PACTOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE COMPRAVENTA. Para iniciar con el tema a tratar es necesario definir en qu consiste el contrato de com!ra"enta# de conformidad a lo instituido en el art$culo %&'( del c)di*o ci"il el cual menciona que+ “La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio”.
En ,ase a lo anterior se tiene que el contrato de com!ra"enta es una fi*ura -ur$dica# la la cual consiste consiste en un acuerdo acuerdo de "oluntade "oluntades# s# en el cual una una de las !artes !artes se o,li*a a transferirle transferirle el dereco de !ro!iedad !ro!iedad so,re una o "arias cosas a la otra !arte denominada com!rador# / esta 0ltima se o,li*a a !a*arle en dinero el "alor de los ,ienes o,-eto del contrato# / dico !a*o se denomina !recio. En "ista que que !rimeramente# !rimeramente# que la com!ra"enta com!ra"enta es 0nicamente 0nicamente un un acuerdo de de "oluntades que *enera o,li*aciones# / que tales o,li*aciones son las de dar la cosa o,-eto del contrato / de !a*ar el !recio de esta# ca,e mencionar tam,in# que que e1ist e1isten en "arios "arios ti!os ti!os de !actos !actos que !uede !ueden n ser esti!ul esti!ulad ados os de maner manera a accesoria al contrato de com!ra"enta. Primeramente# a/ que encuadrar tales !actos en el contrato de com!ra"enta /a que como es ,ien sa,ido# la com!ra"enta al i*ual que todos los dem2s contratos# tienen unos elementos esenciales# naturales / accidentales. Este ti!o de !actos# se encuadran dentro de los elementos accidentales# !uesto no "an en el contrato de com!ra"enta# sino !or esti!ulaci)n e1!licita e1!licita de las !artes al momento de contratar contratar / a falta de tal esti!ulaci)n# esti!ulaci)n# el contrato contrato de com!ra"enta com!ra"enta si*u si*ue e sien siendo do el mism mismo o sin sin afec afecta tarr sus sus elem elemen ento to esen esenci cial ales es / natu natura rale les. s. PACTO DE RESERVA DE DOMINIO. reservati dominii se Por este !acto# tam,in llamado en dereco romano pactum reservati se define aquel !acto !acto en el que las las !artes !artes acuerdan acuerdan no transferir transferir el dominio de de la cosa "endida asta que no se a/a !a*ado la totalidad del !recio !or !arte del com!rador# de lo cual se coli*e que se trata de "entas a crdito# en las que se est esti!ul !ula que que el !a*o a*o del !rec recio se ar2 !or cuotas tas o ins insta lament mento os. Princi!almente la norma que faculta !ara contratar con este !acto# es el Art$culo 345 345 del del C)di C)di*o *o Ci"i Ci"il# l# que que es una una norm norma a es!e es!eci cial al a!li a!lica ca,l ,le e al cont contra rato to de com!ra"enta# que dis!one lo si*uiente+ ARTICULO ARTICULO 750. 750. CONDICION CONDICION SUSPNSI! SUSPNSI!A A O RSOLUTO RSOLUTORIA RIA “la “la trad tradic ició ión n pued puede e tran transf sferi erirr el domi domini nio o bajo bajo cond condic ició ión n suspen suspensi siva va o resolutoria, con tal que se eprese . !erificada la entrega por el vendedor, se transfiere el dominio de la cosa vendida, aunque no se "aya pagado el precio, a menos que el vendedor se
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
"aya reservado el dominio "asta el pago, o "asta el cumplimiento de una condición”
De lo anterior# se dice que en el C)di*o Ci"il se dio facultad !ara reali6ar el !acto de reser"a de dominio. Pero Pero con todo esto en el Art$culo Art$culo %(7% %(7% que tam,in tam,in era una norma norma es!ecial es!ecial a!lic a!lica,l a,le e a la com!r com!ra" a"ent enta a / re*ul re*ulad adora ora de la misma misma mater materia# ia# contra contraria ria,a ,a manifiestamente lo contenido en el anterior art$culo# !or cuanto dis!on$a que+ 8La cl2usula de no transferirse el dominio sino en "irtud de la !a*a del !recio no !roducir2 otro efecto que el de la demanda alternati"a alternati"a enunciada en el art$culo !recedente9 / !a*ando el com!rador el !recio# su,sistir2n en todo caso las ena-enaciones que u,iere eco de la cosa o los derecos que u,iere constituido so,re ella en el tiem!o intermedio: ;uiere decir esto que el art$culo 345 mencionado le da com!leta "alide6 al !acto de reser"a de dominio dominio en la com!ra"enta com!ra"enta / a todos los contratos translatici translaticios os de dominio# !ero a su "e6# el art$culo %(7%# le quita,a la "alide6 a este !acto res!ecto del contrato de com!ra"enta. Esta contradicci)n de dos normas es!eciales# que re*ula,an la misma materia / que que se encu encuen entr tran an cont conten enid idas as en un mis mismo c)di c)di* *o# fue fue diri dirimi mida da !or la -uris!rudencia# -uris!rudencia# mediante la a!licaci)n a!licaci)n del Art$culo Art$culo 4 de la Le/ 43 de %&&3# que e1!resa+ “cuand “cuando o se "allen "allen dos normas normas igualm igualment ente e especi especiale ales s en un mismo mismo Art. %(7% del C)di*o C)di*o código, código, prevalece prevalece la norma posterior”, En este caso era el Art. Ci"il. En estos momentos de acuerdo al inciso <= del Art. %= de la Le/ '4 de %(75# Es "2lido el !acto de reser"a de dominio# !ero 0nicamente 0nicamente so,re ,ienes mue,les# de la si*uiente manera+ 8La cl#usula de no transferir el dominio de los bienes muebles sino en virtud de la paga del precio, en las condiciones que el vendedor y el comprador tengan a bien estipular, ser# v#lida, sin perjuicio de los derec"os de los terceros poseedores de buena fe.” Lo anterior en materia ci"il# en materia comercial# es com!letamente "2lida la reser"a de dominio# tanto !ara ,ienes mue,les como !ara ,ienes inmue,les# de confo conformi rmida dad d con el Art. Art. (4< (4< -inciso inciso %= del del C)di*o C)di*o de Comer Comercio cio## que es del si*uiente tenor. “La cl#usula de no transferir el dominio de los bienes muebles sino en virtud de la paga del precio, en las condiciones que el vendedor y el comprador tengan a bien estipular, ser# v#lida, sin perjuicio de los derec"os de los terceros poseedores de buena fe.”
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
?El "endedor si*ue siendo due@o de la cosa "endida asta el !a*o de la 0ltima cuota del !recio. ?El com!rador reci,e la cosa en mera tenencia# entonces antes del !a*o de la totalidad del !recio# el com!rador es 0nicamente tenedor / solo tiene facultad de uso. ?El com!rador !or no ser due@o# no !uede dis!oner de la cosa / en caso de acerlo incurrir$a incurrir$a en el delito de a,uso de confian6a ti!ificado en el Art. <'( del C)di*o Penal. ?Los ?Los ries ries*o *os s de la cosa cosa qued quedan an en ca,e ca,e6a 6a del del com! com!ra rado dorr desd desde e el momento de su entre*a material. ?En caso que el "endedor o,ten*a la restituci)n del ,ien# el com!rador tiene dereco de reem,olso so,re la !arte del !recio que a/a si*o !a*ada.
Respecto de terceros: En materia ci"il# como solo a!lica !ara ,ienes mue,les# se a!lica la el Art. %4'3 C)di C)di*o *o Ci"il Ci"il## que que dis!o dis!one# ne# “$i el que debe una cosa mueble a pla%o, o bajo cond condic ició ión n susp suspen ensi siva va o reso resollutor utoriia, la enaje najena na,, no "a#r$ derec" ec"o de reivindicar%a contra terceros poseedores de #uena &e'. En materia comercial# dis!one el Art. (47 C.Co que 8La reser"a del dominio de inmue,les s)lo !roducir2 efectos en relaci)n con terceros a !artir de la feca de inscri!ci)n del res!ecti"o contrato en la oficina de re*istro de instrumentos !0,licos / !ri"ados:.
Y en materia de bienes bienes muebles dispone que “La reserva del dominio de muebles singulari%ables e identificables y no fungib fungibles les,, sólo sólo producir producir# # efecto efectos s en relació relación n con tercero terceros s partir partir de su inscripción en el registro mercantil correspondiente al lugar en que deban permanecer dic"os bienes& pero el registro de la reserva del dominio de auto automo moto tores res se regi regir# r#,, para para los los mism mismos os efec efecto tos, s, por las las norm normas as que regulan la materia.”
Lo que indica que antes de las inscri!ciones en los de,idos re*istros no a,r2 acciones contra terceros !oseedores de ,uena fe.
EL PACTO COMISORIO. El art$culo %(74 del c)di*o ci"il menciona que+ “'or el pacto comisorio se estipula epresamente que, no pag#ndose el precio al tiempo convenido, se resolver# el contrato de venta. Entiéndase siempre esta estipulación en el contrato de venta, y
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
PACTO COMISORIO SIMPLE. Este Este es el cons consa* a*ra rado do en el Art. rt. %(74 %(74 C)di C)di*o *o Ci"i Ci"il# l# en el que que las las !art !artes es sim! sim!le leme ment nte e acue acuerd rdan an que que no a,i a,in ndo dose se !a*a !a*ado do el !rec !recio io en el tiem tiem!o !o con"enido# se resol"er2 el contrato / que de manera *eneral como ocurre con la condici)n resolutoria t2cita# es necesaria la sentencia -udicial mediante la cual se declara resuelto el contrato# sentencia que es conocida como constituti"a. Es decir que el !acto comisorio sim!le es un !acto accesorio al contrato de com!ra"enta com!ra"enta que se esta,lece esta,lece a fa"or del "endedor# en "irtud del cual se esti!ula e1!resamente que el contrato se resol"er2 si no se !a*a !or el com!rador el !recio en el tiem!o con"enido. En todo caso# el "endedor conser"a la alternati"a de e1i*ir el !recio o la resoluci)n de la "enta con !a*o de !er-uicios# conforme a las re*las comunes. Es un modo indirecto de e1tinci)n de las o,li*aciones !orque resuelto el contrato de com!ra"enta# se e1tin*uen las o,li*aciones sur*idas del mismo.
PACTO COMISORIO CALIICA!O. Este Este se encu encuen entr tra a cons consa* a*ra rado do en el art$ art$cu culo lo %(73 %(73 del del c)di c)di*o *o ci"i ci"il# l# /a que que esta,lece este 8Si se esti!ula que !or no !a*arse el !recio al tiem!o con"enido# se resuel"a i!so facto el contrato de "enta# el com!rador !odr2# sin em,ar*o# acerlo su,sistir# !a*ando el !recio# lo m2s tarde# en las "einticuatro oras su,si*uientes a la notificaci)n -udicial de la demanda:. En este entonces# lo que !retenden los contratantes es que el contrato quede resuelto de manera inmediata una "e6 se da el incum!limiento de !a*ar el !recio !or !arte del com!rador# siendo entonces la sentencia declarati"a# !or cuanto lo que "a a acer es reconocer la resoluci)n que /a se dio desde el "encimiento del !la6o sin el !a*o del com!rador. Pero es im!ortante mencionar que adem2s sur*en unos efectos esti!ulados en el art$culo %(7 del c)di*o ci"il# 8Por el !acto comisorio no se !ri"a el "endedor de la elecci)n de acciones que le concede el art$culo %(75:. Des!rendemos de esto los efectos que !roduce el !acto comisorio res!ecto de las acciones / de ello ca,e decir que la esti!ulaci)n de este !acto# no im!ide que el "endedor e-er6a acci)n de cum!limiento contra su com!rador# as$ entonces el "endedor tiene a su li,re dis!osici)n la o!ci)n de accionar !ara a acer efecti"a la resoluci)n del contrato o acerlo !ara a acer efecti"o el !a*o del !recio.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
El contr contrato ato qued queda a resue resuelto lto / el com!r com!rad ador or de,e de,e restit restituir uir al "end "ended edor or la cosa cosa "endida.
Pacto comisorio cali"icado: Resuelto el contrato# de,er2 el com!rador# adem2s de restituirle la cosa "endida# !a*ar los frutos a !artir de la notificaci)n de la demanda# !ero si cum!le con su o,li*aci)n en las <' oras si*uientes a la notificaci)n# no de,er2 los intereses se*0n lo esti!ulado en la norma.
EECTOS RESPECTO A TERCEROS. Si se a ena-enado una cosa mue,le so,re la cual se esti!ulo !acto comisorio# no !odr2 a,er dereco contra los terceros que a/an adquirido de ,uena fe# siem!re ser2 !rote*ido9 !ero si el ,ien es inmue,le# de,e e1istir la escritura !0,lica / se !resumir2 la mala fe del tercero# lo cual lo ace !oseedor irre*ular / a,r2 lu*ar a acci)n rei"indicatoria contra este# de lo contrario# es decir en caso que no e1ista la escritura !0,lica# no ser2n afectados los terceros.
S# PRESCRIPCI$%. Por otro lado el art$culo %(7& del c)di*o ci"il se refiere a la !rescri!ci)n del !acto comisorio# toda "e6 instaura que 8el !acto comisorio !rescri,e al !la6o !refi-ado !or las !artes# si no !asare de cuatro a@os# contados desde la feca del contrato. Tras Trascur currid ridos os estos estos cuat cuatro ro a@os a@os !rescr !rescri,e i,e necesa necesaria riamen mente te## sea sea que que se a/a a/a esti!ulado un !la6o m2s lar*o o nin*unoB. ;uiere decir lo anterior que la !rescri!ci)n de este !acto !uede ser esti!ulada !or las !artes# siem!re que este no sea su!erior a cuatro a@os / en caso de no e1istir tal esti!ulaci)n se entender2 que el trmino !ara la !rescri!ci)n es de cuatro a@os contados a !artir del momento de la cele,raci)n del contrato.
PACTO !E RETRO&E%TA. Consa*rado en el art$culo %(7( del c)di*o ci"il donde esti!ula “'or el pacto de retroventa el vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, reembolsando al comprador la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación lo que le "aya costado la compra”.
Para Tama/o Lom,ana# esto 8Se trata de una com!ra"enta en la cual se esti!ula un !acto a fa"or del "endedor# "endedor# en "irtud del cual !odr2 recu!erar la cosa "endida# si lo quiere. Tal !acto se llama retracto con"encional !actum de retro"endendo# en el dereco romano.:
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
Es claro claro adem2s adem2s que que el e-erci e-ercicio cio de la facult facultad ad que que tiene tiene el com!r com!rado adorr de recu!erar la cosa "endida# se somete a ciertas condiciones# como son la de restituir al com!rador el !recio reci,ido o la suma que se a/a esti!ulado !or las mismas !artes con otras !restaciones que la le/ esta,lece9 / e-ercida esta facultad de retractaci)n / readquisici)n del "endedor# el contrato queda resuelto de manera retroacti"a desde el momento de su cele,raci)n# su!oniendo siem!re la !ro!iedad del "endedor so,re la cosa / que el com!rador nunca la tu"o. Con relaci)n a su naturale6a -ur$dica# afirman mucos doctrinantes que en este caso no se trata de un nue"o contrato de com!ra"enta que reali6an las !artes# !or ende es equ$"oco !recisarlo de esta manera# /a que se trata del mismo contrato de com!ra"enta que est2 su-eto a una condici)n resolutoria ordinaria# que es la retractaci)n del "endedor. Tam,in considera la Corte Su!rema de Fusticia en su -uris!rudencia -uris!rudencia que que este es es un contrato contrato de com!ra"enta com!ra"enta condicional. condicional.
S#S EECTOS. E"ectos respecto a las partes. El contrato queda resuelto retroacti"amente / 8el "endedor tiene que restituir al com! com!ra rado dorr el !rec !recio io / dem2 dem2s s !a*a !a*arl rle e el "alo "alorr su!l su!let etor orio io que que se u,i u,ier ere e esti!ulado:. Como tam,in 8ser2 o,li*ado al !a*o de las e1!ensas necesarias# !ero no de las in"ertidas en me-oras 0tiles o "oluntarias que se a/an eco sin su consentimiento.:# tal como lo esta,lece el Art$culo. %('% C)di*o Ci"il. Por otro lado# el com!rador tendr2 la o,li*aci)n de restituir al "endedor la cosa "endida con sus e1!ensas naturales como tam,in indemni6arle los deterioros que a/a sufrido la cosa# que sean im!uta,les a eco o cul!a su/a como lo esta,lece el inciso <= del art$culo %('% C)di*o Ci"il.
E"ectos respecto a terceros. Para este caso# i*ual que en el !acto comisorio9 se a!lica !ara ,ienes mue,les el Art$culo %4'3 C)di*o Ci"il# mediante el cual se dis!one que no a,r2 acci)n rei"indicatoria rei"indicatoria contra terceros !oseedores !oseedores de ,uena fe# !ero a contrario sensu# en caso de adquirirlo de mala fe# si e1istir2 tal acci)n9 !or su !arte cuando de ,ienes inmue,les se trata# se a!lica el Art$culo %4'& C)di*o Ci"il# que de i*ual manera dis!one que no a,r2 acci)n contra los terceros !oseedores# sal"o que e1ista el t$tulo de la condici)n# !or lo cual se !resumir2 la mala fe / e1istir2 tal acci)n.
PRESCRIPCI$%. Cuando de la !rescri!ci)n del !acto de retro"enta se trata# el art. %('7 C)di*o Ci"il# esta,lece que la acci)n de retro"enta se !uede intentar asta los ' a@os !osteriores al contrato# !ero esto se a!licar2 a falta de esti!ulaci)n de las !artes# aun as$# con todo esto el !la6o m21imo que se !uede !actar es de ' a@os que
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
quince d(as para las cosas muebles& y si la cosa fuere fruct(fera y no diere frutos si no de tiempo en tiempo y a consecuencia de trabajo en versiones preparatorias, no podr# eigirse la restitución demandada de mandada sino después de la próima percepción de frutos.”
OTROS PACTOS ACCESORIOS AL CO%TRATO !E &E%TA. ME'OR COMPRA!OR. ;uiere decir esto que le dan a las !artes la li,ertad de !actar que a,iendo otro me-or com!rador en el trmino de un a@o contado a !artir del momento de la cele,raci)n del contrato# se resol"er2 el contrato !ara reali6arlo con el nue"o com!r com!rad ador or## sal"o sal"o que que el anti* anti*uo uo com!r com!rado adorr me-ore me-ore la com!r com!ra a como como ,ien ,ien lo esta,lece el mismo art$culo. Este !acto es llamado tam,in !acto de retracto# como lo llama nuestro C)di*o Ci"il# o tam,in !acto del me-or !ostor o me-or oferta. Conforme a este !acto# dis!one tam,in el inciso <= del Art$culo '%< del C)di*o de Procedimiento Ci"il# que el com!rador o en su caso la !ersona a quien el u,iere ena-e ena-ena nado do la cosa# cosa# tendr2 tendr2n n tiem!o tiem!o a su dis!o dis!osic sici)n i)n a !arti !artirr del del trmin trmino o de contestaci)n de la demanda !ara allanarse a me-orar el !recio de la com!ra. Siendo este el e-ercicio e-ercicio del dereco sustancial sustancial consa*rado en el Art. %('' C)di*o Ci"il. Pero este !acto de cierto modo tiene sus l$mites# /a que al referirse al me-or com!rador com!rador no se trata 0nicamente del que de un ma/or !recio al ,ien "endido !or el com!rador# sino tam,in el que com!re en las condiciones m2s fa"ora,les !ara el "end "ended edor or## de esto esto se afir afirma ma que que si la nue" nue"a a !ers !erson ona a que que !ret !reten ende de ser ser com!radora# lo ace en las mismas condiciones / dando un !recio i*ual al del anti*uo com!rador# el "endedor de,e !referir al se*undo !or encima del nue"o com!rador. Por otra !arte# el C)di*o Ci"il# da li,ertad a las !artes de esta,lecer el trmino en el que que de,e de,e !res !resent entars arse e la !ers !ersona ona que !rete !retend nde e ser ser el nue" nue"o o com!r com!rad ador or## esta,leciendo esta,leciendo un l$mite de un a@o# lo que quiere decir que no se !uede !actar !or
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
consi*ne consi*ne el monto del ma/or "alor dentro del trmino !ara contestar contestar la demanda.: demanda.:
PACTO !E PREERE%CIA. Es una modalidad que !uede acom!a@ar al contrato de com!ra "enta# llamado !or los los roma romano nos s 8!ac 8!actu tum m !rot !rotim imes eseo eos: s: / que que cons consis iste te en darl darle e un dere derec co o al "endedor# e-ercita,le solamente si el com!rador decidiera "ender la cosa !or l adquirida. En tal caso# quien se la "endi)# mediando el !acto de !referencia# o dereco de tanteo# !uede readquirirla# !a*ando el mismo !recio ofrecido !or un tercero. Tam,in se a!lica,a en el caso de que quien *o6ara de un dereco de enfiteusis o su!erficie# decidiera "ender tal dereco# en fa"or del due@o del fundo# aunque en este caso# el dereco de !referencia no deri"a,a de un !acto# sino de un dereco im!l$cito# tanto en la enfiteusis como en la su!erficie. En la com!ra"enta si no a,$a !acto# no !od$a solicitarse. Es en realidad mu/ similar al !acto de retro"enta# !ero en el caso del dereco de !referencia# el "endedor solo !odr2 in"ocar su dereco si el com!rador resuel"e "ender la cosa com!rada# mientras que en la retro"enta !uede el "endedor e1i*ir que se le re"enda la cosa# / "ol"er a adquirirla. Con esta e1!licaci)n clara / concisa de los !actos accesorios a la com!ra"enta !ode !odemos mos tener tener claro claro cu2le cu2les s son son / en que que !arte !arte de la norma norma se encu encuent entran ran esti!ulados.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
The world's largest digital library
Try Scribd FREE for 30 days to access over 125 million titles without ads or interruptions! Start Free Trial Cancel Anytime.
HERA>IA. tt!+JJKKK.secretariasenado.*o".coJsenadoJ,asedocJcodi*oci"il!r55.tml%(7 5 tt!+JJ"le1.com.coJta*sJ!actos?accesorios?3<&35 . tt!+JJKKK.alcaldia,o*ota.*o".coJsis-urJnormasJNorma%.-s!i7(474 . tt!s+JJ!re6i.comJERENCIASQ<5DE Q<5CONTRATOS?Q<5!araQ<5estudiantes.doc1dl5 CON>ERENCIA CON>ERENCIAS S DECONTRA DECONTRAT TOS RENATO RENATO ARTRO. ARTRO. DESILVES DESILVESTRI TRI SAADE !a*inas ( %55