UEP Nuestra Madre de la Merced
Índice de precios al consumidor urbano 2do año de Bachillerato Físico Matemático Emilia Subía Lara
Quito, 20 de mayo del 2011
ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR DEFINICIÓN El Índice de Precios al Consumidor (IPC) es un indicador económico que mide la evolución del nivel general de precios, correspondiente al conjunto de artículos (bienes y servicios) de consumo adquirido por los hogares del área urbana del país.
OBJETIVO GENERAL Medir la evolución del nivel de los precios al consumidor final de los bienes y servicios de mayor consumo o utilización de los hogares residentes en el área urbana del país.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS Introducir mejoras metodológicas en la forma de calcular el índice, considerando las experiencias y recomendaciones internacionales sobre calidad y representatividad. Adaptar la estructura de la Canasta Básica de Bienes y Servicios a la Clasificación del Consumo Individual por Finalidades (CCIF), para asegurar la comparabilidad internacional del indicador. Constituir el Directorio de Establecimientos Informantes tomando conforme al crecimiento dinámico experimentado en el sector urbano del país y considerando a todos los estratos socioeconómicos de la población. Incrementar las observaciones de precios de los artículos (bienes y servicios) de la canasta del nuevo IPC.
USOS DEL IPC La mayoría de países utiliza el IPC como la mejor medida de la inflación disponible, y porque además, por ahora no existe ningún otro índice que tenga un grado de aceptabilidad comparable para los usuarios. Hay múltiples aplicaciones de un índice de precios al consumidor. Las principales: Utilización coyuntural, para hacer observaciones sobre la evolución de la economía en el corto plazo, para medir la variación de los precios y el ritmo de la infl ación. Utilización económica, para evaluar los resultados de las políticas económica, monetaria y fiscal de un país; sirve como deflactor en la economía nacional, para establecer su comportamiento real del consumo privado en las Cuentas Nacionales. Utilización jurídica, para los contratos privados o públicos en los que se estipulan márgenes de variación de precios pactados, conforme a la variación publicada en el índice de precios al consumidor; es el caso de los contratos de arrendamiento de viviendas o de los contratos de préstamo, entre otros. Utilización social, que se utiliza en la negociación laboral, en el sector público y privado, por ejemplo en la contratación colectiva.
Períodos: Base; de las Ponderaciones; y de Referencia del IPC Es el lapso al que corresponden los Precios Base, con los que se forman los primeros índices elementales y con los que se comparan los precios corrientes para formar la serie de índices con la nueva base. En el IPC del Ecuador, se tiene que: El Período Base del IPC es el año calendario 2004, al cual corresponde una media de los índices mensuales igual a 100,oo. El Período de las Ponderaciones utilizadas para formar la Base del IPC es el lapso anual comprendido entre el 1 de febrero de 2003 y el 31 de enero de 2004, durante el cual se ejecutó la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares Urbanos (ENIGHU). El Período de referencia del IPC es el mes calendario.
Cobertura Geográfica y Poblacional del Índice de Precios al Consumidor Dado que cada vez es más amplia la utilización del Índice de Precios al Consumidor, su cobertura geográfica es todo el territorio nacional y representa a toda la población sin exclusión de ningún segmento o estrato de la población . La investigación mensual de precios se realiza en cuatro ciudades auto representadas, que son las que poseen estimación propia en el muestreo de la última Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares Urbanos del Ecuador (ENIGHU 2003-2004): Quito, Guayaquil, Cuenca y Machala; y, en cuatro ciudades co representadas, las que conjuntamente con otras ciudades permiten la estimación en el muestreo para el dominio de estudio al que representan: Esmeraldas y Manta, (Resto Costa); Ambato y Loja, (Resto Sierra). Esas ocho ciudades, en conjunto, representan el 67.44% de la población urbana del país a la que se refiere la ENIGHU 2003-2004 y, además, presentan una mayor dinámica económica con respecto a otras ciudades de su área de influencia.
Clasificación del Consumo Individual por Finalidades (CCIF) en el IPC El Índice de Precios al Consumidor incorpora la Clasificación del Consumo Individual por Finalidades (CCIF) -COICOP por sus siglas en inglés- última revisión de Naciones Unidas que considera doce divisiones de consumo, la misma que fuera utilizada en la ENIGHU 2003 2004; además, esta clasificación posibilita las comparaciones internacionales, como en el caso más cercano del Índice de Precios al Consumidor Armonizado (IPCA) que se construye en la Comunidad Andina de Naciones de la que forma parte el Ecuador.
INFORME ANALITICO DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (IPC) BASE: Año 2004 = 100 ABRIL DE 2011
El Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de Abril del 2011 fue de 132,10. Si se lo compara con el Índice del mes anterior (131,03) la inflación mensual es de 0,82 %, frente al índice de Abril del 2010 (127,16), la inflación anual es 3,88%; en cambio, la inflación en lo que va del año es 2,41%. El INEC subraya el hecho de que el cálculo del IPC ha sido efectuado, como en todos los meses, tomando como referencia el lapso de investigación de precios comprendido entre el 1 y el 30 de Abril de 2011, conforme a la metodología establecida. Por otro lado, la inflación del mes de Abril se debe al incremento de precios de los artículos relacionados únicamente a tres de las doce divisiones consideradas, la misma que representa 0,61 puntos así: ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS (0,44); EDUCACIÓN (0,12); Y, BIENES Y SERVICIOS DIVERSOS (0,05). En la primera división se destacan los artículos pertenecientes a las siguientes subclases:
PRODUCTOS DE HUERTA FRESCA (0,10); PESCADOS (0,07); Y, ARROZ (0,06). En la segunda división se destacan los artículos pertenecientes a las siguientes subclases:
ENSEÑANZA Y MATRÍCULA PREESCOLAR Y ENSEÑANZA PRIMARIA (0,05); ENSEÑANZA Y MATRÍCULA SECUNDARIA (0,04); Y, ENSEÑANZA Y MATRÍCULA DE TERCER NIVEL O UNIVERSITARIA (0,02). En la tercera división se destacan los artículos pertenecientes a la siguiente subclase:
ARTÍCULOS PARA LA HIGIENE PERSONAL (0,04). Las nueve divisiones restantes contribuyen conjuntamente a la inflación de Abril en 0,21 puntos. Hasta Abril del 2011 el Índice de la Costa llegó a 131,86 y el de la Sierra a 132,31. Con ello se ha producido una inflación mensual de 1,35% y 0,37% respectivamente.
CANASTAS ANALÍTICAS CANASTA FAMILIAR BÁSICA Y CANASTA FAMILIAR VITAL DE LA ECONOMÍA DOLARIZADA
Estas canastas se refieren a un hogar tipo de 4 miembros, con 1,60 perceptores que ganan exclusivamente la Remuneración básica unificada, están constituidas por alrededor de 75 artículos de los 299 que conforman la Canasta de artículos (Bienes y servicios), del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Los artículos que conforman estas canastas analíticas, se considera que son imprescindibles para satisfacer las necesidades básicas del hogar considerado en: alimentos y bebidas; vivienda; indumentaria; y, misceláneos.
Síntesis analítica de las canastas en el mes de estudio Para el presente mes la Canasta Familiar Básica, definida en noviembre de 1982, tiene un costo de 555.27 USD, en tanto que la Canasta Familiar Vital, definida en enero del 2007, alcanza un costo de 398.85 USD. Dichos costos, frente al Ingreso Familiar del mes 492.80 USD obtenido con 1,60 perceptores de Remuneración básica unificada, plantean una restricción en el consumo de 62.47 USD, esto es del 11.25% del costo actual de la Canasta Familiar Básica; y, una recuperación en el consumo de 93.95 USD, esto es el 23.55 % del costo actual de la Canasta Familiar Vital. En consecuencia, con su Presupuesto Familiar, los Hogares Urbanos de Ingresos Bajos no pudieron adquirir la Canasta Familiar Básica, pues el poder adquisitivo del ingreso familiar disponible fue insuficiente en 11.25%; pero adecuado para alcanzar una recuperación de 23.55% en la Canasta Familiar Vital. (1,60 PERCEPTORES DE LA REMUNERACIÓN BÁSICA UNIFICADA) Remuneración Básica Unificada 1/. 264.00 Ingreso Total Mínimo 264.00 1/12 Décimo Tercera Remuneración 22.00 1/12 Décimo Cuarta Remuneración 2/. 22.00 Ingreso Mínimo Mensual Total de un Perceptor 308.00
INGRESO FAMILIAR DISPONIBLE DEL MES ABRIL 2011 Ingreso familiar mensual de 1,60 perceptores de la remuneración sectorial unificada. 492.80 Remuneración básica unificada, para los trabajadores en general se incrementa a partir del 1° de enero de 2011, (Registro Oficial No. 358 de fecha 8 de enero de 2011, Acuerdo No. 00249 ) Ministerio de Relaciones Laborales, fecha 23 de diciembre de 2010. Décimo Cuarta Remuneración. Registro oficial No. 117 del 3 de julio del 2003. Ley Reformatoria al articulo 113 del Código de Trabajo.