NIA 710 Comparativos CONTENIDO Introducción Cifras Correspondientes Estados Financieros Comparativos Fecha Efectiva Apéndi péndice ce 1 Disc Discus usió ión n de !arc !arcos os de "efe "efere renc ncia ia de Info Informa rmaci ción ón Financiera para Comparativos Apéndice # E$emp%os de Dict&menes de Auditor Introducción 1. El propósito propósito de esta Norma Internac Internacion ional al de Auditorí Auditoría a (NIA) (NIA) es establec establecer er normas y proporcionar lineamientos sobre las responsabilidades del auditor respecto de los comparativos. No se refiere a situaciones en las que se pres present enten en estado estados s financ financie ieros ros resu resumid midos os con con los estad estados os finan financie cieros ros auditados (para lineamientos ver NIA 7! "#tra Información en $ocumentos que %ontienen Estados &inancieros Auditados'" y NIA !! "El $ictamen del Auditor sobre raba* raba*os os de Auditoría Auditoría con con +ropósito +ropósito Especial"). Especial"). #' E% auditor auditor de(er& de(er& determinar determinar si %os %os comparativ comparativos os cump%en cump%en en todos todos %os aspecto aspectos s de importa importanci ncia a re%ati re%ativa va con e% marco marco de referenc referencia ia para para información financiera re%evante a %os estados financieros )ue est&n siendo auditados' ,. -a eistenc eistencia ia de diferenci diferencias as en los marcos de referenc referencia ia para informac información ión fina financ ncie iera ra entr entre e los los país países es da como como resu result ltad ado o que que se pres presen ente te la información financiera comparativa en forma diferente en cada marco de refer referen encia cia.. -os -os compa comparat rativ ivos os en los esta estados dos financ financier ieros os'' por por e*empl e*emplo' o' pueden presentar cantidades (como la posición financiera' resultados de oper operac acion iones' es' flu*os flu*os de efect efectivo ivo)) y las las reve revelac lacion iones es apro apropia piadas das de una una entidad para m/s de un periodo' dependiendo del marco de referencia. -a referencia a los marcos de referencia y m0todos de presentación se ace en esta NIA como si2ue3 Cifras as Co Corr rres espo pond ndie ient ntes es cuan a. Cifr cuando do se incl incluy uyen en cant cantid idad ades es y otra otras s reve revelac lacion iones es para para el perio periodo do prece precede dente nte como como parte parte de los estad estados os financieros del periodo presente' y se supone sean leídas en relación con las cantidades y otras revelaciones relativas al periodo actual (citadas como "cif "cifra ras s del del peri period odo o actu actua al" para para fine fines s de esta esta NIA) NIA).. Esta Estas s cifr cifras as correspondientes no se presentan como estados financieros completos con la capacidad de bastar como 4nicas' sino que son una parte inte2ral de los estados financieros del periodo actual y se supone sean leídas sólo en relación con las cifras del periodo actual5 y Estados s Financi Financiero eros s Compar Comparati ativos vos cuando b. Estado cuando se incluy incluyen en cantida cantidades des y otras otras reve revelac lacion iones es del del perio periodo do prece precede dente nte para para compa compara ració ción n con con los estados financieros del periodo actual' pero no son parte inte2ral de los estados financieros del periodo actual
(6eferirse al Ap0ndice 1 de esta NIA para discusión de estos diferentes marcos de referencia para informes.) . -os comparativos se presentan en cumplimiento con el marco de referencia relevante para información financiera. -as diferencias esenciales en dict/menes de auditoría son que3 a. para cifras correspondientes' el dictamen del auditor sólo se refiere a los estados financieros del periodo actual5 mientras que3 b. para estados financieros comparativos' el dictamen del auditor se refiere a cada periodo en que se presenten los estados financieros. 8. Esta NIA proporciona lineamientos sobre las responsabilidades del auditor para los comparativos y para dictaminar sobre ellos ba*o los dos marcos de referencia en secciones por separado. Cifras Correspondientes *as "esponsa(i%idades de% Auditor 9. E% auditor de(er& o(tener suficiente evidencia apropiada de auditor+a de )ue %as cifras correspondientes cump%en con %os re)uisitos de% marco de referencia re%evante para información financiera' -a etensión de los procedimientos de auditoría reali:ados en las cifras correspondientes es si2nificativamente menor que para la auditoría de las cifras del periodo actual y est/ ordinariamente limitada a ase2urar que las cifras correspondientes an sido presentadas en forma correcta y est/n clasificadas en forma apropiada. Esto implica que el auditor valore si3 a. las políticas contables usadas para las cifras correspondientes son consistentes con las del periodo actual o si se an eco los a*ustes y;o revelaciones apropiados5 y b. las cifras correspondientes concuerdan con los montos y otras revelaciones presentados en el periodo anterior o si se an eco a*ustes y;o revelaciones apropiados. 7. %uando los estados financieros del periodo anterior an sido auditados por otro auditor' el auditor entrante valora si las cifras correspondientes cumplen con las condiciones especificadas en el p/rrafo 9 anterior y tambi0n si2ue los lineamientos de NIA 81! "raba*os Iniciales. i el auditor se da cuenta de una posible representación errónea de importancia relativa en las cifras correspondientes cuando lleva a cabo la auditoría del periodo actual' el auditor reali:a los procedimientos adicionales que sean apropiados a las circunstancias. Dict&menes 10'Cuando %os comparativos sean presentados como cifras correspondientes, e% auditor de(er& emitir un dictamen de auditor+a en
e% )ue %os comparativos no est&n identificados espec+ficamente por)ue %a opinión de% auditor es so(re %os estados financieros de% periodo actua% como un todo, inc%u-endo %as cifras correspondientes' 11. El dictamen del auditor deber/ acer una referencia específica a las cifras correspondientes sólo en las circunstancias descritas en los p/rrafos 1' 1,' 18(b)' y 19 a 1=. 1.%uando el dictamen del auditor sobre el periodo anterior' se24n se aya emitido previamente' incluyera una opinión calificada' abstención de opinión' u opinión adversa y el asunto que diera ori2en a la modificación estuviera3 a' sin reso%ver, - diera como resu%tado una modificación de% dictamen de% auditor respecto de %as cifras de% periodo actua%, e% dictamen de% auditor de(er& tam(ién ser modificado respecto de %as cifras correspondientes. o (' sin reso%ver, - diera como resu%tado una modificación de% dictamen de% auditor respecto de %as cifras de% periodo actua%, e% dictamen de% auditor de(er& tam(ién ser modificado respecto de %as cifras correspondientes. o 1,.%uando el dictamen del auditor sobre el periodo anterior' se24n se emitió previamente' incluyera una opinión calificada' una abstención de opinión' o una opinión adversa y el asunto que diera ori2en a la modificación est0 resuelto y atendido en forma apropiada en los estados financieros' el dictamen actual ordinariamente no se refiere a la modificación previa. >in embar2o' si el asunto es de importancia relativa al periodo actual' el auditor puede incluir un p/rrafo de 0nfasis de asunto que trate de la situación. 1.Al llevar a cabo la auditoría de los estados financieros del periodo actual' el auditor' en ciertas circunstancias inusuales' puede darse cuenta de una representación errónea de importancia relativa que afecte a los estados financieros del periodo anterior sobre los cuales se a emitido previamente un dictamen sin modificaciones. 1/'En ta%es circunstancias, e% auditor de(er& considerar %os %ineamientos de NIA /0 2echos 3osteriores - a' si %os estados financieros de% periodo anterior han sido revisados reesta(%ecidos con un nuevo dictamen de% auditor, e% auditor de(er& )uedar satisfecho de )ue %as cifras correspondientes concuerden con %os estados financieros revisados. o (' si %os estados financieros de% periodo anterior no han sido revisados ni vue%tos a emitir, - %as cifras correspondientes no han sido reesta(%ecidas en forma apropiada -4o no se han hecho reve%aciones apropiadas, e% auditor de(er& emitir un dictamen modificado so(re %os estados financieros de% periodo actua%, modificado respecto de %as cifras correspondientes a%%+ inc%uidas' 19.>i' en las circunstancias descritas en el p/rrafo 1' los estados financieros del periodo anterior no an sido revisados y no se a vuelto a emitir el dictamen de un auditor' pero las cifras correspondientes an sido restablecidas en forma apropiada y;o se an eco revelaciones apropiadas en los estados financieros del periodo actual' el auditor puede
incluir una p/rrafo de 0nfasis de asunto que describa las circunstancias y a2a referencia a las revelaciones apropiadas. A este respecto' el auditor tambi0n considera los lineamientos de NIA 89! " ?ecos +osteriores." Auditor Entrante5"e)uisitos Adiciona%es Estados Financieros de% 3eriodo Anterior Auditados por Otr o Auditor 17.En al2unas *urisdicciones se permite al auditor entrante referirse en su dictamen de auditor entrante por el periodo actual' al dictamen del auditor antecesor sobre las cifras correspondientes. Cuando e% auditor decide referirse a otro auditor, e% dictamen de% auditor entrante de(er& indicar a' )ue %os estados financieros de% periodo anterior fueron auditados por otro auditor. (' e% tipo de dictamen emitido por e% auditor predecesor -, si e% dictamen fue modificado, %as ra6ones para ta% cosa. %a fecha de dicho dictamen' c. Estados Financieros De% 3eriodo Anterior No Auditados 1. Cuando %os estados financieros de% periodo anterior no estén auditados, e% auditor entrante de(er& dec%arar en su dictamen )ue %as cifras correspondientes est&n sin auditar' >in embar2o' dica declaración' no releva al auditor del requisito de llevar a cabo procedimientos apropiados respecto de los balances de apertura del periodo actual. >e recomienda una clara revelación en los estados financieros de que las cifras correspondientes no est/n auditadas. 1=. En situaciones en %as )ue e% auditor entrante identifica )ue %as cifras correspondientes est&n ma% epresadas en forma de importancia re%ativa, e% auditor de(er& pedir a %a administración )ue revise %as cifras correspondientes Estados Financieros Comparativos *as "esponsa(i%idades de% Auditor !.El auditor deber/ obtener evidencia suficiente apropiada de auditoría de que los estados financieros comparativos cumplen con los requisitos del marco de referencia relevante para información financiera. Esto implica que el auditor valore si3 a. las políticas contables del periodo anterior son consistentes con las del periodo actual o si se an eco los a*ustes y;o revelaciones apropiados5 y b. las cifras del periodo anterior presentadas concuerdan con las cantidades y otras revelaciones presentadas en el periodo anterior o si se an eco los a*ustes y revelaciones apropiados. 1.%uando los estados financieros del periodo anterior an sido auditados por otro auditor' el auditor entrante valora si los estados financieros comparativos cumplen con las condiciones del p/rrafo ! anterior y tambi0n si2ue los lineamientos de NIA 81! "raba*os Iniciales.
tambi0n si2ue los lineamientos de NIA 81! "raba*os Iniciales. i el auditor se da cuenta de una posible representación errónea de importancia relativa en las cifras del a@o anterior' al llevar a cabo la auditoría del periodo actual' el auditor lleva a cabo los procedimientos adicionales que sean apropiados a las circunstancias. "eportin8 . Cuando %os comparativos sean presentados como estados financieros comparativos, e% auditor de(er& emitir un dictamen en e% )ue %os comparativos sean identificados espec+ficamente por)ue %a opinión de% auditor se epresa individua%mente so(re %os estados financieros de cada periodo presentado' %omo el dictamen del auditor sobre los estados financieros comparativos aplica a los estados financieros individuales presentados' el auditor puede epresar una opinión calificada o adversa' abstención de opinión' o puede incluir un p/rrafo de 0nfasis de asunto respecto de uno o m/s de los estados financieros por uno o m/s periodos' mientras que emite un dictamen diferente sobre los otros estados financieros. 8.Al dictaminar sobre los estados financieros del periodo anterior en coneión con la auditoría del a@o actual' si la opinión sobre los estados financieros de dico periodo anterior es diferente de la opinión previamente epresada' el auditor deber/ revelar las ra:ones sustanciales para la opinión diferente en un p/rrafo de 0nfasis de asunto. Esto puede suceder cuando el auditor se da cuenta de circunstancias o eventos que afecten en forma de importancia relativa a los estados financieros de un periodo anterior durante el curso de la auditoría del periodo actual.Auditor Entrante6equisitos Adicionales
Estados &inancieros del +eriodo Anterior Auditados por #tro Auditor #'Cuando %os estados financieros de% periodo anterior fueron auditados por otro auditor a' e% auditor predecesor puede vo%ver a emitir e% dictamen de auditor+a so(re e% periodo anterior mientras )ue e% auditor entrante só%o dictamina so(re e% periodo actua%. o (' e% dictamen de% auditor entrante de(er& dec%arar )ue e% periodo anterior fue auditado por otro auditor - e% dictamen de% auditor entrante de(er& indicar i' )ue %os estados financieros de% periodo anterior fueron auditados por otro auditor. ii' e% tipo de dictamen emitido por e% auditor predecesor - si e% dictamen fue modificado, %as ra6ones para ta% cosa. iii' %a fecha de dicho dictamen 7. Al llevar a cabo la auditoría sobre los estados financieros del periodo actual' el auditor entrante' en ciertas circunstancias inusuales' puede darse cuenta de una representación errónea de importancia relativa que afecte a los estados financieros del periodo anterior sobre los que el auditor predecesor abía dictaminado previamente sin modificación.
.En estas circunstancias' el auditor entrante deber/ discutir el asunto con la administración y' despu0s de aber obtenido la autori:ación de la administración' contactar al auditor predecesor y proponer que los estados financieros del periodo anterior sean restablecidos. >i el predecesor est/ de acuerdo en volver a emitir el dictamen de auditoría sobre los estados financieros restablecidos del periodo anterior' el auditor deber/ se2uir los lineamientos del p/rrafo 9. >i' en las circunstancias discutidas en el p/rrafo 7' el predecesor no est/ de acuerdo con la proposición de restablecer o se nie2a a volver a emitir el dictamen de auditoría sobre los estados financieros del periodo anterior' el p/rrafo introductorio del dictamen del auditor puede indicar que el auditor predecesor dictaminó sobre los estados financieros del periodo anterior antes de ser restablecidos. Adem/s' si el auditor entrante est/ contratado para auditar y aplica suficientes procedimientos como para quedar satisfeco de la propiedad de los a*ustes' el auditor puede tambi0n incluir el si2uiente p/rrafo en su dictamen3 ambi0n auditamos los a*ustes descritos en la Nota B que se aplicaron para restablecer los estados financieros de 1=B1. En nuestra opinión' dicos a*ustes son apropiados y an sido aplicados apropiadamente. Estados Financieros de% 3eriodo Anterior No Auditados ,!.%uando los estados financieros del periodo anterior no est0n auditados' el auditor entrante deber/ declarar en el dictamen del auditor que los estados financieros comparativos est/n sin auditar. >in embar2o' dica declaración no releva al auditor de los requisitos de reali:ar los procedimientos adecuados respecto de los balances de apertura del periodo actual. >e recomienda una clara revelación en los estados financieros de que los estados financieros comparativos est/n sin auditar. ,1. En situaciones en %as )ue e% auditor entrante identifica )ue %as cifras sin auditar de% a9o anterior est&n ma% dec%aradas en una forma de importancia re%ativa, e% auditor de(er& pedir a %a administración )ue revise %as cifras de% a9o anterior o si %a administración se rehusa a hacer%o, modificar e% dictamen en forma apropiada' Fecha Efectiva ,. Esta NIA es efectiva para dict/menes emitidos o vueltos a emitir en o despu0s del 1o. de *ulio de 1==7. >e permite la aplicación antes de esa feca. Apéndice 1 Discusión de !arcos de "eferencia para Información Financiera para Comparativos 1. -os comparativos que cubran uno o m/s periodos precedentes proporcionan a los usuarios de estados financieros la información necesaria para identificar tendencias y cambios que afectan a una entidad por un periodo de tiempo. .
la consistencia son características deseables para la información financiera. $efinida en t0rminos amplios' la comparabilidad es la cualidad de tener ciertas características en com4n y la comparación es normalmente una valoración cuantitativa de las características comunes. -a consistencia es una cualidad de la relación entre dos n4meros contables. -a consistencia (por e*emplo' consistencia en el uso de principios contables de un periodo a otro' la consistencia del lapso del periodo para informar' etc.) es un prerrequisito para un verdadera comparabilidad. ,. ?ay dos amplios marcos de referencia para información financiera para comparativos3 las cifras correspondientes y los estados financieros comparativos. .
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