ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N° 1 Lea el texto base desde la página 14 hasta la pagina 88 y desarrolle las siguientes preguntas.
1.
E labor labore e una di di fer encia nci a entr entre e ecolog cologíí a y medio ambi ambie ente. nte.
La ecología es una ciencia que estudia la relación peculiar que se establece entre los seres vivos y entre estos con su medio ambiente. Medio ambiente es todo aquello que nos rodea incluyendo la naturaleza. La ecología y el medio ambiente vienen de la mano ya que sin uno no existe el otro, la ecología se creó para estudiar la relación que tienen los individuos con su medio ambiente (todo lo que nos rodea) por eso deduzco que sin uno no existe el otro aún más bien viendo en términos más específicos, la ecología es la que está li gada a el medio ambiente ya que este es el objeto de esta ciencia, y ¿Por qué aún sigue ligada? Pues porque sin la ecología no entenderíamos el medio ambiente, no sabríamos los cambios que tiene este, la importancia, el daño que se le causa, el lugar que ocupa cada ser vivo para que pueda funcionar etc. Es toda una serie de cosas que, gracias a la ecología conocemos. El medio ambiente es todo aquello que nos rodea, la flora, la fauna, la energía solar todo, y es gracias a la ecología que conocemos sus funciones, al medio ambiente también se le conoce como “esencia”. Como una visión general al tema podemos poner como ejemplo: Para reciclar: El reciclado pertenece al ámbito de la ecología, y debemos saber que podemos utilizar (aquí viene el ámbito del medio ambiente ya que debemos saber que producto podemos volver a utilizar)
2. 2.
C uáles uáles son los los elementos elementos del del medi medi o ambi ambiente, ente, hab hable le de cada cada uno de ellos.
Elemento natural.- en el medio ambiente se distinguen los dos tipos de elementos naturales. Por un lado el elemento vivo conocido como elemento biótico ( seres humanos, flora y fauna) de otro lado el elemento inanimado o abiótico(cerros, minerales, cordilleras, etc.
Elemento artificial.- está constituido por toda l creación intelectual del ser humano. Por ejemplo, las ciudades, los inventos, entre otras creaciones. Elemento social.- está constituido por la facultad de comunicarse, está muy relacionado por el lenguaje.
Elemento cultural.- solo el hombre puede tener lugar en este elemento, se basa en la capacidad del hombre de razonar.
3.-Diferencie el recurso natural del agua y el recurso hidrobiológico Recurso natural del agua.- el agua se genera continuamente en el llamado ciclo del AGUA, el agua se evapora de los mares, ríos, lagos, superficies terrestres, dando forma a las nubes, las que se condensan y se precipitan en forma de lluvia, nieve, granizo, regresando a esta forma nuevamente a la tierra para luego volver a evaporarse y así sucesivamente. Recurso hidrobiológico.- se considera como recursos hidrobiológicos al conjunto de todos los seres vivos que habitan los cuerpos de agua como: océanos, ríos, lagos, lagunas, etc. ; sean plantas, peces, mamíferos o cualquier forma viviente.
4.- Caracterice los tipos de contaminación ambiental. Asimismo, hable sobre su clasificación. 1. Contaminación atmosférica - Proviene de productos radioactivos - El trafico terrestre afecta de sobremanera la contaminación ambiental atmosférica expulsando mucho el CO2. 2. Contaminación de las aguas corrientes o terrestres - Contaminación de los ríos o lagos producidas por las aguas residuales de las industrias o de las casas y del lavado de materiales solidas 3. Contaminación del mar - Daña el ecosistema marino, es decir, toda la globalidad del mar, y deteriora el estado de sus aguas. 4. Contaminación electromagnética. - Es producida por las ondas electromagnéticas, de radio y televisión que ha alcanzado bastante envergadura a través de las crecientes incompatibilidades en el espectro de las ondas de radio y televisión, produciéndose variadas interferencias. 5. Contaminación de aceite viejo - No solamente los aceites usados contaminan el medio ambiente, sino que otros aceites naturales análogos que afectan las aguas continentales, como rí os, lagos, e incluso las aguas subterráneas, lo que es grave, porque es de ahí donde se saca el agua pura.
6. Contaminación radioactiva - Es el esparcimiento de material radioactivo a lugares donde se afecta o daña a las personas, perturbando los experimentos, o hacer que los productos o equipos sean inseguros para su fin específico. CLASIFICACION DE LOS CONTAMINANTES A. Biodegradables.- son los más sencillos de manejar y son los más fáciles de encontrar como las aguas servidas o agujas negras B. No degradables.- son desechos sólidos o de una lenta degradación, y entre estos encontramos los productos de aluminio, los detergentes de cadena larga, que son de muy lenta degradación, generalmente formados por sustancias como el shampoo arrojados al rio, lagos o mar, el vidrio que es el desecho sólido.
5. H aga un breve resumen sobre el desarr ollo sustentable
El concepto de desarrollo sostenible arranca en 1981, un autor norteamericano Lester Brow público un libro que se llama “Edificando una Sociedad Perdurable”, donde se establecen las bases del concepto de desarrollo sostenible. El uso y aprovechamiento racional o la reparación, en su caso, de los componentes del medio ambiente especialmente aquellos propios del país que sean únicos, escasos o representativos, con el objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración.
ACTI VI DAD DE APRE NDI ZAJ E N° 02 Lea desde la página 91 hasta 268 de texto base y realice lo siguiente
1. Que nos dice Pedro Fernández en relación al derecho ambiental Pedro Fernández nos dice que derecho ambiental “ es el conjunto de principios, leyes, normas, jurisprudencia que regulan la conducta humana dentro del campo ambiental, entendido como un sistema global, constituido por elementos naturales y ratifícales de naturaleza química, física, biológica o socioculturales, en permanente modificación por la acción. La intervención del Derecho en la relación hombre - medio, hizo surgir una nueva rama de las ciencias jurídicas que se le ha denominado derecho del medio ambiente o derecho ambiental. El derecho se ha considerado como una ciencia que regula las acciones de conducta de la sociedad a través de normas y sanciones. Toda la vida del ser humano está regulada por esta ciencia = desde la concepción, nacimiento, familia, educación, trabajo, organizaciones sociales, comerciales, internacionales, muerte, sucesión y todas las actividades que durante la vida desarrolla el hombre.
2. Conforme a la ley general del ambiente explique usted cuál de los objetivos le impacto más. A mi persona me impactó mas la ley SE BUSCA CREAR UNA INSTITUCIONALIDAD QUE PERMITA A NIVEL NACIONAL SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS AMBIENTALES EXISTENTES Y EVITAR LA CREACION DE OTROS NUEVOS. Con este principio se busca prevenir los problemas ambientales para vivir en un ambiente saludable, para ello se encuentran instancias que determinan en Consejo Nacional del Medio Ambiente, así como los departamentos ambientales del servicio de salud, realizando talleres de sensibilización en el cuidado del medio ambiente y así prevenir la contaminación ambiental.
3. Conforme a los principios de la política ambiental, diga Ud. Cuál de ellos le impacto más. A mí me impacto más el principio preventivo mediante el cual se pretende evitar que se produzcan problemas ambientales, no es posible seguir con la política ambiental que se seguía que operaba solo cuando se producía el problema. La ley enumera una serie de herramientas, como los sistemas que dijimos de prevención por el impacto ambiental para prevenir muchos problemas ambientales que se aquejan y toda la población tiene que participar para evitar este problema.
4. Como es entendido el derecho penal, en relación a la potestad, asimismo explique con sus propias palabras en forma breve. Una de las grandes preocupaciones de los últimos tiempos consiste en lo que se a dado de llamar el equilibrio ecológico, la caza es la mayor contaminación del medio ambiente producto del masivo indiscriminado arrojo de residuos, así como la excesiva capacitación por parte del hombre de determinados recursos naturales que con frecuencia se producen en cantidades que merecen el calificativo del depreda torio han determinado que los gobernantes del mundo cada cual a su manera adopten diversas índoles para cuidar el medio ambiente y subsistencia de los recursos esas medidas son básicamente de orden administrativo como limitaciones, prohibiciones regulaciones, etc. Pero también de naturaleza penal a efecto de otorgar normas administrativas una mayor coercitividad y un claro efecto disuasivo. En el código penal encontraremos diferentes normas o tipificaciones de la contaminación ambiental así como las penalidades que hay para las personas que dañan el medio ambiente
5. H able sobre el principio de justicia ambiental El principio ambiental fue incorporado parcialmente en el año 1989, ley General de Equilibrio Ecológico y la protección al medio ambiente, posteriormente en el año 1999, tuvo lugar a la reforma al artículo 4° de la constitución política, elevando al rango de garantía constitucional el derecho a un medio ambiente adecuado. El principio de justicia ambiental se ve enmarcado en las normas y resoluciones jurisdiccionales que se generan a consecuencia de los efectos ambientales, al ocuparse de los elementos ambientales, tales como los recursos naturales y constituyen a definir un régimen jurídico. Estamos ante un derecho subjetivo público que se configura al menos el derecho de todos los individuos a gozar un ambiente sano(art, 1 de la ley 28611) Se consagra como un buen jurídico tutelado por el sistema jurídico colectivo, relacionado con la forma de disfrutar y aprovechar el bien y su titularidad, sin excluir la garantía individual del derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado. Deben considerarse los alcances del principio de justicia ambiental, a la luz de la responsabilidad ambiental y la titularidad del derecho al medio ambiente con sus características de disfrute, pluralidad, equidad y eficiencia. Para el principio de justicia ambiental se requiere: a. A la necesidad de remediar el daño provocado por las externalidades que le verifican en la interferencias mientras existan normas la obtención de beneficios mayores de internalización de costos de beneficio mayores que la i nternalización de costos. b. El reconocimiento del interés jurídico confuso, es decir aquel que no corresponde exclusivamente a la nación, ni a los particulares si no a la colectividad, como la titularidad colectiva por naturaleza del bien jurídico medio ambiente, independientemente de que los recursos naturales pueda ser de naturaleza pública, privada o social, es decir es imperativo reconocer la acción de la clase. 6 . E xplique el principio rector de participación reciproca de estado y sociedad
El mejor modo de tratarlas cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos. Toda persona debe tener acceso adecuado a las información sobre el medio ambiente, disponga las autoridades públicas proporcionándose el acceso efectivo a los procedimientos juridiciales y administrativo, entre estos, el resarcimiento de daos, que solo se lograra eficazmente internalizado los costos ambientales en todos los sistemas de producción.
Título preliminar: derechos y principios Art. II del derecho de acceso a la información Toda persona tiene derecho a acceder adecuada y oportunamente a la información pública sobre las políticas, normas, medidas obras y actividades que pudieran afectar directa o indirectamente al medio ambiente, sin necesidad de invocar justificación e interés que motive tal requerimiento. Toda persona está obligada a proporcionar adecuada y oportunamente a las autoridades la información que estas requieran para una efectiva gestión ambiental, conforme a ley. Art. 68 de la constitución política del Perú El estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
7.H able sobre la participación del poder judici al en materia ambiental La participación del poder judicial en materia ambiental. El poder judicial y el órgano del control constitucional, el tribunal constitucional, tienen la responsabilidad de exigir el cumplimiento de las normas sobre conservación y protección ambiental y de contribuir con sus decisiones a la consolidación de los principios fundamentales del derecho ambiental, en tal sentido la administración de justicia es un elemento fundamental para el estado. Su relevancia se incrementa en tanto debe ser útil a la gente para hacer valer sus derechos, en este caso un derecho a un ambiente equilibrado adecuado para el desarrollo de la vida. Esto trae supuesto en el sistema de administración de justicia sea accesible para todos y que produzca resultados individual y socialmente justos. En el mismo sentido, el rol del ministerio público en tanto titular de la acción judicial en defensa de los intereses públicos tutelados por el derecho, es central en lo que respecta al derecho ambiental sobre todo cuando nos referimos al aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación y protección del ambiente en donde los intereses públicos requieren de un sistema de defensa idóneo para que se cumplan los objetivos del marco normativo ambiental No debemos dejar de un lado el rol de algunas importantes instancias administrativas que tienen competencias específicas en torno a la función sancionadora, administrativa así como el control de cumplimiento de las normas en instancia administrativa, como un primer paso de ser necesario solicitar la intervención de otras instancias. En el Perú, el ejercicio de la tutela jurisdiccional para la protección del medio ambiente se inició formalmente en 1990 con la promulgación del Código del medio ambiente y los recursos naturales (CMA). Esta norma reconoció por primera el legítimo interés de toda persona en iniciar demandas en defensa del ambiente y estableció que todo ciudadano tiene un interés moral en su protección. En perspectiva, el CMA tuvo el mérito de quebrar el sistema individualista del proceso civil en el Perú. Para reconocer el interés difuso o colectivo afectado por el daño ambiental. Luego en el año 2002 el código procesal civil, art. 82 desarrollo la figura incluyendo la participación de los gobiernos locales en dichos procesos.
INTRODUCCION Basta abrir un periódico o ver la televisión para notar que el medio ambiente esta de moda. Pero, ¿sabemos realmente de que estamos hablando?
EL MEDIO AMBIENTE ES EL COMPENDIO DE VALORES NATURALES, SOCI ALE S Y CUL TUR ALE S E XI STE NTE S E N UN LUGAR Y UN MOM E NTO DETE RMI NADO, QUE I NFLUYEN E N LA VI DA MATE RI AL Y PSICOLOGI CA DEL H OMBRE Y EN F UTURO DE GENER ACIONES VE NIDE RAS. Es decir, no se trata solo del espacio en el que se desarrolla la vida de los, seres vivos. Abarca, además, seres humanos, animales, plantas, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura.
Dedico este trabajo a mis padres y hermanos por l os Esfuerzos máximos que me brindan para seguir estudiando
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