evaluación parcial número de Derecho penalDescripción completa
Descripción: penal 2 siglo 21
Descripción: segundo parcial penal economico ubp
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penal parcial
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Descripción: penal i preguntero
parcial 2 Penal 1
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Descripción: Soluciones
CALCULO 2 EXAMEN PARCIALDescripción completa
Semana 4
Parcial Calculo 2 - Semana 4
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Descripción: PRIMER PARCIAL DERECHO PENAL ECONOMICO - UBP
Descripción: penal 1 ubp
TEMA TEÓRICO a- Compare el delito de instigación pública a cometer delitos (art. 2! C"# con la instigación como $orma de participación criminal (art. %& última parte C"#. (30 puntos) El delito de instigación pública a cometer delitos es tipi$icado en el art.2! Código "enal 'e est) comprendido entre los *elitos contra el Orden "úblico+ , consiste en instigar públicamente a cometer n delito determinado contra na persona o institción+ siendo reprimido por la sola instigación. ArtArt- 2 2!! Có Códi digo go "ena "enall ' 'ee dice dice El ' 'ee pú públ blic icam ament entee inst instig igar aree a come co mete terr n de deli lito to de dete term rmin inad adoo con contr traa n naa pe pers rson onaa o inst instit itc ció ión+ n+ ser) ser) reprimido+ por la sola instigación+ con prisión de dos a seis aos+ según la gra/edad del delito , las dem)s circnstancias establecidas en el art0clo %1. Inst Instig igar ar pú públ blic icam amen ente te es aten atenta tarr co cont ntra ra la tran tran' 'il ilid idad ad ge gener neral al++ ecitando las pasiones o tendencias criminales de n número indeterminado de personas+ entre las cales pede 3aber mc3as a 'ienes 'ienes la instigaci instigación+ ón+ tarde o temprano+ los me/a a delin'ir. El s4eto acti/o+ 'ien instiga+ ecita a cometer n delito indi/idali5ado contra na persona o institción indi indi/i /id dal ali5 i5ad ada+ a+ sien siendo do el de dest stin inat atar ario io de esta esta inst instig igac ació iónn n s4e s4eto to indeterminado. 6e trata de n delito doloso en el cal s ator no sólo debe tener la intención directa 'e s $inalidad eige sino tambi7n tener conciencia de la natrale5a del 3ec3o a c,a comisión instiga , de la pblicidad de s acto. 6e consma con el acto de instigación , no admite tentati/a. Est Este de dellito ito se di$e di$erren enci ciaa de la insti nstiga gaci ción ón co como mo $orma orma de la participación criminal (art.%& últ.parte C"# ,a 'e esta última no es pública sino 'e la determinación al delito est) dirigida directamente (por cal'ier medio# a na persona determinada. Ac)+ el instigador 'iere 'e otro cometa el delito siendo ator de 7l+ as0 la instigación es considerada como na $orma $orma particlar particlar de participa participación ción en el delito instigado. instigado. Adem)s Adem)s++ para 'e se d7 esta participación en el delito 7ste tiene 'e 3aber eistido+ cometido+ o el instigado tiene 'e 3aber tentado (comien5o de e4ección# el deli de lito to pa para ra ' 'ee el ap apor orte te de la inst instig igac ació iónn p ped edaa ser ser p pni nido do co como mo participación.
Mientras 'e el art.2! pena la instigación por s0 misma (delito atónomo# , no como part0cipe del delito del tercero+ para el art.%& (último parte# la criminalidad , castigo de la instigación depende de la tentati/a o consmación del delito instigado.
CA6O6 "R8CTICO6 1- El 29 de ma,o de 21+ :an Allende se dirigió a n centro de compras. Ingresó a n primer negocio , ad'irió na c)mara $ilmadora+ 3aciendo na entrega en e$ecti/o en ese momento. El saldo $e abonado a los treinta d0as con n c3e'e común librado contra el ;anco de Córdoba+ con $ec3a de pago 2<-=-1+ docmento 'e lego de s presentación+ reali5ada en esa $ec3a+ $e rec3a5ado con la le,enda >sin $ondos?. El comerciante+ indignado+ procedió a $ormlar la denncia. En n segndo negocio+ ese mismo d0a+ ad'irió lentes de sol abonando el precio respecti/o de la misma $orma 'e en el caso anterior+ es decir na entrega en e$ecti/o , n c3e'e común+ con $ec3a de pago el 2<-=-1+ docmento sobre el cal sab0a 'e no tendr0a $ondos para esa $ec3a. @ego de la correspondiente presentación , de/olción con la le,enda >sin $ondos?+ el comerciante lo interpeló+ omitiendo Allende depositar el dinero re'erido. El comerciante+ procedió a dennciar. Analice los 3ec3os descriptos e indi'e '7 delito o delitos cometió Allende. ndamente s respesta. (35 puntos) En caso planteado estamos en presencia de n delito contra la $e pública+ esto implica na $alsedad de /alores. "or eso el bien 4r0dico ttelado go5a de dic3a con$ian5a colecti/a 'e se tiene sb4eti/amente de ciertos actos o docmentos atenticados por n $ncionario pblico 'e /an a generar certe5a , /alide5 4r0dica.@as transacciones+ mediante la cal compró na c)mara $ilmadora con n c3e'e sin $ondos librado contra el ;anco de Córdoba+ :an Allende+ a primera /ista+ podr0a ser imptado del delito de libramiento de c3e'e sin pro/isión de $ondos o atori5ación para girar en descbierto+ establecido por el art. B2 inc. 1 C"+ 'e nos 3abla del pago con c3e'es sin pro/isión de $ondos D ser) reprimido con prisión de seis meses a catro aos e in3abilitación especial de no a cinco aos+ siempre 'e no concrran las las circnstancias del art 192
1- El 'e de en pago o entrege por cal'ier concepto a n tercero n c3e'e sin tener pro/isión de $ondos o atori5ación para girar en descbierto , no lo abonare en moneda nacional dentro de las 2% 3s de 3ab7rsele comnicado la $alta de pago....D Art.192 6er) reprimido con prisión de n mes a seis aos+ el 'e de$radare a otro con nombre spesto+ calidad simlada+ $alsos t0tlos+ in$lencia mentida+ abso de con$ian5a o aparentando bienes+ cr7dito+ comisión+ empresa o negociación o /ali7ndose de cal'ier otro ardid o engao.
2- :an ittori+ desde Frga,+ le propso a *aniel Me5ano+ residente en la pro/incia de Córdoba+ 'e le compre dólares $alsos para ser /endidos en el mercado local cordob7s. A Me5ano le interesó el negocio debido al ben precio , calidad de los dólares. Compró la sma de Gs 2.+ los 'e llegaron a Córdoba a tra/7s de na encomienda. @ego Me5ano se dirigió (con la moneda# al interior de la pro/incia donde se encontraba n matrimonio 'e deb0a reali5ar con s 3i4o n /ia4e a EE.FF.+ sabiendo 'e ad'irir0an esa moneda para poder costearse el /ia4e sealado. El matrimonio+ desconociendo la maniobra de Me5ano+ cambió & pesos por & dólares $alsos. "or las ddas consltaron con n amigo bancario+ 'ien les di4o 'e eran $alsos+ ra5ón por la cal $ormlaron la correspondiente dennciaH la polic0a apresó a Me5ano cando regresaba a esa localidad a reali5ar otra operación similar. Cali$i'e la condcta de Me5ano+ dando $ndamentos. (35 puntos) En el caso planteado Tambi7n se comete n delito contra la $e pblica a tra/7s de la $alsi$icación de moneda+ con$orme al art 2<2 C"+ D ser) reprimido con reclsión de o prisión de tres a 'ince aos+ el 'e $alsi$icare moneda 'e tenga crso legale en la repblica , el 'e la introd4ere+ ependiere o psiere en circlación.D el art 2<& C" e'ipara a la moneda nacional+ la moneda etran4era. Art. 285. - "ara los e$ectos de los art0clos anteriores 'edan e'iparados a
la moneda nacional+ la moneda etran4era+ los t0tlos de la deda nacional+ pro/incial o mnicipal , ss cpones+ los bonos o libran5as de los tesoros nacional+ pro/inciales , mnicipales+ los billetes de banco+ t0tlos+ c7dlas+ acciones+ /alores negociables , tar4etas de compra+ cr7dito o d7bito+ legalmente emitidos por entidades nacionales o etran4eras atori5adas para
ello+ , los c3e'es de todo tipo+ inclidos los de /ia4ero+ cal'iera 'e $ere la sede del banco girado.
Tambi7n se comete el delito de esta$a con$orme el art 192 C" 6er) reprimido con prisión de n mes a seis aos+ el 'e de$radare a otro con nombre spesto+ calidad simlada+ $alsos t0tlos+ in$lencia mentida+ abso de con$ian5a o aparentando bienes+ cr7dito+ comisión+ empresa o negociación o /ali7ndose de cal'ier otro ardid o engao.