22
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2
Es el tercer de los periodos históricos en los que se divide tradicionalmente en Occiden0074e la Historia Universal, periodo en que triunfan los valores de la modernidad (el progreso, la comunicación, la razón)
(Barbastro (Huesca), 1861-Barcelona, 1948) fue un impulsor de la pediatría en España a través de una vasta labor en sus facetas como profesor, escritor, conferenciante y médico.
es un cordón que une un embrión en vías de desarrollo o feto a su placenta. Contiene arterias principales y venas para el intercambio de sustancias nutritivas y sangre rica en oxígeno.
La muerte es un efecto terminal que resulta de la extinción del proceso homeostático en un ser vivo; esto es, el término de la vida.
Es la sub-rama de la antropología biológica o física que estudia las medidas del cuerpo del hombre y las estudia referentemente sin ningún tipo de porcentaje de error mínimo, ya que las medidas han de ser exactas a la par que se tomen.
Conjunto de pruebas a las que se someten los órganos y tejidos de un cadáver para determinar las circunstancias (hora, causa, etcétera) en que ha ocurrido la muerte. Por ejemplo, la posibilidad de infanticidio (asesinato de un recién nacido) se puede descartar cuando las características de los pulmones evidencian que no hubo respiración fuera del claustro materno y, por tanto, murió antes de nacer. También es posible determinar si una víctima murió con rapidez o se produjo de forma agónica; en el primer caso, se detecta la presencia de un alto contenido de glucógeno en el hígado, mientras que en una lenta agonía la presencia de glucógeno en el hígado es muy baja.
Es una técnica diagnóstica radiologica de forma digital (Radiología digital directa o indirecta) en una base de datos. La imagen se obtiene al exponer al receptor de imagen radiográfica a una fuente de radiación de alta energía, comúnmente rayos X o radiación gamma procedente de isótopos radiactivos (Iridio 192, Cobalto 60, Cesio 137, etc.)
Los bronquiolos son las pequeñas vías aéreas en que se dividen los bronquios llegando a los alvéolos pulmonares.
Los bronquiolos se encuentran en la parte mediana del pulmón. En nuestros pulmones tenemos alrededor de 60.000 bronquiolos (30.000 en cada pulmón) que se dividen, a su vez, en unos 600.000.000 de alvéolos pulmonares. Es importante destacar que la tráquea lleva el aire a los bronquios
En la fisiología humana, el puerperio1 2 es el período que inmediatamente sigue al parto y que se extiende el tiempo necesario (usualmente 6-8 semanas) o 40 días para que el cuerpo materno —incluyendo las hormonas y el aparato reproductor femenino— vuelvan a las condiciones pregestacionales, aminorando las características adquiridas durante el embarazo.
Franco Mabel, 1999. Pág.- 5
La ley es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción
Este artículo discute cómo los expertos y las comisiones de estudio sobre la violencia en Colombia generan marcos de representación sobre la violencia. En particular, analiza la Comisión de expertos de 1987, y la Subcomisión de Memoria Histórica (2007-2012). A partir de un enfoque sociohistórico, discutimos sobre dos conjuntos de ideas: en primer lugar, las comisiones investigan las causas de la violencia y ofrecen mecanismos de solución a sus secuelas, pero también imponen narrativas en la memoria colectiva de un país. En segundo lugar, los expertos en violencia visibilizan estas narrativas en la escena pública, pero su protagonismo es cuestionado por aquellos que los consideran funcionales al establecimiento.
Ruben Darío Garzón Muñoz
Especialista en Investigación Social – Autor.
Trabajador Social Forense
Docente Instituto de Investigación SocioForense – Colombia.
Op. Cit.
El profesional que desee indagar más sobre los indicadores que pueden confundirse con maltrato físico, puede remitirse al texto de María Luisa Bernal Monroy.
Desmond Runyan, Corr ine Wattam, Robin Ikeda, Fatma Hassan, Laurie Ramiro. Op. Cit.
Frente a esta modalidad de Maltrato, con miras a no contribuir con la criminalización de la Pobreza, el trabajador social forense debe tener en cuenta las condiciones socioeconómicas de la familia, en la medida de que en algunos casos puede tratarse de situaciones de extrema pobreza donde no hay las condiciones para satisfacer las necesidades de las niñas.
Desmond Runyan, Corrine Wattam, Robin Ikeda, Fatma Hassan, Laurie Ramiro. Op. Cit.
U N I V E R S I D A D A L A S P E R U A N A S
PEDIATRIA FORENSE
PEDIATRIA FORENSE
HISTORIA
A partir del Renacimiento comienzan a considerarse las enfermedades de los niños como una actividad médica y se escriben libros de orientación más pediátrica. Durante la Edad Moderna comienzan a aparecer centros dedicados al cuidado de los niños.
A partir del siglo XIX la pediatría desarrolla su base científica especialmente en Francia y Alemania, y se crean los primeros hospitales modernos en Europa y
Norteamérica. La pediatría se convierte en una especialidad médica con entidad propia. En el siglo XX fue precursor de la Pediatría en España don Andrés
Martínez Vargas, que en 1915 publicó su fundamental Tratado de Pediatría, obra insustituible para tener una visión clara y de conjunto de la Pediatría conocida y ejercida por sus colegas contemporáneos.
CONCEPTO
Es la rama de la medicina legal que se ocupa de las cuestiones medico legales relacionadas con el embarazo (aborto, nacimiento, parto, infanticidio, filiación, etc.)
Comprende a la rama de la Medicina Forense que estudia las implicancias médico legales del individuo menor de 12 años desde su nacimiento, pasando por su Filiación y paternidad, lesiones de interés forense, mortalidad, y todo aquello que signifique la aplicación del conocimiento médico a situaciones de alcance jurídico en niños.
Es el apoyo del médico legal, este busca determinar cuál fue el producto de la concepción. Si el neonato nació vivo o murió antes de nacer. Por la atribución de los derechos patrimoniales está condicionada a que nazca vivo, incluso nuestra legislación peruana establece ciertas penas para aquellas personas que cometen el delito de infanticidio.
DETERMINACIÓN DEL RECIÉN NACIDO
Es de gran importancia, se fundan en la comprobación y demostración de las modificaciones que ocurren en el cuerpo fetal desde el momento en que es separado del cuerpo materno, en relación con las nuevas necesidades impuestas por el cambio de las condiciones de vida.
Recién nacido vivo es la expulsión o extracción completa del cuerpo de la madre, independiente de la duración del embarazo, de un producto de la concepción que, después de separado respira o manifieste cualquier signo de vida, tal como palpitación del corazón, pulsación del cordón umbilical o contracción efectiva de algún músculo, haya sido cortado o no el cordón umbilical, esté adherida o no la placenta. El resultado es un nacido vivo.
3.1. Muerte fetal del Recién nacido de término
Cuyo embarazo duró entre 38 y 42 semanas completas
3.2. Muerte o defunción fetal
Muerte antes de la extracción o expulsión completa del cuerpo de la madre independiente de la duración del embarazo
3.3. Muerte fetal temprana
Entre las 20 y 28 semanas de gestación Muerte fetal tardía: después de las 28 semanas de gestación.
3.4. Muerte neonatal
Muerte del recién nacido hasta los 28 días de vida
Muerte neonatal precoz: hasta los 7 días
Muerte neonatal tardía: desde el 7 al 28 día
Mortalidad perinatal: comprende las muertes fetales y neonatales. Perinatal I y II
Interesan las del Período I que comprenden las muertes fetales tardías y neonatales precoces donde debe determinarse:
Causa de muerte.
Comprobación de vida extrauterina.
Duración de vida extrauterina.
Signos de recién nacido de término.
3.5. Muerte fetal y del Recién nacido Causas Muerte fetal tardía
3.5.1 Naturales
Hipoxia intrauterina, patología de la placenta y el cordón, malformaciones, anomalías cromosómicas, patología materna (hipertensión arterial, diabetes, infecciones)
3.5.2 Violentas
Traumática y tóxica, causa y mecanismo de la muerte, data de la muerte, maceración.
3.6. Muerte del recién nacido
3.6.1 Naturales
Inmadurez, complicaciones pretérmino, anomalías congénitas, infecciones, hipoxia perinatal, aspiración de líquido amniótico o meconio, trastornos metabólicos.
3.6.2 Violentas
Traumatismo, cráneo, encefálico, fracturas múltiples y desgarros viscerales, asfixia, lesiones por arma blanca, calor, tóxicos, omisión de cuidados.
3.7. Muerte fetal y del Recién nacido Maceración (comienza a las 48 horas)
Primer grado
Entre el 3º y el 8º día. Infiltración serosanguinolenta del tejido celular, formación de flictenas.
Segundo grado
Desprendimiento tegumentario en tronco y miembros, superficie rojiza, abdomen globuloso, cabalgamiento de huesos del cráneo.
Tercer grado
Después de los 15 días de retención. Desprendimiento tegumentario en toda la superficie, órganos internos friables.
ANTROPOMETRIA DEL RECIEN NACIDO
Un dato importante para la investigación Médico Legal de la muerte de un niño recién nacido es la Antropometría, de nuevo tomando los conceptos de Pediatría recordaremos que un neonato a término debe medir alrededor de 50cm de longitud cefalo caudal así como aproximadamente 35cm de perímetro cefálico.
También recordamos la antropometría que nos puede orientar a alguna patología genética como causa de muerte en cuyo caso no existe ningún delito.
CC
Longitud cefalocaudal
CP
Longitud céfalo podálica
COF
Circunferencia occipital frontal
CT
Circunferencia torácica
CA
Circunferencia abdominal
LP
Longitud del pie
Entre los ángulos internos de los globos oculares
CARACTERISTICAS DE UN FETO A TERMINO
Una de las cuestiones más importantes en la investigación médico legal de un recién nacido es la viabilidad del producto puesto que esta es una cuestión fundamental para determinar la culpabilidad o inocencia de la madre puesto que si todavía estaba inmaduro pudo haber muerto por esta causa siendo una causa natural en lugar de criminal
PESO DE LOS ORGANOS EN RECIEN NACIDO
TIROIDES
2.4 gr
TIMO
10.8 gr
CORAZÓN
21.7 gr
PULMONES
59.5 gr
HÍGADO
151.5 gr
PANCREAS
3.6 gr
RIÑONES
26.6 gr
SUPRARRENALES
9.3 gr
CEREBRO
429.6 gr
DOCIMASIAS
El término proviene del griego docimos que a su vez significa examinar. Consisten en los cambios que el organismo experimenta al adquirir vida autónoma, los cuales se demuestran por pruebas llamadas docimasias.
Este es un término que se utiliza para designar a distintas pruebas que se realizan a los órganos de un cadáver para poder determinar las causas que constituyeron la muerte del infante.
6.1. CLASIFICACION DE LA DOCIMASIAS
6.1.1. DOCIMASIAS RESPIRATORIAS
Docimasias Radiográfica:
Consiste en la toma de una radiografía simple de tórax y que nos informa el grado de aeración en el parénquima pulmonar.
Si hubo respiración los campos pulmonares son oscuros
Si no hubo respiración los campos pulmonares aparecen radiolucente.
.
Docimasias Hidrostática: se corta un trozo del pulmón para corroborarla prueba de hidrostática.
Negativo; si el trozo del pulmón se hunde.
Positiva; si el paquete traqueobronquial colocado en agua flota en su totalidad o en porciones, esto quiere decir que el recién nacido respiró.
Es importante distinguir si el niño respiro o no si nació muerto será por causa natural motivo por el cual no existe delito que perseguir, sin embargo si nació vivo es muy probable que se haya cometido infanticidio.
Si el niño nació vivo aspiro aire el cual se encontrara en los diferentes órganos produciendo burbujas o haciéndolos flotar.
En lo Siguiente se presentara 3 pruebas más comunes
En los pulmones que obviamente es el lugar donde más aire vamos a encontrar.
En el estómago y tubo digestivo que vamos a encontrar algo de aire inspirado.
En el oído medio.
Docimasias Histológica:
Positiva
Será positiva en el pulmón que ha respirado si en el corte del pulmón se aprecia luces bronquiales amplias, los alveolos se verán despegados y con un epitelio aplanado
Negativo
Los bronquiolos se verán colapsados y pequeños, y el epitelio alveolar cúbico y poca sangre en los tabiques, esto nos indicará que no respiró.
Docimasias Gastrointestinal:
Positiva; se encuentra aire en diferentes segmentos y tracto digestivo
Negativa; en el feto que no respiró, no presenta aire en ningún segmento
DOCIMASIAS NO RESPIRATORIAS
Docimasias Siálica
Consiste en el hallazgo de saliva en el estómago cuando el niño ha respirado.
Docimasias Alimentaria
Consiste en la presencia de alimentos en el estómago cuando ha habido vida extrauterina
Docimasias Úricas
Consiste en estrías amarillentas de ácido úrico en zona medular de los riñones. Aparece en niños que han vivido de 24 a 48 horas.
INFANTICIDIO
DEFINICION
De acuerdo a nuestro actual Código Penal, Título I Delitos Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, Capítulo I Homicidio, Artículo 110º.- "La madre que mata a su hijo durante el parto o bajo la influencia del estado puerperal, será reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, o con prestación de servicio comunitario de cincuentaidós a ciento cuatro jornadas".
Por tanto, el infanticidio es una variedad del homicidio voluntario que se acompaña de circunstancias, como la voluntad de matar, existencia del recién nacido, sujeto activo la madre y la pena atenuada por cometerse durante el parto o bajo la influencia del estado puerperal.
Para ser considerado delito deben concurrir las siguientes circunstancias:
Que la víctima sea el recién nacido
Que el recién nacido haya nacido vivo
Que la muerte haya sido violenta
Que la ejecute la madre
La muerte haya sido provocada voluntariamente
EL EXAMEN DE LA MADRE EN CASO DE INFANTICIDIO
La Investigación médico legal puede llevar a la determinación
Fecha del parto.
Información pueda contribuir a dar validez de otras conclusiones emitidas por los peritos en relación al hecho.
Aspectos biológicos
Loquios.
Genitales externos.
Estado del útero.
Secreción Láctea.
Pared abdominal.
Aspectos psiquiátricos
comprende el acto delictivo.
motivaciones reales, aparentes, el verdadero estado de. su conciencia.
Edad.
Estado civil.
Condición socioeconómica.
Nivel cultural.
Antecedentes personales.
Anamnesis de todo lo relativo al delito: Discernimiento sobre el alcance de la decisión.
Examen Psicológico
Nivel de inteligencia
Estudio
Tipo de personalidad
Madurez
Tendencia
Afectos
Impulsos
Afectividad
EL MALTRATO INFANTIL
HISTORIA
El maltrato infantil como fenómeno sociocultural, ha estado presente en diferentes momentos de la historia de la humanidad. Así se encuentra que a lo largo de la Historia y en diferentes civilizaciones existen registros que evidencian manifestaciones de violencia y abuso contra los niños y las niñas. Por una parte, normas culturales que han imperado por siglos, han considerado el castigo físico severo como necesario y sano para imponer disciplina, para transmitir valores educativos, culturales, morales y religiosos para congraciarse con dioses y exorcizar espíritus demoníacos.
El maltrato infantil ha estado en todas las épocas. El homicidio fue una de las primeras manifestaciones de agresión hacia las niñas y se ha practicado en diversas sociedades.
ENFOQUES TEÓRICOS FRENTE AL MALTRATO INFANTIL
Los estudiosos del tema del maltrato infantil han tratado de explicar su aparición y mantenimiento utilizando diversos modelos, así se tiene:
2.1. EL MODELO SOCIOLÓGICO
Considera que el abandono físico es consecuencia de situaciones de carencia económica o de situaciones de aislamiento social.
2.2. EL MODELO COGNITIVO
Lo entiende como una situación de desprotección que se produce como consecuencia de distorsiones cognitivas, expectativas y percepciones inadecuadas de los progenitores/cuidadores en relación a los menores a su cargo.
2.3. EL MODELO DEL PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
Plantea la existencia de un estilo peculiar de procesamiento en las familias con menores en situación de abandono físico o negligencia infantil.
EL MODELO DE AFRONTAMIENTO DEL ESTRÉS
Hace referencia a la forma de evaluar y percibir las situaciones y/o sucesos estresantes por parte de estas familias.
DEFINICION
El maltrato infantil se encuentra inscripto en una categoría más amplia denominada violencia. En 1996, la Asamblea Mundial de la Salud, por conducto de la resolución WHA49.25, declaró que la violencia es un importante problema de salud pública en todo el mundo y pidió a la Organización Mundial de la Salud que elaborara una tipología de la
Violencia para caracterizar los diferentes tipos de violencia y los vínculos entre ellos.
¿Qué es el maltrato infantil?
Un niño, según la Ley considerado como tal en este sentido a todo menor de 18 años, es maltratado o abusado cuando su salud física o mental o su seguridad están en peligro, ya sea por acciones u omisiones llevadas a cabo por la madre o el padre u otras personas responsables de sus cuidados, produciéndose el maltrato por acción, omisión o negligencia. El maltrato a los niños es un grave problema social, con raíces culturales y psicológicas, que pueden producirse en familias de cualquier nivel económico y educativo. El maltrato viola derechos fundamentales de los niños o niñas y por lo tanto, debe ser detenido, cuanto antes mejor
CLASIFICACIÓN DEL MALTRATO INFANTIL
Todo enfoque integral del maltrato de menores debe tener en cuenta las diversas normas y expectativas del comportamiento de los padres en las distintas culturas del mundo. La cultura es el acervo común de creencias y comportamientos de una sociedad y sus ideas acerca de cómo deben conducirse las personas.
Entre esas ideas están las que definen qué actos omitidos o cometidos podrían constituir maltrato y descuido. En otras palabras, la cultura ayuda a definir los principios que por lo general se aceptan en relación con la crianza y el cuidado de los niños.
Las diferentes culturas tienen reglas distintas acerca de cuáles prácticas de crianza son aceptables. Algunos investigadores han señalado que los criterios sobre la crianza de los niños en diversas culturas quizá diverjan a tal grado que resulte sumamente difícil alcanzar un consenso sobre qué prácticas implican maltrato o descuido. No obstante, las diferencias en cuanto a cómo definen las Culturas lo que constituye maltrato tienen más que ver con el énfasis en aspectos particulares del comportamiento de los padres
Parece que muchas culturas Concepción de que el niño es «un objeto de su propiedad», siendo de esta forma él, el único responsable de educarlo, sin aceptar conocimientos o sugerencias de otras personas. Así mismo los Kempe, Foncerrada M. Miguel y la Comisión de Estudios sobre la Violencia en Colombia, coinciden en que los malos tratos a los niños se debe a que persiste la creencia de que los padres son dueños de la vida de los hijos y que el castigo sigue siendo el medio más empleado para disciplinar y educar.
El niño incapaz
La concepción del niño física y mentalmente incapaz para desarrollar determinadas actividades, contribuye a que los padres caigan en acciones u omisiones de maltrato. Así se encuentran acciones de maltrato como la sobreprotección, u omisiones llegando a la negligencia, es decir un padre que considere que su hijo es incapaz de desarrollar su capacidad mental y de aprendizaje, seguramente dejará de enviarlo a la escuela.
Niño ágil, intrépido y obediente
Este es un factor de riesgo del contexto cultural que contribuye a que en la disputa que se vive nuestro país por parte de algunos de los actores armados, se maltrate a menores al vincularlos a la guerra y a la violencia directa.
Rubén Darío Garzón Muñoz. Trabajo social forense y maltrato infantil concuerdan en que no se debe permitir el maltrato de menores y, en este sentido, prácticamente hay unanimidad en lo concerniente a las prácticas disciplinarias muy duras y el abuso sexual.
TIPOS DE MALTRATO INFANTIL
EL MALTRATO FÍSICO
Se define el maltrato físico de un niño como los actos infligidos por un cuidador que causan un daño físico real o tienen el potencial de provocarlo. Si bien existen algunos indicadores que pueden dar cuenta de la existencia de una determinada lesión por maltrato físico, así como aquellos pueden sugerir intencionalidad en las lesiones causadas; el trabajador social en su experticia debe tener en cuenta que igualmente existen indicadores que pueden confundirse con maltrato físico, de ahí la necesidad de la experticia médica forense para realizar precisiones sobre este asunto. Está percepción tuvo como repercusiones:
Exigencias constantes a los niños de controlar sus impulsos y a comportarse de la manera que socialmente les sea permitido.
El trato entre adultos y niños era a distancia y de desconfianza mutua.
Empleo de mucha energía en crear ambientes que sirvieron para educar a los niños en normas y éticas en las instituciones.
MALTRATO ABUSO FETAL
Ocurre cuando la madre gestante es sometida a agresión física, o por intención propia de la madre, mediante el consumo de sustancias indebidas que afectan al feto en gestación.
EL MALTRATO PSICOLÓGICO O EMOCIONAL
EL maltrato psicológico o emocional se produce cuando un cuidador no brinda las condiciones apropiadas y propicias e incluye actos que tienen efectos adversos sobre la salud emocional y el desarrollo del niño. Tales actos incluyen la restricción de los movimientos del menor, la denigración, la ridiculización, las amenazas e intimidación, la discriminación, el rechazo y otras formas no físicas de tratamiento hostil
5.3.1 EL MALTRATO PSICOLOGICO O EMOCIONAL PUEDE TOMAR 5 FORMAS:
Rechazar:
El adulto rehúsa reconocer la importancia y legitimidad de las necesidades del niño.
Aislar
El adulto impide al niño el acceso a experiencias sociales habituales y normales, impide la formación de amistades y hace creer al niño que está solo en el mundo.
Aterrorizar:
El adulto ataca verbalmente al niño, crea un clima de miedo, intimida y asusta al niño y le hace creer que el mundo es caprichoso y hostil.
Ignorar:
El adulto no proporciona la estimulación y responsabilidad esencial para su desarrollo, impide su crecimiento emocional y su desarrollo intelectual.
Corromper:
El adulto des-socializa al niño, él estimula a implicarse en conductas destructivas, refuerza esa desviación e incapacita al niño para las experiencias sociales normales.
NEGLIGENCIA O DESCUIDO
La negligencia o descuido se produce cuando uno de los padres no toma medidas para promover el desarrollo del niño estando en condiciones de hacerlo en una o varias de las siguientes áreas: (la salud, la educación, el desarrollo emocional, la nutrición, el amparo y las condiciones de vida seguras). Por lo tanto, este se distingue de la situación de pobreza en que puede ocurrir solo en los casos en que la familia u otras personas a cargo disponen de recursos razonables . Se define como la situación en la que las necesidades básicas del menor, en las esferas física, social, psicológica y/o intelectual (Alimentación, vestido, higiene y cuidados médicos, supervisión y vigilancia, condiciones higiénicas y seguridad en el hogar, área educativa, etc.) no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro adulto del grupo familiar con los que convive
IV. MARCO LEGAL
CONSTITUCION POLITICA DEL PÉRU.
La Constitución Política del Perú de 1993 en el Artículo 4 establece "La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven al matrimonio. De igual forma el Código Civil establece también los derechos del niño y del adolescente.
CODIGO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
DERECHOS DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
ARTÍCULO 1° A LA VIDA E INTEGRIDAD
El niño y adolescente tienen derecho a la vida desde el momento de la concepción. El presente código garantiza la vida del concebido, protegiéndolo de experimentos y manipulaciones genéticas contrarias a su integridad y a su desarrollo físico o mental.
ARTÍCULO 2° A SU ATENCIÓN POR SU CONCEPCIÓN.
Es responsabilidad del estado promover el establecimiento de condiciones adecuadas para la atención de la madre durante las etapas del embarazo, el parto y la fase postnatal. El Estado otorgará atención especializada a la adolescente madre y promoverá la lactancia materna y el establecimiento de centros de cuidado diurno.
ARTÍCULO 3° A VIVIR EN UN AMBIENTE SANO.
El niño y adolescente tienen derecho a vivir en un Estado desde un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
ARTÍCULO 4° A SU INTEGRIDAD PERSONAL.
El niño y el adolescente tienen derecho a que se respete su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. No podrán ser sometidos a tortura, ni a trato cruel o degradante. Afectan su integridad personal, el trabajo forzado y la explotación económica, la prostitución, la trata, la venta y el tráfico de niños y adolescentes y todas las demás formas de explotación.
ARTÍCULO 5° A LA LIBERTAD.
El niño y el adolescente tienen derecho a la libertad. Ningún niño o adolescente será detenido o privado de su libertad. Se excluyen los casos de detención por mandato judicial o de flagrante infracción a la ley penal.
ARTÍCULO 6° A LA IDENTIDAD.
El niño y el adolescente tienen derecho a la identidad, lo que incluye el derecho a tener unnombre,a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y llevar sus apellidos. Tienen también derecho al desarrollo integral de su personalidad.
ARTÍCULO 7° A LA INSCRIPCIÓN.
Los niños son inscritos son inscritos en el Registro del Estado Civil correspondiente por su padre, madre o el responsable de su cuidado, inmediatamente después de su nacimiento.
ARTÍCULO 8° A VIVIR EN UNA FAMILIA.
El niño y adolescente tiene derecho a vivir, crecer y desarrollarse en el seno de su familia. El niño y el adolescente que carecen de familia natural tienen el derecho de crecer en un ambiente familiar adecuado. El niño y el adolescente no podrán ser separados de su familia sino por circunstancias especiales definidas en la ley y con la exclusiva finalidad de protegerlos.
ARTÍCULO 9° A LA LIBERTAD DE OPINIÓN.
El niño y el adolescente que estuvieren en condiciones de formarse sus propios juicios, tendrán derecho a expresar su opinión libremente todos los asuntos que les afecten y por los medios que elijan, incluida la objeción de conciencia, y a que se tenga en cuenta sus opiniones en función de su edad y madurez.
ARTÍCULO 10° A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
El niño y adolescente tiene derecho a la libertad de expresión en sus distintas manifestaciones.
ARTÍCULO 11° A LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO, CONCIENCIA Y RELIGIÓN.
EL niño y adolescente tienen derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Se respetará el derecho de los padres, o de sus responsables de guiar al niño y al adolescente en el ejercicio de este derecho de acuerdo a su edad y madurez.
ARTÍCULO 12 AL LIBRE TRÁNSITO.
El niño y adolescente tiene derecho a la libertad de tránsito, con las restricciones y autorizaciones que se señalan en este mismo código.
ARTÍCULO 13° A ASOCIARSE.
El niño y adolescente tienen derecho a la libertad de asociarse con fines lícitos y a reunirse pacíficamente.
ARTÍCULO 14° A LA EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y RECREACIÓN.
El niño y adolescente tienen derecho a la educación. El estado asegura la gratuidad pública de la enseñanza para quienes tienen limitaciones económicas. Ningún niño o adolescente debe ser discriminado en un centro educativo por causa de discapacidad. La niña o adolescente embarazada o madre, no debe ser impedida de iniciar o proseguir estudios.
ARTÍCULO 15° A LA EDUCACIÓN BÁSICA.
El estado garantiza que la educación básica comprenda: Desarrollo de la personalidad, respeto a los derechos humanos, respeto a los padres, formación de un espíritu democrático, orientación sexual y planificación familiar, trabajo productivo, respeto al ambiente natural.
ARTÍCULO 16° A SER RESPETADOS POR SUS EDUCADORES.
El niño y el adolescente tienen derecho a ser respetados por sus educadores y a cuestionar sus criterios valorativos, pudiendo recurrir a instancias superiores si fuera necesario.
ARTÍCULO 17° A SER MATRICULADOS EN EL SISTEMA REGULAR DE ENSEÑANZA.
Los padres o responsables tienen la obligación de matricular a sus hijos o a quienes tengan bajo su cuidado en el sistema regular de enseñanza.
ARTÍCULO 18° A LA PROTECCIÓN POR LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS.
Los directores de los centros educativos comunicarán a la autoridad competente los casos de: maltrato físicos, psicológico, de acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los alumnos. Consumo de sustancias tóxicas; desamparo, y otros hechos lesivos.
ARTÍCULO 19° MODALIDADES Y HORARIOS DE TRABAJO.
El estado garantiza modalidades y horarios escolares especiales que permitan a los niños y adolescentes que trabajan asistir regularmente a sus centros de estudios.
ARTÍCULO 20° A PARTICIPAR EN PROGRAMAS CULTURALES, DEPORTIVOS Y RECREATIVOS.
El Estado estimulará y facilitará la aplicación de recursos y espacios físicos para la ejecución de programas culturales, deportivos y de recreación dirigidos a niños y adolescentes.
ARTÍCULO 21° A LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD.
El niño y el adolescente tienen derecho a la atención integral de su salud.
ARTÍCULO 22DERECHO A TRABAJAR DEL ADOLESCENTE.
El adolescente que trabaja será protegido en forma especial por el Estado.
DEBERES DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
ARTÍCULO 23° SON DEBERES DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES.
-Respetar y obedecer a sus padres o los responsables de su cuidado, siempre que sus órdenes no lesionen sus derechos o contravengan las leyes.
-Estudiar satisfactoriamente.
-Cuidar en la medida de sus posibilidades, a sus ascendientes en su enfermedad y ancianidad.
-Prestar su colaboración en su hogar, de acuerdo a su edad.
-Respetar el medio ambiente.
-Cuidar su salud personal
-No consumir sustancias extrañas.
-Respetar las ideas y los derechos de los demás; así como la creencias religiosas distintas a las suyas.
-Respetar a la patria, sus leyes, símbolos y héroes.
CONCLUSIONES
La pediatría forense comprende a la rama de la Medicina Forense que estudia las implicancias médico legales del individuo menor de 12 años desde su nacimiento, pasando por su Filiación y paternidad, lesiones de interés forense, mortalidad, y todo aquello que signifique la aplicación del conocimiento médico a situaciones de alcance jurídico en niños.
El infanticidio es una variedad del homicidio voluntario que se acompaña de circunstancias, como la voluntad de matar, existencia del recién nacido, sujeto activo la madre y la pena atenuada por cometerse durante el parto o bajo la influencia del estado puerperal
El maltrato infantil se define como los abusos y la desatención de que son objeto los niños e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.
Nuestra legislación peruana prevé el desarrollo del estado por ello posee dispositivos legales, donde se plasma la norma sustantiva y adjetiva. Impulsando la extinción de comportamientos antijurídicos que contravengan los derechos de las personas. En este caso tenemos el código del niño y adolescente, donde se plasma los deberes y derechos de estos, otorgándoles protección.
AUTOR : RODRIGUEZ, VIVIANA. BURBANO, ERIKAAÑO: 1999NOMBRE DEL LIBRO: Guía para la Elaboración de la Peritación Sociofamiliar frente al Maltrato Infantil. Área Trabajo Social - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Santiago de Cali NUMERO DE EDICION : No 03NUMERO DE PAGINA: 100- 150 AUTOR : RODRIGUEZ, VIVIANA. BURBANO, ERIKAAÑO: 1999NOMBRE DEL LIBRO: Guía para la Elaboración de la Peritación Sociofamiliar frente al Maltrato Infantil. Área Trabajo Social - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Santiago de Cali NUMERO DE EDICION : No 03NUMERO DE PAGINA: 100- 150BIBLIOGRFIAS
AUTOR : RODRIGUEZ, VIVIANA. BURBANO, ERIKA
AÑO: 1999
NOMBRE DEL LIBRO: Guía para la Elaboración de la Peritación Sociofamiliar frente al Maltrato Infantil. Área Trabajo Social - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Santiago de Cali
NUMERO DE EDICION : No 03
NUMERO DE PAGINA: 100- 150
AUTOR : RODRIGUEZ, VIVIANA. BURBANO, ERIKA
AÑO: 1999
NOMBRE DEL LIBRO: Guía para la Elaboración de la Peritación Sociofamiliar frente al Maltrato Infantil. Área Trabajo Social - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Santiago de Cali
NUMERO DE EDICION : No 03
NUMERO DE PAGINA: 100- 150
http://es.slideshare.net/jisaachavez/cdigo-de-los-derechos-del-nio-y-adolescente Código de los derechos del niño y adolescente - es.slideshare.net http://es.scribd.com/doc/8631508/PEDIATRIA-FORENSE#scribdhttp://www.monografias.com/trabajos82/atlas-medicina-forense/atlas-medicina-forense3.shtmlhttp://www.ts.ucr.ac.cr/binarios/libros/libros-000019.pdfhttp://es.slideshare.net/jisaachavez/cdigo-de-los-derechos-del-nio-y-adolescente Código de los derechos del niño y adolescente - es.slideshare.net http://es.scribd.com/doc/8631508/PEDIATRIA-FORENSE#scribdhttp://www.monografias.com/trabajos82/atlas-medicina-forense/atlas-medicina-forense3.shtmlhttp://www.ts.ucr.ac.cr/binarios/libros/libros-000019.pdf AUTOR: Rubén Darío Garzón MuñozNOMBRE DEL LIBRO: trabajo social forense y maltrato infantilNUMERO DE EDICION: No 01NUMERO DE PAGINA: 63. AUTOR: Rubén Darío Garzón MuñozNOMBRE DEL LIBRO: trabajo social forense y maltrato infantilNUMERO DE EDICION: No 01NUMERO DE PAGINA: 63.
http://es.slideshare.net/jisaachavez/cdigo-de-los-derechos-del-nio-y-adolescente
Código de los derechos del niño y adolescente - es.slideshare.net
http://es.scribd.com/doc/8631508/PEDIATRIA-FORENSE#scribd
http://www.monografias.com/trabajos82/atlas-medicina-forense/atlas-medicina-forense3.shtml
http://www.ts.ucr.ac.cr/binarios/libros/libros-000019.pdf
http://es.slideshare.net/jisaachavez/cdigo-de-los-derechos-del-nio-y-adolescente
Código de los derechos del niño y adolescente - es.slideshare.net
http://es.scribd.com/doc/8631508/PEDIATRIA-FORENSE#scribd
http://www.monografias.com/trabajos82/atlas-medicina-forense/atlas-medicina-forense3.shtml
http://www.ts.ucr.ac.cr/binarios/libros/libros-000019.pdf
AUTOR: Rubén Darío Garzón Muñoz
NOMBRE DEL LIBRO: trabajo social forense y maltrato infantil
NUMERO DE EDICION: No 01
NUMERO DE PAGINA: 63.
AUTOR: Rubén Darío Garzón Muñoz
NOMBRE DEL LIBRO: trabajo social forense y maltrato infantil
NUMERO DE EDICION: No 01
NUMERO DE PAGINA: 63.
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