PREGUNTA DE EXAMEN UNIDAD 1 ( 1.1 ) señale en las siguientes ideas la que simbli!a el t"aba# que $"ma %a"te de nuest" estudi & trabajo intelectual y manual ( 1.1.1 ) Estable!'a ent"e las alte"natias alte"natias señaladas la que '""es%nde a la 'nside"a'i*n +umana +umana del t"aba#& Es una expresión de la valía de quien lo presta con efectos sobre la personalidad de quien los ejecuta especialmente en los trabajos no standarizados ( 1.1.1 ) ,eñale las 'ndi'ines que deben bse"a"se %a"a mitiga" el su$"imient que 'nllea la "eali!a'i*n de un t"aba#& Disponer un adecuado régimen de descansos y tareas no muy extensas ( 1.1.- ) a ne'esidad de la %"esta'i*n del se"i'i en la 'n'e%'i*n del t"aba# se debe entende" en $"ma& Personal y voluntaria ( 1.-./ ) a %"ime"a le0 del t"aba# %"mulgada en 123 $ue& Ley de descanso dominical ( 1./.1 ) indique dent" de las ideas que se enun'ian la que de$ine la nta esen'ial que debe e4isti" en la "ela'i*n que "egula el de"e'+ del t"aba#& t"aba#& prestación de trabajo en condiciones de subordinación y dependencia ( 1./.1 ) El De"e'+ del T"aba# se de$ine 'm el 'n#unt de %"in'i%is %"in'i%is 0 n"mas #u"5di'as que "egulan& "egulan& Las relaciones que surgen del eco social del trabajo dependiente ( 1././ ) El De"e'+ del T"aba# en su 'ntenid 'm%"ende ds g"andes "amas& El Dereco individual y el Dereco colectivo del trabajo ( 1./.3 ) El %"in'i%i de i""enun'iabilidad i""enun'iabilidad es aquel que 'nsigna que e4isten una se"ie de de"e'+s asegu"ads 0 ga"anti!ads %" la le0 ls estatuts 0 ls 'nenis 'le'tis 0 'ualquie" %a't en 'nt"a"i& !er" nulo y sin ning#n valor$ ( 1./.3 ) El %"in'i%i %"in'i%i de equidad es aquel %" %" el 'ual& El int%rprete puede apartarse de la letra de la ley en la resolución de un caso concreto& cuando tal apartamiento permita una solución m"s justa$ ( 1./.3 ) a 'ndi'i*n mas bene$i'isa se a%li'a 'uand& 'na situación anterior es m"s beneficiosa para el trabajador ( 1./.3 ) In dubi %" %e"a"i $"ma %a"te del %"in'i%i& protectorio ( 1./.6 ) ,n $uentes del De"e'+ del T"aba#& La (onstitución )acional& Leyes )acionales y provinciales& convenios colectivos usos y costumbres& jurisprudencia y Doctrina$ ( 1.7.1 ) El De"e'+ de la ,egu"idad ,'ial es la "ama del de"e'+ que se 'u%a& Del ombre en general ( 1.7.- ) El de"e'+ de la ,egu"idad s'ial es la "ama del de"e'+ que se 'u%a del +mb"e $"ente a 'ntingen'ias 'ntingen'ias s'iales& *ue afectan su ingreso ( 1.7.7 ) 8ual de ls siguientes %"in'i%is %"in'i%is N9 '""es%nde al De"e'+ del T"aba#& +enunciabilidad de los Derecos ( 1.7.: ) Indique la 'ntingen'ia de natu"ale!a bil*gi'a& ,aternidad UNIDAD ( -.1.- ) la enume"a'i*n a 'um%li" 'ntiene un 'n'e%t "e'e%tad en el 'nstitu'inalism 'nstitu'inalism s'ial ;'us del 'nstitu'inalism 'nstitu'inalism s'ial se 'nsag"an las ga"ant5as m5nimas del t"aba# en sus die"sas $"mas 0 en A"gentina se en'uent"an en'uent"an 'ntem%ladas 'ntem%ladas en& 2rtículo .3 bis de la (onstitución (onstitución )acional ( -.1./ ) ;'u
( /.1.1 ) 8nside"and la $ils$5a que im%"egna el 'nt"at de t"aba# señale la %"emisa que ma0" "elean'ia adquie"e en su 'n'e%t& 6enera una actividad productiva y creadora del ombre ( /.1.- ) ;8*m se ' al'ula el P"eais en el %e"5d de %"ueba= Plazo de quince días
( /.1./ ) Al de'i" que en el ' nt"at de t"aba# las %a"tes 'n'en ab initi l m5nim que %e"'ibi"< el t"aba#ad" 'n abst"a''i*n de ls "esultads "esultads e'n*mi's de la em%"esa de$inims un de ls 'a"a'te"es del 'nt"at de t"aba# ;'u
( /.-.1 ) 8m%lete el es%a'i $altante& @ab"< 'nt"at de t"aba# siem%"e que una %e"sna..................se bligue a "eali!a" a'ts e#e'uta" b"as %"esenta" se"i'is en $a" de t"a de mane"a sub"dinada %e"'ibiend 'm 'nt"a%"esta'i*n una "et"ibu'i*n.@ 7ísica ( /.-.1 ) En la "ela'i*n de t"aba# la %e"sna.... realiza actos& ejecuta obras o presta servicios en favor de otra ( /.-./ ) Bl"en'ia Melan $ue 'nt"atada %" Cuan Re'alde %a"a %"esta" se"i'is se4uales en l'al de su %"%iedad. Tal 'nt"at t"na sus e$e'ts& )ulos de nulidad absoluta& imposible de subsanarse por su objeto 8lícito ( /.-./ ) El in'um%limient de un 8nt"at antes de ini'ia"se la e$e'tia %"esta'i*n de se"i'is da"< luga" al t"aba#ad" a "e'lama"& Da9o emergente y lucro cesante ( /.-./ ) El b#et del 'nt"at de t"aba# n debe se" %"+ibid entendiend %" tal aquel que& Determinadas normas legales y reglamentarias vedan para determinadas personas& épocas y condiciones ( /.-./ ) ,eñale la edad que esti%ula la .8.T. Pa"a 'eleb"a" lib"emente 'nt"ats de t"aba#& .: a9os ( /.-./ ) ;8*m denmina la .8.T. Al su#et que "equie"e ls se"i'is de un t"aba#ad"= Empleador (/.-./ ) El A"t. 1: de la .8.T. %"+5be a ls em%lead"es 'u%a" men"es de& .3 a9os ( /.-./ ) ,n "equisits esen'iales del 8nt"at de T"aba#& (apacidad& objeto & consentimiento ( /.-./ ) P"du'ida la e4tin'i*n %" 'ualquie" 'ausa de un 8nt"at de T"aba# de b#et il5'it& 5rabajador y empleador carecen de dereco a formular reclamo alguno$ ( 3.3.1 ) En la enumeración determine el concepto extraño a las facultades del empleador: - Brindar seguridad
( /./.1 ) El debe" de n 'n'u""en'ia "e$ie"e a la bliga'i*n del t"aba#ad".... de no ejercer negociaciones por cuenta propia que afecten intereses del empleador ( /./.1 ) El Ius a"iandi es la $a'ultad del & Empleador de introducir cambios en las formas y modalidades de trabajo$ ;/./.1 ) El 'nt"at de t"aba# se 'nside"a "egist"ad 'uand& El trabajador se encuentra inscripto en el libro especial del art$ 0< de la L(5 y en el !'+L$ ( /./.1 ) ,i el em%lead" e#e"'ie"e abusiamente la $a'ultad de mdi$i'a" las $"mas 0 mdalidades de t"aba# que le a'ue"da el a"t. 66 de la le0 de 8nt"at de T"aba# al t"aba#ad" le asiste la %sibilidad de& Perseguir el restablecimiento de las condiciones alteradas o considerarse despedido sin justa causa$ UNIDAD 7 ( 7.1.1 ) a estabilidad im%"%ia es aquella& *ue admite el despido incausado pero se fija un régimen indemnizatorio con el fin de disuadirlo y reparar el da9o causado. ( 7.1.- ) ;8u
( 3.1.1 ) Un t"aba#ad" desa""lla una #"nada de t"aba# 'n$igu"ada en la siguiente $"ma& lunes ma"tes 0 mi>"'les de : a 16 +s ? #uees 0 ie"nes de 12 a -- +s. ,u sala"i mensual es de F 1.-22.Estable!'a 'uant debe %e"'ibi" en una semana %" 'ada +"a"i > . y > .@0&A? ( 3.1./ ) ,eñale ent"e ls 'n'e%ts e'n*mi's que %e"'ibe el t"aba#ad" el que n %a"ti'i%a del 'n'e%t de "emune"a'i*n& 8ngreso base mensual ( 3.1.7 ) Res%e't de las $"mas de estable'e" el im%"te del sala"i la "emune"a'i*n del t"aba#ad" %uede se"& 7ijada sin limites por el empleador ( 3.1.7 ) El ,". Cuan P>"e! em%lead de 'me"'i en 'ateg"5a administ"ati H %e"'ibe sala"i de 'neni %" la suma de F 1/2222 mensuales . En el mes de Agst de -22 +a debid sli'ita" una li'en'ia sin g'e de +abe"es %" 'uestines %a"ti'ula"es %" 1 d5as. Debe"< en 'nse'uen'ia estable'e" qu> liquida'i*n de +abe"es le '""es%nde"< %e"'ibi" en este mes de agst. >A?A&AA ( 3.-./ ) El ,". Ri'a"d Ma"tine! +a deengad ls siguientes sala"is mensuales &Ene" F -222 0 -22 n "emune"atis Beb"e" F -222 Ma"! F-322 0 1222 n "emune"ati Ab"il F -222 Ma0 -222 0 122 n "emune"ati Cuni F -222. Pe"'ibi"< en este %"ime" semest"e 'm ,A8 la suma de & > .10?
( 3./.1 ) ,i el sala"i as'iende a la suma de %ess ds mil ;qu> im%"te se %d"< a$e'ta" a emba"g si el mnt del emba"g es de F 322.= > 3 UNIDAD 6 ( 6.1./ ) Dete"mine 'u"'les de a 1 #uees de a -2 . Re'n'iend 'm "emune"a'i*n mensual n"mal la suma de F -222. ,eñale si la #"nada +a sid n"mal e4t"a"dina"ia 0 'ual se"< el im%"te que %e"'ibi"< teniend en 'uenta la #"nada 'um%lida en ls d5as señalads & > @ normales y .@0 por oras extras ( 6.-./ ) as +"as t"aba#adas en e4'es del l5mite m<4im de la #"nada legal en d5as +"e! +a ing"esad en la em%"esa 'me"'ial JMandile ,.A. el 12?21?. Manteniend una "ela'i*n de t"aba# 'ntinua e ininte""um%ida. El 12?26?-.22 "e'ibe una nti$i'a'i*n que dis%ne la e4tin'i*n del 'nt"at de t"aba# a %a"ti" del 12?-?-.22. ,u "emune"a'i*n es de F1.622. Dete"mine ls "ub"s que debe"< "e'ibi" 'm 'nse'uen'ia del des%id in'ausad& 8ndemnización sustitutiva de preaviso por >@$? y antigCedad por >.3$3??$ An5bal T""es 'mien!a a t"aba#a" el -7 de ma0 del -.222 l des%iden sin #usta 'ausa 'n una antigKedad de 12 meses su me#" "emune"a'i*n es de F1.222. El t%e del 'neni es de F1.722. a indemni!a'i*n %" antigKedad que le '""es%nde es de& +ta= >.$??? ,ele''ine el al" que una em%leada de 'me"'i 'n antigKedad de / añs deba %e"'ibi" al 'ese de su t"aba# %" des%id. Remune"a'i*n& F1.-22 i.$A?? UNIDAD !
( :.1.- ) El %"eais es una bliga'i*n bilate"al que debe %"esta"se en 'as de& Despido incausado ( :.1.- ) Indique 'u ?? ( :././ ) ,i ud. debie"a "edu'i" su %lanta de %e"sna %" mtis e'n*mi's señale de la n*mina que sigue la 'ateg"5a de em%lead que debe"5a sele''ina" %a"a 'men!a" & empleado con menor antigCedad y sin carga de familia ( :././ ) En 'as de e4tin'i*n del 'nt"at de t"aba# %" mutu a'ue"d el t"aba#ad" & )o tiene dereco a percibir indemnización alguna ( :././ ) a e4tin'i*n del 8T de 'mn a'ue"d e4%"esa debe $"mali!a"se.... Por escritura p#blica ( :././ ) En 'as de des%id %" 'ausas e'n*mi'asn im%utables al em%lead" el mism debe abna" indemni!a'i*n& 8gual al 0? B de la indemnización por despido injustificado$ ( :./.7 ) @El t"aba#ad" Cuan Cs> P>"e! 'eleb"* 8nt"at de T"aba# %" tiem% indete"minad 'n la Em%"esa MAH ,A 'n $e'+a 2-?2-?22 %e" $igu"a en la d'umenta'i*n lab"al ing"esad 'n $e'+a 2-?2-?21. El de%endiente intima al em%lead" el /1?2?21 'n$"me a l dis%uest en el a"t. 11 de la e0 -721/ %e" el em%lead" n a'ata la intima'i*n . El t"aba#ad" "e'lama entn'es la indemni!a'i*n %"eista en el a"t. de la e0 Na'inal de Em%le 'n $e'+a 2-?2?21.Mnt de la "emune"a'i*n desde la $e'+a "eal de ing"es +asta la $e'+a de la intima'i*n & F 73.Indique el mnt de la indemni!a'i*n "e'lamada de a'ue"d a l %"es'"it %" el a"t. de la e0 Na'inal de Em%le. > .$3<0 Un t"aba#ad" a$e'tad %" una insu$i'ien'ia 'a"dia'a "esuelt 'n una inte"en'i*n qui""gi'a agt* el %e"id que le '""es%nd5a de li'en'ias %agas %" en$e"medad in'ul%able. Du"ante el %e"id de "ese"a de %uest es des%edid sin in'a'i*n de 'ausa t"gsta situa'i*n %uede abna"se& +ta= indemnización establecida por la L$($5 por antigCedad$ •
UNIDAD "
.1.1 ) 8uand se men'ina 'm $undament de la es%e'ial %"te''i*n a la mu#e" t"aba#ad"a 0 men"es t"aba#ad"es que se debe %"tege" el t"aba# e4'esi %" la %e"#udi'ialidad %a"a la salud m<4ime si es "eali!ad en dete"minada edad 'i"'unstan'ia l 'ual %uede 'asina" g"aes 'nse'uen'ias demg"<$i'as $utu"as estams "e$i"iend a "a!nes & Eugenética ( .-.- ) a situa'i*n de e4'eden'ia %" la que %uede %ta" la t"aba#ad"a una e! 'n'luida la li'en'ia %" mate"nidad n %uede e4tende"se %" un %la! in$e"i" a& @ meses ( .-.- ) El %e"id de e4'eden'ia es una li'en'ia& pcional& de un mínimo de @ y un m"ximo de A meses& sin goce de aberes& una vez agotada la licencia posparto$
,i un men" de edad %" deba# de ls 1: añs se a''identa en el luga" de t"aba# 'um%liend ta"eas que el sistema legal le %"+5be gene"a 'm 'nse'uen'ia legal& presunción de culpa del empleador •
UNIDAD 12 ( 12.-.1 ) @El ,". M<"que! 'asad 'n un +i# t"aba#a desde +a'e - añs en la em%"esa ,lida"idad ,R. a'e tiem% que su$"e de Mal de 8+agas l que +a %"'ad que en el ltim añ se le +a0an 'n'edid 3 meses de li'en'ia "emune"ada. En este mment se en'uent"a g!and de una nuea li'en'ia que de a'ue"d a l %"es'"it %" el $a'ultati de la em%"esa se e4tende"< %" el %la! de un mes. En esta situa'i*n una e! en'id el mes de li'en'ia %"es'"i%t en 'as de una "e'a5da de su en$e"medad el ,". M<"que!& 2#n puede gozar del período de reserva del puesto que determina la L(5$
UNIDAD 11 ( 11.# ) $a incapacidad la%oral permanente deri&ada de un accidente de tra%a'o tiene carcter pro&isorio durante: Los 36 meses siguientes a su declaración, pudiendo ser extendido por las Comisiones Médicas por 24 meses más cuando no exista certeza acerca del carácter deiniti!o de la incapacidad UNIDAD 1#
( 1-.1.1 ) ,eñale 'u
( 1/.1./ ) El 'nt"l de %"tunidad que "eali!a el Ministe"i de T"aba# antes de la +mlga'i*n de ls 'nenis 'le'tis de t"aba# se "e$ie"e a que.... !u vigencia no afecte la situación económica de determinados sectores de actividad ( 1/.-./ ) ,e 'nside"a se"i'i esen'ial a ls $ines de la de'la"a'i*n de la +uelga a ls se"i'is.... !anitarios E4iste 'n$li't en las "ela'ines lab"ales 'uand& la distancia tiende a escapar a la negociación de las partes $ UNIDAD 1
( 13.1.- ) a a'tiidad m
•
'a"a'te"5sti'a %"in'i%al 0 "a!*n de se" de la 9IT&
2ctividad normativa UNIDAD 1* ( 1*.#.1 ) El aporte +ue de%e reali,ar el tra%a'ador para -%ra ocial de acuerdo a la $e/ #300 es de: ","3 (1.-.1 ) a 'nt"ibu'i*n que debe "eali!a" el em%lead" %a"a 9b"a ,'ial es de&
?&?A •
Pa"a el ">gimen na'inal de las b"as s'iales el t"aba#ad" debe a%"ta" un 13L adi'inal %"&
ascendiente$
1. La diferencia entre contrato de trabajo y relación de trabajo, consiste en que : a# $l C% es un acuerdo de !oluntades por el &ue las partes se comprometen a determinadas prestaciones recí procas ' la relación se reiere a la eecti!a prestación de ser!icios(
2. La facultad de modicar las formas y modalidades de trabajo concedida al empleador por el art. 66 de la LCT , se le ha otorado con las siuientes limitaciones!
c# )azona*ilidad de la medida, no alteración de modalidades esenciales del C% e indemnidad moral ' material(
". #n los contratos de trabajo de pla$o jo el despido sin justa causa dispuesto antes del %encimiento del pla$o pactado, da derecho al trabajador a! *# $l pago de las indemnizaciones por despido in+ustiicado más la de daños ' per+uicios &ue +ustii&ue a*er surido o &ue el +uez i+e prudencialmente(
&. La caracter'stica esencial del contrato de trabajo e%entual, es! a# %ener un plazo incierto, es decir, &ue no pueda pre!erse un plazo determinado de inalización del contrato(
(. )on benecios sociales de naturale$a no remunerati%a, de acuerdo a lo estipulado por el art. 1*" bis de la LCT . e# Los !ales alimentarios, reintegro de gastos de medicamentos ' las utilidades(
6. #l sueldo anual complementario correspondiente a cada semestre, se calcula sobre! e# $l ". de la me+or remuneraci ón del semestre correspondiente(
+. La jornada insalubre es considerada tal, cuando! c# $xiste declaración por parte de la autoridad de aplicaci ón(
. #l inicio del descanso anual o %acaciones, deber- comunicarse al trabajador con una anticipación no mayor a! c# 4 dí as
. /ara tener derecho al oce de %acaciones por los pla$os indicados en el art. 1(* de la LCT, el trabajador deber-! *# /a*er prestado ser!icios durante la mitad de los dí as á*iles del año correspondiente(
1*. Tanto la suspensión por desempe0o de caros electi%os como por desempe0o de caros remiales en las asociaciones profesionales de trabajadores, permiten al trabajador reinterarse a sus tareas habituales! d# /asta 3" dí as después de concluido el e+ercicio de sus unciones(
11. #l pla$o conjunto determinado por el art. 222 de la LCT para las suspensiones por causas económicas, disciplinarias y de fuer$a mayor, es de! a# 0o!enta dí as por año ani!ersario(
12. urante las licencias pre y post parto que se conceden a la mujer trabajadora a tra%s del art. 1++ de la LCT, esta percibe : c# 1signación amiliar
1". )e presume, sal%o prueba en contrario, que el despido de la mujer trabajadora obedece a ra$ones de maternidad cuando se produce dentro de los! c# ½ meses anteriores ' posteriores al parto(
1&. )e considera situación de e3cedencia, aquella que asuma %oluntariamente la trabajadora por un per'odo! a# 0o inerior a 3 meses ni superior a 6(
1(. #n el caso de las enfermedades inculpables, la recidi%a de enfermedades crónicas no ser- considerada enfermedad sal%o que se manifestara! *# %ranscurridos los dos años contados desde la primera maniestación(
16. La prestación dineraria que debe abonarse a un trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo, durante la incapacidad laboral temporaria, consiste en! *# alor mensual del ingreso *ase más las asignaciones amiliares(
1+. Los pri%ileios enerales recaen sobre! d# %odo el patrimonio del empleador(
1. #l prea%iso otorado por el empleador durante el per'odo de prueba, deber- otorarse con una anticipación de! e# 5 dí as(
1. Los pla$os de prea%iso comien$an a correr a partir de!
a# í a siguiente al de la notiicación(
2*. #l importe de la indemni$ación por anti4edad en nin5n caso podr- ser inferior a! e# 7na !ez la me+or remuneración mensual, normal ' a*itual(
1. e acuerdo a lo estipulado por la Ley 2"((1, una empresa con (** trabajadores debe tener! c# 6 delegados de personal
2. )i un empleador debiera despedir con causa a un trabajador que se encuentra ejerciendo el caro de deleado de personal, debe! d# 8or !í a +udicial, despo+ar al tra*a+ador de la protección legal con &ue cuenta(
". La secesión de las asociaciones sindicales es la continencia por la cual! c# 9e ocasiona la di!isión de ellas(
&. )on cl-usulas normati%as, en los con%enios colecti%os de trabajo! a# Las &ue i+an categorí as ' salarios
(. #n la neociación de un con%enio colecti%o de trabajo de empresa, la representación de los trabajadores estar- a caro de! c# $l sindicato cu'a personerí a gremial los comprenda
6. La ultraacti%idad de los con%enios colecti%os de trabajo se reere a! e# La posi*ilidad de mantener la plena !igencia de todas sus cláusulas asta &ue una nue!a con!ención colecti!a la sustitu'a(
+. #l procedimiento de conciliación obliatoria debe iniciarse cuando se suscite! a# 7n conlicto colecti!o de interés(
. )on ser%icios esenciales a los nes del ejercicio del derecho de huela *# 9anitarios ' ospitalarios, la producción ' distri*ución de agua pota*le, energí a eléctrica ' gas ' el control del tráico aéreo(
. #l trabajo a relamento es la medida de acción directa que consiste en! c# $l acatamiento exagerado de las instrucciones so*re ormas de realizar el tra*a+o(
1*. #l derecho internacional pri%ado del trabajo, se reere a! *# )elaciones entre tra*a+ador ' empleador donde inter!ienen elementos locales ' extran+eros(
11. #l Consejo de administración de la rani$ación 7nternacional del Trabajo, es el oranismo compuesto por! *# 2: miem*ros gu*ernamentales, 54 por los empleadores ' 54 por los tra*a+adores(
12. #l principio de solidaridad, caracter'stico del erecho de la )euridad social, se reere a! e# La responsa*ilidad social respecto a la cooperación, a'uda o auxilio acia los comprendidos en las contingencias(
1". #n el )istema 7nterado de 8ubilaciones y /ensiones, el rimen de reparto es el sistema! a# Basado en el principio de la solidaridad donde los acti!os aportan por los pasi!os(
1&. #n el )istema 7nterado de 8ubilaciones y /ensiones, el rimen de capitali$ación, es el sistema! a# ;ue com*ina el sistema estatal con un régimen de capitalización indi!idual(
1(. #n el sistema contributi%o creado por la Ley 2&+1& de 9sinaciones :amiliares, perciben asinaciones! e# Los tra*a+adores en relación de dependencia pri!ada, *eneiciarios de la L)% ' *eneiciarios del ondo nacional de empleo(
16. )on beneciarios directos de las obras sociales! d# Los tra*a+adores en relación de dependencia p ú*lica ' pri!ada, los +u*ilados ' pensionados naciones ' de la ciudad de Buenos 1ires ' los *eneiciarios de pensiones no contri*uti!as(
1+. #n caso de e3tinción del contrato de trabajo, los trabajadores que se hubieran desempe0ado por m-s de tres meses en forma continuada, mantendr-n su calidad de beneciarios a la obra social! *# %res meses
1. #l sistema de prestaciones por desempleo creado por Ley 2&*1", es aplicable a! *# %ra*a+adores cu'o C% se ri+a por la LC%(
1. )on causales de e3tinción del CT, para poder acceder al benecio que otora el sistema de prestaciones por desempleo, entre otras! a# $l despido sin causa, el despido indirecto ' el !encimiento del plazo pactado en el C%(
2*. Las prestaciones por desempleo se e3tinuen, entre otras causales, por! c# <*tención de *eneicio pre!isional, agotamiento del plazo de las prestaciones ' cele*ración de C% de plazo superior a 52 meses(