HECHOS JURIDICOS
Noción Básica:
En general general el hecho, hecho, es todo todo acontec acontecimie imiento nto o fenómen fenómeno o acaecid acaecido o en la realidad. Si este fenómeno lleva aparejada como consecuencia la producción de un efecto jurídico lo calificamos de “hecho jurídico”.
Definiciones:
“Por hechos hechos jurídico jurídicos s se entiende entiende,, aquello aquellos s acontec acontecimie imientos ntos o aquellas aquellas situaciones que producen una modificación de la realidad jurídica, o sea, un efecto jurídico, y que por por eso son son jurídicamente jurídicamente relevante relevantes” s” !ESS"#E$%. !ESS"#E$%.
“&echo jurídico jurídico es todo suceso al que el ordenamiento ordenamiento atri'uye atri'uye la virtud de producir por si o en unión de otros un efecto jurídico, es decir, la adquisición, la perdida o la modificación de un derecho” ()S*)#%.
CLASIFICACION DE LOS HECHOS JURIDICOS
+os hechos jurídicos admiten clasificaciones de una variedad etraordinaria-
./ Por su contenido pueden ser positivos o negativos. +os positivos pueden ser por ejemplo la mutación del cauce de un río, la disposición testamentaria, la muer muerte te de un hom' hom're re00 y los los nega negati tivo vos s son son ejem ejempl plos os,, las las omis omisio ione nes s y las las a'stenciones en general.
1./ Por su complejidad los hechos jurídicos son simples, cuando consisten en un suceso 2nico, la ocupación de cosa nullius, o complejos, cuando consta de varios elementos o hechos, un contrato 'ilateral que eige dos declaraciones de voluntad coincidentes.
En el hecho complejo pueden darse dos situaciones distintas )./ 3ue los varios hechos constitutivos tengan todos el mismo valor para el nacimiento del efecto. 4./ 3ue tengan valor distinto, cosa que sucede cuando, para que el hecho determinante o decisivo hecho % produ5ca el efecto jurídico, ha de seguirle con car6cter accesorio o complementario, otro hecho el hecho 5% que es una mera condición con respecto al primero, 'ien sea impuesto por la voluntad de las partes negocio jurídico condicional% o, por virtud de un precepto legal.
7./ Por ra5ón del agente, se clasifican los hechos jurídicos, en hechos “#)*89)+ES”, hechos fatales, procedentes de las fuer5as de la naturale5a, a los que el :erecho o'jetivo enla5a con consecuencias, ejemplo- el aluvión, la destrucción fortuita de una cosa, el nacimiento del hom're, entre otras cosa0 tam'i;n se pueden definir como- acontecimientos de la naturale5a que pueden producir efectos jurídicos y que est6n directamente relacionados con el hom're, como ejemplo de estos tenemos el nacimiento, la muerte, la mayoría de edad. Estos &echos tam'i;n son conocidos como hechos involuntarios y los hechos “humanos” son aquellos producidos por actos de voluntad, dirigidos o no a producir efectos jurídicos.
ACTOS JURIDICOS
El acto jurídico, supone un hecho humano producido por voluntad consciente y eteriori5ada que produce, conforme a las disposiciones del :erecho o'jetivo, un efecto jurídico.
Características e !os Actos J"ríicos:
)./ 8na actuación humana.
4./ +a voluntad consciente0 puede considerarse un acto una omisión negligente, pero no lo que se hace inconscientemente o la conducta originada por una fuer5a etra
(./ +a eteriori5ación de la voluntad0 por eso no son actos desde el punto de vista jurídico, los hechos de la vida espiritual interna, a no ser que tengan resonancia jurídica por su relación con otros hechos eteriores.
:./ +a producción de efectos jurídicos.
C!ases e Actos J"ríicos:
+a clasificación fundamental de los actos jurídicos es la que los divide en- actos “lícitos” e “ilícitos”, seg2n est;n o no conformes con el ordenamiento jurídico.
ACTOS JURIDICOS LICITOS
Son los actos humanos conforme al ordenamiento jurídico. )unque en rigor filosófico se de'ieran denominar “actos legales”, la mayoría de los casos, ya que el ordenamiento jurídico de'e presumirse legitimo mientras no conste lo contrario con prue'as claras y terminantes.
C!ases e Actos J"ríicos Lícitos:
A#$ Dec!araciones De %o!"nta:
“Son los actos humanos lícitos que consisten en una declaración de voluntad directamente dirigida a producir un efecto jurídico, para lo cual es decisivo y regulador el contenido de esa voluntad”, ejemplo- un contrato de compraventa, un testamento. Estos negocios jurídico son actos de grandísima importancia en el :erecho, porque el hom're forma por si mismo, mediante ellos, sus relaciones jurídicas dentro de los limites tra5ados por el ordenamiento jurídico. El ordenamiento jurídico dota a la voluntad humana con la virtud de engendrar efectos jurídicos y declara decisivo, para estos efectos, el contenido de la voluntad, aunque no eclusivamente. Esta clase de actos es la que mas se presta a una teoría general sistem6tica.
B#$ Actos Rea!es:
Son los “actos lícitos que consisten en producir un resultado no estrictamente jurídico, pero del cual el :erecho deriva consecuencias jurídicas”, entre estos est6n- el halla5go de un tesoro, la edificación, la plantación o siem'ra, entre otros. *ienen poco de com2n con los negocios jurídicos y por eso no les son aplica'les por analogía las reglas de estos.
C#$ Las A&stenciones:
+as a'stenciones u omisiones son actos negativos. 8nidamente participan de la naturale5a de los actos jurídicos cuando son voluntarias, es decir, queridas o al
menos imputa'les a su autor. Si falta este elemento de la voluntariedad no puede considerarse acto humano, ni por consiguiente, acto jurídico.
+as a'stenciones pueden corresponder a los mismos grupos en que se clasifican los actos jurídicos positivos-
a% )'stenciones constitutivas de negocios jurídicos- son los casos en que la omisión vale como una declaración de voluntad tacita o presunta. '% )'stenciones constitutivas de actos semejantes a los negocios jurídicos en los que la ley atri'uye a la a'stención de los mismos efectos que si hu'iera una declaración de voluntad. c% )'stenciones constitutivas de actos reales, o sea, aquellas que implican una manifestación de voluntad no determinante de efecto.
ACTOS JURIDICOS ILICITOS
Definición:
“Son aquellos que se reali5an en disconformidad con el :erecho $'jetivo”
Se llaman tam'i;n transgresiones jurídicas0 representan toda conducta humana que contradice el orden jurídico, es decir, que viola un mandato o una prohi'ición del :erecho.
Efectos:
+os actos ilícitos tienen de particular, que sus efectos se derivan, no de la voluntad del sujeto, sino de la ley que los esta'lece en prejuicio de aquel, a fin de
corregir su voluntad contraria a :erecho y com'atir los efectos antisociales de su voluntad o actividad.
C!ases e Actos J"ríicos I!ícitos:
+os actos jurídicos se clasifican entre otras muchas clasificaciones en-
'#$ O&(eti)a*ente Anti("ríicos:
Son los o'jetivamente contrarios a :erecho, pero culpa'les su'jetivamente antijuridicidad no culposa%. Suponen un acto o un estado o'jetivamente antijurídico, independientemente de la culpa o inocencia del infractor.
+#$ Actos s"&(eti)a*ente anti("ríicos o c"!,a&!es en sentio a*,!io:
Son aquellos actos en los cuales el autor conoce o ha de'ido conocer la naturale5a antijurídica, o cuando menos, lesiva de su actuación.
Entre estos tenemos-
1./ )ctos ilícitos penales- que llevan consigo un atentado que afecta al inter;s social y pu'lico, es decir, una violación en la esfera penal actos puni'les%.
1.1/ )ctos ilícitos civiles- en sentido amplio% que afectan a los particulares o a los intereses privados, y que solamente, por acción privada se puede eigir ante los tri'unales la reparación del da
-#$ .or *oa!iaes e c"!,a&i!ia:
&ay transgresiones jurídicas causadas a propósito, con plena voluntad y conciencia actos dolosos%.
/#$ 0oa!iaes e !a anti("ricia:
(omprende- “+a culpa contractual”, que supone una relación preeistente, generalmente un contrato entre el autor del da
1#$ La res,onsa&i!ia sin c"!,a:
Se cali'ran mejor los elementos intencionales y la responsa'ilidad mejor del agente.
CONSECUENCIAS JURIDICAS DEL ACTO ILICITO
El acto ilícito produce como consecuencia la o'ligación del resarcimiento del da