Reforma constitucional de 1994 nota: este es otro tp que hice hace un ppar de años para el colegio, espero que les sirva...
Prologo La razón por la cual opte el tema Reforma constitucional de 1994, es que la constitución, es la Le !undamental que rige a un pa"s es necesario estudiarla comprenderla, para conocer nuestros derechos consagrados por la #onstitución nuestras o$ligaciones esta$lecidas en la misma. La monograf"a comenzar% con un resumen de lo que fue la constitución de 1&'(, con sus tratados, como se fue llegando a la constitución de ho en d"a, finalizare el te)to so$re como se encontra$a *rgentina *rgentina pol"ticamente, económicamente, socialmente.
CONSTITUCIÒN NACIONAL ! 1"#$ 1+*#-/ R002/-03-0/: 0l pre%m$ulo de la #onstitución 3acional de 1&'( hace referencia a pactos pree)istentes5, los mismos son: 6-ratado de ilar 78(81&8+ !irmado por !rancisco Ram"rez 70ntre R"os+, 0stanislao López 7/anta !e+, ;ervasio *rtigas 7
d"as los representantes de las provincias se reunir"an en el convento de /an Lorenzo para que un congreso organizara el ;o$ierno 3acional. 1&89+ !irmado entre Rosas Lavalle. /e dispuso que una @unta de representantes de$er"a designar el go$ernador de
*ires. 6acto !ederal 7411&(1+ !irmado entre
R!%OR&AS ' (!C(OS POST!RIOR!S A LA CONSTITUCI)N NACIONAL ! 1"#$ 1+*#- F0 D32G3 711111&'9+
0l acto de Dnión, tam$iAn llamado de /an ?osA de !lores: !ue firmado el 11111&'9. or el mismo se decidió que: H 71491&>+ /e constituó en /anta !e el 1491&> se decidió que: H /e apro$a$a el nom$re de 3ación *rgentina para designar al pa"s. H La #apital ser"a aquella que designare el #ongreso 3acional, previa cesión de un territorio a tal efecto por una o m%s de una Legislaturas locales. H Las #onstituciones rovinciales no ser"an sometidas a la consideración del #ongreso 3acional. H 0l oder 0@ecutivo 3acional sólo podr"a intervenir en las provincias para garantizar el rAgimen repu$licano o repeler invasiones. H Los derechos de e)portación no de$"an ser considerados como renta nacional. H 0s interesante mencionar el art"culo (1 que dice 0sta #onstitución, las lees de la 3ación que en su consecuencia se dicten por el #ongreso los tratados con las potencias e)tran@eras son la le superan de la 3aciónI E las autoridades de cada provincia est%n o$ligadas a conformarse a ellas, no o$stante cualquiera disposición en contrario que contengan las lees o constituciones provinciales, salvo para la provincia de . 4+R0!R=* #3/-2-D#23*L F0 1949 !ue dictada por el primer go$ierno de ?uan Fomingo erón, contiene una serie de derechos para los tra$a@adores, es una t"pica #onstitución corporativista5. *dem%s autoriza$a la reelección del residente. 0n $ase a sus disposiciones, erón fue reelecto. 0sta constitución fue derogada por la Revolución Li$ertadora, golpe de 0stado que derrocó a erón. '+R0!R=* #3/-2-D#23*L F0 19'K !ue dictada por una #onvención #onstituente que convocó el go$ierno militar que derrocó a ?uan Fomingo erón. La Cnica modificación de importancia que introdu@o fue el art"culo 14$is, que se refiere a los derechos del tra$a@o.
ANT!C!!NT!S ! LA R!%OR&A CONSTITUCIONAL ! 1994 1+*#- F0 L2B/ 71(18199(+ 0l 1411199( se reunieron el presidente constitucional #arlos =enem el e) presidente RaCl *lfons"n en la casa del e) #anciller Fante #aputo, en la localidad de livos, rovincia de . #reación del #onse@o de la =agistratura. K. #ontrol de la *dministración C$lica. &. #reación de la figura del Fefensor del ue$lo. 9. reservación del medio am$iente. 1. Fefensa de la competencia del usuario del consumidor. 11. #onsagración e)presa del ha$eas corpus del amparo. 18. Reelección del presidente vice de la 3ación por otro per"odo de cuatro años. (+ #3B03#2G3 #3/-2-DE03-0 F0 /*3-* !0 78''1994+ La #onvención constituente sesionó en las ciudades de /anta !e aran%, capitales de las provincias de /anta !e 0ntre R"os respectivamente, desde el 8' de mao de 1994, sancionando la reforma constitucional el 88 de agosto de 1994 siendo la misma @urada por los convencionales de la #onvención #onstituente, el presidente de la 3ación, los presidentes de am$as #%maras 3acionales el presidente de la #orte /uprema de la 3ación, en el alacio /an ?osA en #oncepción del Drugua, rovincia de 0ntre R"os. #3/-2-D#2G3 3*#23*L 03 B2;03#2*, #3 /D/ R0!R=*/
%OR&A ! *O+I!RNO Representativa, Repu$licana !ederal /urge del re%m$ulo, cuando comienza: 3os los representantes del pue$lo de la 3ación *rgentina...5 0l art"culo 1 esta$lece que La 3ación *rgentina adopta para su go$ierno la forma representativa, repu$licana federal...5. 1+R0R0/03-*-2B* 0l art"culo 88 dice que 0l pue$lo no deli$era ni go$ierna, sino por medio de sus representantes autoridades creadas por esta #onstitución...5
0l art"culo (9, introducido por la reforma de 1994, dice que Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proectos de le en la #%mara de Fiputados. 0n congreso de$er% darles e)preso tratamiento dentro del tArmino de doce meses. 0l #ongreso, con el voto de la maor"a a$soluta de la totalidad de los miem$ros de cada #%mara sancionar% una le reglamentaria que no podr% e)igir m%s del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual de$er% contemplar una adecuada distri$ución territorial para suscri$ir la iniciativa. 3o ser%n o$@eto de iniciativa popular los proectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tri$utos, presupuesto materia penal5. 0l art"culo 4 introducido por la reforma de 1994, esta$lece que 0l #ongreso, a iniciativa de la #%mara de Fiputados podr% someter a consulta popular un proecto de le. La le de convocatoria no podr% ser vetada. 0l voto afirmativo del proecto por el pue$lo de la 3ación lo convertir% en le su promulgación ser% autom%tica. 0l #ongreso o el presidente de la 3ación, dentro de sus respectivas competencias, podr%n convocar a consulta popular no vinculante. 0n este caso el voto no ser% o$ligatorio. 0l #ongreso, con el voto de la maor"a a$soluta de la totalidad de los miem$ros de cada #%mara, reglamentar% las materias, procedimientos oportunidades de consulta popular5. 8+R0D dice que La 3ación *rgentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no ha en ella fueros personales ni t"tulos de no$leza. -odos sus ha$itantes son iguales ante la le, admisi$les en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la $ase del impuesto de las cargas pC$licas5. (+!0F0R*L re%m$ulo: ......reunidos en *sam$lea ;eneral #onstituente por voluntad elección de las provincias que la componen.....5 *rt"culo ( de la #onstitución 3acional Las autoridades que e@ercen el ;o$ierno federal, reside en la ciudad que se declare #apital de la RepC$lica por una le especial del #ongreso, previa cesión hecha por una o m%s legislaturas provinciales, del territorio que haa de federalizarse5. 3o siempre la #apital fue , la capital originariamente en forma provisoria fue la ciudad de aran%, la le que federalizó el territorio de la ciudad de
AN,LISIS T!&,TICO ! LA CONSTITUCI)N NACIONAL R0*=
R2=0R* *R-0 1+#*2-DL R2=0R: F0#L*R*#230/, F0R0#M/ E ;*R*3-2*/ !orma de ;o$ierno: *rt"culo 1 . 0l ;o$ierno federal sostiene el culto católico, apostólico romano: *rt"culo 8 . Lugar de residencia de las autoridades del ;o$ierno federal: *rt"culo ( . !ormación del -esoro nacional: *rt"culo 4 . #onstituciones provinciales: *rt"culo ' . 2ntervención federal en las provincias: *rt"culo > . !e de los actos pC$licos en una provincia: *rt"culo K . Ferechos de los ciudadanos de una provincia: *rt"culo & . *duanas nacionales: *rt"culo 9 . Li$ertad de circulación interior: *rt"culo 1 , 11 18 . *dmisión de nuevas provincias: *rt"culo 1( . Ferechos de los ha$itantes: *rt"culo 14 . Ferechos del tra$a@o: *rt"culo 14$is . 2ne)istencia de esclavos: *rt"culo 1' . 2gualdad ante la le. 2ne)istencia de fueros personales5: *rt"culo 1> . Ferecho de propiedad: *rt"culo 1K . Ferechos @udiciales. *$olición de la pena de muerte: *rt"culo 1& . Ferecho a la privacidad: *rt"culo 19 . Ferechos de los e)tran@eros. !omento de la inmigración: *rt"culo 8 8' . $ligación de armarse en defensa de la patria la constitución: *rt"culo 81 . $ligación de deli$erar go$ernar por medio de los representantes. Felito de sedición: *rt"culo 88 . Feclaración del estado de sitio: *rt"culo 88 . Feclaración de la institución del @uicio por @urados: *rt"culo 84 . Li$re navegación de los r"os interiores: *rt"culo 8> . -ratados de paz comercio con otros pa"ses: *rt"culo 8K . Lees que reglamenten el e@ercicio de los principios, garant"as derechos: *rt"culo 8& . 3ulidad insalva$le del otorgamiento de facultades e)traordinarias: *rt"culo 89 . Reforma de la #onstitución: *rt"culo ( . ?erarqu"a constitucional de los tratados firmados con potencias e)tran@eras: *rt"culo (1 . °
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2mposi$ilidad de dictar lees que restrin@an la li$ertad de imprenta: *rt"culo (8 . 2nterpretación amplia de declaraciones, derechos garant"as enumerados por la #onstitución: *rt"culo (( . Limitación para los @ueces federales de integrar cortes provinciales: *rt"culo (4 . *dopción del nom$re 3ación *rgentina5: *rt"culo (' . °
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8+#*N-DL /0;D3F: 3D0B/ F0R0#M/ E ;*R*3-N*/ 723-RFD#2F/ R L* R0!R=* F0 1994+ Balidez de la #onstitución aun cuando se interrumpa su o$servancia por golpes de estado: *rt"culo (> . #onsagración de derechos pol"ticos. Boto universal, secreto o$ligatorio. Ferechos de mu@eres: *rt"culo (K . °
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Ferechos de los partidos pol"ticos: *rt"culo (& . Ferecho de los ciudadanos de presentar proectos de le: *rt"culo (9 . #onsulta popular de determinados proectos de le: *rt"culo 4 . Ferecho a am$iente sano. rotección del medio am$iente. rohi$ición ingresar residuos tó)icos: *rt"culo 41 . Ferechos de los consumidores: *rt"culo 48 . *cción de amparo. Ma$eas data. Ma$eas corpus: *rt"culo 4( . /0;D3F* *R-0: *D-R2F*F0/ F0 L* 3*#2G3 -"tulo rimero: ;o$ierno !ederal /ección rimera: Fel oder Legislativo #omposición del #ongreso 3acional: *rt"culo 44 °
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(+#*N-DL R2=0R: F0 L* #O=*R* F0 F2D-*F/ #omposición de la #%mara de Fiputados: *rt"culo 4' Fiputados para la primera Legislatura: *rt"culo 4> Fiputados para las posteriores Legislaturas: *rt"culo 4K #ondiciones para ser Fiputado: *rt"culo 4& !orma de elección de Fiputados: *rt"culo 49 Furación del mandato de los Fiputados: *rt"culo ' rocedimiento en caso de vacante: *rt"culo '1 2niciativa de lees so$re contri$uciones reclutamiento de tropas: *rt"culo '8 0)clusividad de la acusación en caso de @uicio pol"tico: *rt"culo '( °
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'+#*N-DL /0;D3F: F0L /03*F #omposición de la #%mara de /enadores. !orma de elección de los senadores: *rt"culo '4 #ondiciones para ser /enador: *rt"culo '' Furación del mandato de los /enadores: *rt"culo '> residente del /enado: *rt"culo 'K residente rovisional del /enado: *rt"culo '& 0)clusividad de @uzgamiento en caso de @uicio pol"tico: *rt"culo '9 0fectos del fallo en caso de @uicio pol"tico: *rt"culo > !acultad de autorizar al presidente de la 3ación a declarar el 0stado de /itio: *rt"culo >1 rocedimiento en caso de vacante: *rt"culo >8 °
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>+#*N-DL -0R#0R: F2//2#230/ #=D30/ * *=<*/ #O=*R*/ /esiones ordinarias e)traordinarias: *rt"culo >( >' Balidez de los diplomas. Puórum: *rt"culo >4 Reglamento de cada c%mara: *rt"culo >> ?uramento de los legisladores: *rt"culo >K 2nmunidad de los legisladores: *rt"culo >& >9 K 0mpleos del oder 0@ecutivo: *rt"culo K8 2ncompati$ilidades para ser legislador: *rt"culo K( Remuneración de los legisladores: *rt"culo K4 °
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K+#*N-DL #D*R-: *-R2 °
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9+#*N-DL /0-: F0 L* *DF2-RN* ;030R*L F0 L* 3*#2G3 3aturaleza funciones de la *uditoria ;eneral de la 3ación: *rt"culo &' °
1+#*N-DL /Q-2=: F0L F0!03/R F0L D0 /ección /egunda: Fel oder 0@ecutivo °
11+#*N-DL R2=0R: F0 /D 3*-DR*L0J* E FDR*#2G3 PuiAn lo desempeña: *rt"culo &K /ucesión residencial: *rt"culo && #ondiciones para ser elegido: *rt"culo &9 Furación del =andato: *rt"culo 9 91 Remuneración del oder 0@ecutivo: *rt"culo 98 ?uramento al asumir: *rt"culo 9( °
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18+#*N-DL /0;D3F: F0 L* !R=* E -20= F0 L* 0L0##2G3 F0L R0/2F03-0 E B2#0R0/2F03-0 F0 L* 3*#2G3 !orma tiempo de la elección del presidente vicepresidente de la 3ación: *rt"culo 94 a 9& °
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1(+#*N-DL -0R#0R: *-R2
14+#*N-DL #D*R-: F0L ?0!0 F0 ;*<230-0 E F0=O/ =232/-R/ F0L F0R 0?0#D-2B 3aturaleza funciones del @efe de ga$inete: *rt"culos 1 11 3aturaleza funciones de los dem%s ministros del oder 0@ecutivo: *rt"culo 18 a 1K /ección -ercera: Fel oder ?udicial °
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1'+#*N-DL R2=0R: F0 /D 3*-DR*L0J* E FDR*#2G3 PuiAn lo desempeña: *rt"culo 1& 19 °
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0sta$ilidad de los @ueces. Remuneración de los mismos: *rt"culo 11 #ondiciones para ser elegido: *rt"culo 111 ?uramento al asumir: *rt"culo 118 *tri$uciones de la #orte /uprema en materia de nom$ramientos: *rt"culo 11( #onse@o de la =agistratura: *rt"culo 114 #ausas de remoción de los @ueces de tri$unales inferiores: *rt"culo 11' 1>+#*N-DL /0;D3F: *-R2 a 119 /ección #uarta: Fel =inisterio C$lico 3aturaleza funciones del =inisterio C$lico: *rt"culo 18 1K+-N-DL /0;D3F: ;<20R3/ F0 RB23#2* oder originario de las provincias: *rt"culo 181 188 #onstituciones provinciales: *rt"culo 18( osi$ilidad de crear regiones. Fominio originario de los recursos naturales: *rt"culo 184 *tri$uciones de las provincias: *rt"culo 18' oder delegado en la 3ación no e@ercido por las provincias: *rt"culo 18> Fiferencias 7conflictos+ entre provincias: *rt"culo 18K 3aturaleza de los go$ernadores de provincia: *rt"culo 18& #iudad *utónoma de
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1&+F2//2#230/ -R*3/2-R2*/ /o$eran"a so$re las 2slas del *tl%ntico /ur: rimera Relacionada con art (K. *cciones positivas para regulación de partidos pol"ticos rAgimen electoral: /egunda Relacionada con art (9. Le reglamentaria de la consulta popular: -ercera Relacionada con art '4. =andatos de senadores al momento de reformarse la constitución en 1994: #uarta Relacionada con art '>. -iempo de elección de senadores: Puinta Relacionada con art K', inciso 8. Le de #oparticipación !ederal de 2mpuestos: /e)ta Relacionada con art K', inc (. 0@ercicio por #ongreso de funciones legislativas en #iudad . #aducidad de la delegación legislativa pree)istente en el oder 0@ecutivo: ctava Relacionada con art 9. #onsideración del mandato del presidente en e@ercicio en 1994: 3ovena Relacionada con art 9. rimer mandato presidencial posterior a 1994: FAcima Relacionada con art 99, inciso 4. #aducidad de los nom$ramientos de @ueces: DndAcima Relacionada con art 99, inciso K+, 1 11. 3om$ramiento del @efe de ga$inete: FuodAcima Relacionada con art 114. 3om$ramiento de @ueces de tri$unales inferiores: Fecimotercera Relacionada con art 11'. #ausas en las que entender% el #onse@o de la =agistratura: Fecimocuarta Relacionada con art 189. /ituación transitoria de la #iudad de
Bigencia de la reforma: Fecimose)ta FecimosAptima
SITUACI)N !L PA-S AL &O&!NTO ! LA R!%OR&A ! LA CONSTITUCI)N !N 1994 1+*/0#-/ LN-2#/ 0n *rgentina a partir de la dAcada del 4 por ' años hu$o dos partidos pol"ticos importantes: el @usticialista o peronista el radical, siendo el primero el que resulta$a en general ganador de las elecciones el segundo el que figura$a como su escolta. or ello, cuando despuAs del go$ierno militar, el radical RaCl *lfons"n asume la presidencia venciendo en la contienda electoral al peronista Ntalo LCder, se encuentra con una situación complicado para go$ernar, porque si $ien ten"a el oder 0@ecutivo 3acional, en la maor"a de las provincias, los go$ernadores eran de origen @usticialista. or otra parte, la realidad en el parlamento no era tan favora$le. 0n la #%mara de Fiputados ten"a una maor"a mu a@ustada en la #%mara de /enadores esta$a en franca desventa@a, porque la composición de la misma se integra$a por 8 senadores por provincia, por ello al ha$er triunfado el peronismo en casi todas, el senado era maoritariamente conformado por esa fracción de la pol"tica. #uando *lfons"n de$e a$andonar prematuramente la presidencia de la 3ación por ha$er triunfado en las elecciones presidenciales #arlos =enem, este Cltimo asumió con la totalidad del poder, ha$ida cuenta que ten"a maor"a propia en las dos c%maras legislativas, la maor parte de los go$ernadores provinciales eran de su partido a su vez, los organismos de control del 0stado, esta$an en manos de pol"ticos peronistas. * =enem sólo le falta$a la posi$ilidad de reelección presidencial, dado que la #onstitución de 1&'( en vigencia a ese momento no admit"a la reelección inmediata, sino que de$"a de@arse pasar un per"odo de > años, para que un ciudadano pudiera nuevamente aspirar al cargo de residente de la 3ación. or ello, decide pactar con el principal pol"tico de la oposición, es decir, RaCl *lfons"n, para o$tener los votos necesarios para convocar a una *sam$lea #onstituente que reformara la #onstitución le permitiera la reelección. * su vez, RaCl *lfons"n le aportó los votos necesarios para esa convocatoria, a cam$io de una serie de condiciones que le permitieran a su partido participar con maor poder en la pol"tica nacional. 0sas condiciones, que luego fueron plasmadas en el te)to constitucional fueron: H La posi$ilidad de reelección por un per"odo inmediato posterior. H La duración del per"odo presidencial por un lapso de 4 años. H La elección de dos senadores provinciales por la maor"a uno por la primera minor"a. H La circunstancia que para el nom$ramiento de los @ueces intervendr% un organismo denominado #onse@o de la =agistratura. H La creación de rganismos de control del estado como la /indicatura ;eneral de la 3ación, la *uditoria ;eneral de la 3ación el Fefensor del ue$lo que estar%n presididos por un miem$ro del partido que o$tuvo el segundo puesto en las elecciones. H La incorporación de los derechos de ha$eas corpus5 ha$eas data5 en el te)to constitucional. H La fi@ación de los denominados derechos ecológicos5 en la constitución. H La determinación como parte integrante de la constitución de los tratados internacionales que nuestro pa"s suscri$a con potencias e)tran@eras.
8+*/0#-/ 0#3G=2#/ La equivocada pol"tica económica desarrollada por RaCl *lfons"n, llevó al pa"s a una situación de caos económico, que desem$ocó en dos hiperinflaciones, una al final del mandato del presidente radical otra apenas asumió el poder #arlos =enem. 0sta situación de crisis llevó a que el presidente peronista cam$iara la pol"tica económica tradicional de su partido, consistente en la distri$ución de riqueza entre los asalariados, por un esquema m%s li$eral, favoreciendo la instalación de empresas e)tran@eras en nuestro pa"s, generando una gran apertura de la econom"a, que se caracterizó por una modernización de la infraestructura de los servicios pC$licos, los que pasaron a manos privadas. 0ste proceso dio lugar a una creciente desocupación, dado que al privatizar las empresas de servicios pC$licos, que pasaron a manos de capitales privados de origen trasnacional, se produ@eron cesant"as en masa de tra$a@adores. La necesidad pol"tica de #arlos =enem de o$tener votos favora$les en la elección de constituentes que reformar"an la constitución posteriormente sus necesidades electorales para o$tener la reelección presidencial, condu@eron a la pArdida de la disciplina económica a partir de 1994, lo que dar"a lugar con el tiempo, a sentar las $ases para una nueva situación de crisis, que no se produ@o en el go$ierno de =enem, sino en el mandato de su sucesor, el radical !ernando de la RCa. (+*/0#-/ /#2*L0/ Los cam$ios en las pol"ticas económica esta$lecidas por el go$ierno de #arlos =enem llevaron a una modificación de la conformación social de nuestro pa"s, de una po$lación maoritariamente asalariada representada por dirigentes gremiales poderosos enca$ezados por la Dnión $rera =etalCrgica, se pasó a un pue$lo maoritariamente desocupado, dependiente de los planes sociales que con fines pol"ticos electorales administra$an los go$ernantes de turno. 0n los casos que los tra$a@adores conserva$an su empleo, a no se trata$a de puestos de tra$a@o en la industria, sino en los servicios, por ello el poder de la representación gremial pasó de los gremios industriales 7=etalCrgicos, mec%nicos, construcción, etc+ a los gremios de servicios 7#omercio, camioneros, etc+. *pareció un nuevo persona@e5 en la realidad social argentina, el cartonero5, es decir, la persona que a partir de clasificar la $asura, o$ten"a materiales para reciclarlos5 venderlos en el mercado.
Conclusi.n La reforma constitucional cumplió los o$@etivos pol"ticos de los partidos m%s importantes de *rgentina, el eronista que siempre pretendió la reelección indefinida cuando esta$a en el poder el Radical que permanentemente intentó esta$lecer un modelo parlamentario5, similar a las naciones m%s avanzadas de 0uropa ccidental. 0n realidad, la evolución histórica demostrar"a que solamente el o$@etivo @usticialista de la reelección fue cumplido, porque no si $ien formalmente e)isten los institutos propios de la democracia parlamentaria, este sistema no est% enraizado en la historia de nuestro pue$lo no funciona en la pr%ctica como tal.
fuentes: mi padre 7contador pu$lico+ rofesora de sociales