AMBIENTAL - Preguntero completo (1.1.1 ) La concepción amplia de ambiente, admite la división en las siguientes categorías: El ambiente natural, el ambiente construido por el hombre y el ambiente social. ( 1.1.1 ) En la denominada concepción restringida de ambiente, este se defne compuesto por: Los elementos naturales de titularidad común y características dinámicas. ( 1.1.1 ) Desde el punto de vista de las clasifcaciones del concepto de ambiente podemos hablar de: Un de: Un concepto amplio, uno restringido y uno intermedio. ( 1.1.1 ) ara !ustamante "lsina el #edio "mbiente esta defnido como: El conjunto de elementos naturales o artifciales que condicionan la vida del hombre. ( 1.$ ) El principal impulso en la me%ora de las condiciones &ue tienen &ue ver con la problem'tica del ambiente en orma institucionaliada se ha dado: trav!s de las "rgani#aciones "rgani#aciones $ntern $nternaciona acionales les media mediante nte con%er con%erencia encias, s, declaraciones, protocolos y otros instrumentos gestados en su seno. ( 1.$ ) La dierencia entre las alteraciones al medio producto del curso evolutivo de la naturalea * las modifcaciones modifcaciones producidas producidas por acción del hombre hombre radica en &ue las primeras : &espetan los mecanismos de autorregulaci'n natural (1.$ ) En gen (1.$ genera erall la doc doctri trina na coi coinci ncide de en dar echa de nac nacimi imient ento o al Der Derech echo o con%erencia de (aciones Unidas sobre el hábita hábitatt human humano o ambiental con: La con%erencia celebrada en Estocolmo en )*+. (1.$ ) +e se (1.$ seala ala com como o pri primer mer 'mb 'mbito ito de ins instit tituci uciona onalia liació ción n de la pr prote otecci cción ón ambiental, a nivel internacional, a: La con con%ere %erenci ncia a cie cientí ntífca fca de las nac nacion iones es uni unidas das sob sobre re -on -onserv servaci aci'n 'n y utili#aci'n de los recursos, reunida en (ueva or/, en )*0*. ( 1.-.1 ) La biosera est' constituida por: La capa de suelo, de agua y de aire que rodea al globo terrestre y donde reinan las condiciones necesarias para la vida animal y vegetal. ( 1.-.1 ) Las alteraciones del ambiente de car'cter espont'neo se dierencian de las producidas por el hombre en &ue estas ltimas: 1esconocen y no respetan el mecanismo de autorregulaci'n natural y pueden alterar gravemente los sistemas terráqueos. (1.-.1 ) La biosera esta ormada por elementos bióticos * abióticos. +on elementos abióticos: El suelo, el agua y el aire.
(1.-.1 ) Las alteraciones del ambiente de car'cter espont'neo se dierencian de las producidas por el hombre en &ue estas ltimas: 1esconocen y no respetan el mecanismo de autorregulaci'n natural y pueden alterar gravemente los sistemas terráqueos. ( 1.-.1 ) /0u concepto ecológico comprende la siguiente estructura: 2el soporte inorg'nico donde se desarrolla una especie2: 2iotopo ( 1.-.1 ) La !iosera es: La parte de la corte#a terrestre donde es posible la vida. ( 1.3 ) El calentamiento global es un enómeno derivado de: La sobre emisi'n de gases denominados termoactivos. ( 1.3 ) 4uando hablamos de desarrollo sustentable, decimos &ue este puede dividirse en cuatro 'reas, una de ellas es el 'rea económica, &ue establece como re&uisito: -onsideraci'n de los valores de los recursos presentes, de oportunidad y potenciales
(1.3 ) 5n ecosistema puede defnirse como : -onjunto de elementos bi'ticos y abi'ticos presentes en un espacio determinado y que constituyen una unidad natural.
( 1.3 ) 6ndi&ue a &u ciencia hace alusión la siguiente defnición: 2Es la ciencia &ue estudia todos los elementos &ue componen el planeta tierra, su interrelación e interdependencia, comprendiendo los enómenos de energía * los ciclos de la materia2: la ecología ( $.1 ) Dao colectivo e&uivale a: 1a3o que padecemos todos, en la comprensi'n que implique da3o que perjudique directa o indirectamente a todos. ( $.1 ) La concepción 6usflosófca denominada "ntropocentrismo #oderado sostiene &ue: El hombre es el centro de la naturale#a pero este debe hacer un uso responsable de los recursos naturales. $.1 ) La Ecología genricamente comprende: El estudio de todos los elementos que componen el planeta tierra, la interacci'n de los individuos entre sí y con su ambiente no vivo de energía y materia describiendo los principios que gobiernan esas interacciones. ($.-.1 ) El cambio de paradigma a los fnes de lograr el desarrollo sustentable implica abandonar los presupuestos undantes del paradigma vigente, /4u'l de las siguientes opciones responde al paradigma del desarrollo sustentable7:
Un sistema econ'mico capa# de crear e4cedentes y conocimientos sobre una base aut'noma.
($.-.1 ) El cambio de paradigma a los fnes de lograr el desarrollo sustentable implica abandonar los presupuestos undantes del paradigma vigente, /4u'l de las siguientes opciones responde al paradigma del desarrollo sustentable7: Un sistema econ'mico capa# de crear e4cedentes y conocimientos sobre una base aut'noma. ( $.-.1 ) El paradigma antropocentrista moderado considera El hombre es amo de la naturale#a pero debe hacer uso no indiscriminado de los recursos naturales, siempre teniendo en miras las necesidades de crecimiento econ'mico de las naciones. ( $.-.1 ) El paradigma antropocentrista moderado considera: 5e debe tutelar la bios%era, en la cima de esta comunidad está el hombre dotado de voluntad y conciencia por lo tanto tiene responsabilidad negativa y positiva. ($.8 ) La ri&uea de un país se puede defnir en unción de cuatro dimensiones 6ísica, 7umana, $nstitucional y Ecol'gica (-.- ) El car'cter sistem'tico del Derecho "mbiental implica una sistematiación: La resoluci'n de autori#aci'n debi' e4plicar los motivos en los que se %undo (-.- ) El car'cter sistem'tico del Derecho "mbiental implica una sistematiación: -onsecuencia del sustrato ecol'gico del ordenamiento ambiental, %rente a la normativa sectorial, sanitaria y paisajística, teniendo en cuenta el comportamiento de los Elementos naturales y sus interrelaciones. ( -.- ) El car'cter sistem'tico del derecho ambiental es consecuencia: 1el sustrato ecol'gico del derecho ambiental %rente a la normativa sectorial de carácter sanitario, paisajístico, de%ensora de la %auna o reguladora del ambiente.
(-.3 ) El derecho ambiental es una rama del ordenamiento %urídico con identidad propia * caracteres específcos, pero a pesar de ello se sostiene &ue es un derecho horiontal. /or &u7: es un derecho sustancialmente publico. ( -.3 ) De acuerdo a la interpretación de Dromi en el te9to usticia Ecológica, la acción municipal en el 'rea ambiental debe preerentemente orientarse a: 8revenir los problemas ambientales en el ejido municipal con el fn de preservar la calidad ambiental.
(-.3) El derecho ambiental es una rama del ordenamiento %urídico con identidad propia * caracteres específcos, pero a pesar de ello se sostiene
&ue es un derecho horiontal. /or &u7:es un derecho sustancialmente público. ( -.; ) La
( 3.- ) 4u'l de los siguientes documentos, no orma parte del Derecho 6nternacional "mbiental: 1ocumento sobre estrategia mundial para la conservaci'n Uni'n $nternacional para la conservaci'n de la naturale#a y los recursos naturales, )*:;<. 3.- ) La 4onerencia de >ío en su postulado ?ro @ seala &ue para ara alcanar el desarrollo sostenible * una me%or calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían: reducir y eliminar las modalidades de producci'n y consumo insostenibles y %omentar políticas demográfcas apropiadas=. 3.- ) 4u'l de los siguientes documentos, no orma parte del Derecho 6nternacional "mbiental: 1ocumento sobre estrategia mundial para la conservaci'n Uni'n $nternacional para la conservaci'n de la naturale#a y los recursos naturales, )*:;<. 8.1 ) revio a la reorma 4onstitucional de 1AA3, las provincias * la nación utiliaban a los eectos armoniar la legislación ambiental el sistema de: dhesi'n.
( 8.1 ) /4u'l es la importancia de la incorporación en la 4onstitución ?acional del siguiente p'rrao del "rt. 317: 24orresponde a la ?ación dictar normas &ue contengan los presupuestos mínimos de protección * a las provincias las necesarias para complementarlas.2 Deslinda el alcance de los niveles de 4ompetencia Legislativa del 4ongreso ?acional * de las rovincias en materia "mbiental. (8.$ ) La fnalidad característica del poder de policía en materia ambiental es: El cuidado de la naturale#a en relaci'n al hombre y el afan#amiento de su dignidad. ( 8.- ) Desde el punto de vista del responsable de la recomposición podemos clasifcar: 5ujeto obligado a recomponer y ente autori#ado a verifcar la recomposici'n.
( 8.-.1 ) El derecho consagrado por el artículo 31 de la 4onstitución ?acional a un ambiente e&uilibrado implica &ue: nte una modifcaci'n negativa en el ambiente debe venir acompa3ada de una respuesta restauradora. ( 8.-.1 ) La 4onstitución ?acional en su art. 31, in fne rea: 2El dao ambiental generara prioritariamente la obligación de recomponer, segn lo estableca la le*2, tal recomposición se entiende: 8rioritariamente producir una reparaci'n natural ( 8.-.1 ) /0u presupuesto de admisibilidad de la acción de amparo establecía la le* 1;A@;, * &uedó sin eecto luego de la reorma constitucional del ao 1AA3:7 >ue deba declararse la inconstitucionalidad de una ley. ( 8.-.1 ) La obligación prioritaria de recomponer de acuerdo a lo establecido en el art. 31 de la 4onstitución ?acional es: Es una obligaci'n para el contaminante, que no puede ser reempla#ada por ninguna indemni#aci'n.
( 8.-.1 ) La obligación prioritaria de recomponer de acuerdo a lo establecido en el art. 31 de la 4onstitución ?acional es: Es una obligaci'n para el contaminante, que no puede ser reempla#ada por ninguna indemni#aci'n.
(8.-.1 ) +egn el Dr. !ustamante "lsina con la reorma de 1AA3 se incorporaron a la 4onstitución ?acional dos postulados universalmente reconocidos, /cu'les son7. La calidad de vida y el desarrollo sustentable. ( 8.-.$ ) La Doctrina sostiene &ue la Le* de >esiduos eligrosos, $3.B81CA$ contiene una severa anomalía legislativa en el orden del sistema >epublicano ederal &ue estructura la 4onstitución ?acional * sus competencias Legislativas. En particular, una de estas anomalías se encuentran en el "rt. 3= de la Le*, *a &ue establece, una modifcación en el rgimen de >esponsabilidad 4ivil, hacindolo mas gravoso. Esta modifcación, del "rt. 3=: Establece que el due3o o guardián de un residuo peligroso no se e4ime de responsabilidad por demostrar la culpa de un tercero de quien no debe responder, cuya acci'n pudo ser evitada con el empleo del debido cuidado y atendiendo las circunstancias del caso (8.3 ) +egn !ustamante "lsina, una de las características principales de los derechos diusos es su propensión a 2la deensa comn2, esto &uiere decir La de%ensa del $nter!s aunque sea ejercida por un solo individuo debe benefciar automáticamente a todos los que est!n en la misma situaci'n y la decisi'n jurisdiccional que
proteja al accionante tendrá %uer#a e4pansiva a la es%era jurídica de otros a%ectados. ( 8.3 ) La calidad de vida se encuentra estrechamente vinculada con el medio ambiente, es un bien %urídico &ue nuestra carta magna reconoce implícitamente como: 1erecho subjetivo (8.8 ) /0u "cción constitu*e una demanda incoada por grupos de personas, &ue cuando la cuestión es de inters comn o general de muchas de ellas * se determina &ue las partes son tan numerosas &ue resulta imposible traerlas a todas al tribunal * considerar todos los casos separadamente, se acepta la comparencia %urisdiccional individual * sin apoderamiento ormal e9preso, en la deensa de estos intereses7 "cción de clase ( 8.8 ) E9isten dierentes tcnicas para proteger los intereses diusos, el llamado apoderamiento de instancia pblica est' reerida a: -uando la ley inviste de representaci'n popular a %uncionarios públicos con autonomía orgánica y %uncional. ( 8.8 ) /0u "cción constitu*e una demanda incoada por grupos de personas, &ue cuando la cuestión es de inters comn o general de muchas de ellas * se determina &ue las partes son tan numerosas &ue resulta imposible traerlas a todas al tribunal * considerar todos los casos separadamente, se acepta la comparencia %urisdiccional individual * sin apoderamiento ormal e9preso, en la deensa de estos intereses7 cci'n de clase 8.8 ) 0ue tcnica de deensa de los intereses diusos acepta la asociación ocasional de un grupo de personas para litigar en comn, por&ue tienen el fn de lograr un ob%etivo perteneciente a todas ellas, en la medida en &ue se sienten aectadas por las mismas causas Litis consorcio ocasional ( 8.8 ) De acuerdo lo decidido por la 4'mara ?acional ederal 4ontencioso "dministrativa +ala 666 en el 24aso +chroeder2, (B@CBAC1AA3) para interponer acción de amparo en deensa de intereses ambientales es sufciente con ser titular de un: $nter!s ra#onable y sufciente ( 8.8 ) 0ue acción es a&uella &ue admiten algunas legislaciones, &ue permite el acceso directo a los tribunales a ciudadanos aislados &ue invocan un inters pblico por aectación de garantías de goce comn e indeterminado. cci'n de popular (8.;.1 ) El "rt. 3- de la 4onstitución ?acional reormada, en su primera parte reconoce la acción de amparo a &uien se ve lesionado en su derecho a la calidad de vida en virtud de un derecho sub%etivo a: 9oda persona
( 8.;.1 ) En virtud de la reorma constitucional de 1AA3, un proceso de amparo, podr' acarrear un particular eecto en la sentencia &ue originalmente era previsto como impedimento de admisibilidad del proceso.
eecto consiste en: >ue en el caso el ?ue# podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se %unde el acto u omisi'n lesiva. ( 8.;.1 ) En virtud de la reorma constitucional de 1AA3, un proceso de amparo, podr' acarrear un particular eecto en la sentencia &ue originalmente era previsto como impedimento de admisibilidad del proceso. ue en el caso el ?ue# podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se %unde el acto u omisi'n lesiva. (8.;.1 ) En materia de reparación de dao ambiental el mecanismo de la compensación ambiental podría consistir en: Un mecanismo que estable#ca una recomposici'n simultanea del equilibrio ambiental alterado por incorporaci'n o reparaci'n simultanea de los %actores menoscabados. (8.;.1 ) 4on la sanción de la Le* $8.;1$, el 4ongreso de la ?ación ha cumplimentado la manda constitucional del "rt. 31 reerido a los presupuestos mínimos, en cuanto se refere a la 2estión 6ntegral de >esiduos 6ndustriales * de actividades de +ervicios2. De esta manera interviene en un 'mbito *a regulado por la Le* de >esiduos eligrosos, Le* ?ro. $3.B81. Esta ltima le*: @antiene su vigencia pese a la superposici'n normativa. 5no de los principios undamentales sobre los cuales se asienta la construcción institucional &ue sirve de undamento al derecho ambiental a nivel internacional es el del desarrollo sustentable. Este pivote del derecho ambiental surgió de: Informe Brundtland Los factores que deben gozar de la protección ambiental poseen como una de sus caractersticas la siguiente! Integrar un sistema natural que interactúa con otros Las caractersticas de los intereses difusos ambientales son! Frágil sustentación en el derecho positivo, intereses supraindividuales, indiferencia con relación a los derechos subjetivos "A qu# llamamos intereses difusos$ Los que pertenecen idénticamente a una pluralidad de sujetos, en cuanto integrantes de grupos, clases sociales o categoras de personas, ligadas en virtud de la pretensión de goce por parte de cada uno de ellos, de una misma prerrogativa! "e forma tal que la satisfacción del fragmento o porción de interés que ata#e a cada individuo, se e$tiende por naturale%a a todos, del mismo modo que la lesión a cada uno afecta simultánea & globalmente, a los intereses de los integrantes del conjunto comunitario! "%u# ob&eti'o persiguen los reclamos de las asociaciones protectoras de la naturaleza en el 'ie&o mundo$ Intervención obligada de las mismas en los procedimientos sanitarios de prevención & de evaluación de impacto ambiental!
Podemos conceptualizar el Poder de Polica de la siguiente manera! 's una potestad atribuida al órgano legislativo para que reglamente el ejercicio de los derechos constitucionales
de
los
habitantes!
En la (eclaración de )o *obre medio ambiente + desarrollo se toma el siguiente paradigma! a( 'n su principio )*+ se considera que el ser humano es el centro de las preocupaciones vinculadas al desarrollo sustentable! "A qui#n se reconoce el e&ercicio de la acción de amparo en la primera parte del Art, . de la nue'a oda "%u# a(
/onstitución
principio
ambiental
se
recepta
Nacional$ persona en
la
declaración
de
)o$
-recaución
Al considerar la clasificación de los resultados ambientales de las acti'idades del 0ombre1 los procesos de emisión son! .quellos en que se transmite a la atmósfera sustancias nocivas o incómodas para la especie humana!