CONTRATO DE COMPRAV C OMPRAVENTA ENTA INTERNACIONAL.
Este contrato contrato de COMPRA-VENTA se celebra por una parte la empresa FRUGY S.A representada en este acto por LUZ ÀNGELA PALACIS PRIE!" # por la otra la empresa FLE$ING F%S Representada por PAUL &ASN $C.FERRY" a 'u(enes en lo suces()o se les denom(nar* +El )endedor, # +El comprador, respect()amente" de acuerdo con las s(-u(entes declarac(ones # cl*usulas DECLARACIONES: DECLARA “EL VENDEDOR”: I.- /ue es una soc(edad le-almente const(tu(da de con0orm(dad con las le#es de la Rep1bl(ca de CL$2IA se-1n consta en la escr(tura 33345678. II.- /ue dentro del ob9eto soc(al se encuentran entre otras act()(dades la 0abr(cac(:n" com comerc(a rc(al( l(;;ac(:n c(:n"" (mpo (mport rtac ac(: (:nn # e
conoc(m(entos" e
a? LUZ ÀNGELA PALACIS PRIE! es su le-@t(mo representante # en con consec secuen uenc(a c(a"" se encuen encuentra tra deb deb(da (dame mente nte 0acult 0acultado ado para para suscr suscr(b( (b(rr el prese presente nte (nstrumento # obl(-ar a su representada en los trm(nos del m(smo. V.- /ue t(ene su dom(c(l(o en CAR!AGENA" m(smo 'ue se=ala para todos los e0ectos le-ales a 'ue Ba#a lu-ar. DECLARA “EL COMPRADOR”: I.- /ue es una empresa const(tu(da de acuerdo con las le#es de la Rep1bl(ca de ES!A%S UNI%S %E A$ERICA # 'ue se ded(ca entre otras act()(dades a la comerc(al(;ac(:n e (mportac(:n de los productos a 'ue se re0(ere la declarac(:n II de +El )endedor, II.- /ue conoc conocee las carac caracter ter@st @st(ca (cass # espec espec(0(c (0(cac ac(on (ones es de los produc productos tos ob9eto ob9eto del del presente contrato. contrato. III.- /ue el se=or PAUL &ASN $C.FERRY es su le-@t(mo representante # est* 0acultado para suscr(b(r este contrato. IV.- /ue t(ene dom(c(l(o en $IA$I" FLRI%A" m(smo 'ue se=ala para todos los e0ectos le-ales a 'ue Ba#a lu-ar. AMBAS PARTES DECLARAN:
/ue t(enen (nters en real(;ar real(;ar las operac(on operac(ones es comerc(ale comerc(aless a 'ue se re0(ere re0(ere el presente presente contrato" de con0orm(dad con las anter(ores declarac(ones # as@ a tenor de las s(-u(entes P*-(na de 4.
CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.D Por med(o de este (nstrumento +El )endedor, se obl(-a a )ender # +El comprador, a ad'u(r(r 33 GS %E PULPA %E FRU!A CNGELA%A. SEGUNDA.- PRECIO.- El prec(o de los productos ob9eto de este contrato 'ue +El comprador, se compromete a pa-ar" ser* la cant(dad de US% 66H.6H%%P puerto de CAR!AGENA INC!ER$S 6333 CCI. Ambas partes se comprometen a rene-oc(ar el prec(o antes pactado" cuando ste sea a0ectado por )ar(ac(ones en el mercado (nternac(onal o por cond(c(ones econ:m(cas" pol@t(cas # soc(ales e
As@ m(smo +El comprador, se compromete a not(0(car al +endedor," tan pronto ten-a conoc(m(ento" de cual'u(er )(olac(:n o uso (ndeb(do de d(cBa patente o marca" a 0(n de 'ue +El )endedor, pueda e9ercer los derecBos 'ue le-almente le correspondan.
SPTIMA. VIGENCIA DEL CONTRATO.- Ambas partes con)(enen 'ue una )e; +El )endedor, Ba#a entre-ado la total(dad de la mercanc@a con)en(da en la cl*usula
P*-(na 6 de 4.
pr(mera" # +El comprador, Ba#a cumpl(do con cada una de las obl(-ac(ones est(puladas en el presente (nstrumento" se da por term(nado. OCTAVA. RESCISI!N POR INCUMPLIMIENTO.- Ambas partes podr*n resc(nd(r este contrato en caso de 'ue una de ellas (ncumpla sus obl(-ac(ones # se absten-a de tomar med(das necesar(as para reparar el (ncumpl(m(ento dentro de los 3 d@as s(-u(entes al a)(so" not(0(cac(:n o re'uer(m(ento 'ue la otra parte le Ba-a en el sent(do de 'ue proceda a reparar el (ncumpl(m(ento de 'ue se trate. La parte 'ue e9erc(te su derecBo a la resc(s(:n deber* dar a)(so a la otra" cumpl(do el trm(no a 'ue se re0(ere el (nc(so anter(or. NOVENA. INSOLVENCIA.- Ambas partes podr*n dar por term(nado el presente contrato" en 0orma ant(c(pada # s(n neces(dad de declarac(:n 9ud(c(al pre)(a en caso de 'ue una de ellas 0uere declarada en 'u(ebra" suspens(:n de pa-os" concurso de acreedores o cual'u(er otro t(po de (nsol)enc(a. DCIMA. SUBSISTENCIA DE LAS OBLIGACIONES.- La resc(s(:n o term(nac(:n de este contrato no a0ecta de manera al-una a la )al(de; # e<(-(b(l(dad de las obl(-ac(ones contra@das con anter(or(dad" o de a'uellas #a 0ormadas 'ue" por su naturale;a o d(spos(c(:n de la le#" o por )oluntad de las partes" deben d(0er(rse a 0ecBa poster(or" en consecuenc(a" las partes podr*n e<(-(r aun con poster(or(dad a la resc(s(:n o term(nac(:n del contrato el cumpl(m(ento de estas obl(-ac(ones. DCIMA PRIMERA. CESI!N DE DERECHOS Y OBLIGAICONES.- N(n-una de las partes podr* ceder o trans0er(r total o parc(almente los derecBos n( las obl(-ac(ones der()adas de este contrato" sal)o acuerdo establec(do por escr(to pre)(amente. DCIMA SEGUNDA. LÍMITE DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL.Ambas partes aceptan 'ue no ser* (mputable a n(n-una de ellas" la responsab(l(dad der()ada de caso 0ortu(to o 0uer;a ma#or # con)(enen en suspender los derecBos # obl(-ac(ones establec(dos en el presente contrato" los cuales podr*n reanudarse de com1n acuerdo en el momento en 'ue desapare;ca el mot()o de la suspens(:n" s(empre # cuando se trate de los casos pre)(stos en esta cl*usula. DCIMA TERCERA. LEGISLACI!N APLICABLE.- En todo lo con)en(do # en lo 'ue se encuentre e
Se 0(rma ste contrato en la c(udad de CAR!AGENA a los 7 d@as del mes de NIE$2RE de" 636.
P*-(na 5 de 4.
EL VENDEDOR:
EL COMPRADOR:
FRUGY S.A Representante Le-al LUZ ANGELA PALACIS PRIE! Representante Le-al
FLE$ING F%S PAUL &ASN $C.FERRY P*-(na 4 de 4.