UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE CONTADURIA PÚBLICA
ANÁLISIS DE PROCEDIMIENTOS APLICADOS PARA LA DETERMINACIÓN DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA POR THALES INTERNATIONAL VENEZUELA, C.A. DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2010
Autor: Julio José Sarmiento J.
Caracas, Abril, 2.012
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UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE CONTADURIA PÚBLICA
ANÁLISIS DE PROCEDIMIENTOS APLICADOS PARA LA DETERMINACIÓN DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA POR THALES INTERNATIONAL VENEZUELA, C.A. DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2010 Trabajo de Grado presentado como requisito para optar al Título de Licenciado en Contaduría Pública
Autor: Julio José Sarmiento J. Tutor: Pedro Ruiz
Caracas, Abril, 2.012
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UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT FACULTAD DE CIENCIAS ECONÒMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE CONTADURÌA PÙBLICA
APROBACIÒN DEL TUTOR En mi carác rácter del del Tutor del Trabaj bajo de Grado “A “AN NALISIS DE PROCEDIMIENTOS APLICADOS PARA LA DETERMINACION DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA POR THALES INTERNATIONAL VENEZUELA , C.A. DURANTE EL EJERCICIO EJERCICIO FISCAL 2010.”, elaborado por el ciudadano Julio José Sarm Sarmie ient ntoo Jaram Jaramil illo lo,, C.I. C.I. Nª 6.33 6.336.4 6.477 77,, para para op opta tarr al Grado Grado Ac Acadé adémi mico co de Licenci Licenciado ado en Con Contad tadurí uríaa Pública Pública en la Univer Universid sidad ad Alejan Alejandro dro de Humbol Humboldt, dt, considero que dicho trabajo reúne los requisitos y meritos suficientes para ser aprobado y recibido por las autoridades competentes.
En la ciudad de Caracas, a los 14 días del mes de Abril de 2012.
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ÍNDICE GENERAL
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DEDICATORÍA El presente trabajo de grado se lo dedico principalmente a los seres queridos en mi vida, en primer lugar a nuestro señor Jesucristo por todo lo que soy, luego a mis padres por darme el ser, brindándome el apoyo, oportunidad y confianza para desarrollarme profesionalmente en mi vida, sobre todo mi padre el cual no está físicamente , para celebrar este triunfo conmigo, pero se que donde está me envía su bendición Se lo dedico a mi preciado
hijo Carlos Julio Sarmiento Sotillo, el
cual
representa ese motor de que me da fuerzas para afrontar todos mis retos y alcanzar mis metas, a mi querida esposa Eumelina Sotillo Andrade, por su paciencia, palabras de aliento para seguir adelante en esta vida con las metas propuestas. También lo dedico a todas esas personas, que me han seguido en toda mi carrera, estimulándome a seguir luchando cada día, y me inspiran para crecer aun más, tanto a nivel personal como profesional.
Julio José Sarmiento
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RECONOCIMIENTOS Han sido muchas las personas que de todo corazón se merecen un gran reconocimiento, en primer lugar a nuestro Dios todopoderoso padre de todo lo creado, ya que la fe que deposité en él en este trabajo de grado , conduciéndome a este triunfo que disfruto con mis seres queridos, siendo la brújula para ver ese norte en todo momento. A mis amigos José luís Landaeta, José Luís Valderrama, Norma Solórzano, a mi cuñada Inés Millán, Ana Velásquez, Maribel Conde personas que
siempre
estuvieron y siguen estando con esas palabras de estímulo que sirven de apoyo en cualquier momento de la vida. A mis compañeros de clase Arixol Romero, Bárbara Verenzuela, Mairovy Santaella, Isabel Pérez, entre otros, por brindarme su apoyo de una u otra forma durante el tiempo que nos tomó culminar esta etapa de nuestra carrera. Agradezco
a la profesora: Omaira Solórzano, por sus buenos consejos,
rigurosa y exigente al brindarme conocimientos en cuanto al aspecto metodológico de este trabajo de investigación de verdad, “Muchísimas Gracias”. De igual manera a los profesores: Jesús Rafael Carrasquel, Concepción Rodríguez, Héctor Ramírez, Ricardo Briceño y Jesús Hernández por ser personas que en su rol de docentes me inspiraron a tomar la decisión en cuanto a mi trabajo de grado en el ámbito tributario y fiscal. Al profesor Pedro Manuel Ruiz, quien ha sido la persona a la cual respeto por su profesionalidad al brindarme ese gran apoyo con su asesoría en cuanto a la elaboración y presentación de mi propuesta, luego en el proceso tutorial y la culminación de mi trabajo
de grado.”Muchísimas
Gracias”. Y un especial
agradecimiento a la Universidad Alejandro de Humboldt, por abrirme las puertas y brindarme la oportunidad de formarme académicamente como gran profesional.
Julio José Sarmiento
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LISTA DE CUADROS CUADRO
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UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE CONTADURIA PÚBLICA
ANÁLISIS DE PROCEDIMIENTOS APLICADOS PARA LA DETERMINACIÓN DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA POR THALES INTERNATIONAL VENEZUELA, C.A. DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2010 Autor: Julio J. Sarmiento Tutor: Pedro M. Ruiz Fecha: Abril 2012 RESUMEN El presente trabajo es investigación de campo en el cual se desarrolló un análisis de procedimientos aplicados para la determinación de los Precios de Transferencia por Thales International Venezuela, C.A. durante el ejercicio fiscal 2010, debido a que la empresa realizó operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el extranjero, dichas operaciones se efectuaron de acuerdo con los montos utilizados por partes independientes en operaciones comparables, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 112 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR), recurriendo metodológicamente de acuerdo a uno de los métodos presentes en esta Ley, determinando así sus ingresos gravables, costos o deducciones de conformidad con los artículos 136 al 142 de misma Ley, considerando la circunstancia económica de la empresa, es por ello que se calculó un rango de precios de mercado, comparándose luego con los precios reportados por la empresa para estas operaciones vinculadas resultando ante la autoridad fiscal que los resultados estuvieron ajustados a la norma, tomándose como referencia la prestación de servicios de exportación por medio del Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (MMTUO) determinándose el porcentaje de ganancia respecto a los ingresos generados por dichos servicios, exhibiendo la documentación pertinente de manera tardía ocasionando fiscalizaciones, no cumpliendo con la norma y a consecuencia de ello se le recomendó al contribuyente incentivar a su talento humano relacionado con la materia contable y fiscal.
Descriptores: Investigación, Procedimientos, Precios de Transferencia, Operaciones Comparables, Métodos, Servicios de Exportación, Ingresos, Costos, Deducciones. V 11
INTRODUCCIÓN En la medida que las empresas multinacionales con diversas subsidiarias continúan comprando y
vendiendo alrededor del mundo y
expandiendo sus
actividades globales, el régimen de precios de transferencia continúa siendo el centro de atención y una fuente clásica de conflictos para las empresas, en otras palabras Directores de Finanzas, Contralores Corporativos, Contralores de Divisiones, y Directores de Impuestos, sirven de mediadores en interminables disputas sobre la fijación de los precios de los bienes, los servicios y las tecnologías transferidas, a la vez que se debaten temas relacionados con los costos y la productividad, las controvertidas decisiones sobre fabricar versus comprar, los incentivos laborales al desempeño y el nivel de contribución de cada división a la corporación. Esta
expansión ha requerido también que los directores de impuestos
dediquen considerablemente más tiempo al impuesto sobre la renta, las retenciones y los impuestos aduaneros, causados por el cruce de fronteras internacionales de los bienes y servicios. Debido a que dos o más gobiernos están involucrados en los movimientos internacionales de bienes tangibles, intangibles y servicios, tales movimientos representan oportunidades para que las empresas multinacionales puedan minimizar los pasivos fiscales de la organización. Una de las vías para reducir las cargas fiscales de las multinacionales es manipular los precios de transferencia intercompañía para desplazar los beneficios de le las jurisdicciones con alta tributación hacia las de baja imposición. Cada vez más y más incluyendo a Venezuela, han intensificado el escrutinio de los precios de transferencia y al mismo tiempo han sofisticado mucho más el enfoque de las Fiscalizaciones.
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Es de destacar que la Administración Tributaria no tiene otra opción , sino implementar extensas y complejas normas fiscales para proteger sus justos ingresos fiscales que le permitan frenar la evasión y asegurar el cumplimiento de los deberes por parte de los contribuyentes. Al adoptar los Lineamientos sobre Precios de Transferencia para empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias de 1995 de la OCDE, Venezuela ha dispuesto de varios métodos para determinar precios Arm`s Length. De ahí que es importante examinar dichos métodos desde una perspectiva de políticas corporativas, para comprender mejor la manera en la cual éstos métodos pueden responder a las necesidades gerenciales de los negocios y formar la base sobre la cual fundar una posición fiscal defendible. Con respecto al cumplimiento de las obligaciones, dichos métodos podrán satisfacer los requerimientos de documentación y las expectativas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). En cuanto a la perspectiva de defensa tributaria, dichos métodos representan las reglas bajo las cuales las disputas en materia de precios de transferencia han de ser resueltas. La adopción de los Lineamientos de Precios de Transferencia de 1995 de la OCDE en Venezuela ratifica las razones por las cuales dichos métodos recogen el principio arm`s length: 1.- Estos métodos están basados en el conocido principio económico que establece que un mercado competitivo es el mejor mecanismo para asignar los recursos y compensar los riesgos asumidos por las empresas. 2.- Se da igual tratamiento fiscal a las empresas multinacionales y a las empresas independientes, eliminando así las distorsiones económicas creadas por diferencias en el tratamiento fiscal. 3.- Estos métodos han sido exitosos en la mayoría de los casos . sin embargo, existen importantes problemas prácticos asociados a la aplicación efectiva del principio arm`s length, que no es más que, aquel precio que hubiera sido pagado por
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partes no vinculadas por bienes iguales o similares en condiciones iguales o similares. Es importante hacer
referencia, que Venezuela está inmersa en
esta
evolución legislativa, toda vez que las inversiones de grupos multinacionales en nuestra economía el negocio petrolero, la privatización el comercio electrónico y la apertura de las telecomunicaciones , entre otras, generan un número importante de operaciones que cruzan las fronteras. En consecuencia , las normas tributarias venezolanas
no pueden estar al margen de tal evolución, debiendo adoptar
modelos y principios de tributación internacional que le permitan interactuar con las legislaciones de otros países, armonizar las relaciones tributarias y optimizar la recaudación De tan manera que en el presente trabajo de investigación está orientado al desarrollo de un diseño de tipo de campo, con carácter descriptivo, pues se basó en un análisis de la información de la empresa sujeto a estudio, complementado en documentos previamente establecidos, siendo esta de gran utilidad para el logro de los objetivos propuestos amparados en consultas a la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISLR), El Código Orgánico Tributario (COT), entre otros. La estructura de esta investigación se organizó en V Capítulos, en donde el Capítulo I constituye el Planteamiento del Problema surgiendo interrogantes de peso para la investigación , debido a la naturaleza de las operaciones generadas por la empresa, luego en el Capítulo II refiere al Marco Teórico Referencial, conformado por: Antecedentes de la investigación, el contexto organizacional de la empresa Thales International Venezuela, C.A. Los Antecedentes, las bases teóricas, las bases legales, y la definición de términos básicos.; el Capítulo III
se habla de la
metodología empleada por la organización considerando el tipo de investigación de campo , con carácter descriptivo; el Capítulo IV trata de la presentación de resultados obtenidos de acuerdo a los objetivos propuestos, tomado en cuenta las herramientas aceptadas en la presente investigación, como los cuestionarios, los
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cuadros con los datos obtenidos y los gráficos aunado al análisis interpretativo de cada ítem. Destacando el V Capítulo se hace referencia a las conclusiones y recomendaciones por ser el logro que el investigador da a los objetivos planteados sobre la problemática que se presenta; las mismas van de forma ordenada según dichos objetivos específicos, siendo elaboradas coherentemente y con un nivel de interpretación adecuada según los parámetros que afirma la universidad Alejandro de Humboldt.. .
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CAPÍTULO I EL PROBLEMA Planteamiento del Problema A partir de la década de 1980, la globalización ha tenido un auge predominante a través de la evolución tecnológica que ha disminuido las distancias y el tiempo de las operaciones comerciales, facilitando la expansión de los mercados, convirtiéndose
en el gran escenario en que las empresas
multinacionales tienen un rol protagónico , gracias a la apertura de las economías de los diferentes países y a la integración de la actividad económica internacional. Por ende, las naciones se han integrado para establecer un comercio mundial más autónomo y sin obstáculos, siendo aprovechado esto por las empresas transnacionales y multinacionales que invierten sus capitales y crean sucursales , establecimientos permanentes y bases fijas en numerosos países en los cuales tengan mayor oportunidad de obtener ganancias, penetrar en nuevos mercados y expandir su negocio, hacia jurisdicciones que les permitan bajar sus cargas fiscales y así obtener el máximo provecho a sus operaciones. En tal caso surge la necesidad de parte de las Administraciones Tributarias de crear un mecanismo que permita a los países tener un mayor control sobre estas empresas. Fue así que se estableció el régimen de Precios de Transferencia por primera vez en el
Reino Unido 1915, posteriormente
Estados Unidos de
Norteamérica en 1917, quienes fueron los primeros en hacer un texto legislativo que enmarcó este mecanismo, aunque este solo se limitó a operaciones dentro de su misma jurisdicción. La organización para la Cooperación y el desarrollo Económico (OCDE) desarrolló en el año 1995, un informe que dicta una serie de principios y criterio para la regulación del régimen a nivel internacional en cuanto a las operaciones
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realizadas en diferentes jurisdicciones, el mismo no tiene carácter vinculante, por lo que no es de obligatorio cumplimiento, sino que constituye una guía para que los formados implementen el régimen de Precios de Transferencia de manera efectiva. En la República Bolivariana de Venezuela, antes de la reforma de la Ley de Impuesto Sobre la Renta de 1.999, no existía una norma que no regulara las operaciones efectuadas entre entidades nacionales con empresas domiciliadas o residenciadas en el extranjero con las que guarden relación, el Sistema Tributario Venezolano se basaba en el Principio de la Territoriabilidad que grava con el Impuesto Sobre La Renta a los enriquecimientos netos generados en el territorio nacional. Con la entrada en vigencia de la reforma de la LISR se incluyó el principio de renta Mundial y se estableció una legislación similar a la instaurada en Brasil por concepto de Precios de Transferencia, con algunas diferencias que se adecuaban a la actividad habitual del contribuyente, estableciendo márgenes de utilidad conforme al sector de actividad y se tomó el Método de Márgenes Transaccionales de
Utilidad de Operaciones basados en las direcciones de la OCDE, como último recurso para la valoración de las operaciones entre partes vinculadas. Uno de los aspectos resaltantes de esta ley, era que el contribuyente debía escoger la metodología que diera lugar al menor ajuste. La Ley suger ía para la valoración de operaciones entre partes relacionadas, cuatro (4) métodos aplicables para importaciones y cinco (5) para las exportaciones, además, la ley ejusdem tenía un amplio criterio de vinculación, que es la condición esencial para la aplicación de los precios de transferencia (PT). En esta normativa se señalaba que una persona natural que posea un parentesco por consanguinidad o afinidad en tercer grado, o sea conyugue o concubina con directores o socios que ejerzan directa o indirectamente el control de la empresa se consideran relacionadas, también los distribuidores exclusivos, licenciatarios para la
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compra venta de bienes y servicios, entre otros supuestos contenidos en sus nueve (9) numerales, que lo hacía más extenso que el criterio OCDE. Con la nueva reforma de la ley del ISLR del año 2001, el régimen de Precios de Transferencia (PT) fue sustentado por las metodologías establecidas en la OCDE. Se establece un nuevo criterio de vinculación tomando en cuenta lo dispuesto en el artículo 9 del modelo de convenio fiscal sobre la renta y sobre el patrimonio dictado por este organismo, en el cual se que sí una empresa participa directa o indirectamente en la dirección, control o en el capital de otra o unas mismas personas participen directa o indirectamente en la dirección, control o en el capital de una empresa, ubicadas estas en distintos estados se consideran entidades asociadas. Se incorporan en materia de Precios de Transferencia (PT) los servicios de regalías, asistencia técnica y servicios tecnológicos, que no se encontraban en la legislación procedente, con el objeto de mejorar el control de este tipo de operaciones entre empresas vinculadas. De la misma manera, se incluye la posibilidad de realizar Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia (APA),
con la
finalidad de que los contribuyentes del ISLR elaboren una propuesta (con la metodología que le sea mas conveniente) ante el Servicio nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Para la valoración de operaciones efectuadas entre partes vinculadas, también
se podrán
distintas a las previstas en la ley siempre y
utilizar metodologías
cuando se trate de métodos
internacionalmente aceptados (Metodología OCDE). Por tanto de acuerdo a la Organización para el desarrollo económico en Latinoamérica existe una casa matriz o sede principal en Francia, con representación en Holanda y las sucursales una en Méjico y la otra en Venezuela, esta última representada en su razón social Thales International Venezuela,
C.A. quien inicia sus operaciones comerciales
en
Venezuela el 12 de enero de 1.981, bajo el nombre de Sociedad VenezolanaFrancesa de Electrónica Profesional, C.A. (VEFELEP, C.A.), teniendo esta su domicilio fiscal en la Av. Venezuela. Edificio Torre Clement. Piso 6. Oficina P6A. Urbanización El Rosal. Municipio Chacao. Estado Miranda. Caracas Venezuela y su
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número de identificación fiscal es J001479147, destacando que para el 03 de octubre de 1.986,
cambió de razón
social por Thomson-CSF
de Venezuela, C.A.,
posteriormente el 02 de febrero del 2.000, cambió nuevamente su razón social Thomson-CSF International de Venezuela, C.A. y por último , el 11 de enero de 2.001 la modificó a su actual denominación, Thales International Venezuela, C.A., con duración de la empresa de cincuenta (50) años, contados a partir de enero de 1.981. Pertenece al Grupo Thales con sede en Francia, conformado por una plantilla aproximada de sesenta y ocho mil (68.000) empleados, operando en 50 países alrededor del mundo. En International Thales es
donde
la prestación
su actividad
principal del Grupo
de servicios electrónicos a compañías
aeroespaciales y seguridad. Dedicándose principalmente al diseño, fabricación y comercialización de una amplia gama de productos tanto de índole civil, como militar, así como promociones; de esta manera se enfoca en proveer soluciones competitivas para aviones, equipos y sistemas de entretenimiento para vuelos comerciales y desarrolla sistemas electrónicos de defensa militar, tecnología de la información y comunicaciones, sistemas de vigilancia, control y apoyo a la navegación aérea, y de sistemas de transmisión tanto en radio como en televisión, y sistemas de seguridad. Thales International Venezuela, C.A, en su rol de compilador comercial tiene como actividad principal la realización de investigaciones y estudios de mercado con clientes potenciales, en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, transmitiendo su actividad final a las otras empresas vinculadas quienes aprovechan dichos servicios para la comercialización y ventas de los productos Thales, desde la sede en Francia, de manera directa y sin intermediarios, involucrándose en servicios de exportación de acuerdo a su facturación y que está expresado formalmente bajo la figura de un contrato firmado entre partes, denominado “Regional Export Sales and Marketing Services Contract”. En tal sentido se requiere saber que métodos se usan para la determinación de los Precios de Transferencia (PT), debido a que, sus
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operaciones se encuentran vinculadas entre sí, observándose que al momento de determinar el ISLR, la metodología aplicada posee inconsistencias procedimientos
establecidos por la ley. Ya
con los
que no existe, una relación
comercial o financiera que las difiera, en tal sentido los beneficios y costos que son declarados son relacionados y por último enviados a la casa matriz. Sabiendo que, los métodos utilizados para la determinación de los precios de transferencia van de acuerdo a unos procedimientos, que deben ajustarse al órgano tributario que rige la materia.
Formulación del Problema Cuál es el procedimiento utilizado para la determinación de Precios de Transferencia por Thales International Venezuela, C.A. durante el ejercicio fiscal 2010, con la finalidad de saber
sí se está cumpliendo con la
normativa y
procedimientos legales ajustados a la Ley en materia de Precios de Transferencia.
Formulación de las interrogantes de la Investigación Considerando el problema planteado se generan las siguientes interrogantes de la investigación: 1.
¿Cómo son los procedimientos utilizados en la determinación de Precios de Transferencia por Thales International Venezuela, C.A. durante el ejercicio fiscal 2010?
2.
¿Cuáles son las normativas legales y procedimientos para el cálculo de Precios de Transferencia en Venezuela durante el ejercicio fiscal 2010?
3.
¿Cuál Obligación tributaria aplica en Precios de Transferencia para la empresa Thales International Venezuela durante el ejercicio fiscal 2010?
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Objetivos de la Investigación Objetivo General Analizar los procedimientos aplicados en la determinación de los Precios de Transferencia en la empresa Thales Internacional Venezuela, C.A., durante el ejercicio fiscal 2010.
Objetivos Específicos Revisar las normativas legales y procedimentales Precios de
Transferencia
para el cálculo de
en Thales Internacional Venezuela, C.A durante el
ejercicio fiscal 2010. Describir los procedimientos realizados por Thales International Venezuela en materia de Precios de Transferencia, en el ejercicio fiscal 2010. Evaluar la Obligación Tributaria en materia de precios de Transferencia para la empresa Thales International Venezuela en el ejercicio fiscal 2010.
Justificación de la Investigación Los Precios de Transferencia vienen a ser, un tema novedoso en Venezuela, debido a su reciente inclusión en la legislación tributaria nacional, con lo cual su
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régimen régimen sancion sancionato atorio rio por incump incumplim limien iento to de deb deberes eres formale formaless incluy incluyend endoo los métodos métodos a seguir seguir y que son los estable establecidos cidos por por el Servicio Servicio Nacional Nacional Integrado Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) lo cual permita hacer más eficiente el registro de las obligaciones contraídas por la adquisición de bienes y/o prestación de servi servicio cioss y perm permiti itiendo endo de esta esta forma, forma, establ establecer ecer límit límites es de aplica aplicació ciónn , preservando la transparencia transparen cia en cuanto a control efectivo se s e refiere sobre los sujetos que realicen operaciones con partes vinculadas en el exterior. exterior. Por lo antes antes expuesto, expuesto, surge el interés interés del del investigad investigador or de tratar tratar un punto en en especifico especifico de esta matriz matriz de estudio, que se enfoca en el análisis análisis del alcance alcance de los procedimientos aplicados por los contribuyentes para la determinación de los Preci Precios os de Tran Transfe sferen renci cia, a, pues pues es sumam sumamen ente te
impo import rtan ante te
para para
las las
part partes es
involucradas involucradas tener un conocimient conocimientoo claro y un marco legal especifico especifico que regule regule efectivamente efectivamente en esta materia, materia, evitando evitando la aplicación aplicación de penalid penalidades ades que no eestén stén acorde a los principios principios tributarios tributarios enmarcados enmarcados en la Constitució Constituciónn de la República República Bolivariana de Venezuela. Por lo que a nivel académico académico servirá como referencia referencia para futuros trabajos trabajos que quieran ahondar en en el estudio estudio de los los Precios Precios de Transferenci Transferencia, a, la legislaci legislación ón nacion nacional al en esta esta materi materiaa y más específi específicame camente nte en aplica aplicació ciónn de los métodos métodos establecidos, sirviendo de modelo aportado para el fortalecimiento de es esta materia, debido a lo novedoso de su creación creación en Venezuela. Venezuela. Los Precios Precios de Transferencia Transferencia (PT) (PT) presen presentan tan algunos algunos inconve inconvenie nientes ntes,, que que con la expe experie rienci nciaa acumu acumulad ladaa se disi disipar parán án
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la Admin Adminis istr trac ació iónn Trib Tribut utari ariaa
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fortalecimi fortalecimiento ento de la legislac legislación ión que regula los los PT en Venezuela, Venezuela, para eliminar eliminar las ambigüedades ambigüedades , vacíos metodológic metodológicos os o legales legales , que los sujetos sujetos pasivos pasivos puedan incurrir en ilícitos formales en esta materia sin ser penados ya que las normas sobre
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precios de transferencia buscan evitar que empresas vinculadas o relacionadas (casa matriz y filiales, por ejemplo) manipulen los precios bajo los cuales intercambian bienes o servicios, de forma fo rma tal que aumenten sus costos o deducciones, dedu cciones, o disminuyan sus ingresos gravables. gravables. Esta investigación investigación tiene el propósito propósito ser una referencia referencia para la unificación de criterios en cuanto a método aplicados en la determinación legal de los precios precios pactados pactados en las operaciones operaciones entre las partes vinculadas, vinculadas, todo en el marco regulatorio vigente, destacando que la orientación del nuevo régimen hacia los lineamientos lineamientos internacionales, asegura una inserción más efectiva efectiva del mismo mismo en el sistema sistema tributario tributario nacional, dado que las empresas multinacion multinacionales, ales, por ejemplos, ejemplos, podrán poner en práctica sus políticas corporativas de precios de trasferencia en aquellas aquellas operaciones operaciones que llevan llevan a cabo en el país, permitiéndol permitiéndoles es manjar manjar sus inversiones con base a normas fiscales relativamente uniformes con las de otros países donde realicen operaciones. En tal sentido algunas empresas usan el método de precios de transferencia para medi medirr el desem desempeñ peñoo de sus divi divisi sion ones, es, la mayor mayoría ía gu gust staa de util utiliz izarl arloo para para la planeación fiscal, de ahí el que la autoridad fiscal vigile este tipo de operaciones oper aciones toda vez que esto se considera que es un sencillo medio para transferir utilidades de una empresa a otra y de esa forma poder pagar menos impuestos. Esta Esta invest investiga igació ciónn proporci proporciona ona alterna alternativ tivas as para para la determ determina inació ciónn de los Precios Precios de Transfe Transferen rencia cia pactados pactados en operaci operacione oness que influy influyen en en los ingreso ingresoss gravables, costos y deducciones de conformidad con los artículos en esta materia de que emana emana la Ley de Impuest Impuestoo Sobre Sobre La Renta Renta y considera considerando ndo la circun circunsta stanci nciaa económica de la empresa Thales Internacional Venezuela, C.A. Por otra parte, esta inves nvesti tiga gaci ción ón pudi pudier eraa cons consttitui tuir adem además ás,, pu punt ntoo de refe refere renc ncia ia para para otra otrass investigaciones de naturaleza similar.
Delimitación de la Investigación
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Los análisis de los procedimientos aplicados para la determinación de Precios de Transferencia en la empresa Thales Internacional Venezuela, C.A. se llevan a cabo con la finalida finalidadd verifi verificar car sí el procedim procedimien iento to está dentro dentro del marco marco legal que le concierne, concierne, en la ciudad de Caracas, Caracas, Av. Venezuela. Venezuela. Edif. Torre Torre Clement. Clement. Piso 6, Ofic. P-6 A. Urbanización El Rosal, Municipio Chacao. Estado Miranda., durante el Ejercicio Fiscal 2010.
Sistema de Variables Una variable según Hurtado (2000) es: “...cualquier característica, fenómeno, proceso, ser o situación susceptible de ser objeto de estudio y de indagación en una investigaci investigación” ón” (p.142). En consecuencia, consecuencia, se requiere requiere establecer establecer los elementos elementos dentro del problema que son susceptibles de asumir diferentes valores. Identi Identific ficada adass las variabl variables, es, se deben deben definir definir con concept ceptual ualmen mente, te, al respect respectoo Arias, (2006) afirma: “…consiste en establecer el significado de la variable, con base en la teoría teoría y mediante mediante el uso de otros términos” términos” (p.63). Por lo tanto, tanto, las variables variables se definen teóricamente, para luego darles el significado específico con respecto al problema de investigación.
Operacionalización de la Variables Operacionalización de una Variable es, considerado como un proceso que se inicia con la definición de las variables en función de factores estrictamente medibles a los cuales son identificados identificados como indicadores, que permitirán realizar su medición de forma empírica y cuantitativa, al igual que cualitativamente llegado el caso. Las variables deben operacionalizarse, proceso que según Castro, M. (2003) señala: “...consiste en la descomposición de la definición nominal de cada una de las variables de la investigación, en sus componentes” (p. 68). Por consiguiente, al
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operacionalizar las variables, se establece el alcance (Dimensión) y la manera de cuantificar su comportamiento (Indicador). Considerados los aspectos teóricos relacionados con el sistema de variables a continuación se presentan los cuadros con los objetivos específicos, las variables identificadas con su definición conceptual, dimensiones e indicadores
Cuadro 1 Identificación y Definición de las Variables OBJETIVOS
VARIABLES
DEFINICION CONCEPTUAL
Revisar las normativas legales y procedimentales para el cálculo de Precios de Transferencia en la empresa Thales Internacional Venezuela durante el ejercicio fiscal 2010.
Normativas legales y procedimentales para el cálculo de Precios de Transferencia en Venezuela.
Son todas las disposiciones emanadas de un cuerpo legislativo estatal. Las leyes son generales y obligatorias y tiene sanción en caso de que no sean cumplidas.
Describir los procedimientos realizados por Thales International Venezuela, C.A. en materia de Precios de Transferencia durante el ejercicio fiscal 2010. .
Procedimientos realizados por Thales International Venezuela, C.A. en materia de Precios de Transferencia.
Son una serie de pasos bien definidos que permitirán y facilitarán la realización de un trabajo de la manera más correcta y exitosa posible. Los precios de transferencia son los que precios o valores que partes relacionadas acuerden entre sí en sus transacciones transfronterizas.
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Evaluar la Obligación Tributaria en materia de precios de Transferencia para la empresa Thales International Venezuela, C.A. durante el ejercicio fiscal 2010.
Obligación Tributaria Es el vínculo jurídico en virtud en materia de precios del cual el estado, denominado de Transferencia para sujeto activo exige un deudor, la empresa Thales denominado sujeto pasivo, el International cumplimiento de una prestación Venezuela, C.A. pecuniaria excepcionalmente en especie.
Autor : J. Sarmiento (Marzo 2012)
Cuadro 2 Operacionalización de Variables VARIABLES
DIMENSIÓN
Normativas legales y Legal procedimentales Contable. para el cálculo de Precios de Administrativa. Transferencia en Venezuela.
INDICADORES LISLR
ITEM
(Titulo VII. Capítulo III. Artículos 112… 172); Declaraciones PT99, Cuentas
1,2,3,4,5,6
Contables ,Manuales o instructivos, Normas de Auditoría LISLR
Procedimientos realizados por Thales International Venezuela,
Legal
(Titulo VII. Capítulo
Contable.
III. Artículos 112…
Administrativa.
172); Declaraciones
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C.A. En materia de Precios de Transferencia.
PT99, Cuentas
5,6,7,8,9,10
Contables, Manuales, Recurso Humano capacitado, Informes de Auditoría.
Obligación Tributaria en materia de precios de Transferencia para la empresa Thales International Venezuela, C.A.
LISLR (Titulo VII. Capítulo III. Artículos 112…
11,12,13,14,15,16
172) COT (Titulo III. Capítulo II. Legal
Artículos 99…119);
Contable.
Registro de partidas
Administrativa. contables con un 100% de criterio razonable de acuerdo a la naturaleza y PCGA, Al suscitarse una penalidad contablemente debe cargarse o debitarse a Gastos No Deducibles.
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
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CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO REFERENCIAL Un marco teórico tiene como finalidad establecer los aspectos teóricos que apoyarán el estudio, delimitando de esta manera los parámetros conceptuales que sustentarán y complementarán la investigación. Al respecto Sabino, C. (2006), afirma: El marco teórico, también llamado marco referencial teórico (y a veces, aunque a sí mismo marco conceptual) tiene precisamente este propósito: dar a la investigación un sistema coordinado y coherente de conceptos y preposiciones que permiten abordar el problema (...) incorporando los conocimientos previos referentes al mismo y ordenándolos de modo tal que resulten útiles en nuestra tarea (p.70).
En consecuencia el marco teórico del presente estudio está conformado por: Antecedentes de la investigación, el contexto organizacional de la empresa Thales International Venezuela, C.A. las bases teóricas, las bases legales, y la definición de términos básicos. En el mismo orden ideas, Tamayo y Tamayo (2007), lo define como la teoría del problema que respalda lo que se pone al momento de delimitar el mismo, el marco teórico ayuda a precisar y a organizar los elementos contenidos en la descripción del problema, de tal forma que puedan ser manejados y convertidos en acciones concretas y anota como funciones definir el área de investigación; sugerir guías de investigación; agrupando los conocimientos y expresando proposiciones teóricas generales, es por tal razón que todo lo anteriormente nombrado sirve para la definición adecuada de las variables sirviendo de guía y sustento para la investigación permitiendo analizar e interpretar los datos
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Este análisis consiste en evaluar cual método es el aplicado por tener como actividad principal tipificada en el renglón de Prestación de Servicios de Exportación a través del Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación ( MMTUO) el cual pretende expresar porcentualmente la ganancia por dichos servicios, considerando que sí dicha ganancia es comparable con otras empresas independientes con actividades similares, los precios celebrados en las operaciones resultarían de mercado, utilizándose como indicador el CAN (Costo Adicionado Neto) el cual se basa en los costos en los que incurre el proveedor de estos bienes, servicios o derechos, en una transacción vinculada por la propiedad transferida o los servicios prestados a una parte vinculada, añadiéndose a esto un margen de utilidad, calculado sobre el costo determinado, de acuerdo a las funciones efectuadas y a las condiciones de mercado, según se desprende del articulo 139 de la Ley de Impuesto Sobre La Renta (ISLR), de allí que al revisar las normas y procedimientos que rigen el cálculo de Precios de Transferencia para la empresa , estas deben estar apegadas en la Ley de Impuesto Sobre La Renta (ISLR) en sus artículo 112, por ser un contribuyente que celebra operaciones vinculadas deben determinarse a efectos tributarios las partidas
de ingresos, costos y deducciones inherentes a estas
operaciones y en conformidad con los artículos 114, por los beneficios entre las partes vinculadas y el artículo 136, que refiere a la metodología legalmente aceptada en este caso particular el Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación ( MMTUO), considerando las condiciones o circunstancias que presente la empresa. El contribuyente cumpliendo con los procedimientos debe preparar y guardar documentación actualizada por cualquier eventualidad en que la Administración Tributaria haga de su solicitud , de acuerdo a normas de control interno que tenga que ver con esta materia, dicha documentación puede estar conformada por la que refleje la estructura organizativa de las entidades, funciones, activos, riesgos, descripción del negocio, información sobre todas las operaciones con entidades independientes y entidades vinculadas, estados financieros auditados, contratos, 30
explicación sobre el método seleccionado, análisis de resultados, libros de ajustes y cualquier otra información relevante por
normas de control interno dichos
documentos, procedimientos deben estar reflejados por escrito donde se manifieste paso a paso de manera metódica y secuencial los eventos suscitados o elementos que intervengan en las operaciones que involucran Precios de Trasferencia, valiéndose de herramientas de análisis estadístico para así demostrar las cifras de manera razonable acorde al método aplicado, destacando que, quien labora en esta actividad de calculo debe ser una persona con alto grado de conocimiento profesional de la materia al igual que los que laboran conformando las piezas contables para este fin. Lógicamente es de estricto cumplimiento de Deber Formal de la entidad, la presentación ajustada de acuerdo a las normas en el plazo estipulado como lo es en el mes de Junio siguiente a la fecha de cierre del ejercicio fiscal, en los términos que fije la Administración Tributaria por medio de Providencias Administrativas, tal cual refiere el artículo 168 de la Ley de Impuestos Sobre La Renta (LISLR), tanto que debe conservar toda la documentación e información que tenga que ver con esta materia referente al calculo de los Precios de Transferencia de acuerdo a los formularios autorizados como: a) Lista de activos fijos
utilizados en la
producción de la renta agrupados por concepto y demás documentos referenciales relacionados con el rubro sujeto a estudio; b) Todo lo relacionado con Riesgos financieros, comerciales asumidos
en la
producción , transformación,
comercialización, venta de bienes y servicios; c) Un Esquema organizacional de la empresa, información de los departamentos o divisiones, canales de distribución entre otros; d) Datos relacionados con la denominación comercial, su domicilio fiscal, Tipo de Contribuyente, si está domiciliado o no, información de las partes vinculadas; e) Estados financieros del ejercicio fiscal del contribuyente; f) Contratos, acuerdo o convenios celebrados entre el contribuyente y los sujetos vinculados en el exterior; g) Información sobre estrategias comerciales, , volumen de operaciones, políticas de créditos, formas de pago, procesos de calidad, certificaciones nacionales 31
e internacionales de productos o servicios; Métodos o métodos utilizados para la determinación
de los Precios de Transferencia, con indicación
de criterio y
elementos objetivos; h) Información de las empresas comparables, Información relacionada con el análisis funcional y calculo de los Precios de Transferencia. Cabe destacar que la Administración tributaria puede estar o no de acuerdo con los resultados presentados pero los soportes de la empresa pueden ser las pruebas sustantivas del cumplimiento de la norma, ya que de no hacerlo le acarrea penalidades tributarias en detrimento de su patrimonio. Lo antes expuesto tiene su basamento legal en la presente Ley y en el Código Orgánico Tributario cuando señala en sus artículos 109, 110 y 220, la penalidad aplicada ya sea por ilícitos materiales.
Antecedentes de la Investigación La primera referencia a los principios que debían observarse en la fijación de los precios de transacciones internacionales entre partes vinculadas se remonta al año 1935, con la reglamentación que interpretaba la Sección 482 del Código del Impuesto a la Renta Interna de los EE.UU. donde se daba una primera definición de precio normal de mercado. Con posterioridad, la OCDE la incorporó a su Convenio Modelo para Evitar la Doble Imposición del año 1963. En 1979 el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE emitió un informe sobre el tema titulado “Transfer prices and Multinacional Enterprises” en el cual se afirmaba la primacía del principio del precio normal de mercado abierto sobre cualquier otro criterio utilizado para determinar el valor de bienes y servicios entre empresas conexas. Ese principio fue ratificado en los informes de la OCDE sobre precios de transferencia de los años 1984 y 1995, estableciéndose que el método que más se acerca al mismo es el de Precios independientes comparables.
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Ante la dificultad de aplicación de este último, se determinan otros dos criterios clásicos de determinación de precios de transferencia: el método del precio de reventa y el del margen de utilidad. Asimismo, se describen otros métodos no clásicos que pueden ser usados complementaría con los nombrados. La legislación estadounidense, a partir del año 1986, se apartó del principio rector de mercado abierto, introduciéndose reformas a la sección 482 del Código del Impuesto a la Renta Interna. Se establecieron pautas destinadas a contemplar los casos de transferencia de intangibles, partiendo de la base que el precio normal de mercado abierto, en estos casos, debía resultar para el transmisor en un monto que se relacionara de una manera proporcional con la renta atribuible al intangible. Después de efectuar una búsqueda en diferentes investigaciones de de alguna forma servirá de apoyo a la elaboración de este trabajo de investigación, además de ser temas relacionados con el mismo se hallaron los siguientes: Las autoras Shalena Castillo y Yosmar Colmenares, realizaron un trabajo de campo de fecha Noviembre 2007; el cual tiene por titulo: “Evaluación del régimen de Precios de Transferencia venezolano considerando la tendencia internacional.” En este sentido, para lograr tal propósito, las autoras de dicha investigación efectuaron un análisis comparativo de los procedimientos de precios de transferencia en otros países y las directrices de la Organización para la Cooperación y el desarrollo Económico (OCDE). Llegando a la conclusión que el régimen venezolano de precios de transferencia sigue la tendencia internacional en esta materia, ya que incluyen los aspectos fundamentales de las guías de precios de transferencia elaborados por la OCDE. Este trabajo de grado permite hacer una definición clara de los PT y comparara con las legislaciones internacionales el régimen venezolano en cuanto a esta materia se refiere.
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La investigación antes señalada, guarda relación, guarda relación con el presente trabajo, debido a que se detalla el régimen de Precios de Transferencia venezolano, los deberes formales, la implantación de esta metodología a nivel internacional, en concordancia con las directrices emanadas de la OCDE. Este trabajo aporta información puntual de la implantación de dicho régimen a la luz de la reforma de la ley del Impuesto Sobre la Renta en el año 2001, así como sus efectos, causas y consecuencias en comparación a los regimenes establecidos en jurisdicciones internacionales. Del mismo modo, el trabajo especial de grado realizado por los autores castillejo Antmeris y Mora
Ronald de fecha octubre 2008, que tiene como
título:”Análisis Comparativo del Código Orgánico Tributario 2001, con la reforma efectuada y su incidencia en la aplicación de sanciones por ilícitos formales”. En dicho trabajo de investigación se utilizó un diseño experimental descriptivo, allí se permitió determinar que el COT (2001) en comparación con el COT del año 2004 atenta contra los principios de justicia equidad por la imposición de sanciones, además de vulnerar el derecho a la defensa de los contribuyentes, descomponiendo la relación de igualdad que mantenían los códigos anteriores. Seguidamente, el trabajo especial de grado, realizado por el Lic. Edwin Melendez G de titulo: “Evaluación del cumplimiento de los Deberes Formales contenidos en la Ley de Impuesto sobre la Renta del año 2001, de la normativa de los precios de transferencia por parte de los Contribuyentes Especiales de la Región centro Occidental domiciliados en Barquisimeto Estado Lara”. Este trabajo se basó en una investigación descriptiva y de campo, para alcanzar el objetivo general y los objetivos específicos, se ha consultado la bibliografía relacionada con el tema, considerando los antecedentes, bases teóricas y jurídicas referentes al tema. El instrumento utilizado fue un cuestionario el cual le fue aplicado a un grupo de contribuyentes
con preguntas abiertas
y cerradas, una entrevista
estructurada al jefe de la División de Contribuyentes Especiales de la Región, dando como resultado identificar los rasgos distintivos de la situación. Los datos fueron 34
analizados de manera cuantitativa y cualitativa y se ajustaron con los fundamentos teóricos
y normativos que regulan el régimen de Precios de Transferencia ,
obteniendo como resultado una desinformación general de los contribuyentes en esta materia, que obliga a recurrir a fuentes externas de capacitación de los profesionales dependientes e independientes para evitar sanciones por parte de la Administración Tributaria mas cuando los procedimientos aplicados para la determinación y cumplimiento de los precios de transferencia no son los correctos. La conclusiones principalmente dirigidas a divulgar esta nueva normativa y disminuir la evasión de los contribuyentes en esta materia y coordinar las acciones fiscalizadoras, para que s e motive el cumplimiento de las obligaciones tributarias en cuanto a esta materia. Por lo antes descrito, se establece una estrecha vinculación con la presente investigación, ya que pretende disminuir los riesgos de los contribuyentes de ser sancionados por el ente Administrador del Tributo, reduciendo la evasión ya sea por no tomar el camino en cuanto a los métodos de aplicación, desconocimiento de como se trabaja esta materia a nivel fiscal.
Bases Teóricas Antecedentes de los Precios de Transferencia Los Precios de Transferencia tienen sus orígenes desde la época de la primera guerra mundial, desarrollando principalmente en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (UK) y los Estados Unidos de America (EEUU), debido a los elevados costos
de la guerra, impusieron sendos impuestos, llamados
impuestos de guerra (war taxes), que trajeron como consecuencia, la planificación en función de la minimización de estas cargas fiscales, a través de sobrefacturación de sus importaciones, y subfacturación en casos de exportaciones a sus filiales domiciliadas en el extranjero. Esta situación originó que las autoridades fiscales de estos países establecieran normas tributarias, con el propósito de evitar que dichas corporaciones expatriaran sus utilidades a compañías vinculadas en el extranjero. 35
Durante la segunda mitad del siglo XX, debido al creciente auge del comercio internacional y el fenómeno económico conocido como la globalización, el cual permite el fácil traslado de los factores de producción a distintas jurisdicciones, así coma la integración económica de grandes corporaciones permitió un resurgimiento de los Precios de transferencia, Ramírez (2006) nos da un ejemplo de consolidación económica de grandes empresas, “las fusiones realizadas por Mobil-Exxon, por Mercedes Benz Chrysler o el de American Online Warner, de la realizada por Hewelett Packard y Compaq, sólo por mencionar algunas de las mas importantes.”(p.26). De acuerdo a lo antes expuesto, el fenómeno de la Globalización e integración de las economías empresariales, ha dado como resultado, un auge a la inversión extranjera directa, incremento de las operaciones comerciales entre compañías de un mismo grupo y la disminución de barreras arancelarias, lo que permite el fácil traslado de los capitales entre distintas naciones, muchas de ellas, inmersas en tratados de integración económica, tales como el North American free Trade Agreement (NAFTA), conformado por EEUU, México y Canadá, El Mercado Común del Sur (MERCOSUR), integrado por Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay como miembros plenos, además de Chile, Bolivia y Venezuela, como miembros asociados recientemente, entre los mas importantes de America, la Unión Europea, conformada por los países de la llamada Europa Occidental, que poseen una unidad monetaria para valorar sus transacciones comerciales. Cuando
nos referimos al crecimiento del número de empresas
multinacionales en las ultimas dos (2) décadas del siglo XX, se evidencia que los números de subsidiarias y casa matrices a lo largo y ancho del mundo se han elevado proporcionalmente, para lo cual en el año 1990, el centro Estadístico para America Latina (CEPAL) publicó una estadística, en la que se muestra que el número de subsidiarias era de ciento sesenta mil (170.000), para el año 1999 se muestra un incremento de las casas matrices, las cuales ascienden a sesenta mil 36
(60.000), mientras que el número de subsidiarias a quinientas mil (500.000), Ramírez 2006, p.27). Otros datos importantes en lo que respecta al comercio mundial, según la OCDE, el setenta por ciento (70%) de las operaciones comerciales a nivel mundial, es llevado entre empresas relacionadas. El veintiséis por ciento (26%) del producto Interno Bruto mundial (PBI), es generado por trescientas (300) empresas multinacionales. El ochenta por ciento (80%) de las regalías mundiales, se pagan entre compañías relacionadas (Ramírez 2006, p.27). Estas situaciones económicas de carácter mundial , han causado que las Administraciones Tributarias de los países y los organismos internacionales, impulsen legislaciones y metodologías, a fin
de controlar estos sujetos que
enmarcan operaciones con partes relacionadas, sean casas matrices o subsidiarias, estableciendo parámetros sobre las operaciones que realicen entre compañías vinculadas, con la finalidad de valorar tales transacciones como si se efectuasen entre empresas independientes. En este orden de ideas, otro punto que ha llevado que las Autoridades Tributarias y las organizaciones internacionales desarrollen regulaciones en materia de PT, es la existencia de jurisdicciones de baja imposición fiscal o paraísos fiscales, en donde las empresas multinacionales trasladan sus utilidades artificialmente a estos países, con el propósito de disminuir la carga fiscal. Por otra parte los grupos multinacionales se ven afectados por una doble imposición cuando dos(2) o más países aplican diferentes metodologías en el calculo de los PT, originando distintas valoraciones de las operaciones, aumentando el ingreso en un país o disminuyendo o no reconociendo el costo en la otra nación involucrada. (ASOVEDEFI 2004, P, 16).
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Precios de Transferencia Cuando se habla del concepto de Precios de Transferencia , pueden existir dos definiciones opuestas que serían desde el punto de vista económico de las empresas y otro punto de vista sería en fiscal de las administraciones Tributarias de los países. En el cual se señalan a los Precios de Transferencia como estrategias comerciales o como un mecanismo de control por parte de los entes tributarios para evitar la evasión fiscal. En este sentido Mallol (1999), señala a los Precios de Transferencia: Como aquel valor del pago (precio) que se pacta y realiza entre sociedades vinculadas de un grupo empresarial multinacional, por transacciones (físicos o inmateriales) o servicios, y que pueden ser diferentes a los que hubieran pactado entre sociedades independientes. (p.24).
Según se ha citado, se entiende por Precios de Transferencia (PT) como el Valor diferente al establecido en el mercado, de operaciones, comerciales entre empresas de un mismo grupo multinacional. Al referirse a empresas multinacionales se deduce que éstas se encuentran en diferentes jurisdicciones , y que las mismas realizan operaciones con sucursales, establecimientos permanentes o bases fijas vinculadas al grupo. Con referencia a las operaciones comerciales estas, pueden ser ventas de bienes y servicios tanto tangibles como intangibles. Seguidamente, ASOVEDEFI (2007), Conceptualiza a los Precios de Transferencia: Como los principios para evitar el manejo artificial de los precios, entre entidades vinculadas, efectuado por un grupo multinacional o por una o más administraciones tributarias, que resulta, bien en lesión a un fisco al privarlos de gravámenes a los que tiene derecho, bien en doble o múltiple imposición para el grupo multinacional. (p.32)
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Tal como lo señala ASOVEDEFI, los Precios de Transferencia, son el manejo artificial de precios efectuado por partes relacionadas, y que resulta en privar a las Administraciones Tributarias de las rentas gravables a las que tienen derecho. Asimismo, se señala que también puede existir una lesión al sujeto pasivo sometido al régimen de Precios de Transferencia, por medio de la doble imposición tributaria, debido
a la utilización de diferentes criterios aplicados
por
cada
jurisdicción a la hora de evaluar los precios de Transferencia. También existen señalamientos en los que se denominan a los Precios de Transferencia ,
como los lineamientos intencionales que deben aplicar las
autoridades tributarias, para proteger las rentas gravables producidas en las diferentes jurisdicciones en las que operen las empresas multinacionales, a causa de las operaciones comerciales realizadas por estas y sus relacionadas (Ramírez 2006 p, 31). Los investigadores
opinan que los Precios de Transferencia
son las
valoraciones de operaciones comerciales entre empresas que se encuentran de forma directa a indirectamente vinculadas, con la finalidad de expatriar beneficios a aquellas jurisdicciones
en donde la
económicas
penetración en
y de
carga fiscal sea menor por estrategias nuevos mercados,
mientras que las
Administraciones Tributarias establecen metodologías para evitar la fuga de capitales al extranjero, valorando estas transacciones de índole comercial como si se efectuasen entre partes independientes.
Bases Legales Antecedentes de los Precios de Transferencia El 22 de octubre de 1999, según la Gaceta Oficial No 5390, se emitió el Decreto Ley de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta, el cual introdujo por primera vez las normativas en materia de precios de transferencia.
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La introducción de esta nueva norma permite a Venezuela prevenir la transferencia de ingresos al exterior por parte de las compañías multinacionales mediante el manejo de precios de los bienes y servicios importados y exportados a las compañías relacionadas, sea por la razón que fuera. El 28 de diciembre de 2001, se reformó nuevamente la Ley de Impuesto Sobre La Renta, esta última introdujo importantes cambios a la normativa relativa a la materia de precios de transferencia, desde el artículo 112 hasta el artículo 170. De esta forma se cambió totalmente la normativa legal acerca de los Precios de Transferencia, así como también se le dio una orientación conceptual diferente a la establecida el 22 de octubre de 1999. En la nueva normativa de precios de transferencia se adoptó el PRINCIPIO ARM'S LENGTH "Principio de Plena competencia o concurrencia " para transacciones entre compañías relacionadas similar al concepto establecido en la Guía sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) en el año 1995, de hecho nuestra Ley de Impuesto sobre la Renta contempla la aplicación de esta norma en forma supletoria.
Sujetos pasivos del régimen de precio de transferencia Los contribuyentes sujetos al impuesto sobre la renta que celebre operaciones con parte vinculadas están obligados para efecto de esta ley a determinar ingresos, costo y deducciones aplicando la metodología de precios de transferencia. De la misma manera deberán presentar la declaración informativa de operaciones efectuadas con partes vinculadas en el extranjero ante la oficina de la
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Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente, para ser remitida a la Gerencia de Estudios Económicos Tributario del SENIAT.
Supuestos de vinculación Las operaciones entre empresas vinculadas ocurren cuando en alguna forma tienen relación entre ellas. En tal sentido, se consideran en la Ley de Impuesto sobre la Renta en los artículos 117 al 119 los siguientes supuestos para la determinación de la vinculación: 1.
Participación directa o indirecta en la dirección, control o capital de
otra empresa. 2.
Persona interpuesta.
3.
Operaciones efectuadas con entidades situadas en jurisdicciones de
baja imposición fiscal, en este último caso se presume la vinculación, salvo prueba en contrario. Se entiende como transacción vinculada aquella que se efectúa entre este tipo de entidades. Por el contrario, una transacción no vinculada es aquella efectuada entre partes independientes.
Partes Vinculadas y las no Vinculadas La definición de parte vinculada y no vinculada, en la Ley de Impuesto Sobre La Renta es análoga con los términos utilizados por la Guía de Precios de Transferencia de la OCDE a continuación transcribimos los conceptos de parte vinculada y no vinculada establecido por la LISLR:
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"A los efectos de este Capítulo, se entenderá por parte vinculada la empresa que participe directa o indirectamente en la dirección, control o capital de otra empresa, o cuando la misma persona participe directa o indirectamente en la dirección, control o capital de ambas empresas” "Se entenderá como transacción vinculada aquella que es efectuada entre partes vinculadas... ". "Se entenderá como transacción no vinculada aquella que es efectuada entre partes independientes... ". ¨Una transacción no vinculada es comparable a una transacción vinculada si se cumple al menos una de las dos condiciones siguientes: 1. Ninguna de las diferencias, si es que existen, entre las transacciones comparadas o entre las empresas que llevan a cabo esas transacciones comparadas afectarán materialmente al precio o al margen en el mercado libre; o 2. Pueden efectuarse ajustes razonablemente exactos para eliminar lo efectos materiales de dichas diferencias." La Ley de Impuesto Sobre La Renta define que la transacción no vinculada podría ser comparable, siempre y cuando no existan diferencias, esto se refiere a la característica del elemento a utilizar como parte comparable. En caso de existir diferencias no se puede utilizar como comparable. Al menos que estas diferencias no sean materiales o siempre y cuando se puedan realizar ajustes económicos o contables para llevarlo a la similitud de la parte examinada.
Reglas para los elementos de comparabilidad En la Ley de Impuesto Sobre la Renta en sus artículos 125 al 130 se establecen reglas específicas para los elementos de comparabilidad, los cuales están clasificado de la siguiente manera:
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1.
Determinación de las funciones realizadas.
2.
Activos empleados.
3.
Riesgos asumidos.
4.
Circunstancias económicas.
5.
Estrategias de negocios.
1. Determinación de las funciones realizadas: Deberá efectuarse la comparación de las funciones llevadas a cabo por las partes, la cual se basará en un análisis funcional que tendrá como objeto identificar y comparar las actividades económicamente significativas y las responsabilidades asumidas por las partes independientes y por las partes vinculadas, prestando atención a la estructura y organización de las partes. Deberán considerarse funciones tales como: diseño, fabricación, ensamblaje, investigación y desarrollo, servicios, compra, distribución, mercadeo, publicidad, transporte, financiamiento y dirección. Así mismo, se precisará la relevancia económica de esas funciones en términos de su frecuencia, naturaleza y valor para las respectivas partes de la transacción. Deberán identificarse las principales funciones llevadas a cabo por la parte objeto de análisis, con la finalidad de efectuar los ajustes para eliminar cualquier diferencia material en relación con las funciones asumidas por cualquier parte independiente considerada comparable. 2. Activos empleados: Para identificar y comparar las funciones realizadas se debe analizar los activos que se emplean, considerando entre otros la clase de activos
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utilizados y su naturaleza, antigüedad, valor de mercado, situación, grado de protección de los derechos de propiedad disponibles, entre otros. 3. Riesgos asumidos: Se tomarán en consideración los riesgos asumidos por las partes a objeto de comparar las funciones llevadas a cabo por las mismas. Los tipos de riesgos a considerar incluyen los del mercado, tales como las fluctuaciones en el precio de los insumos y de los productos finales; los riesgos de pérdidas asociados con la inversión y el uso de los derechos de propiedad, los edificios y los equipos; riesgos en el éxito o fracaso de la investigación o desarrollo; riesgos financieros como los acusados por la variabilidad del tipo de interés y del cambio de divisas; riesgos de los créditos y otros. 4. Circunstancias económicas: Se considerarán como circunstancias económicas a fin de determinar el grado de comparación de los mercados en los que operan las partes independientes y las partes vinculadas, entre otros: la localización geográfica, el tamaño de los mercados, el nivel de competencia de los mercados, las posiciones competitivas relativas a los compradores y vendedores, posición de las empresas en el ciclo de producción o distribución, la disponibilidad de bienes y servicios sustitutivos, los niveles de insumos y de demanda en el mercado, el poder de compra de los consumidores, la naturaleza y extensión de las regulaciones gubernamentales del mercado, los costos de producción, los costos de transporte, el nivel de mercado (detallista o mayorista), la fecha y hora de las transacciones y otros. 5. Estrategias de negocios: Se considerarán como aspectos relativos a las características de las estrategias de negocios: la diversificación, aversión al riesgo, valoración del impacto de los cambios políticos y de las Leyes laborales existentes o previstas, estrategias de penetración o expansión de mercados; así como todos aquellos factores que se soportan en la marcha diaria de los negocios.
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Métodos para la determinación del precio de transferencia La Ley de Impuesto Sobre La Renta, en sus artículos del 136 al 142 refleja, los métodos a considerar para evaluar la razonabilidad de los precios de transferencia de acuerdo al principio de arm's length entre partes vinculadas. Los métodos que se encuentran contemplados en dichos artículos son: 1. Método del Precio Comparable no Controlado. "Comparable Uncontrolled Price, CUP" LISLR Artículo 137: "El método del precio comparable no controlado (comparable Uncontrolled Price Method), consiste en comparar el precio cobrado por transferencia de propiedad o servicios en una transacción vinculada, con el precio cobrado por transferencia de propiedad o servicios en una transacción no vinculada comparable, en circunstancia comparable." Mediante este método se compara el precio cargado a bienes o servicios transferido en una transacción controlada, con el precio atribuido a bienes o servicios transferidos en una operación no controlada. Las fuentes comparables para la aplicación de este método puede provenir de: •
Comparables externos. Son los elementos de comparación de precios
que se realiza entre compañías que no están incluidas dentro del grupo económico. •
Comparables internos. Son los elementos de comparación que
provienen de transacciones realizadas por la empresa con partes no controladas. La información de comparables internos es más fácil de obtener para la empresa, siempre y cuando se hayan realizado operaciones con partes no relacionadas. Las comparables externas resultan más difíciles ubicarlas, esto es debido a que la mayoría de la información pertenece a compañías privadas. Para la
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búsqueda de comparables externos es necesario, la adquisición de una base de datos para la obtención de la información. Para la aplicación del método CUP debe existir similitudes entre los productos o servicios que se van a comparar, las características que deben cumplir son: •
Calidad del producto: Consistencia (ejemplo: metales preciosos,
minerales, etc.) duración (ejemplo: los Granos), grado de humedad. •
Clausura de contratos: la garantía del producto, volumen de ventas,
modalidades de créditos, modalidad de envíos, cláusula legal. •
Nivel de Mercado: Mayorista, minorista y otras cláusulas de
distribución. •
Días de transacción.
•
Intangibles asociados a la venta.
•
Riesgos cambiarios. Las operaciones serán comparables cuando no existan diferencias entre
ellas o cuando existiendo, se conoce la incidencia de estas en el precio y por lo tanto se puede ajustar. 2. Método del Precio de Reventa. "Resale Price Method. RPM" LISLR Artículo 138: "El método de precio de reventa (Resale Price Method), se basa en el precio al cual el producto que ha sido comprado a una parte vinculada es revendido a una parte independiente. Este precio de reventa es disminuido con el margen de utilidad calculado sobre el precio de reventa, que representa la cantidad a partir de la cual el revendedor busca cubrir sus gastos de venta y otros gastos operativos y
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obtener un beneficio adecuado tomando en cuenta las funciones realizadas, los activos empleados y los riesgos asumidos." El método de precio de reventa es el precio de una empresa relacionada cuando le vende a una empresa independiente, al cual se le reduce el margen bruto que cubre los costos y la ganancia del revendedor. Este método por lo general es utilizado para evaluar empresas distribuidoras que revenden los productos sin adicionarles partes o alterarlo físicamente. En caso de existir diferencia entre la parte examinada y la parte comparable en relación a las funciones realizadas, términos contractuales, riesgos asumidos, valor agregado, activo intangible, que afecte materialmente este método no se podrá aplicar al menos que se le apliquen los ajustes necesarios. La metodología para la aplicación del precio de reventa consiste en determinar la razón del margen bruto de venta de la parte examinada y de la parte comparable, para luego realizar la comparación entre ambas. En la búsqueda de comparabilidad para el método de reventa se pueden considerar dos fuentes:
Precio de Reventa Interno: Es el margen obtenido por distribuidores del grupo en operaciones no controladas comparables.
Precio de Reventa Externo: Es el margen que se obtiene un distribuidor independiente en transacciones no controladas comparables. 3. Método de Precio del Costo Adicionado (Cost Plus Method) LISLR Artículo 139: "El método del costo adicionado (Cost Plus Method) se basa en los costos en los que incurre el proveedor de estos bienes, servicios o derechos, en una transacción vinculada por la propiedad transferida o los servicios prestados a una
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parte vinculada, añadiéndose a éste un margen de utilidad, calculado sobre el costo determinado, de acuerdo a las funciones efectuadas y a las condiciones del mercado." Este método se utiliza para determinar los precios de transferencia de productores de bienes y servicios que realizan ventas a partes relacionadas tomando como base el costo de producción de la empresa vinculada. En este caso, el precio de transferencia se determina sumando a los costos de producción un margen bruto, lo que debería equivaler al precio de venta que debió haberse establecido entre partes independientes. Ese valor adicional al costo, denominado "mark-up" es un porcentaje que el productor pretende obtener cuando realiza transacciones con partes relacionadas. El cual se expresa en a siguiente fórmula: Precio de Ventas = Costo de Producción + Porcentaje Adicional Este método se utiliza por lo general en las ventas de productos en proceso entre las empresas vinculadas, en ventas a largo plazo o para el caso de prestación de servicios y especialmente cuando el productor no ha desarrollado un bien intangible propio. Para la aplicación del método de costo adicionado se debe revisar con precaución sus costos de producción, adicionalmente se debe revisar otros factores que inciden en la aplicación de este método, los cuales son: •
Estructura general de costo: Vida útil de las plantas y equipos.
•
Experiencia en el negocio: Fase de inicio o de madurez de la
compañía.
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•
Eficiencia gerencial: Política de ventas, esquema de compensación de
venta. En caso de existir alguna diferencia significativa, se afectará la aplicación de este método. Para su uso se deberán realizar los ajustes económicos necesarios. 4. Método de División de Beneficio (Profit Split Method) LISLR Artículo 140: "El método de división de beneficios (Profit Split method) consiste en asignar la utilidad de operación obtenida por partes vinculadas, en la proporción que hubiera sido asignada con o entre partes independientes, conforme a lo siguiente: A. Se determinará la utilidad de operación global mediante la suma de la utilidad de operación obtenida por cada una de las personas relacionadas involucradas en la operación. B. La utilidad de operación global, se asignará a cada una de las personas relacionadas considerando elementos tales como activos, costos y gastos de cada una de las partes vinculadas, con respecto a las operaciones entre dichas partes vinculadas." En este método, el beneficio operativo o pérdida, derivados de transacciones controladas, se asigna en proporción a las contribuciones realizadas, ya que se considera que estas últimas reflejan equitativamente la retribución que a cada miembro del grupo le correspondería por los esfuerzos realizados. Dichas contribuciones están determinadas por los gastos, activos fijos o empleados, las funciones cumplidas, los riesgos asumidos y los recursos utilizados por la compañía. Generalmente, cuando las empresas proceden a efectuar un emprendimiento conjunto, deciden de manera anticipada la forma en que se dividirían los beneficios que resulten en la operación. Pues bien, este método apunta a establecer el mismo procedimiento que hubiesen adoptado tales empresas independientes para dividir las utilidades, sin considerar condiciones especiales impuestas en una transacción controlada.
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5. Método de Margen Neto Transaccional (Transactional Net Margin Method) LISLR Artículo: 141 "Consiste en determinar en transacciones entre partes vinculadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido partes independientes en operaciones comparables, con base en factores de rentabilidad que toman en cuenta variables tales como activos, ventas, costos gastos o flujo de efectivo." En este método se compara el margen neto de ganancia de la parte examinada, con el margen neto de ganancia de la parte no controlada o empresas comparables. El margen obtenido proviene de las ventas menos el conjunto de los costos totales operativos. En la práctica el método margen transaccional neto es utilizado como método de último recurso, para ser aplicado después de que se haya comprobado la inaplicación de los otros métodos tradicionales.
Selección del método más adecuado. El sujeto pasivo tiene la obligación de seleccionar el método que más se adecué a la operación examinada con las características funcionales que presenta la parte examinada. La Ley de Impuesto Sobre La Renta exige que el contribuyente deba considerar el método del precio comparable no controlado como primera opción antes que otro método a utilizar.
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CAPITULO III MARCO METODOLOGICO El Marco Metodológico , está referido al momento que alude al conjunto de procedimientos lógicos, tecno-operacionales implícitos en
todo proceso de
investigación , con el objeto de ponerlos de manifiesto y sistematizarlos, a propósito de permitir descubrir y analizar sus supuestos del estudio y de reconstruir los datos, a partir de los conceptos teóricos convencionalmente operacionalizados. La definición de la metodología es de mucha importancia para desarrollar la investigación, ya que permite establecer lo significativo de los hechos y fenómenos hacia los cuales es encaminado el interés de la misma. El marco metodológico explica las acciones realizadas para el logro de los objetivos de la investigación, de acuerdo a Tamayo y Tamayo (1995) la metodología es un “proceso general para lograr de una manera precisa el objetivo de la investigación”. Por tanto se puede decir, que es la instancia referida a los métodos, las diversas reglas, registros, técnicas, y protocolos con los cuales una Teoría y su Método calculan las magnitudes de lo real. De ahí que, se deberán plantear el conjunto de operaciones técnicas que se incorporarán en el despliegue de la investigación en el proceso de la obtención de los datos.
Tipo de Investigación El estudio se enmarcó dentro de una investigación de carácter Descriptivo. A tal efecto, Danhke (citado por Hernández, Fernández y Baptista, 2003), señala que “los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades, las características y los perfiles importantes de personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno que 51
se someta a un análisis” (p. 117). En definitiva permiten medir la información recolectada para luego describir, analizar e interpretar sistemáticamente las características del fenómeno estudiado con base en la realidad del escenario planteado. Para Tamayo (1998) la investigación descriptiva:
“Comprende la descripción, registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual, composición o procesos de los fenómenos. El enfoque que se hace sobre conclusiones es dominante, o como una persona, grupo o cosa, conduce a funciones en el presente. La investigación descriptiva trabaja sobre las realidades de los hechos y sus características fundamentales es de presentarnos una interpretación correcta”. (p. 54)
De acuerdo a la naturaleza de la investigación planteada se considera una investigación de campo, de tipo descriptiva porque el fenómeno de estudio se llevó a cabo por mediciones y cuantificaciones estableciendo un comportamiento determinado al final de los resultados obtenidos del sujeto investigado.
Este tipo de investigación es conceptualizada por Arias (2006) como aquella: …que consiste en la recolección de datos directamente de los sujetos investigados, o de la realidad donde ocurren los hechos (datos primarios), sin manipular o controlar variable alguna, es decir, el investigador obtiene la información pero no altera las condiciones existentes.
Para Muñoz (1998) se considera una investigación de campo, a “las investigaciones en las que la recopilación de información se realiza enmarcada por el ambiente especifico en el que se presenta el fenómeno de estudio”. (p. 9).
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Para Munich y Ángeles (1993), la investigación descriptiva”es aquella que explica las características mas importantes del fenómeno que se va a estudiar en lo que respecta a su aparición, frecuencia y desarrollo”. (p.30). Es por ello que esta investigación se apoyó en este estudio , con el propósito de realizar un análisis a los procedimientos aplicados así como a la revisión y la evaluación tributaria en materia de Precios de Transferencia, todo basado en las consultas de la información recopilada en las fuentes primarias dando amplitud a este trabajo de grado, dado a que se detallan las características de los datos del fenómeno sujeto a estudio describiendo así los hechos para dar base que permita estudiar la naturaleza y los factores constituyentes del cumplimiento de la norma establecida por la Administración Tributaria enmarcada en el Impuesto Sobre La Renta (LISLR) y el Código Orgánico Tributario (COT)del año 2001.
Diseño de Investigación De acuerdo a lo
que indica Miriam Balestrini (2002), Un diseño de
investigación se define como el plan global de investigación que integra de un modo coherente y adecuadamente correcto técnicas de recogida de datos a utilizar, análisis previstos y objetivos… el diseño de una investigación intenta dar de una manera clara y no ambigua respuestas a las preguntas planteadas en la misma.
"Un diseño de investigación es un plan global de investigación que integra de modo coherente y conecta las técnicas de recolección de datos, análisis previstos y objetivos; el diseño de investigación que intente dar respuesta a la preguntas planteadas en la misma" (Alvira Martín, Diseño de Investigación Social 1996, p.67).
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Por tanto el Diseño de este trabajo se enmarca en la Investigación de campo, donde se adoptó como estrategia para abordar la temática en estudio en la búsqueda de información en materiales impresos
para efectuar
los análisis ,
describiendo los procedimientos de manera critica en el ámbito tributario.
Diseño del Instrumento de medición El instrumento de medición que se utilizó en la presente investigación fue el cuestionario “…un cuestionario consiste en un conjunto de presuntas respecto a una o más variables a medir, tal vez es el instrumento más utilizado para recolectar los datos de una investigación” (Hernández Sampieri., Fernández Collado C. y Baptista Lucio P; “Metodología de la Investigación”.(P.61). Por lo cual, cada una de las preguntas que se incluyen en el instrumento deben ser dirigidas a conocer los aspectos específicos de las variables de objeto de estudio, cabe destacar que dicho cuestionario metodológicamente cumple con una condición, un criterio, una causa y unos efectos. Con la finalidad de facilitar las respuestas al cuestionario en referencia, las preguntas fueron estructuradas y definidas
de acuerdo
a los objetivos y
limitaciones perseguidas en
esta
investigación permitiendo al encuestado elegir la opción que describiera con mayor exactitud la percepción que tienen sobre
la materia de Precios de
Transferencias en cuanto a sus procedimientos métodos, y normas tributarias, así pues las preguntas abiertas que tiene el cuestionario son preguntas en donde el recurso encuestado puede expresar su opinión simple y concisa.
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Población o Universo de Estudio El término población se refiere a “…cualquier conjunto de elementos de los que se quiere conocer o investigar alguna o algunas de sus características.”(Alcaide, citado por Balestrini, 2001). Una Población en un conjunto que representa todas las mediciones de interés para obtener una muestra, considerándose como tipo de población finita en la medida , que esta constituida ya sea por un numero determinado de elementos, que con relación a este estudio está limitado a tres empresas. Por tanto esta población esta representada por tres empresas dentro del ramo de tecnología de servicios que
presentan sus casas matrices en Francia,
Thales International Venezuela, C.A., CGA Compañía General de Automatismo, S.A. y Thales Sucurity Solutions, SAS. Ubicadas geográficamente en el municipio Chacao. Av, Venezuela. Torre Clement. Piso 6. Urb. El Rosal.
Muestra del Estudio La muestra es un “subconjunto representativo de un universo o población.” (Morles, 1994, p.54). Una muestra es una parte representativa de una población, cuyas características deben reproducirse en ella, lo más exactamente posible. (Balestrini, Mirian. Pág. 142). Por tanto esta muestra está representada por Thales International Venezuela, C.A., la cual posee domicilio fiscal en Venezuela y posee recurso humano de siete (7) empleados.
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Validez y confiabilidad de los Instrumentos de Recolección de Datos La validez no es más que el grado en que el instrumento de recolección de información medirá lo que realmente se pretende medir, comprobando que los ítems o preguntas del mismo guarden se encuentren vinculados con los objetivos, variables e indicadores formulados dentro de la investigación antes de ser aplicado, el cual debe ser presentado ante una serie de expertos, tanto en metodología como de la materia en estudio donde se presenta la problemática, quienes se encargarán de evaluar y analizar detalladamente la estructura del mismo con el propósito de validarlo o no. Pérez (2009), señala:
La validación es fundamental en el anteproyecto de investigación. Se hace a través de juicio de expertos. Se refiere a la revisión exhaustiva del instrumento de investigación antes de ser aplicado. Se confía su realización a un panel de especialistas en metodología, conocedores de la materia de estudio. Ellos verifican la redacción, extensión y correlación entre los objetivos variables, los indicadores y las preguntas (ítems) del instrumento de investigación, entre otros aspectos. (p.89)
De acuerdo con Hernández, Fernández y Baptista (1998),”la validez en términos generales, se refiere al grado en que un instrumento realmente mide la variable que pretende medir” (Pág.243). Tamayo y Tamayo (1998) considera que validar es “determinar cualitativa y/o cuantitativamente un dato” (224). Esta investigación requirió de un tratamiento científico con el fin de obtener un resultado que pudiera ser apreciado por la comunidad científica como tal. La validez del instrumento de recolección de datos de la presente investigación, se realizó a través de la validez de contenido, es decir, se determinó 56
hasta donde los ítems que contiene el instrumento fueron representativos del dominio o del universo contenido en lo que se desea medir. Al respecto, Balestrini (1997),(Pág.140) plantea: “ Una vez que se ha definido y diseñado los instrumentos y Procedimientos de recolección de datos, atendiendo al tipo de estudio de que se trate, antes de aplicarlos de manera definitiva en la muestra seleccionada, es conveniente someterlos a prueba, con el propósito de establecer la validez de éstos, en relación al problema investigado.” Según Balestrini (1997), toda investigación en la medida que sea posible debe permitir ser sometida a ciertos correctivos a fin de refinarlos y validarlos (Pág.147) Según Rusque M (2003) “la validez representa la posibilidad de que un método de investigación sea capaz de responder a las interrogantes formuladas” La validación del instrumento comienza con la entrega a los expertos de una copia del planteamiento del problema, copia del cuadro de variable y el de operacionalización, copia del cuestionario en este caso, documentación de los objetivos de la investigación, de los indicadores de población y muestra de la investigación y finalmente copia de la matriz de validación el cual deberán llenar cada uno de los expertos con sugerencias o recomendaciones sobre el instrumento de investigación. De acuerdo con la definición de las variables en el trabajo de investigación y teniendo claro cuál es la información que se desea obtener, se procede a elaborar el instrumento de recolección de datos, el cual es sometido a la revisión minuciosa del tutor, dando su aprobación, posteriormente se procede a obtener la aprobación de personas expertas en el área de informática y en el área de metodología.
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Por tanto la validez del cuestionario significa que las preguntas o ítems deben tener una correspondencia directa con los objetivos, debido a que estas interrogantes consultarán sólo aquella información que se pretende conocer o medir. La fiabilidad designa la capacidad de obtener los mismos resultados de diferentes situaciones.
Confiabilidad La confiabilidad está comprendida por el procedimiento con el cual se determinará el grado de efectividad que posee el instrumento que se elaboró para recolectar la información, haciendo referencia a la misma señala Pérez (2009) “La confiabilidad, se refiere al grado en que su aplicación repetida al mismo sujeto produce iguales resultados” (p.89). Por ello, es que la aplicación de dicho instrumento se debe realizar directamente al sujeto sometido al estudio con el fin de recopilar toda la información relacionada problema que sirva de apoyo para el investigador. A fin de establecer la confiabilidad, lo más recomendable es que se efectúe una prueba piloto a una muestra pequeña de la población, que si bien no representa el basto universo que conforma el sujeto objeto del estudio, debe ser distinta a la misma pero que posea las características y rasgos más comunes del mismo; haciendo referencia a lo antes mencionado, Pérez (2009), señala:
Consiste en poner a prueba las técnicas o instrumentos de investigación a utilizar, se requiere con rigurosidad, en el caso de la utilización de instrumentos “no estandarizados”. Es decir, cuando el investigador tiene que elaborar instrumentos de recolección de datos apropiados a lo que se pretende lograr. El estudio o prueba piloto se realiza con el propósito de garantizar la validez y confiabilidad de los instrumentos diseñados.” (p.89)
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En este sentido, la muestra a la cual se le aplicará la prueba piloto debe reunir condiciones tales como, poseer las mismas características o en su defecto que presente mucha similitud con la muestra o población original, esta debe ser desechada después de la aplicación de los instrumentos y por último y más importante antes de aplicar los instrumentos, los mismos deben contar con la validación mediante juicio de expertos. A los resultados obtenidos de la aplicación del instrumento se les calculará el grado de confiabilidad con el objeto de verificar el nivel de homogeneidad que presenten los mismos. Para la estimación se puede emplear cualquiera de los siguientes métodos: Confiabilidad de reaplicación de pruebas (pruebas paralelas), este consiste en administrar dos (2) veces la misma prueba a un mismo grupo en un intervalo de tiempo relativamente corto. Confiabilidad de versiones equivalentes (pruebas paralelas), para este método se elaboran dos (2) versiones distintas de la misma prueba que miden el mismo constructor y se administran a la misma muestra. Confiabilidad de consistencia interna (homogeneidad), a través de este método se persigue determinar el grado en que los ítems de una prueba están correlacionados entre si. Existen diferentes procedimientos para estimar la confiabilidad pero los más utilizados son: a. Kuder y Richardson, el cual es aplicable a prueba de ítems dicotómicos, es decir, cuando las repuestas son correctas o incorrectas. b. Alpha de Cronbach, en el que no existen respuestas correctas o incorrectas, sino que el sujeto marca el valor que representa su respuesta. c. Dos mitades, corregido por la fórmula de Spearman – Brown.
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A continuación se presentan las fórmulas para realizar el cálculo de la confiabilidad del instrumento de recolección de datos a los resultados de la prueba piloto.
Cuadro 3 Estructura de la Prueba de Confiabilidad TIPO DE CONFIABILIDAD Reaplicación de Pruebas (test – retest) Versión equivalente (pruebas paralelas)
Kuder y Richardson (items dicotómicos)
TIPO DE
TRATAMIENTO
CORRELACIÓN ESTADÍSTICO Entre los puntajes de Correlación lineal de Pearson una misma prueba aplicada dos veces Dos formas de redacciones diferentes sobre una misma prueba aplicada = Coeficiente de correlación consecutivamente X = Puntaje de un individuo de la variable X Y = Puntaje de un individuo de la variable Y . = Media de las muestras Proporción de acierto y desaciertos y la varianza del total de los aciertos = Coeficiente de confiabilidad n = Número de ítems = Varianza total de la prueba =
Sumatoria
de
las
varianzas individuales de los ítems Alpha de Cronbach (escala de Lickert)
A través de la varianza de cada ítem asociado por las variables de las puntuaciones totales
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Coeficiente de confiabilidad n = Número de ítems = Varianza total de prueba = Sumatoria de las varianzas individuales de los ítems Spearman – Brown (método de dos mitades)
Entre las preguntas pares e impares
D = Diferencia entre los puntajes N = Número de sujetos Autor: J. Sarmiento (2012) La fiabilidad no se refiere directamente a los datos, sino a las técnicas de instrumentos de medida y observación, es decir, al grado en que las respuestas son independientes de las circunstancias accidentales de la investigación. (Pág. 134) La fiabilidad, confiabilidad, consistencia y credibilidad de la investigación se logró a través del análisis de la información, lo cual permitió internalizar las bases teóricas, el cuerpo de ideas y la realidad (sujetos de estudios-escenarios y contextos) Rusque, M. (2003:134)
Técnicas e Instrumento de Recolección de Datos Las técnicas de recolección de datos son las distintas formas o maneras de obtener la información. Son ejemplos de técnicas; la observación directa la encuesta en sus dos modalidades: oral o escrita (cuestionario), la entrevista, el análisis documental, el análisis de contenido entre otros., En
esta
investigación
la
técnica esta
representada
por el
cuestionario.
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Los instrumentos son los medios materiales que se emplean para recoger y almacenar la información. Por ejemplo las fichas, formatos de cuestionario, guía de entrevista,
lista de cotejo, escalas de actitudes u opinión, grabador, cámara
fotográfica o de video entre otras utilizadas son las de cuestionario de preguntas abiertas y cerradas. En este aspecto responde a formato de cuestionario basado en una metodología y planificación. El cuestionario es la modalidad de encuesta que se realiza de forma, escrita mediante un instrumento o formato en papel contentivo de una serie de preguntas. Se le denomina cuestionario autoadministrado porque debe ser llenado por el encuestado, sin intervención del encuestador. (Fidias G. Arias, Feb.2006, p 74). De acuerdo a lo manifestado en los párrafos anteriores
referente al
instrumento aplicado a la investigación se formularon las siguientes interrogantes, atendiendo a la concordancia , con tipo de preguntas cerradas porque establecen previamente las opciones de respuesta que puede elegir el encuestado, bajo la clasificación dicotómicas por las dos opciones de respuesta. De tal manera que para la presente investigación se han seleccionado dieciséis interrogantes con las características antes mencionadas para su posterior respuesta y análisis.
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CAPÍTULO IV PRESENTACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS Presentación y análisis de los resultados Cuando se tiene un conjunto numeroso de datos obtenidos a través de un instrumentos de investigación, es difícil describirlos de forma textual; por tal razón, es preferible organizarlos antes de procesarlos. En este sentido, se procedió a la presentación y análisis de los mismos, para luego presentarlos mediante: gráficos de puntos, líneas, diagrama de barras, entre otros. El autor, en este caso decidió por los gráficos circulares o de pastel, para la presentación, ya que estos permiten observar con amplitud y sencillez el resultado de la investigación, pues dentro de sus ventajas, en los diagramas circulares se presentan mejor los valores porcentuales, ya que el circulo completo comprende el cien por cientos (100%), es decir (360° = 100 %). Según el Manual de Normas y Orientaciones para Elaboración del Trabajo de Grado (TG-UAH) (2011) en este punto se debe comenzar:
Por organizar los ítems, tabular el número de respuestas (frecuencia), calcular el porcentaje de las respuestas dadas por la muestra seleccionada y finalmente se procede a graficar. Cumplido estos pasos, se inicia la etapa de la interpretación cualitativa y cuantitativamente los porcentajes de las respuestas de los distintos ítems, orientando siempre el análisis en el contexto de los objetivos de la investigación. (p.35)
Por su parte, Balestrini (2006) señala que “las técnicas gráfica, permiten representar los fenómenos estudiados a través de figuras, que pueden ser interpretadas
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y comparadas fácilmente entre sí. Cuando reúnen ciertas características de simplicidad y precisión pueden ser más expositivas que las descripciones verbales.” (p.180). Finalmente, todos los datos se analizaron a fin de emitir un juicio objetivo acerca de cada pregunta formulada posteriormente al análisis, los resultados fueron expresados mediante cuadros donde se reflejó la frecuencia y porcentajes, luego se realizó la presentación de cada ítem a través de gráficas circulares o de pastel, cuyos resultados se muestran a continuación.
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1.- ¿Conoce la normativa legal que enmarca la materia de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 4. Conocimiento de la norma sobre Precios de Transferencia Alternativas Frecuencia Si 4 No 12 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 25% 75% 100%
Gráfico 1. Conocimiento de la norma sobre Precios de Transferencia
Autor : J. Sarmiento (Marzo 2012) Las respuestas obtenidas demuestran que, un 94% tiene conocimiento de la normativa, mientras que un 6% no la conoce y de acuerdo al Titulo VII, Capítulo III, Artículos 112 al 172 de la LISLR, muestra los diferentes tópicos que contempla esta normativa
fiscal; ahora bien .la empresa se encuentra en
periodo de
reclutamiento de nuevo talento humano, el cual no se le evaluó en esta materia, aun siendo del área administrativa contable Así pues que los puede obtener resultados negativos debido a la naturaleza de sus operaciones por ende todo el talento humano que labora en el área debe conocer de la materia, evitando así posibles
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errores que influyen en el desarrollo de la empresa por causa de fiscalizaciones tributarias.
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2.- ¿Existe en la empresa Thales Internacional Venezuela, C.A. Manuales de Procedimientos para el cálculo de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 5. Manuales de Procedimientos para el cálculo de Precios de Transferencia. Alternativas Si No TOTAL
Frecuencia 2 14 16
Ponderación 12% 88% 100%
Autor : J. Sarmiento (Marzo 2011)
Gráfico 2. Existencia de Manuales de Procedimientos de Precios de Transferencia. MANUALESDEPROCEDIMIENTOS 12% SI NO 88%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) El 88% de los encuestados manifiesta que no existen los manuales de cálculos para Precios de Transferencia, mientras un 12% manifiesta sí haberlos visto así mismo todo el recurso humano involucrado en esta materia tributaria debe manejar un criterio homogéneo de la información tan particular. y la empresa comenzó a elaborar los manuales de procedimientos para este fin, pero
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lamentablemente no los concluyó dejando solo unos borradores impresos en poder del personal más antiguo no transmitido al recurso humano mas reciente; hay que destacar que la falta de comunicación y fallas de control interno hace que la información sea de poca confiabilidad., en consecuencia le ocasiona un problema fiscal por suministrar información fuera de la norma
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3.- ¿Sabe Usted, realizar la declaración de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 6 Sabe Usted, realizar la declaración de Precios de Transferencia Alternativas Frecuencia Si 5 No 11 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 31% 69% 100%
Gráfico 2. Sabe Usted, realizar la declaración de Precios de Transferencia REALIZALA DECLARACIÓN DEPRECIOSDETRANSFERENCIA
69%
SI NO 31%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) El 69% de los encuestados manifiesta no saber como realizar la declaración informativa de Precios de Transferencia mientras que un 31% indica que sí, se considera que el talento humano que labora en el área contable de la empresa debería conocer de la materia al menos lo básico ahora bien el desconocimiento de la materia por parte del talento humano pude ser por falta de interés de ellos o por que la empresa no aplica programas de mejoramiento en materia impositiva basándose solamente en el conocimiento de los pocos talentos que dominan la materia o también por la falta de comunicación de parte de los que supervisan al al 69
talento humano así pues que, representa una gran debilidad por parte del departamento contable y por ende de la organización en esta materia debiendo recurrir a terceros para realizar tales declaraciones , incurriendo en consecuencia en erogaciones representativas en la partida de honorarios por servicios.
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4.- ¿Conoce Usted cuál Método es el más adecuado que se aplica en la empresa para calcular los Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 7 Método adecuado Alternativas Frecuencia Si 14 No 2 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 88% 12% 100%
Gráfico 4. Método adecuado METÓDO DE APLICACIÓN
Si 1 2
Si No
No 88
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) El 88% de los encuestados manifiesta que tiene conocimiento respecto al método utilizado por la empresa, mientras un 12% manifiesta no saber, hay que destacar que, según el artículo 136 de la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR), indica que métodos deben ser utilizados y que son aceptados internacionalmente en esta materia fiscal., en este particular la empresa se basa en el artículo 141 de la misma ley aplicando los parámetros que dice de acuerdo a las variables de Ventas, Activos, Costos, Gastos y Flujo de Efectivo y ese porcentaje 12% está conformado
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por talento humano de poca experiencia y periodo de formación, situación que dicha empresa estará reforzando., así pues que esa deficiencia de información puede distorsionar los resultados sí no se aplican correctivos a tiempo evitando de esta manera sanciones de índole pecuniario.
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5.- ¿Quién realiza la Declaración de Precios de Transferencia para la empresa Thales International Venezuela, C.A.? Los Analistas Contables (____); El Contador Principal (____); Los Auditores Externos (____).
Cuadro 8 Quién realiza la Declaración de Precios de Transferencia. Alternativas Frecuencia Analistas C. 3 Contador P. 5 Auditores Externo. 8 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 19% 31% 50% 100%
Gráfico 5. Quién realiza la Declaración de Precios de Transferencia
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) De los encuestados solo un 19% representa la cifra de los que no realizan dicha declaración, luego está un 31% que, es más experimentado en la actividad y está un 50% representativo que evidencia el grado de profesionalidad, capaz de realizarla en cualquier circunstancia. Sin embargo por norma general el talento
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humano involucrado en el proceso, debe estar en capacidad para realizar esta actividad, para ello éste tiene que estar capacitado por la entidad y por el mismo, lo cual permite oportunidad de mejora en bienestar de la organización., no obstante la empresa presenta debilidades de programas de desarrollo lo que, acarrea desmotivación profesional, aunado al nivel de rotación del personal del área, dejando la responsabilidad a los auditores externos .quienes son contratados porque al poseer talento poco preparado en esta materia tributaria, genera una deficiencia del equipo de trabajo, haciendo que la empresa incurra en gastos adicionales por servicios prestados llegando y dependiendo del caso a fiscalizaciones por parte del ente rector como lo es el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT).
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6.- ¿Existe una metodología en forma escrita para realizar la Declaración de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 9 Metodología en forma escrita sobre Precios de Transferencia Alternativas Frecuencia SI 5 NO 11 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 31% 69% 100%
Gráfico 6. Metodología escrita sobre Precios de Transferencia. EXISTENCIADEMETODOLOGÍA
69%
SI NO 31%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) Por los resultados obtenidos en este ítem, muestra que la metodología escrita para Precios de Transferencia la conocen solo un 31%, mientras que un 69% manifiesta no conocerla, cabe destacar que según el artículo 141, el método Margen Neto Transaccional requiere de una metodología especifica por relacionarse entre partes vinculadas en cuanto a la utilidad global luego está
un 69%
representativo para este caso desconociendo la metodología se considera
en
condiciones normales para la sana actuación fiscal de la entidad que todo el talento 75
humano relacionado con la materia contable y fiscal tiene la obligación de conocer y dominar este método y los otros que emana la Ley de Impuesto Sobre la Renta (Artículos 136 al 142), teniendo en cuenta que este bajo porcentaje
de los
encuestados poseen conocimiento del método utilizado por esta organización , crea una brecha fiscal importante ya sea porque no se le ha dado la importancia necesaria o tal ves por la falta de comunicación entre los directivos de los departamentos encargados ante la directiva, lo cual hace que se tenga una deficiencia fiscal en tal sentido la empresa esta vulnerable a una fiscalización del ente regulador
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7.- ¿El Personal contable tiene conocimiento de los papeles de trabajo utilizados para el cálculo de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 10 Conocimiento sobre Papeles de Trabajo de Precios de Transferencia. Alternativas
Frecuencia
Ponderación
SI
4
25%
NO
12
75%
TOTAL
16
100%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Gráfico 7. Conocimiento de Papeles de Trabajo de Precios de
Transferencia
.
CONOCIMIENTO DE PAPELES DE TRABAJO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
SI 25%
SI
NO
NO 75%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) De acuerdo a los resultados obtenidos muestra que, un 75% no tiene el debido conocimiento de los papeles de trabajo que se utilizan en esta materia, mientras que el 25% es, personal profesional colegiado con experiencia en la materia de auditoría base fundamental para realizar esta actividad. Por norma general el
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talento humano involucrado en el proceso, debe tener conocimiento de estos papeles de trabajo, que garantice seguridad al momento de que haya alguna contingencia, del recur recurso so profe profesi sion onal al....,, es de dest destaca acarr que, que, la empre empresa sa presen presenta ta debi debili lidad dades es de programas de desarrollo, manuales de procedimientos en mejora de su talento humano, humano, aunado aunado a que por por lo general los auditores auditores externos externos son quienes quienes realizan realizan este tipo tipo de actividad., actividad., en consecuenci consecuenciaa al no conocer estos papeles papeles de trabajo trabajo por parte del talento humano de la empresa, ésta se ve en la necesidad n ecesidad de depender de los audito aud itores res externos, externos, quienes quienes cobran cobran
grandes grandes sumas sumas de dinero dinero por sus servicios servicios
prestados afectando de esta manera el flujo de caja de la organización.
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8.- ¿Qué partidas partidas contables contables de los estados financieros financieros se consideran con más frecuencia para calcular los Precios de Transferencia? Cuentas de Ingresos Costos y Gastos: SI (____); NO (____) Cuentas del Balance General
SI (____); NO (____)
Cuadro 11 Partidas contables en los Precios de Transferencia. Alternativas
Frecuencia
SI 16 NO 0 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 100% 0% 100 %
Gráfico 8. Cuentas contables en los Precios de Transferencia. PARTID IDAS CON ONTAB ABLESEN PRECIO IOSDETRANSFERENCIA IA
SI
SI;100% 100%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) Con respecto a resultados obtenidos, los los encuestados tienen consenso de que las partidas partidas o cuentas cuentas contables contables de de los los estados estados financi financieros eros , que mas frecuenci frecuenciaa de aplica aplicació ciónn en e Precios Precios de Transfer Transferenc encia ia son las cuentas cuentas de resulta resultados dos llámens llámensee Ingresos , Costos Costos y Deduccio Deducciones nes entre las las partes vinculada vinculadas, s, en tal sentido sentido permite permite
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fijar el el precio de de los bienes y servicios servicios que se transfier transfieren en entre varios varios países, para trasladar a éstos, utilidades o pérdidas entre dos o más sociedades relacionadas.
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9.- ¿Los
procedimientos aplicados en el cálculo de Precios de
Transferencia siguen un patrón estándar o varían por ejercicio contable? Patrón Standard, SI (____); NO (____) Variable cada año, SI (____); NO (____)
Cuadro 12 Procedimientos aplicados en los Precios de Transferencia. Alternativas Frecuencia SI 16 NO 0 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 100% 0% 100%
Gráfico 9. Procedimientos Aplicados en los Precios de Transferencia. PROCEDIMIENTOSAPLICADOS
SI
SI;100%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) Todos los encuestados mantienen consenso en cuanto a los procedimientos aplicados para calcular los Precios de Transferencia, debido a la naturaleza de las operaciones
que realiza
la empresa así
pues se mantiene el principio de
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consistencia, independientemente de que un ejercicio económico y otro varíen sus resultados en conclusión que los resultados se basan en auditoras practicadas. 10.- ¿La Gerencia y el
personal
contable conocen todas las
operaciones que realiza la empresa en referencia a Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 13 La Gerencia y Personal Contable. Alternativas Frecuencia SI 5 NO 11 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 31% 69% 100%
Gráfico 10. La Gerencia y Personal Contable. CONOCIMIENTO SOBRE PRECIOS DETRANSFERENCIA
SI; 69% SI SI; 31%
NO
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) Existe un porcentaje representativo del talento humano (69%), que no conoce las operaciones en Precios de Transferencia, ya sea por su entorno o por desmotivación .mientras el otro 31% ha sido el que se ha interesado en el tema y
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todo el personal involucrado con la empresa debe conocer, cuales
son las
operaciones vinculadas a Precios de Transferencia, debido a que les permite tomar decisiones oportunas, lo que
se evidencia es que existen debilidades en los
programas de desarrollo, manuales de procedimientos en mejora de su talento humano y por ende en los procesos de comunicación interpersonal.., en consecuencia al no conocer las operaciones vinculadas a esta materia, acarrea problemas de índole fiscal, debido a que se pueden omitir ciertas partidas, que afecten los resultados esperados, y al momento de una fiscalización puede dar lugar a reparo, afectando el flujo de caja..
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11.- ¿El Código Orgánico Tributario (COT) es quién impone las sanciones en materia de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 14 Código Orgánico Tributario. Alternativas Frecuencia SI 16 NO 0 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 100% 0% 100%
Gráfico 11. Código Orgánico Tributario CÓDIGOORGÁNICOTRIBUTARIO
SI
SI; 100
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) En cuanto a los encuestados todos respondieron en consenso en cuanto a las penalidades que impone el Código Orgánico Tributario (COT) asumiendo su impacto, Pues al tener conocimiento de que el Código Orgánico Tributario es quien impone sanciones pecuniarias por cualquier anormalidad en materia tributaria,
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hace que exista mayor control, evitando así, erogaciones no programadas en beneficio de la organización. 12.- ¿Cumple la empresa con la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia en el tiempo previsto? SI (____); NO (____)
Cuadro 15 Presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia. Alternativas Frecuencia SI 5 NO 11 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 31% 69% 100%
Gráfico 12. Presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia. PRESENTACIÓN DEDECLARACIÓN DEPRECIOSDETRANSFERENCIA
SI; 69% SI SI; 31%
NO
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) Existe un porcentaje representativo del talento humano (69%), que indica no se presenta la Declaración de Precios de Transferencia en el tiempo previsto de acuerdo al calendario fiscal, y el otro 31% indica que si se presenta a tiempo es por
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ello que de acuerdo al artículo 168 de la LISLR, la declaración debe presentarse en el mes de junio siguiente a la fecha del cierre del ejercicio fiscal, de acuerdo a lo que diga la Administración Tributaria. Pero el no conocer mucho de la materia por parte del talento humano involucrado, crea retraso de operaciones contables que afectan la salud financiera de la empresa por ende, esta declaración especial. Ya sea porque las actividades sean realizadas por los de la empresa o por el cuerpo externo de auditores, en consecuencia las sanciones de índole pecuniario estipulado por el Código Orgánico Tributario artículos 99 al 108 por incumplimiento de un deber formal.
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13.- ¿Conoce qué artículos son los que aplican por algún incumplimiento en caso de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 16 Artículos que sancionan Precios de Transferencia Alternativas
Frecuencia
Ponderación
SI
16
100%
NO
0
0%
TOTAL
16
100%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Gráfico 13. Artículos por Incumplimiento ARTÍCULOPORINCUMPLIMIENTO
SI
SI; 100%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) El conocimiento es total (100%), sobre los artículos que aplican en sanciones en la materia de Precios de Transferencia, como señal de que existe comunicación. El hecho de conocer cuales artículos pueden aplicar sanciones genera un mayor
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control y mayor seguridad al registrar las operaciones que tienen que ver con Precios de Transferencia evitando así errores Artículo 145 del COT. 14:- ¿Conoce qué artículos sanciona a la empresa por presentar la declaración informativa de Precios de Transferencia de manera extemporánea? SI (____); NO (____)
Cuadro 16 Artículo sobre Declaración Extemporánea Alternativas Frecuencia SI 16 NO 0 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 100% 0% 100%
Gráfico 14. Artículo sobre Declaración Extemporánea ARTÍCULOSANCIONADOR DE DEBER FORMAL
SI
SI; 100
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) El conocimiento es total (100%), sobre el artículo que aplica en sanciones en la materia de Precios de Transferencia, por la razón de no presentar a tiempo la declaración., Así que el hecho de conocer los artículos hace que los que elaboran
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la declaración tomen sus previsiones evitando sanciones en unidades tributarias que oscilan entre y 10 y 50 UT. 15.- El hecho de conservar la información soporte de la metodología empleada para el cálculo de los Precios de Transferencia ¿Se considera un deber formal? SI (____); NO (____)
Cuadro 17 Deber Formal de Conservar Información Soporte Alternativas Frecuencia SI 16 NO 0 TOTAL 16 Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Ponderación 100% 0% 100%
Gráfico 15. Conservar Información Soporte CONSERVAR INFORMACIÓN SOPORTE
SI
SI; 100
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012) En relación con el porcentaje obtenido de los encuestados (100%), demuestra claramente que sí saben que es un deber formal el hecho de conservar la documentación referente a esta materia de Precios de Transferencia por el lapso
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previsto por la Ley y en idioma castellano en conclusión queda demostrado que si hay intención para con la materia favorable este punto para la organización ya que se evitarían posibles sanciones fiscales. 16.- ¿Conoce Usted qué artículo de la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR) que señala el deber formal de conservar la información soporte de la metodología utilizada para el cálculo de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
Cuadro 18 Artículo sobre Deber Formal Según LISLR Alternativas
Frecuencia
Ponderación
SI
16
100%
NO
0
0%
TOTAL
16
100%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
Gráfico 16. Artículo sobre Deber Formal según LISLR DEBER FORMAL SEGÚN LISLR
SI
SI; 100%
Autor: J. Sarmiento (Marzo 2012)
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El universo de los encuestados total (100%), indica que conoce que artículo de la LISR establece que se debe conservar la información metodológica necesaria por un lapso determinado y el hecho de conocer el artículo soporta las actuaciones en esta materia de precios de transferencia , tal como lo indica el 169 de la LISLR sección k,
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CAPITULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Conclusiones Al hacer referencia a las conclusiones en un trabajo de de investigación se puede decir, que éstas son el logro que el investigador da a los objetivos planteados sobre la problemática que se presenta; las mismas van de forma ordenada según dichos objetivos específicos, siendo elaboradas coherentemente y con un nivel de interpretación adecuada según los parámetros que afirma la universidad Alejandro de Humboldt (2006) cuando indica las características más importantes a saber: •
•
•
•
•
Dan respuestas a los objetivos específicos planteados en la investigación. Pueden estar numeradas o no, sin embargo lo más importante es que sean bien razonadas e interpretadas. Deben plantearse en términos afirmativos, con alto grado de seguridad En las afirmaciones se pueden apoyar distintos materiales de referencia, esto le daría valor agregado. Implican ¿Qué se obtuvo?, ¿Qué se logró?, ¿Cuáles son los resultados? (p. 31)
Por tanto una vez desarrollado teórica, metodológica y prácticamente la investigación en cuanto a las normas y procedimientos aplicados para determinar el cálculo en Precios de Transferencia, es posible concluirlo de esta manera: Los Precios de Transferencia vienen a ser los valores por los cuales se transfieren bienes y servicios entre personas vinculadas, donde se determinan sus
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ingresos , costos y deducciones, aplicando una metodología especifica que le servirá como de gestión empresarial y de toma de decisiones. La introducción de esta nueva norma permite a Venezuela prevenir la transferencia de ingresos al exterior por parte de las compañías multinacionales mediante el manejo de precios de los bienes y servicios importados y exportados a las compañías relacionadas, sea por la razón que fuera, por tanto esta norma constituye un
mecanismo de control por
parte del Servicio Nacional Integrado de
Administración Tributaria y Aduanera (SENIAT), como ente regulador evitando así que las empresas consideradas como partes relacionadas manipules los precios bajo los cuales intercambian bienes o servicios, para así aumentar sus costos o deducciones o disminuir sus ingresos gravables, para ello pone a disposición del contribuyente métodos de aplicación.. El desconocimiento por parte del contribuyente en esta materia fiscal, le trae como consecuencia comerciales
daños
con empresas
patrimoniales y el atraso de internacionales, recayendo
transacciones finalmente en
incumplimientos de la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR), debido a que por su entorno y naturaleza de sus operaciones está obligado a celebrar operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el extranjero a precios de mercado, o similares a los que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. Los deberes formales en materia de Precios de Transferencia establecidos en el Titulo VII, artículos 168 al 170 de la Ley de Impuesto Sobre La Renta están apegadas a las directrices
de Precios de Transferencia
emanadas
por
la
Organización para la Cooperación y desarrollo Económico, lo que le da a la Legislación venezolana validez, en función a tendencia internacional en esta materia.
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Los incumplimientos de los deberes formales por parte del contribuyente a pesar de que
su
recurso
humano tiene
conocimiento de la
materia
es
representativo, de acuerdo a los resultados obtenidos, situación que no lo exime de penas o multas emitidas según el Código Orgánico Tributario. Este sanciona de varias maneras incluyendo las metodologías utilizadas para la valoración de las operaciones entre las partes vinculadas.
Recomendaciones Como resultado
de las conclusiones
planteadas en este trabajo de
investigación, respecto a la normativa legal enmarcada en la Ley de Impuesto Sobre La Renta del año 2007, en cuanto al régimen de Precios de Transferencia, el autor efectúa unas sugerencias con el objeto de dar solución a la problemática que se presenta. De acuerdo a la Universidad Alejandro de Humboldt (2006) “Se formulan para resolver la situación planteada, por lo tanto se presentan como posibles soluciones de las conclusiones, sin embargo, no necesariamente se deben escribir igual número de recomendaciones como conclusiones existan.” (p. 31). Una posible alternativa con que cuenta la empresa, es la de considerar pertinente la implementación de programas de capacitación que permitan el desarrollo profesional del personal que labora dentro del Departamento Contable de la empresa; ya que esta sería la más beneficiada y tomando en cuenta que en el mercado existen, en la actualidad, academias que dictan cursos en materia fiscal y tributaria, con estándares óptimos en relación a la preparación de los participantes, con un personal docente calificado en la materia y con costos razonablemente bajos; y que mejorará notablemente el desempeño de estos en el cumplimiento de sus funciones en los diversos cargos que componen dicho departamento.
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La Gerencia debe incentivar a su talento humano relacionado con la materia contable y fiscal de manera que, se cree un sentido de pertenencia lo cual, le permitirá de cierta manera crecer como organización y al talento como profesional, con políticas mas efectivas en cuanto a comunicación evitando así errores contables que inciden en los resultados financieros. Al tener un sistema Contable-Administrativo Fiscal que esté actualizado en cuanto a normativa fiscal vigente, permitirá disminuir los errores que pueden dar origen a ajustes que influyan en gran parte de manera negativa en los resultados de la organización . El hecho de tener ese adiestramiento en esta materia el talento humano dejará de estar incumpliendo los deberes formales como lo sería la presentación extemporánea de dicha declaración informativa de precios de transferencia (PT-99), la misma debe presentarse en un plazo máximo de seis meses posterior al cierre fiscal del contribuyente en las oficinas receptoras de la autoridad fiscal (Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria.
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LISTA DE REFERENCIAS Arias, F. (2006), El proyecto de Investigación, Introducción a la metodología científica. 5ta. Edición Caracas. Editorial Episteme. ISBN 980-07-8529-9. Balestrini, M.(2006). Como se Elabora el proyecto de investigación, Para los estudios formulativos exploratorios, descriptivos diagnósticos, evaluativos, formulación de hipótesis causales, experimentales y los proyectos factibles. Séptima. Edición. Caracas. BL Consultores Asociados, Servicio Editorial. ISBN: 980-6293-037. Código Orgánico Tributario de la República Bolivariana de Venezuela. (2001). Gaceta Oficial N°37.305. Octubre 17, 2001. Universidad Alejandro de Humboldt. (2006). Manual, Normas y Orientaciones para la elaboración del Trabajo de Grado (TG-UAH). Caracas. Ramírez Romero, L.(2006). Los Precios de Transferencia y su Regulación Fiscal en Venezuela. Caracas: Verónica, C.A. Moya, E, (2006). Elementos de Finanzas Públicas y Derecho Tributario. 5ta Edición. Caracas. Editorial Mobilibros. ISBN 980-07-6269-8. Olarte, E, (2005). Manual de Derecho Tributario. 5ta Edición. Caracas. Editorial Leyer. ISBN 958-690-698-1. Pérez, A. (2004). Guía metodológica para anteproyectos de investigación. Caracas: FEDUPEL. Ramírez, T. (1999). Como hacer un proyecto de investigación. (1ª. ed.). Caracas: Panapo. Sabino, C. (2000). El proceso de investigación: una introducción teórico-práctico. Caracas: Epsa. Salkind, N. (1999). Métodos de investigación. (3ª. ed). México: Prentice-Hall. Tamayo y Tamayo, M. (2001). El proceso de la investigación científica. (4ª. ed.). México: Limusa.
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Soteldo, C. 1999. Consideraciones sobre los Precios de Transferencia y sus efectos en materia tributaria Lenggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. URL: http://noticias.jurídicas.com (Consulta Octubre 1999). Rodner S, James-Otis “Precios de Transferencia”, en Comentarios a la Ley de Impuesto sobre la renta de 1999, Caracas 2000. Medina (2002) “Lineamientos que rigen los Precios de Transferencia en la Legislación Venezolana”. Ley de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre la renta Gaceta Oficial Nº. 38.628, de fecha 16-02-2007. Providencia Administrativa 1158 / 2002 del SENIAT, publicada en Gaceta Oficial: Nº. 37.508 del 19 de agosto de 2002. Providencia Administrativa 2424 / 2003 del SENIAT: que modifica el formulario, condiciones requisitos e instrucciones para la presentación de la Declaración Informativa de operaciones efectuadas con partes vinculadas en el extranjero. Providencia Administrativa 0232 / 2004 del SENIAT: sobre la lista de Jurisdicciones con baja imposición fiscal. Providencia Administrativa 1158 / 2002 del SENIAT: sobre la obligatoriedad de la presentación de la Declaración Informativa PT-99. Providencia Administrativa 2424 / 2003 del SENIAT: que modifica el formulario, condiciones requisitos e instrucciones para la presentación de la Declaración Informativa de operaciones efectuadas con partes vinculadas en el extranjero. Providencia Administrativa 0232 / 2004 del SENIAT: sobre la lista de Jurisdicciones con baja imposición fiscal. Asociación Venezolana de derecho Financiero (2004). Precios de Transferencia en Venezuela. Una visión Global . Caracas: TAMHER, C.A. D`Arrigo, C. (2008). Régimen Venezolano de Precios de Transferencia. Caracas: LEGIS EDITORES, C.A.
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UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE CONTADURIA PÚBLICA
ANÁLISIS DE PROCEDIMIENTOS APLICADOS PARA LA DETERMINACIÓN DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA POR THALES INTERNATIONAL VENEZUELA, C.A. DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2010 Autor: Julio J. Sarmiento Tutor: Pedro M. Ruiz Fecha: Abril 2012 CUESTIONARIO El presente es con fines netamente académicos, la aplicación de este instrumento permitirá el recaudo de información para evaluar el “ANALISIS DE
PROCEDIMIENTOS APLICADOS PARA PRECIOS
LA DETERMINACION DE
DE TRANSFERENCIA POR THALES INTERNATIONAL
VENEZUELA, C.A. DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2010”. Por lo que el mismo, servirá de soporte informativo para el desarrollo del trabajo de grado, el cual forma parte de los requisitos para la obtención del título como Licenciado en Contaduría Pública de la Universidad Alejandro de Humboldt. Por tanto de su colaboración depende el éxito de este trabajo de investigación y la información obtenida será procesada y analizada en beneficio de la organización Thales International Venezuela, C.A. A continuación se le presenta un cuestionario, que tiene por finalidad conocer cual es el nivel de conocimiento relacionado con los procedimientos aplicados para la determinación de Precios de Transferencia: 99
1.- ¿Conoce la normativa legal que enmarca la materia de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 2.- ¿Existe en la empresa Thales Internacional Venezuela, C.A. Manuales de Procedimientos para el cálculo de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 3.- ¿Sabe Usted, realizar la declaración de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 4.- ¿Conoce Usted cuál Método es el más adecuado que se aplica en la empresa para calcular los Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 5.- ¿Quién realiza la Declaración de Precios de Transferencia para la empresa Thales International Venezuela, C.A.? Los Analistas Contables (____); El Contador Principal (____); Los Auditores Externos (____). 6.- ¿Existe una metodología en forma escrita para realizar la Declaración de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 7.- ¿El Personal contable tiene conocimiento de los papeles de trabajo utilizados para el cálculo de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
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8.- ¿Qué partidas contables de los estados financieros se consideran con más frecuencia para calcular los Precios de Transferencia? Cuentas de Ingresos Costos y Gastos: SI (____); NO (____) Cuentas del Balance General 9.- ¿Los
SI (____); NO (____)
procedimientos aplicados en el cálculo de Precios de
Transferencia siguen un patrón estándar o varían por ejercicio contable? Patrón Standard, SI (____); NO (____) Variable cada año, SI (____); NO (____) 10.- ¿La Gerencia y el
personal
contable conocen todas las
operaciones que realiza la empresa en referencia a Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 11.- ¿El Código Orgánico Tributario (COT) es quién impone las sanciones en materia de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 12.- ¿Cumple la empresa con la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia en el tiempo previsto? SI (____); NO (____) 13.- ¿Conoce qué artículos son los que aplican por algún incumplimiento en caso de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____) 14:- ¿Conoce qué artículos sanciona a la empresa por presentar la declaración informativa de Precios de Transferencia de manera extemporánea? SI (____); NO (____) 101
15.- El hecho de conservar la información soporte de la metodología empleada para el cálculo de los Precios de Transferencia ¿Se considera un deber formal? SI (____); NO (____) 16.- ¿Conoce Usted qué artículo de la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR) que señala el deber formal de conservar la información soporte de la metodología utilizada para el cálculo de Precios de Transferencia? SI (____); NO (____)
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Diagrama de proceso para Precios de Transferencia
Providencias Administrativas SENIAT
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Romero-Muci & Asociados. Despacho de Abogados \ Rif: J-30947327-1 Lara Marambio & Asociados \ Rif: J-00327665-0 Avance de Impuestos Avance en materia de Precios de Transferencia. Enero 2007 En Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 38.606 del 17 de enero de 2007, fue publicada la Providencia Administrativa Nº 0846, del 29 de diciembre de 2006, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); referente a la Reestructura la Unidad de Precios de Transferencias y Acuerdos Anticipados en Materia de Impuesto Sobre la Renta. Como se ha estado anunciando por parte del SENIAT, durante el año 2007, se estaría ampliando y profundizando el alcance del Plan Evasión Cero, para lo cual han considerado ampliar el control y las fiscalizaciones de forma y fondo en materia de los Precios de Transferencia, por las operaciones de Importación y exportación efectuadas por contribuyentes de impuesto sobre la renta en Venezuela con sus partes vinculadas en el exterior, para lo cual la Administración Tributaría a considerado llevar a la Unidad de Precios de Transferencia y Acuerdos Anticipados de Precios en materia de Impuesto sobre la Renta, adscrita a la Gerencia de Estudios Económicos Tributarios, a una jefatura de División adscrita a la Gerencia de Fiscalización. Entre las funciones en materia de Precios de Transferencia y Acuerdos Anticipados de Precios que tendría la nueva División se encontrarían: - Determinar, controlar y supervisar los procedimientos y lineamientos en la materia. Supervisar, coordinar y analizar la emisión de las resoluciones respecto de las consultas que formulen los interesados. - Representar al SENIAT en materia fiscal internacional, en foros y exposiciones en el país y en el extranjero. - Participar en las negociaciones con autoridades fiscales extranjeras. - Recopilar información interna y externa referente al contribuyente o al tipo de transacciones efectuadas.
- Supervisar el análisis de las solicitudes de acuerdos anticipados. - Orientar a los contribuyentes en materia de metodología utilizada y propuesta de un acuerdo anticipado. - Participar en la negociación y discusión con representantes de autoridades fiscales extranjeras de acuerdos bilaterales o multilaterales en la materia. - Determinar el impacto en la recaudación. - Supervisar y coordinar: la emisión de requerimientos formales de información. . la redacción y propuesta de las reformas de la normativa . la asesoría al Nivel Normativo en la interpretación de la normativa . la asesoría al Nivel Operativo en las auditorias efectuadas en la materia. - Diseñar, elaborar e implantar los formularios - Cualquier otra actividad que pudiera requerirse de acuerdo a las necesidades en materia de precios de transferencia; así como otras que se le atribuyan. La citada Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial la República Bolivariana de Venezuela.
Ver en el Anexo Texto completo de la Providencia Administrativa 0846 del 29/12/2007, referente a la Reestructura de la Unidad de Precios de Transferencias y Acuerdos Anticipados en Materia de Impuesto Sobre la Renta. JMUP/ Anexo “…Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.606 del 17 de enero de 2007. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT Adscrito al Ministerio de Finanzas Providencia Nº 0846 Caracas, 29 de diciembre de 2006, 196º y 147 El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT
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En ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos: 4, numeral 36, 6 y 10 numeral 2 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, CONSIDERANDO Que la problemática de los precios de transferencia debe centrarse, especialmente, en las necesidades de control de esos precios para evitar su utilización como mecanismo de transferencia encubierta de beneficios. CONSIDERANDO Que la fiscalización de los precios de transferencia permitirá combatir la evasión y el fraude fiscal para que el redimensionamiento de los Planes Evasión y Contrabando Cero se traduzcan en la consecución de altos niveles de recaudación. Dicta la siguiente: PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA POR MEDIO DE LA CUAL SE REESTRUCTURA LA UNIDAD DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA Y ACUERDOS ANTICIPADOS EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Artículo 1.- Se reestructura la Unidad de Precios de Transferencia y Acuerdos Anticipados en materia de Impuesto Sobre la Renta, adscrita a la Gerencia de Estudios Económicos Tributarios, la cual pasará a ser jefatura de División adscrita a la Gerencia de Fiscalización. Artículo 2.- La División de Precios de Transferencia y Acuerdos Anticipados en materia de Impuesto Sobre la Renta, tendrá las siguientes funciones: 1. Determinar, controlar y supervisar, conjuntamente con la División de Programación, la División de Inspección y Control y la División de Asistencia Técnica, los procedimientos y lineamientos en materia de Precios de Transferencia apropiados, para el logro de los objetivos establecidos en los programas de verificación, fiscalización y determinación de las obligaciones de los sujetos pasivos. 2. Supervisar, Coordinar y analizar la emisión de las resoluciones respecto de las consultas o solicitudes de autorización o determinación del régimen fiscal aplicable, que formulen los interesados sobre la metodología utilizada en la determinación de precios o montos de las contraprestaciones entre partes vinculadas. 3. Representar activamente al SENIAT en materia fiscal internacional, en foros y exposiciones en el país y en el extranjero, con la finalidad de
intercambiar información, así como orientar a los contribuyentes en materia de precios de transferencia. 4. Supervisar la emisión de las consultas que formulen los contribuyentes en materia de precios de transferencia mediante el análisis de información presentada. 5. Participar, cuando sea procedente, en las negociaciones con autoridades fiscales extranjeras con el objeto de otorgar seguridad jurídica a los contribuyentes en sus transacciones internacionales. 6. Recopilar información referente al contribuyente o al tipo de transacciones efectuadas, proveniente de bases de datos internas y externas, declaraciones anuales e informativas de los contribuyentes; con la finalidad de efectuar la programación de los actos de fiscalización dirigidos a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones de precios de transferencia. 7. Supervisar el análisis de las solicitudes de acuerdos anticipados en materia de metodología de precios de transferencia utilizadas por los contribuyentes en sus transacciones con partes vinculadas, verificando que dicho análisis se efectúe de acuerdo con la normativa vigente. 8. Orientar a los contribuyentes en materia de metodología utilizada y propuesta con el objeto de establecer un acuerdo anticipado, a través de reuniones, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las normas y políticas en la materia. 9. Participar en la negociación y discusión con representantes de autoridades fiscales extranjeras de acuerdos bilaterales o multilaterales en materia de la metodología utilizada por los contribuyentes en sus transacciones con partes vinculadas, a fin de asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales y de los tratados para evitar la doble tributación. 10. Determinar el impacto en la recaudación de los acuerdos anticipados establecidos en materia de metodología de precios de transferencia utilizados por los contribuyentes en sus transacciones con partes vinculadas, mediante el análisis de las declaraciones presentadas por los mismos. 11. Supervisar y coordinar la emisión de requerimientos formales de información a fin de contar con los
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elementos necesarios para efectuar el análisis de las metodologías de precios de transferencia que utilizan los contribuyentes en sus transacciones con partes vinculadas. 12. Supervisar y coordinar la redacción y propuesta de las reformas, reglamentación y demás disposiciones complementarias, que sean necesarias para la aplicación de la normativa sobre precios de transferencia. 13. Supervisar y coordinar la asesoría al Nivel Normativo en la interpretación de la normativa relativa a los precios de transferencia. 14. Supervisar y coordinar la asesoría al Nivel Operativo en las auditorias efectuadas en materia de precios de transferencia. 15. Diseñar, elaborar e implantar los formularios que faciliten el desempeño de las actividades ejecutadas por el nivel operativo en materia de precios de transferencia. 16. Cualquier otra actividad que pudiera requerirse de acuerdo a las necesidades en materia de precios de transferencia. 17. Las demás que se le atribuyan. Artículo 3.- Esta Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y Publíquese José Gregorio Vielma Mora Superintendente Nacional Aduanero y Tributario…” Esta publicación ha sido preparada y revisada por Romero-Muci & Asociados Despacho de Abogados asociado a Deloitte. RIF: J-30947327-1.Se declina, cualquier responsabilidad por los errores involuntarios que el mismo pueda contener. La información aquí publicada es meramente orientativa; no constituye un análisis completo de las materias tratadas y no deberá ser considerado como asesoría legal ni fiscal. En caso de requerir información adicional, puede contactarnos a través del teléfono +58 (212) 206 8701 ó al fax +58 (212) 206 8740, o también puede enviarnos un mensaje por correo electrónico a las siguientes direcciones: Alejandro Gómez R.
[email protected] José M. Ulloa
[email protected] Eneida Pimentel
[email protected] Ignacio Rodríguez
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[email protected] Sonia Chacón
[email protected]
Caracas Avda. Blandín, Torre Corp Banca, Piso 18. La Castellana 1060. Teléfono +58 (212) 206 8701 Fax +58 (212) 206 8740 Puerto Ordaz Avda. Guayana, Torre Colón, Piso 2, Ofic. 1, Urb. Alta Vista, Teléfono +58 (286) 961 1383 Fax +58 (286) 961 9077 Maracaibo Avda. 3-E entre Calles 78 y 79, Torre Empresarial Claret, Piso 11, Oficinas 3 y 4, Teléfono +58 (261) 793 1668 Fax +58 (261) 793 2414 Porlamar Avda. Bolívar con Aldonza Manrique, Centro Comercial AB, Nivel PL, Ofic. 22-B, Urb. Playa El Ángel, Teléfono +58 (295) 262 7291 Fax +58 (295) 262 9797 Puerto La Cruz Avda. Principal de Lechería, Centro Comercial Anna, Piso 02, Ofic. 41, Lecherías Teléfono +58 (281) 286 5172 Fax +58 (281) 286 9122 Valencia Torre Venezuela, Piso 3, Ofic.: 3A y D. Av. Bolívar Norte, Urbanización La Alegría Valencia 2002, Teléfono: +58 (241) 824 2790 Fax: +58 (241) 823 4119 Argentina Biscardi & Asociados Abogados Av. Corrientes 330 piso 6° Ofic. 612 – C1043AAQ Buenos Aires, Argentina www.biscardiasoc.com.ar Persona contacto: Mario Rafael Biscardi, Socio
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Pereira-Dabul e Advogados Asociados Calle Pasteur, 463 – 4° Piso 80250-080 – Curitiba – Paraná – Brasil www.pereiradabul.adv.br Persona contacto: Marcos Leandro Pereira, Socio
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respectivas subsidiarias y afiliadas. Deloitte Touche Tohmatsu es una organización de firmas miembro consagrada a la prestación de servicios profesionales y asesoría de excelencia, enfocada en el cliente a través de una estrategia global ejecutada localmente en 150 países. Contando con un importante capital intelectual de 120.000 personas alrededor del mundo, Deloitte se especializa en cuatro funciones profesionales: auditoría, impuestos, consultoría y asesoría financiera, y sirve a más de la mitad de las grandes compañías del mundo, así como a destacados grupos corporativos nacionales, instituciones públicas, y a empresas exitosas de rápido crecimiento. Dichos servicios no son prestados por la asociación suiza Deloitte Touche Tohmatsu y por razones regulatorias, entre otras, ciertas firmas miembro no proporcionan servicios en todas las funciones profesionales. Deloitte Touche Tohmatsu es una asociación suiza y, como tal, ni Deloitte Touche Tohmatsu ni ninguna de sus firmas miembro tienen responsabilidad sobre las acciones u omisiones de las demás. Cada firma miembro es una entidad legal separada e independiente operando bajos los nombres “Deloitte”, “Deloitte & Touche”, “Deloitte Touche Tohmatsu”, o cualquier otro nombre relacionado. Los servicios profesionales son proporcionados por las firmas miembro, sus subsidiarias o afiliadas, y no por la asociación Deloitte Touche Tohmatsu. www.deloitte.com/ve
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