U.A.G.R.M. – F.I.N.I.
INTRODUCCION AL DERECHO
NORMA JURIDICA Y SUS PARTES
Ley de casualidad.
Es un Juicio de realidad que describe los nexos de secuencia. “Si A es, es o será B”.
La norma jurídica, imputación.
Por obra del legislador o la costumbre jurídica, se “enlaza” una relación de “deber ser” entre una o varias condiciones y una o varias consecuencias. “Si A es, deber ser B”. El vínculo solo dura mientras no sea abrogada tal norma, si esta es abrogada cesa la imputación.
5. TIPOS DE IMPUTACIÓN La coordinación entre una condición y una consecuencia anudada por la imputación es, según Fritz Schreier, de tres tipos: one-one, many-one y one-many. En el primer tipo, one-one, una condición tiene una consecuencia: la celebración del matrimonio civil convierte a los contrayentes en esposos. En el segundo tipo, many-one, que corresponde a la llamada condición compleja, varios hechos y actos generan una consecuencia: el artículo 149 de la Constitución dice que para ser candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con dieciocho años de edad cumplidos al momento de la elección, haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente .. No estar comprendido en los casos de exclusión y de incompatibilidad establecidos por la ley. A todo esto hay que añadir, obviamente, el obtener el número de votos suficientes según la Ley Electoral. En el tercer tipo, one-many, una condición produce varias consecuencias: con el fallecimiento de un individuo (condición) se acaba su personalidad jurídica, se abre la sucesión hereditaria a favor de su cónyuge e hijos o, a falta de éstos, de sus herederos forzosos, si está en curso se extingue la acción penal en su contra, también hay otros efectos testamentarios como
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