Atenas Estudios Superiores “Sabiduría, estrategia, estrategia, democracia”
Vinculación entre el derecho y la educación
Andrea Daniela Jaramillo Gallardo 7° Semestre. Turno ejecutivo
Septiembre de 2017
El derecho y la educación
Toda persona tiene derecho a la educación. Los objetivos de la educación incluyen el pleno desarrollo y la dignidad de cada persona, la capacidad de participar de manera efectiva en la sociedad y el fortalecimiento del respeto a los derechos huma nos. La educación es importante en sí misma y a menudo es también un derecho humano “multiplicador”, del mismo modo en que el grado de acceso a la educación influye en el nivel de disfrute de otros derechos humanos. El derecho a la educación implica requisitos específicos en los diferentes niveles de educación. La enseñanza primaria debe ser obligatoria y gratuita para todos, lo que implicará consideraciones de costos directos e indirectos relacionados con la educación. La naturaleza obligatoria de la enseñanza primaria protege contra violaciones de este derecho por parte de los padres o de los gobiernos, elimina la discriminación basada en los ingresos y acaba con los incentivos para la falta de asistencia. Los Estados deben el aborar un marco nacional que amplíe y mejore progresivamente el sistema educativo y que sucesivamente introduzca la educación gratuita en los demás niveles, como el secundario, superior y educación fundamental. Todo Estado debe respetar el derecho a la libertad de enseñanza. Esto incluye el respeto a las convicciones religiosas y morales de los niños y los padres, el derecho de los padres o tutores legales de escoger escuelas privadas para sus hijos, y la libertad para establecer instituciones educativas privadas, siempre y cuando se aj usten a las normas nacionales de planes de estudio y admisiones.
Hay una estrecha relación entre el derecho y la educación, y aunque se puede ver de diversos puntos de vista, el más sobresaliente es que la educación es un derecho que permite el desarrollo integral de cada ser humano, el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorece la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promueve el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. La promoción y defensa del derecho a la educación abre las puertas a otros derechos, mientras que negarlo lleva a su vez a negar otros Derechos Humanos y, con ello, a perpetuar la pobreza. Por este motivo decimos que los Derechos Humanos son indivisibles y están interrelacionados. El derecho a la educación es, sin duda, uno de los más importantes derechos de la niñez y quizás el más importante de los sociales. Aunque no se puede, en sentido estricto, plantear que existan derechos importantes y otros secundarios, la afirmación anterior se funda en el hecho según el cual es a través en buena medida de la educación en sus distintas formas y modalidades como el ser humano, biológico o específico, deviene en ser social, en persona, en hombre o mujer, y es a través de ella que adquiere las condiciones y capacidades necesarias para vivir en sociedad (Restrepo, 2000). En este sentido, la educación en todas sus manifestaciones es la vía por excelencia de la socialización humana, es decir, la vía de su conversión en un ser social. La educación permite también transmitir principios comunes a las nuev as generaciones, conservando y perpetuando, así, los valores de toda una sociedad. Así, la educación contribuye a mejorar la calidad de vida de las personas. Ofrece a adultos y niños desfavorecidos una oportunidad para salir de la po breza. Es, por tanto, una herramienta
fundamental para el desarrollo económico, social y cultural de todas las poblaciones del mundo. La educación es el medio principal para que toda persona, niño/a y adulto/a pueda desarrollar sus capacidades, habilidades y participar activamente en la so ciedad. De ahí la relación que existe entre el derecho a la educación y la lucha contra la pobreza. La educación permite conocer y de esta manera poder defender todos los derechos que corresponden a cada persona (UNESCO Extea, 2005). Encontramos también la postura del psicólogo Jean Piaget, quien propone en su obra “El Derecho a Educación en el Mundo Actual” que “El derecho a la educación no es sólo el derecho a frecuentar escuelas, sino también a una educación que procure el pleno desenvolvimiento de la personalidad, el derecho a encontrar en la escuela todo lo necesario para la construcción de una razón activa y de una conciencia moral viva”. Y ese “todo lo necesario” implica: obligatoriedad, gratuidad, acción pedagógica adecuada, e involucra a la vez, abordar problemas que subyacen en la aplicación del derecho a la educación y que implican: libertad de enseñanza, libertad de aprendizaje, libertad de elegir maestro. El garantizar estas libertades debe ser la acción considerada como el fin más importante de la organización política de las democracias, ya que la democracia como ideal, tal como lo establece el Art.19 de la DDHH, supone “libertad de pensamiento” y “libertad de expresión” más la correlativa obligación de respetar esas obligaciones en los otros (Piaget, 1975).
La Constitución de la República por su parte establece que la educación es un derecho que le pertenece a la sociedad, a nivel internacional con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en una diversidad de instrumentos que son de carácter vinculante para el país; y vemos que la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, adoptada por las Naciones Unidas menciona en su artículo 26 algunos aspectos de suma importancia como: 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación tiene que ser gratuita, al menos en lo referente a la enseñanza elemental y fundamental. La enseñanza elemental es obligatoria. La enseñanza técnica y profesional debe ser generalizada; el acceso a los estudios superiores tiene que estar abierto a todos en plena igualdad de condiciones, en función del mérito. 2. La educación tiene que apuntar a un pleno desarrollo de la personalidad humana y a un refuerzo del respeto por los derechos del hombre y por las libertades fundamentales. Tiene que favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales o religiosos, así como el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tienen, por prioridad, el derecho de escoger el tipo de educación que sus hijos deben recibir (Restrepo, 2000) Podemos decir finalmente que la educación es un derecho humano fundamental que ocupa el centro mismo de la misión de la UNESCO y está indisolublemente ligado a la
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y a muchos otros instrumentos internacionales en derechos humanos. El derecho a la educación es uno de los principales factores para que la sociedad esté preparada para afrontarse en las diversas situaciones que se le presenten a lo largo de la vida, debido a que mediante la educación nos humanizamos como seres humanos y adquirimos conocimientos que más delante emplearemos, considero que un país con una educación de calidad es capaz de salir adelante en todas áreas, logrando tener a toda su población con una educación básica por mínimo y erradicando poco a poco situaciones de pobreza y analfabetismo.
Referencias bibliográficas
Piaget, J. (1975). A dónde va la educación . Barcelona: Teide.
Restrepo, C. T. (2000). El derecho a la educación. Santafé de Bogotá, D. C.
UNESCO Extea. (2005). La educación como derecho humano .