Descripción: Requisitos para la solicitud. Nombrar cada una de las clases de quiebra y Explicar cada una de las fases del proceso con su respectiva norma jurídica que lo regula
esquema sobre procedimiento administrativoFull description
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QUIEBRAS
Oposición administrativoDescripción completa
Ejemplo de procedimiento concursal de quiebraDescripción completa
Descripción: derecho peruano
ejercicio de una empresa
pequeños apuntes sobre ley de insolvencia y reemprendimientoDescripción completa
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Una vez que cargue un documento aprobado, podrá descargar el documentoDescripción completa
un pequeño aporte sobre recurso de revocatoria en adminsitraciónDescripción completa
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La Quiebra
La quiebra puede ser declarada:
A Solicitud del Deudor
A Solicitud del Acreedor
Estado jurídico de un deudor (persona o empresa) producto de la Cesación de Pagos, en el cual todos sus bienes se unen para responder a todas las obligaciones Mercantiles.
(Art. 931, 931, 932 Cco.)
(Art. 925 CCo.)
TIPOS (El Art. 915 del CCo)
Fortuita: Por fuerza Mayor Culpable: Negligencia Fraudulenta: Mala Fe
Se da cuando el deudor no hace la manifestación correspondiente
Este debe indicar
-Causas de la cesación de pagos
-Solicitar estado de quiebra, que deberá ser acompañada por los recaudos del Art. 926 del Cco.
-El Balance General o una exposición de las causas que impiden al fallido presentarlo. -Una memoria razonada de las causas de la quiebra.
El acreedor procede a demandar
+Introducida (art. 932 Cco.) la demanda se analizara junto con los recaudos +Comprobar conformidad. +Dictar auto admitiéndola o rechazándola.
1.Condición de Acreedor. 2.Cualidad de comerciante del demandado. 3.Demostrar que las obligaciones son mercantiles. 4.Narración de hechos y circunstancias que han dado lugar a la cesación de pagos. 5. La petición de declaratoria de quiebra del deudor previa citación del mismo
La Solicitud debe ser presenta ante el Juez de Comercio si el pasivo excede los diez mil bs, caso contrario se hará ante el
Nombrando a Depositario dichos bienes
Una vez admitida la solicitud, podrá el JUEZ disponer la ocupación judicial de todos los bienes del deudor en general
un de
Se dará al demandado copia certificada con orden de acudir a la hora fijada al quinto día. En la oportunidad fijada se oirá la contestación del demandado Debe tomarse en cuenta