BENEFICIOS BENEFICIOS DE DE LA LEY LEY N° 16.744 16.744 Área Gestión Preventiva
Beneficio Benefic io de la Ley N° N° 16.744
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TEMARIO 2
Introducción. Objetivos. Conceptos Básicos. Personas Protegidas. Contingencia Cubierta. Financiamiento. Roles de la Ley 16.744. Obligaciones del Estad o. Prestaciones Ec onómicas. Obligaciones de los Organismos Administrad ores. Rol Preventivo. Instituciones Ec onómic os. Accidente de Trabajo. Accidente de Trayecto. Referencias Bibliográficas.
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INTRODUCCIÓN 3
La normativa legal vigente exige a las empresas cumplir c on diversos requerimientos relacionad os c on la Prevención de Riesgos Laborales. El cumplimiento de estas obligaciones c onstituye un elemento fundamental para asegurar un pis o mínimo de c ondiciones de higiene y seguridad al interior de las organizaciones. El ISL, en su r ol ol c omo asesor en Prevención de Riesgos Laborales y administrad or del Segur o c ontra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Pr of esionales, apoya a sus empresas of esi c lientes en el cumplimiento de estas obligaciones legales básicas. La Ley 16.744, se pr omulgo el 1 de f ebrer ebrer o de 1968. A la Ley 16.744 se le identif ica ica el espíritu de solidaridad nacional, sujeto responsable no hay y el segur o persigue f ines ines sociales, sin pr opósito de lucr o, obligatorio y amplio , cubre a toda empresa y a todo trabajador, con un sistema de extensión gradual
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OBJETIVOS 4
Prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. e trabajo d e e l l Curar mediante el otorgamiento otorgamiento de prestaciones prestaciones médicas. Re stituir stituir la capacidad d e trabajador.
e mnizar eparar parar la pérdida d e e los me dios e subsisten cia. Ind e mnizar para r e dios d e cia.
habilitar para d e v olve r toda o en parte la capacidad d e Re habilitar evolv e trabajo d e e l trabajador.
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CONCEPTOS BÁSICOS 5
e la Le y N° 16. Bene ficio ficio d e 16.744 744
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Salud n e stado eto e biene star e en f e rm Es un e stado compl e t o d e star físico, Men tal tal y social, y n o solo la ausen cia cia d e en fe rme dad dad e z o in valid valid e
Trabajo Es la prin cipal cipal fuen te d e gr e s . Le pe rmit rmite satisfac e c e s idad e e in gr eso so para los trabajador e es. e r sus ne c esidad e s e alimen tació e ten ció básicas d e tación , vivien da, da, e ducació ducación , ve stuario stuario y en tr tr e ción . sgo Rie sgo e trabajo que pue da n año a l tr a a ba ja dor Toda si tuac tuac i i ón d e da ocasi o ona a r d añ dor
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Acc i i d den e n te a do es ea bl e , mucha s ve c e s dr a amát áti co en to, i a lm Even to to ine sp spe r ra do n o d e bl e c e m co o muy vi ol ol en to, e sp spe c cia lmen te cuan do do c a u sa a lgún ti po po d e in c a c i i d da rte aus a a lgú e in c a pa c a d o mue rt
e ven c Pr e c i i ón año o pe rd a n o d e es ea do. Ve r veni r,r, an ti c c i i pa rs rse o e vi ta r un d añ rd i i d da n do.
Sa lud lud Ocupa c c i i o ona a l l n e biene st ia l d e e los tr a a ba ja dor es Promove r y man tene r r e l ma s a lto lto ni ve l d e sta r físi co, co, men ta l y soc ia dor e rc i i c c i i o d e bor. en e en e l l e je rc e su l a a bor.
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Mar co LEY 16. 16.74 7444 sobre accidentes del trabajo y enf erme ermedades pr of esionales co Legal - LEY of esi Def ini inición: La Ley Nº 16.744 (publicada en el Diario Of icial el 1º de Febrer o de 1968) declara la obligatoriedad de un segur o social contra Riesgos de Accidentes del of esi Trabajo y Enf erme ermedades Pr of esionales.
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Esta ley cumple con todos los principios de la seguridad social moderna, tales como:
Permititee distribuir los aportes de aquellos que cotizan más, a f av avor Solidaridad: Perm los que cotizan menos.
de
Universalidad: Pr otege a todos los trabajadores (incluso cubre también a los de acuer do do a lo establecido en el Decreto Supremo N° 313) 313)..
estudiantes,
Integridad: Todos los recursos se destinan al trabajador, desde prevenir los ocupacionales, hasta las prestaciones médicas y económicas, en caso of esi accidente o enf erme ermedad pr of esional.
riesgos de ocurrir el
Igualdad: Todos los trabajadores tienen los mismos derechos y benef icios.
Subsidiaridad: (Aseguram (Aseguramient iento Total)
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PERSONAS PROTEGIDAS 10
Trabajadores Dependientes (Sector Privado) Funcionarios Públicos Trabajadores Independientes (Pescadores, Artesanales, Pirquiner os, etc.) Los Estudiantes que deban ejecutar Trabajos
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CONTINGENCIAS CUBIE RTAS 11
Accidentes de Trabajo ra a causa o con ocacion del trabajo, y que les ´Toda Lesion que una Pers ona suf ra pr od odusca incapacidad o muerteµ.
Excepciones: Fuerza Mayor e intencionalidad.
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Accidentes del Trayecto (Directo) Aquellos ocurridos en el trayecto directo, de ida o regres o, entre la habitación y lugar de trabajo.
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el
13 Enfermedades Profesionales ´Aquella pr od oducida de manera directa por el ejer cicio de la pr of of esión esión o el realice una persona y que le pr od oduzca incapacidad o la muerteµ.
D.S. Nº 109.
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trabajo que
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Administración del Segur o La administración del Segur o Social contra accidentes del trabajo y enf erme ermedades of esi Pr of esionales, estará a cargo de: Sistema Nacional de Servicios de Salud Administración Estatal Instituto de Normalización Pr ovisional (INP) Servicios de Salud Regionales INP Sector Privado Administración Privada Mutualidades de Empleadores (CC.CH. dela C. ² ACHS ACHS ² ASIV ASIVA) A) Administración Delegada
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FINANCIAMIENTO 15 Cotizaciones
Mensuales
Cotización Cotización Básica Básica ± 0,95% del SI Cotización Adicional Riesgo Presunto Presunto (D.S. (D.S. Nº 110) 110) ± de 0% a 3,4% del SI Riesgo Efectivo (D.S. Nº 67) Hasta 6,8% del SI
SI: Sueldo Imponible
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de los Trabajadores
Multas
Derecho a Repetir
Utilidades o Rentas de Inversiones en Fondos de Reserva Re serva
La cancelación mensual de las dos cotizaciones, por concepto del Segur o, usted la debe hacer antes de los primer os 10 días de cada mes. B enefi eneficio de la Ley N° N° 16. 16.744 744
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ROLES DE LA LEY 16.744 17 Rol Preventivo
Rol Indemnizador
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OBLIGACIONES DEL EST ESTADO ADO 18
Supervigilancia y f is iscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo a través de los Servicios del Sistema de Salud. (Art. Nº 65). Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo necesarias en las empresas o entidades a través de los Servicios de Salud y aplicar sanciones por incumplimiento. (Art. Nº 68).
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19 Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad segurida d en el trabajo que las empresas adheridas deban implantar. im plantar. Aplicar alzas o rebajas de cotización adicional adicio nal diferenciada. (Decreto Nº 67).
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ROL PREVENTIVO 20
Obligaciones de la Empresa
Cumplir con el derecho a Saber.
Elaboración de Reglamento Interno de H y S.
Implementar Medidas de H y S.
Pr opor cionar Elementos de Pr otección Personal a los Trabajadores que lo requieran.
Mantener Estadísticas de Siniestralidad al Día.
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21 Organismos Internos
Comités Paritarios de H y S Empresas con mas de 25 Trabajadores Departamento de Prevención de Riesgo Empresas con mas de 100 Trabajadores
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22 Obligaciones de
los Trabajadores
Cumplir con el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por el Servicio de Salud, Organismo Administrador, Administrador, Departamento de Prevención de Riesgos o Comité Paritario de Higiene y Seguridad Utilizar y cuidar los Elementos Eleme ntos de Protección Personal Acudir a exámenes médicos de control. Participar activamente en el actividades de prevenci ón de riesgos a través del Comité Paritario
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INSTITUCIONES PA RTICIPANTES 23
Código del Trabajo Ministerio del Trabajo: Elaboración de normas. Inspección del Trabajo: Fiscalización. Ley 16.744 y Reglamentos Ministerio del Trabajo: Elaboración de normas. SUSESO: Fiscalización a administradores, resolución de reclamos. Ministerio de Salud: Fiscalización de servicios médicos y empresas, normas. Organismos Administradores: INP Sector Activo y Mutualidades. Servicios de Salud: Colabora con INP Sector Activo. Decreto Supremo N° 594 594 y Código Sanitario Ministerio de Salud: Elaboración de normas. Servicio de Salud: Fiscalización de empresas. Dirección del Trabajo: Fiscalización de empresas.
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elaboración de
ROL INDEMNIZADO R 24
Prestaciones Medicas (Convenios) Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos pr ovistos por el INP, a domicilio.
Hospitalización si f uere uere necesario, a juicio del f acultativo tratante.
oductos f arma Medicamentos y pr od armacéuticos.
Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.
o
ísica y reeducación pr of esional. Rehabilitación f ísi of esi Los gastos de traslado y cualquier otr o que sea necesario para el otorgamiento estas prestaciones.
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de
PREST ESTACIONES ACIONES ECONÓMICAS 25
Por Incapacidad Temporal Por Incapacidad Permanente Invalidez Par cial 15% 15% - 40% 40% de PCG 40% 40% - 70% 70% de PCG Invalidez Total PCG >= 70% Gran Invalidez Pér dida de Autonomía
Indemnización Pensión
PCG: Pérdida de B enefi eneficio de la Ley N° N° 16. 16.744 744
Capacidad Ganancia
26 Pér dida de Capacidad de Ganancia
Prestación Económica
Período
Indemnización entre 1,5 hasta 15 veces el suelo base
Sólo se indemniza por una sola vez
Invalidez Par cial Entre un 15% y un 40%
Entre un 40% y un 70%
Pensión, de un 35% del sueldo base
Mensual
Invalidez Total Igual o superior a un 70%
Pensión, de un 70% del sueldo base
Mensual
Gran Invalidez Necesita de ter cer os para realizar los actos elementales de su vida
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Pensión, hasta un 140% de sueldo base, dependiendo de las asignaciones f ami amiliares existentes en el perí odo odo de evaluación
Mensual
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Por Muerte
Asignación Por Muerte (Cuota Mortuoria).
Pensión por Supervivencia.
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Administrativos a Seguir en caso de Accidente de Trabajo o Trayecto
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ACCIDENTES DE T RABAJO 29
Denuncia
24 hrs.
Realizada por el medico tratante, compañer o de trabajo, el mismo af ectado o cualquier persona que conozca de los hechos.
Información Indispensable
Formulario DIAT.
Fotocopia del Carnet de Identidad del Af ectado.
Fotocopia del contrato del Trabajo.
Ultima Planilla de Pago. (INP Sector Activo)
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Pr oc ocedimiento Accidente
Llenado del formulario DAT
Presentación de Sucursal INP
Formulario DIAT. Fotocopia del Carnet de Identidad del Accidentado. Fotocopia del Contrato de Trabajo del Accidentado. Última Planilla de pago (INP Sector Activo).
Sucursal emite orden de atención
Flujo de Pr oc ocedimientos. Documentos.
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Pr oc ocedimiento Trabajador Trabajador accidentado acude a Prestador Médico
¿Se requiere tiempo de reposo?
Orden de Atención
NO
Tratamiento Médico sin días de reposo o Alta Médica
SI Tratamiento Médico con días de reposo
Licencia Médica Flujo de Pr oc ocedimientos. Documentos.
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Pr oc ocedimiento Licencia Médica.
Presentación de Licencia en la COMPIN
Fotocopia del Contrato de Trabajo del Accidentado. Formulario DIAT. 3 últimas Planillas.
NO ¿Se acoge la Licencia a La Ley 16.744?
Se cursa Licencia por Régimen de Salud Común
SI Mediante
Resolución se reconoce el diagnóstico y los días de Licencia
Presentación de antecedentes en Sucursal INP
Se efectúa el pago de los días de Incapacidad
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Resolución
Resolución.
Licencia Médica. 3 últimas Planillas.
Flujo de Pr oc ocedimientos. Documentos.
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¿ Que hacer en Caso de Urgencia?
El trabajador debe acudir Inmediatamente a un centr o asistencial en el INP Sector Activo.
convenio con
Pr obablemente, se le solicitara al ingreso, un documento en garantía Pagaré, etc.)
(Cheque,
Posteriormente, se retira la or den de Atención (OA) en la Sucursal Activo.
INP Sector
Se debe Entregar la OA al Prestador Médico, junto con retirar el documento que se dejo en Garantía.7
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Prestadores Médicos en Convenio con el INP Sector Activo Red Hospitalaria del Servicio Nacional de Salud.
A.CH.S.
Mutual de la C.Ch.C.
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ACCIDENTES DE T RAYECTO 35
Pr oc ocedimiento Equivalente al de Accidentes del Trabajo Se debe Ad juntar a los Antecedentes un medio de prueba f eha ehaciente, que acredite la ocurrencia del hecho (Parte Policial, Constancia de carabiner os, dos Testigos, etc...)
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REFERENCIAS BIBLIOG RÁFICAS 36
Ley N° 16.744, 16.744, Estab Establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enf erme ermedades Pr of esionales. of esi Instituto de Administración de Salud / Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas / Universidad de Chile, Curso: Orientación en Prevención de Riesgos. Folleto Ley 16744, elaborado en INACAP, área Seguri dad Industrial. com.htm Página web del INP. La seguridad social en Chile. monograf ía/_ ía/_ co
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BENEFICIOS DE LA LEY N°16.744 Gestión Preventiva
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