Expediente Nº: 2015-608-FILI Expediente 2015-608-FILIACION ACION JUDICIA JUDICIALL Secretri!: "rit# S S$% &' &'i# E%crit!: 02 IN(E&)ON*O &ECU&SO DE A)ELACI+N SE,O& JUE DEL JU*ADO DE )A LE(&ADO DE A.NA: EL/ EL/A AU AU&E &ESS FLO FLO&ES &ES, en el proc proces esoo segu seguid idoo cont contra ra CARL CARLOS OS CUADROS ROS OROS ROSCO, sobre obre Filia iliacción ión Judic udicia iall de Pate Patern rnid idaad Extraatrionial Extraatrionial ! otro, a usted respetuosaente respetuosaente digo" IN(E&)ON &)ON*O *O &ECU &ECU&SO &SO DE A)E A)ELACI LACI+N +N #ue #ue en tie tiepo po opor oportu tuno no IN(E CON(&A EL AU(O UE DECLA&A I")&OCEDEN(E LA DE"ANDA contenida en la Resolución $% &' de (ec)a '* de diciebre del +&', al existir error de )ec)o ! de Derec)o en la decisión el Jue- de Pa- al oento de .eri(icar los )ec)os expuestos, expuestos, erituar los edios probatorios ! el petitorio planteado, con la (inalidad de /ue el Superior en grado con e0or apreciación en su oportunidad re.o/ue dic)a decisión ! re(or1ndola disponga se adita la deanda ! se le d2 el tr1ite /ue corresponde, en 2rito a los siguientes (undaentos" I
E&&O& E&& O& DE DE ECO ECO . DE DE DE&EC DE&ECO O CON CON(EN (ENIDO IDO EN LA &E &ESOL SOLUCI UCI+N +N UE SE I") I")U*N U*NA: A:
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#ue, se se )a dean deandado dado la la Declarac Declaración ión de de Filiació Filiaciónn Judicia Judiciall de Paterni Paternidad dad Extra Extraatri atrionia oniall contra contra la persona de CARLOS CUADROS OROSCO, con la (inalidad de /ue ante la negati.a de 2ste con recon reconoc ocer er a su enor enor )i0o )i0o 4ilber 4ilbertu tu 4on-a 4on-alo, lo, el 5rgano 5rgano Jurisd Jurisdicc iccion ional al proce proceda da a decla declarar rar 0udicialente dic)a paternidad por los (undaentos (undaentos expuestos en la deanda6 asiiso, en (ora acuulati.a accesoria se )a solicitado una pensión alienticia a (a.or del enor3
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#ue, #ue, coo coo edio edio de prueba prueba de la prete pretensi nsión ón se )a presen presentad tadoo el Acta Acta de $acii $aciient entoo del enor enor 47L8ER9: 4O$;ALO F74UEROA AURES, expedido por la
ir3 %e enc'entr en 47$nc!, es decir, no se )a sido consignado el nobre del declarante, ni se )a estapado )uella digital alguna, ni se )a suscrito alguna (ira /ue corresponda al padre del enor3
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#ue, #ue, el (unda (undaen ento to del del Auto Auto /ue /ue Declar Declaraa 7proc 7procede edente nte la la Dean Deanda, da, es /ue /ue > del estudio de autos y anexos se advierte que en el acta de nacimiento del menor CHANDÉ JARA MORALES , nacido el
11 de julio del 2003, se puede verificar claramente que en opornunidad ha sido reconocido por su padre PABLO JARA MASCO , donde inclusive a estampado su huella digital y firmado en el rubro de declarante, consencuentemente el referido menor tiene como padre biológido a P!"# $% &'(#) por lo que no es procedente aplicar la "ey *+ 2-21, por cuanto el menor ./"!% .#*" 4/.5%# 5%', se puede verificar claramente que en su oportunidad ha sido reconocido como padre biológico a .ildo figueroa Prado) generando ciertas observaciones en la referida cta, consecuentemente la recurrente tiene como padre biológico en su demanda de fecha 10 de diciembre del presente a6o a7 (%"#' (58%#' #%#'(#) por lo que no es procedente aplicar la "ey *+ 2-21, por cuanto la menor a la fecha no se encuentra identificada, por su referido progenitor) toda vez que la citada se aplica a persoas aturales que !a"#s $uero
recoocidos por su padre %iol&'ico 9:::;?3 *%3
#ue, de dic)a (undaentación se obser.an >crasos? errores coetidos por el Ju-gado de Pa-, coo son los siguientes" a@ En la deanda no se )a solicitado en ningn extreo /ue Pablo Jara declarante? padre@ del enor 4ilbert! 4on-alo Figueroa Aures3 c@ #ue al no )aber actuado el deandado CARLOS CUADROS OROSCO coo declarante en el acta de naciiento, ni tapoco 47LDO F74UEROA PRADO, no se puede considerar /ue el padre del enor es 4ildo Figueroa Prado, puesto /ue 2stos en ningn oento )an declarado ser padres del enor3
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Asiiso, el Ju-gado a incurrido en error de derec)o, al considerar /ue la Le! $% ++' no es aplicable al caso, por el )ec)o de /ue la recurrente )a!a consignado coo padre del enor a la persona de 4ildo Figueroa Prado6 sin ebargo, tal coo se aprecia del acta de naciiento del enor, 2sta persona de 4ildo Figueroa Prado, no )a >estapado? ni su )uella digital, ni )a consignado su nobre ni )a suscrito el acta de naciiento, por tanto, al no existir padre /ue )a!a reconocido al enor dic)a nora si es de aplicación al caso, !a /ue JA
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En base a 2stos (undaentos, corresponde /ue se disponga /ue la deanda sea aditida, ! luego del tr1ite respecti.o, se declare 0udicialente /ue la paternidad del enor 4ilbert! 4on-alo, corresponde al deandado CARLOS CUADROS OROSCO, tal coo )a sido peticionado en la deanda3
II
NA(U&ALEA DEL A*&A/IO G #ue, la recurrida causa causa agra.io a i enor )i0o 4il.ert! 4on-alo Figueroa Aures, por .ulnerar su derec)o a la tutela 0urBdica e(ecti.a, a la debida oti.ación ! el derec)o al nobre ! a la identidad de las personas, !a /ue con el Auto ipugnado se le est1 negando a ser >reconocido? por su padre ! a lle.ar el apellido >real? /ue le corresponde, .ulnerando sus plenos derec)os tal coo est1 establecido en el inciso '@ del artBculo +% de la Constitución PolBtica del Per3
III
SUS(EN(O DE LA )&E(ENSI+N U")U*NA(O&IA: