DIPLOMADO EN TRIBUTACION
EXAMEN FINAL MODULO V
1.- Una persona jurídica que se constituyó en Lima en el régimen especial; es adjudicada con una licitación con una empresa privada para efectuar el acondicionamiento de un local comercial, el monto del servicios es de S/ 87000. Dicho servicio se efectuara en la zona de la selva en Madre de Dios, siendo el costo de material proyectado en gastar de S/15000, mano de obra s/ 25000, otros gastos como alimentación, hospedaje y comunicaciones por S/ 10000. Este contrato se efectuará similar al monto de venta v enta por 3 veces más durante el año. Tener en cuenta que las empresas en la selva se encuentran inafectas del IGV. ¿Qué solución usted le aconsejaría para un planeamiento tributario?
Las empresas que reciben el servicio por una empresa que se constituyó en una zona donde se emite facturas afectas con IGV, deberán emitirse de la misma forma así la empresa que se beneficie del servicios estén exoneradas, ya que ellas podrán deducir como parte del costo el IGV que no se usa como deducción de crédito sino como gasto o costo deducible.
2 Una empresa constituida en un distrito de Lima, cuya actividad comercial es reciclaje (compra y venta de materiales): teniendo en cuenta que la empresa está en el régimen general, y los que les venden estos materiales material es (recicladores) (reciclador es) no cuenta con documentos. La empresa vende al peso estos productos a empresas de procesamiento, procesamiento, con factura y están afectos al sistema de detracción del 12%. ¿Qué solución usted le aconsejaría para el manejo de la parte tributaria?
En este caso la recomendación seria el uso de LIQUIDACIÓN DE COMPRA las cuales serán emitidas por las personas naturales y jurídicas por las adquisiciones que efectúen a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía, desperdicios y desechos metálicos, desechos de papel y desperdicios d esperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de número de RUC.
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CODIGO TRIBUTARIO
3 Cuáles son los derechos de los contribuyentes. Los contribuyentes tienen diversos derechos que exigir a la administración tributaria que citaremos a continuación: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k.
Derecho a consultas Derecho a reconsideración y segunda reconsideración Derecho al recurso contencioso tributario. Derecho al recurso de retaliación Derecho de casación Derecho a recurso de amparo Derecho a revisión de sentencia Derecho de confidencia a la información en las actuaciones Derecho de prorroga Derecho de compensación Derecho de consulta
4 Explique sobre las infracciones y sanciones tributarias establecidas en el Código Tributario, señale con ejemplos? a) Faltas Tributarias: Estas de especifican como las siguientes sanciones pecuniarias:
1. La evasión tributaria que no constituye defraudación 2. La mora 3. El incumplimiento de los deberes formales de los contribuyentes, responsables y terceros. 4. El incumplimiento de los deberes formales de los empleados y funcionarios de la administración tributaria 5. El incumplimiento de los deberes formales de los funcionarios públicos, ajenos a la administración tributaria, cuando se comete de manera repetida una misma falta se dice que estamos frente a una figura de reincidencia B) Delitos: Los delitos tributarios son las infracciones que para su configuración
requieren la existencia de los elementos del dolo (engaño) y la culpa que no sea susceptible del error excusable. En cuanto a los delitos están: el perjuicio, la evasión y la defraudación.
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La Evasión: Es también pecuniaria, cuya competencia es de los tribunales. Comete defraudación el contribuyente que simula, oculte y realice alguna maniobra o cualquier otra forma de engaño, con el fin de inducir a la administración tributaria, a errar en la determinación de los tributos, este delito puede tener como objeto facilitar la evasi ón parcial o total. Los contribuyentes que cometen estos delitos son los que realizan las siguientes prácticas: a. Elaboración de los productos sujetos a impuestos sin obtener los permisos exigidos. b. Elaboración con permiso, pero con equipos que la administración tributaria desconozca o cuya modificación haya sido efectuada sin su autorización c. Elaboración de productos con materia prima distinta a la autorizada d. Elaboración, o la comercialización clandestinamente productos que no hayan pagado los impuestos de lugar e. Alterar, destruir o adulterar productos o bien sus características o efectos, así como su ocultación, retiro indebido, cambio de destino o falsa indicación de su procedencia y más infracción que constituyan esos delitos. Ley del IGV
5 Cuáles son los hechos que gravan con IGV sobre la venta y servicios?
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Que infracciones están sujetas respecto al IGV? CONCEPTO DE PAGO INDEBIDO
Es el pago que se realiza sin que exista obligación de efectuar un pago. Esto sucede, por ejemplo, cuando un contribuyente efectúa el pago de un impuesto al cual no está afecto, equivocándose en el código que identifica el impuesto a pagar. Por ejemplo, el dueño de un restaurante que quiere pagar el IGV del mes (Código 1011) y por error paga el IVAP (Código 1016), tributo relacionado con la venta del arroz pilado, actividad que no tiene que ver con su negocio. CONCEPTO DE PAGO EN EXCESO
Un pago en exceso ocurre cuando se paga un monto mayor al que corresponde por un tributo y período tributario que sí corresponden al contribuyente. Por ejemplo, cuando un contribuyente, paga por IGV de un mes determinado la suma de S/ 2,100.- cuando en realidad debió pagar S/ 1,200.- La diferencia de S/ 900.- se considera como un pago en exceso.
Ley del Impuesto a la Renta
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Cómo tributan las asociaciones sin fines de lucro respecto al impuesto a la renta y cuál es su base legal.
Impuesto a la renta
Califi cación de la Renta
Asociación sin fines de lucro Inciso b) del artículo 19°de la Ley del Impuesto a la Renta señala que están exonerados del impuesto, las rentas de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro cuyo instrumento de constitución comprenda exclusivamente, alguno o varios de los siguientes fines: beneficencia, asistencia social, educación, cultural, científica, artística, literaria, deportiva, política, gremiales, y/o de vivienda; siempre que destinen sus rentas a sus fines específicos en el país; no las distribuyan, directa o indirectamente, entre los asociados o partes vinculadas a estos o a aquellas, y que en sus estatutos esté previsto que su patrimonio se destinará, en caso de disolución, a cualquiera de los fines contemplados en este inciso.
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Cuál es la base de cálculo del impuesto a la renta en todas sus categorías, cite ejemplos prácticos de cada categoría?
RENTA DE PRIMERA CALCULO DEL IMPUESTO A PAGAR: Al
monto del alquiler por cada predio le debes aplicar la tasa efectiva del 5%, obteniendo con ello el monto a pagar por concepto de impuesto a la renta de primera categoría mensual. RENTA E SEGUNDA CALCULO DEL IMPUESTO A PAGAR:
Para que calcules el monto a pagar por el impuesto, primero determina el costo del inmueble, así, obtendrás la ganancia efectiva respecto de la cual aplicarás el porcentaje correspondiente. RENTA DE TERCERA CALCULO DEL IMPUESTO A PAGAR: El Impuesto
a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo. RENTA DE CUARTA CALCULO DEL IMPUESTO A PAGAR: Es
el ingreso personal por el desarrollo de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia. Se incluyen los ingresos de las personas que prestan servicios al Estado, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios. (CAS) RENTA QUINTA CALCULO DEL IMPUESTO A PAGAR: Los
ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, tales como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales. Revisar Código Tributario, Ley del IGV y del Impuesto a la renta; los cuales se pueden descargar gratuitamente de la página oficial de la SUNAT (www.sunat.gob.pe)