Caso Navieras ¿Por qué las empresas se coludieron? ¿En que consistió la colusión? ¿Cómo se llevo a cabo el proceso de investigación judicial? judicial? ¿Cuál fue la resolución? (sanciones medidas! Conclusiones
C"#$ (en que que consistio consistio %! El d&a martes ' de enero del a)o '*%+ la ,iscal&a Nacional Económica (,NE! acusó ante el -ribunal de .efensa de la /ibre Competencia (-./C! a las c0ilenas C$1P"23" #4."1E56C"N" .E 7"P$5E# (C#"7! 8 C$1P"23" C96/EN" .E N"7E:"C6;N 6N-E5$CE$5 C"5 C"556E5# 6NC (Eu@or!= 8 a las japonesas >"A"#">6 >6#EN >"6#9" (>B/ine! 16-#46 $#> /6NE# /-. (1$/! 8 N6PP$N 4#EN >"D4#96>6 >"6#9" (N>! por 0aberse coludido en mltiples procesos de contratación de transporte mar&timo de automóviles realiFados por los fabricantes o consignatarios de distintas marcas desde el a)o '*** para su comercialiFación en el mercado c0ileno Estos acuerdos segn la ,NE evitaban la competencia en los procesos de contratación del servicio de transporte de ve0&culos tra&dos a C0ile desde Europa "mérica 8 "sia
1$.$ .E $PE5"5G 1EC"N6#1$ .E ,4NC6$N"16EN-$ .E /$# "C4E5.$# .E 5E#PE-$ .E C4EN-"# (.E "C4E5.$ " /" ,NE!H ".I4.6C"C6;N 5EC$N$C616EN-$ EIEC4C6;N En general en presencia de una cuenta nueva 8a sea por el surgimiento surgimiento de un nuevo fabricante de autos o por el traslado de una fábrica de un lugar a otro las navieras compet&an para adjudicarse dic0a cuenta #in embargo una veF asignada la cuenta a una naviera se le respetaba generalmente en su calidad de titular de dic0a cuenta el derec0o a conservarla para los próJimos procesos de contratación En virtud de tal acuerdo las Empresas Navieras 5equeridas que recib&an una invitación para participar en un proceso de contratación del servicio car carrier se coordinaban con la naviera titular de la cuenta conviniendo tres formas posibles de actuarH
/a forma más recurrente de coordinación consist&a en $,E5-"5 4N P5EC6$ 1<# "/-$ K4E /" -6-4/"5 .E /" C4EN-" para as& evitar sospec0as o porque le interesaba mantener buenas relaciones comerciales con el contratante que pod&a ser su cliente en otra ruta En ocasiones la naviera titular del respeto de una cuenta se)alaba en forma espec&Lca qué ped&a u ofrec&a a cambio mientras que en otras no resultaba necesario dado que eJist&a un respeto de cuentas de larga data= o porque quien respetaba la cuenta le permit&a pedir algo a cambio en el futuro
P"5" /$:5" /$# "C4E5.$# de respeto los ejecutivos de las empresas implicadas recurr&an a distintos métodosH reuniones llamadas telefónicas 8 correos electrónicos 4n ejemplo (entre otros! que da la ,NE es que en la ruta "méricaB C0ile C#"7 8 N> realiFaron acuerdos en reuniones en NeM Ierse8 EE44 donde ambas ten&an oLcinas
P$5 K4E
El objetivo del acuerdo era que las navieras mantuvieran en el tiempo los servicios de transporte por v&a mar&tima de los automóviles a C0ile con un fabricante o concesionario determinado aun cuando éstos 0ubiesen realiFado procesos de contratación para buscar nuevos oferentes de estos servicios con mejores condiciones comerciales "s& el cartel permitió que las navieras se respetaran entre s& las cuentas que pose&an originalmente otorgando cuotas de mercado de manera artiLcial Esto ltimo afectó el precio del transporte de los automóviles lo que posiblemente afecto también en el precio Lnal de estos (la industria automotriF se)aló que el porcentaje del precio Lnal de un ve0&culo que corresponde a ete puede alcanFar el %+O en el caso de las importaciones desde "sia 8 algo menos de %*O en los que provienen de Europa!%
Seg ún el requerimiento que acus ó a las dos chilenas más la coreana Eukor; y a las japonesas K-Line, MOL y NYK, “el objetivo del acuerdo era que las navieras mantuvieran en el tiempo los servicios de transporte por v ía marítima de los automóviles a Chile, con un fabricante o concesionario determinado, aun cuando éstos hubiesen realizado procesos de contratación para buscar nuevos oferentes de estos servicios con mejores condiciones comerciales. Así, el cartel permitió que las navieras se respetaran entre sí las cuentas que poseían originalmente”. CSAV utilizó el beneficio de la delación compensada ante la FNE luego de conocerse la investigaci ón que se llevaba en EE.UU., donde firmaron un acuerdo que la oblig ó a pagar US$ 9 millones.
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EN K4E Los acuerdos entre las navieras fueron ejecutados en las rutas marítimas con origen en los puertos de Europa, América y Asia, que explican 90,7 de las importaciones locales de ve!ículos" Las empresas que fueron acusadas por la #$E concentran el 99,%, 9&,' y (% de la participaci)n del mercado en éstas, respectivamente" *ara ejecutar los acuerdos, las navieras que tenían la capacidad para competir en los procesos de contrataci)n a los que llamaron los fa+ricantes o concesionarios de autom)viles, utiliaron tres mecanismos" El primero consisti) en que las compa-ías que no detenta+an una cuenta o convenio determinado ofertaran valores altos, para ser descartados" El segundo, lo concretaron no present.ndose a estos procesos y el tercero, imponiendo condiciones que !acían invia+le o poco atractivas sus propuestas"
5E#$/4C6$N
Por estas conductas la ,NE pidió al -./C multas totales de 4# + millones aproJimadamente (Q* mil 4nidades -ributarias "nuales 4-"! para las navieras Eso s& eJimiendo de sanción a C#"7 8 una multa reducida a N> debido a que ambas Lrmas se acogieron a la delación compensada
#igue la investigación 0ttpHRRMMMpulsoclRempresasBmercadosRfneBabreBinvestigacionBfusionBnavierasB enciendeBcasoBcolusionBtrasladoBautosR
TDLC Fija Para Octubre y Noviembre Audiencias de Caso Cartel de Navieras (201!!!!!!" Este juicio se prevé que terminar. a fines de &0'7 en el /ri+unal de efensa de la Li+re 1ompetencia" La sentencia de la 1orte 2uprema, si es que las compa-ías y la #iscalía $acional Econ)mica recurren a esta m.xima instancia judicial, estaría durante &0'(, por lo que el caso tendr. una duraci)n unos cuatro a-os en total"
3ecientemente4fe+rero &0'%5 la #$E acompa-) correctamente las versiones p6+licas de su expediente de investigaci)n" El /L1 dio a las partes, en tanto, '0 días para analiarlas" espués de eso lo que corresponde es que la autoridad dicte la resoluci)n que reci+e la causa a prue+a y así las cosas determinar. los !ec!os que se de+en pro+ar" La etapa pro+atoria demorar. m.s de un a-o, seg6n estiman las partes del proceso" 1on lo que este juicio se prevé que terminar. a fines de &0'7 en el /L1" La sentencia de la 1orte 2uprema, si es que las compa-ías y la #$E recurren a esta m.xima instancia judicial, estaría durante &0'(, por lo que el caso tendr. una duraci)n de unos cuatro a-os en total"
6N,5"CC6;N " /" /6D5E C$1PE-ENC6" /as conductas realiFadas por las empresas navieras eJpuestas claramente dejan en evidencia que atentan contra la libre competencia El 0ec0o de que eJistan acuerdos entre competidores en donde se acuerda el reparto del mercado 8 que además las navieras implicadas tengan gran concentración del mercado son 0ec0os anticompetitivos que estan penados en el pa&s Es por esto que la ,NE demandó a las seis navieras ante el -./C aunque actualmente (noviembre '*%S! la querella sigue en proceso #"NC6;N #$/6C6-"." P$5 /" ,NE %T /as empresas implicadas lograron por medio de los acuerdos de respeto de cuentas generar un #$D5EP5EC6$ EN E/ -5"N#P$5-E .E 7E93C4/$# con destino a C0ile obteniendo beneLcios económicos con motivo de estas conductas Este beneLcio se 0ace ma8or al considerar la larga duración de los acuerdos como también el grado de participación que ten&an las navieras implicadas en los mercados relevantes #i se considera que en C0ile durante el a)o '*%' el valor de las importaciones de ve0&culos por v&a mar&tima fue de 4#+U*+ millones de dólares estadounidenses en términos C6, 8 que el valor total de los etes cobrados para la importación de estos ve0&culos el a)o '*%' fue de aproJimadamente 4#T%* millones de dólares estadounidenses (segn información del #ervicio Nacional de "duanas! se puede concluir que tanto el tama)o del mercado afectado como el beneLcio obtenido de tal conducta anticompetitiva corresponde a una cifra considerable .ebido a esto la ,NE solicitó multas para las implicadas (eJcepto para C#"7 8a que acudió a la delación compensada 8 a > que también acudió a esto implicó una reducción de su multa!
P5$CE#$ .E 6N7E#-6:"C6$N 0ttpHRRMMMlaterceracomRnoticiaRlosBtestimoniosBqueBdevelaronBlaBcolusionB entreBlasBnavierasR
*ero c)mo se logr) conocer este cartel El % de septiem+re del a-o &0'&, se dio el vamos a una acci)n coordinada de las agencias de competencia de 8ap)n, EE"" y ni)n Europea para erradicar estos acuerdos colusorios" Luego, el ': de ese mismo mes, 12A; del grupo Lu !io lo mismo el ? de a+ril de &0'?"
El d&a martes ' de enero del a)o '*%+ la ,iscal&a Nacional Económica (,NE! acusó ante el -ribunal de .efensa de la /ibre Competencia (-./C! a las c0ilenas C$1P"23" #4."1E56C"N" .E 7"P$5E# (C#"7! 8 C$1P"23" C96/EN" .E N"7E:"C6;N 6N-E5$CE$5 C"5 C"556E5# 6NC (Eu@or!= 8 a las japonesas >"A"#">6 >6#EN >"6#9" (>B/ine! 16-#46 $#> /6NE# /-. (1$/! 8 N6PP$N 4#EN >"D4#96>6 >"6#9" (N>! por 0aberse coludido en mltiples procesos de contratación de transporte mar&timo de automóviles realiFados por los fabricantes o consignatarios de distintas marcas desde el a)o '*** para su comercialiFación en el mercado c0ileno Estos acuerdos segn la ,NE evitaban la competencia en los procesos de contratación del servicio de transporte de ve0&culos tra&dos a C0ile desde Europa "mérica 8 "sia "N-ECE.EN-E#T /os siguientes antecedentes son los que presenta la ,NE ante el -./C para eJponer el caso de colusión de las navieras V S .E #EP-6E1D5E .E '*%' #e realiFó una acción coordinada de las agencias de competencia de Iapón Estados 4nidos de Norteamérica (WEE44W! 8 la 4nión Europea respecto de investigaciones relacionadas con prácticas anticompetitivas en el mercado de transporte mar&timo car carrier la que fue comunicada a la ,NE por el .epartamento de Iusticia de EE44 con fec0a de septiembre de '*%' %G .E #EP-6E1D5E .E '*%' C#"7 solicitó a la ,NE acogerse al beneLcio del programa de .E/"C6;N C$1PEN#"." contemplado en el art&culo TQX bis del ./ NX'%% Por su parte el T de abril de '*%T N> realiFó una solicitud a la ,NE en los mismos términos 1ientras la primera cumplió con los requisitos para acceder al beneLcio de eJención de multa N> accedió a una reducción del +*O de la multa máJima solicitada /os antecedentes acompa)ados por ambas empresas delatoras fueron incorporados a la investigación 5ol ,NE NW '%T'B%' 8 dan cuenta de su participación en conductas anticompetitivas il&citas en la industria de transporte mar&timo de ve0&culos car carrier as& como la participación de las otras cuatro empresas involucradas en las rutas con destino C0ile En C0ile la delación compensada que esta en vigor desde octubre del '**Q es una denuncia o acusación que 0ace una persona a cambio de un beneLcio consistente en la reducción o eJención de la multa a la primera persona que 0abiendo ejecutado una conducta de colusión o prácticas concertadas como colusivas aporte a la ,NE antecedentes que conduFcan a la acreditación de dic0a conducta 8 a la determinación de los responsables
%U .E 1"5Y$ .E '*%G /a Iapan ,air -rade Commission dictó una orden de cese 8 desistimiento respecto de prácticas anticompetitivas en diversas rutas Bque no forman parte del requerimiento que 0iFo la ,NEB en contra de 1$/ N> >B /ine Aallenius Ail0elmsen /ogistics "# (WAA/W! 8 Nissan 1otor Car Carrier imponiéndoles a las referidas compa)&as navieras Bsalvo a 1$/ por ser delatoraB sendas multas alcanFando la más alta de ellas alrededor de 4## %%* millones de dólares estadounidenses
C$NC/4 EN C96/E durante el a)o '*%' oc0o compa)&as navieras concentraron el QQO del transporte del total de ve0&culos importados por fabricantes o consignatarios v&a mar&tima Estas empresas son Eu@or (T*SO! N> (%Q'O! C#"7 (%U%O! 9óeg0 (%*+O! :lovis (QO! >B/ine (+SO! CCN6 (TO! 8 1$/ (%GO! "l ver estos datos notamos que se encuentran las S navieras implicadas