UNIVERSIDAD NACIONAL SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO FACULTAD DE INGENIERIA ELECTRICA, ELECTRONICA, MECANICA Y MINAS CARRERA PROFESIONAL DE INGENIERIA DE MINAS
TEMA: MINERIA SUBMARINA
PRESENTADO POR: GIANIELA NINET HUANCARA SAICO
DOCENTE: HERNAN YARI MENDOZA
CURSO: METODOLOGIA DEL TRABAJO INTELECTUAL
SEMETRE: 2013-I
AÑO 2013
PRESENTACION
Con la satisfacción de haber cumplido con el presente trabajo de investigación, me dirijo hacia su persona con el objeto de ponerle a vuestra consideración la presente monografía con tema: “MINERIA SUBMARINA”.
El presente informe, producto del trabajo de investigación, hace mención referida a los temas solicitados, habiendo realizado sus respectivos conceptos concernientes al área.
Se ha cumplido con el presente después de una serie de investigaciones en torno al tema referido, obteniendo satisfactorias experiencias. Este documento representa una información valiosa cuyo objetivo es de el de poner a disposición, conocimientos vinculados a temas de nuestra carrera y en el desarrollo de nuestra formacion.
INTRODUCCION
Los océanos cubren las tres cuartas partes de la tierra, contienen más del 97% de los seres vivos del planeta; el 60% de la superficie terrestre se encuentra sumergido por debajo de los 2000 metros; contienen recursos energéticos y minerales; los fondos marinos profundos contienen petróleo, gas natural, nódulos de manganeso, costas ricas en cobalto, sulfuros masivos ricos en zinc, cobre, plata y oro. Contienen riquezas en fosforitas placeres ricos en titanio, tierras raras, estaño, diamantes y oro. Los recursos de los océanos son poco conocidos y aumentan gran interés por explotar en los fondos marinos. Hoy día, y cada vez más, las minas de tierra carecen de suministros ricos en cobre, un material básico en la vida moderna encontrada en todo, desde tuberías hasta computadoras. Muchos minerales comerciales tienen concentraciones de apenas medio punto porcentual. Pero los exploradores del lecho marino han encontrado purezas del 10 por ciento o más; Lo que convierte a los depósitos oscuros en bonanzas potenciales. Lo mismo resulto ser cierto de la plata y oro.
INDICE
MINERIA SUBMARINA 1. CONCEPTO 2. DRAGADO 3. METODOS DE EXPLOTACION 3.1. TECNOLOGIA PARA LA INVESTIGACION MINERA 3.2. TECNOLOGIA PARA LA EXPLOTACION MINERA 4. SISTEMAS MINERAS
SISTEMAS PASIVOS Y ACTIVOS LOS SISTEMAS 3K Y VELL SISTEMAS ESPECULATIVOS
5. VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA MINERIA SUBMARINA 6. RECURSOS MINERALES DE LOS FONDOS 7. PRIMERA CONCESIÓN DE UNA MINA SUBMARINA 8. REGLAMENO SOBRE PROSPECCION Y EXPLORACION DE NODULOS POLIMETALICOS EN LA ZONA. 9. CONCLUSIONES 10. ANEXOS. 11. BIBLIOGRAFIA
MINERIA SUBMARINA CONCEPTO: La minería submarina llamada también dragado, es donde se extraen los materiales mediante una draga en una barca especialmente preparada para remover el lecho del rio o el mar. 1.
Los océanos cubren casi las tres cuartas p artes de la superficie de la Tie rra, contienen las nueve décimas partes de los recursos de agua y más del 97%de los seres vivos del planeta. Los océanos son parte esencial de nuestra bios fera: influyen en nuestro cl ima, nuestra salud y nuestro bienestar. Los océanos están dominados por fondos profundos ya que más del 60% de la su perficie del planeta está por debajo delos 2.000 metros de profundidad. Los recursos energéticos y minera-les que se pueden encontrar en los fondos marinos profundos incluyen petróleo, gas natural, hidratos de gas, nódulos de manganeso, costras ricas en cobalto, sulfuros masivos (ricos en zinc, plata, oro o cobre), fosforitas, áridos (arena y gravas) y placeres (ricos en titanio, tierras raras, estaño, oro y diamantes). A estos recursos, se suman las biomineralizaciones con posibilidad de ser fuente de productos farmacéuticos. El tamaño y valor de dichos recursos son aún poco conocidos pero ofrecen un creciente interés que incentivan la exploración delos fondos oceánicos profundos.
Distribución a escala global de los principales depósitos de campos de nódulos de manganeso y sulfuros polimetálicos en los océanos de la Tierra
2. DRAGADO:
Dragado es el proceso de eliminación de suelo o de materiales del fondo de ríos, lagos o puertos de mar. El material recogido del fondo se llama escombro. Las máquinas utilizadas se llaman dragas; cuentan con equipos de aspiración o de excavación movidos por un motor diesel y montados sobre una plataforma flotante. Las dragas se utilizan para hacer más profundas o más anchas las vías navegables, extraer el material de relleno necesario para elevar tierras sumergidas por encima del nivel del agua, construir diques, preparar la colocación de cimientos bajo el agua y para extraer minerales y muestras de vida marina. Las dragas utilizadas en minería por lo general separan los escombros de los materiales valiosos y los eliminan. Las dragas disgregadoras abren vías de navegación agitando el fondo para que la corriente se lleve los sedimentos. En zonas de piedra se utilizan disgregadores rotatorios para raspar el fondo de los ríos. En estuarios poco profundos se utilizan unas pequeñas dragas parecidas a los aerodeslizadores. El término draga también se aplica a unas pequeñas excavadoras que utilizan los científicos para recoger muestras de suelo, de fauna y de flora del fondo marino. 3.
METODOS DE EXPLOTACION:
Los recientes avances tecnológicos han provocado que el uso de remotely operated vehicles (RVOs) para recoger muestras minerales de posibles yacimientos vaya en aumento. Usando perforadoras y otras herramientas de cortes, los RVO obtienen muestras para analizar en busca de materiales preciosos. Una vez hallado el emplazamiento, se instala una estación o barco para extraer mineral del área. Hay dos formas predominantes de extraer el mineral teniendo en cuenta la escala de las operaciones: sistema continuo de cubeta (CLB continuous-line bucket) y sistema de succión hidráulica. El sistema CBL es el método preferente para la extracción de nódulos. Funciona de manera similar a un cinturón transportador, moviéndose desde el fondo oceánico hasta la superficie, donde un barco o una plataforma minera extrae los minerales deseados y devuelve el relave al océano. La minería por succion hidráulica baja una tubería hasta el fondo del mar que transfiere los nódulos hasta el barco minero. Otra tubería desde el barco hasta el fondo devuelve el relave al área del yacimiento. 3.1.
Tecnología para la investigación minera.-
La tecnología para la investigación, combina instrumentos, técnicas métodos y uso de protocolos para la obtención de muestras, realización de lecturas y ediciones. Mantenimiento y preservación de muestras, calibración de equipos y plataformas especialmente equipadas de investigación. En el posicionamiento de las plataformas de investigación se utiliza el sistema global de posicionamiento (PSE) la investigación geológica usa diferente tipos de muestreadores, dentro de ellos, el pistón. (PC). Dragas de caja, para la obtención de muestras de sedimentos y de nódulos . también se
utilizan sistemas automáticos de fotografía submarina, video y televisión conectados a sensores en superficie, cámara continua submarina de profundidad que proporciona una serie continua de fotografías del fondo marino, mediante un dispositivo que es activado en contacto con el fondo. Estos métodos anteriormente escritos proporcionan información biológica y geológica. Las evaluaciones geofísicas sobre perfiles del fondo y subfondo marino, se realizan utilizando técnicas acústicas, ecosondas que usan la refracción del sonido, de baja frecuencia. Para esto se utiliza un sistema de exploración de frecuencia múltiple MFES (MULTI-FRECUENCY EXPLORATION SYSTEM), que usa métodos acústicos para proporcionar información sobre la distribución de los nódulos. Otros sistemas son Narrow Beam Sounder (NBS) y Multi-Beam Echo-Sounder (MBES), que proporciona imágenes topográficas de alta calidad y precisión de señales enviadas por un transmisor ubicado en el fondo de la plataforma de investigación en superficie con un monitoreo de 10 km de ancho, una frecuencia de 15.5 kHz, a una profundidad de 5.500 m. También la toma de muestras se hace utilizando vehículos sumergibles operados a control remoto , algunos tripulados, con una variada gama de sofisticación y de robótica.
3.2.
Tecnología para la exploración minera.-
La investigación tecnológica en la exploración es una actividad en progreso con cambios frecuentes en su desarrollo, y es por ello que se ha predicho que la tecnología cambiara en las próximas decadas. Esta tecnología tiene dos características básicas:
Está basada en las pruebas a escala en laboratorio ya sunciones relacionadas con la eficiencia Utiliza conceptos de otras áreas principalmente de las operaciones de petróleo y gas costa-afuera combinadas con investigaciones mineras.
4. Sistemas mineros.-
La minería de los nódulos marinos consiste en remover nódulos de la superficie semilíquida del fondo marino en los fondos abisales, para llevarlos a la superficie. En ella se reconocen los siguientes componentes fundamentales: el vehículo minero, el colector minero, el sistema de transporte a la superficie del material y la plataforma de superficie. El vehículo minero puede ser autónomo o puede ser movido desde superficie por el barco minero: el colector minero, remueve los nódulos de la superficie semilíquida del fondo. Estos colectores pueden ser activos o pasivos, según operen o no con una fuente de poder. El transporte, es la
conexión que existe entre el colector y la plataforma en superficie y es en si la forma que utiliza el sistema minero para llevar a la superficie el material obtenido por el colector minero.
Sistemas pasivos y activos.-
Los sistemas pasivos funcionan sin una fuente externa de poder, son siempre dragas de arrastres no auto-impulsadas. Son sistemas simples que operan rastrillando o raspando el piso oceánico. Al contrario los sistemas activos requieren de una fuente de poder operada desde la plataforma en superficie y pueden ser arrastrados o auto impulsados. Los colectores pasivos de los sistemas pasivos tienen dos componentes, que incluyen los medios para colectar y acumular nódulos dentro de la rejilla y la forma como entran los nódulos en el elevador. Existe una variedad de este tipo de colectores, algunos de ellos también con variaciones. El más común es la draga romboide. La tecnología para la investigación, combina instrumentos, técnicas métodos y uso de protocolos para la obtención de muestras, realización de lecturas y ediciones. Mantenimiento y preservación de muestras, calibración de equipos y plataformas especialmente equipadas de investigación. En el posicionamiento de las plataformas de investigación se utiliza el sistema global de posicionamiento (PSE) la investigación geológica usa diferente tipos de muestreadores, dentro de ellos,el piston. (PC). Dragas de caja, para la obtención de muestras de sedimentos y de nódulos . también se utilizan sistemas automáticos de fotografía submarina, video y televisión conectados a sensores en superficie, cámara continua submarina de profundidad que proporciona una serie continua de fotografías del fondo marino, mediante un dispositivo que es activado en contacto con el fondo. Estos métodos anteriormente escritos proporcionan información biológica y geológica. Las evaluaciones geofísicas sobre perfiles del fondo y subfondo marino, se realizan utilizando técnicas acústicas, ecosondas que usan la refracción del sonido, de baja frecuencia. Para esto se utiliza un sistema de exploración de frecuencia multiple MFES (MULTI-FRECUENCY EXPLORATION SYSTEM), que usa métodos acústicos para proporcionar información sobre la distribución de los nódulos.otros sistemas son Narrow Beam Sounder (NBS) y Multi-Beam Echo-Sounder (MBES), que proporciona imágenes topográficas de alta calidad y precisión de señales enviadas por un transmisor ubicado en el fondo de la plataforma de investigación en superficie con un monitoreo de 10 km de ancho, una frecuencia de 15.5 khz, a una profundidad de 5.500 m. También la toma de muestras se hace utilizando vehículos sumergibles operados a control remoto , algunos tripulados, con una variada gama de
sofisticación y de robótica.
Los sistemas activos, tienen colectores que pueden ser a su vez, mecánicos, hidráulicos e híbridos. Los diseños activos mecánicos usan piezas mecánicas móviles, como cadenas rotativas con cangilones, que combinan tanto la recolección de nódulos como su transporte. Los lectores que utilizan diseños mecánicos tienden a levantar los nódulos de la capa superior del sedimento, formando una mezcla de nódulos y sedimentos para ser transportados al sistema de levantamiento. En los de diseño hibrido, el sedimento es removido al pasar la mezcla sedimento- nódulos mediante de una serie de boquillas diseñadas para lavar el sedimento de los nódulos y llevarlos fuera del colector. El sistema hidráulico activo, utiliza el movimiento del agua para levantar y mover nódulos. En los tipos más simples, la fuerza hidráulica es generada en el colector por bombas en un ciclo abierto.
Los sistemas 3K y VELL.-
A la fecha las investigaciones se han concentrado en dos conceptos básicos para la operación minera: vehículos mineros auto-impulsados y colectores de arrastre. Consecuentemente dos métodos parecen ser mas factibles: el sistema VELL o de línea vertical sinfín ( Vertical Endless Line Fits) que utiliza el sistema de Cangilones
continuos en línea, CBL( Continuos Bucket Line) y el sistema de minería oceánica 3K que utiliza sistemas Hidráulicos. En el sistema 3K los nódulos son levantados por el colector que se desplaza arrastrando el fondo y utilizando una tubería hidráulica o de aire (sistema pasivo); por otra parte tambien son levantados mediante un colector auto propulsado (sisteas activos). Tanto los sistemas pasivos como los activos trabajan con o sin inyección de aire a presión. Los sistemas activos o autopropulsados, son sistemas complejos, y pueden estar compuestos por unidades separadas de propulsión navegación, levantamiento de nódulos ,trituración y separación de nódulos del sedimento.
Sistemas especulativos.-
Existe un tercer metodo propuesto cuyos sistemas aun no han sido probados, llamados metodos especuativos , que proponen el uso de vehiculos submarinos robotizados. Todos los sistemas han sido diseñados para optimizar el tiempo de las operaciones mineras, disminuir los costos y los gastos de energia, minimizar la cantidad de sedimentos que son tomados en la recuperacion de los nodulos, reducir las descargas de los desechos mineros y hacer las operaciones mineras seguras y ambientamente amigables. Con este horizonte, la tecnoogia ha venido incorporando sistemas para una mejor precision de las operaciones mineras que incluyen entre otros el uso de la telemetria y sensores remotos, navegacion y posicionamiento satelital. La mayor parte de la tecnologia mas reciente ha venido siendo derivada de la robotica submarina y de la tecnologia aplicada a las operaciones costa afuera de gas y petroeo. Esta nueva vision incluye uso de vehiculos roboticos de flotacion libre y navegacion autonoma capaces de realizar evaluaciones geofisicas submarinas y perforaciones inteigentes para muestras de minerales, excavadoras y retroescavadoras con diferentes conbinaciones de sensores, con capacidad de decisión local para operar selectivamente y transportar a superficie depositos de mineral de alto grado.
5. VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA MINERIA SUBMARINA.-
5.1.
VENTAJAS.Tecnología robótica para la exploración y explotación. Mínimo arrojo de residuo o desechos. Poca interacción con comunidades y ciudades. Seguridad de trabajadores. No uso de explosivos. Alta concentración de leyes de mineral. Poca infraestructura para desarrollar el proyecto.
5.2.
DESVENTAJAS.Tecnología para explotación en desarrollo. Extracción a baja escala. Impactos ambientales significativos sobre el área. Poca investigación sobre los riesgos de la minería en los lechos marinos. Se realiza a profundidades mayores a 1500 m. Áreas reducidas para la prospección y exploración llamadas parcelas otorgadas por la AISM. Altos costos de exploración.
6. RECURSOS MINERALES DE LOS FONDOS MARINOS.-
La minería de recursos metalíferos se pueden clasificar en:
Nódulos polimetálicos (manganesio). En todos los océanos de 4,000 a 6,000 metros. Sedimentos metalíferos en 2,000 metros. Costras polimetálicas (montículos de los fondos entre 1,000 a 3,000 metros). Lodos sulfúricos en 2,500 metros Nódulos de fosforita en plataforma continental y sus declives o laderas superior de 100 a 1,000 metros de profundidad.
petróleo, gas natural, hidratos de gas nódulos de manganeso, costras ricas en cobalto sulfuros masivos (ricos en zinc, plata, oro o cobre) placeres (ricos en titanio, tierras raras, estaño, oro y diamantes) fosforitas áridos (arena y gravas)
7. PRIMERA CONCESION DE UNA MINA SUBMARINA.-
La minería ha encontrado una nueva frontera en el fondo del mar. Papúa Nueva Guinea, en el Pacífico, ultima el permiso para que la empresa canadiense Nautilus Minerals explote a 1.600 metros de profundidad un yacimiento de oro y cobre. Las autoridades de Papúa tenían previsto dar el permiso ayer, pero la negociación de las condiciones lo retrasará unas dos semanas, según la radio pública australiana. El caso ha puesto en alerta a los ecologistas, que temen un impacto de la minería en el lecho marino. Hay razones poderosas y simples para ir al fondo marino. “Los minerales se agotan en tierra y las grandes reservan están bajo el mar”, explica Francisco Javier González, investigador en recursos minerales marinos del Instituto Geológico y Minero de España (IGME). Igual que se extrae petróleo y gas bajo el mar —y diamantes, en algunas zonas costeras de Sudáfrica y Namibia —, ahora llega el turno de los minerales. La empresa Nautilus dispone de una serie de robots que perforan el lecho y a través de conducciones envían el mineral al barco nodriza. El director de los estudios para ampliar la plataforma marina española, Luis Somoza, señala que la minería submarina “tiene sentido en zonas donde hay gran concentración de minerales”. No se puede hacer como en la superficie, donde es posible volar y tratar enormes cantidades de tierra aunque la proporción de mineral sea muy baja. Somoza explica que se trata de horadar lo mínimo posible para reducir también el impacto ambiental. Por eso es esencial realizar costosos estudios de detalle previos a la e xplotación. “Hay que conocer muy bien el fondo marino que se va a explotar, eso es realmente lo caro”, señala Somoza. En el caso de Papúa, Nautilus —que afirmó que no comentaría nada sobre el proyecto hasta que no reciba licencia— quiere horadar las chimeneas de sulfuros metálicos en el yacimiento Solwara-1. La empresa quiere comenzar a operar en unos meses y calcula que puede extraer 1,2 millones de toneladas al año de la extracción en las 11,2 hectáreas del pozo. La inversión inicial prevista es de 275 millones de euros, según la web de la empresa. Por esas chimeneas, a veces de solo decenas de metros de altura, salen los gases de la corteza terrestre. Esos efluvios escapan a unos 350 grados, contienen minerales como oro y cobre y precipitan al contacto con el agua. Se encuentran en las dorsales oceánicas, a poca profundidad. “La zona de Nautilus puede parecer profunda, pero 1.600 metros es relativamente somero. A esa profundidad est aba el vertido de BP”, recuerda González. Las chimeneas, según González, son también jóvenes, de “solo unos miles de años”. Las minas de Rio Tinto son depósitos similares, pero fósiles. El proyecto de Nautilus es el primero, y al que miran todos los científicos. Va más avanzado porque se encuentra en las aguas de Papúa, por lo que es ese Estado, de unos cinco millones de habitantes, el que debe autorizarlo. Pero no será el último. Ante el auge de la minería submarina, la ONU ha creado un protocolo para autorizar —y recibir una compensación — por la minería en aguas internacionales. China pidió en junio a la Autoridad Internacional para los Fondos Marinos (AIFM) de la ONU permiso para explorar una zona al suroeste del Índico. Somoza exp lica que “China, India y Brasil son los países más pujantes, porque su demanda de minerales crece a gran ritmo; aunque también Francia o Rusia tienen pr oyectos de investigación”. Pese a que el precio del cobre no llega a los niveles de 2007 (cuando la burbuja de las materias primas), dobla el valor que tenía en 2005. Y el oro triplica la cotización de 2004. España ha analizado la existencia de nódulos de manganeso en el golfo de Cádiz, y también han aparecido zonas con potencial en el Cantábrico. Además del potencial minero hay zonas muy relevantes para la ciencia: “Hay organismos que viven en esas condiciones extremas y que pueden tener interés farmacológico”, añade González.
8. El reglamento sobre prospección y exploración de nódulos polimetálicos en la Zona Este instrumento fue aprobado por decisión de la Asamblea dela Autoridad el 13 de julio del 2000 (ISBA, 2000). Su ámbito de aplicación, según los acuerdos adoptados oportunamente, se circunscribe a las actividades de prospección y exploración de los nódulos polimetálicos. Parece conveniente, aunque pueda resultar reiterativo, recordar las definiciones de estos conceptos. Por “nódulos polimetálicos” el reglamento entiende como uno de los recursos de la Zona, constituido por cualquier yacimiento o acumulación, en la superficie de los fondos marinos profundos o inmediatamente debajo de ella, de nódulos que contengan manganeso, níquel, cobalto y cobre. En el anexo I se muestran algunas imágenes de estos recursos, incorporándose en el anexo II un mapa en donde se indican las áreas de concentración de los mismos. La “prospección” es según el reglamento, la búsqueda de yacimientos de nódulos polimetálicos en la Zona, incluida la estimación de la composición, el tamaño y la distribución de esos yacimientos y su valor económico, sin ningún derecho exclusivo. Finalmente, se entiende por “exploración” la búsqueda de yacimientos de nódulos polimetálicos en la Zona en virtud de derechos Minería en la zona internacional de los fondos marinos. Situación actual de una compleja negociación exclusivos, el análisis de esos yacimientos, el ensayo de sistema y equipo de extracción, instalaciones de extracción y sistema de transporte y la realización de estudios de los factores ambientales, técnicos, económicos y comerciales y otros factores apropiados que haya que tener en cuenta en la explotación. La especificidad que el reglamento incorpora a las diferencias obvias entre ambos conceptos es la referida a la exclusividad ya que las actividades de exploración se efectúan en virtud de la aprobación de un plan de trabajo y la suscripción de un contrato con la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos que se analizarán a continuación en el punto 2. 1. La prospección
El reglamento establece que estas actividades se realicen de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y que solamente podrán iniciarse una vez que el Secretario General de la Autoridad haya informado al prospector que su notificación haya sido registrada. En todo caso, el reglamento establece que la prospección no se iniciará cuando existan pruebas fehacientes de que existe riesgo de daño grave al medio marino. Como se indicaba antes, la prospección no confiere al prospector derecho alguno sobre los recursos sin perjuicio de que éste podrá extraer una cantidad razonable de minerales para las pruebas de ensayo pero sin fines comerciales. Las personas o entidades que aspiren a realizar una prospección deberán notificar a la Autoridad según la forma prescrita en el anexo 1 del reglamento. La notificación deberá incluir entre otras cosas, un compromiso de que los interesados cumplirán las disposiciones de la Convención así como otras normas referidas a la cooperación en programas de capacitación y la protección y preservación del medio marino. La notificación deberá contener información sobre las coordenadas del área o las áreas generales en que se hará la prospección de conformidad con el Sistema Geodésico Mundial WGS 94 y una descripción general del programa de prospección con inclusión de la fecha de inicio y duración aproximada. El examen de la notificación es de competencia del Secretario General quien, entre otras circunstancias, deberá descartar que el área solicitada incluya una área comprendida en un plan de trabajo para la exploración (o, en el futuro, la explotación) de cualquier tipo de
recursos, una parte de una área reservada para la Autoridad o una parte de una área en la cual el Consejo no haya aprobado actividades por entrañar amenaza de daños graves el medio marino. Si bien el Secretario General no revelará los pormenores de la notificación, salvo con el consentimiento escrito del prospector, comunicará periódicamente a todos los miembros de la Autoridad la identidad del prospector y las áreas en que se estén efectuando las actividades, sin especificarlas. Finalmente, se estipula para el prospector la obligación de notificar inmediatamente por escrito al Secretario General de la Autoridad todo incidente acaecido en la prospección que cause graves daños al medio marino. Igualmente, se deberá informar automáticamente al Secretario General del hallazgo de cualquier objeto arqueológico o histórico y su emplazamiento. Como en circunstancias similares, el Secretario General informará a su vez al director general de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). CEPAL - SERIE Recursos naturales e infraestructura N° 37 2. La exploración
El inicio de las actividades de exploración se efectúa mediante la solicitud de aprobación de planes de trabajo para la exploración que se formalizan mediante contratos. La aprobación de planes de trabajo para la exploración puede ser solicitada por la empresa o los Estados Partes, las empresas estatales o las personas naturales o jurídica que posean la nacionalidad de los Estados Partes o sean efectivamente controlados por ellos o sus nacionales cuando las patrocinen dichos Estados. En la solicitud de aprobación de un plan de trabajo para la exploración, se determinarán los límites del área solicitada mediante una lista de coordenadas geográficas, la que deberá abarcar una superficie total, que no tiene que ser obligatoriamente continua y de una extensión y valor comercial tal, que permita dos explotaciones mineras. Se deberá informar las coordenadas que separen el área en dos partes iguales de igual valor comercial estimado. Se deberán proporcionar datos suficientes respecto del área que se solicita a fin de que el Consejo pueda designar una área reservada para la Autoridad sobre la que los estados en desarrollo podrán a su vez presentar planes de trabajo para la exploración. En la solicitud de aprobación de un plan de trabajo para la exploración, el reglamento exige la presentación de información de distinto tipo, entre otros: • Una descripción general del programa de exploración y el período de realización,
incluyendo los estudios propuestos con relación a los factores ambientales, técnicos, económicos y otros pertinentes; • Una descripción de un programa de estudios de referencia oceanográficos y
ambientales, que posibilite una evaluación de los posibles efectos sobre el medio ambiente de las actividades que se pretende emprender; • Una evaluación preliminar de los posibles efectos sobre el medio ambiente de las
actividades de exploración; • Un detalle de las medidas sugeridas para la protección y preservación del medio
ambiente. El plan de trabajo para la exploración, una vez aprobado por el Consejo, debe ser redactado como un contrato entre la Autoridad y el solicitante y cumplir las siguientes etapas: a) Entre los derechos del contratista está la exclusividad en la exploración de una área abarcada por el plan de trabajo con relación a los nódulos polimetálicos. Por otro lado, el contratista tendrá prioridad con respecto a la explotación de dicha área en el momento de presentar los planes respectivos. b) Se establece que la superficie total del área asignada al contratista en el contrato no
excederá de 150 000 kilómetros cuadrados. De esta superficie, el contratista revertirá paulatinamente los siguientes porcentajes a la Autoridad: (i) al final del tercer año del contrato, el 20 por ciento del área asignada; (ii) al final del quinto año, otro 10 por ciento del área asignada y ocho años después, otro 20 por ciento. c) La vigencia de los planes de trabajo para la exploración será de 15 años. A su vencimiento el contratista, si no lo ha hecho, debe solicitar la aprobación de un plan de trabajo para la explotación, a menos que haya obtenido una prórroga del plan de trabajo para la exploración o haya renunciado a sus derechos preferentes en el área asignada. Minería en la zona internacional de los fondos marinos. Situación actual de una compleja negociación d) Todos los contratos deberán incluir en un anexo, un programa práctico para la capacitación de personal de la Autoridad y de los estados en desarrollo, focalizado en la exploración y previendo la participación del personal en las actividades previstas en el contrato. e) Se procederá a un examen periódico de la ejecución del plan de trabajo en intervalos de cinco años. El Secretario General deberá presentar un informe al respecto al Consejo de la Autoridad, en el que se deberá indicar si se tuvieron en cuenta las posibles observaciones de los Estados Partes sobre el cumplimiento por el contratista de sus obligaciones con respecto a la protección y preservación del medio marino. 3. La protección y preservación del medio marino
Esta parte del reglamento es fundamental dado que constituye un marco de referencia tanto para la prospección, la exploración y la discusión de los distintos aspectos de la sostenibilidad ambiental de las actividades en la Zona. La aplicación del criterio de precaución incorporado como principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, constituye un significativo avance en la lectura de los principios del Derecho del Mar a la luz del desarrollo sostenible, y sin duda, abre un interesante campo de elaboración sobre las aplicaciones de un concepto muchas veces poco entendido (Artigas, 2001). El reglamento se remite al artículo 145 de la Convención referido a la protección del medio marino, que pone de cargo de la Autoridad el establecimiento de normativas para: • prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino y otros riesgos para
éste, incluidas las costas y la perturbación del equilibrio ecológico del medio marino, prestando especial atención a la necesidad de protección contra la consecuencia nociva de actividades tales como la perforación, el dragado, la excavación, la evacuación de desechos, la construcción y el funcionamiento o mantenimiento de instalaciones, tuberías y otros dispositivos relacionados con tales actividades; • proteger y conservar los recursos naturales de la Zona y prevenir daños a la flora y
fauna marinas. Se indica, por lo tanto, que el contratista deberá ajustarse a esa normativa, tomando las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino y otros riesgos para éste, derivados de sus actividades en la Zona “en la medida en que sea razonablemente posible y utilizando la mejor tecnología de que disponga”. Esta disposición es el resultado de una negociación bastante prolongada y refleja el consenso más realista posible entre diversas posiciones. La tarea hacia adelante será la de acordar criterios sobre lo que es razonablemente posible y sobre las mejores opciones tecnológicas que deberían utilizarse. Se prevé además que si el contratista de un plan de trabajo para la exploración solicitase posteriormente derechos de explotación, debe proponer zonas a ser utilizadas únicamente como zonas de referencia tanto para los efectos como para la preservación . Zonas de referencia para los efectos son las que se utilizan para evaluar los efectos en el
medio marino de las actividades del contratista en la Zona y que son representativas de las características ambientales de la Zona. CEPAL - SERIE Recursos naturales e infraestructura N° 37 Zonas de referencia para la preservación son aquéllas en las que no se efectuarán extracciones a fin de que los ecosistemas del fondo marino se mantengan representativos y estables y permitan evaluar los cambios que tengan lugar en la flora y la fauna. Otro aspecto importante previsto en el reglamento es el denominado órdenes de emergencia frente a incidentes derivados de las actividades del contratista en la Zona o causado por éste, que haya provocado o pudiera provocar daños graves al medio marino. Frente a estas circunstancias, el Secretario General de la Autoridad debe publicar una notificación general del incidente, informando por escrito al contratista y al Estado o estados patrocinadores y presentando de inmediato un informe a la Comisión Jurídica y Técnica y al Consejo. Mientras el Consejo adopta una decisión, el Secretario General tomará medidas inmediatas de carácter temporal “prácticas y razonables” para prevenir, contener y reducir a l mínimo, el daño al medio marino. El reglamento establece que el Consejo podrá expedir órdenes de emergencia que determinen la suspensión o el reajuste de las operaciones. Se indica también que nada en el reglamento obstará a los derechos reconocidos a los estados ribereños por el artículo 142 y otras disposiciones pertinentes de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. El artículo 142 de la Convención establece que las actividades en la Zona relativas a los recursos cuyos yacimientos se extiendan más allá de los límites de ella, se realizarán teniendo debidamente en cuenta los derechos e intereses legítimos del estado ribereño dentro de cuya jurisdicción se encuentran esos yacimientos. Se prevé que en los casos en que las actividades en la Zona puedan dar lugar a la explotación de recursos situados dentro de la jurisdicción nacional de un estado ribereño, se requerirá su previo consentimiento. Finalmente, se explicita que ni las disposiciones de la Parte XI de la Convención referidas a la Zona, ni ningún derecho conferido o ejercido en virtud de ellas, afectarán el derecho de los estados ribereños a adoptar las medidas acordes con las disposiciones pertinentes de la Parte XII de la Convención (Protección y Preservación del Medio Marino) que sean necesarias para prevenir, mitigar o eliminar un peligro grave e inminente para sus costas o intereses conexos. Los estados ribereños que tuvieran fundamentos para creer que alguna actividad de un contratista en la Zona puede causar daños graves al medio marino bajo su jurisdicción o soberanía, podrán notificar por escrito al Secretario General de tales antecedentes. En su parte VI, el reglamento aborda el tema de la confidencialidad y de los datos e información protegidos por derechos de propiedad intelectual. Estas disposiciones son fundamentales para comprender la evolución del tratamiento de estos temas partiendo desde la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y su régimen de transferencia obligatoria de tecnología, pasando por las negociaciones en torno a la modificación de la parte XI, y el acuerdo de aplicación de dicha parte, que es el que introduciendo sustanciales modificaciones, establece el sistema de mínima regulación recogido y desarrollado por el reglamento (Artigas 1987; 1988; 2000). El reglamento establece que los datos calificados de confidenciales por el contratista se considerarán como tales, dejando de esta forma, esa categorización al arbitrio de éste, a diferencia del régimen originalmente concebido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Minería en la zona internacional de los fondos marinos. Situación actual de una compleja negociación Se incorporan como excepciones a esta regla: • el hecho de que se trate de datos e información de dominio público o que puedan
conseguir públicamente de otras fuentes; • que hayan sido dados a conocer previamente por el propietario a otros sin obligación
en materia de confidencialidad;
• que estén ya disponibles para la Autoridad sin obligación alguna en materia de
confidencialidad. Diez años después de la fecha de presentación de los datos y de información confidencial a la Autoridad, de la expiración del contrato de exploración (si esta última fecha es posterior y, posteriormente, cada cinco años) el Secretario General y el contratista examinarán los datos y la información para decidir si amerita continuar teniendo carácter de confidencial. Continuará teniendo dicha calidad si el contratista establece que podría sufrir un perjuicio económico grave e injusto si se dieran a conocer esos datos e información. El reglamento incorpora una serie de procedimientos para velar por la confidencialidad, incluyendo orientaciones sobre las obligaciones en tal sentido, del personal de la Autoridad. Con respecto a los recursos que no sean nódulos polimetálicos y que sean encontrados por el prospector o contratista en la Zona, se determina que éstos estarán sujetos a las normas relativas a esos recursos que dicte la Autoridad. A este respecto, se estudiarán más adelante, los avances con respecto a la consideración de estos otros recursos. Además de disposiciones sobre la solución de controversias, el reglamento incorpora en este caso como anexos: (i) disposiciones detalladas sobre los procedimientos para la notificación de la intención de realizar actividades de prospección; (ii) solicitud de aprobación de un plan de trabajo para la exploración con el fin de obtener un contrato; y (iii) redacción de los contratos de exploración y sus cláusulas uniformes. 9. Conclusiones. o
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La minería submarina tiene grandes retos medioambientales por ser desarrollados. Los depósitos de minerales contienen grandes concentraciones de metal comparado con los depósitos de tierra firme. No existe un marco conservacionista legal. Cientos de especies nuevas para la ciencia en riesgo por la explotación Desarrollo de planes de mitigación de las áreas antes de iniciar la explotación. La explotación de minerales se realiza fuera de la zona económica exclusiva de las naciones “ la zona”
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Uso de tecnología robótica para la exploración y explotación. Las áreas para la prospección y explotación son pequeñas comparadas con las que se entregan en superficie.
10. Anexos
FORMACION DE NODULOS POLIMETALICOS
11. BIBLIOGRAFIA.- mineria submarina\barrameda.com.ar.htm -mineria submarina\Extracción minera submarina, próxima amenaza para océanos Impactos de la Minería - NO a la Mina.htm -mineria submarina\MINERIA SUBMARINA - Ensayos de Colegas - Calderafortt.htm -mineria submarina\Un nuevo desafío minería submarina.htm -http://www.conflictosmineros.net/contenidos/18-internacional/10521-mineriasubmarina-una-fiebre-del-oro-en-el-abismo -http://noticias.prodigy.msn.com/nyt/actualidad/reportajes-especiales/articulo.aspx?cpdocumentid=252737587 -http://www.solociencia.com/ecologia/07062805.htm > - http://www.academia.edu/1026523/mineria submarina se inicia la explotación de los fondos oceánicos - http://www.noalamina.Org/mineria-informacion-general - http://www.abc.net.au/catalyst/internacional/derecho-del-mar - http://www.cinu.mx/temas/derecho-intercional/derechos-del-mar