Descripción: 1. LA ETICA COMO EL “SABER VIVIR BIEN”
Descripción completa
Descripción: Nociones Generales de La Economia
Descripción: Se dan fundamentos básicos de derecho
Busqueda en Base de Datos Política,Georgetown University
Descripción: Proceso que atraviesa el sedimento desde su meteorización en la roca madre hasta la acumulación en la cuenca terminal.
Introducción general al derecho.Descripción completa
Descripción completa
Descripción: Monografia sobre nociones de la consitucion y formas de gobierno
Descripción: MAGIA
Descripción completa
Estructura Administrativa y Legal del Tema ambiental en el País
Principios Generales de la Mayordomía desde un enfoque CristianoDescripción completa
Descripción: 50 principios generales del derecho
Derecho, FUENTES DEL DERECHO
Descripción: geometria
BOLILLA IV: Puntos a desarrollar :
1. PRINCIPIOS GENERALES: La Suprema Corte de Justicia, composición. Atriuciones. Nociones !enera"es.
COMPOSICIÓN: La Suprema Corte de Justicia es el órgano máximo del Poder Judicial de la provincia de uenos !ires" #!rt$ %&" Le' ()%& Orgánica del Poder Judicial" seg*n Le' +,--%.$ /stá compuesta por un grupo colegiado de & miem0ros 1ue de0erán dar su voto en todas las cuestiones esenciales 1ue se tenga 1ue 1ue toma tomarr algu alguna na deci decisi sión ón$$ 2iene iene 3uri 3urisd sdic icci ción ón en todo todo el ám ám0i 0ito to de la Provi rovinci ncia a de uen uenos os !ire !iress ' pose posee e su propi propio o regl reglam amen ento to inte intern rno o$ Lo Loss procedimientos son p*0licos ' sus acuerdos ' sentencias se redactan en li0ros 1ue se de0en llevar" custodiar ' pu0licar en sus salas de audiencias$ Las sentencias" a su ve4" de0en ser 5undadas en la le' ' ante riesgos de interpretación o duda" de0en ser respaldadas en el principio 3ur6dico de cada legislación ' materia respectiva$ La presidencia de la Suprema Corte se rota en 5orma anual entre los distintos miem miem0r 0ros os de la mism misma$ a$ Los 3uec 3ueces es de la Supr Suprem ema a Co Cort rte e de Just Justic icia ia"" el procurador ' el su0procurador general son nom0rados por el poder e3ecutivo con acuerdo del Senado" mientras 1ue los demás 3ueces e integrantes del Ministerio P*0lico son nom0rados por el Conse3o de la Magistratura" tam0i7n con acuerdo del Senado$
!28I9CION/S: 8epresenta 8epresenta al Poder Judicial ' tiene las siguientes atri0uciones: + /3erce la 3urisdicción originaria ' de apelación para conocer ' resolver acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de le'es" decretos" ordenan4as o reglamentos 1ue estatu'an so0re materia regida por esta Constitución ' se controvierta por parte interesada$ % Conoce ' resuelve originaria ' exclusivamente en las causas de competencia entre los poderes p*0licos de la Provincia ' en las 1ue se se susciten entre los tri0unales de 3usticia con motivo de su 3urisdicción
respectiva$ , Nom0ra ' remueve directamente los secretarios ' empleados del tri0unal" ' a propuesta de los 3ueces de primera instancia" 5uncionarios del Ministerio P*0lico ' 3ueces de Pa4" el personal de sus respectivas dependencias$ ; orarios en las o?cinas del Poder Judicial$ - Pone especial atención ' o0servancia en las conductas ' 7ticas de los 5uncionarios ' magistrados ' los llama en caso de mal desempe@o" 5altas u omisión$ & =ormula las nóminas de pro5esionales auxiliares de la Justicia para el nom0ramiento de o?cio$ ) 2iene la 5acultad de suspender t7rminos 3udiciales" si as6 lo ameritan las circunstancias especiales 1ue puedan sucederse$ #. PRINCIPIOS GENERALES: Los cuadernos de pruea, $ormación % p"a&os.
Concepto: La prue0a es la actividad procesal" reali4ada con el auxilio de los medios esta0lecidos por la le'" ' tendientes a crear la convicción 3udicial so0re la existencia o inexistencia de los >ec>os a?rmados por las partes como 5undamento de sus pretensiones o de5ensas$ Cuando se a0re la 5ase pro0atoria se 5orman cuadernos separados de la prue0a de las partes ' 1ueda como un pe1ue@o Aexpediente adicionalB" apartado del expediente original$
=ormación:
/l cuaderno de prue0a se va a nutrir de la ela0oración de compro0aciones 1ue cada parte >a'a re1uerido su producción ' 1ue el Jue4 >a'a ordenado$
/l cuaderno contiene una carátula 1ue de0e distinguirse #en el color. de la principal ' está 5oliada" tam0i7n de 5orma independiente ' al pi7 de cada 5o3a$ /l tama@o de estos cuadernos será distinto 1ue el principal" #entiendo 1ue de0en ser más pe1ue@os.$ /l orden para agregar" los cuadernos de prue0a" al principal expediente" será primero el de la !ctora #o demandante. ' luego el de la a sido nom0rado$
Pla4os:
/l Jue4 ?3a el pla4o de la prue0a 1ue no de0e ir más allá de los ; d6as$ o pla4o es com*n ' comen4ará a correr a partir de la 5ec>a de cele0ración de la audiencia preliminar donde se citan a las partes$
+n escrito )udicia" es toda solicitud o mani5estación dirigida" en 3uicio" al 3ue4 o tri0unal 1ue corresponda" en 5orma escrita ' no ver0al$
/n la +ra etapa: son instrumentos privados ?rmados por la parte #salvo poder por /sc$ Pu0$.$ a ?rma es una condición esencial para su existencia ' valide4$
/n la %da etapa: comien4a desde el mismo momento en 1ue dic>o escrito es presentado en el tri0unal de 3usticia ' se le coloca el cargo 3udicial al pie del mismo" ad1uiriendo la categor6a de instrumento p*0lico$
8e1uisitos 5ormales:
2inta negra o a4ul negra$ =uente ND ++ o superior" en caracteres legi0les ' sin claros$ Margen i41uierdo de ( cm$ ' el derec>o de % cm$ Margen superior de0erá ser de ( cm$ ' el in5erior de % cm$ Interlineado de0erá ser de +"( l6neas$ Si tuvieran enmiendas" raspaduras" pala0ras escritas entre l6neas o suprimidas con corrector" de0erán estar salvadas al pi7$ a'a en la causa$
E" e(pediente )udicia" es un instrumento p*0lico$ Se lo puede de?nir como el lega3o de actuaciones o pie4as escritas 1ue registran los actos procesales reali4ados en un 3uicio" ordenadas cronológicamente ' 5oliadas en 5orma de li0ro" provistas de una carátula destinada a su individuali4ación$ /s un lega3o de papeles" pero su3eto a normas para su 5ormación ' conservación$La carátula del expediente contiene sus elementos más caracter6sticos e indicativos: por e3emplo" el nom0re del 3u4gadoE el del 3ue4 ' secretarioE el del =iscal ' istoria del proceso$ agan en 5orma separada$
=oliar un expediente #o0ligación 1ue pesa so0re todo integrante del Poder Judicial. importa identi?car num7ricamente cada una de sus 5o3as en orden ascendente en el v7rtice superior derec>o de cada una de ellas #los cuadernos de prue0a ' toda otra actuación 1ue se lleve en 5orma separada del principal ' de0a" luego agregarse" se de0en 5oliar en el v7rtice in5erior para 1ue al agregarse luego al principal se pueda re5oliar sin producir con5usiones.$ La 5oliatura del expediente es de importancia superlativa a la >ora de producirse el pr7stamo del mismo" pues en el reci0o 1ue se con5eccione al e5ecto de0e ?gurar el n*mero de 5o3as con 1ue el expediente se entrega$ Cual1uier alteración 1ue se produ4ca" por desglose de alguna documentación" de0e ser espec6?camente aclarada en el expediente por el actuario$ !simismo" 7ste de0e ru0ricar las correcciones 1ue se e5ect*en a la 5oliatura del expediente en caso de >a0erse cometido un error al respecto$ Audiencias:
La audiencia es el acto mediante el cual 7l 3ue4 o 2ri0unal escuc>a las declaraciones de las partes" de los testigos" de los peritos" etc" en el proceso$ /l voca0lo proviene del lat6n AaudioB" 1ue signi?ca o6r" escuc>ar$ Las audiencias son actos del órgano 3udicial ' son cele0rados ante el mismo ' utili4adas para reci0ir las actuaciones orales del proceso$ /s un medio de comunicación entre las partes ' el órgano 3udicial$ Sus principios en nuestra legislación son la de inmediación ' la de concentración$ /n las audiencias 1ue suelen concurrir personas con intereses encontrados" el Jue4" con el claro propósito de mantener un orden procesal ' 1ue el acto prospere con a0soluta normalidad" puede valerse de de sus 5acultades para imponer disciplina$ Las audiencias se llevarán a ca0o con la asistencia del 3ue4" ' tratándose de un 2ri0unal" con la del Presidente de 7ste" o el miem0ro designado por 7l$ Se producen en el d6a ' la >ora se@alada con una tolerancia de media >ora si el Jue4 lo dispone$ Serán se@aladas con anticipación no menor de tres d6as" salvo por ra4ones especiales 1ue exigieren ma'or 0revedad" lo 1ue de0erá expresarse en la resolución$ /n este *ltimo caso" la presencia del 3ue4 o tri0unal" podrá ser
re1uerida el d6a de la audiencia$ Las convocatorias se considerarán >ec>as 0a3o aperci0imiento de cele0rarse con cual1uiera de las partes 1ue concurran$
Actas:
/l secretario del Ju4gado" la0rará el acta correspondiente de cada audiencia" por orden del Jue4" >aciendo una relación de lo ocurrido ' de lo expresado" conservando" en cuanto 5uera posi0le" la ?el expresión de lo sucedido$ /l acta será ?rmada por el 3ue4 o miem0ro del 2ri0unal" en su caso" los comparecientes ' el secretario" de0iendo consignarse" en el acta" cuando cual1uiera de los comparecientes no >a'an 1uerido o podido ?rmar$ G
*istas % tras"ados:
/n el derec>o procesal el conocimiento de las actuaciones 3udiciales ' el acceso irrestricto de las partes ' letrados a ellas" es elemental" como as6 tam0i7n la entrega de copias para traslado de los escritos presentados" e incluso el acceso indiscriminado de cual1uier pro5esional a las actuaciones$ /l pr7stamo del expediente de0er6a ser tam0i7n una rutina$ oB o está en cam0io en los casilleros" ' sólo cuando está Aa despac>o"B encuentra una limitación temporal al acceso visual a los actuados$ /n el derec>o procesal lo 1ue se
conoce ' anali4a es el traslado" esto es" una 5orma especial de noti?cación a las partes de los actos procesales del 3u4gado ' de a1u7llas$ Como los escritos 3udiciales de0en ser acompa@ados por copias para cada parte 1ue intervenga en el proceso ' 7stas no se agregan al expediente principal" salvo disposición del Jue4" da lugar a una atención superlativa de las partes" o de sus representantes H apoderados" a >acer vista de las 8esoluciones dictadas" pues resultará inapela0le en caso 1ue no procedan a responderlas$ /l pla4o dispuesto para replicar o responder una vista ' traslado" será de ( d6as" salvo disposición en contrario de la le'" de0iendo luego" el Jue4" dictar resolución sin más tratamiento$
. LA PR+E-A: edios de pruea. /acu"tades ordenatorias % discip"inarias de" Jue&. Pr0ctica de "a pericia. O"i!ación de "os peritos de e(pedirse. ictamen inmediato.
edios de pruea: Los medios de prue0a legalmente esta0lecidos" con5orman la etapa pro0atoria e inclu'en generalmente: 9na con5esión de parte o sea una declaración 1ue" so0re lo sa0ido o >ec>o por 7l" >ace alguien voluntariamente o preguntado por otro ante la autoridad 3udicial$ /s el llamamiento 1ue se le >ace a una de las partes para 1ue se compare4ca a declarar o con5esar al tri0unal so0re los >ec>os litigiosos$ Pueden ser de dos tipos: /spontánea" cuando es e5ectuada voluntariamente" o provocada" cuando se le es pedida expresamente por la otra parte$ La prue0a testimonial" constituida por testimonios de testigos$
In5ormes de peritos" crónica relatada en 5orma escrita por los expertos designados en la causa$ Inspección personal del 2ri0unal ' presunciones esta0lecidas por la le'$ La prue0a de0erá encuadrarse en los t7rminos de la le' #CPCC. o por otros medios previstos por el Jue4" e3emplo" podrá ser de Ao?cioB cuando la impone directamente el Jue4" siempre 1ue no per3udi1ue ni la li0ertad ni la moral de los litigantes o terceros$ Podemos determinar dos instancias procesales con re5erencia a los medios de prue0a$ 9na es la ocasión de Ao5recerlaB o proponerla" a priori" en el escrito 1ue se expone en el expediente$ /l Jue4 procede a su análisis ' decide so0re su procedencia$ La otra es la oportunidad de AconcretarlasB o sea llevarlas a la práctica$ /l Jue4 es 1uien ordena su e3ecución dentro de la etapa pro0atoria$ Cada una de ellas tiene lineamientos distintos ' tam0i7n pla4os di5erentes$ 9na ve4 delimitada la instancia de producción de la prue0a" el Jue4" inicia el curso de valoración ' anali4a el compendio de todo lo presentado como prue0a para o0tener la ma'or utilidad respecto a cómo se desarrollaron los >ec>os ' poder as6 llegar a una sentencia o03etiva" con claras conclusiones" con sinceridad" sentido com*n ' so0re todo 0uena 5e" o sea" lo 1ue se conoce como el procedimiento intelectual ASana Cr6ticaB$
/acu"tades ordenatorias % discip"inarias de" Jue&: Las 5acultades ordenatorias" son el poder 1ue posee el Jue4 para tutelar una 3usticia rápida ' movili4adora$ 2ienen la ?nalidad de permitir 1ue el proceso siga su curso$ /s la potestad para mirar 1ue se satis5agan las normas 1ue pretenda e in?era como necesarias para cumplir con la evolución de la causa 1ue 5uere$ Las 5acultades disciplinarias tienen como ?nalidad" mantener el orden ' decoro del 3uicio$ Con 7ste o03etivo" tanto los 3ueces como los tri0unales" podrán: • •
•
Se 1uite toda expresión 1ue sea o5ensiva" indecorosa e in3uriosa$ !partar de las audiencias a personas 1ue alteren el orden e interrumpan el desarrollo de la misma$
•
•
• •
Puede llamar al Perito para 1ue expli1ue o aclare determinadas particularidades de su dictamen$ O0ligar la asistencia a las !udiencias a toda persona 1ue 5uera convocada a ella" salvo ra4ones 1ue sean expuestas ante 1uien corresponda$ Inclu'e a 7sta 5acultad" respecto a Ju4gados de 2ra0a3o la de citar ' 7stos presentarse" a peritos cuando sean llamados$ 2omar las medidas necesarias para evitar la parali4ación del proceso$ Corregir errores materiales u omisiones en la sentencia siempre 1ue no modi?1ue lo sustancial de ella$
Pr0ctica de "a Pericia: a0ilitante$ ec>a en 5orma personal por el perito 0a3o pena de nulidad$ 9na ve4 aceptado el cargo" se pide al 3ue4 anticipo para gastos" el 3ue4 puede concederlo o no" ' esta0lecer la cuant6a$ Son , d6as desde la aceptación del cargo para solicitar el anticipo" pasado este pla4o se pierde el derec>o a pedirlo$ No se puede aceptar el cargo si el expediente no está en letra al momento de tener 1ue aceptarlo" 'a 1ue puede >a0er un pro0lema de incompetencia ' esto solo se puede sa0er viendo el expediente$ Si el 3ue4 apro0ó el anticipo para gastos" tiene 1ue pagarlo la parte 1ue aportó la prue0a ' tiene ( d6as para depositarlo$ Si la prue0a es de am0as partes ( cada una$ Si no se co0ró el anticipo no >a' o0ligación de iniciar la pericia" 'a 1ue no corre el pla4o para el dictamen >asta 1ue el anticipo est7 depositado$ Si se >ace la pericia sin el anticipo" no se pueden reclamar con la regulación de >onorarios por1ue se pierde el sentido de AanticipoB ' puede >acer caer un proceso$ 9na ve4 depositado el anticipo para gastos" el pla4o para la pericia lo ?3a el 3ue4 ' si no dice nada son , d6as$ Mientras corre ese pla4o" es necesario mantener al tanto al 3ue4 si surgen inconvenientes #por e3$: 5ui ' no me atienden." para 1ue el 3ue4 llegado el caso" realice una intimación a la parte$ 2odos los inconvenientes 1ue se presenten >a' 1ue materiali4arlos por escrito para conocimiento del 3ue4$ 9na ve4 concluida la pericia se presenta para traslado a las partes con copias ?rmadas para 7stas$ =ormalmente el dictamen pericial contendrá un desarrollo" con 5undamento" 1ue contendrá la explicación detallada de las operaciones t7cnicas reali4adas ' de los principios cient6?cos en 1ue los peritos 5unden su opinión ' una conclusión" donde de0erán responder a los puntos de pericia o a los 1ue agregue el 3ue4$ Si los peritos son tres" el dictamen es uno ' *nico '
de0en expresarse por separado todas las disidencias$ Los 1ue concordaren" los presentarán en un *nico texto ?rmado por todos$
O"i!ación de "os peritos de e(pedirse. ictamen inmediato$ /l perito tiene la o0ligación de expedirse con5orme a los puntos de pericia" dentro del pla4o esta0lecido por el 3ue4 o dentro de los , d6as" pero cuando el o03eto de la diligencia pericial 5uese de tal naturale4a 1ue permita a los peritos expedirse inmediatamente" podrán dar su dictamen por escrito o en audiencia" en cu'o caso in5ormará uno de ellos #si son ,." si existiere unanimidad$ Por Secretaria dan constancia por acta" para 1ue el Jue4 tenga elementos para dictar la correspondiente resolución$ $
2. REGIEN EL AC+ERO N3 #2#4: esi!nación % desinsacu"ación de peritos. Audiencias % actas de sorteo. Re5uisitos. Pu"icidad % comunicaciones. Noti6cación de "a desi!nación.
esi!nación % desinsacu"ación de peritos: /l inicio del trámite de designación de peritos comien4a a partir de cuando un Jue4" de cual1uier 5uero" re1uiera la cooperación de un ave4ado en determinada especialidad apro0ada por la Corte Suprema de Justicia Pcia s$ !s$ ' para ello le solicitará al Órgano de Contralor correspondiente" el sorteo de un perito$ /ste pedido contendrá" lugar" 5ec>a" carátula del expediente" n*mero asignado a la causa" Ju4gado solicitante" cantidad de expertos" especialidades$ /l órgano contralor" procederá a cumplir la orden del Jue4 ' dentro de los , d6as >á0iles" e5ectuará el sorteo$ /l mismo se reali4a por sistema propio de la Suprema corte" #9lpiano.$ Cuando el Jue4 toma conocimiento" de parte del Órgano Contralor" del resultado del sorteo" ordena se le noti?1ue al designado por c7dula" donde como re1uisito 5undamental de0e citar el pla4o para la aceptación$
esos recaudos 1ueda desasinculado para actuar o determinar algo en el mismo$
Audiencias % actas de sorteo. Re5uisitos. comunicaciones. Noti6cación de "a desi!nación.
Pu"icidad
%
Las audiencias se llevan a ca0o en los d6as ?3ados 1ue >a'a determinado el Órgano de Contralor$ Las audiencias 1ue llevan a ca0o el sorteo" son p*0licas" puede darse alguna circunstancia donde el Jue4 re1uiera en 5orma urgente la designación de un experto" en esos casos ' siendo un pedido 5undamentado" la designación podr6a incluirse en un primer sorteo a reali4arse$ La noti?cación de la designación será por c7dula ' de0e contener" siempre" el pla4o para aceptar el cargo$
Noti6caciones: /s un acto procesal de comunicación de las resoluciones 3udiciales" con 5orma de documento escrito" con intervención de los auxiliares 3udiciales designados por la le' en el domicilio #procesal" real o convencional. de las partes o de sus representantes" o auxiliares$ La noti?cación" en el caso de de los Ju4gados" tiene algunas premisas" como 1ue no 1uedará cumplida si el expediente" en cuestión" no se encontrase en Secretar6a$
OALIAES E NO7I/ICACI8N:
Noti?cación Personal o por c7dula: La Noti?cación Personal es a1uella 1ue se >ace a la persona del interesado o a su apoderado o representante" constatándose" en vivo" la recepción de dic>a noti?cación por la persona con 1uien se entienda la recepción de la misma$ /sta modalidad de0e ser reali4ada en el domicilio 1ue conste en el expediente" o en el *ltimo domicilio 1ue >a'a se@alado ante en otro procedimiento análogo de la entidad" dentro del a@o$ Por domicilio de0erá entenderse incluidos" en sentido amplio" tanto al domicilio real" ?scal" legal o procesal" seg*n corresponda a cada situación$ /n cuanto al procedimiento en 1ue de0a actuarse esta modalidad" se dispone 1ue de0e entregarse copia del acto noti?cado ' se@alar la 5ec>a ' >ora en 1ue es e5ectuada" reca0ando el nom0re ' ?rma de la persona con 1uien se entienda la diligencia" es decir" la persona a noti?car o su representante legal$ La composición 1ue se noti?ca puede depender de:apertura ' recepción de la prue0aE designación de la audienciaE cargas procesales 1ue se impongan a las partesE traslados de in5ormes" intimaciones ' medidasE
denegatoria de recursos extraordinariosE adopción de medidas cautelaresEresoluciones$ La noti?cación 1uedara per5eccionada cuando el pro5esional ?rma el expediente$ Mediante telegrama" correo certi?cado" tele5ax" mediante 7ste medio serán citados testigos" peritos" int7rpretes" las audiencias de conciliación" constitución" modi?cación o levantamiento de medidas precautorias$ Por pu0licación en el acer conocer a lo vinculados en el proceso" la resolución 3udicial 1ue compete a sus intereses$ Por radiodi5usión" a trav7s de emisiones en la radio o?cial" con el mismo pla4o 1ue para los edictos$
Pu"icación: /s la especie de pu0licidad aplica0le a los reglamentos" e implica divulgarlos en 5orma apta para su conocimiento por el p*0lico" puede e5ectuarse mediante la inserción en un 0olet6n o?cial o su colocación en lugar visi0le ' accesi0le al p*0lico$ /n el derec>o argentino" tanto las le'es como los decretos" disposiciones o resoluciones generales ' muc>os de los particulares se pu0lican en el olet6n O?cial$ /n los actos administrativos en sentido estricto" la 5orma de pu0licidad aplica0le es la noti?cación" 1ue importa un conocimiento cierto del acto por el destinatario" a di5erencia de la pu0licación 1ue supone un conocimiento ?cto por los eventuales a5ectados$ La noti?cación de0e transcri0ir 6ntegramente el acto" inclu'endo parte resolutiva ' motivación ' la enunciación completa ' ?el de los medios de impugnación$