Año Del Buen Servicio Servicio Al Ciudadano”
CURSO:
DER EC HO CONS CONS TITU TITUCIONAL CIONAL
DOCENTE: SALVADOR GÓMEZ LUIS FINLAY CICLO:
III INTEGRANTES:
Lalangui Cárdenas Olenka Sánchez Palacios Jhoana Patricio Martínez Wilder jean Pomalazo Rodríguez Alejandra Walde Henckell Bélgica
Tumbes-Perú
2016
El ESTADO
1. CONCEPTO: El Estado es una sociedad política autónoma y organizada para estructurar la convivencia, en razón de que se trata de un conjunto permanente de personas que se relacionan por la necesidad de satisfacer imperativos afinas de supervivencia y progreso común. Para ello requiere de un sistema de relaciones coexistenciales dotado de fuerza social y basado en una relación jerárquica: gobernantes y gobernados. Es la Nación organizada jurídica y políticamente bajo una autoridad (gobierno) que tiene la finalidad de lograr el Bien Común, es la concreción jurídica de una Nación. El Estado emerge como una entidad jurídico-política constituida sobre la base de aquella entidad social denominada Nación, pero también sobre la base física o espacial en la que se desenvuelve la vida nacional. El Estado es el producto de la interacción humana dentro de una sociedad políticamente organizada, se encarga de administrar l a Sociedad y sus recursos. recurso s. El Estado no es un ente estático, sino dinámico, actuante, evolutivo, que se desarrolla y cambia de acuerdo a la evolución de la sociedad y del mundo. Carnelutti expresa que una sociedad se llama Estado en tanto y en cuanto produce derecho. Precisamente la palabra Estado expresa la consistencia que la sociedad adquiere merced al de recho. “El Estado es un a sociedad que está, es decir, que dura, porque el derecho impide la desintegración”.
Según definió Ortega y Gasset, el Estado es también sociedad, pero no toda ella, sino un modo de ella. Con un fin didáctico, puede definirse el Estado como la colectividad humana organizada políticamente sobre un territorio. ter ritorio. No tiene una existencia natural propia; es una entidad formada por la agrupación de individuos. De ahí que se empleen DERECHO CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL
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indistintamente los términos de Sociedad y Estado, pues éste no es sino la forma más elevada de organización social. El poder y el fin son los datos que fundamentan el orden jurídico, el cual es la textura institucional del Estado. Existen muchos autores que han intentado definir al Estado, a continuación se presentan algunas de las más destacadas definiciones, hechos por hombres ilustres: 1) CICERÓN: "Es una multitud de hombres ligados por la comunidad del derecho y de la utilidad" 2) KANT: "Es una variedad de hombres bajo leyes jurídicas" 3) HEGEL: “El Estado es la realización de la idea moral objetiva. ” Es el espíritu objetivado. De ahí que los hombres sólo consigan su plenitud y su moralidad, la vida del espíritu, en el Estado. 4) KELSEN: "El Estado es el ámbito de aplicación del derecho. El Estado es el derecho como actividad normativa. El Derecho es el Estado como actividad normal. En el Estado alcanza el pueblo su personalidad jurídica.
5) MAX WEBER: El Estado es la coacción legítima y específica. Es la fuerza bruta legitimada como "última ratio", que mantiene el monopolio de la violencia.
2. ORIGEN: La palabra Estado es moderna y corresponde a la unificación política lograda después de la era medieval. Para los griegos, la palabra "polis", o sea ciudad, expresaba la comunidad diferenciada por un modo de vida propia. El Estado era entendido por los romanos como "res pública" o "civitas". Al extender su dominación, Roma llamó "imperium" a su organización política, acentuando así el elemento decisivo del concepto "Estado", que es el imperio o potestad de mandar. DERECHO CONSTITUCIONAL
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El Estado es el resultado de una larga evolución de la convivencia humana. Aparece con la civilización sedentaria, cuando el grupo pasa de la vida nómada a la vida agraria. Esto es que el Estado surge cuando la sociedad se divide en clases sociales. Con el Estado se alcanza el grado más alto de la organización social, el de la unidad colectiva dotada de capacidad para la autodeterminación y regida por una ordenación jurídica. El hecho de que el Hombre esté naturalmente destinado a la convivencia fue lo que determinó las formas primitivas de la vida social y la aparición del Estado. Históricamente, ha sido el poder el que ha creado el Estado, organismo social encargado de realizar el derecho. Lo más probable es que el Estado reconozca su origen en el acatamiento tácito de la autoridad de quienes asumieron el poder por un simple impulso de voluntad.
3. NATURALEZA: La naturaleza del Estado alude a la esencia que configura el cuerpo político en sí mismo y que establece los principios de su obrar. Hace referencia a aquello que describe sus cualidades y propiedades intrínsecas. El Estado es el producto de una abstracción y de una síntesis intelectual; por consiguiente, posee en ese contexto su propia e innegable particular rea lidad. Como tal, no puede ser identificado con ninguno de los miembros de su población, ni con la suma de todos ellos, así como tampoco con la mera extensión territorial sobre la que ejerce soberanía. Al estado se le advierte a tra vés de sus manifestaciones para con sus pobladores, es decir, mediante acciones como la legislación, los servicios públicos, etc. En virtud de ello su naturaleza aparece imperceptible a los sentidos y es que el Estado es ante todo y fundamentalmente un concepto. Su realidad se concreta o materializa intelectualmente en la sociedad. Es evidente que el Estado no existe y subsiste per se, sino que se constituye y pervive en el ser de los individuos que lo conforman como pueblo políticamente organizado.
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La naturaleza del estado implica una relación social e instancia política que articula un sistema de dominación. Su manifestación material se expone en un conjunto interdependiente de instituciones de carácter político-jurídico que conforman el aparato en que se condensa el poder.
4. EVOLUCIÓN DEL ESTADO La primera sociedad natural, fue sin duda la familia. Por extensión o crecimiento espontáneo de la familia, o bien por agregación de otras, se formaron el clan y la tribu. Esta fundó la ciudad, realidad permanente que arraiga al hombre a un territorio. Las necesidades de la defensa común y el intercambio comercial favorecieron la agregación de ciudades dentro de una más vasta unidad social: la nación. Sólo dentro de ella puede el hombre realizar sus destinos y alcanzar el mayor grado posible de perfección La palabra estado es moderna y corresponde en puridad a la unificación política lograda después de la era medieval. Para los griegos la pa labra polis. O sea ciudad, expresaba la comunidad diferenciada por un modo de vida propia. El estado era entendido por los romanos como < res publica o civitas. Del uso de expresiones tales como puede provenir la voz del estado. Al extender su denominación. Roma llamo imperium a su organización política, acentuando así el elemento decisivo del concepto estado, que es el imperio o potestad de mandar. En el derecho germánico también se acentuó el elemento de dominio, pues el estado fue llamado, voz que procede de , o sea mando de un príncipe.
5. ESTADO TRADICIONAL El Estado tradicional es orgánico y no totalitario. Es diferenciado y articulado, admite zonas de autonomía parcial. Coordina y hace participar en una unidad superior a fuerzas cuya libertad sin embargo reconoce. Precisamente porque es fuerte, no DERECHO CONSTITUCIONAL
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tiene necesidad de recurrir a una centralización mecánica: esta no es reclamada más que cuando es necesario controlar una masa informe y atómica de individuos y voluntades, lo que hace, además, que el desorden no pueda jamás ser verdaderamente eliminado, sino solo provisionalmente contenido. O por emplear una
afortunada
expresión
de
Walter
Heyndrich,
el
Estado
auténtico
es OMNIA POTENS, no OMNIA FACENS, es decir que detenta en el centro un poder absoluto que puede y debe hacer valer sin trabas en caso de necesidad o en las decisiones últimas, más allá del fetichismo del "estado de derecho"; pero no interviene en todas partes, no se superpone a todo, no tiende a imponer una vida cuartelera (en sentido negativo), ni un conformismo nivelador, en lugar del reconocimiento libre y del lealismo; no procede a intromisiones impertinentes e imbéciles de lo público y de lo "estatal" en lo privado. La imagen tradicional es la de una gravitación natural de sectores y unidades parciales en torno a un centro que dirige sin apremio, actúa por su prestigio, su autoridad, ciertamente puede recurrir a la fuerza, pero se abstiene lo más posible. La prueba de la vitalidad efectiva de un Estado la da la medida del margen que puede conceder a una descentralización parcial y racional .La injerencia sistemática del Estado no puede ser un principio más que en el socialismo del Estado tecnocrático y materialista.
6. ESTADO MODERNO LA REVOLUCIÓN FRANCESA, EL ORIGEN DEL ESTADO MODERNO.
El Estado moderno en cuanto construcción consistente u obra de arte, apareció en la Italia de los siglos CIV y XV, cuando se centralizó el poder por reacción contra el feudalismo. La denominación "Estado" fue acuñada por Maquiavelo, desde las líneas iniciales de su obra "El Príncipe" (ver bibliografía). Tal acepción del palabra "stato", deriva de la voz latina "status", que expresa un orden, vino a responder a una necesidad general qua que ninguna de los voces antes usadas servía para denominar la pluralidad de formas políticas existentes en la Italia renacentista. Unido al nombre de una ciudad como Florencia, Génova o Venecia, el término "stato" dio expresión a todas las formas, fueran republicanas, monárquicas o tiránicas, o bien aplicada sólo a una ciudad o sea a toda una región sometida a una misma autoridad. DERECHO CONSTITUCIONAL
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La nueva denominación fue adoptada antes de dos siglos por los principales idiomas y su uso se convirtió en universal desde el atropello del "El estado soy yo" manifestado como el más nocivo absolutismo, el pueblo sintió la negación total de sus derechos y rotos todos sus principios e ideales, es ahí donde empieza a crecer el resentimiento y surge poco a poco la semilla de la rebelión, y ésta había de manifestarse con toda su violencia y hacer explosión, para culminar el 14 de Julio de 1789. La revolución dio paso a nuevas formas, con todas sus naturales e impropias acciones excesivas cometidas. La mayor aportación que este levantamiento dio, fue la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, que se fundamentó en la teoría de Jean Jacob Rosseau, que escribió en su obra "El Contrato Social." El año de 1789 es de primordial importancia en sus manifestaciones, porque los rumbos señalados cambiaran al mando en sus procedimientos y formas gubernamentales, y también en la nueva concepción del hombre, que se convirtió en ciudadano para ayudar a los fines del Estado, los fines de un nuevo Estado nacido de la sangre de muchas personas, de un Estado que surge de las cenizas del despotismo y la crueldad: El Estado Moderno de Derecho. Max Weber, en 1919, define el Estado moderno como una "asociación de dominación con carácter institucional que ha tratado, con éxito, de monopolizar dentro de un territorio la violencia física legítima como medio de dominación y que, con este fin, ha reunido todos los medios materiales en manos de sus dirigentes y ha expropiado a todos los seres humanos que antes disponían de e llos por derecho propio, sustituyéndolos con sus propias jerarquías supremas”. Por ello se hallan
dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras, como las relaciones exteriores.
Características
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Una cierta entidad territorial. Ésta se refiere al medio físico que es necesar ia para la sustentación del Estado y debe ser una magnitud tal que no convierta en demasiado pesadas las tareas que el Estado debe afrontar. Establecimiento de un poder central suficientemente fuerte. Se logra suprimir o reducir drásticamente a los antiguos poderes feudales, entre ellos el propio poder de la iglesia, que se vincula a lo que actualmente llamaríamos al proyecto de Estado Nacional. Creación de una infraestructura administrativa, financiera, militar y diplomática. Se desarrolla una burocracia administrativa que trabaja impersonalmente para el Estado. Burocracia y capacidad financiera se retroalimentan. La obtención y administración de recursos exige personal dedicado por completo a estas tareas. La diplomacia se convierte en un instrumento indispen sable para las relaciones con las demás entidades estatales que constituyen un sistema en su conjunto. Consolidación de la unidad económica. El Estado debe ser capaz de regular y dirigir la economía en su propio seno, y con respecto al exterior, implantar un sistema aduanal y normas precisas que controlen la entrada y salida de bienes.
7. NOCIÒN DEL ESTADO La Teoría Francesa Considera a la Nación como un sujeto jurídico; pero distinto al Estado. Es decir que aceptan la existencia de dos personas jurídicas supremas de derecho público distintas. Esta tesis fue defendida en mayor parte por los pensadores franceses. Esta escuela afirma que la Nación es el sujeto ordinario de la soberanía y consecuencialmente, es anterior (cronológicamente) al Estado. Y la Nación da vida al Estado al efectuar la delegación de la soberanía en los gobernantes como establece la Constitución Política.
8. ESENCIA DEL ESTADO
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Un grupo de individuos al asentarse en un territorio, constituyen una nación, la cual al organizarse jurídica y políticamente dan forma al Estado, convirtiéndose entonces en una agrupación humana con características propias, que la diferencian de los demás grupos sociales. La Esencia del Estado es establecer las regulaciones que protejan al hombre del hombre y a su vez a este del Estado. Indudablemente que el Estado existe para un fin, para lo cual existen diversas opiniones: • Los individualistas consideran que el Estado es un medio para lograr la libertad del
individuo. • Los universalistas y los socialistas, entienden que el Estado es un fin en si mismo,
una institución moral encaminada al bien común.
9. CARÁCTER NORMATIVO En sentido lato se puede aceptar que el Orden Jurídico es “el conjunto de normas que integran el Derecho Positivo”. Pero si nos referimos a determinado Estado,
restringimos el concepto a la normativa de ese Estado. La consideración de la Constitución como una norma fundamental, base de todo el ordenamiento jurídico de un Estado; y la consideración de la Constitución como una realidad que nace y está destinada a normar efectivamente las relaciones entre particulares y poder político; y entre los particulares entre sí.
10. FINALIDAD DEL ESTADO El conocimiento de los fines que corresponde cumplir al cuerpo político implica necesariamente encontrar la razón justificante de su existencia: la del estado son fines que orientan su accionar y las pautas que señalan la dirección y alcance de sus actividades. La principal razón de ser del Estado está motivada por el hecho de que ha sido creado como una forma de organización política. Esto se debe a que desde los DERECHO CONSTITUCIONAL
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principios del nacimiento de la humanidad, se ha suscitado el problema de la organización, hablando desde la era primitiva hasta la actualidad. Por ello se han creado diversas instituciones para dicha tarea, pero es hasta el momento que encontramos las herramientas necesarias para la conservación del orden social.
10.1 Dimensión axiológica Para poder pasar de un estado actual a un mejor estado es necesario que se comprenda primero que para hacer mejoras tenemos que fundarlas en ciertos puntos clave. Es decir los valores, que son aquellos fundamentados de la acción que nos pueden llevar a un estado en el futuro. El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad,
solidaridad,
reciprocidad,
respeto,
complementariedad,
armonía,
transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien.
10.2 Dimensión Jurídica -
Solucionar los distintos litigios existentes entre diversos individuos o entre distintas entidades, o bien entre éstas con aquellos, con el fin de mantener la paz social.
-
Asegurar la represión de los delitos, es decir, garantizar el respeto de los valores sociales y defender las propiedades, el honor, la libertad y la vida de las personas.
-
Vigilar la ejecución de las leyes, es decir, conferir sentido práctico (ejecutar) a las decisiones y mandatos de los órganos legislativos.
-
Defender la seguridad del Estado, reprimiendo las violaciones de las leyes que lo legitiman y defienden y oponiéndose a toda conducta violenta que intente usurpar sus funciones.
-
Proteger las libertades públicas, condenando y anulando el ejercicio y las disposiciones ilegales del poder ejecutivo.
10.3 Dimensión Política DERECHO CONSTITUCIONAL
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El fin político del estado aparece descripto y formulado mediante normas sean e stas escritas o no. La constitución del estado contiene la descripción de sus fines. Si tomamos una constitución como la nuestra, vemos que busca, afianzar la justicia, promover el bienestar general, asegurar los beneficios de la libertad, consolidar la paz, promover a la defensa común. -
Tiene autoridad para dictar leyes dentro de los límites de su territorio, leyes que obligan a todos los que pertenecen a ese Estado.
-
Tiene el monopolio del poder coercitivo y de la violencia. El Estado posee el poder de regular mediante normas la conducta de los que pertenecen a él y, al mismo tiempo, de imponer coactivamente e l cumplimiento de esas normas.
11. FIN SUPREMO: BIEN COMÙN Él Centro de Altos Estudios Nacionales conceptualiza al Bien Común como: “El Fin Supremo del Estado, considerado como una situación ideal por alcanzar,
que implica un alto índice de desarrollo y perfección de la so ciedad, de manera que signifique el medio social propicio para la plena realización de la persona humana”. En esta Conceptualización: - Se reconoce al Bien Común como el fin supremo del Estado. - Se concibe el Bien Común como una situación ideal caracterizada por un alto grado de progreso y perfección de la sociedad, usándose este sentido dinámico en razón de que el progreso no tiene fin y que sería utópico referirse a una sociedad perfecta. - Se condiciona la plena realización de la persona humana a la existencia de un alto índice de desarrollo al que pueda arribar una sociedad en su evolución histórica, al lograr un estado de cosas que configuren el ambiente social propicio para la realización de la persona humana. De lo expuesto, es evidente que el componente fundamental del concepto del “Bi en Común” es la realización plena de la persona humana, esto es, de todas las
personas humanas que integran el pueblo; y que además, tal realización es el DERECHO CONSTITUCIONAL
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producto de la vigencia en el ambiente social, de condiciones óptimas que no solo lo posibiliten sino que lo promuevan, protejan y garanticen.
12. FINES ESENCIALES 12.1
Bienestar general:
El hombre es un ser inconforme por naturaleza advierte y reconoce sus necesidades materiales y espirituales. En tal situación de necesidad aparece ineludiblemente el deseo de satisfacerlas lo que genera que el hombre no se empeñe solamente por estar en el mundo sino básicamente por estar bien, es decir, lograr el bienestar implica un estado o situación en el cual se ha resuelto o se resuelven sus múltiples necesidades. De ahí que el bienestar suponga un estado de equilibrio pleno entre el medio psicoorgánico (interno) y el medio socio-cósmico (externo). Por lo expuesto, conceptualizamos o definimos al Bienestar General como la: “Situación en la que, las necesidades espirituales y materiales de la persona
humana se satisfacen en forma adecuada y oportuna en un ambiente de seguridad y tranquilidad”.
El Bienestar General exige la configuración de un orden social óptimo, inspirado en el Bien Común, un orden tal que posibilite y asegure a todos los hombres su realización digna como personas humanas, y garantice la satisfacción adecuada de las necesidades de desarrollo personal en forma oportuna, en el sentido de que pueda hacerse efectiva en el momento en que es requerido. Es posible afirmar que una sociedad ha logrado una significativa aproximación al Bienestar General cuando: - Se ha establecido un orden social tan justo cuanto sea posible. - La igualdad de oportunidades se ha institucionalizado a plenitud en la sociedad. DERECHO CONSTITUCIONAL
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- Se ha fijado parámetros, poco distanciados entre los grad os máximo y mínimo en el confort y en el desarrollo cultural, extensibles a todas las personas. - Se ha estabilizado un hábito en cuanto al reconocimiento y respeto a los derechos fundamentales de la persona humana, en la totalidad de la colectividad nacional, sin excepciones; y, - Se ha logrado la realización de la persona humana, respaldada por la capacidad del Estado para satisfacer sus necesidades materiales y espirituales, individuales y colectivas.
12.2
La Seguridad Integral
La Seguridad es una necesidad básica de la persona y de los grupos humanos y al mismo tiempo un derecho inalienable del hombre y de las naciones. La Seguridad implica las nociones de garantía, protección, tranquilidad, confianza, prevención, previsión, preservación, defensa, control, paz y estabilidad de las persona s y grupos sociales, frente a amenazas o presiones que atenten contra su existencia, su integridad, sus bienes, el respeto y ejercicio de sus derechos, etc. Conceptualización de Seguridad Integral “Es la situación en la cual el Estado tiene
garantizada su existencia, la integridad territorial y de su patrimonio, la paz social, la seguridad ciudadana, su independencia y soberanía, entendida estas como la facultad de actuar con plena autonomía y libre de toda subordinación en el campo interno y externo”.
La Seguridad es Integral porque su finalidad es garantizar, proteger y dar tranquilidad, visando la globalidad del Estado, esto es tanto su realidad interna como sus relaciones con otros Estados; cubre todos los órdenes de la actividad humana, sean políticos, económicos, sicosociales, científicos tecnológicos, y militares.
12.3
EL PROGRESO Y DESARROLLO NACIONAL
12.3.1 Progreso Progreso significa, etimológicamente (del latín progressus), la acción de ir hacia adelante. DERECHO CONSTITUCIONAL
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Se considera que el progreso conduce a mejorar la vida del hombre mediante el aumento de los bienes y servicios puestos a su disposición. Así, el progreso s e mide por la capacidad para dominar la energía y por el grado de desarrollo tecnológico. Se cree que avances en los aspectos materiales de la vida se relacionan con mejoras en la cultura, la ética y la moral. Se parte del convencimiento de que con una producción ilimitada y un consumo ilimitado se logra la felicidad. Por lo tanto, e l concepto de progreso se confunde con los valores de la sociedad. Pero el verdadero progreso de una sociedad tiene que ver más con el conocimiento, con la capacidad intelectual de su población puestos al servicio de la comunidad con el objetivo de mejorar la calidad de vida de todos s us integrantes (satisfacer sus necesidades básicas, sus proyectos de vida, etc.).
12.3.2 Desarrollo nacional Conceptualización del Desarrollo Nacional Desarrollo Nacional es el proceso de creación, ampliación o incremento racional, sostenido y sustentable de las condiciones económicas, sicosociales, políticas, científica tecnológica y militares, etc., que permitan alcanzar crecientes niveles de Bienestar General.
13. ELEMENTOS DEL ESTADO Son las partes constitutivas del cuerpo político. El estado se compone de los siguientes elementos:
13.1 Pueblo Esta noción alude a un conjunto de personas que tienen en común su vinculación político-jurídica con un cuerpo político soberano. Su génesis hace referencia a un grupo humano coexistente en una determinada zona geográfica, luego de un proceso de adaptación y una posterior presencia del fenómeno político. La pertenencia de un pueblo a un estado determinado puede ser consecuencia de un hecho casual o fortuito; puede nacer del propio interés o voluntad del grupo, o incluso emanar de una acción compulsiva. DERECHO CONSTITUCIONAL
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El pueblo se distingue por su carácter uti signol, es decir, implica la apreciación de unos individuos vinculados con los otros por el mero acto de agrupación. El pueblo es el elemento más importante del Estado, porque de él emana el poder, constituye el ámbito social de la aplicación de ese poder, es la razón de la validez del ordenamiento jurídico y es el destinatario del Bien Común. Comprende cuatro condiciones:
Vinculo personal: El enlace de la persona con el cuerpo político debe atañer específica y propiamente a esta; jamás en modo alguno debe fundarse en el mero lugar de ubicación de sus bienes, inversiones, etc. La calificación de este vínculo se refiere única y estrictamente a la persona . En ese contexto, una persona puede pertenecer al pueble de un estado y simultáneamente poseer bienes e invertir capitales en otro distinto.
Así, un propietario de bienes muebles o inmuebles, a un inversionista, no se convierte ni deja de ser miembro del pueblo de un Estado por el mero hecho de efectuar determinadas inversiones de capital o hacer negocios en otro Estado, ni por ejercer actos de uso, disfrute, disposición o reivindicación respecto de un bien situado fuera del territorio de la organización política a la cual pertenece.
Vinculo principal: El enlace personal con el cuerpo político debe caracterizarse por su accionar preferente, preeminente e importante en grado de superior, en relación con el que la persona pudiere tener establecido con otros Estados.
Vinculo permanente: El enlace personal con el cuerpo político debe ser estable, constante, persistente, firme y duradero. Por ende, no puede tra tarse de una relación incidental y meramente eventual.
Vinculo de correspondencia social: El enlace personal con el cuerpo político implica una reciproca interacción con los demás integrantes del pueblo de un Estado.
Ahora bien, la calidad de miembro del pueblo de un Estado no implica necesariamente el ejercicio de los denominados derechos políticos, que se DERECHO CONSTITUCIONAL
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encuentran reservados a aquellas personas que han adquirido el status de ciudadanos. A lo sumo, dicha calidad meramente hace constar la existencia de un vínculo con el cuerpo estatal de naturaleza político-jurídica, cuyos alcances quedan a merced del criterio de discrecionalidad estatal. Por otro lado, cabe advertir que el poder estatal no solo es aplicable a aquellas personas que forman parte de su población, sino que se extiende al caso de los turistas o transeúntes, en tanto permanezcan dentro del territorio del Estado.
13.2 Territorio Alude a aquel espacio físico o porción geográfica sobre la cual el Estado ejerce soberanía. Este suelo o base física, observado desde una perspectiva jurídicopolítica, recibe el nombre de territorio. El territorio es la base geográfica de un cuerpo político soberano comprendido dentro de sus fronteras y dentro de la cual el poder estatal manifiesta de manera incontrastable su presencia. El territorio es un elemento esencial para la existencia del Estado, ya que la organización político-jurídica solo se configura sobre una superficie que une y caracteriza al pueblo, la misma que con el influjo de los factores orográficos, ayuda a forjar el carácter de lo nacional al mezclarse la voluntad humana con el factor físico.
Características
Entre los principales rasgos que presenta el territorio, conforme a la doctrina, están:
La inalienabilidad: Es la condición de aquello que no puede enajenarse ni transferirse, que esta fuera del comercio y que por eso no puede ser dispuesto por el Estado.
La inviolabilidad: Es la condición de aquello sujeto a la soberanía exclusiva de un Estado. Es por eso que dentro del territorio de un Estado solo se ejercen las competencias jurídico-política del cuerpo político integrado a dicha área geográfica, debiendo los Estados extranjeros abstenerse de promover en esa área cualquier acción de similar naturaleza. DERECHO CONSTITUCIONAL
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13.3 Poder Esta noción alude a la capacidad de una persona o de un grupo de personas para determinar, condicionar, dirigir o inducir la conducta de los demás. Se trata de un fenómeno que se encuentra presente en todas las relaciones coexistenciales, así en cualquier núcleo humano siempre encontramos a alguien que conduce y a quienes obedecen y son guiados, el poder es una fuerza social destinada a imponer comportamientos humanos en la dirección que fija quien ejerce, se trata de una acción vigorosa que expresa una cualidad dominante de la voluntad personal o de la de un conjunto de hombres.
Elementos del poder: a) La energía: Expresa el rigor o la fuerza que posee un ente por razón de su propia naturaleza. el poder es un mando en el que subyace el fenómeno sociológico de la dominación, en cuanto tal, representa la capacidad efectiva de hacerse obedecer. ello implica la posibilidad o capacidad de ejercer algún grado de coacción material para alcanzar acatamiento b) La competencia: Expresa la cualidad, virtud y atributo para alcanzar los efectos previamente determinados. Es la suma de facultades personales y el conocimiento de la relación coexistencial mando – obediencia. La competencia equivale a la fuerza o energía en el orden moral. Genera una suerte de sujeción espiritual de la verdad sobre el error, del talento sobre la ignorancia, de la virtud sobre el vicio, de la destreza sobre la impericia.
13.4 Poder y Soberanía Se le percibe como la expresión plena de capacidad y energía social, se trata del mando político centrado en un ordenamiento estatal, el cual representa una forma de vida social que posee un carácter imperativo-atributivo. DERECHO CONSTITUCIONAL
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Es el elemento organizativo, normativo, jurídico, coercitivo y administrativo del Estado. Es la potestad y facultad de ejercer la acción de gobierno de manera equilibrada e independiente, conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes. Es la capacidad de ejercer el mando, organizar y conducir la vida política, económica, social, tecnológica, administrativa y de seguridad y defensa de la Nación. El Poder se sustenta principalmente en la capacidad de generar consensos, en la creencia de la población de que es legítimo aceptar el ordenamiento jurídico y normativo vigente, y en la eficacia demostrada por el poder en el logro de los fines esenciales del Estado, vale decir, el Bienestar General y la Seguridad Integral. La unidad del poder se justifica por la necesidad de que sea una sola voluntad la que en definitiva indique lo conveniente para el bien común.
Características
El poder presenta tres características:
Omniinclusividad: Es decir abarca y alcanza a todos los grupos sociales asentados dentro de su territorio. Ninguna otra organización presenta tal capacidad de decisión y mando sobre los comportamientos sociales.
Coercitividad: El poder es coercitivo, esto es, las órdenes que dicta son exigibles por la fuerza. En este sentido, el Estado guarda para si el monopolio del uso de la fuerza organizada e institucional, en caso de ocurrir resistencia o desacatamiento.
Soberanía: Es soberano en relación con los demás entes instalados al interior de su territorio. Esto quiere decir que dicho poder es supremo, exclusivo y esencial; no admite a ningún otro, ni por encima ni en concurrencia con él. La potestad de mando del Estado no puede ser contestada ni igualada por ningún otro poder al interior de la comunidad política. Afirma Frederic Hinsley, “la idea de soberanía supone la existencia de una autoridad política fiel y
absoluta dentro del Estado.
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La soberanía alude a una cualidad o propiedad central del poder. Para hacer referencia de la soberanía es menester que exista poder político, pero para que este realmente exista se requiere de la presencia del Estado. Es por eso que carece de sentido hablar de soberanía sin que exista un Estado con ejercicio pleno de su poder, así como es inoperante hablar de una soberanía que se ejerza más allá del territorio del Estado. Correspondió al pensador francés Jean Bodin el mérito de haber señalado que “la soberanía era la calidad suprema del poder ”. Ella hace que el Estado sea aquella organización que dispone de un poder propio y supremo que se impone en sus decisiones sin depender de ningún otro, por su fuerza innata y con superioridad sobre los demás poderes existentes en su entorno jurídico-político.
14. NACION Es la Sociedad Humana, entendida como una colectividad amplia de individuos y grupos sociales asentada sobre un territorio, ligada por una convivencia histórica que se traduce en la voluntad de continuar viviendo en comunidad, proyectándose al futuro, preservando los valores alcanzados y manteniendo sus intereses y aspiraciones comunes. La Nación, (colectividad de individuos y grupos sociales a quienes liga el hecho de compartir un universo cultural que se forja en su desenvolvimiento histórico y una conciencia generalizada de pertenencia a dicha colectividad), para atender a las necesidades, intereses y aspiraciones que presenta como entidad social, adoptó diversas y consecutivas formas institucionalizadas en su evolución, producto de la cual es lo que en la actualidad conocemos como Estado.
14.1 CARACTERISTICAS DE LA NACIÒN Las 5 características, ya que si falta una no hay nación:
Es estable e históricamente formada.
Comunidad de idioma. DERECHO CONSTITUCIONAL
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Comunidad de territorio.
Comunidad de vida económica.
Comunidad de vida psicológica (manifestada en la cultura).
CONCLUSIONES En conclusión: El Estado es una organización jurídico – política que está autorizada a ejercer la fuerza para tener el control de los miembros de la sociedad. Dicho Estado no puede funcionar sin tres elementos fundamentales que son: Pueblo, territorio y poder.
Y para terminar entendemos que el Estado se ve precisado a fijarse en la necesidad de buscar el fundamento de sus decisiones en las normas que rigen la conducta humana. La autoridad no podrá hacer que reine el orden y la paz, si no comienza por concebir las relaciones de los hombres entre sí, sobre las bases de justicia y de caridad definidas por la moral social.
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