“AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO”
ESCUELA PROFESIONAL DE: GESTIÓN Y NEGOCIOS
DEONTOLOGÍA RPOFESIONAL
ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR CARRERA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD DOCENTE: Heydi Karina Molina Yangali INTEGRANTES: DE LA CRUZ LUJAN, Danny HUAMANI LEON, Katherin Milagros PEREZ SANABRIA, Daniel HUANCAYO – PERÚ PERÚ
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DEDICATORIA A Dios por darnos vida y salud. Al Instituto Continental, por acogernos en esta casa de estudio y por el apoyo brindado durante este periodo de aprendizaje.
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INTRODUCCIÓN............................................................................................................................. 4 DATOS GENERALES DE LA EMPRESA ............................................................................................. 5 NOMBRE DE LA EMPRESA ......................................................................................................... 5 NUMERO RUC............................................................................................................................ 5 REGIMEN ................................................................................................................................... 5 REPRESENTANTE LEGAL ............................................................................................................ 5 UBICACIÓN DE LA EMPRESA ..................................................................................................... 5 RUBRO ....................................................................................................................................... 5 FICHA R.U.C. .............................................................................................................................. 5 SITUACIÓN PROBLEMATICA .......................................................................................................... 6 EL ORIGEN ................................................................................................................................. 6 PERSONAS IMPLICADAS ............................................................................................................ 6 PRUEBAS.................................................................................................................................... 7 DATOS DEL CONTADOR............................................................................................................. 8 FICHA RUC ................................................................................................................................. 8 BASE LEGAL ............................................................................................................................... 8 EXPEDIENTE............................................................................................................................... 9 IMPOSICION DE PENA PARA LELIO BALAREZO YOUNG........................................................... 10 IMPOSICION DE PENA PARA EDMUNDO ACOSTA SANTA CRUZ ............................................. 11 CONCLUSIÓN ............................................................................................................................... 12
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INTRODUCCIÓN La Sunat informó
que
durante
el 2014 el Poder
Judicial sentenció
a 59
personas a prisión efectiva, con penas que van desde los cuatro hasta 13 años, principalmente por la comisión del delito de defraudación tributaria (19) y delitos aduaneros (40). Según reporta la Procuraduría Pública de la Sunat, el mayor número de sentenciados proviene de Lima -con 21 sentenciados- y la modalidad de delito tributario más frecuente fue la utilización de comprobantes de pago falsos, especialmente para sustentar indebidamente el crédito fiscal. En el presente trabajo se muestra un caso de defraudación tributaria, el cual la empresa implicada es BACONGESA y tiene como autores del dedito a Lelio Balarezo Young y a su contador Edmundo Acosta Santa Cruz. Este informe presenta información más detallada sobre el caso mencionado como también datos sobre los implicados y el expediente del caso.
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DATOS GENERALES DE LA EMPRESA NOMBRE DE LA EMPRESA
Balarezo Contratistas Generales S.A.
NUMERO RUC 20100113962
REGIMEN
Régimen General
REPRESENTANTE LEGAL
Balarezo Young Lelio Nelson – Gerente General
UBICACIÓN DE LA EMPRESA
Jr. Fray Luis De León Nro. 752 (alt. cdra. 29 De La Av. Aviación) en Lima / Lima / San Borja.
RUBRO
Se encuentra dentro del sector Construcción Edificios Completos. Registrada dentro de las sociedades mercantiles y comerciales como una SOCIEDAD ANONIMA.
FICHA R.U.C.
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SITUACIÓN PROBLEMATICA EL ORIGEN Este caso se remonta al 2003. Según la acusación, en aquella época la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) detectó irregularidades en las facturas que presentó la empresa Balarezo Contratistas Generales S.A. - Bacongesa, documentos que sustentaban compras fantasmas que nunca se llegaron a efectuar, hasta que la entidad tributaria realizó el cruce de información. Este hecho le permitió la evasión de impuestos por un total de 5 millones 934 mil 482 nuevos soles a través de la obtención indebida de crédito fiscal, entre los años 1995 y 1997. La condena contra Balarezo se sustenta en la presentación de facturas falsificadas y adulteradas de proveedores ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) a través de su empresa Balarezo Contratistas Generales S.A.
PERSONAS IMPLICADAS En la denuncia inicial fueron involucradas más de 14 personas, pero hasta el momento solo dos han sido sentenciadas:
Gerente General: Balarezo Young Lelio quien fue sentenciado a 5 años de prisión efectiva Contador: Acosta Santa Cruz quien fue sentenciado a cuatro años de prisión efectiva.
La Sala Penal Nacional cumplió con notificarlos el pasado 22 de abril, pero hasta el momento ninguno de los dos sentenciados se ha presentado en la sede judicial.
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PRUEBAS Según la acusación de la Tercera Fiscalía Superior Nacional, a cargo de Luis Landa Burgos, algunos comprobantes registraban una descripción de bienes adquiridos por la empresa de Balarezo, pero no pertenecían al giro del proveedor, y había facturas de diferentes firmas que consignaban el mismo tipo de letra. A esto se sumaron declaraciones de representantes de las empresas proveedoras. Ellos afirmaron que nunca emitieron facturas a nombre de la Constructora Balarezo, y en algunos casos que fueron por montos menores a los consignados ante la Sunat. La República tuvo acceso a los comprobantes y pudo observar, por ejemplo, que la empresa Comercial Alvarado emitió la Factura N° 18914 por un monto de S/. 9.00 a Contratistas Balarezo, pero esta presentó ante la Sunat el mismo documento por S/. 751,483.00. Asimismo, se giró la Factura N°18912 por S/. 27.00 y posteriormente fue adulterada consignándose un monto de S/. 583,764.00. En otro momento, la empresa de Balarezo presentó tres facturas presuntamente emitidas por Artículos Sanitarios Armando Chong SRL (N° 35384, 35674 y 35877) por los importes de S/. 728,697.20, S/. 425,637.80 y S/. 399,677.80. Pero según el registro de facturas de la empresa proveedora, esos comprobantes se emitieron a nombre de otras personas y por montos menores. Similar fue la respuesta de la empresa Proveedores de Láminas y Afines S.A., cuyas facturas fueron falsificadas por la empresa Balarezo y presentadas ante la Sunat por montos como S/. 251,981.92, S/. 374,142 y S/. 306,800.
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DATOS DEL CONTADOR Uno de los implicados es el contador cuyo nombre es Edmundo Enrique Acosta Santa Cruz
FICHA RUC
BASE LEGAL TITULO I DELITO TRIBUTARIO DEFRAUDACION TRIBUTARIA Artículo 1.- El que, en provecho propio o de un tercero, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, deja de pagar en todo o en parte los tributos que establecen las leyes, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años. Artículo sustituido por la Décimo Primera Disposición Final de la LEY Nº 27038 LEY PENAL TRIBUTARIA, PUBLICADA EL 31-12-98 , cuyo texto es el siguiente: "Artículo 1.- El que, en provecho propio o de un tercero, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, deja de pagar en todo o en parte los tributos que establecen las leyes, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 5 (cinco) ni mayor de 8 (ocho) años y con 365 (trescientos sesenta y cinco) a 730 (setecientos treinta) días-multa."
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EXPEDIENTE
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IMPOSICION DE PENA PARA LELIO BALAREZO YOUNG
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IMPOSICION DE PENA PARA EDMUNDO ACOSTA SANTA CRUZ
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CONCLUSIÓN
La defraudación tributaria es un delito penado y pagado con multa en nuestro país, hoy en día somos testigos de cada caso en nuestro medio profesional ético, que nos lleva a una decepción de profesionales que incumplen con la ley dejando en el olvido nuestros principios contables.
La defraudación tributaria es un hecho que de manera indirecta afecta a la sociedad y que desmotiva a la formalización de las empresas.
La ética del profesional es cada vez más irrelevante para los profesionales ya que existe una creciente de casos de fraude tributario por parte de empresas y los involucrados son directamente contadores y por ende cada vez más se pierden valores individuales que son absorbidas con actos contra la ética y moral.
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