"Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional" Nada me faltará ” Salmos 23:1
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ESPECIALISTA EXPEDIENTE ESCRITO CUADERNO SUMILLA
: : : 01-2018. : PRINCIPAL : Demanda de
filiación judicial de paternidad extramatrimonial y prestación prestación de alimentos. alimentos.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE PUERTO BERMÚDEZ, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO. MARISCALA TERESA SANTOS PEÑA, identificada con DNI. N° 73341078, con domicilio real y habitual en el Barrio Las Lomas Lomas s/n (Ref. A 50 metros del Grifo de Roberto Cáceres – Puerto Bermúdez), SEÑALANDO domicilio procesal en la Av. Bosquecillo s/n – Puerto Bermúdez, (Ref. “Mecánica Hurtado” Frente a la discoteca Iguana Rana, es decir a 50 metros del Centro de Salud de Puerto Bermúdez – Oxapampa - Pasco); Casilla Judicial Electrónica N° 28969 – SINOE; SINOE; ante usted con el debido respeto me presento y digo: I.- PETITORIO: Acudo a vuestra judicatura a efectos de INTERPONER DEMANDA DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL a fin que reconozca la paternidad de mi hijo BREITNER GAEL ARTURO SANTOS (02) Y ACUMULATIVAMENTE como pretensión accesoria 1) SOLICITO se me otorgue una pensión de alimentos del 50% de la remuneración que comprenda también los beneficios sociales del demandado en calidad efectivo policial - miembro de la Policía Nacional del Perú, y como pretensión accesoria 2) SOLICITO el pago del derecho alimentario de mi menor hijo durante los sesenta días anteriores y los sesenta días posteriores al parto con todos los gastos ocasionados por el embarazo ascendiente a la suma de S/. 3,000.00 soles (Tres Mil y 00/100 soles), de conformidad a lo establecido por el Art. 414º del Código Civil, por los fundamentos de hecho y derecho que a continuación expongo: 1
Intersección del Jr. Marcos Cánepa y Jr. Andahuaylas – Villa Villa Rica – Oxapampa Oxapampa - Pasco
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II. DATOS Y DOMICILIO DEL DEMANDADO: ROGER ENRRIQUE ARTURO HUACACHINO, identificado con DNI. N° 47936127, a quien se le deberá de notificar en su domicilio legal según Ficha RENIEC sito en MALECÓN LOS INCAS N° 827 del distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco. III. FUNDAMENTO DE HECHO: 2.1. DE LA FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL. EXTRAMATRIMONIAL. PRIMERO.- Señor Juez, con el hoy demandado hemos mantenido una relación sentimental en la época concepción de mi menor hijo, sin embargo, el hoy demandado luego de enterarse que estaba embarazada me pidió que cuando nazca nuestro bebé no le exija reconocerlo porque estaba postulando a la Policía Nacional del Perú, y sería un impedimento, empero cuando ya ingresara a la institución antedicha allí si iba a reconocerlo formalmente. formalmente. SEGUNDO.- Sin embargo, luego de que el demandado ya ingresara a la PNP como efectivo policial, ya se ha hecho al desentendido de su responsabilidad como padre, tanto así que no lo ha reconocido como prometió, prometió, ni mucho menos le asiste a los alimentos. TERCERO.- El demandado no se ha hecho cargo del nacimiento de mi hijo BREITNER GAEL ARTURO SANTOS (02) quien ha nacido en el distrito de Puerto Bermúdez, y no se ha hecho cargo de mi embarazo ni de los gastos del parto, ni mucho menos de la etapa del post parto, es por ello ello que solicito como petición petición accesoria 2) la suma de S/ 3,000.00 soles de conformidad al derecho que me asiste de acuerdo a lo establecido por el Art. 414º 4 14º del Código Civil CUARTO.- Asimismo, en cuanto al petitorio 1) que es sobre los alimentos que estoy requiriendo para mi menor hijo, es porque el demandado ha hecho caso omiso en asistir un sustento digno para el libre desarrollo físico y psicológico psicológico de mi menor menor hijo, el cual la suma del 50% de sus remuneraciones coadyuvarán al goce y desarrollo en todos los
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QUINTO.- Que, su despacho deberá de ordenar de conformidad con lo prescrito por el artículo 2º de lala Ley 28457, que reconozca o en todo caso tiene derecho a OPONERSE, pero dicha oposición deberá de ser seguido por el ofrecimiento de realizarse la prueba prueba del ADN, dentro de los DIEZ días días siguientes a la contestación. contestación. SEXTO.- Que, en caso de que el demandado NO CONTESTE, u oponiéndose no tenga el interés de realizarse el Examen de ADN. Su despacho deberá de apercibirle que de conformidad con lo establecido por el artículo 1 y 2 de la Ley 28457, su despacho expedirá Resolución Resolución declarando la filiación filiación entre el demandado y el menor. Por tales consideraciones señor Juez, solicito de DECLARE FUNDADA MI DEMANDA Y SE DISPONGA LA FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL, del demandado frente a mi menor hijo. 2.2 DE LOS ALIMENTOS: PRIMERO.- El demandado señor juez, tal y como ya lo he mencionado en el acápite cuarto del precedente, hasta la actualidad actualidad no ha ha cumplido con asistir económicamente económicamente a mi menor hijo con una pensión de alimentos que sea decorosa para su subsistencia, pese habérselo exigido en varias oportunidades y considerando la corta edad con que cuenta nuestro menor hijo. SEGUNDO.- A la fecha el demandado cuenta con un trabajo conocido como efectivo policial, que le permite sufragar los gastos de alimentos solicitados, pues en su condición de Policía Nacional del Perú, percibe una remuneración mensual superior a los S/. 3,000.00 (TRES MIL SOLES), cantidad dineraria que resulta suficiente para que pueda atender su obligación de padre, además de no tener otra carga familiar. TERCERO.- Que, el demandado ha omitido cumplir con su obligación de asistir económicamente a su menor hijo. Sola como madre he venido sosteniendo de forma unilateral y muy limitada los gastos en alimentación y vestido para mi menor hijo; llegando incluso a verse afectada la salud e integridad física de los mismos por cuanto no acceden a una nutrición adecuada. CUARTO.- Que, vuelvo a recalcar señor Juez, que el demandado, no se ha dignado en asistirme en mi etapa pre y post parto, haciéndose al desentendido, causándome por su accionar un daño moral que no estoy considerando cuantificarlo, sin embargo, tengo derecho al resarcimiento de los gastos por concepto de alimentos conforme lo establece
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EXTRAMATRIMONIAL, por encontrarse acreditado el entroncamiento filial del demandado con mi menor hijo. III. FUNDAMENTO DE DERECHO: Amparo la presente demanda en lo que ordena la Ley Nº 28457 modificado por la Ley Nº 29821, que regula el proceso de filiación de paternidad extramatrimonial, y el Artículo 560º del Código Procesal Civil. Que, amparo la presente en lo prescrito por el artículo 1, 2, y demás siguientes pertinentes de la Ley Ley 28457, artículo 402 inciso inciso 6, del Código Civil, respecto del derecho sustantivo y la parte adjetiva en lo prescrito por el artículo 53°, 57° de la Ley Orgánica del Poder Poder Judicial modificado modificado por la Ley 28457. IV. VÍA PROCEDIMENTAL: La presente demanda debe sustanciarse como proceso especial establecido en la Ley Nº 28457. V. MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco los siguientes medios probatorios: 1. Acta de Nacimiento de mi menor Hijo BREITNER GAEL ARTURO SANTOS (02), con el cual acredito que si se encuentra con los apellidos del demandado, empero no consta la firma de éste. 2. Copia de DNI de mi menor hijo BREITNER GAEL ARTURO SANTOS (02 ), en donde se aprecia los datos del padre la del demandado. 3. Prueba de ADN. VI. ANEXOS: 1-A. Copia de DNI. de la recurrente. 1-B. Acta de Nacimiento de mi menor Hijo BREITNER GAEL ARTURO SANTOS (02), con el cual acredito que si se encuentra con los apellidos del demandado, empero no consta la firma de éste. 1-C Copia de DNI de mi menor hijo BREITNER GAEL ARTURO SANTOS (02 ), en donde se aprecia los datos del padre la del demandado. 1-D. Certificado de Inscripción del Demandado en donde se aprecia el domicilio legal
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POR LO EXPUESTO: A usted señor Juez, PIDO admitir la presente demanda, por estar arreglada a derecho. PRIMER OTROSI: De conformidad con lo establecido en el Art. 80 del Código Procesal Civil, OTORGO las facultades de representación representación procesal a favor favor del letrado letrado que autoriza el presente escrito, el mismo que se refiere el artículo 74 del mismo cuerpo legal, dejando constancia constancia de que me encuentro instruida instruida de los alcances y efectos de las facultades de representación que otorgo, otorgo, señalando como domicilio domicilio el del exordio del presente escrito de la demanda. SEGUNDO OTROSI: De conformidad con el inciso b) del artículo 24º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y al amparo del Artículo 7° Literal C de la Resolución Administrativa N° 105-2018-CE-PJ de fecha 10 de abril del 2018, me encuentro exonerada del pago de aranceles judiciales. Puerto Bermúdez, 18 de Octubre del 2018.