto: no per/u dicar los intereses del Cliente del 5ro6esional del Derecho y donde el acuerdo al 7ue se lle'ue sea li-re) consciente y so-re todo) in6or"ado >5rincipio de 2n6or"aci(n=) aun7ue no satis6a'a plena"ente las e*pectati!as iniciales del Cliente ni con certeza) las del A-o'ado.
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Cátedra de tica y Deontolo'ía. Dili'encia) Correcci(n y Desinters
0I0!I$"%A91A 8C(di'o 2nternacional de Deontolo'ía Forense9) . C3L&G23 D& A?3GAD3S D&L 5ARAG0A@) 8C(di'o de tica 5ro6esional9.
3L2NAR& DUA) C.) 8Los principios de dili'encia correcci(n y desinteres9) 6echa de consulta %$ septie"-re #$%4) en http:++prezi.co"+r4Ylle*zZerY+unidadi!los principiosdedili'enciacorrecciony desinter+.
8Deontolo'ia Docu"entos de 2n!esti'aci(n Bari6i-en9) ) 6echa de consulta %% septie"-re #$%4) en 5AR&D&S) A.) 8Derecho K Sociedad Alcance del http:++VVV.-uenastareas.co"+ensayos+Deont De-er de dili'encia en la relaci(n A-o'ado olo'ia+,T4$$$.ht"l. Cliente9) 6echa de consulta %% septie"-re #$%4) en 8Deontolo'ia Juridica: 1e'li'encia 5ro6esional9) ) http:++-lo'.pucp.edu.pe+ite"+#PPP+alcances 6echa de consulta %% septie"-re #$%4) en delde-erdedili'enciaenlarelacion http:++di6erenciaentreleyynor"a"oral.-lo'spo a-o'adocliente. t.co"+#$%%+$,+ne'li'enciapro6ecional.ht"l. NH0&) Q.) 8Deontolo'ía >uT%,=9) 6echa de consulta 8Diccionario de la len'ua espaola Real Acade"ia % septie"-re #$%4) en &spaola9) ) 6echa de consulta %% septie"-re http:++es.scri-d.co"+doc+##%[#P#+Deonto #$%4) en http:++le"a.rae.es+drae+W T%,. !alXdili'encia.
Luis Sánchez Rodas
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Se distri-uye el docu"ento en 6or"a 'ratuita y -a/o Licencia Creati!e Co""ons de Reconoci"iento >?@= 1o co"ercial >1C= Co"partir i'ual >SA=
Cátedra de tica y Deontolo'ía. Dili'encia) Correcci(n y Desinters
0ninorte – 4to Curso – !o Se".
1ndice de contenido )nidad * + Diligencia, Diligencia, Corrección Corrección y Desinters Desinters .................... ............................... ..................... ..................... ..................................... .......................... (l Princi#io Princi#io de Diligencia......... Diligencia.................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ....................................... ............................ La Dili'encia ..................................... ......................................... ......................................... .................. ........... ............. ...... , Co"o característica del cu"pli"iento de la o-li'aci(n contractual............................................................................., Co"o característica de los de-eres de co"porta"iento se'En la deontolo'ía...........................................................,
La 1e'li'encia.......................................... ......................................... ......................................... ................ .......... ........ 4
(l Princi#io de Corrección.............................................................................................................. 3-li'aci(n /urídica y de-er deontol('ico de correcci(n...............................................................................4 Casuística so-re el de-er de correcci(n......................................................................................................P La Correcci(n con el Cliente en particular ..................................................................................................P La 2ncorrecci(n 'ra!e y consi'uiente e*pulsi(n..........................................................................................P Atenuantes y e*i"entes..............................................................................................................................
(l Princi#io Princi#io del Desinters...... Desinters................. ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ............................. ................... * La inclinaci(n de la deontolo'ía 6orense hacia la a"i'a-le co"posici(n del liti'io.....................................T
/ibliografía..... /ibliografía................ ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ...................... ..................... ........................ .............. 0
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Luis Sánchez Rodas
Se distri-uye el docu"ento en 6or"a 'ratuita y -a/o Licencia Creati!e Co""ons de Reconoci"iento >?@= 1o co"ercial >1C= Co"partir i'ual >SA=